Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
ACUERDO CCNO/12/2009, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA PRORROGA DEL PERIODO DE EXCLUSION DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TEPIC, NAYARIT.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, de conformidad con el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del propio Consejo, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos Organos las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito, cuando en un mismo Circuito haya varios de ellos;
QUINTO. Mediante Acuerdo General 30/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado el cuatro de agosto de dos mil nueve en el Diario Oficial de la Federación, se ordenó el inicio de funciones del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, disponiendo la exclusión del turno de nuevos asuntos a favor del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit. En el punto cuarto del referido acuerdo se ordenó que la medida de exclusión del turno comprendería del diecisiete de agosto al quince de noviembre de dos mil nueve, lapso durante el cual el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, tendría el turno de dichos asuntos, y se facultó a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, para concluir de manera anticipada o prorrogar, en su caso, el plazo concedido de la exclusión de turno de nuevos asuntos, con base en el estudio sometido a su consideración por la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos;
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Organos al advertir del estudio respectivo, presentado por la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos el desequilibrio en las existencias finales de asuntos que presentan los Tribunales Colegiados del Vigésimo Cuarto Circuito, no obstante lo que ha transcurrido hasta el momento del periodo concedido de exclusión del turno de nuevos asuntos, estima necesario adoptar medidas conducentes a una administración pronta, completa y eficaz de la justicia federal. Razón por la cual considera conveniente prorrogar la exclusión del turno de nuevos asuntos otorgada a favor del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito en términos del Acuerdo General 30/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se prorroga el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos concedido al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con sede en Tepic, Nayarit, conforme a lo ordenado en el punto cuarto del Acuerdo General 30/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
El periodo de prórroga en la vigencia de la exclusión del turno de nuevos asuntos para el tribunal colegiado antes citado, comprenderá del dieciséis de noviembre de dos mil nueve al dieciséis de enero de dos mil diez; por ende, todos los asuntos nuevos presentados en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, durante ese lapso se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, para su trámite y resolución al Segundo Tribunal Colegiado en ese Circuito y residencia.
Se exceptúan del turno los recursos de reclamación interpuestos en contra de resoluciones dictadas por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, así como de los recursos de queja por exceso o defecto en el cumplimiento de las resoluciones emitidas por el propio tribunal, que serán de su conocimiento.
SEGUNDO. Al finalizar el periodo de exclusión del turno otorgado, los presidentes de los tribunales colegiados de que se trata deberán informar sobre los resultados obtenidos a la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. El Pleno y la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo, así como cualquier cuestión relacionada con la conclusión anticipada o extensión del plazo previsto en el punto primero de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Este acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/12/2009, de la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la prórroga del periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con residencia en Tepic, Nayarit, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el nueve de noviembre de dos mil nueve, por los señores Consejeros: Presidente Jorge Moreno Collado, Juan Carlos Cruz Razo y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a nueve de noviembre de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
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