DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, publicadas el 29 de diciembre de 2008

Viernes 13 de Febrero 2009
NOTA Aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, publicadas el 29 de diciembre de 2008
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
"NOTA ACLARATORIA DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS", PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 29 DE DICIEMBRE DE 2008.
1.- En el artículo 9, numeral 1,
Dice:
ARTICULO 9. El PROGRAMA tiene dos componentes:
1.    Joven Emprendedor Rural: Este componente tiene por dos Etapas
Debe decir:
1.    Joven Emprendedor Rural: Este componente tiene dos Etapas
2.- En la fracción XIV, del artículo 25,
Dice:
ARTICULO 25. Son facultades y obligaciones del CONSEJO DIRECTIVO:
XIV. Interpretar todo lo relacionado con las presentes REGLAS, resolviendo cuestiones sobre asuntos no previstos.
Debe decir:
XIII.   Interpretar todo lo relacionado con las presentes REGLAS, resolviendo cuestiones sobre asuntos no previstos.
3.- ARTICULO 49. Se suprime.
4.- Dice:
ARTICULO 50.
Debe decir:
ARTICULO 49.
5.- El artículo quinto transitorio,
Dice:
TRANSITORIOS
QUINTO. Dentro del primer mes calendario posteriores a la publicación de estas REGLAS la UNIDAD RESPONSABLE del PROGRAMA deberá emitir el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS al que alude el presente instrumento.
Debe decir:
QUINTO. Dentro del primer mes calendario posterior....
Aclaraciones que se hacen para los efectos legales a que haya lugar.
 
Se firma el presente documento, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los trece días del mes de enero de dos mil nueve; con fundamento en el artículo 15 fracciones I y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, la Directora General de Política y Planeación Agraria, Lorena Esperanza Oropeza Muñoz.- Rúbrica.
 

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