Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 9 Y 10 DEL ACUERDO GENERAL 36/2014, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULA LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL; Y QUE REFORMA Y ADICIONA DISPOSICIONES DE DIVERSOS ACUERDOS GENERALES, EN MATERIA DE NOMBRAMIENTOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A LOS CENTROS DE JUSTICIA PENAL FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación de treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal está facultado para emitir las disposiciones generales necesarias que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones.
TERCERO.- El artículo 97, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece como atribución de los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito nombrar y remover a los respectivos funcionarios y empleados de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, conforme a lo que establezca la ley respecto de la carrera judicial.
La responsabilidad del ejercicio de mando y supervisión que deben realizar los Juzgadores sobre el personal que los apoya conlleva la facultad conforme a lo dispuesto por el artículo 97, tercer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de designar a su personal, por lo que es necesario adecuar las disposiciones relativas al nombramiento del personal de los Centros de Justicia Penal Federal de conformidad con el lineamiento constitucional para precisar la facultad de los Jueces de Distrito Especializados en el Sistema Penal Acusatorio para designar mediante el nombramiento correspondiente al personal bajo su mando y supervisión, así como del resto del personal de apoyo del Centro de Justicia Penal Federal.
Con fundamento en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 9 y 10, del Acuerdo General 36/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal; y que reforma y adiciona disposiciones de diversos acuerdos generales, para quedar como sigue:
"Artículo 9. El personal de confianza de la Administración del Centro será seleccionado mediante los cursos de capacitación que al efecto imparta el Instituto de la Judicatura, conforme a las bases que defina el Pleno.
Al concluir el curso, el Instituto de la Judicatura comunicará a los jueces de Distrito la lista de resultados aprobatorios, por cada categoría, dentro del curso impartido.
Cada juez de Distrito será el responsable del nombramiento del asistente correspondiente, con funciones de despacho judicial o constancias y registro según sea el caso, el cual se otorgará a quien hubiere aprobado
el curso respectivo y estará a su disposición con independencia de que posteriormente asuma funciones de administrador, control o enjuiciamiento.
Los nombramientos serán expedidos por el juez en funciones de administrador.
Artículo 10. Los juzgadores autorizarán la expedición del nombramiento de los demás servidores públicos que estén adscritos al Centro, incluyendo las plazas vacantes y temporales, en su caso, mediante consenso mayoritario.
En caso de empate, el juez en funciones de administrador contará con voto de calidad."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma los artículos 9 y 10 del Acuerdo General 36/2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Centros de Justicia Penal Federal; y que reforma y adiciona disposiciones de diversos acuerdos generales, en materia de nombramientos de los servidores públicos adscritos a los Centros de Justicia Penal Federal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de uno de marzo de dos mil diecisiete, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Jorge Antonio Cruz Ramos, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a diez de abril de dos mil diecisiete.- Conste.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |