DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 12, 14 y 20 (Continúa en la Quinta Sección)

Lunes 21 de Diciembre 2009
SEGUNDA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 12, 14 y 20 (Continúa en la Quinta Sección)
(Viene de la Tercera Sección)
Modificación al Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
"Trámites Fiscales"
Contenido
I.     Definiciones
II.     Trámites
Código Fiscal de la Federación
1/CFF    Solicitud de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones para ser proveedor de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y Entidades Federativas.
2/CFF    Aclaración de la situación fiscal de proveedores de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y Entidades Federativas que aclaran su situación fiscal.
3/CFF    Solicitud para la entrega del monto pagado de bienes que no pueden entregarse al postor.
4/CFF    Solicitud de constancia de residencia para efectos de los tratados para evitar la doble tributación.
5/CFF    Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta.
6/CFF    Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA.
7/CFF    Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC.
8/CFF    Solicitud de devolución de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol).
9/CFF    Solicitud de devolución de pago de lo indebido y Otras Cantidades.
10/CFF  Solicitud de devolución de saldos a favor del IETU.
11/CFF  Solicitud de devolución de saldos a favor del IDE.
12/CFF  Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes.
13/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del ISR.
14/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IVA.
15/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC.
16/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS.
17/CFF  Aviso de compensación de otras contribuciones.
18/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IETU.
19/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IDE.
20/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de ISR vía Internet.
21/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de IVA vía Internet.
22/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de IMPAC vía Internet.
23/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS vía Internet.
24/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones vía Internet.
25/CFF  Aviso de Compensación de saldos a favor de IETU vía Internet.
26/CFF  Aviso de Compensación de IDE vía Internet.
27/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes.
28/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes.
29/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IMPAC, Grandes Contribuyentes.
30/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes.
31/CFF  Aviso de compensación de otras contribuciones, Grandes Contribuyentes.
32/CFF  Aviso de compensación de saldos a favor vía Internet, Grandes Contribuyentes.
 
33/CFF  Consulta del trámite de devolución por Internet.
34/CFF Inscripción al RFC de personas físicas.
35/CFF Inscripción en el RFC de personas morales en la ALSC del Servicio de Administración Tributaria.
36/CFF Inscripción en el RFC de fideicomisos.
37/CFF Inscripción en el RFC de personas morales a través de un fedatario público por medios remotos.
38/CFF Entrega de documentación generada por la inscripción en el RFC por personas morales.
39/CFF Inscripción en el RFC de socios o accionistas de personas morales y de enajenantes de bienes inmuebles a través de fedatario público por medios remotos.
40/CFF Informes de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC.
41/CFF Inscripción en el RFC de las dependencias, unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y demás áreas u organismos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos.
42/CFF Inscripción en el RFC de personas físicas del sector primario.
43/CFF Inscripción en el RFC de personas físicas sin actividad económica.
44/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
45/CFF Solicitud de autorización para llevar a cabo una fusión posterior.
46/CFF Inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades.
47/CFF Inscripción en el RFC por escisión de sociedades.
48/CFF Aviso de apertura de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades por Internet o en salas de Internet de las ALSC.
49/CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones por Internet o en salas de Internet de las ALSC.
50/CFF Aviso de cierre de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades por Internet o en salas de Internet de las ALSC.
51/CFF Aviso de suspensión de actividades por Internet o en salas de Internet de las ALSC.
52/CFF Aviso de reanudación de actividades por Internet o en salas de Internet de las ALSC.
53/CFF Aviso de cambio de denominación o razón social.
54/CFF Aviso de cambio de domicilio fiscal.
55/CFF Aviso de corrección o cambio de nombre.
56/CFF Aviso de cambio de régimen de capital.
57/CFF Aviso de apertura de sucesión.
58/CFF Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.
59/CFF Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total de activo.
60/CFF Aviso de cancelación en el RFC por defunción.
61/CFF Aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión.
62/CFF Aviso de inicio de liquidación.
63/CFF Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
64/CFF Aviso de inicio de procedimiento de concurso mercantil.
65/CFF Aviso de incorporación al sistema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos.
66/CFF Aviso de desincorporación al sistema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos.
67/CFF Solicitud para ser impresor autorizado.
 
68/CFF Presentación de aviso para continuar siendo impresor autorizado.
69/CFF Presentación de declaraciones y pago de derechos.
70/CFF Convenios con donatarias.
71/CFF Declaración de operaciones con clientes y proveedores de bienes y servicios (Forma oficial 42).
72/CFF Avisos de actividades de centros cambiarios y transmisores de dineros dispersores.
73/CFF Solicitud de registro de contador público en papel.
74/CFF Solicitud de registro de sociedades o asociaciones de contadores públicos en papel.
75/CFF Modificaciones al Registro de Contador Público Registrado y Sociedades o Asociaciones de Contadores Públicos en papel.
76/CFF Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones, los avisos para presentar dictamen fiscal, y las cartas de presentación.
77/CFF Envío de información sobre estados financieros de consolidación, instituciones financieras y de establecimientos permanentes
78/CFF Envío de información sobre estados financieros de contribuyentes obligados o que hubieren manifestado su opción para el mismo efecto.
79/CFF Información de socios activos y del cumplimiento de la norma de educación continua o de actualización académica.
80/CFF Información de certificación de Contadores Públicos Registrados, con certificación vigente.
81/CFF Solicitud de registro de Contador Público por Internet.
82/CFF Solicitud de registro de sociedades o asociaciones de Contadores Públicos por Internet.
83/CFF Consultas en materia de precios de transferencia.
84/CFF Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido.
85/CFF Consulta de las notificaciones por estrados y de edictos en páginas de Internet.
86/CFF Información de partes relacionadas.
87/CFF Obtención del certificado de FIEL.
88/CFF Renovación del certificado de FIEL.
89/CFF Revocación de certificados.
90/CFF Envío de reporte mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos.
91CFF Solicitud de certificado de sello digital.
92/CFF Verificación de la autenticidad de los acuses de recibo con sello digital.
93/CFF Solicitud para ser proveedor autorizado de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales.
94/CFF Reporte mensual de CFD emitidos, activos y cancelados.
95/CFF Aviso para informar la fecha de inicio de operaciones de contribuyentes que opten por emitir comprobantes fiscales digitales a través de un proveedor de servicios de generación y envío.
96/CFF Aviso para informar el término de la relación contractual con proveedores de servicios de generación y envío.
97/CFF Aviso para informar que se opta por emitir de manera simultánea CFD's a través de un proveedor de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales y por sus propios medios.
98/CFF Solicitud de folios para la emisión de comprobantes fiscales digitales.
99/CFF Autenticidad de folios y vigencia de los certificados de sellos digitales.
100/CFF Reintegro del depósito en garantía.
101/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos.
102/CFF Solicitud de copias certificadas de declaraciones.
103/CFF Solicitud de constancias de declaraciones y pagos.
 
104/CFF Solicitud de verificación de domicilio.
105/CFF Solicitud de constancia de inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC.
106/CFF Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones).
107/CFF Aclaración de requerimientos por no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.
108/CFF Aclaración de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos.
109/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones.
110/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado.
111/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente.
112/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos fiscales.
113/CFF Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades.
114/CFF Disminución de multas.
115/CFF Presentación de garantías del interés fiscal.
116/CFF Solicitud de cancelación de garantías.
117/CFF Garantía del interés fiscal a través de la modalidad de embargo en la vía administrativa de la negociación sólo para créditos parcializados.
118/CFF Solicitud y expedición de la Forma Oficial Múltiple de Pago (Forma oficial FMP-1).
119/CFF Solicitud de programas (software).
120/CFF Recepción de otros avisos.
121/CFF Obtención de la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF).
122/CFF Relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC.
123/CFF Aviso mediante el que solicitan la revocación de la autorización para imprimir comprobantes fiscales (impresores autorizados).
124/CFF Dictamen e informe de donatarias autorizadas
125/CFF Aviso para renunciar a la presentación del dictamen fiscal.
126/CFF Aviso que presenta el contador público registrado cuando el contribuyente no acepte o no esté de acuerdo con el dictamen formulado por el contador público registrado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad las razones o motivos por los cuales el contribuyente no acepta o no está de acuerdo con su dictamen para efectos fiscales.
127/CFF Aviso que presenta el representante legal de Personas Morales no Contribuyentes, en el que manifieste "Bajo protesta de decir verdad" que su representada no recibió donativo alguno en el ejercicio inmediato anterior o únicamente percibió ingresos, incluyendo donativos en el ejercicio de que se trate, en una cantidad igual o menor a $ 400,000 por lo que no estarán obligadas a presentar dictamen fiscal simplificado emitido por contador público registrado.
128/CFF Aviso que presenta el representante legal de los Organismos Descentralizados o fideicomisos con fines no lucrativos que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal, en el que manifieste "Bajo protesta de decir verdad" que su representada no tiene fines lucrativos y que, por ello no dictaminarán sus estados financieros.
129/CFF Informe firmado por el contador público registrado que formulará los dictámenes a que se refiere la fracción III del artículo 32-A del CFF, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, los términos en que se cumplieron los requisitos previstos en el artículo 14-B, frac I, inciso b), numerales 1 y 2.
130/CFF Aviso para el caso de suspensión temporal o definitiva de operaciones de los proveedores
de servicios autorizados para la generación y envío de comprobantes fiscales digitales.
131/CFF Aviso mediante el cual manifiesta "bajo protesta de decir verdad que reúne los requisitos actuales para continuar con la autorización como proveedor de servicios de generación y envió de comprobantes fiscales digitales.
132/CFF Aviso que presentan las sociedades que inscriban en el registro o libro de acciones o partes sociales a socios o accionistas personas físicas que no les proporcionen la documentación necesaria para hacer la comprobación del impuesto a retener.
133/CFF Aviso de modificación a la carta de crédito por ampliación o disminución del monto máximo disponible o prórroga de la fecha de vencimiento.
134/CFF Solicitud para dejar sin efectos el pago a plazos, en parcialidades o diferido. Cuando los adeudos no hayan sido determinados por medio de declaración de corrección fiscal o con motivo de dictamen o cuando no se hubieran interpuesto medios de defensa, respecto del crédito.
135/CFF Solicitud de Certificado de FIEL para la presentación del dictamen de estados financieros vía Internet, por el ejercicio en que se encontraba vigente su RFC.
136/CFF Solicitud de autorización para llevar contabilidad en lugar distinto al domicilio fiscal.
137/CFF Solicitud de exención del IVA o del ISAN, de los vehículos importados en definitiva en franquicia diplomática por las oficinas de organismos internacionales representados o con sede en territorio nacional y su personal extranjero para ser enajenados.
138/CFF Solicitud de Condonación de multas.
139/CFF Solicitud de Aclaración por información de créditos fiscales federales proporcionadas a las sociedades de información crediticia.
140/CFF Solicitud de opinión que presentan los contribuyentes respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales para la aplicación de subsidios o estímulos ante las entidades y dependencias que tengan a su cargo la aplicación de los mismos.
141/CFF Información que deberán presentar los notarios, corredores, jueces y demás federatarios , relativo al entero de los pagos de ISR tanto a la Federación así como a la Entidad Federativa, así como de IVA, correspondiente a las enajenaciones y adquisiciones en las que intervenga.
142/CFF Información relativa a las instituciones de crédito cuando participen como fiduciarias en fideicomisos en los que se generen ingresos.
143/CFF Información que están obligadas a proporcionar las personas que lleven su contabilidad o parte de ella utilizando registros electrónicos sobre sus clientes y proveedores, relacionada con la clave del RFC de sus usuarios.
Impuesto sobre la renta
1/ISR Declaración informativa de operaciones superiores a $100,000.00.
2/ISR Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo.
3/ISR Declaración de operaciones efectuadas a través de fidecomisos y asociaciones en participación (Forma oficial 51).
4/ISR Declaración informativa anual de sociedades de inversión de capitales.
5/ISR Aviso para la determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores.
6/ISR Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos.
7/ISR Informe que presentan las sociedades controladoras de los cambios de denominación o razón social.
8/ISR Solicitud de consolidación.
9/ISR Solicitud de desconsolidación.
10/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.
11/ISR Avisos para actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir
donativos deducibles.
12/ISR Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde declaran, bajo protesta de decir verdad, seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter.
13/ISR Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles.
14ISR Requisitos para recibir donativos deducibles por actividades adicionales.
15/ISR Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles, cuando fue revocada por incumplir con la obligación de transparencia.
16/ISR Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos.
17/ISR Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes.
18/ISR Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles del extranjero.
19/ISR Aviso por el que optan las personas dedicadas a las artes plásticas a pagar el ISR e IVA con obras de su producción.
20/ISR Información de instituciones a las que les hayan efectuado donación de obras.
21/ISR Relación de obras donadas por artistas.
22/ISR Inscripción al registro de bancos o entidades de financiamiento del extranjero (Secciones Libro I).
23/ISR Solicitud de la renovación de la inscripción al registro de bancos o entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero.
24/ISR Solicitud de renovación de la inscripción en el registro II.
25/ISR Solicitud de inscripción al registro de fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero (Secciones Libro II).
26/ISR Escrito de los residentes en el extranjero en el que manifiesten su voluntad de optar por determinar el impuesto.
27/ISR Inscripción como retenedor por los residentes en el extranjero que paguen salarios.
28/ISR Declaración de contribuyentes que otorguen donativos (Forma oficial 30 Anexo 3).
29/ISR Declaración presentada por las instituciones fiduciarias respecto de los rendimientos en operaciones de fidecomiso por las que se otorgue el uso o goce temporal de inmuebles.
30/ISR Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario (Forma oficial 30 Anexo 1).
31/ISR Pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS (Forma oficial 30 Anexo 2).
32/ISR Retenciones y pagos efectuados a residentes en el extranjero (Forma oficial 30 Anexo 4).
33/ISR Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales.
34/ISR Aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o indirectos de obras o de la prestación del servicio.
35/ISR Aviso de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad.
36/ISR Aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones o jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra.
37/ISR Aviso de incorporación a la consolidación fiscal de una sociedad controlada cuando se adquiera más del 50% de las acciones con derecho a voto de una sociedad.
38/ISR Aviso de desincorporación cuando las sociedades se encuentren en suspensión de actividades.
39/ISR Aviso que presenta la sociedad controladora para diferir el impuesto correspondiente a los dividendos pagados que correspondan a la sociedad fusionada, cuando una sociedad controlada se fusione.
40/ISR Presentación de la copia simple del registro de los documentos en los que conste la operación de financiamiento correspondiente inscrito en la Sección Especial del Registro Nacional de
Valores e Intermediarios a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
41/ISR Escrito que debe presentar el residente en México emisor de los títulos, en el que su representante legal manifieste bajo protesta de decir verdad, datos personales del emisor de los títulos, el monto de la colocación y en los que cotizarán los títulos, la tasa pactada, etc.
42/ISR Aviso de cambio o modificación de los datos manifestados, respecto a las características de la operación de títulos de crédito.
43/ISR Aviso múltiple para: Destrucción de mercancías que han perdido su valor. Donación de mercancías que han perdido su valor. Bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de ser útiles. Donación de productos perecederos sujetos a fecha de caducidad.
44/ISR Aviso que presenta el contribuyente cuando los bienes dejen de ser útiles para obtener sus ingresos.
45/ISR Escrito que presenta el enajenante o el adquirente de acciones, residente en el extranjero, en el que hace constar que ha autorizado a las autoridades fiscales extranjeras a proporcionar a las autoridades mexicanas información sobre la operación para efectos fiscales.
46/ISR Aviso que presenta el depositario de valores para quedar liberado de la obligación de retener el impuesto respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito.
47/ISR Aviso por el cual las instituciones donatarias que estén interesadas en recibir en donación los bienes ofrecidos por los contribuyentes, manifiesten al donante su intención de recibir los bienes.
48/ISR Aviso del residente en el país mediante el cual asuma voluntariamente la responsabilidad solidaria para calcular y enterar el impuesto por operaciones financieras derivadas.
49/ISR Copia de la documentación comprobatoria firmada bajo protesta de decir verdad cuando no se puede obtener directamente los datos de la operación.
50/ISR Aviso de pérdida de la máquina registradora de comprobación fiscal.
51/ISR Aviso de designación de representante en el país para no presentar dictamen fiscal cuando la enajenación de acciones o títulos valor se encuentre exenta en términos de los tratados para evitar la doble tributación.
52/ISR Aviso que deberá presentar el residente en el extranjero que enajene acciones emitidas por una sociedad residente en México, por la reorganización, reestructura, fusión, escisión u operación similar que lleve a cabo.
53/ISR Aviso para proporcionar la información sobre las personas que optaron por adquirir acciones o títulos valor, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado.
54/ISR Aviso por el cual declaran bajo protesta de decir verdad que siguen reuniendo los requisitos para continuar emitiendo monederos electrónicos para ser utilizados por los contribuyentes en la compra de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.
55/ISR Aviso por el cual los contribuyentes que realicen proyectos de infraestructura productiva mediante contratos de obra pública financiada, manifiestan que optan por considerar como ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra.
56/ISR Escrito que deberán presentar en los meses de enero y febrero de cada año, con los requisitos que se señalan en las reglas II.3.13.10 y II.3.13.11.
57/ISR Aviso relativo a deducciones por pérdidas por créditos incobrables.
58/ISR Escrito por el cual las personas residentes en el país informen que optan por aplicar lo dispuesto en la fracción II del artículo 216-Bis.
59/ISR Aviso de aplicación del impuesto a que están obligados a pagar, resultado de ingresos obtenidos derivado de recursos mantenidos en el extranjero con anterioridad al 1 de enero de 2009.
60/ISR Solicitud de autorización para deducir la pérdida sufrida en la enajenación de títulos valor distintos a los señalados en las fracciones I a III del artículo 54 del Reglamento de la Ley del ISR.
61/ISR Solicitud de autorización para transmitir la autorización de consolidación a otra sociedad.
62/ISR Solicitud de autorización a sociedades para diferir el pago del impuesto derivado de la ganancia en enajenación de acciones.
 
63/ISR Solicitud de Inscripción al RFC como retenedor de personas físicas o morales residentes en el extranjero que desarrollen actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados.
64/ISR Solicitud de autorización para administrar planes personales de retiro.
65/ISR Solicitud que presentan los fabricantes, importadores o empresas desarrolladoras de sistemas para la obtención del registro, así como el número de registro de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal.
66/ISR Solicitud de autorización de sociedades de objeto múltiple de nueva creación.
67/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 5 "De los regímenes fiscales preferentes".
68/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 6 "Empresas Integradoras, información de sus integradas".
69/ISR Declaración Informativa Múltiple Anexo 7 "Régimen de Pequeños Contribuyentes".
70/ISR Información mensual que se acompañará a la solicitud de aprobación y registro del modelo o modelos de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal.
71/ISR Relación detallada de activos por los cuales la empresa maquiladora aplicó la deducción inmediata.
72/ISR Información de intereses y enajenación de acciones correspondiente generada por instituciones que componen el sistema financiero.
73/ISR Información que deberán proporcionar las sociedades que componen el sistema financiero y los organismos públicos federales y estatales que perciban intereses derivados de los créditos hipotecarios.
74/ISR Reporte trimestral en el que se manifiesta la información contenida en la fracción III de la regla I.3.22.8 de la RMF.
75/ISR Información del monto de las aportaciones efectuadas a los fondos y cajas de ahorro que administren y de los intereses nominales y reales pagados, en el ejercicio de que se trate.
Impuesto al valor agregado
1/IVA Aviso del destino de los saldos a favor del IVA obtenidos por contribuyentes que suministren agua para uso domestico.
2/IVA Solicitud de reintegro de cantidades derivadas del programa de devoluciones de IVA a turistas extranjeros.
3/IVA Solicitud de devolución de IVA para misiones diplomáticas y organismos internacionales.
4/IVA Aviso de exportación de servicios de filmación o grabación.
5/IVA Solicitud de autorización de la importación definitiva de vehículos exenta del pago de IVA o solicitud de autorización de la enajenación previa a la importación definitiva exenta del pago del IVA.
6/IVA Declaración Informativa Múltiple Anexo 8 "Informativa sobre el impuesto al valor agregado".
Impuesto especial sobre producción y servicios
1/IEPS Reporte trimestral de los números de folio de marbetes o precintos obtenidos, utilizados o destruidos.
2/IEPS Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas.
3/IEPS Lista de precios de venta de cigarros.
4/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales.
5/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales (maquilador).
6/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas de importación para adherirse en Depósito Fiscal (Almacén General de Depósito).
7/IEPS Ministración de marbetes y precintos de importación a los contribuyentes que en forma ocasional importen bebidas alcohólicas de acuerdo al numeral 1 de la regla 2.2.7. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.
8/IEPS Ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en el país de
origen o en la aduana.
9/IEPS Designación del representante legal para recoger marbetes o precintos.
10/IEPS Cambio del representante legal para recoger marbetes o precintos.
11/IEPS Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o faltantes.
12/IEPS Robo, pérdida, deterioro de marbetes o precintos.
13/IEPS Devolución de marbetes o precintos.
14/IEPS Devolución de marbetes o precintos de importación cuando se tenga conocimiento de que no se realizará la misma.
15/IEPS Aviso de celebración de contrato con terceros para fabricar, producir o envasar bebidas alcohólicas.
16/IEPS Aviso de terminación anticipada o vigencia del contrato.
17/IEPS Anual Informativa IEPS y consumo por Entidad Federativa.
18/IEPS Información mensual del precio de enajenación de cada producto, del valor y del volumen de enajenación por marca y el precio al detallista base para el cálculo del IEPS.
19/IEPS Información de los equipos de control físico de la producción de cervezas y tabacos labrados.
20/IEPS Reporte anual de equipos para producción, destilación, envasamiento y almacenaje.
21/IEPS Inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento.
22/IEPS Aviso de adquisición, incorporación, modificación o enajenación de equipos.
23/IEPS Información sobre el precio de enajenación de cada producto, valor importe y volumen de los mismos.
24/IEPS Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC.
25/IEPS Aviso de cambio de domicilio o de apertura de un lugar donde se fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas.
26/IEPS Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de más de 20 GL.
27/IEPS Lectura de registros mensuales.
28/IEPS Reporte trimestral del volumen y valor por la adquisición de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, a efecto de solicitar la devolución una vez efectuado el acreditamiento.
29/IEPS Declaración informativa de las Entidades Federativas por la recaudación de IEPS por venta final de gasolinas y diesel.
Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos
1/ISTUV Información relativa al precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional.
Impuesto sobre automóviles nuevos
1/ISAN Información de clave vehicular de vehículos que serán enajenados.
2/ISAN Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular.
3/ISAN Solicitud de número de modelo del vehículo para integrar la clave vehicular.
4/ISAN Solicitud de autorización de la importación definitiva de vehículos en franquicia exenta del pago de ISAN o solicitud de autorización de la enajenación previa a la importación definitiva exenta del pago del ISAN.
Ley de Ingresos de la Federación
1/LIF Información que debe presentarse para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16, fracción VIII de la LIF.
2/LIF Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diesel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.
3/LIF Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se
otorga a los que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga.
4/LIF Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diesel que adquieran para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general.
5/LIF Aviso para la aplicación de estímulos fiscales a entidades federativas, municipios y otros organismos públicos.
Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican,
publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el
12 de enero de 2005, 12 de mayo y 28 de noviembre de 2006
1/DEC Relación de documentación que se proporciona al SAT de cada vehículo destruido.
2/DEC Requisitos que deben cumplir los centros de destrucción para ser autorizados por el Servicio de Administración Tributaria.
3/DEC Requisitos que deben cumplir los centros de destrucción para continuar con la autorización por el Servicio de Administración Tributaria.
4/DEC Información de los montos del estimulo fiscal que determine la institución fiduciaria.
5/DEC Entrega de reportes automatizados de las transacciones realizadas por las TPV con la desagregación de los datos que señala el anexo 24 y reporte de control de alta, operación y baja de todas las TPV instaladas con recursos de FIMPE o en los términos del artículo Décimo del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para el uso de medios de pago electrónico en las empresas que se indican publicado en el DOF el 12 de Noviembre de 2004.
6/DEC Presentación del contrato propuesto para la creación del fidecomiso.
7/DEC Solicitud para acreditar el estímulo fiscal y documentación adicional.
8/DEC Información para la aplicación del acreditamiento.
9/DEC Aviso que deberán presentar los centros de destrucción autorizados por el SAT, en el que se manifieste la fecha en que se llevará a cabo la destrucción.
10/DEC Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas.
Impuesto empresarial a tasa única
1/IETU Informe de que el fideicomitente y el fideicomisario cumplirán por su cuenta con las obligaciones establecidas en la Ley del IETU.
2/IETU Aviso de declaratoria de concurso mercantil.
3/IETU Aviso por el cual los contribuyentes manifiesten que ejercerán la opción prevista en la regla I.13.4.2.
4/IETU Listado de conceptos que sirvió de base para calcular el impuesto empresarial a determinar.
Impuesto a los depósitos en efectivo
1/IDE Declaración informativa mensual del impuesto a los depósitos en efectivo.
2/IDE Declaración informativa anual del impuesto a los depósitos en efectivo.
3/IDE Aviso por el que las instituciones financieras informan que no recibieron depósitos en efectivo o cuando los que reciban sean inferiores a $25,000.00 mensuales.
I.     Definiciones
1.1  Generales
 
Para los efectos del presente Anexo se entiende por:
A.    Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
B.    Escrito libre, aquel que reúne los requisitos establecidos por el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación. Los escritos libres deberán presentarse por duplicado.
C.    RFC, el Registro Federal de Contribuyentes.
D.    CFF, el Código Fiscal de la Federación.
E.    ISR, el impuesto sobre la renta.
F.    IMPAC, el impuesto al activo.
G.    IVA, el impuesto al valor agregado.
H.    IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios.
I.     ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos.
J.     ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
K.    LFD, la Ley Federal de Derechos.
L.     LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009.
M.    DOF, el Diario Oficial de la Federación.
N.    SAT, el Servicio de Administración Tributaria.
Ñ.    CURP, la Clave Unica de Registro de Población a 18 posiciones.
O.    La página de Internet del SAT y de la Secretaría, www.sat.gob.mx y www.shcp.gob.mx, respectivamente.
P.    FIEL, la Firma Electrónica Avanzada.
Q.    TESOFE, la Tesorería de la Federación.
R.    CIECF, la Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida.
S.    ALSC, la Administración Local de Servicios al Contribuyente.
T.    ALR la Administración Local de Recaudación.
U.    ALAF la Administración Local de Auditoría Fiscal.
V.    ALJ la Administración Local Jurídica.
W.   Declaranot, la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios.
X.    SIPRED, el Sistema de Presentación del Dictamen.
Y.    INPC, el Indice Nacional de Precios al Consumidor.
Z.    IETU, el impuesto empresarial a tasa única.
AA.  REPECOS, el régimen de pequeños contribuyentes.
AB.  DPA, los derechos, productos y aprovechamientos.
AC.  DIMM, el Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos.
AD. CONFIS, las declaraciones informativas de Control Físico.
AE.  IDE, el impuesto a los depósitos en efectivo.
 
AF.  RMF, Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
AG.  CLABE, Clave Bancaria Estandarizada a 18 dígitos
1.2 Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes
Para efectos de este Anexo se entenderá, salvo que se señale en el mismo lo contrario, por:
A) Identificación oficial, cualquiera de los siguientes documentos:
·   Credencial para votar del Instituto Federal Electoral
·   Pasaporte vigente
·   Cédula profesional
·   Cartilla del Servicio Militar Nacional
·   Certificado de Matrícula Consular
Tratándose de extranjeros:
·   Documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
Cuando se presente como requisito de identidad el documento migratorio vigente, bastará que el mismo este redactado de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Población y su Reglamento para la calidad y característica o modalidad que corresponda; cuando la definición sea demasiado amplia, el documento será válido aún si se acota al ámbito del sector o la industria donde trabajará el extranjero, sin importar que no se manifieste de forma específica la autorización para realizar los actos o actividades que se señalen en las solicitudes y avisos ante el SAT.
B) Comprobante de domicilio, cualquiera de los siguientes documentos:
·   Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero. Dicho documento no deberá tener una antigüedad mayor a tres meses.
·   Ultimo recibo del impuesto predial; en el caso de recibos de periodos menores a un año, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, y tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiban pagados).
·   Ultimo recibo de los servicios de luz, teléfono o de agua, siempre y cuando dicho recibo no tenga una antigüedad mayor a 4 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiban pagados).
·   Ultima liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
·   Contratos de:
o     Arrendamiento, acompañado del último recibo de pago de renta con una antigüedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales, o bien el contrato de subarrendamiento y el último recibo de pago de renta con una antigüedad no mayor a 4 meses que cumpla con los requisitos fiscales (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
o     Fideicomiso debidamente protocolizado.
o     Apertura de cuenta bancaria que no tenga una antigüedad mayor a 3 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
o     Servicios de luz, teléfono o agua, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
·   Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los gobiernos estatal, municipal o sus similares en el Distrito Federal, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a cuatro meses.
 
·   Comprobante de Alineación y Número Oficial emitido por el gobierno estatal, municipal o su similar en el D.F. Dicho comprobante deberá contener el domicilio del contribuyente y una antigüedad no mayor a cuatro meses (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero).
·   Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en el D.F. Dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal del contribuyente, tener una antigüedad no mayor a cuatro meses y tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso. (Este documento puede estar a nombre del contribuyente o de un tercero y no será necesario que se exhiba pagado).
C) Poderes, alguno de los siguientes documentos:
·   Poder general para pleitos y cobranzas
       Se entiende como el conferido sin limitación para realizar toda clase de gestiones de cobro que no impliquen el ejercicio de actos de dominio o de administración, excepto que conforme a las disposiciones fiscales se requiera una cláusula especial, a fin de defender algún interés jurídico.
·   Poder general para actos de administración
       Se otorga para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas y será admisible para efectuar cualquier trámite fiscal ante el SAT siempre y cuando se trate de gestiones patrimoniales que no se traduzcan en la enajenación de la empresa o del bien otorgado para su administración. No aplicará para ofrecer garantías o sustituirlas, designar bienes para embargo o para sustituirlos, ni en los trámites inicio de liquidación o liquidación total del activo.
·   Poder general para ejercer actos de dominio
       Se entiende como el conferido sin limitación alguna para que el apoderado tenga las facultades de dueño y aplica para cualquier tipo de trámite fiscal, incluyendo aquellos actos jurídicos que pueden realizarse con los poderes para actos de administración de bienes o para pleitos y cobranza.
1.3 Documentos públicos emitidos en el extranjero
       Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma español por perito autorizado.
Código Fiscal de la Federación
1/CFF Solicitud de opinión sobre el cumplimiento de obligaciones para ser proveedor de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y entidades federativas
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen ser proveedores de las dependencias antes citadas.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se dé el supuesto.
Requisitos:
·   Presentar solicitud de opinión por Internet en la página del SAT, en la opción "Mi portal".
·   Contar con clave CIECF.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 32-D CFF, Regla I.2.1.15. RMF.
2/CFF  Aclaración de la situación fiscal de proveedores de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República y Entidades Federativas que aclaran su situación fiscal
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen aclarar su situación fiscal para ser proveedores de las dependencias antes citadas.
¿Dónde se presenta?
En la ALSC que corresponda al domicilio del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Escrito libre sellado como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 10 días siguientes a la notificación del oficio de incumplimiento de obligaciones fiscales.
Requisitos:
·   Escrito libre mediante el cual manifieste lo que a su derecho convenga.
·   Original y fotocopia del comunicado emitido por la ALSC, mediante el cual le informan las obligaciones fiscales incumplidas y los créditos a su cargo que no se hubieran cubierto o garantizado dentro de los plazos señalados por la ley (original para cotejo).
·   En su caso, original y fotocopia de las declaraciones, avisos, solicitudes y demás documentación que desvirtúe la opinión en sentido negativo emitida por la autoridad, o en su caso indicar el número de folio tratándose de su presentación a través de Internet o banca electrónica, o el original y fotocopia del acuse de recibo, cuando la presentación por medios electrónicos sea mediante ventanilla bancaria (original para cotejo).
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 32-D CFF, Regla I.2.1.15. RMF.
 
3/CFF  Solicitud para la entrega del monto pagado de bienes que no pueden entregarse al postor
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
Previa cita en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Escrito libre sellado.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que solicite la entrega de los bienes.
Requisitos:
·   Escrito libre señalando su CLABE, la institución de crédito a la que pertenece ésta, así como el número de postor y la clave del bien por el cual participó en la subasta. (Por duplicado)
·   Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de Definiciones de este anexo (Original para cotejo).
·   En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder en original y fotocopia firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario u otro fedatario público (Copia certificada u original para cotejo).
·   Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia certificada y fotocopia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales (Copia certificada para cotejo).
·   Comprobantes.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 188-Bis CFF, Regla II.2.22.9 RMF.
4/CFF  Solicitud de constancia de residencia para efectos de los tratados para evitar la doble tributación
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, ante la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial sellada como acuse de recibo y Constancia de Residencia para Efectos de los Tratados para Evitar la Doble Tributación.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se dé el supuesto, por periodos transcurridos.
Requisitos:
·   Forma oficial 36, "CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS DE LA APLICACION DE LOS TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION" (por quintuplicado).
·   En caso de solicitud de reexpedición de CONSTANCIA DE RESIDENCIA PARA EFECTOS DE LOS TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION por el mismo periodo o ejercicio, original del recibo bancario de pago de contribuciones, productos y aprovechamientos federales con sello digital.
·   Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado Definiciones de este anexo.
·   En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.
·   Tratándose de los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, para acreditar la paternidad o tutela, presentarán:
o     Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil.
o     Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los cónyuges o padres para que uno de ellos actúe como representante del menor.
o     En su caso, la resolución judicial o documento emitido por fedatario público (original) en el que conste la patria potestad o la tutela.
o     Original de cualquier identificación oficial vigente del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, estatal o municipal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado de este anexo.
·   En caso de que la persona que solicita la constancia hubiere estado obligado a presentar declaración anual del ejercicio inmediato anterior conforme al régimen establecido en la Ley del ISR para los residentes en México, se acompañará a la solicitud fotocopia de la declaración anual presentada o del acuse de recibo electrónico con sello digital, así como del recibo electrónico bancario de pago de contribuciones federales, en los casos en los que exista impuesto a su cargo.
·   En caso contrario, se acompañará fotocopia de la inscripción y de los avisos correspondientes que hayan presentado para efectos del RFC y, en su caso, fotocopia de la última declaración anual presentada conforme al régimen que establece dicha Ley para los residentes en México o del acuse de recibo a que se refiere el párrafo anterior.
·   En caso de personas físicas que presten servicios personales, original de la Constancia de Percepciones y Retenciones que corresponda (original para cotejo).
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 9 CFF, Art. 5 Ley de ISR, Regla II.2.1.4. RMF.
 
5/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que correspondan al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 1
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF., Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 1
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS FISICAS
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES
TODOS
LOS DEMAS
ASALARIADOS
SERVICIOS PROFESIONALES
ARRENDADOR
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
ENAJENACION DE BIENES
OTROS INGRESOS
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución"(por duplicado).
X
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor" (por duplicado).
X
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor de ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
 
 
 
 
 
 
4
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado: (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
8
Escrito de opción cuando no se esté obligado a la presentación de la declaración anual con firma autógrafa y sello de recibido por el patrón.
 
 
 
X
 
 
 
 
 
9
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común así como la hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la parte que le corresponde de los ingresos por Copropiedad.
 
 
 
 
 
X
X
X
X
10
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
11
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
Notas:     Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
            Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS FISICAS
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES
TODOS LOS DEMAS
ASALARIADOS
SERVICIOS PROFESIONALES
ARRENDADOR
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
ENAJENACION DE BIENES
OTROS INGRESOS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos o cuando derivado del programa de devoluciones automáticas sea requerida su presentación en la ALSC.
 
 
 
X
X
X
X
X
X
5
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su caso, fotocopia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
X
 
X
X
X
 
X
8
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
 
 
X
X
 
 
9
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
 
 
 
 
X
 
 
10
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
X
 
X
X
X
 
 
11
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral o comercial con la presentación de:
· Recibo de nómina.
· Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de nómina.
· Recibos de arrendamiento.
· Recibos de honorarios.
· Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
· Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso.
 
 
 
X
X
X
 
 
X
12
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
 
 
 
X
 
 
 
X
 
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
X
X
X
14
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la tasa aplicada para autodeterminarse el ISR por enajenación de bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo 147 de la Ley del ISR.
 
 
 
 
 
 
 
X
 
15
Hoja de trabajo que muestre el cálculo realizado y la forma en que efectuó la acumulación de los ingresos por dividendos para autodeterminarse el ISR.
 
 
 
 
 
 
 
 
X
16
Comprobantes fiscales que amparan las deducciones autorizadas correspondientes a los ingresos obtenidos, cuando así se requiera, derivado del resultado obtenido en el programa de devoluciones automáticas.
 
 
 
 
X
X
X
X
X
 
Notas:     Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
            Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
            *Aplica cuando el contribuyente obtenga ingresos por dividendos.
 
 
6/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 2
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF Reglas I.2.5.2., II.2.3.1., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 2
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado
No.
DOCUMENTO
CONVENCIONAL
CON DECLARATORIA DE CPR
ALTEX
CERTIFICAD
A IMMEX
IMMEX
IVA
ALTEX
CERTIFICA
DA IMMEX
IMMEX
IVA
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución" (por duplicado).
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor" (por duplicado).
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor de IVA".
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Anexo 7-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado".
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
X
X
8
Comprobantes de impuesto retenido, o pagado (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios, etc.).
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
 
 
 
 
9
La información en Unidad de Memoria Extraíble (USB) o CD con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema.
X
X
X
X
 
 
 
 
10
Tratándose de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros, acompañaran Declaratoria de contador público registrado, cuando dicho contador vaya a emitir para efectos fiscales, dictamen relativo a los estados financieros del contribuyente que comprenda el periodo al que corresponda el saldo a favor.
 
 
 
 
X
X
X
X
11
Papeles de trabajo (duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. de la Ley del IVA. (Aplica para saldos a favor de periodos 2005 en adelante), cuando en el anexo No. 7 de las formas oficiales 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c" (del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO) y "f" (del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
X
X
X
X
X
X
X
X
12
Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 "Aviso de destino del saldo a favor de IVA".
 
 
 
X
 
 
 
X
13
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
14
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
X
X
X
X
Notas:  No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de impuesto pagado, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
         Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado
No.
DOCUMENTO
CONVENCIONAL
CON DECLARATORIA DE CPR
ALTEX
CERTIFICADA
IMMEX
IMMEX
IVA
ALTEX
CERTIFI
CADA
IMMEX
IMMEX
IVA
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
6
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
X
X
7
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios u operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4o. del la Ley del IVA.
 
 
 
 
X
X
X
X
8
Por lo que se refiere a la aclaración de las operaciones del IVA acreditado en el periodo, deberá proporcionar:
Copia de los comprobantes fiscales que acrediten la realización de la operación; forma en que realizó la operación con el proveedor, prestador de servicios o arrendador, señalando si fue a crédito o de contado; forma de pago, indicando si el pago se realizó en efectivo, cheque, transferencia, etc.; comprobante del pago efectuado a sus proveedores, prestadores de servicios o arrendadores.
X
X
X
X
 
 
 
 
9
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique "bajo protesta de decir verdad" el domicilio en el que realiza la actividad y, en su caso, fotocopia del aviso de apertura de establecimiento.
X
X
X
X
X
X
X
X
10
En caso de que el contribuyente no se encuentre relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras o Certificadas IMMEX, escrito libre en el que aclare su situación respecto de dicho Registro.
X
X
X
 
X
X
X
 
11
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor, excepto en el caso de facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales deberán presentarse en fotocopia únicamente.
 
 
7/CFF  Solicitud de Devolución de saldos a favor del IMPAC
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que determinen en el ejercicio que el ISR es mayor al IMPAC causado.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se haya presentado la declaración del ejercicio.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 3
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 3
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto al Activo
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERA
R
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS LOS
DEMAS
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución" (por duplicado).
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor" (por duplicado).
X
X
X
3
Anexo 2 de las formas oficiales 32 y 41 "Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores" (Art. 9 LIMPAC) (por duplicado).
 
 
X
4
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor de ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
 
5
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
6
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
7
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
8
Comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
 
9
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la(s) declaración (es) normal(es) y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
 
 
X
10
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
 
 
X
11
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar el fundamento legal aplicado.
X
X
 
12
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
 
13
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto al Activo
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
5
Papel de trabajo o escrito en el que se aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
X
6
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
 
7
En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
8
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
9
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
8/CFF  Solicitud de Devolución de saldos a favor IEPS (Crédito Diesel e IEPS Alcohol)
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas que soliciten la devolución del IEPS cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente.
Personas morales cuyos ingresos no excedan de veinte veces el salario mínimo general (elevado al año) correspondiente al área geográfica del contribuyente por cada socio o asociado sin exceder de doscientas veces el salario mínimo.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
En forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tablas 4 y 5
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 4
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS Crédito Diesel
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución" (por duplicado).
2
Anexo 4 de la forma oficial 32 Crédito Diesel (por duplicado).
3
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
4
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
5
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
6
Fotocopias de declaraciones del ejercicio inmediato anterior o escrito libre en el que manifiesten que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedieron de los montos manifestados en artículo 16 de la LIF, para personas físicas y morales, según se trate, así como la forma en que están cumpliendo con sus obligaciones fiscales de conformidad con las Secciones I o II del Capítulo II del Título IV de la LISR para personas físicas o del Capítulo VII del Título II de la misma Ley para personas morales.
7
Original o copia certificada del CURP del contribuyente persona física, tratándose de personas morales CURP del representante legal.
8
Original y copia de la Tarjeta electrónica Subsidios/SAGARPA vigente, que les expidió el Centro de Apoyo al Distrito de Desarrollo Rural (CADER) o la Delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con la que se demuestra su inscripción al Padrón de Usuarios de Diesel Agropecuario una vez que demostró ante las citadas autoridades agrarias la propiedad o la legítima posesión de la unidad de producción que explota y donde utiliza el bien que requiere del diesel.
En aquellos casos en que los contribuyentes no cuenten con la tarjeta electrónica Subsidios/SAGARPA, o ésta no se encuentre vigente, se deberá exhibir ante la autoridad en original y copia la siguiente documentación:
Para acreditar el Régimen de propiedad de la unidad de producción: copia del titulo de propiedad, escritura pública, certificado de derechos agrarios o parcelarios o acta de asamblea; o
Para acreditar el régimen de posesión legal de la unidad de producción: contrato de arrendamiento, usufructo, aparcería, concesión, entre otros.
Si están sujetos a régimen hídrico: fotocopia de las boletas de agua o de los títulos de concesión de derechos de agua.
Respecto del bien en el que utiliza el diesel: original y fotocopia de los comprobantes a nombre del contribuyente con los que acrediten la propiedad, copropiedad o, tratándose de la legitima posesión, las documentales que acrediten la misma, como pueden ser, de manera enunciativa, escritura pública, contratos de arrendamiento, de préstamo o de usufructo, entre otros.
9
Original y fotocopia de las facturas en las que conste el precio de adquisición de diesel, las cuales deberán reunir los requisitos de los artículos 29 y 29-A del CFF. (Sin que sea necesario que contengan desglosado expresamente y por separado el IEPS por diesel trasladado cuando se adquiera en estaciones de servicio).
10
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
11
Contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos.
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS Crédito Diesel
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Escrito libre en el que manifieste que ha hecho uso de la totalidad de la cuota depositada en la tarjeta electrónica de "Subsidio SAGARPA".
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
5
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
Tabla 5
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS Alcohol
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución"(por duplicado).
2
Anexo 5 de la forma oficial 32 Saldo a Favor de IEPS por Bebidas Alcohólicas y Bebidas Refrescantes (por duplicado).
3
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
4
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
5
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matricula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
6
Escrito en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
7
Facturas en las que conste el precio de adquisición del alcohol o alcohol desnaturalizado, según sea el caso.
8
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario, emitido por sucursal bancaria el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
9
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor de IEPS Alcohol
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario, emitido por sucursal bancaria el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
5
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
 
9/CFF  Solicitud de Devolución de Pago de lo Indebido y Otras Cantidades
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que pagaron cantidades indebidamente.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se dé el supuesto señalado en el rubro de descripción del trámite.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 6
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 6
 
Solicitud de Devolución de Pago de lo Indebido y Otras Cantidades
No.
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
O SENTENCIA
JUDICIAL
OTROS
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución"(por duplicado).
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
5
Escrito libre con firma del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando el fundamento legal en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
 
X
6
Tratándose de derechos, productos o aprovechamientos, original del escrito denominado "Oficio para la solicitud de devolución por servicio no prestado o proporcionado parcialmente" expedido por la Dependencia, por medio del cual se indicará que, "el usuario efectuó un pago mayor al requerido o que el servicio o trámite no fue proporcionado o fue proporcionado parcialmente", oficializado con el sello de la institución.
 
X
7
En caso de liberación de créditos: Original y fotocopia de la resolución administrativa o judicial.
X
 
8
Tratándose de Impuestos al Comercio Exterior, deberá aportar lo siguiente:
·   Original o copia certificada por la Aduana correspondiente, así como fotocopia de los Pedimentos de Importación y Pedimentos de Rectificación.
·   Fotocopia de los Certificados de Origen.
·   En su caso, señalar al amparo de qué Tratado fueron importados los bienes o bajo qué programa autorizado.
 
X
9
Declaraciones normales y complementarias del ejercicio presentadas antes y después de la sentencia o resolución administrativa en las que conste el pago indebido, en su caso.
X
 
10
Resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
X
 
11
Pagos provisionales normales y complementarios presentados antes y después de la sentencia o resolución administrativa en los que conste el pago indebido, en su caso.
X
 
12
Tratándose de derechos, productos y aprovechamientos original del formato 5 "Declaración General de Pago de Derechos" ó 16 "Declaración General de Pago de Productos y Aprovechamientos" cuando el pago se haya efectuado a través de estos formatos o copia del recibo bancario cuando se haya efectuado el pago electrónico.
 
X
13
Escrito libre a través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
 
X
14
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
15
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de Pago de lo Indebido y Otras Cantidades
No.
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
O SENTENCIA
JUDICIAL
OTROS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
 
10/CFF   Solicitud de Devolución de saldos a favor del IETU
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 7
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
 
Tabla 7
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONA
S FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución" (por duplicado).
X
X
X
X
2
Anexo 14 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio".
X
X
X
X
3
Anexo 14-A de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU".
X
X
X
X
4
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
7
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste el (los) acreditamiento (s) o compensación (es) que se hubieren efectuado.
X
X
X
X
8
Encabezado del Estado del Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
9
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Encabezado del Estado del Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
 
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
 
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio.
X
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
11/CFF   Solicitud de Devolución de saldos a favor del IDE
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del mismo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 8
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
 
 
Tabla 8
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 32 "Solicitud de Devolución" (por duplicado).
X
X
X
X
2
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del impuesto a los depósitos en efectivo sujeto a devolución de contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
3
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para la integración del impuesto a los depósitos en efectivo de contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
4
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de la identificación oficial del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular o Pasaporte vigente o Cédula Profesional).
X
X
X
X
7
Recibos o constancias donde se demuestre el entero del impuesto, expedido por la Institución Bancaria que recaudó el impuesto.
X
X
X
X
8
Escrito o papel de trabajo en el que manifieste el (los) acreditamiento (s) o compensación que hubiere efectuado.
X
X
X
X
9
Tratándose de personas no obligadas a dictaminar sus estados financieros, presentarán Dictamen de contador público registrado, del saldo a favor del mes que solicitan.
X
X
X
X
10
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
11
Las personas morales deben contar con certificado digital de FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00.
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Encabezado del Estado de Cuenta Bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, copia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
12/CFF   Solicitud de devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde lo presento?
Directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes.
¿Qué documentos obtengo?
Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo lo presento?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Requisitos:
Solicitud de devoluciones de saldos a favor del ISR (Declaración del ejercicio)
GRANDES CONTRIBUYENTES
No
DOCUMENTO
Empresas
de Grupo
Demás
contribuyentes
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
X
X
5
Fotocopia de la declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate, donde manifieste el saldo a favor y fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios acreditados o bien, referencia de la presentación electrónica o en vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados. (Fotocopia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital)
X
X
6
Fotocopia de las declaraciones normal y complementaria de todas las controladas correspondientes al ejercicio en que manifestó el saldo a favor la sociedad controladora o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados. (Fotocopia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital)
X
 
7
Fotocopia del aviso de compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad, cuando el impuesto se haya cubierto a través de la figura de compensación.
X
X
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
 
 
68 de la Ley del ISR vigente en 1999 o 2002, respectivamente.
X
 
10
Relación de las empresas que integran el grupo que consolida fiscalmente, cuando la devolución corresponda a un impuesto consolidado.
X
 
11
Tratándose de ISR consolidado, hojas de trabajo pormenorizadas de la determinación del resultado fiscal consolidado, así como del valor del activo consolidado en términos del Artículo 13 de la Ley del IMPAC, señalando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
 
12
Cuando se trate de ISR consolidado, hoja de trabajo de la integración del impuesto retenido en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado en la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso. En inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de cambio aplicable.
X
 
13
Tratándose de ISR consolidado, hoja de trabajo de la integración de los pagos provisionales efectuados en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
 
14
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, aportar hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar las disposiciones jurídicas aplicables.
X
X
15
Tratándose de ISR consolidado, deberá aportar en caso de haber aplicado lo establecido en la fracción VIII inciso g) del Artículo Quinto Transitorio de la Ley del ISR vigente en 1999 o el Artículo Segundo Transitorio fracción XXXI de la Ley del ISR vigente en 2002, hoja de trabajo en la que indique el importe y el año de dónde proviene la pérdida fiscal aplicada.
X
 
16
Tratándose de la solicitud de un remanente después de compensaciones o de devoluciones, deberá acompañar fotocopia de los avisos de compensación; así como hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación o de las resoluciones a través de las que se autorizó la devolución parcial, según sea el caso.
X
X
17
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o el representante legal, mediante el cual exponga claramente motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
18
Encabezado del estado de cuenta bancario o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
19
Acuse del certificado digital de la FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
ISR (Declaración del ejercicio)
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
GRANDES CONTRIBUYENTES
No
DOCUMENTO
EMPRESAS
DE GRUPO
DEMAS
CONTRIBUYENTES
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud de devolución se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
4
Papel de trabajo o escrito en el que aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio y en su caso, fotocopia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
5
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
6
Escrito libre en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
 
X
8
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
9
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclaraciones respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
10
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTACION
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
que promueve.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
X
X
5
Fotocopia de la declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate en las que manifieste el saldo a favor y fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios acreditados o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales efectuados (Fotocopia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital).
X
 
6
Original (para cotejo) y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
7
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios en los que se pagó el IMPAC a recuperar.
 
X
8
Tratándose de declaraciones del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria (para cotejo).
X
X
9
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar una relación de las empresas que integran el grupo.
X
X
10
Fotocopias de las declaraciones normal y complementaria de todas las empresas controladas correspondientes al ejercicio en que manifestó el saldo a favor la sociedad controladora.
X
X
 
 
compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad.
X
X
12
Tratándose de impuestos acreditados, retenidos o pagados, deberá aportar los comprobantes de constancias de retenciones, comprobantes de pago, etc.
Cuando los comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, se expresen en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles
X
X
13
Tratándose de IMPAC por Recuperar consolidado deberá aportar fotocopia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas correspondientes al ejercicio en que el ISR consolidado excedió al IMPAC consolidado.
 
X
14
Asimismo, tratándose de la solicitud de una sociedad controladora del IMPAC por Recuperar pagado por una sociedad controlada deberá aportar fotocopia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas correspondientes al ejercicio en que el ISR consolidado excedió al IMPAC consolidado.
 
X
15
Tratándose de IMPAC por Recuperar consolidado deberá aportar fotocopia de las declaraciones normal y complementaria de todas las sociedades controladas del ejercicio fiscal del cual deriva el IMPAC consolidado a Recuperar.
 
X
16
En caso del IMPAC consolidado por recuperar deberá aportar fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios de todas las sociedades controladas correspondientes a los ejercicios por los que se pagó el IMPAC a recuperar.
 
X
do dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
 
X
vigente en 1999 o 2002, respectivamente.
X
X
 
 
19
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hojas de trabajo pormenorizadas de la determinación del resultado fiscal consolidado así como del valor del activo consolidado en términos del artículo 13 de la LIA, señalando el porcentaje de participación accionaria y consolidable en su caso, tanto del ejercicio en que pagó el IMPAC como de aquel en que se generó el excedente del ISR.
X
X
20
Tratándose de IMPAC consolidado, deberá aportar hoja de trabajo de la integración de los pagos provisionales realizados mensualmente por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación, anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso.
X
X
21
Tratándose de IMPAC consolidado, aportar hoja de trabajo de la integración del impuesto retenido en forma mensual por cada controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en su caso. En el caso de inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de cambio aplicable.
X
X
22
En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento, hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación, debiendo indicar las disposiciones jurídicas aplicables.
X
 
23
Tratándose de la solicitud de devolución de un remanente después de compensaciones o de devoluciones, deberá acompañar fotocopia de los avisos de compensación así como hoja de trabajo pormenorizada de su determinación, actualización y aplicación o de las resoluciones a través de las que se le efectuó la devolución correspondiente, según sea el caso.
X
X
de trabajo en la que indique el importe y el año de donde proviene la pérdida fiscal aplicada.
X
X
25
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o el representante legal, mediante el cual exponga claramente motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
26
Encabezado del estado de cuenta bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
27
Acuse del certificado digital de la FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor del IMPAC
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTOS
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
4
Papel de trabajo o escrito en el que se aclare la integración del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
5
En su caso, escrito o papel de trabajo de la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencia con lo determinado por la autoridad.
X
X
6
Escrito libre en el que aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
8
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
 
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
ALTEX
ALTEX CON
DECLARATORIA
DE CPR
CONVENCIONAL
CON
DECLARATORI
A DE CPR
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
X
X
2
Tratándose de la primera vez que solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del documento (Escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
 
 
4
Original (para cotejo) y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
X
X
X
X
do dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 del digo Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
6
Tratándose de solicitudes de devolución del ejercicio 2002, con saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, fotocopia de las declaraciones provisionales y del ejercicio (normales y complementarias) del ejercicio fiscal cuyo saldo a favor se acumuló.
X
X
X
X
7
Fotocopia de la declaración normal y complementaria(s) del período de que se trate, en la que se manifieste el saldo a favor solicitado o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de las mismas (Fotocopia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital).
X
X
X
X
8
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria para cotejo.
X
X
X
X
9
Dispositivo magnético con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior.
 
X
 
X
10
Declaratoria de contador público registrado en los términos del artículo 14 del Reglamento del CFF; tratándose de ejercicios respecto de los cuales se haya presentado Dictamen o haya vencido el plazo para la presentación del mismo, deberá indicar en la Declaratoria la fecha de presentación y folio de aceptación del dictamen correspondiente al mismo ejercicio.
 
X
 
X
11
Papeles de trabajo (Por duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en el Artículo 4o. de la Ley del IVA. (aplica para saldos a favor de periodos 2005 en adelante).
X
X
X
X
 
 
12
Tratándose de contribuyentes que proporcionen el suministro de agua para uso doméstico, que hayan obtenido la devolución de saldos a favor del IVA deberán presentar la forma oficial 75 "Aviso de destino del saldo a favor de IVA".
X
X
X
X
motivo o circunstancias por las cuales se originó el saldo a favor solicitado.
X
X
X
X
14
Encabezado del estado de cuenta bancario emitido por sucursal bancaria, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado.
X
X
X
X
15
Acuse del certificado digital de la FIEL vigente en todos los casos, para personas físicas únicamente cuando se trate de saldos a favor con importes iguales o superiores a $10,000.00
X
X
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes
No.
DOCUMENTO
ALTEX
ALTEX CON
DECLARATORIA
DE CPR
CONVENCIONAL
CON
DECLARATORIA
DE CPR
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
 
 
X
X
cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
X
X
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales (2002 y anteriores) manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
5
Escrito en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo por el que solicita devolución, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
 
 
6
Escrito libre en el que aclare las diferencias en el saldo a favor manifestado en la declaración y el solicitado, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
7
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
X
X
X
X
8
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores y prestadores de servicios o operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA.
X
 
X
 
correspondiente.
 
 
X
X
10
En caso de que la actividad preponderante no se lleve a cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre en el que indique "bajo protesta de decir verdad" el domicilio en el que realiza la actividad y, en su caso, fotocopia del aviso de apertura de establecimiento.
X
X
X
X
11
En caso de que el contribuyente no se encuentre relacionado en el Padrón de Empresas Altamente Exportadoras proporcionado por la Secretaría de Economía, escrito libre en el que aclare su situación respecto del Registro de Empresa Altamente Exportadora con que presuntamente cuenta.
X
X
 
 
12
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
14
Tratándose de líneas aéreas y navieras extranjeras, además escrito en el que indique detalladamente el tratamiento fiscal aplicado y forma de operación, cédulas de trabajo de integración conceptual de ingreso con tasas de causación; cédula de trabajo en la que integre el impuesto acreditado, identificando el que corresponda a vuelos regulares, no regulares, carga u otro. En el caso de navieras, las facturas más significativas que amparen cada modalidad de los servicios prestados.
 
 
X
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Solicitud de devolución de Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
No
DOCUMENTO
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
O SENTENCIA
JUDICIAL
OTROS
1
Forma oficial 32 por duplicado y sus anexos correspondientes.
X
X
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada (para cotejo) y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
4
Original (para cotejo) y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
X
X
5
Fotocopia de la(s) declaración(es) (provisionales o del ejercicio) correspondientes, en donde se observe el pago de lo indebido y fotocopia de la declaración complementaria(s) que se presente como consecuencia de la corrección para considerar el pago de lo indebido o bien, referencia de la presentación electrónica o vía Internet de las mismas (Fotocopia del acuse de aceptación emitido por el SAT, el cual debe contar con el sello digital).
X
X
6
Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, formato con sello original de la institución bancaria receptora (para cotejo).
X
X
7
Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en el que exponga claramente el motivo de su solicitud señalando las disposiciones jurídicas aplicables en el que basa su petición y papeles de trabajo donde se muestre el origen del importe que solicita en devolución.
X
X
8
Tratándose de derechos, aprovechamientos o productos, certificación expedida por la Dependencia, de que el uso o aprovechamiento no se realizó o el servicio no fue proporcionado o se proporcionó parcialmente.
 
X
9
En caso de liberación de créditos: Original (para cotejo) y fotocopia de la resolución administrativa o judicial.
 
X
10
En caso de sentencias, original (para cotejo) y fotocopia de resolución administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se desprenda el derecho a devolver.
X
 
11
En caso de haber cubierto el impuesto del que deriva el pago indebido a través de la figura de compensación de saldos a favor deberá aportar fotocopia del aviso de compensación con sello legible de recepción por parte de la autoridad.
X
X
 
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
Solicitud de devolución de Pago de lo Indebido
Grandes Contribuyentes
No
DOCUMENTO
GRANDES CONTRIBUYENTES
RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
O SENTENCIA
JUDICIAL
OTROS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
2
Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
3
Número de cuenta bancaria (CLABE), cuando el contribuyente se encuentre obligado a manifestarla y no lo hubiere hecho.
X
X
4
Escrito libre en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, aclarando respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
5
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
6
Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación señalada con anterioridad.
X
X
7
Escrito libre en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, si ha promovido o obtenido alguna confirmación de criterio o autorización emitida por autoridad competente en la que base su petición de pago de lo indebido o bien si habiéndola interpuesto y el resultado no fue favorable a sus intereses, haya interpuesto algún medio de defensa en contra de la misma.
 
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22, 22-A CFF, Reglas I.2.5.2., II.2.3.4. RMF.
13/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del ISR
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC de conformidad con el domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:7
Ver Tabla 9
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 9
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONA
S FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
X
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor" (por duplicado).
X
X
X
X
3
Anexo 8 de las formas fiscales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
 
4
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
7
Comprobante de impuesto acreditable retenido o pagado, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
8
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
9
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañara de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compenso" de la forma oficial 41, se señalaran los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.11.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
 
5
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
X
X
6
Escrito en el que aclare la cifra manifestada en la declaración respecto del acreditamiento del saldo a favor del ISR contra el IMPAC, por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
8
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
9
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
X
X
10
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral y/o comercial con la presentación de:
·   Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de honorarios o arrendamiento.
·   Recibos de arrendamiento.
·   Recibos de honorarios.
·   Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
 
 
 
X
11
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
12
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
14/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del IVA
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 10
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 10
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor" (por duplicado).
3
Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del IVA".
4
Anexo 7-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado".
5
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
6
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
7
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
8
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto retenido o pagado (Constancias de retenciones con firma autógrafa y en su caso, sello original, estados de cuenta bancarios, etc.).
9
La información en Unidad de Memoria Extraíble (USB) o CD con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema.
10
Papeles de trabajo (por duplicado), en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en los Artículos 5 y 5-A de la Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 7 de las formas oficiales 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c", del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO y "f" del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
11
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
12
En los casos de avisos complementarios por errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
 
Notas:   Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.12.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
            No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
            Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo del saldo a favor, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
6
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la forma oficial 41 contra el determinado por la autoridad (Remanente).
7
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA Acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
8
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4 del la Ley del IVA.
9
Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no registrados o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente.
10
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
11
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
 
Notas:   Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
            Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
15/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del IMPAC
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto. 
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC, que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 11
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 11
 
Aviso de Compensación de saldos a favor del Impuesto al Activo e Impuesto al Activo a Recuperar
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del Saldo a Favor" (por duplicado).
X
X
 
3
Anexo 2 de las forma oficiales 32 y 41 "Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores" (Art. 9 LIMPAC).
 
 
X
4
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
 
5
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
6
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada, y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
7
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
8
Comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
X
X
 
9
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, la declaración del ejercicio y de los pagos provisionales normal(es) y complementaria(s) presentadas ante institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo importe es mayor al IMPAC correspondiente al mismo ejercicio.
 
 
X
10
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de la(s) declaración(es) del ejercicio normal(es) y complementaria(s), en su caso, donde se derive el IMPAC a recuperar.
 
 
X
11
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, fotocopia de los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
 
 
X
12
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
13
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor del Impuesto al Activo e Impuesto al Activo a Recuperar
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
 
6
En su caso, cédulas de trabajo de la determinación, actualización y aplicación de reducciones y/o acreditamientos adicionales o de otros estímulos o acreditamientos
X
X
 
7
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
16/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
 
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 12
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
 
Tabla 12
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICAS
CERVEZA
BEBIDAS
REFRESCANTES
ALCOHOL,
ALCOHOL
DESNATURALIZADO
Y MIELES
INCRISTALIZABLES
TABACOS
LABRADOS
REFRESC
OS Y SUS
CONCENT
RADOS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
X
X
X
X
X
X
2
Anexo 5 "Cálculo del saldo a favor de IEPS".
X
X
X
X
X
X
3
Anexo 6 "Desglose de IEPS acreditable".
X
X
X
X
X
X
4
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
X
X
6
Original o fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
X
X
7
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (Con sello original o firma autógrafa).
X
X
X
X
X
X
8
Tratándose de remanentes solo se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
X
X
9
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.12.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICAS
CERVEZA
BEBIDAS
REFRESCANTES
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO Y
MIELES
INCRISTALIZABLES
TABACOS
LABRADOS
REFRESCOS Y
SUS
CONCENTRADOS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
3
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
X
X
5
Datos y comprobantes de las operaciones de las que deriva el IEPS acreditable.
X
X
X
X
X
X
6
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
17/CFF Aviso de Compensación de Otras Contribuciones
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 13
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 13
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
2
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
5
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (Con sello original o firma autógrafa), estados de cuenta bancarios, etc.
6
Fotocopia de la resolución administrativa o judicial que se encuentre firme de la que se desprenda el derecho a compensar.
7
Escrito libre a través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
8
En caso de liberación de créditos: original y fotocopia de la resolución administrativa o judicial.
9
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
10
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
 
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refieren las Reglas II.2.12.1 y II.2.15.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
6
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
18/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del IETU
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 14
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
 
Tabla 14
 
Aviso de Compensación de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" (por duplicado).
X
X
X
X
2
Anexo 14 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio".
X
X
X
X
3
Anexo 14-A de las forma oficiales 32 y 41 "Determinación de los pagos provisionales acreditables de IETU".
X
X
X
X
4
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentando, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
6
Original o copia certificada y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
7
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
X
X
X
X
8
En los casos de avisos complementarios por errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.11.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refieren el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor en el Impuesto Empresarial a Tasa Unica
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONA
S FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES
TODOS LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se haya presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Escrito en el que aclare la determinación de montos de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio.
X
X
X
X
7
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
19/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del IDE
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
Previa cita, en la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
Requisitos:
Ver Tabla 15
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 15
 
Aviso de Compensación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES
TODOS LOS
DEMAS
1
Forma fiscal 41 "Aviso de Compensación" ( por duplicado)
X
X
X
X
2
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del IDE sujeto a devolución de contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
3
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para la integración del impuesto a los depósitos en efectivo de los contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
4
Tratándose de la primera vez que compensa o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
X
X
X
X
5
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, además del ya reconocido por la autoridad, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
X
X
X
X
6
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal (Credencial de Elector, Certificado de Matrícula Consular, Pasaporte vigente o Cédula profesional).
X
X
X
X
7
Constancia de recaudación del IDE.
X
X
X
X
8
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
X
X
X
X
9
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
10
En los casos de avisos complementarios por errores manifestados en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 por duplicado con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
 
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refieren el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
 
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO PROPIO
REGIMEN SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
 
 
20/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de ISR vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 16
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 16
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
DE SUS
INTEGRANTES
TODOS LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
X
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor"
X
X
X
X
3
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
4
Contar con CIEF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal"
X
X
X
X
5
Comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
Nota:
Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de Código Federal de Procedimientos Civiles.
X
X
X
X
6
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación electrónico con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
7
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
 
X
 
X
 
X
 
X
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.11.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Sobre la Renta vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSONAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
DE SUS
INTEGRANTES
TODOS LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Comprobantes de deducciones personales, cuando sean en exceso o discrepantes con los ingresos.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio y, en su caso, copia de los pagos provisionales correspondientes.
X
X
X
X
6
Escrito en el que aclare la cifra manifestada en la declaración respecto del acreditamiento del saldo a favor del ISR contra el IMPAC, por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
8
Para contribuyentes del sector agropecuario: Escrito en el que aclare la determinación de los ingresos exentos, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
9
Escrito en el que se manifieste "bajo protesta de decir verdad" el motivo por el cual no manifestó cantidad en el cuadro correspondiente al IMPAC en la declaración del ejercicio de que se trate, estando obligado.
X
X
X
X
10
En caso de que el retenedor no haya presentado la declaración informativa, comprobar la relación laboral o comercial con la presentación de:
-    Estados de cuenta bancarios con los depósitos por concepto de pago de honorarios o arrendamiento.
-    Recibos de arrendamiento.
-    Recibos de honorarios.
-    Estados de cuenta bancarios, con las retenciones.
 
 
 
X
11
Escrito en el que se detalle la determinación del ingreso acumulable y no acumulable, por existir diferencias con el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
12
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
13
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
21/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor del IVA vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 17
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 17
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado vía Internet
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del saldo a favor"
3
Anexo 7 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del IVA".
4
Anexo 7-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para integrar el Impuesto al Valor Agregado".
5
Contar con CIEF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
6
Archivo con la relación de proveedores, prestadores de servicios o arrendadores que representen el 80% del valor de sus operaciones o la relación de la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, se recibirá únicamente para ser capturada en el subsistema.
7
Papeles de trabajo, en los cuales demuestre cómo determinó el importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste, cuando haya elegido la mecánica establecida en los Artículos 5 y 5-A de la Ley del IVA (Aplica cuando en el anexo No. 7 de las formas oficiales 32 y 41 se indiquen importes en los renglones "c", del recuadro IVA ACREDITABLE DEL PERIODO y "f" del recuadro SALDO A FAVOR DE IVA DETERMINADO EN EL PERIODO).
8
Tratándose de remanentes solo presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
9
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         No se deberá considerar como obligatorio el anexar al trámite como parte de los comprobantes de pago, las facturas de operaciones realizadas con proveedores, arrendadores o prestadores de servicios y de comercio exterior, los cuales sólo podrán solicitarse mediante requerimiento de información adicional.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Valor Agregado vía Internet
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
4
Escrito en el que se indique la determinación del monto del saldo a favor pendiente de acreditar de cada uno de los ejercicios anteriores que hayan sido acumulados en el periodo del saldo a favor, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
6
Escrito en el que aclare la diferencia en el saldo a favor manifestado en la forma oficial 41 contra el determinado por la autoridad (Remanente).
7
Escrito en el que se indique la determinación del monto de IVA Acreditable, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
8
Datos de las operaciones de los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y operaciones de comercio exterior que representan el 80% del IVA acreditable de conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA.
9
Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de servicios que se encuentren no registrados o no localizados en la base de datos del RFC, escrito mediante el cual aclare la forma y lugar en que realizó estas operaciones, acompañado de la documentación correspondiente.
10
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
11
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
22/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de IMPAC vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto. 
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 18
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
 
Tabla 18
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Activo e Impuesto al Activo a Recuperar vía Internet
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
X
X
X
2
Anexo A de las formas oficiales 32 y 41 "Origen del Saldo a Favor".
X
X
 
3
Anexo 2 de las forma oficiales 32 y 41 "Impuesto al Activo pagado en ejercicios anteriores" (Art. 9 LIMPAC).
 
 
X
4
Anexo 8 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor del ISR e IMPAC para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidan".
X
X
 
5
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
X
X
X
6
Comprobantes de impuesto retenido, (Constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
X
X
 
7
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, la declaración normal y complementaria(s) presentadas ante institución bancaria autorizada, en su caso, donde manifiesta el ISR del ejercicio cuyo importe es mayor al Impuesto al Activo correspondiente al mismo ejercicio.
 
 
X
8
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 o anteriores, la(s) declaración (es) normal y complementaria(s), en su caso, donde se deriva el Impuesto al Activo a recuperar.
 
 
X
9
Para los casos de declaraciones correspondientes al ejercicio 2001 y anteriores, los pagos provisionales normales y complementarios correspondientes a los ejercicios por los que se pagó IMPAC a recuperar.
 
 
X
10
Tratándose de remanentes solo presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
11
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.11.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto al Activo e Impuesto al Activo a Recuperar vía Internet
No.
DOCUMENTO
IMPAC
IMPAC POR
RECUPERAR
P.M. REGIMEN
SIMPLIFICADO
TODOS LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, en materia de ISR, cuando se acredite el saldo a favor de ISR contra IMPAC.
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
5
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
6
En su caso, cédulas de trabajo de la determinación, actualización y aplicación de reducciones o acreditamientos adicionales o de otros estímulos o acreditamientos.
X
X
 
7
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
8
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
23/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
 
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 19
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 19
Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS vía Internet
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICA
S
CERVEZA
BEBIDAS
REFRESCANTES
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO
Y MIELES
INCRISTALIZABLES
TABACOS
LABRADOS
REFRESCOS
Y SUS CON
CENTRADOS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
X
X
X
X
X
X
2
Anexo 5 Cálculo del saldo a favor de IEPS.
X
X
X
X
X
X
3
Anexo 6 Desglose de IEPS acreditable.
X
X
X
X
X
X
4
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
X
X
X
X
X
X
5
Comprobantes de impuesto acreditable, retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (con sello original y/o firma autógrafa).
X
X
X
X
X
X
6
Tratándose de remanentes solo presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
X
X
7
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
X
X
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.15.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de IEPS vía Internet
No.
DOCUMENTO
BEBIDAS
ALCOHOLICAS
CERVEZA
BEBIDAS
REFRESCANTES
ALCOHOL, ALCOHOL
DESNATURALIZADO
Y MIELES
INCRISTALIZABLES
TABACOS
LABRADOS
REFRESCOS
Y SUS CON
CENTRADOS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
3
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
X
X
5
Datos y comprobantes de las operaciones de las que deriva el IEPS acreditable.
X
X
X
X
X
X
6
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
24/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 20
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
Tabla 20
Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones vía Internet
No.
DOCUMENTO
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
2
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
3
Comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, constancias de retenciones, comprobantes de pago (con sello original y/o firma autógrafa), estados de cuenta bancarios, etc.
4
Resolución administrativa o judicial que se encuentre firme de la que se desprenda el derecho a compensar.
5
Escrito libre a través del cual la institución financiera señala el o los motivo(s) por el cual no debió efectuar la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
6
En caso de liberación de créditos la resolución administrativa o judicial.
7
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
8
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
Notas:  Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refieren las Reglas II.2.15.1 y II.2.11.1.de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Otras Contribuciones vía Internet
No.
DOCUMENTO
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
3
Escrito en el que se indique la determinación del monto de pagos provisionales manifestados en la declaración del ejercicio, cuando exista diferencia determinada por la autoridad.
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
6
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Notas:  Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
25/CFF Aviso de Compensación de saldos a favor de IETU vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 21
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
 
Tabla 21
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Empresarial a Tasa Unica vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSO-
NAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
DE SUS
INTEGRANTE
S
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
X
X
X
X
2
Anexo 14 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio".
X
X
X
X
3
Anexo 14-A de las forma oficiales 32 y 41 "Determinación de los pagos provisionales acreditables de IETU".
X
X
X
X
4
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
X
X
X
X
5
Papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
X
X
X
X
6
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
 
X
 
X
 
X
 
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Tratándose de contribuyentes dictaminados, en el apartado 3 "Información de la Declaración en que se compensó" de la forma oficial 41, se señalarán los datos del pago a que se refiere la Regla II.2.11.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en el que se manifestó el importe a cargo y se aplicó la compensación, aunque el dictamen aún no se haya presentado.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de saldos a favor de Impuesto Empresarial a Tasa Unica vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSO-
NAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICAD
O. IMPUESTO
DE SUS
INTEGRAN
TES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
7
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
Notas:  Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
 
26/CFF Aviso de Compensación IDE vía Internet
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deseen efectuar compensación de impuesto.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal"
¿Cuándo se presenta?
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
Requisitos:
Ver Tabla 22
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 23 CFF, Regla II.2.3.5. RMF.
 
 
 
Tabla 22
Aviso de Compensación de Impuesto a los Depósitos en Efectivo vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSO-
NAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
DE SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Forma oficial 41 "Aviso de Compensación" electrónico.
X
X
X
X
2
Anexo 11 de las formas oficiales 32 y 41 "Determinación del impuesto a los depósitos en efectivo sujeto a devolución de contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
3
Anexo 11-A de las formas oficiales 32 y 41 "Hoja de trabajo para la integración del impuesto a los depósitos en efectivo de los contribuyentes que no consolidan".
X
X
X
X
4
Contar con CIECF a efecto de ingresar a la aplicación "Mi portal".
X
X
X
X
5
Constancia de recaudación del IDE.
X
X
X
X
6
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste los acreditamientos efectuados.
X
X
X
X
7
Tratándose de remanentes presentará el aviso de compensación con los datos que el propio formato solicita.
X
X
X
X
8
En los casos de avisos complementarios por errores manifestado en el propio formato, o como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor, y/o en la declaración que contiene la aplicación de la compensación:
Presentará la forma oficial 41 con los datos que el propio formato solicita, dicho aviso se acompañará de los documentos que se establecen en el catálogo de servicios y trámites de Devoluciones y Compensaciones, cuando éstos hayan sufrido alguna modificación.
 
X
 
X
 
X
 
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
 
Aviso de Compensación de Impuesto a los Depósitos en Efectivo vía Internet
No.
DOCUMENTO
PERSONAS MORALES
PERSO-
NAS
FISICAS
REGIMEN
SIMPLIFICADO
. IMPUESTO
PROPIO
REGIMEN
SIMPLIFICADO.
IMPUESTO DE
SUS
INTEGRANTES
TODOS
LOS
DEMAS
1
Documentos que deban presentarse conjuntamente con el aviso de compensación y que hayan sido omitidos o éste y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones.
X
X
X
X
2
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
X
X
X
X
3
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
4
Tratándose de un Establecimiento Permanente, certificación de residencia fiscal y en su caso, escrito de aclaración cuando aplique beneficios de Tratados Internacionales.
X
X
X
X
5
Escrito libre en el que aclare las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.
X
X
X
X
6
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC.
X
X
X
X
Nota:    Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o de su representante legal, en su caso.
         Los documentos originales y copias certificadas se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que deberán devolverse al contribuyente por el personal receptor.
 
27/CFF Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes
 
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
¿Dónde se presenta?
Previa cita en la ALSC autorizada. que corresponda dependiendo de la circunscripción a la que pertenezca el domicilio fiscal conforme al siguiente cuadro:
ALSC
Circunscripción
Guadalajara
Ubicada en:
Av. Américas No. 1221 Torre "A"
Col. Circunvalación Américas
Guadalajara, Jal.
C.P. 44630
Colima,
Jalisco,
Nayarit,
Michoacán.
Veracruz
Ubicada en:
Módulo Marina Mercante, Calle Marina Mercante Antiguo Edificio de la Aduana s/n Entre Miguel Lerdo de Tejada y Benito Juárez, Col. Centro C.P. 91700 Veracruz, Ver.
Campeche,
Chiapas,
Oaxaca,
Quintana Roo,
Tabasco,
Veracruz,
Yucatán
Monterrey
Ubicada en:
Pino Suarez 790 Sur esq. Padre Mier,
Col. Centro, Monterrey, Nuevo León.
C.P. 64000
Coahuila,Durango,
Nuevo León,
Tamaulipas,
Zacatecas
Hermosillo
Ubicada en:
Centro de Gobierno; Blvd. Paseo Del Río Sonora
Esq. Galeana Sur PB. Edif. Hermosillo,
Col. Villa de Seris.
Hermosillo Sonora.
C.P. 83280.
Baja California,
Baja California Sur,
Chihuahua,
Sinaloa,
Sonora
Celaya
Ubicada en:
Rubén M. Campos s/n Fracc. Zona de Oro 1
Celaya Guanajuato.
C.P. 38020
Guanajuato,
Aguascalientes,
Querétaro,
San Luis Potosí.
 
Los contribuyentes de las circunscripciones del Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, presentarán sus avisos de compensación directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes en Avenida Hidalgo Núm. 77, Módulo III planta baja, Col. Guerrero, Delegación. Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F.
¿Qué documentos se obtienen?
Forma oficial 41 sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC
De conformidad con el siguiente cuadro:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
 
Requisitos:
Aviso de Compensación de saldos a favor del ISR
Grandes Contribuyentes
1
Forma fiscal 41 por duplicado y sus anexos correspondientes.
2
Tratándose de la primera vez que solicita compensación o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente a la que venía presentado, original o copia certificada y fotocopia del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal que promueve.
3
Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá anexar original o copia certificada y fotocopia del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.
4
Original y fotocopia de la identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
5
Si realizó la compensación de saldos a favor bajo el esquema de "Compensación Universal" a que se refiere la regla 2.2.7 de la "Resolución Miscelánea Fiscal para 2004", deberá registrar en la parte inferior de la forma fiscal 41 "Aviso de Compensación", a máquina o de manera impresa, la siguiente leyenda:
 
"Se presentó declaración de corrección de datos de compensación contra (IVA de Actos accidentales o IEPS Retenido, según se trate), en términos de la regla 2.2.7, con fecha (dd-mm-aaaa) y con número de operación____________".
6
Tratándose de declaraciones en las que se manifieste el saldo a favor correspondiente al ejercicio 2001 o anteriores, fotocopia de la declaración del ejercicio normal y/o complementaria presentada ante institución bancaria autorizada.
7
Tratándose de declaraciones provisionales o del ejercicio, presentadas con más de 5 años de antigüedad, adicionalmente a la fotocopia, deberá presentar formato con sello original de la institución bancaria.
8
Original y fotocopia de los comprobantes de impuesto acreditable retenido o pagado, (constancias de retenciones con firma autógrafa, en su caso, sello original; estados de cuenta bancarios en los que consten las retenciones de ISR; comprobantes de impuesto pagado en el extranjero; entre otros). Tratándose de enajenación o adquisición de bienes, declaración Formato 1-A.
 
Nota: Cuando dichos comprobantes se encuentren expresados en lengua extranjera, deberá aportar traducción al castellano en términos del artículo 271 de Código Federal de Procedimientos Civiles.
9
Escrito en el que se manifieste la proporción de su participación en la copropiedad y nombre del representante común (Solo para ejercicio 2002).
10
Tratándose de remanentes se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita.
11
En los casos de avisos complementarios por modificaciones en el propio formato, saldo a favor, importe compensado, tipo de impuesto o fecha de las declaraciones en las que se manifiesta el saldo a favor o se aplica la compensación, deberá observar las siguientes consideraciones:
 
a)    Si el aviso complementario es como consecuencia de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 y posteriores, se presentará el aviso de compensación por duplicado con los datos que el propio formato solicita
 
b)    Si el aviso complementario es derivado de modificaciones en la declaración en la que se manifiesta el saldo a favor y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el aviso de compensación por duplicado acompañado de la declaración complementaria que corresponda.
 
c)     Si el aviso complementario se origina con motivo de modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2002 en adelante, se presentará el formato 41 con los datos que en el propio formato se indican.
 
d)    Si el aviso complementario es motivado por modificaciones en la declaración que contiene la aplicación de la compensación y el periodo de ésta corresponde al ejercicio 2001 y anteriores, presentará el formato 41 acompañado de la declaración complementaria respectiva.

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