ACUERDO de Administración G/1/2007 del veintisiete de febrero del dos mil siete, del Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por el que se determinan las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el ejercicio fiscal 2007.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
ACUERDO DE ADMINISTRACION G/1/2007 DEL VEINTISIETE DE FEBRERO DEL DOS MIL SIETE, DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, POR EL QUE SE DETERMINAN LAS MEDIDAS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que con fecha 28 de diciembre del 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007.
SEGUNDO. Que en el anexo 1 Gasto neto total, inciso B) ramos administrativos, se desprende que el presupuesto aprobado para el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa asciende a la cantidad de $1,031,780,128.
TERCERO. Que el artículo 1o. de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa establece que este Organo Colegiado es un tribunal administrativo dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, con la organización y atribuciones que esta Ley establece.
CUARTO. Que el artículo 1o., segundo párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa establece como atribución del Tribunal el elaborar el proyecto de presupuesto, y enviarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su incorporación, en los términos de los criterios generales de política económica, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y una vez aprobado su presupuesto, el Tribunal lo ejercerá directamente.
QUINTO. Que el artículo 26, fracciones XVII y XXII de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, establece que el Presidente tiene las facultades para dictar las medidas que exijan el funcionamiento y la disciplina del Tribunal y las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto.
SEXTO. Que el artículo 15, cuarto párrafo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, dispone que los Poderes Legislativo y Judicial, así como los entes autónomos, deberán implantar medidas, en lo conducente, equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro.
SEPTIMO. Que el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que los ejecutores del gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos.
De conformidad con los considerandos expresados, el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Objetivo.
El titular de la Oficialía Mayor con la revisión de la Contraloría de este Tribunal, será el responsable en el ejercicio del presupuesto que le corresponde ejecutar para el ejercicio fiscal del año dos mil siete, así como llevar el control eficaz y seguimiento de las operaciones financieras y presupuestales, aplicando las normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal contenidas en el presente Acuerdo.
SEGUNDO. Servicios personales.
1. Las contrataciones de servidores públicos se sujetarán estrictamente a las plazas autorizadas.
2. Las jornadas de tiempo extraordinario se reducirán al mínimo indispensable, su autorización dependerá de la disponibilidad presupuestaria.
TERCERO. Seguros.
Se revisarán las condiciones de las pólizas de los seguros, a efecto de abatir su costo.
CUARTO. Materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles e inmuebles y obra pública.
Se promoverá la contratación consolidada de materiales y suministros, mobiliario y demás bienes, así como servicios, incluyendo telecomunicaciones. El programa de obras y remodelaciones se ajustará a lo indispensable.
QUINTO. Capacitación.
Se ajustarán las políticas para el otorgamiento de cursos de capacitación, a efecto de que únicamente se destinen las relacionadas con el ejercicio de las funciones de este Organo Colegiado.
SEXTO. Edificios y locales.
Se llevará a cabo la optimización y aprovechamiento de los espacios de los inmuebles de este Tribunal, para evitar el arrendamiento de otros, salvo que sea estrictamente necesario y deberá estar plenamente justificado.
SEPTIMO. Mobiliario y equipo de administración.
Se programará la rehabilitación de mobiliario en desuso para cubrir las necesidades de las unidades administrativas que lo requieran, evitando, en lo posible, nuevas adquisiciones, en cuyo caso, con base en el programa de adquisición de mobiliario, se buscará negociar los mejores precios de adquisición.
OCTAVO. Vehículos.
1. Se optimizará el uso del parque vehicular destinado a servicios administrativos, así como su mantenimiento preventivo y correctivo.
2. El reemplazo de vehículos sólo podrá realizarse:
a) Cuando los existentes se encuentren siniestrados y la compañía aseguradora haya cubierto la indemnización por ello.
b) Cuando el costo de mantenimiento sea superior al 30% del valor del bien; y,
c) Cuando los vehículos tengan una antigüedad mínima de cinco años.
NOVENO. Uso de telefonía celular y radiolocalización.
Se observará lo establecido en los lineamientos internos del Tribunal.
DECIMO. Gastos de orden social.
Las erogaciones que se efectúen por concepto de gastos por congresos, conferencias, seminarios de trabajo y demás eventos de naturaleza similar, deberán reducirse atendiendo a su grado de vinculación con las funciones sustantivas de este Tribunal.
DECIMO PRIMERO. Viáticos y pasajes nacionales e internacionales.
Los pasajes nacionales e internacionales para servidores públicos en el desempeño de sus comisiones y funciones oficiales, así como viáticos nacionales, se reducirán al mínimo indispensable.
DECIMO SEGUNDO. Servicio de fotocopiado.
Se restringirá al mínimo indispensable este servicio y se realizará un mayor control del uso de las fotocopiadoras.
DECIMO TERCERO. Servicio de telefonía básica.
Se establecerán medidas que coadyuven a la disminución del gasto en el consumo del servicio telefónico.
DECIMO CUARTO. Servicio de energía eléctrica y agua potable.
Se buscarán mecanismos para reducir el consumo de energía eléctrica y agua potable.
DECIMO QUINTO. Materiales y útiles de oficina.
Se establecerán medidas para optimizar el uso de materiales de oficina y consumibles de equipos informáticos.
DECIMO SEXTO. Materiales y útiles para el proceso en equipos y bienes informáticos.
Se verificarán las necesidades reales del personal que requiere equipos y bienes informáticos, a efecto de racionalizar las adquisiciones de los mismos.
DECIMO SEPTIMO. Meta de ahorro.
La reducción del 10 por ciento al presupuesto del Tribunal, respecto al ejercicio 2006, no permite establecer metas de ahorro previsibles.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Quedan sin efecto las disposiciones internas que se opongan al presente Acuerdo, durante la vigencia del mismo.
Así lo acordó y firma el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Magistrado Luis Malpica y de Lamadrid, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil siete.- El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Luis Malpica y de Lamadrid.- Rúbrica.
(R.- 244801)
(Cuarta Sección-Vespertina) DIARIO OFICIAL Miércoles 28 de febrero de 2007
Miércoles 28 de febrero de 2007 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección-Vespertina)
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