DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/5/2009 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México

Viernes 17 de Julio 2009
ACUERDO CCNO/5/2009 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materia Administrativa del Segundo Circuit
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/5/2009, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSION DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de diecisiete de junio de dos mil nueve, aprobó el Acuerdo General 27/2009, relativo a la transformación del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, a un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, en dicho acuerdo se dispuso que la Comisión de Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, quedaba facultada para dictar las medidas correspondientes a la incorporación al turno de asuntos del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se otorga un periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México.
El periodo de exclusión para los tribunales colegiados antes citados será del uno de agosto al treinta de septiembre de dos mil nueve, por lo tanto, todos los asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Segundo Circuito, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con excepción de los asuntos a que refiere el artículo 9 del Acuerdo General 13/2007 modificado por el diverso Acuerdo General 48/2008, ambos del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Al concluir la medida de exclusión otorgada, los nuevos asuntos se distribuirán entre todos los tribunales colegiados de la Materia y Circuitos indicados.
SEGUNDO. Al finalizar el periodo de exclusión otorgado, los titulares de los tribunales Colegiados de que se trata deberán informar inmediatamente sobre los resultados obtenidos a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/5/2009, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, Estado de México, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el seis de julio de dos mil nueve, por los señores Consejeros: Presidente Jorge Moreno Collado, Juan Carlos Cruz Razo y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a seis de julio de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
 

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