(Viene de la Segunda Sección)


PARTE II
DE LA INFORMACIÓN PARA LA VALUACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA
PROBABLE DE LOS SEGUROS DE TERREMOTO.
PROBABLE DE LOS SEGUROS DE TERREMOTO.
Capítulo 1: Descripción de campos del Sistema R
1. Introducción
El sistema R está diseñado para ser alimentado con datos obligatorios y optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son indispensables para calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable. Los optativos son aquellos que sin que sean indispensables, proporcionarán información adicional que permitirá calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de manera más precisa. En los casos en que el usuario no proporcione alguno de los datos obligatorios, el sistema R no realizará la estimación de la prima de riesgo o la pérdida máxima probable para ese inmueble, en tanto que cuando el usuario no indique alguno o algunos de los datos optativos procederá a realizar el cálculo de la prima de riesgo y la pérdida máxima probable mediante supuestos conservadores.
2. Bienes asegurados
El sistema R calculará las pérdidas de inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes asegurados bajo convenio expreso de manera independiente. A continuación se define cada uno de ellos.
Inmueble
Es lo que compone la estructura, la cimentación, instalaciones y acabados. Es decir, todo aquello que forma parte del edificio.
Contenidos
Son los bienes que dan uso al inmueble. En general se pueden mover fácilmente dentro del edificio o de un inmueble a otro.
Pérdidas consecuenciales
Son las pérdidas que serían causadas por el tiempo en que permanece en imposibilidad de uso el inmueble debido a los daños causados por el evento.
Bienes asegurados bajo convenio expreso
Son bienes que generalmente pueden quedar asegurados, mediante convenio expreso entre el Asegurado y la institución aseguradora, fijando sumas aseguradas por separado y mediante el cobro de prima adicional correspondiente.
Para el manejo de estos bienes, el sistema R contiene formas simplificadas para cuantificar la siniestralidad esperada y la pérdida máxima probable.
3. Tipo de carteras
3.1 Pólizas Individuales
Las pólizas individuales corresponden aquéllas en las que se asegura un solo bien, y no comparten límites, deducibles o coaseguros con otras. Son analizadas de forma separada.
3.2 Pólizas Colectivas
Las colectivas son aquellas en que se aseguran varios bienes ya sea en una misma ubicación o que pertenezcan a una cartera geográficamente distribuida en varias poblaciones pero que estén amparados bajo
las mismas condiciones contractuales. Este tipo de pólizas se divide en 2 (agrupadas y semiagrupadas)
3.2.1 Pólizas agrupadas: Se refiere al grupo de pólizas aparadas bajo límite, deducible y coaseguro en común.
3.2.2 Pólizas semi-agrupadas: Se refiere al grupo de pólizas aparadas bajo límite, pero el deducible y coaseguro independiente para cada una.
3.3 Riesgos no valuables
Los riesgos no valuables son aquellos riesgos que por sus características, no pueden ser valuados con las bases técnicas establecidas en el presente Anexo.
4. Definición de datos tabla TB_Incisos
Los datos que requiere el sistema R estarán dentro de un archivo de Access, también conocido como "Cartera", con un nombre y tipo de dato específico. Estos nombres se indican en la tabla de incisos, en donde los datos deben ser exactamente iguales a los indicados. La tabla TB_Incisos es la que contiene todas las ubicaciones a evaluar, por lo que esta tabla se utiliza en carteras con pólizas independientes y con pólizas colectivas.
INFORMACIÓN DE INCISOS
| Tabla TB_Incisos | |||||
| Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Requerido |
| De referencia | 1 | NUM_REGISTRO | Número Entero | 1 a 3,000,000 | Obligatorio |
| 2 | NUM_POLIZA | Alfanumérico | | Obligatorio | |
| 3 | RAMO | Alfanumérico | SISMO | Obligatorio | |
| Financieros | 4 | FECHA_INICIO | Fecha | 01/01/1900 a 31/12/ 2080 | Obligatorio |
| 5 | FECHA_FIN | Fecha | 01/01/1900 a 31/12/ 2080 | Obligatorio | |
| 6 | INM_VALOR_ASEGURABLE | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 7 | CONT_VALOR_ASEGURABLE | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 8 | CONSEC_VALOR_ASEGURABLE | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 9 | CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 10 | PORCENTAJE_RETENCION | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 11 | TIPO_PRIMER_RIESGO | Enumerado | (ver definición) | Obligatorio | |
| 12 | COMB_LIMITE_MAXIMO | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 13 | INM_LIMITE_MAXIMO | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 14 | CONT_LIMITE_MAXIMO | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 15 | CONSEC_LIMITE_MAXIMO | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 16 | CONVENIO_LIMITE_MAXIMO | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 17 | COMB_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 18 | INM_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 19 | CONT_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 20 | CONSEC_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 21 | CONVENIO_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 22 | COMB_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 23 | INM_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 24 | CONT_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 25 | CONSEC_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 26 | CONVENIO_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio |
| De localización | 27 | CLAVE_PAIS | Número Entero | 52 | Obligatorio |
| 28 | CODIGO_LOCALIZACION | Número Entero | 01000 a 99999 | *Obligatorio | |
| 29 | LONGITUD | Grados | -117.5000 a -86.5000 | Opcional | |
| 30 | LATITUD | Grados | 14.5000 a 33.0000 | Opcional | |
| De la estructura | 31 | NUM_PISOS | Número Entero | 1 al 55 | Obligatorio |
| 32 | CLASE_SISMO | Alfanumérico | (ver definición) | Obligatorio | |
| 33 | USO_INMUEBLE | Número Entero | 1 al 34 | Obligatorio | |
| 34 | AÑO_CONSTRUCCION | Número Entero | De 1,325 al 2,040 | Opcional | |
| 35 | COLUMNAS_CORTAS | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 36 | SOBREPESO | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 37 | GOLPETEO | Número Entero | 1 al 4 | Opcional | |
| 38 | ESQUINA | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 39 | IRRE_ELEVACION | Número Entero | 1 al 3 | Opcional | |
| 40 | IRRE_PLANTA | Número Entero | 1 al 3 | Opcional | |
| 41 | HUNDIMIENTOS | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 42 | DAÑOS_PREVIOS | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 43 | FUE_REPARADO | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 44 | FUE_REFORZADO | Número Entero | 0 ó 1 | Opcional | |
| 45 | AÑO_REFUERZO | Número Entero | De 1,325 al 2,040 | Opcional |
* Campo obligatorio cuando no se tienen las coordenadas de lo contrario es opcional
INFORMACIÓN DE CARTERAS INDEPENDIENTES
La tabla está conformada por los siguientes datos:
· Datos de referencia
· Datos financieros de la póliza
· Datos de localización
· Datos de la estructura
4.1 Datos de referencia
En este grupo se establecen los datos necesarios para identificar el nombre o número del inmueble asegurado.
Número de registro (NUM_REGISTRO)
Dato obligatorio
Formato: números enteros
Es un número único tanto para las pólizas individuales y para las colectivas, que tiene por objeto ordenar y llevar un control dentro del sistema R de todas las ubicaciones. Lo anterior es indispensable para que el usuario identifique, tanto los errores, como los resultados por cada una de las ubicaciones.
Pólizas individuales. El número de registro será un número único y consecutivo que el usuario asigne a cada uno de los renglones (registros) de la base de datos, por lo que no habrá dos ubicaciones con el mismo número de registro ni números faltantes. Se recomienda que el primer registro inicie con el número "1".
Pólizas colectivas. Al igual que el caso anterior, el número de registro tendrá un número único y consecutivo. En el caso que se tenga los dos tipos de carteras, el número de registro en la cartera colectiva dará continuidad al último número de la cartera de pólizas individuales.
Número de póliza (NUM_POLIZA)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico. Para las pólizas de inmuebles colectivos, todas las ubicaciones que estén amparadas por ésta, deberán llevar el mismo Número de póliza ya que este campo es el que identifica a qué póliza colectiva pertenece cada ubicación. Por lo mismo, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas. Para el caso de pólizas de inmuebles independientes este campo sólo es para referencia propia del usuario.
Nombre del peligro (RAMO)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se deberá definir el nombre del peligro o amenaza que se desea valuar. El objetivo de este campo es definir qué peligros o amenazas va a considerar el sistema R en la evaluación, de acuerdo al tipo de licencia adquirida.
Para considerar el peligro sísmico en los cálculos, en el campo RAMO se debe escribir el texto SISMO.
4.2 Datos financieros
En este grupo se describen los datos técnicos que son establecidos comúnmente en la póliza o que se obtienen en el proceso de suscripción y de reaseguro.
Fecha de inicio (FECHA_INICIO)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de inicio de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema R por convención considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema R toma como vigente dicha póliza.
Pólizas de inmuebles colectivos. Estos campos pueden quedar vacíos en la tabla TB_Incisos, ya que el sistema R no los tomará en cuenta. Este dato se debe indicar en la tabla TB_DatosGenerales, dentro del campo FechaInicio.
Fecha de terminación (FECHA_FIN)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de fin de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema R por convención considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de evaluación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza, el sistema R la considerará fuera de vigencia.
Pólizas de inmuebles colectivos. Estos campos pueden quedar vacíos en la tabla TB_Incisos, ya que el sistema R no los tomará en cuenta. Este dato se debe indicar en la tabla TB_DatosGenerales, dentro del campo FechaFin.
Valor asegurable inmueble (INM_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor real o de reposición del inmueble según se hubiera contratado. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza.
En el caso de las pólizas hipotecarias, el valor asegurado debe corresponder al valor real o de reposición del inmueble según se hubiera contratado y no al saldo insoluto del crédito.
Valor asegurable contenidos (CONT_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor real o de reposición de los contenidos según se hubiera contratado. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza.
Valor asegurable pérdidas consecuenciales (CONSEC_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor real o de reposición de las pérdidas consecuenciales según se hubiera contratado. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza
En el caso de pérdidas consecuenciales, el valor asegurable debe ser el monto de la exposición anual, es decir, el valor estimado de las pérdidas que se producirían durante un año.
Valor asegurable bienes convenio expreso (CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor real o de reposición de los valores por convenio expreso según se hubiera contratado. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza
Porcentaje de retención del valor asegurable (PORCENTAJE_RETENCION)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la institución de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro proporcional, respecto de la obligación total suscrita en un contrato de seguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que el porcentaje de retención es el mismo para todos los inmuebles considerados en la póliza, el campo, dentro de la tabla TB_Incisos, puede estar vacío para cada uno de los bienes asegurados ya que el sistema R lo ignorará. El porcentaje de retención que se aplicará a los inmuebles se deberá indicar en la tabla TB_Capas, en el campo Retencion.
Tipo de primer riesgo (TIPO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número entero enumerado
Es el esquema del límite máximo de responsabilidad cuando actúa de manera combinada para varios rubros. En la tabla se muestran todas las posibles combinaciones para este campo, donde los cuatro dígitos representan de manera esquemática la condición del límite para cada rubro. El número "1" en cada una de las cuatro posiciones indica el rubro que presenta un límite combinado; el número "0" indica el rubro donde no se combina el límite máximo de responsabilidad, por lo que este límite se considera independiente en ese rubro. Para más información ver la definición de Límite máximo combinado.
INFORMACIÓN DE CAMPOS EN TIPO PRIMER RIESGO
| Descripción de Tipo primer riesgo | |||||
| Valores | Inm | Cont | Cons | Conv | Descripción |
| 0000 | 0 | 0 | 0 | 0 | Límites independientes para cada rubro |
| 0001 | 0 | 0 | 0 | 1 | Límite en Convenio |
| 0010 | 0 | 0 | 1 | 0 | Límite en Pérdidas consecuenciales |
| 0011 | 0 | 0 | 1 | 1 | Límite combinado en Pérdidas consecuenciales y Convenio |
| 0100 | 0 | 1 | 0 | 0 | Límite en Contenidos |
| 0101 | 0 | 1 | 0 | 1 | Límite combinado en Contenidos y Convenio |
| 0110 | 0 | 1 | 1 | 0 | Límite combinado en Contenidos y Pérdidas consecuenciales |
| 0111 | 0 | 1 | 1 | 1 | Límite combinado en Contenidos, Pérdidas consecuenciales y Convenio |
| 1000 | 1 | 0 | 0 | 0 | Límite en Inmueble |
| 1001 | 1 | 0 | 0 | 1 | Límite combinado en Inmueble y Convenio |
| 1010 | 1 | 0 | 1 | 0 | Límite combinado en Inmueble y Pérdidas consecuenciales |
| 1011 | 1 | 0 | 1 | 1 | Límite combinado en Inmueble, Pérdidas consecuenciales y Convenio |
| 1100 | 1 | 1 | 0 | 0 | Límite combinado en Inmueble y Contenidos |
| 1101 | 1 | 1 | 0 | 1 | Límite combinado en Inmueble, Contenidos y Convenio |
| 1110 | 1 | 1 | 1 | 0 | Límite combinado en Inmueble, Contenidos y Pérdidas consecuenciales |
| 1111 | 1 | 1 | 1 | 1 | Límite combinado en Inmueble, Contenidos, Pérdidas consecuenciales y Convenio |
La descripción anterior muestra todas las posibles combinaciones del primer riesgo, aunque es posible que algunas de ellas no se lleven en la práctica.
En las pólizas individuales este campo es obligatorio, por lo que se debe indicar el tipo primer riesgo que presenta la póliza.
En las pólizas colectivas no se requiere especificar el tipo a primer riesgo ya que estos valores son globales para los cuatro rubros. En estos casos, el límite se deberá indicar en el campo LimiteMaximo de la tabla TB_Capas.
Se entenderá que una póliza está contratada a primer riesgo cuando el límite máximo de responsabilidad sea inferior al valor asegurable del bien.
Límite máximo combinado (COMB_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo o el límite máximo de responsabilidad que tiene la aseguradora en la combinación de los rubros de inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y convenio expreso. Este campo opera de manera conjunta con el campo de tipo de primer riesgo descrito anteriormente.
Límites independientes
Si el campo tipo primer riesgo es igual a "0000", significa que no existe un límite combinado. Es decir, el límite funciona de manera independiente para cada uno de los cuatro rubros. En estos casos este campo puede dejarse vacío ya que el sistema R lo ignorará y calculará las pérdidas considerando el límite que se presente de manera independiente en: INM_LIMITE_MAXIMO, CONT_LIMITE_MAXIMO, CONSEC _LIMITE_MAXIMO y CONVENIO_LIMITE_MAXIMO.
Límite combinado
Si el campo tipo primer riesgo es diferente de "0000" significa que la póliza presenta un límite combinado en al menos uno de los rubros, por lo que este monto deberá capturarse en este campo y será la combinación de los rubros que tengan "1"en el tipo primer riesgo.
Por ejemplo, si se tiene un tipo primer riesgo "1100", significa que hay un límite combinado para Inmueble y Contenidos y que deberá indicarse en COMB_LIMITE_MAXIMO, y límites independientes para Consecuenciales y Convenio, que a su vez se indicarán en CONSEC _LIMITE_MAXIMO y CONVENIO_LIMITE_MAXIMO, respectivamente.
Para calcular las pérdidas, el sistema R aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Límite del inmueble (INM_LIMITE_MAXIMO)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de Inmuebles a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla TB_Capas en el campo LimiteMaximo ya que es global para toda la póliza.
Límite en contenidos (CONT_LIMITE_MAXIMO)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de Contenidos de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla TB_Capas en el campo LimiteMaximo ya que es global para toda la póliza.
Límite en pérdidas consecuenciales (CONSEC_LIMITE_MAXIMO)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de Pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Límite en bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_LIMITE_MAXIMO)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de Convenio de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla TB_Capas en el campo LimiteMaximo ya que es global para toda la póliza.
Deducible combinado (COMB_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro. Este campo opera de manera conjunta con el campo tipo de primer riesgo, dependiendo de las combinaciones que se tienen para cada rubro, el sistema R obtiene el porcentaje combinado.
En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema R aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, renglón Deducible del campo LimiteMaximo.
Deducible inmueble (INM_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable del inmueble que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro.
En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema R aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, en el renglón Deducible del campo LimiteMaximo.
Deducible contenidos (CONT_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de los contenidos que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro.
En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema R aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, en el renglón Deducible del campo LimiteMaximo.
Deducible por pérdidas consecuenciales (CONSEC_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de las pérdidas consecuenciales que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro.
En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá
recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema R aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
En el caso específico de pérdidas consecuenciales, el deducible que corresponde al periodo de espera, el cual se expresa comúnmente en días, deberá traducirse a un valor porcentual dividiendo el número de días que comprende dicho periodo, entre 365.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, en el renglón Deducible del campo LimiteMaximo.
Deducible bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de los bienes bajo convenio expreso que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro.
En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema R aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, en el renglón Deducible del campo LimiteMaximo.
Coaseguro combinado (COMB_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo. Este campo opera de manera conjunta con el campo tipo de primer riesgo, dependiendo de las combinaciones que se tienen para cada rubro el sistema R obtiene el porcentaje combinado.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas en el campo Coaseguro.
Coaseguro inmueble (INM_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo del inmueble. Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, campo Coaseguro.
Coaseguro por contenidos (CONT_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo de los contenidos. Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, campo Coaseguro.
Coaseguro por pérdidas consecuenciales (CONSEC_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo de las pérdidas consecuenciales. Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, campo Coaseguro.
Coaseguro bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo del convenio expreso. Para el cálculo de las pérdidas el sistema R aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
Pólizas colectivas. Este dato es global para toda la póliza y se deberá indicar en la tabla TB_Capas, campo Coaseguro.
4.2 Datos de localización
Este grupo de datos permitirá que el sistema R determine la localización con distintos niveles de aproximación de cada inmueble asegurado. Con esta localización se calculará el peligro o amenaza ante todos los eventos. De igual manera, cuando se trate de carteras con varias ubicaciones o inmuebles, se deberá indicar la localización de cada una de ellas.
Se tendrá especial atención para que la localización que se indique sea precisamente la del inmueble y no de la oficina matriz de la empresa o el domicilio fiscal o del lugar al que se envía la póliza
El sistema R considera dos posibles formas para localizar una ubicación:
1. Ubicación aproximada, por código postal (código de localización). El código postal es un dato poco preciso para determinar la localización de la estructura, pero es muy fácil de conseguir.
2. Ubicación precisa, por coordenadas geográficas (longitud y latitud). Aunque es deseable que todas las ubicaciones tengan su coordenada geográfica, se recomienda que al menos en los inmuebles que se consideren más importantes de la cartera, tengan este dato. Las coordenadas geográficas, como se verá más adelante, se pueden obtener actualmente con herramientas fácilmente disponibles.
Clave del País (CLAVE_PAIS)
Datos obligatorios
Formato: número entero [52]
Es la clave del país que se ingresa para que el sistema R, identifique los archivos y consideraciones que utiliza cada país en particular. El sistema R tiene configuraciones para poder correr uno o más países, esto dependerá de la licencia adquirida y las necesidades del usuario.
La clave que utiliza el sistema R en México es 52.
Código postal (CODIGO_LOCALIZACION)
Dato obligatorio cuando no se tienen las coordenadas
Formato: número entero [del 01000 al 99999]
Es un número entero compuesto de cinco dígitos que está asociada a un área geográfica del país. Cada posición, leída de izquierda a derecha, permite identificar una zona específica dentro de la República Mexicana. Generalmente las dos primeras posiciones corresponden a la Entidad Federativa o a la Delegación en el caso del Distrito Federal. La tercera posición indica una ciudad importante, un municipio o una de las diez áreas en que está dividida postalmente cada Delegación del Distrito Federal. La cuarta representa un municipio o colonia de una ciudad y la quinta un conjunto de manzanas o el número específico de una dependencia. Sin embargo, los códigos postales no fueron creados para localizar edificaciones sino, evidentemente, como una herramienta para repartir correo, por lo que no es posible asignarles a todos ellos un solo par de coordenadas.
Coordenada geográfica de longitud (LONGITUD)
Coordenada geográfica de latitud (LATITUD)
Datos opcionales
Formato: número [longitud -117.5000 a -86.5000 grados, latitud 14.5000 a 33.0000 grados]
Ubicación del inmueble en términos de coordenadas geográficas, en notación decimal (los minutos y segundos deben cambiarse a esta notación). Debido a que un grado es aproximadamente equivalente a 100 km, deben incluirse por lo menos cuatro decimales para tener una precisión mínima de +10 m.

Imágenes 1a y 1b. Formas para conocer las coordenadas de una ubicación: (a) dispositivo GPS (usado por el instituto de ingeniería durante la inspección de los daños) y (b) imagen de una ubicación en Google Earth donde se aprecia que es posible fijar las coordenadas precisas de prácticamente cualquier ubicación.
Las coordenadas geográficas se pueden obtener:
· En gabinete, con ayuda de planos muy detallados.
· En campo (Imagen 2a), con ayuda de dispositivos GPS (Global Positioning Systems). En este caso debe tomarse en cuenta que la resolución de algunos dispositivos puede variar por decenas de metros, lo que sería particularmente grave si las coordenadas indicadas caen por error en el mar, lo que para el sistema R no es aceptable y optaría por localizar el edificio con el código postal.
· Por Internet, con herramientas como Google Earth (Imagen 2b). En este caso se debe personalizar para que muestre las coordenadas en grados decimales, ya que la opción por omisión es grados-minutos-segundos.
· En caso de que se indiquen coordenadas geográficas, el sistema R asumirá que esta información es precisa y no tomará en cuenta el código postal. Sin embargo, si la combinación de coordenadas latitud-longitud se encuentra fuera de las costas del país, el sistema R advertirá del error y localizará la estructura con el código postal.
4.4 Datos de la estructura
El siguiente grupo de datos le permitirá al sistema R determinar la vulnerabilidad de cada una de las estructuras dentro de la base de datos. El sistema R calcula el riesgo para dos tipos de edificaciones: industriales y no industriales. Cada uno de estos dos tipos puede considerar distintos tipos estructurales y tener características particulares, lo que puede arrojar un riesgo también distinto.
Existen dos grupos de datos que ayudarán a definir esta vulnerabilidad: 1) Dato técnico para conocer el tipo estructural y 2) Datos de otras características estructurales
1. Dato técnico para conocer el tipo estructural
Se utiliza específicamente para asignar el tipo estructural. Algunos ejemplos de estos sistemas son estructuras formadas por marcos de concreto, marcos de acero, losa plana, muros de concreto y muros de mampostería, entre otros.
El campo donde se ingresa el tipo estructural es:
CLASE_SISMO
2. Datos de otras características estructurales
Estos datos brindarán información adicional sobre algunas características particulares que definen, con mucha mayor precisión, la vulnerabilidad de la estructura asegurada. Algunos ejemplos de estas características son inmuebles que presentan irregularidades en planta y elevación, ubicación en esquina, si presentan hundimientos diferenciales o sobrepeso, entre otros.
Los campos dentro de este grupo son los siguientes:
NUM_PISOS
AÑO_CONSTRUCCION
COLUMNAS_CORTAS
SOBREPESO
GOLPETEO
ESQUINA
IRRE_ELEVACION
IRRE_PLANTA
HUNDIMIENTOS
DAÑOS_PREVIOS
FUE_REPARADO
FUE_REFORZADO
AÑO_REFUERZO
Número de pisos (NUM_PISOS)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 55]
Corresponde al número de pisos que tiene el edificio que se quiere evaluar. El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja, sin incluir sótanos. En caso de que el edificio se ubique en una loma y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe de contarse a partir del piso más bajo. Cuando existan mezzanines se deben contar éstos como pisos. Algunos ejemplos de estos casos se muestran en la Imagen siguiente.

Imagen. Ejemplos de edificios con diferente número de pisos.
Tipo Estructural (CLASE_SISMO)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
El tipo estructural es el conjunto de elementos capaces de resistir cargas en las construcciones sin que exista una deformación excesiva. Para el sistema R, es indispensable definir el tipo estructural de los edificios y naves industriales, ya que de esto dependerá su comportamiento ante los fenómenos naturales. Este comportamiento se expresa mediante funciones de vulnerabilidad para cada tipo.
En la siguiente tabla se describen los diferentes tipos estructurales que contempla el sistema R. El dato que se indica en la columna "Nombre" es la que se ingresa en el campo CLASE_SISMO.
INFORMACIÓN DE NOMBRES DE TIPOS ESTRUCTURALES
| | Tipo estructural | Nombre |
| 1 | Muros de carga de mampostería | SMex_Muros_01 |
| 2 | Marco de concreto | SMex_Marcos_01 |
| 3 | Marcos y muros de concreto | SMex_Marcos_02 |
| 4 | Marco de concreto contraventeado | SMex_Marcos_03 |
| 5 | Columnas y losas planas de concreto | SMex_LosaPlana_01 |
| 6 | Columnas y losas planas de concreto con muros | SMex_LosaPlana_02 |
| 7 | Columnas y losas planas de concreto con contraventeo | SMex_LosaPlana_03 |
| 8 | Muros y losas planas de concreto | SMex_LosaPlana_04 |
| 9 | Marcos de acero | SMex_Marcos_04 |
| 10 | Marcos de acero contraventeado | SMex_Marcos_05 |
| 11 | Marcos de acero con muros de concreto | SMex_Marcos_06 |
| 12 | Estructura prefabricada de concreto | SMex_Prefabricada_01 |
| 13 | Industrial con cubierta con cubierta ligera con claros pequeños no rigidizada | SMex_Industrial_01 |
| 14 | Industrial con cubierta ligera con claros pequeños rigidizada | SMex_Industrial_02 |
| 15 | Industrial con cubierta ligera con claros medianos no rigidizada | SMex_Industrial_03 |
| 16 | Industrial con cubierta ligera con claros medianos rigidizada | SMex_Industrial_04 |
| 17 | Industrial con cubierta ligera con claros grandes no rigidizada | SMex_Industrial_05 |
| 18 | Industrial con cubierta ligera con claros grandes rigidizada | SMex_Industrial_06 |
| 19 | Industrial con cubierta pesada con claros pequeños no rigidizada | SMex_Industrial_07 |
| 20 | Industrial con cubierta pesada con claros pequeños rigidizada | SMex_Industrial_08 |
| 21 | Industrial con cubierta pesada con claros medianos no rigidizada | SMex_Industrial_09 |
| 22 | Industrial con cubierta pesada con claros medianos rigidizada | SMex_Industrial_10 |
| 23 | Industrial con cubierta pesada con claros grandes no rigidizada | SMex_Industrial_11 |
| 24 | Industrial con cubierta pesada con claros grandes rigidizada | SMex_Industrial_12 |
Nota: En el Anexo 1 se hace una descripción más detallada de cada una de estos tipos estructurales.
Uso del inmueble (USO_INMUEBLE)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 30]
Se debe seleccionar el uso principal del edificio de acuerdo a la Tabla Catálogo de uso de inmueble. Si en el catálogo no se encuentra la opción exacta, se deberá seleccionar la que de acuerdo al criterio del usuario se aproxime más al uso de la estructura.
La importancia de indicar el uso se debe a que el diseño de las estructuras está en función del mismo, por lo que el sistema R también toma en cuenta estas consideraciones. El uso del edificio es importante también porque define el tipo de contenidos y su vulnerabilidad.
Es común que una misma póliza contenga varios inmuebles con diferentes usos. En estos casos se recomienda introducir cada uno de ellos, con su respectiva clave, para que el cálculo de las pérdidas sea más preciso.
CATÁLOGO DE USO DE INMUEBLE
| Clave | Uso del inmueble |
| 1 | Almacén |
| 2 | Banco |
| 3 | Biblioteca |
| 4 | Central de Comunicaciones |
| 5 | Central Eléctrica |
| 6 | Centro Comercial |
| 7 | Comercio |
| 8 | Depósito de Sustancias Explosivas |
| 9 | Depósito de Sustancias Inflamables |
| 10 | Depósito de Sustancias Tóxicas |
| 11 | Escuela |
| 12 | Estacionamiento |
| 13 | Fábrica |
| 14 | Funeraria |
| 15 | Hangar |
| 16 | Hospital |
| 17 | Hotel |
| 18 | Industria |
| 19 | Laboratorio |
| 20 | Librería |
| 21 | Museo |
| 22 | Oficina Gubernamental |
| 23 | Oficina Privada |
| 24 | Restaurante |
| 25 | Servicios de Emergencia |
| 26 | Terminal de Transporte |
| 27 | Tienda de Departamentos |
| 28 | Vivienda (Casa habitación convencional) |
| 29 | Otro |
| 30 | Gasolineras |
De los usos mostrados en la tabla anterior, se distinguen tres grupos, aquellos de estructuras tipo edificio, tipo industrial y otros. A continuación se describen de manera general los dos primeros.
· Tipo Edificio. Es el tipo más común. Se utiliza principalmente para oficinas, viviendas, escuelas, hospitales, pequeños comercios, entre otros. Consta de columnas, trabes, muros y losas rígidamente unidas en todos los niveles.
· Tipo Industrial. Sistemas estructurales que en general se usan para fábricas, talleres, almacenes, bodegas y plantas de ensamble, entre otras. Algunas edificaciones de uso comercial pueden tener una estructura tipo industrial, como casi todas las tiendas de autoservicio formados por estructuras de grandes claros de un solo nivel.
Fecha de construcción (AÑO_CONSTRUCCION).
Dato opcional
Formato: número entero [De 1325 al 2040]
Especifica la fecha de construcción del inmueble. El año de construcción refleja indirectamente el reglamento de construcción que se empleó para su diseño. Con el paso del tiempo, los reglamentos de construcción han tenido modificaciones importantes, especialmente para algunos tipos estructurales en lo relativo al diseño por sismo. Para conocer el año de construcción del edificio se puede preguntar al dueño o recurrir a los planos estructurales o arquitectónicos.
Columna corta (COLUMNAS_CORTAS).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Se deberá definir si la estructura:
1. tiene columnas cortas
0. no tiene columnas cortas
Se le llama columna corta a aquella cuya altura se reduce por la presencia de elementos arquitectónicos adosados a ella. Estos elementos arquitectónicos generalmente son pretiles, faldones o muros de media altura que están ligados a la columna, pudiendo ser de mampostería (ladrillo o block) o de concreto. Generalmente las columnas cortas, si existen, se pueden identificar en las fachadas, aunque pudieran existir en el interior del edificio.
Para que una columna se clasifique como columna corta deberá haber una relación entre la altura del pretil
y la altura del entrepiso mayor o igual que 0.25, es decir, la altura del pretil deberá ser de al menos una cuarta parte de la altura de la columna. Además, el pretil y la columna deberán estar en íntimo contacto.
La presencia de columnas cortas en una estructura la hace más vulnerable, por lo que será de vital importancia que se identifique su posible existencia, lo que puede resultar relativamente sencillo.
Sobrepeso (SOBREPESO).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Se deberá definir si el edificio:
1. tiene sobrepeso
0. no tiene sobrepeso
Las estructuras son diseñadas para un nivel de carga de acuerdo al uso que se le dará al inmueble. Sin embargo, algunos cambios en el uso durante su vida útil pueden implicar un cambio importante en la carga que se le impone a la estructura. Un ejemplo de esto es el caso de un edificio que fue diseñado en la década de los años 60's para oficinas y hoy se ocupa como bodega de almacenamiento de telas.
Otra situación que implicaría sobrepeso, se localiza en aquellas oficinas en las que existen archivos de papeles y documentos de forma abundante, en gran parte del área del edifico y en los niveles superiores del mismo. Se deberá indicar que el inmueble tiene sobrepeso sólo cuando éste se encuentre en un área mayoritaria de su superficie.
Posibilidad de golpeteo (GOLPETEO).
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se definirá si el edificio tiene posibilidades de golpeteo durante un sismo, de acuerdo a la tabla Catálogo posibilidad de golpeteo. El golpeteo entre edificios puede causar daños importantes a uno o ambos de los edificios que intervienen en el mismo. Para que estos no se golpeen entre sí durante un sismo intenso, la separación libre entre los edificios debe ser aproximadamente 3 cm por cada piso en el edificio de menor altura. Si la separación libre entre ambos edificios es menor, se debe indicar al Sistema R que sí existe la posibilidad de golpeteo del edificio con algún edificio vecino.
CATÁLOGO POSIBILIDAD DE GOLPETEO
| Clave | Posibilidad de golpeteo |
| 1 | Con edificios de menor altura |
| 2 | Con edificios de igual o de mayor altura |
| 3 | Con edificios de menor y mayor altura |
| 4 | No hay posibilidad de golpeteo |
Para ejemplificar una manera de predecir si existirá golpeteo, en la siguiente figura se muestran dos edificios, uno de 11 niveles y otro de 7 niveles. La separación libre existente entre ellos es de 14 cm, pero se estima que el edificio pequeño tendrá un desplazamiento máximo de 7 niveles x 3 cm/nivel = 21 cm. Como la separación existente de 14 cm es menor que los 21 cm recomendados, entonces contemplar que existe la posibilidad de golpeteo entre estos dos edificios durante un sismo intenso.

Imágenes 3. Golpeteo
Edificio en esquina (ESQUINA).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Se deberá definir si el edificio:
1. inmueble ubicado en esquina
0. no ubicado en esquina
Un edificio localizado en esquina es más vulnerable ante la acción de los sismos si los muros que colindan con las edificaciones vecinas son mucho más resistentes que los marcos (columna y trabes) de las fachadas, y no están adecuadamente desligados unos de los otros. De ser así, se tendrá un edificio con una gran irregularidad en planta, produciendo torsiones y un comportamiento indeseable, sobre todo en las fachadas que resultarán más flexibles y menos resistentes.
Cuando el edificio en esquina es simétrico o tiene los muros colindantes adecuadamente desligados de la estructura principal se tomará el criterio "0".
Irregularidad en altura (IRRE_ELEVACIÓN).
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá especificar si el inmueble es irregular en su altura de acuerdo con el siguiente criterio:
1. irregularidad nula
2. poca irregularidad
3. mucha irregularidad

Imagen. Irregularidad en altura
La estructura es más vulnerable cuando la distribución de los elementos resistentes en la altura del edifico no es uniforme.
Configuraciones típicas que calificarían a un edificio con alta irregularidad en elevación:
· Edificios con un primer entrepiso muy alto en comparación con el resto de los pisos
· Edificios con un entrepiso cualquiera mucho más alto que el resto de los pisos
· Edificios en los que se suspende la altura en algún nivel y no ha sido desligado del resto de la estructura
· Edificios en los que elementos estructurales importantes (columnas o muros) se suspenden antes de llegar a la cimentación
Irregularidad en planta (IRRE_PLANTA).
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá definir la irregularidad en planta del inmueble de acuerdo con el siguiente criterio:
1. irregularidad nula
2. poca irregularidad
3. mucha irregularidad
Las estructuras simples, simétricas y regulares, presentan en términos generales un mejor comportamiento que aquellas que no lo son. Bajo la acción de los sismos, las estructuras irregulares y asimétricas tienden a presentar movimientos de torsión que causan daños severos.

Imagen. Irregularidad en planta
Hundimientos diferenciales (HUNDIMIENTOS).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Se deberá definir si el inmueble:
1. tiene hundimientos diferenciales
0. no tiene hundimientos diferenciales
Los hundimientos diferenciales generan efectos que pueden ser apreciables a simple vista ya sea por los desplomes de la estructura (inclinación con respecto a la vertical) o por agrietamientos diagonales en muros divisorios o muros de carga. Si los asentamientos son pequeños sólo afectarán a elementos no estructurales y acabados, con poca posibilidad de afectar la estabilidad de la estructura. Sin embargo, cuando los hundimientos diferenciales son grandes, y se aprecian a simple vista, sus efectos sobre los elementos de la estructura pueden ser considerables.
Los hundimientos diferenciales son más probables en zona de suelos blandos y pueden ser producidos a causa de un sismo, como consecuencia de la construcción de una edificación vecina o por defectos de la cimentación.

Imagen. Hundimientos diferenciales
Daños previos (DAÑOS_PREVIOS).
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá definir si el inmueble ha sufrido daños previos de acuerdo con el siguiente criterio:
1. inmueble sin daños previos
2. daños previos ligeros
3. daños previos severos
Una estructura que se ha dañado durante algún sismo ha manifestado su gran vulnerabilidad. Existe una clara evidencia de que aquellos edificios que colapsan o que tienen daños graves durante sismos intensos, es porque ya se habían dañado durante temblores previos.
En términos generales, será muy difícil identificar los daños estructurales de una edificación si es que ésta ha tenido un adecuado programa de mantenimiento. No obstante el buen mantenimiento no es señal de que la estructura vaya a tener un comportamiento satisfactorio en sismos futuros.
Es posible encontrar indicios de daños previos en aquellos lugares o partes de la estructura que generalmente quedan ocultos: muros de colindancia, ductos de instalaciones, cubos de escaleras o elevadores, sótanos y elementos estructurales tapados por plafones o acabados. La mejor manera de conocer si ha presentado algún tipo de daño es preguntando a los dueños u ocupantes, aunque esta información está limitada a los años más recientes. Si no se identifican claramente señales de daño estructural por sismos previos, se tomará el criterio 1 en este campo.
Reparación (FUE_REPARADO).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Si ha tenido daños previos se deberá indicar si estos:
1. sí fueron reparados
0. no fueron reparados
Cuando una estructura fue dañada por algún sismo, pudo haber tenido reparaciones estructurales y no estructurales. En términos generales no será sencillo identificar el tipo de reparación que tuvo la edificación, aunque esto puede conocerse mediante la consulta de memorias de cálculo o realizando una inspección en sitios como muros de colindancia, ductos de instalaciones, cubos de escaleras o elevadores, sótanos, elementos estructurales tapados por plafones, etc. Si la reparación sólo consistió en el resane superficial de grietas, se deberá indicar que no fueron reparados, es decir, con el número "0". Reparar implica proveer de nuevo a la estructura su capacidad sismorresistente.
Reforzamiento (FUE_REFORZADO).
Dato opcional
Formato: número entero [0 ó 1]
Se deberá definir si la estructura:
1. sí ha sido reforzada
0. no ha sido reforzada
Desde el punto de vista estructural, reforzar es un paso más que reparar. Reforzar implica modificar y mejorar las características sismorresistentes de la edificación.
En la práctica profesional en México, las maneras más comunes que se han utilizado para el refuerzo de las estructuras han sido utilizando diagonales de contraventeo de perfiles de acero o cables, encamisado de columnas y trabes de concreto mediante celosías de acero o inclusión de muros de concreto. Normalmente estas reparaciones son tan generalizadas que no se pueden ocultar del todo, por lo que su identificación es relativamente sencilla, aunque en algunos casos podrán estar ocultas por acabados arquitectónicos. Es recomendable revisar cubos de escaleras y elevadores, fachadas laterales y posteriores.
Fecha de reforzamiento (AÑO_REFUERZO).
Dato opcional
Formato: número entero [De 1325 al 2040]
En caso de que la estructura haya sido reforzada, tal y como se describe en el punto anterior, se deberá indicar el año en que se realizó el refuerzo ya que en ella se encuentra implícito el código o reglamento de construcción vigente durante el refuerzo.
Definición de datos para pólizas colectivas
En esta sección se establecen los datos que identifican las características de las pólizas colectivas y las pólizas con capas.
Las pólizas colectivas son aquellas que amparan dos o más inmuebles con un límite de responsabilidad único, por lo que al menos deben contener una capa que defina este límite o varias capas que definan los esquemas de reaseguro, comunes para todos los inmuebles.
Una póliza individual puede tener capas sólo si ésta comparte un límite máximo de responsabilidad único para todos sus rubros (inmueble, contenidos, consecuenciales y bienes bajo convenio), para lo cual se debe definir un encabezado igual al de las pólizas colectivas y de la misma manera los esquemas de capas para definir el reaseguro no proporcional. En resumen, una póliza individual pude tener capas sólo si se modela como una póliza colectiva de un solo registro.
La manera en que se ingresan las pólizas colectivas es utilizando la tabla TB_Incisos, descrita con anterioridad, y dos tablas adicionales, TB_Capas y TB_DatosGenerales. En términos prácticos, esta última se relaciona, mediante el número de póliza, con las otras dos tablas para formar las pólizas colectivas. La siguiente imagen muestra el diagrama entidad relación de las tablas.

Tipo de datos
Los datos que requiere el sistema R estarán en archivos de Access con un nombre y tipo de dato específico. Estos nombres se indican en las tablas TB_Incisos, TB_Capas y TB_DatosGenerales, en donde los datos deben ser exactamente iguales a los indicados.
Debido a que la tabla TB_Incisos se describió anteriormente, en esta sección se hará la descripción de las tablas TB_Capas y TB_DatosGenerales.
INFORMACIÓN DE TIPO GENERAL PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
| Tabla TB_DatosGenerales | |||||
| Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Requerido |
| Generales | 1 | NumeroPoliza | Alfanumérico | | Obligatorio |
| 2 | TipoPoliza | Número Entero | 1 al 2 | Obligatorio | |
| 3 | FechaInicio | Fecha | 01/01/2010 ó posterior | Obligatorio | |
| 4 | FechaFin | Fecha | 01/01/2011 ó posterior | Obligatorio | |
| 5 | Ramo | Alfanumérico | | Obligatorio | |
INFORMACIÓN DE TIPO FINANCIERO PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
| Tabla TB_Capas | |||||
| Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Requerido |
| Financiero | 1 | NumeroPoliza | Alfanumérico | | Obligatorio |
| 2 | NumeroCapa | Alfanumérico | | Opcional | |
| 3 | Retencion | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
| 4 | LimiteMaximo | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 5 | Coaseguro | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
5.1 Definición de datos generales tabla TB_DatosGenerales
Es la tabla principal de las carteras colectivas, se relaciona con las tablas TB_Incisos y TB_Capas. La tabla TB_DatosGenerales contiene información general de todas las pólizas colectivas.
Número de póliza cómo llave primaria (NumeroPoliza)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Es la clave que se utiliza para identificar cada póliza colectiva. Este dato debe ser único para esta tabla y no deberá repetirse, ya que con él se hacen las relaciones a las tablas TB_Incisos y TB_Capas.
Este campo se emplea para vincular una póliza colectiva con los inmuebles que pertenecerán a ella. Estos registros, contenidos en la tabla TB_Incisos, deberán tener exactamente el mismo número de póliza que el utilizado en este campo, incluyendo mayúsculas, minúsculas y caracteres especiales.
Tipo de póliza colectiva (TipoPoliza)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 ó 2]
Este campo identifica el tipo de póliza colectiva con las siguientes opciones:
1. Semi-agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, y tanto el deducible como el coaseguro se toma de cada registro dentro de la tabla TB_Incisos.
2. Agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, el deducible y coaseguro es de manera global para toda la póliza.
Estas opciones son igualmente aplicables a las pólizas independientes que se modelan como colectivas y de esta manera poder ingresar esquemas de reaseguro por capas.
Fecha de inicio de póliza colectiva (FechaInicio)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de inicio de vigencia de la póliza colectiva y tienen las mismas características que las fechas de vigencia de las pólizas individuales. El sistema, por convención, considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza.
En una póliza colectiva el dato de fecha inicio de vigencia es de manera global para todos los registros que pertenecen a ella, por lo que deberá de indicarse en la tabla TB_DatosGenerales. Si este dato se ingresa en la tabla TB_Incisos, el sistema no lo tomará en cuenta.
Fecha de terminación de póliza colectiva (FechaFin)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de fin de vigencia de la póliza colectiva y tiene la misma característica que la fecha de vigencia de las pólizas individuales. El sistema, por convención, considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de evaluación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza, el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
En una póliza colectiva el dato de fecha fin de vigencia es de manera global para todos los registros que pertenecen a ella, por lo que deberá de indicarse en la tabla TB_DatosGenerales. Si este dato se ingresa en la tabla TB_Incisos, el sistema no lo tomará en cuenta.
Nombre del peligro (RAMO)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se deberá definir el nombre del peligro o amenaza que se desea valuar. El objetivo de este campo es definir qué peligros o amenazas va a considerar el sistema R en la evaluación, de acuerdo al tipo de licencia adquirida.
Para considerar el peligro sísmico en los cálculos, se deberá escribir el texto SISMO en el campo RAMO.
5.2 Definición de capas tabla TB_capas
En esta parte se explican los datos necesarios para ingresar un esquema de capas para definir el reaseguro no proporcional en pólizas colectivas o en una póliza individual (evaluada como una póliza colectiva de un solo registro).
Cada póliza pude tener un número diferente de capas, las cuales corresponden a diferentes contratos de reaseguro con varias Instituciones de Seguros y con diferentes límites y prioridades. Las capas se definen por el número de renglones de la tabla correspondiente.
En la imagen siguiente se ilustra el ejemplo de dos pólizas con cuatro capas cada una. Las capas corresponden a una póliza semi-agrupada, indicada por la tabla superior y esquema izquierdo; y una póliza agrupada, tabla inferior y esquema derecho.

Imagen. Esquema de póliza con capas
Recuerde que en el campo TipoPoliza, "1" representa una póliza semi-agrupada y "2" una póliza agrupada.
Número de póliza (NumeroPoliza)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Es la clave para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico. Para las pólizas colectivas, todas las ubicaciones que sean amparadas por ésta, deberán llevar el mismo número de póliza ya que este campo es el que identifica a qué póliza colectiva pertenece cada ubicación.
Descripción del número de capa (NumeroCapa)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Es la clave para identificar el número de capa de la póliza. Este dato es alfanumérico y por claridad se recomienda ingresar la palabra "Capa" seguido del número de capa que corresponda.
Generalmente las capas empiezan desde la Capa 1, pero para la definición del deducible en pólizas agrupadas se recomienda indicar la primera capa como Deducible, como se ilustra en la imagen Anterior.
Porcentaje de retención por capa (Retención)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la Institución de Seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro a capas. En cada capa se debe definir un porcentaje de retención a excepción de la capa Deducible que corresponde al deducible de una póliza agrupada, por lo cual este campo debe quedar vacío.
Límite de la capa (LimiteMaximo)
Dato obligatorio
Formato: número [en moneda]
Es el valor máximo del que se hace responsable la reaseguradora en la capa que participa. Para que una capa quede completamente definida se debe conocer tanto el límite como la prioridad, que es la cantidad máxima que la aseguradora decide pagar. Por fines prácticos, la prioridad se toma como el límite de la capa anterior y en el caso de la primera capa, la prioridad es igual a cero. Pare el caso de pólizas agrupadas, el límite de la primera capa es el deducible de la póliza.
Coaseguro de la capa (Coaseguro)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo, para la capa correspondiente.
En caso de pólizas semi-agrupadas no es necesario ingresar este valor, ya que por definición estas pólizas toman el coaseguro de cada inmueble. En pólizas agrupadas el coaseguro de la capa Deducible debe quedar vacío, ya que como se indicó esta capa corresponde al deducible de la póliza.
6. Definición de datos para las pólizas no valuables
Los datos que requiere el sistema R estarán en archivos de Access con un nombre y tipo de dato específico. El nombre de los campos para las pólizas no valuables se indican en la tabla TB_RiesgosNoValuables, en donde el tipo de dato debe ser exactamente al indicado.
INFORMACIÓN DE CARTERAS PARA RIESGOS NO VALUABLES
| Tabla TB_RiesgosNoValuables | |||||
| Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Requerido |
| De referencia | 1 | NUM_REGISTRO | Número Entero | 1 a 3,000,000 | Obligatorio |
| 2 | NUM_POLIZA | Alfanumérico | | Obligatorio | |
| 3 | TIPO_RIESGO | Número Entero | 1 a 5 | Obligatorio | |
| 4 | DESCRIPCION | Alfanumérico | | Obligatorio | |
| Financiero | 5 | FECHA_INICIO | Fecha | 01/01/1900 a 31/12/ 2080 | Obligatorio |
| 6 | FECHA_FIN | Fecha | 01/01/1900 a 31/12/ 2080 | Obligatorio | |
| 7 | SUMA_ASEGURADA | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 8 | PRIMA_EMITIDA | Moneda | 0 a billones | Obligatorio | |
| 9 | FACTOR_RETENCION | Porcentaje | 0 a 100 | Obligatorio | |
6.1 Definición de carteras TB_RiesgosNoValuables
Número de registro (NUM_REGISTRO)
Dato obligatorio
Formato: números enteros
Es un número único que tiene por objeto ordenar y llevar un control de todas las ubicaciones dentro del sistema R. Al ser éste un número que no se repite, ayuda a identificar fácilmente cualquier registro de la cartera en el archivo de resultados por ubicación o en el archivo con el reporte de errores.
Número de póliza (NUM_POLIZA)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Es la clave para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico.
Tipo de riesgo (TIPO_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 5]
Se refiere a los tipos de riesgos no valuables. Las claves correspondientes se especifican en la tabla siguiente:
CATÁLOGO DE CARACTERÍSTICAS DE TIPOS DE RIESGO
| TIPO DE RIESGO | DESCRIPCIÓN | Disposición | Fracción |
| 1 | Pólizas que cubran riesgos de reaseguro tomado de entidades aseguradoras del extranjero. | A2.1.3.4. | I. |
| 2 | Pólizas que cubran riesgos sobre bienes que se ubiquen en el extranjero. | A2.1.3.4.. | II. |
| 3 | Pólizas que cubran bienes ubicados en territorio nacional, pero que no cuenten con las características de construcción regular que se requieren para que puedan ser valuados con las bases técnicas del presente Apéndice. | A2.1.3.4. | III. |
| 4 | Pólizas que, aun contando con toda la información sobre los bienes asegurados, sean cubiertas por los seguros de terremoto en condiciones o modalidades especiales que no puedan ser valuadas bajo las bases técnicas del presente Apéndice. | A2.1.3.4. | IV. |
| 5 | Pólizas que amparen bienes en territorio nacional, que sean aseguradas en condiciones tales que se carezca de la información mínima necesaria para permitir la correcta aplicación de las bases técnicas del presenteApéndice. | A2.1.3.5. | |
Descripción (DESCRIPCION)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 19]
Se refiere a las características de los tipos de riesgos no valuables. Las claves correspondientes se especifican en la tabla siguiente:
CATÁLOGO DE TIPO DE RIESGO
| CLAVE | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Aeropuertos |
| 2 | Sistemas de gas natural |
| 3 | Tuberías enterradas |
| 4 | Sistemas de instalaciones petroleras y petroquímicas |
| 5 | Sistemas eléctricos |
| 6 | Sistemas de drenaje (agua residual) |
| 7 | Presas |
| 8 | Plantas de tratamiento |
| 9 | Plantas potabilizadoras |
| 10 | Sistemas de suministro de agua potable |
| 11 | Puertos |
| 12 | Vías férreas |
| 13 | Puentes |
| 14 | Carreteras |
| 15 | Iglesias |
| 16 | Edificios históricos |
| 17 | Parques industriales |
| 18 | Teatros y auditorios |
| 19 | Otros. |
Fecha de inicio (FECHA_INICIO)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de inicio de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema R por convención considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema R toma como vigente dicha póliza.
Fecha de terminación (FECHA_FIN)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Este dato se refiere a la fecha de fin de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema R por convención considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de evaluación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza, el sistema R la toma como fuera de vigencia.
Valor de la Suma asegurada (SUMA_ASEGURADA)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Corresponde a la suma asegurada establecida en la carátula de la póliza.
Prima emitida (PRIMA_EMITIDA)
Datos obligatorios
Formato: número [en moneda]
Corresponde a la prima emitida de cada registro por evaluar. En el caso particular de las pólizas de "tipo de riesgo 5", será necesario que en este campo se reporte la prima de riesgo emitida.
Factor de retención (FACTOR_RETENCION)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la institución de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro proporcional, respecto de la obligación total suscrita en un contrato de seguro.
7. Definición de datos para los archivos de resultados
El sistema genera 3 archivos de salida que contienen información de los resultados de la evaluación, a continuación se describen cada uno de estos archivos.
7.1 Archivo de Errores
Genera el archivo de texto *_Errores.txt. Tal archivo listará los errores y advertencias detectados durante el proceso de generación de resultados (por ejemplo coordenadas no encontradas en el país, valores inválidos para cierto parámetro, etc.).
7.2 Archivo de Resultados Generales
Es un archivo Excel nombrado *_Resultados Generales_SISMO.xls que muestra la información de resultados indicando la fecha de creación, fecha de corte, los archivos analizados, valores asegurables, primas y PML.
7.3 Archivo de Resultados por ubicación
Es un archivo Excel nombrado *_Resultados por ubicacion_SISMO.xls y muestra la información referente a las primas por cada uno de los incisos. Cada registro de este archivo está integrado por datos identificados por las siguientes columnas:
NUMREG: Número de registro
Es el número de registro descrito en el capítulo 4.1 Datos de referencia que corresponde al campo NUM_REGISTRO
ZAGR: Zona de agrupación.
Este campo indica la zona de agrupación a la que pertenece cada uno de los registros evaluados. Esta zona de agrupación es la combinación del estado y zona sísmica, como se muestra en la tabla:
ZONA DE AGRUPACIÓN
| ZAGR | CLAVE ESTADO | NOMBRE ESTADO | ZONA SISMICA |
| Zona_01 | 1 | Aguascalientes | A |
| Zona_02 | 2 | Baja California | B |
| Zona_03 | 2 | Baja California | C |
| Zona_04 | 3 | Baja California Sur | B |
| Zona_05 | 4 | Campeche | A |
| Zona_06 | 4 | Campeche | B |
| Zona_07 | 5 | Coahuila | A |
| Zona_08 | 6 | Colima | D |
| Zona_09 | 7 | Chiapas | D |
| Zona_10 | 8 | Chihuahua | A |
| Zona_11 | 9 | Distrito Federal | E |
| Zona_12 | 9 | Distrito Federal | F |
| Zona_13 | 9 | Distrito Federal | G |
| Zona_14 | 9 | Distrito Federal | H1 |
| Zona_15 | 9 | Distrito Federal | H2 |
| Zona_16 | 10 | Durango | A |
| Zona_17 | 11 | Guanajuato | B |
| Zona_18 | 12 | Guerrero | C |
| Zona_19 | 12 | Guerrero | D |
| Zona_20 | 12 | Guerrero | I |
| Zona_21 | 12 | Guerrero | J |
| Zona_22 | 12 | Guerrero | K |
| Zona_23 | 13 | Hidalgo | B |
| Zona_24 | 14 | Jalisco | B |
| Zona_25 | 14 | Jalisco | C |
| Zona_26 | 14 | Jalisco | D |
| Zona_27 | 15 | México | B |
| Zona_28 | 15 | México | B1 |
| Zona_29 | 16 | Michoacán | B |
| Zona_30 | 16 | Michoacán | C |
| Zona_31 | 16 | Michoacán | D |
| Zona_32 | 17 | Morelos | B |
| Zona_33 | 18 | Nayarit | B |
| Zona_34 | 19 | Nuevo León | A |
| Zona_35 | 20 | Oaxaca | C |
| Zona_36 | 20 | Oaxaca | D |
| Zona_37 | 21 | Puebla | B |
| Zona_38 | 22 | Querétaro | B |
| Zona_39 | 23 | Quintana Roo | A |
| Zona_40 | 24 | San Luis Potosí | A |
| Zona_41 | 25 | Sinaloa | B |
| Zona_42 | 26 | Sonora | B |
| Zona_43 | 26 | Sonora | C |
| Zona_44 | 27 | Tabasco | B |
| Zona_45 | 28 | Tamaulipas | A |
| Zona_46 | 29 | Tlaxcala | B |
| Zona_47 | 30 | Veracruz | A |
| Zona_48 | 30 | Veracruz | B |
| Zona_49 | 30 | Veracruz | C |
| Zona_50 | 31 | Yucatán | A |
| Zona_51 | 32 | Zacatecas | A |
El dato "ZAGR" no se ingresa directamente en la tabla "TB_Incisos", sino que utiliza los datos de ubicación de cada uno de los registros de la cartera para obtenerla. Los datos que toma como referencia para obtener la zona de agrupación son el código postal y las coordenadas geográficas estos últimos fueron descritos en el capítulos 4.3 Datos de localización que corresponden a CODIGO_LOCALIZACION, LONGITUD y LATITUD
VALASEG: Valor asegurable
Es el total de los valores expuestos para Inmueble, contenidos, perdidas consecuenciales y convenio expreso
VALRET: Valor retenido
Se refiere al monto retenido en la cobertura de daños al inmueble, contenidos, perdidas consecuenciales y convenio expreso neto de la porción cedida en contratos de reaseguro proporcional
PR_T: Prima de riesgo total
Se refiere a la pérdida anual esperada total. Valor promedio de la perdida que se tendría en un año cualquiera, suponiendo que el proceso de ocurrencia de los sismos es estacionario y que las estructuras dañadas se les restituye su resistencia inmediatamente después de un sismo. El valor se muestra en moneda
PR_T_AM: Prima de riesgo total al millar
Se refiere a la prima de riesgo total antes mencionada, en este campo el valor se muestra al millar.
PR_R: Prima de riesgo retenida
Se refiere a la pérdida anual esperada retenida por la Institución de Seguros, el valor promedio de la perdida retenida que se tendría en un año cualquiera, suponiendo que el proceso de ocurrencia de los sismos es estacionario y que las estructuras dañadas se les restituye su resistencia inmediatamente después de un sismo. El valor se muestra en moneda
PR_R_AM: Prima de riesgo retenida al millar
Se refiere a la prima de riesgo retenida antes mencionada, en este campo el valor se muestra al millar.
PR_T_DEV: Prima total devengada.
Se refiere a la porción de la prima total cuya vigencia ha transcurrido
PR_R_DEV: Prima retenida devengada.
Se refiere a la porción de la prima retenida cuya vigencia ha transcurrido
PR_T_NODEV: Prima total no devengada
Se refiere a la porción de la prima total cuya vigencia falta por transcurrir
PR_R_NODEV: Prima retenida no devengada.
Se refiere a la porción de la prima retenida cuya vigencia falta por transcurrir
PMAX_T: Pérdida máxima total.
Se refiere a las sumas de las pérdidas totales esperadas que se tendría del escenario más crítico.
PMAX_R: Pérdida máxima retenida.
Se refiere a las sumas de las pérdidas retenidas esperadas que se tendría del escenario más crítico.
Las columnas anteriores son las que se incluyen de manera predeterminada, es importante mencionar que también se puede agregar información de la cartera evaluada que el usuario requiera, ya que el sistema muestra en pantalla todos los campos de la cartera de los cuales hay que seleccionar los campos que se escribirán en este archivo de resultados.
Capítulo 2: Descripción de tipos estructurales
1. Descripción de tipos estructurales
Los 24 tipos estructurales indicados en la tabla "Información de nombres de tipos estructurales", dentro del Capítulo 5 - Descripción de campos del Sistema R, se basan en cinco tipos principales: estructuras de muros, marcos, losa plana, estructuras prefabricada y estructuras para uso industrial. Como se verá más adelante, es posible que un tipo estructural sea de una combinación de más de uno de estos cinco tipos.
Cabe recordar que en la tabla TB_Incisos, es obligatorio indicar el tipo estructural de los edificios o naves industriales dentro del campo CLASE_SISMO, y con base a este dato se propondrá la función de vulnerabilidad correspondiente. Es por eso que se debe de indicar de manera acertada este dato para no sobre o subestimar su pérdida.
MUROS
SMex_Muros_01
Descripción: Muros de carga de mampostería. Sistema estructural tradicional para casas habitación, se compone principalmente de muros hechos con materiales como tabique recosido, tabicón, tabique de barro (macizo o hueco) y roca natural, entre otros, unidos con mortero. Los muros pueden estar confinados por dalas y castillos.

Figura A-1. Aunque este tipo estructural predomina en casa habitación, también se observa en
construcciones para uso industrial
construcciones para uso industrial
MARCOS (COLUMNAS Y TRABES)
SMex_Marcos_01
Descripción: Marcos de concreto. Sistema estructural construido principalmente por marcos de concreto reforzado, fabricados en situ, que se forman por la combinación vigas horizontales que forman el cabezal y columnas laterales, todo unido rígidamente. Debajo del marco no hay elementos estructurales que le ayuden a soportar las cargas, en ocasiones los marcos tienen muros divisorios de materiales ligeros o de mampostería pero desligados del marco que no contribuyen a la capacidad de resistencia de la estructura.

Figura A-2. Tipo estructural con columnas y trabes de concreto reforzado
SMex_Marcos_02
Descripción: Marcos de concreto con muros de concreto. Estructuras basadas principalmente en marcos de concreto reforzado (combinación de columnas y vigas) y muros de concreto reforzado, ambos fabricados en situ. Las cargas de gravedad son transportadas por las columnas y las fuerzas sísmicas laterales son resistidas por los marcos y muros.

Figura A-3. Tipo estructural con columnas, trabes y muros de concreto reforzado
SMex_Marcos_03
Descripción: Marcos de concreto contraventeado. Sistema estructural construido principalmente por marcos de concreto reforzado, fabricados en situ, que se forman por la combinación vigas horizontales que forman el cabezal y columnas laterales, todo unido rígidamente. El marco está reforzado exteriormente por uno o varios elementos diagonales de acero (contraventeos) que unen las equinas contrarias superior e inferior del marco, para darle a éste mayor resistencia lateral.

Figura A-4. Columnas y trabes de concreto con contraventeo: Izq. diagonales en el exterior y Der.
diagonales en el interior
diagonales en el interior
SMex_Marcos_04
Descripción: Marcos de Acero. Sistema estructural construido principalmente por marcos de acero que se forman por la combinación vigas horizontales que forman el cabezal y columnas laterales. Debajo del marco no hay elementos estructurales que le ayuden a soportar las cargas, en ocasiones los marcos tienen muros divisorios de materiales ligeros o de mampostería pero desligados del marco que no contribuyen a la capacidad de resistencia de la estructura.

Figura A-5. Columnas y trabes de acero estructural
SMex_Marcos_05
Descripción: Marcos de acero contraventeado. Sistema estructural construido principalmente por marcos de acero que se forman por la combinación vigas horizontales que forman el cabezal y columnas laterales. El
marco está reforzado exteriormente por uno o varios elementos diagonales también de acero (contraventeos) que unen las equinas contrarias superior e inferior del marco, para darle a éste mayor resistencia lateral.

Figura A-6. Columnas y trabes de acero estructural con diagonales de acero
SMex_Marcos_06
Descripción: Marcos de acero con muros de concreto. Estructuras basadas principalmente en marcos de acero (combinación de columnas y vigas) y muros de concreto reforzado. Las cargas de gravedad son transportadas por las columnas y las fuerzas sísmicas laterales son resistidas por los marcos y muros.

Figura A-7. Columnas y trabes de acero estructural con muros de concreto
LOSAS PLANAS
SMex_LosaPlana_01
Descripción: Losas planas de concreto con columnas de concreto. Estructuras que no tienen trabes o vigas en su sistema estructural, así que su sistema de piso está apoyado directamente sobre las columnas de concreto reforzado fabricadas en situ. Estas estructuras son flexibles y vulnerables a acciones sísmicas.
SMex_LosaPlana_02
Descripción: Losas planas de concreto con columnas y muros de concreto. Estructuras que no tienen trabes o vigas en su sistema estructural, así que su sistema de piso está apoyado directamente sobre las columnas y muros de concreto reforzado fabricados en situ.
SMex_LosaPlana_03
Descripción: Losas planas de concreto con columnas y muros de concreto con contraventeo. Estructuras que no tienen trabes o vigas en su sistema estructural, así que su sistema de piso está apoyado directamente sobre las columnas y muros de concreto reforzado fabricadas en situ. El sistema está reforzado exteriormente por uno o varios elementos diagonales de acero (contraventeos) que unen las equinas contrarias superior e inferior de las columnas de concreto de un entrepiso a otro, para darle a éste mayor resistencia lateral.
SMex_LosaPlana_04
Descripción: Losas planas de concreto con muros de concreto. Sistema estructural que está formado principalmente por muros de concreto reforzado fabricados en situ y que su sistema de piso está apoyado directamente sobre muros de concreto.

Figura A-8. Losas planas de concreto con columnas de concreto: Izq. losa plana y Der. losa reticular
ESTRUCTURA PREFABRICADA
SMex_Prefabricada_01
Descripción: Estructura prefabricada de concreto. Sistema estructural hecho a base de piezas (trabes, columnas, muros, etc.) de concreto armado, las cuales tienen la característica de ser fabricadas en serie fuera de su ubicación final y de su posición definitiva. Las piezas se conjuntan mediante maniobras de montaje precisa y llegan a conforman el todo o la mayor parte de un edificio o construcción.

Figura A-9. Estructuras prefabricadas
INDUSTRIALES CON CUBIERTA LIGERA
SMex_Industrial_01
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros pequeños no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia no mayor de 7m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_02
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros pequeños rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia no mayor de 7m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_03
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros medianos no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia entre 7m y 12m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_04
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros medianos rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia entre 7m y 12m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_05
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros grandes no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia mayor de 12m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero.
SMex_Industrial_06
Descripción: Industrial con cubierta ligera con claros grandes rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es ligera y está constituida por alguno de los siguientes materiales: lámina metálica, lámina traslucida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia mayor de 12m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).

Figura A-10. Industriales de cubierta ligera: Izq. no rigidizada y Der. rigidizada
INDUSTRIALES CON CUBIERTA PESADA
SMex_Industrial_07
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros pequeños no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia no mayor de 7m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_08
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros pequeños rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia no mayor de 7m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_09
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros medianos no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia entre 7m y 12m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_10
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros medianos rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia entre 4m y 8m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).
SMex_Industrial_11
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros grandes no rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia mayor de 12m. Estas estructuras no están reforzadas lateralmente con algún elemento estructural como pueden ser muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero.
SMex_Industrial_12
Descripción: Industrial con cubierta pesada con claros grandes rigidizada. Este sistema estructural es principalmente para naves industriales de diversos materiales (acero, concreto, mampostería, etc.) su estructura está hecha a base de marcos (vigas y columnas). Su cubierta es pesada y está constituida por alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y láminas tipo losa acero con capa de compresión de concreto, entre otros. La longitud de los claros que cubren los marcos principales es de una distancia mayor de 12m. Los marcos de estas estructuras están reforzados con elementos estructurales como muros (concreto, acero, mampostería, etc.) o diagonales de acero (contraventeos).

Figura A-11. Industriales de cubierta pesada: Izq. no rigidizada y Der. Rigidizada
APÉNDICE A2.1.1.15.-b
BASES TÉCNICAS PARA EL CÁLCULO DE LA PRIMA DE RIESGO Y DE LA PÉRDIDA MÁXIMA
PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
La prima de riesgo y la pérdida máxima probable correspondiente a la cartera de pólizas en vigor de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, deberán estimarse mediante el procedimiento técnico e información que se indican a continuación.
PARTE I
DE LAS BASES TÉCNICAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA
MÁXIMA PROBABLE PARA LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS
HIDROMETEOROLÓGICOS
MÁXIMA PROBABLE PARA LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS
HIDROMETEOROLÓGICOS
Capítulo 1: Peligros hidrometeorológicos en México
1.- Generalidades
La estimación de las pérdidas asociadas a los fenómenos hidrometeorológicos se realiza a través de perturbaciones de las trayectorias de los huracanes históricos o de la simulación de eventos para el caso de granizo, inundación, maremoto, lluvia local y viento no huracanado. Estos huracanes perturbados o eventos simulados generan mapas de peligro o amenaza que junto con la evaluación de la vulnerabilidad de cada una de las construcciones de la cartera permite obtener el valor de las pérdidas.
En este capítulo se describen las variables que definen el peligro de cada uno de los fenómenos
hidrometerológicos considerados, así como la forma de generar las perturbaciones y eventos simulados.


Tabla 1.2 Factor de topografía
| Sitio | Topografía | FT |
| Protegido | Valles cerrados | 0.8 |
| Plano | Terreno prácticamente plano, campo abierto, ausencia de cambios topográficos importantes, con pendientes menores que 5% | 1.0 |
| Expuesto | Cimas de promontorios, colinas o montañas, islas, terrenos con pendientes mayores que 5% | 1.2 |
Tabla 1.3 Valores de
para los tipos de terreno más comunes en México
para los tipos de terreno más comunes en México| Tipo | Descripción | ![]() | ![]() |
| 1 | Campo abierto plano (terreno abierto, prácticamente plano y sin obstrucciones, tal como franjas costeras planas, zonas de pantanos, campos aéreos, pastizales, tierras de cultivo sin bardas alrededor y superficies nevadas planas) | 0.099 | 245 |
| 2 | Árboles o construcciones dispersas (campos de cultivo o granjas con pocas obstrucciones tales como bardas, árboles y construcciones dispersas) | 0.128 | 315 |
| 3 | Arbolado, lomeríos, barrio residencial (terreno cubierto por numerosas obstrucciones estrechamente espaciadas, por ejemplo áreas urbanas, suburbanas y de bosques; el tamaño de las construcciones corresponde al de casas y viviendas) | 0.156 | 390 |
| 4 | Muy accidentada, centro de ciudad (terreno con numerosas obstrucciones largas, altas y estrechamente espaciadas como el centro de grandes ciudades y complejos industriales bien desarrollados) | 0.170 | 455 |
Viento generado por otros fenómenos hidrometeorológicos
Siguiendo los mismos criterios que para vientos generados por huracanes, se generan eventos que reproducen los datos de vientos históricos de las estaciones climatológicas. Estos eventos son importantes tanto para reproducir vientos de baja magnitud pero de alta frecuencia en zona de huracanes como para reproducir el campo de viento total en las otras zonas del país.
1.3 Lluvia local
Es el peligro causado por exceso de lluvia sin que esté relacionado con el desborde de ríos o embalses; se debe a que el escurrimiento y drenaje locales son incapaces de absorber la lluvia produciéndose inundaciones locales de pequeña magnitud.
Lluvia local generada por huracanes
Para determinar la precipitación ocasionada por huracán se emplea la expresión empírica siguiente:

1.4 Maremoto
La historia de la sismicidad en México indica que los sismos con potencial tsunamigénico para la costa occidental tienen magnitud mayor que siete y son los que ocurren en la zona de contacto interplaca localizada entre la costa y la Trinchera Mesoamericana (Figura 1.1).
Para la determinación de las áreas de inundación costera y sus respectivas alturas de ola se emplean modelos de propagación de ondas en aguas someras para los cuales se divide el problema en dos procesos: el de generación y el de propagación y arribo.
Generación
La condición inicial del tsunami consiste en prescribir una deformación vertical instantánea de la superficie del mar suponiendo que esta es igual a la deformación vertical cosísmica del lecho marino. Para ello se usan modelos de ruptura sísmica, que deben considerar parámetros de rigidez del material en la falla, área de ruptura y dislocación de la falla.


El volumen de precipitación que sobrepasa la capacidad de la sección de un cauce natural dado un escenario de lluvia, se derramará hacia la llanura circundante al punto de desbordamiento, dando lugar a una inundación que afectará los inmuebles localizados en el sitio. Este volumen de inundación se calcula con la diferencia entre el gasto que escurre hasta un punto analizado en el cauce del río, y el gasto que puede fluir por la sección del cauce natural dadas sus propiedades geométricas.

1.7 Escenarios o eventos
Para poder realizar correctamente los cálculos de las distribuciones de probabilidad de pérdida se debe recurrir al concepto de "evento". Los eventos están constituidos por el paso de huracanes, tormentas y otras amenazas.
Simulación de Huracanes para estimar pérdidas
El registro de huracanes que han afectado nuestro país data de finales del siglo XIX. Sin embargo, no es sino hasta mediados del siglo XX que se dispone de registros de sus trayectorias completas y de parámetros indicativos de su severidad, tales como la presión barométrica en el ojo o la velocidad ciclostrófica. En estas condiciones, la base de datos útiles de huracanes es limitada por lo que fue necesario extenderla, mediante la generación (simulación) de huracanes artificiales. Conviene señalar que, en el futuro, la base de datos de huracanes históricos se deberá complementar con los nuevos eventos de cada año a medida que se vayan registrando.
Para generar huracanes artificiales, se debe utilizar el método de perturbar las trayectorias de huracanes reales que hayan sido correctamente registrados.




Figura 3.1 Diagrama de flujo general del cálculo de pérdidas ante múltiples fenómenos hidrometeorológicos
Se supone que, como se ha señalado, cada peligro hidrometeorológico se encuentra caracterizado por diversos escenarios o eventos, cada uno de ellos con una probabilidad anual de ocurrencia. En general, cada peligro se considera de manera independiente, salvo el caso de huracanes donde se producen tres tipos de pérdidas simultáneas: viento, marea de tormenta e inundación local por lluvia (sin considerar inundación por desborde de ríos, lagunas o presas).
La cartera de una compañía de seguros estará, en general, formada por una o más pólizas, y cada póliza por una o más ubicaciones. En la siguiente sección se describen los tipos de póliza considerados, dependiendo de las modalidades de operación del seguro en cada uno de ellos.
3.2 Tipos de póliza considerados
Como ya se indicó en el inciso 3.1, los cálculos sobre las pólizas deben realizarse para cada uno de los escenarios de todos los peligros y cada uno de los escenarios del mismo.
3.2.1 Pólizas individuales
Se trata del caso más común y más simple: a cada póliza corresponde una sola ubicación, por lo que el proceso de ajuste de las pérdidas se lleva a cabo individualmente para cada inmueble en cada uno de los cuatro rubros (edificio, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso). El proceso de ajuste de las pérdidas, es decir, el proceso mediante el que se calcula la pérdida neta total para la compañía de seguros asociada a la póliza, se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta por rubro para cada ubicación.
2) Se determina la pérdida neta por rubro en cada ubicación mediante la aplicación del efecto del deducible, coaseguro, límite de primer riesgo y retención individual correspondientes a cada rubro. Se hace notar que la retención es única, es decir, el porcentaje de retención es igual para todos los rubros.
3) Se suman las pérdidas netas para todas las ubicaciones y rubros.
3.2.2 Pólizas colectivas agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que ampara a un grupo de ubicaciones probablemente numeroso y disperso geográficamente. No existen, en este tipo de póliza, deducibles, coaseguros, retenciones o límites de primer riesgo individuales ni por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2) Se suman las pérdidas brutas de todas las ubicaciones y rubros amparadas por la póliza.
3) Para determinar la pérdida neta para la compañía de seguros, se aplica sobre esta suma de pérdidas el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluyen sus retenciones y límites.
3.2.3 Pólizas colectivas semi-agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que cubre las pérdidas que resultan en un grupo de ubicaciones después de la aplicación de deducibles y coaseguros individuales y por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2) Se determina la pérdida semi-neta en cada ubicación y rubro mediante la aplicación del efecto de deducible y coaseguro individuales; no existen, para este tipo de póliza, límites de primer riesgo ni retenciones individuales.
3) Se suman las pérdidas semi-netas de todas las ubicaciones amparadas por la póliza.
4) Sobre esta suma de pérdidas semi-netas se aplica el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluye retenciones y límites.
3.3 Cálculo de pérdida bruta de una edificación individual y para un rubro específico

Las fórmulas anteriores se dan para el caso de pérdida en edificio, pero son aplicables a los cuatro rubros.
3.4 Cálculo de la pérdida neta en una ubicación individual, para un rubro específico
Como en el inciso anterior, se usará como ejemplo el caso de pérdidas en un rubro, pero las fórmulas son aplicables a los otros tres. Para simplificar la notación, se omitirá el subíndice que corresponde al rubro.







PARTE II
DE LA INFORMACIÓN PARA LA VALUACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS.
Descripción de campos del Sistema
Introducción
Las instituciones y sociedades mutualistas de seguros deberán clasificar las pólizas conforme a la manera en que se encuentren asegurados y reasegurados los bienes inmuebles, de la siguiente forma:
1.- Las que correspondan a inmuebles independientes que no cuenten con coberturas de contratos de reaseguro facultativos no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas independientes sin capas).
2.- Las que correspondan a inmuebles asegurados en pólizas colectivas (agrupados y semi-agrupados) o a inmuebles que cuenten con coberturas de reaseguro facultativo no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas colectivas o pólizas con capas).
Para efectos de lo anterior, se deberá clasificar la base de datos tomando como criterio las características de cada cartera como a continuación se especifica:
Carteras de pólizas independientes sin capas
La estructura de la base de datos para este tipo de cartera, consiste en un arreglo matricial donde cada columna tendrá como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna, conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen. Los campos de la Tabla Uno corresponden a las columnas que deberá contener el archivo, siendo un total de 45 columnas.
Los siguientes renglones deben corresponder a la información de los inmuebles, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, con excepción del primer renglón, el cual, como se mencionó, será utilizado para el nombre del campo. Cada renglón de este archivo debe corresponder sólo a un inmueble o tipo de bien, en el caso de riesgos especiales. En los casos en los que en una misma póliza se aseguren varios inmuebles se deberá contar con la información de cada inmueble utilizando un renglón por inmueble.
En la Tabla Uno se indican los datos que son obligatorios y cuáles son optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son fundamentales para valorar el riesgo de manera aproximada, y los optativos son aquellos que dan información adicional para valorar el riesgo de manera más precisa.
En la información obligatoria deberán llenarse todos los renglones, aun cuando no se haya contratado alguna de las coberturas de contenidos, pérdidas consecuenciales o bienes bajo convenio expreso; en estos casos se deben colocar ceros en las columnas correspondientes. La omisión de información obligatoria será impedimento para evaluar el riesgo de ese inmueble.
En la información opcional se podrán llenar los campos en que existe información y dejar en blanco los campos en los que no se cuente con la misma. Cuando el usuario no indique los datos optativos, el sistema
asumirá distintas condiciones que se explican en la parte de definición de campos de esta Circular.
Carteras de pólizas colectivas y con capas
Al igual que la base de datos para inmuebles independientes, la estructura de esta base de datos debe realizarse en un arreglo matricial donde cada columna deberá tener como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen.
Esta base de datos estará contenida por pólizas de seguro en las que los límites de responsabilidad, retenciones, deducibles y coaseguros de las coberturas no operan en forma individual, inmueble por inmueble, sino para un conjunto de inmuebles y en las que se tienen contemplados, o no, esquemas de reaseguro por capas; es decir, esta base de datos se aplica a pólizas colectivas, pólizas con capas o a una combinación de ambas. En estos casos, la información deberá complementarse con los datos de las Tablas Dos y Tres; cada renglón de la Tabla Dos debe corresponder a una póliza, la cual reúne a todos los inmuebles colectivos. La descripción de los esquemas de reaseguro por capas se define en la tabla tres. Será necesario tener una tabla para cada póliza que maneje este tipo de reaseguro y al menos un renglón para definir los valores globales de los inmuebles colectivos.
Los inmuebles colectivos se dividen en inmuebles agrupados para los que opera un sólo deducible, un coaseguro, un límite máximo de responsabilidad y una retención o en inmuebles semi-agrupados para los que solamente opera un límite máximo y una retención. La única diferencia del archivo de base de datos para pólizas colectivas o con reaseguro a capas con respecto al archivo de pólizas independientes, es decir la Tabla Uno, consiste en que los campos de las variables financieras que actúan de forma global (en semi-agrupadas las fechas de vigencia, límites de responsabilidad y retenciones, y en agrupadas además los deducibles y coaseguros) no es necesario indicarlos en cada inmueble ya que el sistema sólo tomará en cuenta los valores globales de las Tablas Dos y Tres, por lo que dejan de ser obligatorios en la Tabla Uno.
TABLA UNO â INFORMACION DE CARTERAS INDEPENDIENTES
| Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Tipo |
| De referencia | 1 | NUM_POLIZA | Alfanumérico | - | obligatorio |
| 2 | NUM_REGISTRO | Número Entero | 1 a 3,000,000 | obligatorio | |
| Financieros | 3 | FECHA_INICIO | Fecha | 01/01/2007 ó posterior | obligatorio |
| 4 | FECHA_FIN | Fecha | 01/01/2008 ó posterior | obligatorio | |
| 5 | INM_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 6 | CONT_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 7 | CONSEC_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 8 | CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 9 | PORCENTAJE_RETENCION | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 10 | TIPO_PRIMER_RIESGO | Número Entero | 0, 1 ó 2 | obligatorio | |
| 11 | MONTO_PRIMER_RIESGO | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 12 | CONSEC_LIMITE_MAXIMO | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 13 | CONSEC_PERIODO_COBERTURA | Días | 0 a 365 | obligatorio | |
| 14 | CONVENIO_LIMITE_MAXIMO | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 15 | INM_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 16 | CONT_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 17 | CONSEC_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 18 | CONVENIO_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 19 | INM_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 20 | CONT_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 21 | CONSEC_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
| 22 | CONVENIO_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
| De localización | 23 | CLAVE_ESTADO | Número Entero | 1 al 32 | opcional |
| 24 | CODIGO_POSTAL | Número Entero | 01000 al 99999 | obligatorio | |
| 25 | LONGITUD | Grados | -118.5000 a -86.5000 | opcional | |
| 26 | LATITUD | Grados | 13.5000 a 35.0000 | opcional | |
| 27 | PRIMERA_LINEA_MAR | Número Entero | 1 ó 2 | obligatorio | |
| 28 | PRIMERA_LINEA_LAGO | Número Entero | 1 ó 2 | opcional | |
| 29 | SOBREELEVACION_DESPLANTE | Metros | -10 a 10 | opcional | |
| 30 | RUGOSIDAD | Número Entero | 1 al 4 | opcional | |
| De la estructura | 31 | USO_INMUEBLE | Número Entero | 1 al 33 | obligatorio |
| 32 | NUM_PISOS | Número Entero | 1 al 57 | obligatorio | |
| 33 | PISO | Número Entero | 1 al 57 | opcional | |
| 34 | TIPO_CUBIERTA | Número Entero | 1 al 4 | obligatorio | |
| 35 | FORMA_CUBIERTA | Número Entero | 1 al 5 | opcional | |
| 36 | IRRE_PLANTA | Número Entero | 1 al 3 | opcional | |
| 37 | OBJETOS_CERCA | Número Entero | 1 ó 2 | opcional | |
| 38 | AZOTEA | Número Entero | 1 ó 2 | opcional | |
| 39 | TAMAÑO_CRISTAL | Número Entero | 1 al 3 | opcional | |
| 40 | TIPO_VENTANAS | Número Entero | 1 al 3 | opcional | |
| 41 | TIPO_DOMOS | Número Entero | 1 al 4 | opcional | |
| 42 | SOPORTE_VENTANA | Número Entero | 1 al 3 | opcional | |
| 43 | PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS | Número Entero | 1 al 3 | opcional | |
| 44 | PORCENTAJE_DOMOS | Número Entero | 1 al 4 | opcional | |
| 45 | OTROS_FACHADA | Número Entero | 1 al 4 | opcional | |
| 46 | MUROS_CONTENCION | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
TABLA DOS â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO GENERAL PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
| Grupo | No. | Campo | Dato | Valores | Tipo |
| Generales | 1 | NumeroPoliza | Alfanumérico | - | obligatorio |
| 2 | TipoPoliza | Número Entero | 1 ó 2 | obligatorio | |
| 3 | FechaInicio | Fecha | 01/01/2006 ó posterior | obligatorio | |
| 4 | FechaFin | Fecha | 01/01/2007 ó posterior | obligatorio |
TABLA TRES â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO FINANCIERO PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
| Grupo | No. | Campo | Dato | Valores | Tipo |
| Financiero | 1 | NumeroPoliza | Alfanuméricos | - | obligatorio |
| 2 | NumeroCapa | Alfanuméricos | - | opcional | |
| 3 | Retencion | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio | |
| 4 | LimiteMaximo | Pesos | 0 a billones | obligatorio | |
| 5 | Coaseguro | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
Los datos que requiere el sistema de cómputo a que se refiere la Disposición A2.1.9.2 estarán en archivos de Access, y corresponderán a una ubicación, ya sea que pertenezca a una póliza individual o a una colectiva. Los datos de cada ubicación deberán corresponder a un renglón de la base de datos que proporcione el usuario y deberán tener un formato específico que se indica en las respectivas secciones. Al respecto, los campos se clasifican de la siguiente forma, atendiendo a sus características particulares:
1. Datos de Referencia
2. Datos Financieros
3. Datos de Localización
4. Datos de la Estructura
El sistema RH-MEX está diseñado para ser alimentado con datos obligatorios y optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son indispensables para calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable, y los optativos son aquellos que sin que sean indispensables, proporcionarán información adicional que permitirá calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de manera más precisa. En los casos en que el usuario no proporcione alguno de los datos obligatorios, el sistema no realizará la estimación de la prima de riesgo o la pérdida máxima probable, en tanto que cuando el usuario no indique alguno o algunos de los datos optativos procederá a realizar el cálculo de la prima de riesgo y la pérdida máxima probable mediante supuestos conservadores que en este anexo se explican.
1. Bienes asegurados
El sistema RH-MEX calculará las pérdidas del inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes asegurados bajo convenio expreso de manera independiente. A continuación se define cada uno de ellos.
Inmueble
Es lo que compone la estructura, la cimentación, instalaciones y acabados. Es decir, todo aquello que forma parte del edificio.
Contenidos
Son los bienes que dan uso al inmueble. En general se pueden mover fácilmente dentro del edificio o de un inmueble a otro.
Pérdidas consecuenciales
Son las pérdidas que serían causadas por el tiempo en que permanece en imposibilidad de uso el
inmueble debido a los daños causados por el evento.
Bienes asegurados bajo convenio expreso
Son bienes que generalmente pueden quedar asegurados, mediante convenio expreso entre el Asegurado y la institución aseguradora, fijando sumas aseguradas por separado y mediante el cobro de prima adicional correspondiente.
a. Edificios terminados que carezcan total o parcialmente de techos, muros, puertas, o ventanas, siempre y cuando dichos edificios hayan sido diseñados y/o construidos para operar bajo estas circunstancias, de acuerdo con los reglamentos de construcción de la zona, vigentes a la fecha de la construcción.
b. Maquinaria y/o equipo fijo y sus instalaciones que se encuentren total o parcialmente al aire libre o que se encuentren dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, siempre y cuando hayan sido diseñados específicamente para operar en estas condiciones y estén debidamente anclados.
c. Bienes fijos distintos a maquinaria que por su propia naturaleza estén a la intemperie, entendiéndose como tales aquellos que se encuentren fuera de edificios o dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, como:
· Albercas.
· Anuncios y rótulos.
· Caminos, andadores, calles, guarniciones o patios en el interior de los predios del asegurado.
· Elementos decorativos de áreas exteriores.
· Instalaciones y canchas deportivas.
· Luminarias.
· Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales y sus puertas o portones.
· Palapas y pérgolas.
· Sistemas de riego, incluyendo sus redes de tuberías.
· Torres y antenas de transmisión y recepción.
· Tanques o silos metálicos o de materiales plásticos.
d. Bienes muebles o la porción del inmueble en sótanos o semisótanos considerándose como tales: cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno.
Para el manejo de estos bienes, el sistema contiene formas simplificadas para cuantificar la siniestralidad esperada y la pérdida máxima probable.
2. Tipo de carteras
Pólizas individuales vs colectivas
Se contemplarán dos tipos distintos de pólizas, las individuales y las colectivas. Las primeras corresponden a aquéllas en las que se asegura un solo bien, mientras que las colectivas son aquellas en que se aseguran varios bienes ya sea en una misma ubicación o que pertenezcan a una cartera geográficamente distribuida en varias poblaciones pero que estén amparados bajo las mismas condiciones contractuales. En cualquier caso, la información de cada bien asegurado debe estar indicada en un renglón del archivo de datos; este renglón en adelante se llamará "registro".
Si la cartera de la institución aseguradora sólo contiene pólizas individuales únicamente se requerirá el archivo de datos de esta cartera; en cambio, si cuenta con una o más pólizas colectivas, se deberá llenar otra tabla que contiene los datos comunes a estas carteras.
Existen pólizas que cuentan con varios bienes en una misma ubicación (hoteles, centros habitacionales, centros comerciales, entre otros) donde es necesario definir esta cartera como colectiva donde cada registro
corresponde a uno de estos bienes. Únicamente se podrá considerar un solo bien (por lo tanto un solo registro en el archivo de datos) si todos ellos son iguales con las mismas características estructurales y de contenidos.
3. Definición de datos para cada bien asegurado
3.1 Datos de referencia
En este grupo se establecen los datos necesarios para identificar el nombre o número del inmueble asegurado.
Número de registro (NUM_REGISTRO)
Dato obligatorio
Formato: números enteros consecutivos
Este dato tiene por objeto ordenar y llevar un control dentro del sistema de todas las ubicaciones. Es indispensable para que el usuario identifique los errores y resultados que arroja el sistema.
Pólizas individuales. El Número de registro será un número consecutivo que el usuario asigne a cada uno de los renglones (registro) de la base de datos. No podrá haber dos ubicaciones con el mismo número ni podrá haber números faltantes (ver Capítulo 4).
Pólizas colectivas. En cada póliza colectiva Número de registro será un número consecutivo de manera que cada ubicación dentro de ésta tenga un número único. En las demás pólizas agrupadas de la cartera, si es que existen, el Número de registro deberá asignarse de manera independiente (ver Capítulo 4).
Número de póliza (NUM_POLIZA)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico. Para las pólizas de inmuebles colectivos, todas las ubicaciones que sean amparadas por ésta deberán llevar el mismo Número de póliza ya que este campo es el que identifica a qué póliza colectiva pertenece cada ubicación. Por lo mismo, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas. Para el caso de pólizas de inmuebles independientes este campo sólo es para referencia propia del usuario, puede quedar vacío y puede repetirse en varios registros (ver Capítulo 4).
Datos financieros
En este grupo se describen los datos técnicos que son establecidos comúnmente en la póliza o que se obtienen en el proceso de suscripción y de reaseguro.
Fecha de inicio (FECHA_INICIO)
Fecha de terminación (FECHA_FIN)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema por convención considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como Fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que para estas pólizas no es necesario indicar para cada inmueble estas fechas, estos campos pueden quedar vacíos y el sistema no los tomará en cuenta. Para estas pólizas estos datos se deben indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Valor asegurable inmueble (INM_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable contenidos (CONT_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable pérdidas consecuenciales (CONSEC_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable bienes convenio expreso (CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en pesos]
Es, respectivamente, el valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble, de los contenidos, de las pérdidas consecuenciales o de los valores por convenio expreso. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza.
En el caso de carteras hipotecarias, el valor asegurado inmueble debe corresponder al valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble y no solo al saldo insoluto del crédito.
En el caso de pérdidas consecuenciales, el valor asegurable debe ser el monto de la exposición anual, es decir, el valor estimado de las pérdidas que se producirían durante un año.
Porcentaje de retención del valor asegurable (PORCENTAJE_RETENCION)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la institución de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro proporcional, respecto de la obligación total suscrita en un contrato de seguro.
En este porcentaje no se debe incluir lo respectivo a contratos facultativos no proporcionales riesgo por riesgo, el efecto que tiene la cobertura de reaseguro de este tipo de contratos se determinan según se explica en el Capítulo 4.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que el porcentaje de retención es el mismo para todos los inmuebles considerados en la póliza, este campo puede estar vacío para cada uno de los bienes asegurados ya que el sistema lo ignorará. El porcentaje de retención que se aplicará a los inmuebles se deberá indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Tipo de primer riesgo (TIPO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número entero [0, 1ó 2]
Para el caso de pólizas individuales se debe indicar si es a primer riesgo o no. En las pólizas colectivas estos valores son globales y se deben escribir en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4). Se entenderá que una póliza está contratada a primer riesgo cuando el límite máximo de responsabilidad sea inferior al valor asegurable del bien. Las opciones para este campo son:
0 Sin primer riesgo. Cuando la póliza está emitida a valores totales, es decir, las sumas asegurables son los límites de responsabilidad. En este caso, el sistema no tomará en cuenta los valores indicados en monto de primer riesgo, límite pérdidas consecuenciales ni limite convenio expreso.
1 El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio y sus contenidos.
2 El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio, sus contenidos y las pérdidas consecuenciales. En este caso, el sistema no tomará en cuenta el límite pérdidas consecuenciales.
Monto de primer riesgo (MONTO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo o el límite máximo de responsabilidad que tiene la aseguradora en caso de daños al inmueble, contenidos o pérdidas consecuenciales en su conjunto.
Este campo opera de manera conjunta con el campo de tipo de primer riesgo. Si este valor es igual a cero el campo puede dejarse vacío puesto que el sistema lo ignorará y calculará las pérdidas considerando los campos de valores asegurables. Si el tipo de primer riesgo es igual a uno, es decir, abarca en un solo límite el inmueble más los contenidos, deberá capturarse dicho importe en este campo. En este caso, el monto capturado en el campo que se describirá más adelante de límite pérdidas consecuenciales funciona como una suma asegurada adicional al límite de edificios más contenidos (indicada en el campo monto de primer riesgo). Si el tipo de primer riesgo es igual a dos, es decir, abarca en un solo límite tanto al inmueble como a los contenidos y a las pérdidas consecuenciales, deberá capturarse dicho importe en
este campo.
En el caso de carteras hipotecarias, el monto de primer riesgo debe contener el valor de la suma asegurada de la póliza para el inmueble, es decir, el saldo insoluto del crédito o la suma asegurada real amparada.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Límite pérdidas consecuenciales (CONSEC_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Periodo de cobertura por pérdidas consecuenciales (CONSEC PERIODO_COBERTURA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [en días]
Es el periodo (tiempo) que ampara la póliza en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro. El referido periodo deberá expresarse en días, para efectos de incorporarlo como dato al sistema, el sistema toma internamente este valor como un límite máximo y lo traduce a pesos para compararlo con el valor de límite pérdidas consecuenciales y tomar el menor de estos dos.
Límite bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en los bienes cubiertos bajo convenio expreso Si no se conoce el importe real de los bienes bajo convenio expreso, pero éstos sí están amparados en la póliza, el importe asegurado debe aparecer tanto en el valor asegurable bienes bajo convenio expreso como en el campo de límite bienes bajo convenio expreso.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Deducible inmueble (INM_DEDUCIBLE)
Deducible contenidos (CONT_DEDUCIBLE)
Deducible pérdidas consecuenciales (CONSEC_DEDUCIBLE)
Deducible bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, respectivamente, que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro. En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
En el caso específico de pérdidas consecuenciales, el deducible que corresponde al periodo de espera, el
cual se expresa comúnmente en días, deberá traducirse a un valor porcentual dividiendo el número de días que comprende dicho periodo, entre 365.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de deducible estipulado en deducible inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Coaseguro inmueble (INM_COASEGURO)
Coaseguro contenidos (CONT_COASEGURO)
Coaseguro pérdidas consecuenciales (CONSEC_COASEGURO)
Coaseguro bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo. Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de coaseguro estipulado en coaseguro inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
3.3 Datos de localización
Este grupo de datos permitirá que el sistema RH-MEX determine la localización con distintos niveles de aproximación de cada inmueble asegurado. Se debe tener especial atención para que la localización que se indica sea precisamente la del inmueble y no de la oficina matriz de la empresa o el domicilio fiscal o el lugar al que se envía la póliza; con dicha localización se calculará el peligro o amenaza ante todos los eventos hidrometeorológicos. De igual manera, cuando se trate de carteras con varias ubicaciones o inmuebles se debe indicar la localización de cada una de estas.
El sistema considera dos posibles formas para localizar. Estas son, en orden de precisión: coordenadas geográficas (longitud y latitud) y código postal. El código postal es un dato poco preciso para determinar la localización de la estructura, pero es muy fácil de conseguir; las coordenadas geográficas, como se verá más adelante, se pueden obtener actualmente con herramientas fácilmente disponibles, al menos para los inmuebles más importantes de la cartera.
Coordenada geográfica de longitud (LONGITUD)
Coordenada geográfica de latitud (LATITUD)
Datos opcionales
Formato: número [longitud -118.5000 a -86.5000 grados, latitud 13.5000 a 35.0000 grados]
Ubicación del inmueble dada en términos de coordenadas geográficas en notación decimal (los minutos y segundos deben cambiarse a esta notación). Para México (Figura 3-1) la coordenada de longitud es negativa por ubicarse al oeste del primer meridiano y la coordenada de latitud es positiva por ubicarse al norte del ecuador. Debido a que en México un grado es aproximadamente equivalente a 100 km deben incluirse por lo menos cuatro decimales para tener una precisión mínima de ±10 m.

Figura 3-1 Coordenadas geográficas
Las coordenadas geográficas se pueden obtener:
· En gabinete, con ayuda de planos muy detallados.
· En campo (Figura 3-2a), con ayuda de dispositivos GPS (Global Positioning Systems). En este caso debe tomarse en cuenta que la resolución de algunos dispositivos puede variar por decenas de metros, lo que sería particularmente grave si las coordenadas indicadas caen por error en el mar lo que para el sistema no es aceptable y optaría por localizar el edificio con el código postal y primera línea.
· Por Internet con herramientas como Google Earth (Figura 3-2b). En este caso se debe personalizar para que muestre las coordenadas en grados en formato decimal ya que la opción por omisión es grados-minutos-segundos.
En caso de dar coordenadas el sistema asumirá que esta información es precisa y no tomará en cuenta el código postal pero sí el dato de primera línea. Sin embargo, si la combinación de coordenadas latitud-longitud se encuentra fuera de las costas de México el sistema advertirá del error y localizará la estructura con el código postal y primera línea. Si las coordenadas geográficas no corresponden al Estado indicado de manera opcional el sistema advertirá del error pero tomará las coordenadas como verdaderas.

(a) (b)
Figura 3-2 Formas para conocer las coordenadas de una ubicación: (a) dispositivo GPS (usado por ERN durante la inspección de los daños causados por Wilma) y (b) imagen de punta Cancún en Google Earth donde se aprecia que es posible fijar las coordenadas precisas de prácticamente cualquier ubicación.
Código postal (CODIGO_POSTAL)
Dato obligatorio
Formato: número entero [del 01000 al 99999]
Es un número entero compuesto de cinco dígitos que está asociado a un área geográfica del país. Cada posición, leída de izquierda a derecha, permite identificar una zona específica dentro de la República Mexicana. Las dos primeras posiciones corresponden a la Entidad Federativa o a la Delegación en el caso del Distrito Federal. La tercera posición indica una ciudad importante, un municipio o una de las diez áreas en que está dividida postalmente cada Delegación del Distrito Federal. La cuarta representa un municipio o colonia de una ciudad y la quinta un conjunto de manzanas o el número específico de una dependencia. Sin embargo, los códigos postales no fueron creados para localizar edificaciones sino, evidentemente, como una herramienta para repartir correo, por lo que no es posible asignarles a todos ellos un solo par de coordenadas.
Clave del estado (CLAVE_ESTADO)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 32]
Se refiere al número de cada estado de la República Mexicana. Cada uno de estos tiene un valor numérico que va desde 1 hasta 32, conforme al Catálogo 3-1 indicado a continuación. Este dato sólo es para que el usuario tenga una verificación de que las coordenadas geográficas indicadas explícitamente o calculadas a partir del código postal y primera línea están dentro del estado. Si no se cuenta con la información o no se desea indicar este campo puede quedar en blanco.

Primera línea frente al mar (PRIMERA_LINEA_MAR)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de mar. Esto es indispensable para calcular pérdidas por viento, marea de tormenta, maremoto e inundación. Se adoptó la convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar solo si el inmueble se encuentra a menos de 500 metros de la línea de rompimiento de las olas en marea alta.
Durante el primer año de operación del sistema este dato se podrá asignar a partir del uso del inmueble (ver Catálogo 3-2) de la siguiente forma: Sí el código postal pertenece a un municipio costero y el uso corresponde a vivienda de lujo (2 y 4), hotel (7), tienda departamental, centro comercial, comercio, tienda en general (10 y 16), restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (11 y 17) se indicará que el inmueble se encuentra en primera línea frente al mar; para los usos restantes y códigos postales en municipios que no sean costeros se podrá indicar que el inmueble se encuentra fuera de primera línea.
Primera línea frente a lago, laguna o río (PRIMERA_LINEA_LAGO)
Dato opcional
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de algún cuerpo de agua. Esto es indispensable para calcular pérdidas por inundación. Se adoptó la convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar sólo si el inmueble se encuentra a menos de 250 metros de un lago o laguna.
Si se desconoce esta información deberá dejarse vacío el campo y el sistema asignará fuera de primera línea independientemente del uso.
Sobreelevación de desplante de la planta baja
(SOBREELEVACION_DESPLANTE)
Dato opcional
Formato: metros [-10 a 10]
La diferencia de elevaciones (sobreelevación) en metros del nivel de piso terminado de la planta baja del inmueble, sin incluir sótanos, con respecto al nivel medio del terreno circundante (que en el sistema está dado por el modelo digital de elevación del terreno, MDE, a partir de los datos de localización).

Figura 3-3 Ejemplo de sobreelevación de desplante del nivel de piso terminado de la planta baja en relación al modelo digital de elevación del terreno (MDE). En este ejemplo se debe indicar una sobreelevación de 2.17 m.
Cuando no se ingrese este dato y el inmueble se encuentre en primera línea, el sistema asignará una sobreelevación de desplante de 2.0 metros para el uso de hotel (uso 7), 1.5 metros para departamento de lujo (uso 4) y 1.0 metro para los usos vivienda de lujo, restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (usos 2, 11 y 17); para inmuebles fuera de primera línea se considerará una sobreelevación de 0.1 metros independientemente del uso.
Rugosidad del terreno (RUGOSIDAD)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
El movimiento de las masas de aire se ve restringido por la fricción con la superficie del terreno, lo cual origina que la velocidad sea prácticamente nula en contacto con el mismo y crezca con la altura hasta alcanzar la velocidad del flujo no perturbado (llamada velocidad gradiente). La rapidez con que la velocidad crece con la altura depende de la rugosidad de la superficie del terreno (Figura 3-3a). Para un terreno muy liso, como en campo abierto con vegetación muy baja, el viento mantiene velocidad muy alta aún cerca de la superficie, mientras que en el centro de grandes ciudades con edificaciones altas la velocidad disminuye rápidamente desde una altura de varias decenas de metros hasta la superficie del terreno.

Figura 3-3a Variación de la velocidad del viento con la altura sobre terrenos de diferentes características.

Figura 3-3b Ejemplos de diferentes terrenos para los cuales hay que indicar distintas rugosidades.
Se deberán especificar las características predominantes del terreno circundante al sitio en que se desplanta el inmueble asegurado, de acuerdo a la siguiente clasificación:
1. Campo abierto plano. Franjas costeras planas, campos aéreos, pastizales y tierras de cultivo, donde el viento encuentra muy poca restricción a su paso.
2. Árboles aislados o construcciones dispersas. Campos de cultivo o granjas con pocas obstrucciones.
3. Arbolado intenso, lomeríos, barrio residencial. Áreas urbanas, suburbanas y de bosques; en estas zonas el viento encuentra una importante obstrucción a su paso.
4. Muy accidentada, centro de ciudad. Terreno con numerosas obstrucciones largas, altas y estrechamente espaciadas, el cual se asocia con el centro de grandes ciudades y complejos industriales; en estas zonas el viento encuentra una gran obstrucción a su paso, lo cual provoca la generación de vórtices o remolinos al pasar el viento entre construcciones de diferente forma y altura.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará de forma aproximada una rugosidad del terreno de acuerdo a la ubicación del inmueble en primera línea o si se localiza dentro de una ciudad.
3.4 Datos de la estructura
El siguiente grupo de datos permitirá al sistema determinar la vulnerabilidad de la estructura asegurada. El sistema calcula el riesgo para tres tipos de edificaciones: naves industriales, edificaciones y otros, pero cada una de estas pudo haber sido construida con distintos tipos estructurales y tener características particulares que arrojarán un riesgo también distinto.
El primer grupo de datos sirven para conocer el tipo estructural ya que aportan información para definir los rasgos más importantes de la estructura y de sus contenidos. El segundo grupo de datos permitirá al sistema identificar materiales vulnerables en elementos de recubrimiento, identificar la presencia de obras de protección contra el embate de la marea y oleaje. A continuación se describen estos datos.
Uso del inmueble (USO_INMUEBLE)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 33]
Se debe seleccionar el uso principal del edificio de acuerdo al Catálogo 3-2. Si en el catálogo no se encuentra la opción exacta, se deberá seleccionar la que de acuerdo al criterio del usuario se aproxime más al uso de la estructura. La importancia de indicar el uso se debe a que el diseño de las estructuras está en función del mismo, y el sistema toma en cuenta estas consideraciones. El uso del edificio es importante también porque define el tipo de contenidos y su vulnerabilidad.
Es común que una misma póliza contenga varios inmuebles con varios usos por lo que se recomienda introducir cada uno de ellos, con sus respectivos valores, para que el cálculo de las pérdidas sea más preciso.
Catálogo 3-2 Uso del inmueble
| | Uso del inmueble | Tipo |
| 1 | Casa habitación | Edificio |
| 2 | Casa habitación (lujo) | |
| 3 | Departamento | |
| 4 | Departamento (lujo) | |
| 5 | Vivienda (crédito hipotecario)* | |
| 6 | Oficina | |
| 7 | Hotel | |
| 8 | Escuela | |
| 9 | Hospital, clínica, sanatorio | |
| 10 | Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general | |
| 11 | Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno | |
| 12 | Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros) | |
| 13 | Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua | |
| 14 | Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros) | |
| 15 | Fábrica | |
| 16 | Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general | Nave Industrial |
| 17 | Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno | |
| 18 | Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros) | |
| 19 | Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua | |
| 20 | Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros) | |
| 21 | Fábrica | |
| 22 | Gasolineras | |
| 23 | Antenas y torres de transmisión y recepción | Otros |
| 24 | Albercas | |
| 25 | Anuncios y rótulos | |
| 26 | Caminos, andadores, calles, guarniciones y patios | |
| 27 | Tanques o silos | |
| 28 | Elementos decorativos de áreas exteriores | |
| 29 | Instalaciones y canchas deportivas | |
| 30 | Luminarias | |
| 31 | Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales (incluye puertas y portones) | |
| 32 | Palapas y pérgolas | |
| 33 | Sistemas de riego incluyendo tuberías | |
* Se distingue vivienda hipotecaria porque en esta no será obligatorio el número de pisos del edificio.
De los usos mostrados en el Catálogo 3-2 se distinguen tres grupos, aquellos en estructuras tipo edificio, tipo industrial y otros. A continuación se describen de manera general los dos primeros (Figura 3-5):
· Tipo Industrial. Sistemas estructurales que en general se usan para fábricas, talleres, almacenes, bodegas y plantas de ensamble, entre otras. Algunas edificaciones de uso comercial pueden tener una estructura tipo industrial como casi todas las tiendas de autoservicio formados por estructuras de grandes claros de un solo nivel.
· Tipo Edificio. Es el tipo más común. Consta de columnas, trabes, losas y muros rígidamente unidos en todos los niveles.
El sistema no podrá calcular pérdidas de los siguientes usos, ya sea por la complejidad que implica o por la poca frecuencia en que estos se aseguran:
· Presas. Son estructuras tan complejas y tan importantes que hacer un cálculo aproximado es sumamente riesgoso ya que contendrá incertidumbres enormes
· Carreteras. Para calcular pérdidas de manera confiable de este tipo de infraestructura se requerirá preguntar muchos datos, lo que haría muy complejo el uso del RH-MEX.
Número de pisos (NUM_PISOS)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al número de pisos que tiene el edificio que se quiere evaluar. El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja, sin incluir sótanos. En caso de que el edificio se ubique en una loma y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe de contarse a partir del piso más bajo. Cuando existan mezzanines se deben contar estos como pisos. Algunos ejemplos de estos casos se muestran en la Figura 3-6.
El número de pisos tiene una utilidad primordial en el caso de riesgo por viento, inundación (por marea, oleaje, tsunami o lluvia) y granizo. Con este dato se determina si el edificio que se está analizando es de materiales ligeros o pesados, lo cual es determinante en el cálculo de pérdidas por viento y granizo; en general, construcciones de más de 3 niveles tienen losas de entrepiso pesadas y la estructura es robusta, mientras que construcciones de pocos niveles pueden tener cubiertas muy ligeras, estructuras esbeltas y por lo tanto son más riesgosas ante viento y la caída de granizo. En el caso de inundación el número de pisos permite al sistema determinar el porcentaje de daño a contenidos en función del número de niveles debido a una altura máxima de ola sobre el nivel medio del mar o lluvia máxima acumulada.
La CNSF ha autorizado que durante un período de transición para los créditos hipotecarios este campo sea optativo. En estos casos, cuando el usuario no indique un número de pisos el sistema asumirá que el bien asegurado tiene un solo piso.

Figura 3-5 Ejemplos de diferentes tipos de inmuebles en función de su estructuración.

Figura 3-6 Ejemplos de edificios con diferente número de pisos.
Para los usos que corresponden a otros tipos (usos 23 a 33) el sistema considerará número de pisos igual a uno.
Piso (PISO)
Dato optativo
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al piso en que está ubicado el bien asegurado. Esto es relevante en el caso de viviendas y oficinas aseguradas que no abarcan todo el edificio, sobre todo cuando están ubicados en pisos superiores que no son vulnerables a inundación por maremoto, marea de tormenta, lluvia o desbordamiento de ríos. Para el caso de vivienda hipotecaria donde no se indicó el número de pisos del edificio pero si se indica el campo de piso el sistema tomará éste como válido para el cálculo de pérdidas. Si no se conoce se deberá dejar este campo vacío.
Cuando no se ingrese este dato, para el uso de departamento (3 y 4) el sistema asignará que el inmueble asegurado se ubica en primer nivel, para los usos restantes el inmueble asegurado se considera el edificio completo.
Tipo de cubierta (TIPO_CUBIERTA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá especificar el peso del material predominante y el diseño de la cubierta del inmueble. La cubierta se considera ligera si está construida por alguno de los siguientes elementos: lámina metálica, lámina translúcida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas, entre otros. La cubierta se considera pesada si está construida a base de alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y losacero con capa de compresión de concreto, entre otros. Se deberá indicar una de las siguientes opciones. Si no se conoce se deberá dejar el campo vacío.
1. Cubierta pesada.
2. Cubierta ligera sin diseño estructural o artesanal.
3. Cubierta ligera con diseño genérico.
4. Cubierta ligera con diseño específico (existe memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio).
Este dato es relevante en riesgos por viento y granizo, ya que el tipo de cubierta establece una marcada diferencia en la vulnerabilidad de las construcciones. Para el caso de edificios este campo se ignorará ya que todos ellos tienen cubierta pesada y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se
tomará en cuenta.

Figura 3-7 Ejemplos de naves industriales con diferente cubierta.
Forma de la cubierta (FORMA_CUBIERTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 5]
Se deberá especificar la forma de la cubierta. Los techos horizontales son muy vulnerables ante la acción del viento al presentarse succiones que tratan de desprender la cubierta de sus soportes; los techos inclinados y curvos son menos vulnerables ante la acción del viento. En los techos en forma de sierra se generan vórtices o remolinos que tienden a dañar algunas zonas. La inclinación de las cubiertas es también muy importante ante la acumulación de granizo. Si no se conoce este dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1. Horizontal
2. Inclinada con pendiente media, si es aproximadamente menor que 30 grados
3. Inclinada con pendiente alta, si es aproximadamente mayor que 30 grados
4. Forma de sierra
5. Forma curva
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará forma inclinada con pendiente media para los usos que corresponden a naves industriales (16 al 22) y si el campo de "tipo de cubierta" corresponde a cubierta ligera (2 al 4); en los usos que corresponden a edificio (1 al 15) el sistema asignará forma horizontal si en campo de tipo de cubierta corresponde a cubierta pesada (1) y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Irregularidad en planta (IRRE_PLANTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
La irregularidad en planta se refiere a una distribución asimétrica de los cuerpos que forman el inmueble, configuraciones típicas con mucha irregularidad en planta son (Figura 3-8):
· Edificios asimétricos por su forma en planta, como triangulares y con frentes curvos, entre otras.
· Edificios muy alargados en planta. Se considera que un edificio es alargado (irregular) cuando la relación largo/ancho excede de 2.
· Edificios con proyección en planta en forma de L, T, H, U o similares, en los que la proyección de la parte saliente excede el 20% de la dimensión total del edificio.
Ante la acción del viento, en las estructuras con planta irregular se generan vórtices o remolinos que incrementan la velocidad del viento en algunas zonas del inmueble asegurado, aumentando los daños y pérdidas. Se deberá indicar cualquiera de las siguientes opciones o, si no se conoce este dato, dejar el campo vacío:
1. Irregularidad nula
2. Poca irregularidad
3. Mucha irregularidad

Figura 3-8 Ejemplos de irregularidades en planta
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará poca irregularidad en todos los usos a excepción de casa habitación (1) donde el sistema asignara irregularidad nula; para el caso de los usos 2, 3, 4 y 7 el sistema asignara mucha irregularidad si el inmueble se localiza en primera línea frente al mar y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Cerca de postes, anúncios espetaculares o árboles (OBJETOS_CERCA)
Dato opcional
Formato: número entero [1, si hay objetos; 2, no hay objetos]
La presencia de postes de luz o teléfono, anuncios espectaculares, árboles u otros objetos de gran tamaño que pueden colapsar por la acción del viento directamente sobre una parte del bien asegurado representan un claro peligro que debe tomarse en cuenta. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si hay objetos cerca del inmueble y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Objetos en azotea que puedan desprenderse (AZOTEA)
Dato opcional
Formato: número entero [1: si tiene objetos; 2: no tiene objetos]
Los objetos como tejas, antenas parabólicas, anuncios espectaculares, equipo de telecomunicaciones, antenas para radio y equipos de aire acondicionado y ventilación, colocadas en la azotea del inmueble asegurado, son propensos a desprenderse y caer por la acción de fuertes vientos. Esto además de representar un daño directo puede provocar otros daños en el inmueble. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si tiene objetos en azotea a excepción de los
usos 1, 3, 5, 8 y 22 en los que se considerará que no tienen objetos y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Tamaño de cristal en fachadas (TAMAÑO_CRISTAL)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá definir de manera aproximada el tamaño de los cristales expuestos en el inmueble asegurado de acuerdo con el siguiente criterio:
1. Chicos, menores a 0.5 metros cuadrados
2. Medianos, entre 0.5 y 1.5 metros cuadrados
3. Grandes, mayores a 1.5 metros cuadrados
El tamaño del cristal o vidrio se definirá por el área independiente dentro del marco de apoyo de cada uno, el cual funciona como soporte y hacia el cual se transmite la presión ejercida por el viento. Los cristales grandes son más vulnerables que los cristales chicos (si cuentan con igual espesor) ante las fuerzas originadas por viento o el impacto de objetos y granizo. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará tamaño de cristales grandes para los usos 2, 4, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos 6, 8 y 9 considerará cristales medianos y para los usos restantes cristales chicos con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de ventanas (TIPO_VENTANAS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá definir la vulnerabilidad de cristales y su protección en las ventanas y ventanales de las fachadas. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1. Baja, ventanas que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
2. Media, ventanas que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se consideran cristales gruesos aquellos con espesor mayor que 10 mm,
3. Alta, ventanas que cuentan con cristales de poco espesor sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de ventana, por ejemplo, que en la planta baja existan cortinas anticiclónicas y en el resto solo tapiales o cristales expuestos de cualquier tipo. En este caso se deberá indicar el tipo de ventanas predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará ventanas con mediana vulnerabilidad en todos los usos y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de domos (TIPO_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá definir la vulnerabilidad de domos y tragaluces. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá
indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1. Nula, el inmueble no tiene domos.
2. Baja, domos que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
3. Media, domos que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se considera cristales gruesos aquellos con espesor mayor a 10 mm.
4. Alta, domos que cuentan con cristales de poco espesor o de acrílico, sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de domo. En este caso se deberá indicar el tipo de domo predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse el campo vacío. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará vulnerabilidad media en los usos 2, 4, 6, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará vulnerabilidad nula con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Soporte de ventanas (SOPORTE_VENTANA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se debe definir el tipo de apoyo de cristales en fachadas (ventanas y ventanales) y techos (domos y tragaluces). Aquellos cristales de ventanas, ventanales, domos o tragaluces que no cuentan con marcos de apoyo rígidos como aluminio, acero o madera y en su lugar se colocan apoyos de cristal o pequeños herrajes, resultan muy vulnerables a la presión ejercida por el viento, ya que no representan un apoyo adecuado. Si no se cuenta con el dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1. Soporte sin diseño estructural o artesanal, basado en la experiencia del personal que realiza la instalación de ventanas y que no cuenta con conocimientos técnicos sobre la reglamentación vigente.
2. Soporte con diseño genérico, donde no se toman en cuenta las condiciones locales a que se encontrará expuesto el elemento instalado, como es el caso de ventanas fabricadas en grandes lotes que se venden con elementos de anclaje a separaciones estándar.
3. Soporte con diseño específico, donde existe una memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará soporte sin diseño estructural o artesanal en los usos 1 al 5 y 8; para el uso 9 considerará soporte con diseño específico; para los usos restantes considerará soporte con diseño genérico con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de cristal en fachadas (PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con cristal en las fachadas respecto al área total expuesta. Las edificaciones que presentan grandes áreas de cristal presentan mayores daños ante la acción del viento y el impacto de granizo. Existen edificios cien por ciento cubiertos por cristales. El porcentaje mínimo a indicar en este campo es el que resulte de cuantificar solamente el área de las ventanas (Figura 3-9a). Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. Porcentaje Bajo, menor al 30%.
2. Porcentaje Medio, entre 30 y 60%.
3. Porcentaje Alto, mayor al 60%.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará porcentaje alto de cristal en los usos 6, 7 y 22; para los usos 2, 4, 9, 10, 11, 16 y 17 considerará porcentaje medio; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de domos (PORCENTAJE_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con domos respecto al área total de la azotea del edificio. Las edificaciones que presentan grandes domos presentan mayores daños ante la acción de vientos (Figura 3-9b) y el impacto de granizo. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. Porcentaje Nulo, 0%.
2. Porcentaje Bajo, menor al 10%.
3. Porcentaje Medio, entre 10 y 25%.
4. Porcentaje Alto, mayor al 25%.

Figura 3-9 Ventanas y vitrales en fachadas, y domos y tragaluces
Cuando no se ingrese este dato, si el campo "tipo de domos" contiene la opción "nula vulnerabilidad" el porcentaje de domos será nulo (1); si el campo "tipo de domos" contiene cualquier otra opción el sistema asignará porcentaje medio de domos en los usos 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tablarroca, plástico y lámina en fachada (OTROS_FACHADA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar de manera general la presencia de materiales frágiles como la tablaroca, plástico o lámina en las fachadas, techos y plafones expuestos. Estos materiales ceden fácilmente ante las fuerzas de viento y dejan aberturas que desencadenan otros daños, muchas veces mayores a la falla misma de aquéllos. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. No tiene (0% del área expuesta en fachadas y techos).
2. Contiene estos materiales solo en algunas partes (menor al 20% del área expuesta en fachadas y techos).
3. Contiene estos materiales en muchas áreas (entre el 20% y 50% del área expuesta en fachadas y techos).
4. Presencia generalizada (mayor al 50% del área expuesta en fachadas y techos).
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará que no tiene materiales en fachada para los usos 1 al 3, 5 y 8; para los usos 6, 7, 10 y 11 considerará que contiene estos materiales en muchas áreas; para los usos 16 al 22 asignará presencia generalizada de estos materiales; para los usos restantes considerará que contiene estos materiales solo en algunas partes con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de muro de contención (MUROS_CONTENCION)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá indicar el tipo de muro de contención hacia el mar, río o laguna, o dejar el campo vacío si no se conoce este dato:
1. Concreto reforzado con cimentación profunda
2. Concreto reforzado con cimentación superficial
3. Mampostería de piedra o tabique
4. Sin muro
Cuando no se ingrese este dato, si el inmueble se ubica en primera línea frente al mar el sistema considerará muro de concreto reforzado con cimentación superficial para los usos 3, 4 y 6 a 9; si esta fuera de primera línea asignará sin muro para todos los usos.
4. Definición de datos para pólizas colectivas y pólizas con contratos de reaseguro a capas
En esta sección se establecen los datos que identifican las características de las pólizas colectivas y las pólizas con capas. La manera en que se ingresan este tipo de pólizas es utilizando una base con la misma estructura mostrada para los inmuebles independientes, pero vinculando estos inmuebles a una sola póliza colectiva mediante un encabezado que contiene datos de referencia de la misma (fig. 4-1). Este encabezado es también empleado para definir las capas que indican los valores globales y las variables de reaseguro.
Las pólizas colectivas son aquellas que amparan dos o más inmuebles con un límite de responsabilidad único por lo que al menos deben contener una capa que defina este límite o varias capas que definan los esquemas de reaseguro comunes para todos los inmuebles.
Una póliza individual puede tener capas (seguro no proporcional) sólo si ésta comparte un límite máximo de responsabilidad único para todos sus rubros (inmueble, contenidos, consecuenciales y bienes bajo convenio), para lo cual se debe definir un encabezado igual al de las pólizas colectivas y de la misma manera los esquemas de capas para definir el reaseguro no proporcional. En resumen, una póliza individual pude tener capas sólo si se modela como una póliza colectiva de un solo registro.

Figura 4-1 Esquema de póliza colectiva
Número de póliza como llave primaria (NumeroPoliza)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada póliza colectiva o con capas. Este dato es alfanumérico y al igual que el campo de Numero de póliza de cada inmueble, definido y comentado en el capítulo 1, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas.
Este campo también se emplea para vincular una póliza colectiva o con capas con varios inmuebles independientes, los inmuebles que se ingresan a estas pólizas deben tener exactamente el mismo Número de póliza que el utilizado en este campo, incluyendo mayúsculas, minúsculas y caracteres especiales.
Tipo de póliza colectiva (TipoPoliza)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 ó 2]
Este campo identifica el tipo de póliza colectiva con las siguientes opciones:
1. Semi-agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, y tanto el deducible como el coaseguro se toma de cada inmueble
2. Agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, deducible y coaseguro de manera global.
Estas opciones son igualmente aplicables a pólizas independientes que se modelan como colectivas para ingresar esquemas de reaseguro por capas.
Fecha de inicio de póliza colectiva (FechaInicio)
Fecha de terminación de póliza colectiva (FechaFin)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza colectiva o con capas y tienen las mismas características que las fechas de vigencia de las pólizas individuales. El sistema, por convención, considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Al ingresar una póliza colectiva o con capas los datos de fecha de inicio y fin de cada inmueble (Tabla Uno) no se toman en cuenta ya que sólo se toman de forma global las fechas de vigencia definidas en este campo (tabla dos).
Definición de Capas
En esta parte se explican los campos necesarios para el ingreso de capas para definir reaseguro no proporcional en pólizas colectivas e independientes. Cada póliza pude tener un número diferente de capas las cuales corresponden a diferentes contratos de reaseguro con varias compañías y con diferentes límites y prioridades, las capas se definen por el número de renglones de la tabla correspondiente. En la figura 4.2 se ilustran dos pólizas con cuatro capas cada una, las capas corresponden a una póliza semi-agrupada (tabla superior) y una agrupada (tabla inferior).

Figura 4-2 Esquema de póliza con capas. A la izquierda se ilustra el esquema de una póliza semi-agrupada la cual se ingresa mediante la tabla superior de la figura central, a la derecha se ejemplifica una póliza agrupada cuyos datos corresponden a la tabla inferior.
Descripción del número de capa (NumeroCapa)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar el número de capa de la póliza. Este dato es alfanumérico y por claridad se recomienda ingresar la palabra "Capa" seguido del número de capa que corresponda.
Generalmente las capas empiezan desde la Capa 1, pero para la definición del deducible en pólizas agrupadas es recomendable iniciar desde la Capa 0 como lo ilustra la figura 4.2.
Porcentaje de retención por capa (Retencion)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la compañía de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro a capas. En cada capa se debe definir un porcentaje de retención a excepción de la Capa 0 que corresponde al deducible de una póliza agrupada por lo cual este campo puede quedar vacío.
Límite de la capa (LimiteMaximo)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo del que se hace responsable la reaseguradora en la capa que participa. Para que una capa quede completamente definida se debe conocer tanto el límite como la prioridad, que es la cantidad máxima que la aseguradora decide pagar, por fines prácticos, la prioridad se toma como el límite de la capa anterior y en el caso de la primera capa, la prioridad es igual a cero. Pare el caso de pólizas agrupadas, el límite de la capa número cero (Capa 0) es el deducible de la póliza.
Coaseguro de la capa (Coaseguro)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo para la capa correspondiente.
En caso de pólizas semi-agrupadas no es necesario ingresar este valor ya que por definición estas pólizas toman el coaseguro de cada inmueble. En pólizas agrupadas el coseguro de la Capa 0 puede quedar vacío ya que como se indicó esta capa corresponde al deducible.
APÉNDICE A2.1.3.2.
PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DEL SISTEMA DE CÓMPUTO PARA LA ESTIMACIÓN DE LAS
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE TERREMOTO
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE TERREMOTO
La entrega del sistema de cómputo, el cual se identificará como "Sistema
", con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de terremoto, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes:
", con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de terremoto, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes: I. La entrega del "Sistema
" sólo se hará a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de terremoto.
" sólo se hará a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de terremoto. II. La entrega del "Sistema
", se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles.
", se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles. III. Para efectos de la entrega del "Sistema
", podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial.
", podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial. IV. Junto con el "Sistema
", se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.
", se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. V. La versión del "Sistema
" que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de terremoto es la versión 1.0. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión.
" que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de terremoto es la versión 1.0. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión. APÉNDICE A2.1.4.1.
FORMA Y TERMINOS PARA EL REGISTRO DE METODOS ACTUARIALES DE VALUACION DE
RESERVAS TECNICAS
RESERVAS TECNICAS
El registro de los métodos actuariales de valuación de las reservas técnicas se efectuará en la forma y términos establecidos en las instrucciones siguientes.
Primera.- El registro de los métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas, se realizará enviando la nota técnica respectiva vía Internet, a través de la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx).
Segunda.- Para el envío de la nota técnica de los métodos actuariales, las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, designarán previamente ante la Comisión a los operadores responsables de enviar dicha información vía remota. El número de operadores podrá ser de uno a un máximo de cuatro y la designación de los mismos se efectuará presentando escrito suscrito por el director general o equivalente de la institución o sociedad mutualista de seguros de que se trate.
Tercera.- En virtud de que los métodos de estimación deberán estar firmados por un actuario certificado, esas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas realizarán la designación de los actuarios que estarán facultados para esos efectos. Para ello se deberá presentar un escrito suscrito por el director general o equivalente de la institución o sociedad de que se trate, de conformidad con el formato indicado en el Apéndice A.10.1.3-b del Anexo Transitorio A.10 de la presente Circular.
Cuarta.-En los casos en que se quiera cambiar a un actuario u operador conforme a lo indicado en las instrucciones anteriores, se deberá presentar igualmente un escrito suscrito por el director general en los mismos términos indicados en las instrucciones Segunda y Tercera del presente Apéndice.
Quinta.-En los casos en que se quiera dar de baja a un actuario o a un operador conforme a lo indicado en las instrucciones anteriores, se deberá presentar un escrito suscrito por el director general en formato indicado en el Apéndice A.10.1.3-b del Anexo Transitorio A.10 de la presente Circular.
Sexta.-Los actuarios facultados para firmar los métodos de valuación de reservas técnicas, deberían crear previamente una firma electrónica en el software denominado Adobe Acrobat, en donde generarán la llave pública asociada a su firma electrónica. Una vez realizado este proceso, presentarán ante la Comisión la llave pública mencionada en medio magnético, acompañada de un escrito en el formato establecido en el Apéndice A.10.1.4 del Anexo Transitorio A.10 de la presente Circular.
Séptima.-Los escritos para la designación, baja o cambios de actuarios u operadores, a que se refieren las instrucciones anteriores, se deberán presentar en la Dirección General de Informática de la Comisión, sita en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre 2 Norte, Primer Piso, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, México, D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas, en días hábiles.
Octava.- Para generar la llave pública se atenderá lo establecido en el "Instructivo Para la Creación y Firma de los Documentos PDF", disponible en la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx).
Novena.- La llave pública asociada a la firma electrónica tendrá una vigencia de 5 años contados a partir de su fecha de expedición, por lo que cumplido ese plazo, se generará una nueva llave pública en términos de las presentes instrucciones.
Décima.- Para efectos del trámite de la llave pública y firma electrónica ante la Comisión, los actuarios deberán presentar el certificado vigente emitido por el colegio profesional de la especialidad o, en su caso, el documento en el que conste la acreditación de conocimientos ante esta Comisión para tal efecto.
Décima Primera.- La entrega de la llave pública y demás documentos señalados en la presente Disposición, se llevará a cabo en la Dirección General de Informática de la Comisión, sita en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre 2 Norte, Primer Piso, Col. Guadalupe Inn, C.P. 01020, México, D.F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas, en días hábiles.
Décima Segunda.- Los actuarios sólo estarán habilitados en el sistema de registro de métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas en tanto mantengan vigente su certificación o acreditación para valuar reservas, por lo que concluido el plazo de vigencia, deberán comprobar la obtención de un nuevo certificado o acreditación, o en su caso, el refrendo respectivo.
Los interesados podrán solicitar generar las llaves públicas referidas en la presente Disposición al momento de realizar la entrega de sus documentos, en la Dirección General antes citada.
Para el registro o modificación de los métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas, esas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas remitirán a esta Comisión vía Internet, la carta de solicitud de registro, la nota técnica y en su caso, la opinión del actuario independiente, en un solo documento en formato PDF (Portable Document Format), elaborado mediante el software denominado Adobe Acrobat.
El documento mencionado, que incluye la nota técnica de los métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas a registrar, deberá ser firmado electrónicamente por el actuario certificado.
La firma electrónica del documento, se realizará conforme al "Instructivo Para la Creación y Firma de los Documentos PDF", disponible en la Página Web de esta Comisión (www.cnsf.gob.mx).
Décima Tercera.- Para todo lo relativo a la captura, envío y recepción de información a través de la página Web de esta Comisión (www.cnsf.gob.mx), incluyendo la remisión de archivos, se observará lo señalado en el documento "Instructivo para el registro de métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas a través de la página web de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas" disponible en la propia Página Web de esta Comisión.
En lo referente al proceso de creación de archivos, aplicación de opciones de seguridad, firmas electrónicas y demás elementos técnicos relacionados con los documentos en formato PDF, esas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas se apegarán al documento "Instructivo para la Creación y Firma de los Documentos en formato PDF", disponible en la Página Web de esta Comisión (www.cnsf.gob.mx).
Décima Cuarta.- Cuando las solicitudes de registro de métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas cumplan con las validaciones de recepción, el sistema emitirá de forma automática una confirmación de la recepción del trámite para el registro del método actuarial respectivo.
El trámite para el registro de los métodos actuariales para la valuación de reservas técnicas sólo podrá acreditarse con los documentos que cumplan con las validaciones propias del Adobe Acrobat, relativas a la autenticidad de las firmas electrónicas, y que no presenten alteraciones.
Décima Quinta.- Para efectos de inspección y vigilancia, esas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas mantendrán respaldados los archivos de los documentos en formato PDF, no obstante que el método actuarial de que se trate, haya quedado registrado ante esta Comisión, la cual emitirá un oficio que acredite tal registro.
Décima Sexta.- Esta Comisión podrá requerir a esas Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas el reenvío de la información relativa al registro de un método actuarial para la valuación de reservas técnicas, cuando los archivos enviados contengan virus informáticos o no puedan visualizarse debido a problemas técnicos.
APÉNDICE A2.1.8.1.
ESTANDAR DE PRACTICA ACTUARIAL NO. 02 Y ESTANDAR DE PRACTICA ACTUARIAL NO. 04
(ADOPTADOS POR EL COLEGIO NACIONAL DE ACTUARIOS, A.C)
(ADOPTADOS POR EL COLEGIO NACIONAL DE ACTUARIOS, A.C)
"ESTANDAR DE PRACTICA ACTUARIAL No. 02" (adoptado por el Colegio Nacional de Actuarios, A.C.:)
"México, enero de 2003. Revisado en agosto de 2003."
"CALCULO ACTUARIAL DE LA RESERVA DE RIESGOS EN CURSO PARA LOS SEGUROS DE CORTO PLAZO (VIDA Y NO-VIDA)"
"Preámbulo
"El presente documento resume los principales lineamientos y criterios generales que el actuario debe considerar en la determinación o cálculo actuarial de la reserva de riesgos en curso de los contratos de seguro de corto plazo, independientemente del ramo al que correspondan. Estos lineamientos fueron desarrollados con el fin de proporcionar una guía práctica para la realización de esta tarea. Los mismos se apegan al marco legal aplicable en materia de seguros, sin perjuicio de las necesidades o propósitos de tipo comercial de las entidades aseguradoras, ni de los valores específicos que, para efectos regulatorios, se establezcan para los parámetros considerados en estos lineamientos con el propósito de incorporar márgenes prudenciales que garanticen con un elevado grado de certidumbre el cumplimiento de las obligaciones con los asegurados.
"Asimismo, enunciar criterios de carácter y aplicación general, sin abarcar casos específicos que por sus características requieran de consideraciones especiales, mismos que deberán ser tratados con base en el juicio y experiencia profesional del actuario, respetando siempre los principios sobre los cuales fueron sustentados estos estándares.
"El grupo de trabajo encargado del desarrollo de este estándar estuvo conformado por miembros de la Asociación Mexicana de Actuarios, A.C.
"Con el propósito de hacerlo del conocimiento del gremio actuarial, así como para recabar todas las observaciones y sugerencias de los actuarios involucrados e interesados en este tema, un primer borrador fue sometido a un proceso de auscultación entre los miembros de la Asociación Mexicana de Actuarios, A.C. y del Colegio Nacional de Actuarios, A.C., a fin de incorporar los comentarios pertinentes.
"Este documento corresponde a la versión final del estándar, el cual ha sido adoptado por el Colegio
Nacional de Actuarios, A.C.
"Sección 1.
"Propósito, alcance y fecha de aplicación
"1.1 Propósito.- El propósito de este estándar es establecer los elementos y criterios que deben ser considerados en el proceso del cálculo actuarial de la reserva de riesgos en curso de los contratos de seguro de corto plazo en los ramos de vida, daños, accidentes, enfermedades y salud, sin considerar el efecto del reaseguro. Los elementos contenidos en este estándar son de aplicación general y obligatoria para todos los actuarios que ejerzan su profesión para instituciones y sociedades mutualistas de seguros que operen en México.
"1.2 Alcance.- Este estándar de práctica fue elaborado para la determinación de la reserva de riesgos en curso de seguros de corto plazo, desde el punto de vista actuarial, sin considerar situaciones especiales que pudieran presentarse como consecuencia de requerimientos de tipo comercial o restricciones estatutarias.
"Los elementos contenidos en este estándar fueron definidos en términos generales y es factible que se presenten situaciones que no estén explícitamente contempladas en los mismos. Corresponderá al actuario involucrado, con base en su mejor juicio y criterio, la resolución de los casos no previstos o de aquellos para los cuales este estándar no se considere aplicable.
"1.3 Fecha de aplicación.- 1 de enero de 2004.
"Sección 2.
"Antecedentes y situación actual
"La constitución de reservas técnicamente suficientes, en las diferentes operaciones de seguro, constituye un factor decisivo para mantener la solvencia del negocio y es la base fundamental para garantizar el cumplimiento de las obligaciones con los asegurados.
"Los lineamientos que aquí se presentan están orientados a:
· "Establecer los principios sobre los cuales se sustenta una reserva de riesgos en curso suficiente.
· "Definir los conceptos y elementos que deben ser considerados en su determinación.
· "Señalar las características generales que deben tener los procedimientos actuariales válidos para la valuación de la reserva.
· "Definir la información con la que se debe contar para sustentar el cálculo actuarial de la reserva, así como los requerimientos mínimos para garantizar que dicha valuación cumple con los principios establecidos en estos estándares.
"Es importante mencionar que históricamente, en México, el proceso de valuación de la reserva de riesgos en curso se ha realizado con base en el conocimiento, experiencia práctica y criterio del actuario responsable, apoyado fundamentalmente en la prima de tarifa cobrada, la información estadística disponible y la normatividad establecida para cada ramo y tipo de seguro.
"Por otra parte, cabe señalar que tradicionalmente se ha venido aplicando el criterio de que las primas se devengan en forma directamente proporcional al tiempo transcurrido.
"El grupo de trabajo reconoce que en el futuro deberán desarrollarse mejoras y estándares adicionales, . para considerar otros aspectos específicos relacionados con el cálculo actuarial de las reservas de riesgos en curso.
"Sección 3.
"Definiciones
"Para efectos de la aplicación de los estándares de práctica actuarial, se han definido los siguientes conceptos:
"3.1 Cálculo actuarial.- Se refiere al procedimiento con el que se determina el valor de la prima de tarifa suficiente de un seguro, la reserva de riesgos en curso correspondiente, o cualquier variable, parámetro o medida relacionada con un riesgo asegurado, considerando que dicho procedimiento deberá poder incorporar las características contingentes de la ocurrencia de dicho riesgo asegurado.
"3.2 Costos de administración.- Son los relativos a la suscripción, emisión, cobranza, administración, control y cualquier otra función necesaria para el manejo operativo de una cartera de seguros de corto plazo.
"3.3 Costo de siniestralidad y otras obligaciones contractuales.- Refleja el monto esperado de los siniestros del riesgo en cuestión y de otras obligaciones contractuales actualizados por el impacto de las variaciones en los precios relacionados a dichos siniestros y obligaciones, considerando, en su caso, el efecto
de deducibles, coaseguros, salvamentos y recuperaciones, así como el margen para desviaciones y la provisión para gastos de ajuste y otros gastos relacionados con el manejo de los siniestros, si son aplicables.
"En el caso de riesgos de naturaleza catastrófica, debe considerar el costo anual de siniestralidad que corresponda, en función del tipo de riesgo y el periodo de recurrencia considerado en el modelo de cálculo utilizado.
"3.4 Información confiable.- Es aquélla cuya fuente y forma de generación sea conocida, comprobable y veraz, o que sea generada y publicada por una institución reconocida a nivel nacional o internacional.
"3.5 Información homogénea.- Se refiere a que los datos estadísticos utilizados para el cálculo actuarial de la reserva de riesgos en curso deben corresponder a unidades (personas o cosas) expuestas, en condiciones iguales o similares, a riesgos del mismo tipo.
"3.6 Información suficiente.- Aquella cuyo volumen de datos permite la aplicación de métodos estadísticos o modelos de credibilidad y que abarca todos los aspectos relacionados con la valoración del riesgo en cuestión.
"3.7 Margen de utilidad.- Es la contribución marginal a la utilidad bruta general, que se haya definido para el ramo y tipo de seguro en cuestión, de conformidad con las políticas establecidas por la empresa que asume el riesgo.
"3.8 Nota técnica.- Es el documento que describe la metodología y las bases aplicadas para el cálculo actuarial de la prima de tarifa suficiente y la valuación de la reserva de riesgos en curso y en el que conste la aplicación del presente estándar de práctica actuarial. En este documento deben incluirse de manera específica: la definición clara y precisa del riesgo y de las obligaciones contractuales cubiertas, las características, alcances, limitaciones y condiciones de la cobertura, las definiciones, conceptos, hipótesis y procedimientos empleados y, en su caso, las estadísticas y datos utilizados en la valoración del riesgo, así como las fuentes de información y cualquier otro elemento necesario para fundamentar actuarialmente la prima resultante y la reserva de riesgos en curso correspondiente.
"3.9 Principios actuariales.- Teorías y conceptos fundamentales de uso y aplicación común en la práctica actuarial, que son generalmente aceptados y que se encuentran explicados y sustentados en la literatura nacional o internacional.
"3.10 Procedimientos actuariales.- Conjunto de métodos y técnicas científicamente sustentadas, aplicables al problema de seguros que se pretende resolver y que son congruentes con los principios actuariales.
"3.11 Productos financieros.- Retorno o ingreso que espera obtener razonablemente la entidad que asume los riesgos de los contratos de seguro, por la inversión de los recursos que respaldan las reservas constituidas para garantizar las obligaciones de dichos contratos y por los flujos libres producidos por éstos.
"3.12 Reserva de riesgos en curso.- Cantidad suficiente para cubrir el valor esperado de los costos futuros de siniestralidad, y otras obligaciones contractuales considerando adicionalmente los costos de administración, tomando en cuenta su distribución en el tiempo, su crecimiento real y por inflación.
"3.13 Seguros de corto plazo.- Son todos aquellos contratos de seguro con una duración igual o menor a un año, independientemente del ramo al que pertenezcan. En esta definición quedan comprendidos seguros de las operaciones de Accidentes y Enfermedades, Daños, Salud y Vida.
"3.14 Tasa técnica.- Es la tasa de interés que se utiliza para determinar el valor del dinero en el tiempo, al realizar el cálculo actuarial de la reserva.
"Sección 4.
"Principios
"Principio 1.- La reserva de riesgos en curso es la cantidad suficiente para cubrir, el valor esperado de los costos futuros, considerando el tiempo que falta por transcurrir para el vencimiento del contrato de seguro.
"Principio 2.- La determinación de la reserva de riesgos en curso debe sustentarse sobre bases actuariales, independientemente de la prima cobrada y ser congruente con las hipótesis utilizadas en el cálculo de la prima de tarifa suficiente.
"Principio 3.- Las bases para la valuación de la reserva de riesgos en curso, deben revisarse periódicamente en función de las variaciones en los supuestos considerados originalmente, conforme se conozca o recopile nueva información.
"Sección 5.
"Prácticas recomendadas
"5.1 Cálculo actuarial de la reserva de riesgos en curso.- El cálculo actuarial de la reserva de riesgos en curso de los contratos de seguro de corto plazo, debe realizarse considerando el tiempo transcurrido, la tasa técnica de interés y todos los costos futuros relacionados con la transferencia del riesgo, utilizando procedimientos actuariales.
"En la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso, deberán utilizarse supuestos sobre la tasa técnica, basados en criterios prudenciales que consideren las políticas y portafolios de inversión de la compañía, los riesgos asociados al mismo y tomen como referencia la tasa de libre de riesgo del mercado, así como las expectativas macroeconómicas de tasas de rendimiento futuras y la inflación.
"5.2 Determinación de los costos relacionados con la transferencia del riesgo.- En la valuación actuarial de la reserva deberán contemplarse todos aquellos costos en los que incurrirá la entidad aseguradora para hacer frente a los riesgos en curso, considerando el costo de siniestralidad y otras obligaciones contractuales, incluyendo el margen para desviaciones, así como los costos de administración, de adquisición y el margen de utilidad.
"5.3 Integración de información.- El cálculo actuarial de una reserva de riesgos en curso debe basarse en información suficiente y confiable, sobre la cartera de riesgos en curso y las variables consideradas para la determinación de la prima de tarifa suficiente.
"5.4 Primas de riesgo basadas en la experiencia de los reaseguradores.- En su caso, la valuación de la reserva de riesgos en curso, puede fundamentarse en las primas de riesgo establecidas por el mercado internacional de reaseguro, cuando no existe información confiable, homogénea y suficiente.
"Sección 6.
"Otras Recomendaciones
"6.1 Congruencia.- En todo momento, el actuario procurará vigilar que exista congruencia entre lo establecido en las condiciones contractuales de un producto de seguros de corto plazo, la nota técnica correspondiente y el cálculo de la reserva de riesgos en curso; de no ser así, o en caso de que no le sea posible cumplir con esta responsabilidad, deberá revelarlo conforme a las políticas, normas y procedimientos aplicables.
"6.2 Documentación.- La nota técnica y cualquier otra documentación relacionada con la valoración del riesgo y los procedimientos aplicados por el actuario para la valuación de las reservas de riesgos en curso, en apego al presente estándar, debe ser resguardada por la entidad que la aplique y estar disponible para fines de consulta, seguimiento y auditoría."
"ESTANDAR DE PRACTICA ACTUARIAL No. 04"
"México. Septiembre de 2003."
"VALUACION ACTUARIAL DE LA RESERVA DE RIESGOS EN CURSO DE LOS SEGUROS DE LARGO PLAZO"
"Preámbulo
"El presente documento resume los principales lineamientos y criterios generales que el actuario debe considerar en la determinación o valuación actuarial de las reservas de riesgos en curso, para los contratos de seguro de largo plazo. Estos lineamientos fueron desarrollados con el fin de proporcionar una guía práctica para la realización de esta tarea. Los mismos se apegan al marco legal aplicable en materia de seguros, sin perjuicio de las necesidades o propósitos de tipo comercial de las entidades aseguradoras, ni de los valores específicos que, para efectos regulatorios, se establezcan para los parámetros considerados en estos lineamientos con el propósito de incorporar márgenes prudenciales que garanticen con un elevado grado de certidumbre el cumplimiento de las obligaciones con los asegurados.
"Asimismo, enuncia criterios de carácter y aplicación general, sin abarcar casos específicos que por sus características requieran de consideraciones especiales, mismos que deberán ser tratados con base en el juicio y experiencia profesional del actuario, respetando siempre los principios sobre los cuales fueron sustentados estos estándares.
"El grupo de trabajo encargado del desarrollo de este estándar estuvo conformado por miembros de la Asociación Mexicana de Actuarios, A.C.
"Con el propósito de hacerlo del conocimiento del gremio actuarial, así como para recabar todas las observaciones y sugerencias de los actuarios involucrados e interesados en este tema, un primer borrador fue
sometido a un proceso de auscultación entre los miembros de la Asociación Mexicana de Actuarios, A.C.: y del Colegio Nacional de Actuarios, A.C., a fin de incorporar los comentarios pertinentes.
"Este documento corresponde a la versión final del estándar, el cual ha sido adoptado por el Colegio Nacional de Actuarios, A.C.
"Sección 1.
"Propósito, alcance y fecha de aplicación.
"1.1 Propósito.- El propósito de este estándar es establecer los elementos y criterios que deben ser considerados en el proceso de la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso, para los contratos de seguro de largo plazo. Los elementos contenidos en este estándar pueden no coincidir en forma precisa con los requerimientos estatutarios y son de aplicación general y obligatoria para todos los actuarios que ejerzan su profesión en México.
"1.2 Alcance.- Este estándar de práctica fue elaborado para la valuación de la reserva de riesgos en curso para los contratos de seguro de largo plazo, desde el punto de vista actuarial, sin considerar situaciones especiales que pudieran presentarse como consecuencia de requerimientos de tipo comercial o restricciones estatutarias.
"Los elementos contenidos en este estándar fueron definidos en términos generales y es factible que se presenten situaciones que no estén explícitamente contempladas en el mismo. Corresponderá al actuario . involucrado, con base en su mejor juicio y criterio, la resolución de los casos no previstos o de aquellos para los cuales este estándar no se considere aplicable.
"En todo momento, el actuario procurará comprender y atender el espíritu y propósito general del estándar, lo cual significa que no necesariamente se requiere su aplicación estricta, al pie de la letra, para darle cumplimiento.
"1.3 Fecha de aplicación.- 1o. de enero de 2004.
"Sección 2.
"Antecedentes y situación actual
"La valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso de los seguros de largo plazo, depende de las obligaciones contraídas por las aseguradoras, de las primas de tarifa y de los gastos inherentes, así como del plazo de los contratos; este proceso constituye un factor determinante para la solvencia y rentabilidad del negocio, bajo un esquema de suficiencia.
"Los lineamientos que aquí se presentan están orientados a:
"Establecer los principios sobre los cuales se valúa una reserva de riesgos en curso suficiente.
"Definir los conceptos y elementos que deben ser considerados en su valuación.
"Señalar las características generales que deben tener los procedimientos actuariales válidos para la valuación de una reserva de riesgos en curso.
"Definir la información con la que se debe contar para sustentar la reserva de riesgos en curso suficiente, así como los requerimientos mínimos para garantizar que se cumplen con los principios establecidos en estos estándares.
"Es importante mencionar que históricamente, en México, el proceso de valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso, se ha realizado con base en fórmulas establecidas en la normatividad vigente y que se pretende introducir un cálculo de reservas suficientes que, tomando en cuenta la mencionada normatividad, se base primordialmente en el conocimiento, experiencia práctica y criterio del actuario responsable, apoyado fundamentalmente en la información estadística disponible para cada ramo y tipo de seguro. Al día de hoy se carece de algún documento técnico de carácter gremial para tal propósito, exceptuando la literatura actuarial de carácter general y aquellos documentos que han sido elaborados por asociaciones profesionales extranjeras y que se consideran aplicables en nuestro país.
"El grupo de trabajo reconoce que en el futuro deberán desarrollarse mejoras y estándares adicionales, para considerar otros aspectos específicos relacionados con la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso para los seguros de largo plazo.
"Sección 3.
"Definiciones
"Para efectos de la aplicación de los estándares de práctica actuarial para la valuación de la reserva de riesgos en curso de los contratos de seguro de largo plazo, se han definido los siguientes conceptos:
"3.1 Cancelación.- Terminación del contrato debido a una causa distinta de siniestro o vencimiento.
"3.2 Costo de siniestralidad y otras obligaciones contractuales.- Es el monto esperado a la fecha de la valuación, de los siniestros del riesgo en cuestión, así como el de otras obligaciones contractuales tales como: valores garantizados, dotales y rentas; todos los elementos anteriores deben actualizarse, en su caso, por la inflación o por los incrementos previstos en el contrato.
"3.3 Costos de administración.- Son los relativos a la suscripción, emisión, cobranza, administración, control y cualquier otra función necesaria para el manejo operativo de una cartera de seguros de largo plazo.
"3.4 Costos de adquisición.- Son los relacionados con la promoción y venta de los seguros, que incluyen comisiones a intermediarios, bonos, gastos por mercadotecnia y publicidad y otros gastos comprendidos dentro de este rubro.
"3.5 Costo de Capital.- Se refiere al interés o costo de oportunidad de los recursos adicionales que no provienen de la prima, que son necesarios para financiar la operación del seguro.
"3.6 Costo neto de reaseguro.- Diferencial entre los egresos e ingresos de la cedente respecto al reaseguro contratado.
"3.7 Dotales.- Monto a pagar al asegurado, cuando sobrevive a un plazo determinado.
"3.8 Frecuencia.- Medida relativa del número de siniestros que pueden ocurrir en un periodo determinado respecto al total de expuestos (probabilidad de ocurrencia).
"3.9 Información confiable.- Es aquella cuya fuente y forma de generación sea conocida, comprobable y veraz, o que sea generada y publicada por una institución reconocida a nivel nacional o internacional. Esta definición aplica tanto a la información que sirva de base para establecer supuestos, como a la de la cartera cuya reserva se está valuando.
"3.10 Información homogénea.- Se refiere a que los datos estadísticos utilizados para la valuación de la reserva de riesgos en curso, deben corresponder a personas o unidades expuestas, en condiciones similares, a riesgos del mismo tipo.
"3.11 Información suficiente.- Aquella cuyo volumen de datos permite la aplicación de métodos estadísticos o modelos de credibilidad y que abarca todos los aspectos relacionados con la valoración del riesgo en cuestión, así como la valuación de la reserva de riesgos en curso correspondiente.
"3.12 Margen de utilidad.- Es la contribución marginal a la utilidad bruta general, que se haya definido para el ramo y tipo de seguro en cuestión, de conformidad con las políticas establecidas por la empresa que asumió el riesgo, incluyendo en su caso el costo del capital y el costo neto del reaseguro.
"3.13 Nota técnica para la valuación de la reserva de riesgos en curso.- Es el documento que describe la metodología y las bases aplicadas para la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso suficiente, y en el que consta la aplicación del presente estándar de práctica actuarial. En este documento deben incluirse de manera específica: la definición clara y precisa del riesgo y de las obligaciones contractuales cubiertas, las características de la cartera a ser valuada, las definiciones, conceptos, hipótesis y procedimientos empleados y, en su caso, las estadísticas y datos utilizados en la valoración del riesgo y la valuación actuarial de la reserva, así como las fuentes de información y cualquier otro elemento necesario para fundamentar la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso.
"3.14 Plazo de pago de primas de seguro.- Número de años en que el contrato establece obligación de pago de primas.
"3.15 Plazo de seguro.- Duración de la cobertura principal amparada por el contrato.
"3.16 Prima de tarifa.- Monto necesario para cubrir un riesgo, comprendiendo los costos esperados de siniestralidad y otras obligaciones contractuales, así como los de adquisición, de administración, y el margen de utilidad previsto.
"3.17 Principios actuariales.- Teorías y conceptos fundamentales de uso y aplicación común en la práctica actuarial, que son generalmente aceptados y que se encuentran explicados y sustentados en la literatura nacional o internacional.
"3.18 Procedimientos actuariales.- Conjunto de métodos y técnicas, aplicables al problema de seguros que se pretende resolver y que son congruentes con los principios actuariales.
. "3.19 Productos financieros.- Retorno o ingreso que la entidad que asume los riesgos de los contratos de seguro, espera obtener por la inversión de los recursos que respaldan la reserva de riesgos en curso y por los flujos libres que producirán los contratos.
"3.20 Renta o Pensión.- Pago periódico que se hace a un asegurado o beneficiario, a partir del momento en que se realiza el evento previsto en el contrato, por el tiempo establecido en el mismo.
"3.21 Rescate.- Valor en efectivo al que tiene derecho el asegurado a la cancelación del contrato.
"3.22 Seguro de largo plazo.- Es aquel en el que la aseguradora garantiza la continuidad del seguro, en las condiciones establecidas en el contrato, por un plazo mayor de un año y con tarifas máximas.
"3.23 Severidad.- Monto absoluto o valor relativo esperado de los siniestros a cargo de la aseguradora.
"3.24 Siniestro.- Ocurrencia de un evento fortuito, por el cual la aseguradora se obliga a indemnizar al asegurado o a sus beneficiarios.
"3.25 Suma asegurada.- Cantidad máxima que la aseguradora se obliga a cubrir en caso de siniestro o vencimiento del seguro.
"3.26 Tasa de Caducidad.- Medida anual de la frecuencia relativa con la que los asegurados suelen cancelar sus contratos, ya sea por rescate o por suspensión de pago de primas.
"3.27 Tasa de Conservación.- Medida anual de la frecuencia relativa con la que los asegurados renuevan o mantienen en vigor sus contratos, de un periodo a otro.
"3.28 Tasa de Invalidez.- Medida anual de la frecuencia relativa de los siniestros por incapacidad o invalidez.
"3.29 Tasa de inversión.- Es la tasa de interés que se utiliza para estimar los productos financieros.
"3.30 Tasa de Morbilidad.- Medida anual de la frecuencia relativa de los siniestros por enfermedad.
"3.31 Tasa de Mortalidad.- Medida anual de la frecuencia relativa de los siniestros por muerte.
"3.32 Tasa técnica o de descuento para la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso.- Es la tasa de interés que se utiliza para determinar el valor del dinero en el tiempo y es a la que se descuentan los flujos.
"3.33 Valor garantizado.- Monto que se puede obtener como valor en efectivo del contrato, y que se puede aplicar como rescate, préstamo, seguro prorrogado, seguro saldado, etc.
"3.34 Valuación actuarial.- Se refiere al procedimiento con el que se determina actuarialmente el valor de la reserva de riesgos en curso, de una cartera de seguros.
"3.35 Vencimiento.- Terminación del plazo de seguro.
"Sección 4.
"Principios
"Principio 1. La reserva de riesgos en curso debe ser igual, al valor presente esperado de los costos de siniestralidad y obligaciones contractuales y costos de administración, menos el valor presente esperado de las Primas de Tarifa futuras, netas de costos de adquisición, menos, en su caso los costos de adquisición diferidos.
"Principio 2. Los supuestos financieros de la valuación deben ser consistentes con los productos financieros que, con un grado razonable de certidumbre, generarán los activos que respaldan a las reservas, con objeto de garantizar suficiencia y solvencia.
"Principio 3. La valuación de la reserva de riesgos en curso debe reconocer las características de la cartera expuesta al riesgo.
"También debe tomar en cuenta la experiencia particular de grupos o colectividades específicas, con base en información estadística suficiente y confiable que sustente el comportamiento de la cartera.
"La experiencia histórica de los riesgos debe proporcionar una base útil y confiable para desarrollar una proyección razonable del futuro; sin embargo, también deberán considerarse otras variables externas, incluyendo aquellas que van más allá del ámbito de la propia aseguradora y de la industria de seguros.
"Principio 4. La reserva que se constituya deberá ser la mayor de las obtenidas aplicando diferentes escenarios de tasas de caducidad, y aquella que se haya obtenido sin considerar los efectos de la misma.
"Principio 5. La reserva de riesgos en curso deberá ser por lo menos igual a la cantidad que conforme a las condiciones contractuales, la institución esté obligada a devolver al asegurado en caso de cancelación del contrato.
"Sección 5.
"Prácticas recomendadas
"5.1 Valuación de la Reserva de Riesgos en Curso.- Se hará bajo la premisa de una operación de seguros en marcha, por toda la vida de los riesgos que integran la cartera, a menos que el actuario cuente con información que le haga suponer lo contrario. Se dice que una aseguradora es un negocio en marcha, cuando pretende y puede permanecer abierta a la captación de nuevos negocios.
"La valuación actuarial de la Reserva de Riesgos en Curso debe realizarse mediante un análisis prospectivo y explícito de los flujos de ingresos y egresos, considerando dentro de estos últimos las obligaciones contraídas por pago de siniestros, dotales, rentas, dividendos y rescates, así como los gastos de adquisición y administración inherentes a la operación de seguros, durante el plazo de vigencia de la póliza.
"La valuación actuarial de la Reserva de Riesgos en Curso debe contemplar hipótesis de todas las contingencias concretas y de otros factores inherentes a la cartera de riesgos en vigor, que puedan afectar significativamente, los flujos de efectivo previstos. La valuación de la Reserva de Riesgos en Curso deberá considerar la probabilidad de ocurrencia y la severidad de todas las obligaciones contempladas en los contratos de seguros.
"En la medida de lo posible, las hipótesis sobre eventos futuros deberán sustentarse en la experiencia pasada real, juzgando el grado en que dicha experiencia puede servir de base. Los supuestos deberán considerar un margen para desviaciones, que refleje el grado de incertidumbre de las hipótesis en cuestión, excluyendo el impacto por riesgos catastróficos y otras eventualidades atípicas de orden económico-financiero.
"Independientemente de los costos operativos y financieros, deberá considerarse el impacto de la cancelación prematura por falta de pago.
"En la valuación actuarial de la reserva de riesgos en curso, deberán utilizarse supuestos sobre tasa de inversión y tasa técnica o de descuento, basados en criterios prudenciales que consideren las políticas y portafolios de inversión de la compañía, los riesgos asociados al mismo y tomen como referencia la tasa de libre de riesgo del mercado, así como las expectativas macroeconómicas de tasas de rendimiento futuras y la inflación.
"La valuación de la reserva de riesgos en curso debe sustentarse sobre bases actuariales y en la aplicación de procedimientos técnicos y estadísticos generalmente aceptados en el medio actuarial; sin embargo, el actuario siempre podrá aplicar su criterio, conocimiento y experiencia para ajustar o adecuar dichos procedimientos sobre bases razonables.
"5.2 Revisión de supuestos.- Periódicamente se deben revisar los supuestos considerados en la valuación de la reserva de riesgos en curso, en función de las variaciones en los elementos considerados, con objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Principio 3. En caso de que existan elementos suficientes para afirmar que el comportamiento de las variables y los parámetros básicos sufren variaciones significativas con respecto a los supuestos empleados en el cálculo, se deberán actualizar dichas hipótesis.
"La última valuación, deberá ser consistente con la información de las valuaciones anteriores, con los estados financieros, con la información de negocios en vigor y con los registros de movimientos de pólizas. También se deberá verificar que los supuestos y métodos sean aplicados correctamente en función de las obligaciones de las pólizas.
"Cualquier cambio en métodos o supuestos, deberá ser revelado y cuantificado por el actuario responsable.
"5.3 Elementos adicionales.- La valuación de la reserva de riesgos en curso puede incorporar también otros elementos relativos a la experiencia siniestral, las políticas de suscripción o variables del mercado o del entorno, entre otros, referidos al riesgo o a los costos asociados, siempre que se pueda estimar objetivamente su efecto.
. "5.4 Cuando los efectos de la tasa de caducidad sean significativos y tengan un efecto de incremento en la reserva obtenida sin considerar dicha caducidad, éstos deberán ser considerados en la evaluación de la experiencia histórica de los riesgos y en el establecimiento de los supuestos actuariales que permitan al actuario realizar una proyección razonable del futuro. En este caso, se deberán utilizar varios escenarios de caducidad, los cuales deberán tener en cuenta las características de los contratos y la experiencia del mercado.
"Sección 6.
"Otras Recomendaciones
"6.1 Congruencia.- En todo momento, el actuario deberá vigilar que haya congruencia entre la cartera en vigor y la valuada; de no ser así, o en caso de que no le sea posible cumplir con esta responsabilidad, deberá revelarlo conforme a las políticas, normas y procedimientos aplicables.
"6.2 Documentación.- La nota técnica, los resultados de la valuación y cualquier otra documentación relacionada con ella, así como los procedimientos aplicados por el actuario, en apego al presente estándar, deben ser resguardados por la entidad que la aplique y estar disponibles para fines de consulta, seguimiento y auditoría."
APÉNDICE A2.1.9.2
PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DEL SISTEMA DE CÓMPUTO PARA LA ESTIMACIÓN DE LAS
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
La entrega del sistema de cómputo, el cual se identificará como "Sistema
", con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes:
", con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes: I. La entrega del "Sistema
" sólo se hará a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos.
" sólo se hará a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos. II. La entrega del "Sistema
", se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles.
", se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles. III. Para efectos de la entrega del "Sistema
", podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial.
", podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial. IV. Junto con el "Sistema
", se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.
", se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. V. La versión del "Sistema
" que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos es la versión 1.0.4. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión.
" que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos es la versión 1.0.4. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión. APÉNDICE A2.1.11.1.
CRITERIO PARA LA VALORACION DEL RIESGO RETENIDO EN LA CONSTITUCION DE RESERVAS
TECNICAS, EN EL CASO DE CONTRATOS DE REASEGURO PROPORCIONAL QUE ESTABLEZCAN
LIMITES DE RESPONSABILIDAD.
TECNICAS, EN EL CASO DE CONTRATOS DE REASEGURO PROPORCIONAL QUE ESTABLEZCAN
LIMITES DE RESPONSABILIDAD.
Primero.- En el caso de contratos de reaseguro que estableciendo la participación proporcional de las partes en el riesgo asegurado, establezcan límites de responsabilidad para el reasegurador, el riesgo retenido que deberá considerarse para efectos de constitución e incremento de las reservas técnicas de seguros, será el que se determine mediante los presentes criterios.
Segundo.- El valor esperado del riesgo retenido por la institución se determinará como el valor esperado de la siniestralidad de retención calculada mediante procedimientos estadísticos tomando como base la función de probabilidad de la siniestralidad del ramo o tipo de seguro de que se trate, incorporando los parámetros correspondientes a los límites de responsabilidad del contrato de reaseguro de que se trate, como se indica a continuación:
a) Para efectos de la valoración del riesgo retenido, se deberá contar con estadística del índice de siniestralidad del seguro de que se trate, calculando dicho índice como el que resulte de dividir la siniestralidad anual observada respecto de la prima emitida anual.

Es el monto bruto de siniestralidad anual del seguro 
Es el monto anual de la prima emitida del seguro 
b) Se determinará la función de densidad
de dicho índice, como aquélla que mejor se ajuste a la información estadística con que se cuente, tomando como criterio la realización de pruebas de bondad de ajuste.
de dicho índice, como aquélla que mejor se ajuste a la información estadística con que se cuente, tomando como criterio la realización de pruebas de bondad de ajuste. En los casos en que no se pueda determinar una función de distribución teórica, se utilizará, para efectos de los dispuesto en los presentes criterios, la función de distribución empírica.

Tercero.- El factor de retención obtenido conforme a los presentes criterios será el que se aplique a la prima de riesgo o a la siniestralidad bruta, según sea el caso, para determinar la parte de riesgo retenido que se utilice para efectos de la valuación, constitución e incremento de las reservas técnicas.
Cuarto.- Sobre la porción de prima de riesgo retenida obtenida conforme al criterio anterior, se deberá aplicar, en su caso, el factor de suficiencia de la reserva de riesgos en curso que, conforme a la normatividad, deba aplicar la institución.
Quinto.- La reserva de riesgos en curso por reaseguro cedido deberá calcularse para cada póliza como la diferencia entre la reserva bruta y la reserva retenida calculada con los presentes criterios.
Sexto.- El presente criterio no será aplicable para la determinación de la pérdida máxima probable en el caso de riesgos catastróficos. En tales casos, en los contratos de reaseguro proporcional que establezcan límites de responsabilidad en exceso a un determinado monto de la siniestralidad, se considerará que la institución cedente retiene el riesgo al 100%, para efectos del cálculo de la pérdida máxima probable.
Séptimo.- La Comisión establecerá en cada caso las funciones de probabilidad que habrán de aplicarse y podrá, cuando se requiera, de acuerdo al caso de que se trate, generar dichas funciones con base en índices de siniestralidad o montos, distintos a los expuestos en los presentes criterios, cuando resulte necesario de acuerdo a las necesidades de cada caso.
APÉNDICE A2.1.11.4-a
VALORES NUMÉRICOS DE LA FUNCIÓN DE PROBABILIDAD DEL ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD DE
LOS SEGUROS DE TERREMOTO
LOS SEGUROS DE TERREMOTO
| Valor del índice | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | | Valor del índice | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | | Valor del índice | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | |||||||
| Mayor que | hasta | | Mayor que | hasta | | Mayor que | hasta | |||||||
| 0.00 | 0.00 | 0.1879195 | | 0.76 | 0.78 | 0.0012405 | | 1.54 | 1.56 | 0.0003105 | ||||
| 0.00 | 0.02 | 0.2898136 | | 0.78 | 0.80 | 0.0011821 | | 1.56 | 1.58 | 0.0003024 | ||||
| 0.02 | 0.04 | 0.1192729 | | 0.80 | 0.82 | 0.0011276 | | 1.58 | 1.60 | 0.0002945 | ||||
| 0.04 | 0.06 | 0.0706509 | | 0.82 | 0.84 | 0.0010767 | | 1.60 | 1.62 | 0.0002869 | ||||
| 0.06 | 0.08 | 0.0482058 | | 0.84 | 0.86 | 0.0010290 | | 1.62 | 1.64 | 0.0002795 | ||||
| 0.08 | 0.10 | 0.0355033 | | 0.86 | 0.88 | 0.0009843 | | 1.64 | 1.66 | 0.0002725 | ||||
| 0.10 | 0.12 | 0.0274575 | | 0.88 | 0.90 | 0.0009424 | | 1.66 | 1.68 | 0.0002657 | ||||
| 0.12 | 0.14 | 0.0219760 | | 0.90 | 0.92 | 0.0009030 | | 1.68 | 1.70 | 0.0002591 | ||||
| 0.14 | 0.16 | 0.0180441 | | 0.92 | 0.94 | 0.0008659 | | 1.70 | 1.72 | 0.0002527 | ||||
| 0.16 | 0.18 | 0.0151130 | | 0.94 | 0.96 | 0.0008310 | | 1.72 | 1.74 | 0.0002466 | ||||
| 0.18 | 0.20 | 0.0128612 | | 0.96 | 0.98 | 0.0007980 | | 1.74 | 1.76 | 0.0002407 | ||||
| 0.20 | 0.22 | 0.0110892 | | 0.98 | 1.00 | 0.0007669 | | 1.76 | 1.78 | 0.0002349 | ||||
| 0.22 | 0.24 | 0.0096668 | | 1.00 | 1.02 | 0.0007375 | | 1.78 | 1.80 | 0.0002294 | ||||
| 0.24 | 0.26 | 0.0085058 | | 1.02 | 1.04 | 0.0007097 | | 1.80 | 1.82 | 0.0002240 | ||||
| 0.26 | 0.28 | 0.0075448 | | 1.04 | 1.06 | 0.0006834 | | 1.82 | 1.84 | 0.0002189 | ||||
| 0.28 | 0.30 | 0.0067395 | | 1.06 | 1.08 | 0.0006585 | | 1.84 | 1.86 | 0.0002138 | ||||
| 0.30 | 0.32 | 0.0060575 | | 1.08 | 1.10 | 0.0006348 | | 1.86 | 1.88 | 0.0002090 | ||||
| 0.32 | 0.34 | 0.0054745 | | 1.10 | 1.12 | 0.0006123 | | 1.88 | 1.90 | 0.0002043 | ||||
| 0.34 | 0.36 | 0.0049720 | | 1.12 | 1.14 | 0.0005910 | | 1.90 | 1.92 | 0.0001997 | ||||
| 0.36 | 0.38 | 0.0045356 | | 1.14 | 1.16 | 0.0005707 | | 1.92 | 1.94 | 0.0001953 | ||||
| 0.38 | 0.40 | 0.0041540 | | 1.16 | 1.18 | 0.0005514 | | 1.94 | 1.96 | 0.0001910 | ||||
| 0.40 | 0.42 | 0.0038185 | | 1.18 | 1.20 | 0.0005330 | | 1.96 | 1.98 | 0.0001869 | ||||
| 0.42 | 0.44 | 0.0035218 | | 1.20 | 1.22 | 0.0005154 | | 1.98 | 2.00 | 0.0001829 | ||||
| 0.44 | 0.46 | 0.0032581 | | 1.22 | 1.24 | 0.0004987 | | 2.00 | 2.50 | 0.0035492 | ||||
| 0.46 | 0.48 | 0.0030226 | | 1.24 | 1.26 | 0.0004828 | | 2.50 | 3.00 | 0.0022630 | ||||
| 0.48 | 0.50 | 0.0028115 | | 1.26 | 1.28 | 0.0004675 | | 3.00 | 3.50 | 0.0015434 | ||||
| 0.50 | 0.52 | 0.0026214 | | 1.28 | 1.30 | 0.0004529 | | 3.50 | 4.00 | 0.0011053 | ||||
| 0.52 | 0.54 | 0.0024497 | | 1.30 | 1.32 | 0.0004390 | | 4.00 | 5.00 | 0.0014504 | ||||
| 0.54 | 0.56 | 0.0022940 | | 1.32 | 1.34 | 0.0004257 | | 5.00 | 10.00 | 0.0023924 | ||||
| 0.56 | 0.58 | 0.0021525 | | 1.34 | 1.36 | 0.0004129 | | 10.00 | 20.00 | 0.0007822 | ||||
| 0.58 | 0.60 | 0.0020234 | | 1.36 | 1.38 | 0.0004007 | | 20.00 | 30.00 | 0.0001637 | ||||
| 0.60 | 0.62 | 0.0019054 | | 1.38 | 1.40 | 0.0003890 | | 30.00 | 40.00 | 0.0000586 | ||||
| 0.62 | 0.64 | 0.0017971 | | 1.40 | 1.42 | 0.0003777 | | 40.00 | 50.00 | 0.0000269 | ||||
| 0.64 | 0.66 | 0.0016977 | | 1.42 | 1.44 | 0.0003669 | | 50.00 | más | 0.0000425 | ||||
| 0.66 | 0.68 | 0.0016060 | | 1.44 | 1.46 | 0.0003566 | ||||||||
| 0.68 | 0.70 | 0.0015214 | | 1.46 | 1.48 | 0.0003466 | ||||||||
| 0.70 | 0.72 | 0.0014431 | | 1.48 | 1.50 | 0.0003371 | | | | |||||
| 0.72 | 0.74 | 0.0013706 | | 1.50 | 1.52 | 0.0003279 | | | | |||||
| 0.74 | 0.76 | 0.0013032 | | 1.52 | 1.54 | 0.0003191 | | | | | ||||
Para efectos del cálculo se deberán utilizar como valor del índice de siniestralidad el que corresponda al punto medio de cada uno de los rangos de siniestralidad indicados.
APÉNDICE A2.1.11.4-b
FUNCION DE PROBABILIDAD DEL INDICE DE SINIESTRALIDAD DE LOS SEGUROS DE HURACAN
| Índice de siniestralidad | | Índice de siniestralidad | ||||
| De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | | De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango |
| 0.00 | 0.05 | 0.21684325 | | 2.50 | 2.55 | 0.00374515 |
| 0.05 | 0.10 | 0.05946702 | | 2.55 | 2.60 | 0.00366262 |
| 0.10 | 0.15 | 0.04175726 | | 2.60 | 2.65 | 0.00358289 |
| 0.15 | 0.20 | 0.03315010 | | 2.65 | 2.70 | 0.00350562 |
| 0.20 | 0.25 | 0.02786679 | | 2.70 | 2.75 | 0.00343089 |
| 0.25 | 0.30 | 0.02422323 | | 2.75 | 2.80 | 0.00335843 |
| 0.30 | 0.35 | 0.02152573 | | 2.80 | 2.85 | 0.00328815 |
| 0.35 | 0.40 | 0.01943039 | | 2.85 | 2.90 | 0.00322008 |
| 0.40 | 0.45 | 0.01774527 | | 2.90 | 2.95 | 0.00315395 |
| 0.45 | 0.50 | 0.01635393 | | 2.95 | 3.00 | 0.00308985 |
| 0.50 | 0.55 | 0.01518121 | | 3.00 | 3.05 | 0.00302756 |
| 0.55 | 0.60 | 0.01417621 | | 3.05 | 3.10 | 0.00296701 |
| 0.60 | 0.65 | 0.01330310 | | 3.10 | 3.15 | 0.00290826 |
| 0.65 | 0.70 | 0.01253585 | | 3.15 | 3.20 | 0.00285109 |
| 0.70 | 0.75 | 0.01185508 | | 3.20 | 3.25 | 0.00279546 |
| 0.75 | 0.80 | 0.01124597 | | 3.25 | 3.30 | 0.00274142 |
| 0.80 | 0.85 | 0.01069702 | | 3.30 | 3.35 | 0.00268879 |
| 0.85 | 0.90 | 0.01019915 | | 3.35 | 3.40 | 0.00263752 |
| 0.90 | 0.95 | 0.00974508 | | 3.40 | 3.45 | 0.00258767 |
| 0.95 | 1.00 | 0.00932889 | | 3.45 | 3.50 | 0.00253907 |
| 1.00 | 1.05 | 0.00894571 | | 3.50 | 3.55 | 0.00249172 |
| 1.05 | 1.10 | 0.00859151 | | 3.55 | 3.60 | 0.00244554 |
| 1.10 | 1.15 | 0.00826291 | | 3.60 | 3.65 | 0.00240059 |
| 1.15 | 1.20 | 0.00795706 | | 3.65 | 3.70 | 0.00235671 |
| 1.20 | 1.25 | 0.00767153 | | 3.70 | 3.75 | 0.00231392 |
| 1.25 | 1.30 | 0.00740423 | | 3.75 | 3.80 | 0.00227214 |
| 1.30 | 1.35 | 0.00715336 | | 3.80 | 3.85 | 0.00223142 |
| 1.35 | 1.40 | 0.00691737 | | 3.85 | 3.90 | 0.00219165 |
| 1.40 | 1.45 | 0.00669489 | | 3.90 | 3.95 | 0.00215282 |
| 1.45 | 1.50 | 0.00648474 | | 3.95 | 4.00 | 0.00211487 |
| 1.50 | 1.55 | 0.00628587 | | 4.00 | 4.05 | 0.00207786 |
| 1.55 | 1.60 | 0.00609733 | | 4.05 | 4.10 | 0.00204167 |
| 1.60 | 1.65 | 0.00591830 | | 4.10 | 4.15 | 0.00200631 |
| 1.65 | 1.70 | 0.00574806 | | 4.15 | 4.20 | 0.00197175 |
| 1.70 | 1.75 | 0.00558593 | | 4.20 | 4.25 | 0.00193793 |
| 1.75 | 1.80 | 0.00543133 | | 4.25 | 4.30 | 0.00190492 |
| 1.80 | 1.85 | 0.00528335 | | 4.30 | 4.35 | 0.00187262 |
| 1.85 | 1.90 | 0.00514263 | | 4.35 | 4.40 | 0.00184102 |
| 1.90 | 1.95 | 0.00500760 | | 4.40 | 4.45 | 0.00181010 |
| 1.95 | 2.00 | 0.00487824 | | 4.45 | 4.50 | 0.00177986 |
| 2.00 | 2.05 | 0.00475427 | | 4.50 | 4.55 | 0.00175023 |
| 2.05 | 2.10 | 0.00463514 | | 4.55 | 4.60 | 0.00172128 |
| 2.10 | 2.15 | 0.00452076 | | 4.60 | 4.65 | 0.00169292 |
| 2.15 | 2.20 | 0.00441084 | | 4.65 | 4.70 | 0.00166515 |
| 2.20 | 2.25 | 0.00430495 | | 4.70 | 4.75 | 0.00163796 |
| 2.25 | 2.30 | 0.00420304 | | 4.75 | 4.80 | 0.00161133 |
| 2.30 | 2.35 | 0.00410487 | | 4.80 | 4.85 | 0.00158522 |
| 2.35 | 2.40 | 0.00401009 | | 4.85 | 4.90 | 0.00155969 |
| 2.40 | 2.45 | 0.00391873 | | 4.90 | 4.95 | 0.00153465 |
| 2.45 | 2.50 | 0.00383039 | | 4.95 | 5.00 | 0.00151011 |
| Índice de siniestralidad | | Índice de siniestralidad | ||||
| De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | | De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango |
| 5.00 | 5.05 | 0.00148606 | | 7.50 | 7.55 | 0.00070875 |
| 5.05 | 5.10 | 0.00146249 | | 7.55 | 7.60 | 0.00069899 |
| 5.10 | 5.15 | 0.00143939 | | 7.60 | 7.65 | 0.00068938 |
| 5.15 | 5.20 | 0.00141673 | | 7.65 | 7.70 | 0.00067993 |
| 5.20 | 5.25 | 0.00139450 | | 7.70 | 7.75 | 0.00067062 |
| 5.25 | 5.30 | 0.00137274 | | 7.75 | 7.80 | 0.00066146 |
| 5.30 | 5.35 | 0.00135137 | | 7.80 | 7.85 | 0.00065244 |
| 5.35 | 5.40 | 0.00133042 | | 7.85 | 7.90 | 0.00064356 |
| 5.40 | 5.45 | 0.00130986 | | 7.90 | 7.95 | 0.00063481 |
| 5.45 | 5.50 | 0.00128969 | | 7.95 | 8.00 | 0.00062621 |
| 5.50 | 5.55 | 0.00126990 | | 8.00 | 8.05 | 0.00061773 |
| 5.55 | 5.60 | 0.00125048 | | 8.05 | 8.10 | 0.00060938 |
| 5.60 | 5.65 | 0.00123140 | | 8.10 | 8.15 | 0.00060117 |
| 5.65 | 5.70 | 0.00121271 | | 8.15 | 8.20 | 0.00059308 |
| 5.70 | 5.75 | 0.00119435 | | 8.20 | 8.25 | 0.00059511 |
| 5.75 | 5.80 | 0.00117632 | | 8.25 | 8.30 | 0.00057726 |
| 5.80 | 5.85 | 0.00115862 | | 8.30 | 8.35 | 0.00056953 |
| 5.85 | 5.90 | 0.00114125 | | 8.35 | 8.40 | 0.00056192 |
| 5.90 | 5.95 | 0.00112418 | | 8.40 | 8.45 | 0.00055442 |
| 5.95 | 6.00 | 0.00110742 | | 8.45 | 8.50 | 0.00054703 |
| 6.00 | 6.05 | 0.00109096 | | 8.50 | 8.55 | 0.00053976 |
| 6.05 | 6.10 | 0.00107478 | | 8.55 | 8.60 | 0.00053259 |
| 6.10 | 6.15 | 0.00105892 | | 8.60 | 8.65 | 0.00052553 |
| 6.15 | 6.20 | 0.00104332 | | 8.65 | 8.70 | 0.00051858 |
| 6.20 | 6.25 | 0.00102799 | | 8.70 | 8.75 | 0.00051172 |
| 6.25 | 6.30 | 0.00101293 | | 8.75 | 8.80 | 0.00050497 |
| 6.30 | 6.35 | 0.00099813 | | 8.80 | 8.85 | 0.00049832 |
| 6.35 | 6.40 | 0.00098359 | | 8.85 | 8.90 | 0.00049177 |
| 6.40 | 6.45 | 0.00096930 | | 8.90 | 8.95 | 0.00048531 |
| 6.45 | 6.50 | 0.00095525 | | 8.95 | 9.00 | 0.00047895 |
| 6.50 | 6.55 | 0.00094144 | | 9.00 | 9.05 | 0.00047268 |
| 6.55 | 6.60 | 0.00092787 | | 9.05 | 9.10 | 0.00046650 |
| 6.60 | 6.65 | 0.00091453 | | 9.10 | 9.15 | 0.00046041 |
| 6.65 | 6.70 | 0.00090140 | | 9.15 | 9.20 | 0.00045441 |
| 6.70 | 6.75 | 0.00088851 | | 9.20 | 9.25 | 0.00044850 |
| 6.75 | 6.80 | 0.00087583 | | 9.25 | 9.30 | 0.00044267 |
| 6.80 | 6.85 | 0.00086336 | | 9.30 | 9.35 | 0.00043693 |
| 6.85 | 6.90 | 0.00085110 | | 9.35 | 9.40 | 0.00043126 |
| 6.90 | 6.95 | 0.00083904 | | 9.40 | 9.45 | 0.00042568 |
| 6.95 | 7.00 | 0.00082718 | | 9.45 | 9.50 | 0.00042018 |
| 7.00 | 7.05 | 0.00081551 | | 9.50 | 9.55 | 0.00041476 |
| 7.05 | 7.10 | 0.00080404 | | 9.55 | 9.60 | 0.00040941 |
| 7.10 | 7.15 | 0.00079275 | | 9.60 | 9.65 | 0.00040415 |
| 7.15 | 7.20 | 0.00078164 | | 9.65 | 9.70 | 0.00039895 |
| 7.20 | 7.25 | 0.00077072 | | 9.70 | 9.75 | 0.00039383 |
| 7.25 | 7.30 | 0.00075997 | | 9.75 | 9.80 | 0.00038878 |
| 7.30 | 7.35 | 0.00074938 | | 9.80 | 9.85 | 0.00038381 |
| 7.35 | 7.40 | 0.00073899 | | 9.85 | 9.90 | 0.00037890 |
| 7.40 | 7.45 | 0.00072875 | | 9.90 | 9.95 | 0.00037406 |
| 7.45 | 7.50 | 0.00071867 | | 9.95 | 10.00 | 0.00036929 |
| Índice de siniestralidad | | Índice de siniestralidad | ||||
| De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | | De: | Hasta: | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango |
| 10.0 | 10.1 | 0.00036459 | | 12.50 | 12.55 | 0.00019550 |
| 10.1 | 10.1 | 0.00035995 | | 12.55 | 12.60 | 0.00019314 |
| 10.1 | 10.2 | 0.00035538 | | 12.60 | 12.65 | 0.00019080 |
| 10.2 | 10.2 | 0.00035087 | | 12.65 | 12.70 | 0.00018850 |
| 10.2 | 10.3 | 0.00034642 | | 12.70 | 12.75 | 0.00018623 |
| 10.3 | 10.3 | 0.00034203 | | 12.75 | 12.80 | 0.00018399 |
| 10.3 | 10.4 | 0.00033771 | | 12.80 | 12.85 | 0.00018177 |
| 10.4 | 10.4 | 0.00033345 | | 12.85 | 12.90 | 0.00017958 |
| 10.4 | 10.5 | 0.00032924 | | 12.90 | 12.95 | 0.00017743 |
| 10.5 | 10.5 | 0.00032509 | | 12.95 | 13.00 | 0.00017530 |
| 10.5 | 10.6 | 0.00032100 | | 13.00 | 13.05 | 0.00017319 |
| 10.6 | 10.6 | 0.00031697 | | 13.05 | 13.10 | 0.00017112 |
| 10.6 | 10.7 | 0.00031299 | | 13.10 | 13.15 | 0.00016907 |
| 10.7 | 10.7 | 0.00030906 | | 13.15 | 13.20 | 0.00016704 |
| 10.7 | 10.8 | 0.00030519 | | 13.20 | 13.25 | 0.00016504 |
| 10.8 | 10.8 | 0.00030137 | | 13.25 | 13.30 | 0.00016307 |
| 10.8 | 10.9 | 0.00029760 | | 13.30 | 13.35 | 0.00016112 |
| 10.9 | 10.9 | 0.00029389 | | 13.35 | 13.40 | 0.00015920 |
| 10.9 | 11.0 | 0.00029022 | | 13.40 | 13.45 | 0.00015730 |
| 11.0 | 11.0 | 0.00028661 | | 13.45 | 13.50 | 0.00015543 |
| 11.0 | 11.1 | 0.00028304 | | 13.50 | 13.55 | 0.00015358 |
| 11.1 | 11.1 | 0.00027952 | | 13.55 | 13.60 | 0.00015175 |
| 11.1 | 11.2 | 0.00027605 | | 13.60 | 13.65 | 0.00014994 |
| 11.2 | 11.2 | 0.00027262 | | 13.65 | 13.70 | 0.00014816 |
| 11.2 | 11.3 | 0.00026925 | | 13.70 | 13.75 | 0.00014640 |
| 11.3 | 11.3 | 0.00026591 | | 13.75 | 13.80 | 0.00014467 |
| 11.3 | 11.4 | 0.00026262 | | 13.80 | 13.85 | 0.00014295 |
| 11.4 | 11.4 | 0.00025938 | | 13.85 | 13.90 | 0.00014126 |
| 11.4 | 11.5 | 0.00025618 | | 13.90 | 13.95 | 0.00013958 |
| 11.5 | 11.5 | 0.00025302 | | 13.95 | 14.00 | 0.00013793 |
| 11.5 | 11.6 | 0.00024990 | | 14.00 | 14.05 | 0.00013630 |
| 11.6 | 11.6 | 0.00024682 | | 14.05 | 14.10 | 0.00013469 |
| 11.6 | 11.7 | 0.00024379 | | 14.10 | 14.15 | 0.00013310 |
| 11.7 | 11.7 | 0.00024079 | | 14.15 | 14.20 | 0.00013153 |
| 11.7 | 11.8 | 0.00023784 | | 14.20 | 14.25 | 0.00012998 |
| 11.8 | 11.8 | 0.00023492 | | 14.25 | 14.30 | 0.00012845 |
| 11.8 | 11.9 | 0.00023205 | | 14.30 | 14.35 | 0.00012694 |
| 11.9 | 11.9 | 0.00022921 | | 14.35 | 14.40 | 0.00012544 |
| 11.9 | 12.0 | 0.00022604 | | 14.40 | 14.45 | 0.00012397 |
| 12.0 | 12.0 | 0.00022364 | | 14.45 | 14.50 | 0.00012251 |
| 12.0 | 12.1 | 0.00022091 | | 14.50 | 14.55 | 0.00012107 |
| 12.1 | 12.1 | 0.00021822 | | 14.55 | 14.60 | 0.00011965 |
| 12.1 | 12.2 | 0.00021556 | | 14.60 | 14.65 | 0.00011825 |
| 12.2 | 12.2 | 0.00021293 | | 14.65 | 14.70 | 0.00011686 |
| 12.2 | 12.3 | 0.00021034 | | 14.70 | 14.75 | 0.00011549 |
| 12.3 | 12.3 | 0.00020779 | | 14.75 | 14.80 | 0.00011414 |
| 12.3 | 12.4 | 0.00020527 | | 14.80 | 14.85 | 0.00011280 |
| 12.4 | 12.4 | 0.00020278 | | 14.85 | 14.90 | 0.00011148 |
| 12.4 | 12.5 | 0.00020032 | | 14.90 | 14.95 | 0.00011018 |
| 12.5 | 12.5 | 0.00019789 | | 14.95 | 15.00 | 0.00010890 |
APÉNDICE A2.1.11.4-c
FUNCION DE PROBABILIDAD DEL INDICE DE SINIESTRALIDAD DE LOS SEGUROS DE
AUTOMOVILES
AUTOMOVILES
| Valor del índice | Probabilidad de que el índice tome un valor en el rango | |
| Mayor que | Hasta | |
| 0% | 5% | 0.000000 |
| 5% | 10% | 0.000000 |
| 10% | 15% | 0.000000 |
| 15% | 20% | 0.000000 |
| 20% | 25% | 0.000000 |
| 25% | 30% | 0.000000 |
| 30% | 35% | 0.000000 |
| 35% | 40% | 0.000040 |
| 40% | 45% | 0.001403 |
| 45% | 50% | 0.013196 |
| 50% | 55% | 0.050719 |
| 55% | 60% | 0.106402 |
| 60% | 65% | 0.148810 |
| 65% | 70% | 0.159080 |
| 70% | 75% | 0.142570 |
| 75% | 80% | 0.113870 |
| 80% | 85% | 0.084380 |
| 85% | 90% | 0.059570 |
| 90% | 95% | 0.040750 |
| 95% | 100% | 0.027310 |
| 100% | 105% | 0.018070 |
| 105% | 110% | 0.011850 |
| 110% | 115% | 0.007730 |
| 115% | 120% | 0.005020 |
| 120% | 125% | 0.003260 |
| 125% | 130% | 0.002110 |
| 130% | 135% | 0.001370 |
| 135% | 140% | 0.000880 |
| 140% | 145% | 0.000570 |
| 145% | 150% | 0.000370 |
| 150% | 155% | 0.000240 |
| 155% | 160% | 0.000150 |
| 160% | 165% | 0.000100 |
| 165% | 170% | 0.000060 |
| 170% | 175% | 0.000040 |
| 175% | 180% | 0.000030 |
| 180% | 185% | 0.000020 |
| 185% | 190% | 0.000010 |
| 190% | 195% | 0.000010 |
| 195% | 200% | 0.000010 |
| >200% | | 0.000000 |
Para efectos del cálculo se deberán utilizar como valor del índice de siniestralidad el que corresponda al punto medio de cada uno de los rangos de siniestralidad indicados.
APÉNDICE A2.2.4.2.
FORMA Y TERMINOS EN QUE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DEBERAN INFORMAR A LA COMISIÓN SOBRE LAS RESERVAS TÉCNICAS ESPECÍFICAS
Para los efectos del artículo 389 de la LISF y en atención a lo dispuesto por el artículo 68 fracción X de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, se da a conocer la forma y términos en que las Instituciones y Sociedades Mutualistas, deberán informar a la Comisión sobre la constitución y forma de comprobación de las Reservas Técnicas Específicas.
La información que las Instituciones y Sociedades Mutualistas presenten a la Comisión, sobre el cumplimiento de las órdenes de constitución de las reservas técnicas específicas de cada mes, derivadas de una reclamación ante la CONDUSEF, deberá realizarse vía Internet utilizando el Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE).
El nombre del producto para el cual se deberá crear un nuevo usuario responsable de envío de información en el SEIVE, acorde al manual de usuario del mismo es: RTE.
La nomenclatura del archivo que contenga la información que se envíe por Internet a la Comisión, deberá integrarse de la siguiente forma:
RTEtccccaaaamm.xls
En donde:
RTE= Reservas Técnicas Específicas, identificador constante de la información que se envía (mayúsculas).
t= tipo de la compañía en mayúsculas, H(salud), P(pensiones), S(seguros), G(garantía financiera), V(crédito a la vivienda).
cccc= Clave de la compañía en cuatro posiciones, justificado con ceros a la izquierda.
aaaa= año del período a reportar en cuatro posiciones.
mm=mes del período a reportar en dos posiciones.
.xls= extensión de un archivo de Excel constante (minúsculas).
Por ejemplo, para la compañía de seguros con número 120, para el mes de junio de 2007, la nomenclatura del archivo sería la siguiente:
RTES0120200706.xls
En caso de que la fecha límite para la entrega sea día inhábil, se considerará como fecha límite el día hábil inmediato siguiente.
Asimismo, las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas que no reciban oficios en que les sea ordenada la constitución de alguna reserva técnica específica, deberán enviar el archivo correspondiente sin cifras en el mes de que se trate.
Una vez que las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas hayan realizado el envío de información vía Internet a que se refiere el presente Capítulo, la información será recibida y validada por la Comisión.
En primera instancia, el SEIVE, a través de la Página Web de la Comisión, mostrará en la pantalla el número de transacción con el que se registra dicho envío. En forma simultánea, dicho Sistema notificará vía correo electrónico, la confirmación de la recepción y/o sustitución de la información, mediante un documento electrónico donde se especifica el número de transacción, así como la fecha y la hora de recepción.
Si alguna de las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas no pudiera realizar el envío de la información vía electrónica desde sus instalaciones, la Comisión pondrá a su disposición el equipo necesario para realizar exclusivamente el envío de que se trata. Para tal efecto, el interesado deberá presentarse en la Dirección General de Informática de la Comisión, ubicada en avenida Insurgentes Sur 1971, Torre Norte, Primer Piso, Colonia Guadalupe Inn, 01020 México, D.F., en horario de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas, en días hábiles, con la información preparada para tales efectos.
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán efectuar el asiento contable de constitución y/o cancelación de cada reserva técnica específica, mediante una póliza de diario individual que contenga los siguientes datos:
i. Constitución de Reservas.
a) Número de póliza de diario de constitución de reserva;
b) Fecha de póliza de diario de registro de la constitución;
c) Número de oficio girado por la CONDUSEF que contenga la orden respectiva;
d) Fecha del oficio girado por la CONDUSEF que contenga la orden respectiva;
e) Nombre del asegurado, y
f) Constitución de las reservas técnicas específicas, de conformidad con el catálogo de cuentas que se señala en el Capítulo 12.1 de esta Circular, y
ii. Cancelación de Reservas.
a) Número de póliza de diario de cancelación de reserva;
b) Fecha de póliza de diario de cancelación de reservas;
c) Número de oficio girado por la CONDUSEF con el cual se ordenó su constitución;
d) Fecha del oficio girado por la CONDUSEF que contenga la orden respectiva;
e) Nombre del asegurado, y
f) Cancelación de las reservas técnicas específicas, de conformidad con el catálogo de cuentas a que se refiere el Capítulo 12.1 de esta Circular.
Las pólizas de diario con todos los datos indicados deberán mantenerse disponibles en las oficinas de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, para el caso de que la Comisión requiera la información y comprobación correspondientes.
2) De acuerdo con el presente Capítulo, las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas podrán hacerse acreedoras a una o más de las sanciones establecidas en la LISF por los siguientes motivos:
i. Por falta de presentación de la información a que se refiere el presente Capítulo dentro de los plazos establecidos para tales efectos, o por la presentación extemporánea de la citada información;
ii. Por la presentación de la información incorrecta, incompleta y/o inadecuada, y que dé lugar a su sustitución, y
iii. Cuando la información enviada no cumpla con las validaciones que la Comisión realice y que dé lugar a su sustitución.
APÉNDICE A2.3.1.13
TASAS EFECTIVAS PARA EL CÁLCULO DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DE LA RESERVA
PARA RIESGOS CATASTRÓFICOS
PARA RIESGOS CATASTRÓFICOS
| MES | CETES 28 DIAS | LIBOR 30 DIAS |
| ENERO | 0.3394 | 0.0174 |
| FEBRERO | 0.3426 | 0.0154 |
| MARZO | 0.3258 | 0.0173 |
| ABRIL | 0.3129 | 0.0164 |
| MAYO | 0.3048 | 0.0167 |
| JUNIO | 0.3097 | 0.0159 |
| JULIO | 0.3153 | 0.0162 |
| AGOSTO | 0.3145 | 0.0156 |
| SEPTIEMBRE | 0.2984 | 0.0148 |
| OCTUBRE | 0.2782 | 0.0146 |
| NOVIEMBRE | 0.2782 | 0.0138 |
| DICIEMBRE | 0.2701 | 0.0142 |
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