DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Circular Modificatoria 17/15 de la Única de Seguros y Fianzas

Martes 01 de Diciembre 2015
CIRCULAR Modificatoria 17/15 de la Única de Seguros y Fianzas
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR MODIFICATORIA 17/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexo 13.2.1.)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 195, en concordancia con el artículo 344, ambos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, así como las instituciones de fianzas, sólo podrán cerrar sus puertas y suspender sus operaciones en los días que al efecto autorice anualmente la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, considerándose tales días como inhábiles para los efectos de las operaciones que dichas instituciones y sociedades están facultadas a practicar en los términos de sus autorizaciones respectivas.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto modificar la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 17/15 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexo 13.2.1.)
ÚNICA.- Se modifica el Anexo 13.2.1. de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., 23 de noviembre de 2015.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica.
ANEXO 13.2.1.
DÍAS EN QUE PODRÁN CERRAR Y SUSPENDER OPERACIONES LAS INSTITUCIONES Y SOCIEDADES
MUTUALISTAS
Días correspondientes al año 2016.
Mes
Día
 
Enero
1 °
 
Febrero
1 °
en conmemoración del 5 de febrero
Marzo
21
 
Marzo
24
 
Marzo
25
 
Mayo
5
 
Septiembre
16
 
Noviembre
21
en conmemoración del 20 de noviembre
 
 
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