DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia publica la asignación de los recursos y distribución de la población objetivo en el ámbito estatal, de los Programas de Atención a Personas con Discapacidad, de Atención a la Infancia y Adolescencia y el de Atención a Familias y Población Vulnerable, considerados como transferencias previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007   

Miércoles 28 de Febrero 2007

ACUERDO por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia publica la asignación de los recursos y distribución de la población objetivo en el ámbito estatal, de los Programas de Atención a Personas con Discapacidad, de Atención a la Infancia y Adolescencia y el de Atención a Familias y Población Vulnerable, considerados como transferencias previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007.

Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).

  En cumplimiento a lo dispuesto en la Fracción III del articulo 25 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007, con base en los artículos 1o., 2o. y 11 de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

  Que la asignación de los recursos tiene por fin alcanzar los objetivos y metas contenidos en los programas autorizados, bajo responsabilidad del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por medio de la identificación específica de la población beneficiaria, y

  Que los recursos federales del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2007, son considerados como transferencias federales y, por tanto, sujetos a criterios de selectividad, objetividad, transparencia, temporalidad y publicidad, identificando a la población beneficiaria por grupo específico y asegurando la coordinación de acciones con otras áreas para evitar duplicidad en el ejercicio de los recursos, así como incorporando procesos periódicos de seguimiento y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación y de esta manera, garantizar la obtención de información y evaluación de los beneficios económicos y sociales de su asignación, y asegurar que dichas transferencias se apliquen efectivamente para alcanzar los objetivos y metas contenidos en los programas autorizados, así como los sectores o población objetivo.

  Que el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2007, en su artículo 25 fracción III, establece que durante el primer bimestre del ejercicio fiscal deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, el monto asignado y la distribución de la población objetivo de cada programa social por entidad federativa; se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, PUBLICA LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS Y DISTRIBUCION DE LA POBLACION OBJETIVO EN EL AMBITO ESTATAL, DE LOS PROGRAMAS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DE ATENCION A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y EL DE ATENCION A FAMILIAS Y POBLACION VULNERABLE, CONSIDERADOS COMO TRANSFERENCIAS PREVISTAS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2007

  ARTICULO 1. El presupuesto asignado para el Programa de Atención a Personas con Discapacidad es de 388.5 millones de pesos.

  ARTICULO 2. La población objetivo del Programa de Atención a Personas con Discapacidad asciende a un total de 173,068 personas, cuya distribución y presupuesto por entidad federativa es la siguiente:

ENTIDAD FEDERATIVA PERSONAS PRESUPUESTO
BAJA CALIFORNIA 3,117 3,478,005
BAJA CALIFORNIA SUR 2,881 5,783,019
CAMPECHE 2,821 8,312,810
COAHUILA 10,389 10,308,501
COLIMA 11,321 3,703,159
CHIHUAHUA 6,681 7,188,764
DURANGO 7,919 8,075,493 
GUANAJUATO 4,832 1,200,000
GUERRERO 3,259 3,627,729
JALISCO 6,499 5,626,001
ESTADO DE MEXICO 6,084 10,877,150
MICHOACAN 8,142 5,031,603
MORELOS 4,654 8,907,825
NAYARIT 10,115 7,195,519
NUEVO LEON 13,701 7,824,754
OAXACA 5,714 6,711,821
PUEBLA 9,612 11,030,031
QUERETARO 11,797 3,734,379
QUINTANA ROO 1,601 4,340,259 
SAN LUIS POTOSI 4,338 6,493,085
SONORA 10,777 3,844,125
TABASCO 5,016 3,812,133
TAMAULIPAS 4,645 5,017,675
VERACRUZ 7,533 4,381,326
YUCATAN 2,842 7,527,719
ZACATECAS 6,778 5,160,193
TOTAL 173,068 159,193,078

  La asignación de 159.2 millones de pesos en las entidades federativas, no considera el presupuesto de los Centros Modelo de Atención en el Distrito Federal, así como el presupuesto que se canaliza a la orientación, evaluación, seguimiento de los programas y políticas de rectoría y promoción de la atención a la discapacidad en el país, el cual asciende a 229.3 millones de pesos.

  ARTICULO 3. El presupuesto asignado para los Programas de Atención a la Infancia y Adolescencia es de 81.6 millones de pesos.

  ARTICULO 4. La población objetivo de los Programas de Atención a la Infancia y Adolescencia asciende a un total de 6,026,399 personas, cuya distribución y presupuesto por entidad federativa es la siguiente:

ENTIDAD FEDERATIVA PERSONAS PRESUPUESTO
AGUASCALIENTES 87,908 409,540
BAJA CALIFORNIA 36,121 3,367,245
BAJA CALIFORNIA SUR 26,803 467,810
CAMPECHE 56,675 787,610
COAHUILA 433,590 991,374
COLIMA 66,599 963,000
CHIAPAS 184,678 929,674
CHIHUAHUA 418,226 2,443,773
DURANGO 33,719 527,660
GUANAJUATO 78,505 2,488,192
GUERRERO 9,708 923,235
HIDALGO 211,587 502,805
JALISCO 336,090 3,549,647
MEXICO 1,513,858 4,956,831
MICHOACAN 233,009 544,534
MORELOS 119,372 644,849
NAYARIT 18,270 489,130
NUEVO LEON 75,477 3,858,622
OAXACA 29,302 758,836
PUEBLA 428,905 2,669,408
QUERETARO 16,361 469,777
QUINTANA ROO 37,724 1,062,410
SAN LUIS POTOSI 142,807 579,100
SINALOA 155,061 552,796
SONORA 71,704 928,133
TABASCO 192,799 849,800
TAMAULIPAS 105,113 673,594
TLAXCALA 546,083 645,460
VERACRUZ 197,428 1,082,255
YUCATAN 61,238 859,540
ZACATECAS 101,679 471,600
TOTAL 6,026,399 40,448,240

  La asignación de 40.4 millones de pesos en las entidades federativas, no considera el presupuesto de los Centros Modelo de Atención en el Distrito Federal, así como el presupuesto que se canaliza a la orientación, evaluación, seguimiento de los programas y políticas de rectoría y promoción de la atención de la población vulnerable en el país, el cual asciende a 41.2 millones de pesos.

  ARTICULO 5. El presupuesto asignado para los Programas de Atención a la Familia y Población Vulnerable es de 545.9 millones de pesos.

  ARTICULO. La población objetivo de los Programas de Atención a Familias y Población Vulnerable asciende a un total de 213,444 personas, cuya distribución y presupuesto por entidad federativa es la siguiente:

ENTIDAD FEDERATIVA PERSONAS PRESUPUESTO
AGUASCALIENTES 5,625 5,625,109
BAJA CALIFORNIA 18,044 600,000
BAJA CALIFORNIA SUR 800 278,000
CAMPECHE 1,404 453,000
COAHUILA 1,039 660,000
COLIMA 1,790 530,000
CHIAPAS 34,882 630,000
CHIHUAHUA 11,021 500,000
DURANGO 7,595 483,000
GUANAJUATO 10,277 4,024,188
GUERRERO 7,983 4,499,121
HIDALGO 654 453,000
JALISCO 3,350 660,000
MEXICO 629 234,370
MICHOACAN 13,177 660,000
MORELOS 767 18,238,769
NAYARIT 4,890 4,578,225
NUEVO LEON 7,564 660,000
OAXACA 4,165 14,174,112
PUEBLA 578 219,371
QUINTANA ROO 5,794 4,799,212
SAN LUIS POTOSI 937 249,000
SINALOA 13,340 4,468,608
SONORA 4,014 500,000
TABASCO 14,760 600,000
TAMAULIPAS 20,363 500,000
TLAXCALA 1,171 453,000
VERACRUZ 8,177 3,861,426
YUCATAN 1,076 453,262
ZACATECAS 7,578 483,000
TOTAL 213,444 74,527,773

  La asignación de 74.5 millones de pesos en las entidades federativas, no considera el presupuesto de los Centros Modelo de Atención en el Distrito Federal, así como el presupuesto que se canaliza a la orientación, evaluación, seguimiento de los programas y políticas de rectoría y promoción de la atención de la población vulnerable en el país, el cual asciende a 471.4 millones de pesos.

  ARTICULO 5. Las metas y la distribución presupuestal son indicativas, toda vez que tanto los Programas de Atención a Personas con Discapacidad, el de Atención a la Infancia y Adolescencia y el de Atención a Familias y Población Vulnerable, se desarrollan a partir de la demanda de servicios por parte de la población objetivo, por lo que podrá haber reasignaciones entre entidades federativas, de conformidad al comportamiento en la demanda de servicios que se presente en cada uno de los programas.

TRANSITORIO

  UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil siete.- La Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.

  (R.- 244586)


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