Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.
ACUERDO GENERAL 19/2010, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 20/2009, QUE CREA EL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGION, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO LOS ORGANOS JURISDICCIONALES QUE LO INTEGRARAN.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, así como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando así la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracciones V y VI, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número y límites territoriales de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana;
QUINTO. La dinámica social que implica el crecimiento de la población, el desarrollo económico del país y la promulgación de nuevos ordenamientos legales o la reforma de éstos como generadores de una demanda creciente de impartición de justicia pronta y expedita, propicia el aumento en las cargas de trabajo que afrontan la mayoría de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, situación que trae aparejada la necesidad de contar con órganos jurisdiccionales suficientes para abreviar el tiempo en el dictado de las resoluciones, y con ello, cumplir con el imperativo consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal;
SEXTO. Derivado del análisis de los informes y reportes estadísticos de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, proporcionados por la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial, es posible advertir un desequilibrio en las cargas de trabajo en diversos Circuitos y Distritos Judiciales Federales;
SEPTIMO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente reformar el Acuerdo General 20/2009, mediante el cual se creó el Centro Auxiliar de la Primera Región, para instalar el Tercer y Cuarto Tribunales Colegiados de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal; así como el Quinto y Sexto Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados Sexto y Séptimo de Distrito Auxiliares, con residencia en Cuernavaca, Morelos, los cuales, administrativamente, formarán parte de la Primera Región, todos ellos tendrán competencia mixta y jurisdicción en toda la República, y apoyarán en la resolución de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito en funciones en el territorio de la República Mexicana;
OCTAVO. En atención al objetivo específico que tendrán el Tercer, Cuarto, Quinto y Sexto Tribunales Colegiados de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, los dos primeros con residencia en el Distrito Federal y los dos últimos, en Cuernavaca, Morelos, podrán recibir de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aquellos asuntos a que se refiere el artículo 11, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación al Acuerdo General 5/2001 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de junio de dos mil uno;
NOVENO. A fin de facilitar a los justiciables, el seguimiento de la situación que guardan sus expedientes, un extracto con carácter informativo de la lista diaria de acuerdos de los órganos jurisdiccionales a los que se determine su apoyo por parte del Tercer, Cuarto, Quinto y Sexto Tribunales Colegiados de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, los dos primeros con residencia en el Distrito Federal y los dos últimos, en Cuernavaca, Morelos, así como los Juzgados Sexto y Séptimo de Distrito de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos, se podrá consultar en la página de Internet de la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial del Consejo de la Judicatura Federal en la dirección: http://www.dgepj.cjf.gob.mx;
DECIMO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de siete de julio de dos mil diez, aprobó el dictamen relativo a la creación de dos tribunales colegiados de Circuito en el Centro Auxiliar de la Primera Región, con jurisdicción en toda la República y competencia mixta, con residencia en el Distrito Federal; así como al establecimiento de dos tribunales colegiados de Circuito y dos juzgados de Distrito auxiliares, también con jurisdicción en toda la República y competencia mixta, con residencia en Cuernavaca, Morelos, los cuales, administrativamente, formarán parte de la Primera Región.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
UNICO. Se reforma el título del Acuerdo General 20/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para decir: QUE CREA EL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGION, ASI COMO LOS ORGANOS JURISDICCIONALES QUE LO INTEGRARAN.
Asimismo, se reforma en sus puntos primero, tercero, cuarto, quinto y decimoprimero para quedar como sigue:
"PRIMERO. CONFORMACION, COMPETENCIA Y DENOMINACION. Se crea el Centro Auxiliar de la Primera Región, conformado por cuatro tribunales colegiados de Circuito auxiliares y cinco juzgados de Distrito auxiliares, con residencia en el Distrito Federal y dos tribunales colegiados de Circuito auxiliares y dos juzgados de Distrito auxiliares, con residencia en Cuernavaca, Morelos, los cuales tendrán jurisdicción en toda la República y competencia mixta, para apoyar en el dictado de sentencias, su denominación será la siguiente:
Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito Auxiliares, creados mediante Acuerdos Generales 18/2007 y 34/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, cambiarán su denominación a Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal, respectivamente, y los restantes se nombrarán:
Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Juzgado Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos.
Juzgado Séptimo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca,
Morelos.
Los tribunales colegiados se denominarán:
Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal.
Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos.
Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos.
TERCERO. LIBROS DE GOBIERNO. Los órganos jurisdiccionales Auxiliares que formarán parte del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal y en Cuernavaca, Morelos, como mecanismo de control de los asuntos de sus respectivas competencias y como auxiliar en la supervisión de estos, contarán con libros electrónicos de registro que se les implementará en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), que tiene a su cargo la Dirección General de Estadística y Planeación Judicial.
CUARTO. OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMUN. El Centro Auxiliar de la Primera Región contará con dos Oficinas de Correspondencia Común, las cuales se denominarán: Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal, y Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos, las cuales se integrarán con tres plazas cada una.
QUINTO. FUNCIONAMIENTO. La Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante los dictámenes que elaborará la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, determinará los juzgados de Distrito y tribunales de Circuito que recibirán el apoyo en el dictado de sentencias por el Centro Auxiliar de la Primera Región. Asimismo, la Comisión determinará el tiempo, número y cualidad de los asuntos que se enviarán a los órganos jurisdiccionales auxiliares, lo cual se dará a conocer por medio de Acuerdos de la propia Comisión.
Los órganos jurisdiccionales auxiliares funcionarán de la siguiente manera:
1. El órgano jurisdiccional auxiliado enviará por conducto de su oficina de correspondencia común o su oficialía de partes, si carece de la primera, los asuntos con todos sus anexos que haya determinado la Comisión de Creación de Nuevos Organos, la cual a su vez los remitirá a la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal o a la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos, según corresponda.
2. ...
3. La Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito Federal y la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos, mediante el sistema computarizado que se instale para tales efectos, registrarán y distribuirán los asuntos de forma proporcional sin importar la materia, entre los órganos jurisdiccionales auxiliares indicados por la Comisión de Creación de Nuevos Organos. Lo
anterior, a fin de mantener el equilibrio en las cargas de trabajo en el referido Centro.
...
DECIMOPRIMERO. DEL ACUERDO GENERAL 57/2006. Se reforma el Acuerdo General 57/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de veintitrés de agosto de dos mil seis, en el punto QUINTO, para quedar como sigue:
"QUINTO.- Se contará con:
1. El Centro Auxiliar de la Primera Región, el cual se integrará por siete juzgados de Distrito Auxiliares y seis tribunales colegiados Auxiliares; los Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto de Distrito Auxiliares tendrán su residencia en el Distrito Federal; los Juzgados Sexto y Séptimo de Distrito Auxiliares, en Cuernavaca, Morelos; el Primer, Segundo, Tercero y Cuarto Tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares tendrán su residencia en el Distrito Federal, en tanto que el Quinto y Sexto Tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares, la tendrán en Cuernavaca, Morelos.
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General 20/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Crea el Centro Auxiliar de la Primera Región, con Residencia en el Distrito Federal, así como los Organos Jurisdiccionales que lo Integrarán; así como al Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales de los Circuitos en que se Divide la República Mexicana; y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito, respectivamente.
MARIA DOLORES OMAÑA RAMIREZ, SECRETARIA EJECUTIVA DEL PLENO Y DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 19/2010, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reforma el Diverso Acuerdo General 20/2009, que Crea el Centro Auxiliar de la Primera Región, con Residencia en el Distrito Federal, así como los Organos Jurisdiccionales que lo Integrarán, fue aprobado por el Pleno del Propio Consejo, en sesión ordinaria de siete de julio de dos mil diez, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a doce de agosto de dos mil diez.- Conste.- Rúbrica.
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