DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 27/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transformación del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, a Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, así como a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento, a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Circuito y residencia indicados

Lunes 13 de Julio 2009
ACUERDO General 27/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transformación del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, a Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circ
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 27/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA TRANSFORMACION DEL TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, A TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO, ASI COMO A LA DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO, A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CIRCUITO Y RESIDENCIA INDICADOS.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 81, fracciones IV, V y XXIV, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los tribunales colegiados, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre de dos mil seis;
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mediante Acuerdo General 14/2008, ordenó el inicio de funciones del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, a partir del dieciséis de abril de dos mil ocho;
QUINTO. A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de diecisiete de junio de dos mil nueve, aprobó la transformación del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, en Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, en la residencia indicada;
SEXTO. De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad se cuenta con la infraestructura física para la trasformación de dicho tribunal colegiado, lo cual hace necesario determinar los aspectos inherentes al inicio de su funcionamiento.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. El Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, se trasformará en Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito.
El órgano jurisdiccional que se transforma se denominará Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, y tendrá igual
competencia y jurisdicción territorial que los tribunales colegiados de la materia y Circuito que actualmente funcionan en esa residencia.
SEGUNDO. El Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, concluirá funciones el treinta y uno de julio de dos mil nueve, por lo que todos los asuntos con los que cuente este tribunal provenientes de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Segundo Circuito, en la residencia indicada, los resolverá y devolverá.
El ahora Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, iniciará funciones el primero de agosto de dos mil nueve, con la plantilla autorizada a ese órgano jurisdiccional.
Su domicilio será el ubicado en boulevard Toluca 4, colonia Industrial Naucalpan, código postal 53370, Naucalpan de Juárez, Estado de México.
TERCERO. Los actuales tribunales colegiados en materia administrativa del Segundo Circuito, conservarán la denominación, competencia, sede y jurisdicción territorial que tienen asignadas.
CUARTO. En términos de la fracción III del artículo 57 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre de dos mil seis, la Comisión de Creación de Nuevos Organos, queda facultada para dictar las medidas correspondientes a la incorporación al turno de asuntos al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México.
La Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, comunicará a los Presidentes de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Segundo Circuito, la fecha de inicio así como las medidas ordenadas en el párrafo anterior.
Desde la fecha señalada en el segundo párrafo del punto segundo precedente, la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Segundo Circuito, lo será también del nuevo órgano jurisdiccional.
QUINTO. El ahora Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, utilizará libros de gobierno nuevos, en los que se registrarán los expedientes que reciba con motivo de su inicio de funciones.
SEXTO. Se modifica el Acuerdo General 57/2006, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de veintitrés de agosto de dos mil seis, en el punto SEGUNDO, apartado II.- SEGUNDO CIRCUITO, número 1, para quedar como sigue:
"SEGUNDO.- ...
II.- SEGUNDO CIRCUITO:
1.- Trece tribunales colegiados especializados: cuatro en materia penal, cuatro en materia civil y uno en materia de trabajo, con residencia en Toluca y cuatro tribunales colegiados en materia administrativa, con residencia en Naucalpan de Juárez.
..."
SEPTIMO. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Organos y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán cualquier cuestión administrativa que pudiera suscitarse con motivo de la aplicación del presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.- CERTIFICA: Que este Acuerdo General 27/2009, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, Relativo a la Transformación del Tribunal Colegiado Auxiliar, con Residencia en
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, así como a la Denominación, Residencia, Competencia, Jurisdicción Territorial, Domicilio y Fecha de Inicio de Funcionamiento, a las Reglas de Turno, Sistema de Recepción y Distribución de Asuntos entre los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Circuito y Residencia Indicados, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de diecisiete de junio de dos mil nueve, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Juan Carlos Cruz Razo, María Teresa Herrera Tello, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a tres de julio de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.