Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 87-D y 89, fracciones XIII bis y XIII bis 2 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 4 fracciones I y II, 6 y 16, fracción I, de su ley, y
CONSIDERANDO
Que derivado de diversas solicitudes presentadas ante esta Comisión por las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas en el sentido de que requieren de un plazo adicional, a fin de estar en posibilidades de dar cabal cumplimiento a las disposiciones que emanan de la Ley de Instituciones de Crédito, en términos de lo dispuesto por los artículos 87-D y 89, fracciones XIII bis y XIII bis 2 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto expedir la siguiente:
RESOLUCION QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL APLICABLES A LAS
ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DE CREDITO,
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO
MULTIPLE REGULADAS
ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO, CASAS DE CAMBIO, UNIONES DE CREDITO,
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO LIMITADO Y SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO
MULTIPLE REGULADAS
UNICA.- Se REFORMA el Artículo SEGUNDO Transitorio de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas" publicadas el 19 de enero de 2009, para quedar como sigue:
SEGUNDO.- Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas tendrán hasta el 31 de diciembre de 2009, para ajustarse a lo dispuesto por las fracciones I a VII, así como XI y XII, del artículo 72 de estas disposiciones.
Atentamente
México, D.F., a 25 de junio de 2009.- El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Guillermo Enrique Babatz Torres.- Rúbrica.
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