Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/15/2015, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL PERÍODO DE EXCLUSIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, CON RESIDENCIA EN MATAMOROS.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones IV, VI y XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de Distrito, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos de los artículos 41 y 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, publicado el veintidós de noviembre de dos mil trece en el Diario Oficial de la Federación;
TERCERO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de nueve de julio de dos mil catorce, aprobó el Acuerdo General 21/2014 del propio Pleno, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de agosto de dos mil catorce.
En dicho acuerdo, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, determinó que el nuevo órgano jurisdiccional iniciara funciones el uno de septiembre de dos mil catorce, asimismo, se acordó un periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprendió del uno al treinta de septiembre de dos mil catorce. Lo anterior, con el objetivo de nivelar las cargas de trabajo entre los juzgados de Distrito de mérito;
CUARTO. El punto CUARTO del referido Acuerdo General 21/2014, facultó a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos para concluir de manera anticipada o prorrogar el plazo de exclusión de turno de nuevos asuntos de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros.
QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos mediante el Acuerdo CCNO/8/2015 de la propia Comisión, publicado en el citado periódico oficial el dieciséis de abril de dos mil quince, concedió un nuevo período de exclusión temporal del turno de asuntos a los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, que comprendió del dieciséis de abril al quince de mayo del año en curso.
Del análisis de los resultados estadísticos proporcionados por los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado Tamaulipas, con residencia en Matamoros, respecto de los diferentes tipos de asuntos ingresados en el mencionado período en que fueron excluidos de turno los Juzgados Primero y Segundo de la especialidad y sede de referencia, se considera necesario otorgar un nuevo periodo de exclusión tendente a nivelar las cargas de trabajo entre los referidos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión
de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos, en días y horas hábiles, a los Juzgados Primero y Segundo de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros.
SEGUNDO. El periodo de exclusión del turno para los juzgados de Distrito antes citados, comprenderá del uno de agosto al quince de septiembre de dos mil quince; por lo tanto, todos los asuntos nuevos que se presenten dentro del referido período, en la mencionada oficina de correspondencia común que les presta servicio, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos al Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros.
En el periodo indicado continuará la aplicación de las reglas de turno relacionado fijadas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.
Durante el lapso de exclusión de turno no se modifica el calendario de guardias de turno en días y horas inhábiles de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, regulado en el punto SEXTO del Acuerdo General 21/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. Transcurrido el plazo señalado del período de exclusión de turno a que se refiere en punto anterior, los asuntos nuevos se distribuirán entre todos los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, conforme al sistema computarizado utilizado para tales efectos.
CUARTO. Al finalizar el periodo de exclusión de turno a que se refiere el presente acuerdo y dentro de los cuatro días hábiles siguientes, los titulares de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos, y a la Dirección General de Estadística Judicial sobre la productividad obtenida.
El informe a que se refiere el párrafo anterior, deberá contener las columnas relativas a la existencia de asuntos al inicio del período respecto de las causas penales y comunicaciones oficiales recibidas y libradas, ingresos, egresos y la existencia final; así como, el desglose de los ingresos de conformidad con los siguientes rubros:
· Tipo de asunto
· Tipo de delito
· Número de tomos del expediente y fojas útiles de cada uno.
QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal resolverá las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, fijará avisos en lugar visible, con relación a la medida materia del presente acuerdo.
EL MAGISTRADO JORGE ANTONIO CRUZ RAMOS, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/15/2015, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al período de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Matamoros, fue aprobado por la
propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el trece de julio de dos mil quince, por los señores Consejeros: Presidente Felipe Borrego Estrada, Alfonso Pérez Daza y Martha María del Carmen Hernández Álvarez.- México, Distrito Federal, a trece de julio de dos mil quince.- Conste.- Rúbrica.
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