DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal (Continúa en la Segunda Sección)

Martes 17 de Mayo 2011
MANUAL General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal (Continúa en la Segunda Sección)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
MANUAL GENERAL DE PUESTOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Contenido
Hoja de autorización
Presentación
Indice de Descripciones de Puesto
Descripción de 75 Puestos:
-      Mandos Superiores y Homólogos a Mandos Superiores
-      Mandos Medios y Homólogos a Mandos Medios
-      Operativos
Apéndice
       Anexo 1. Glosario
       Anexo 2. Identificación de los conceptos de la Descripción de Puesto
       Anexo 3. Registro de Actualizaciones
 

PRESENTACION
El Consejo de la Judicatura Federal mantiene un constante proceso de mejora y revisión de su normativa administrativa con la finalidad de contar con instrumentos técnicos actualizados que le permitan conocer sobre su evolución y del aprovechamiento de los recursos que dispone, todo ello, para asegurar que sus esfuerzos están dirigidos al cumplimiento de su misión y la consolidación de su visión.
El conocimiento de la orientación fundamental que regula la ejecución de los puestos de trabajo autorizados en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones del Consejo de la Judicatura Federal, es el principal propósito de este documento denominado Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, Febrero 2011, aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, autorizando los principales elementos de la descripción de los puestos para coadyuvar a la gestión y dirección del recurso humano, estableciendo su observancia obligatoria para la contratación, promoción y el desarrollo de los servidores públicos.
Para lo anterior, la Secretaría Ejecutiva de Finanzas a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto se abocaron a la actualización de las descripciones de los puestos existentes, tomando en cuenta los cambios por retabulaciones y la incorporación de las descripciones de los puestos de nueva creación, y verificando para todas ellas la normativa vigente particularmente lo que señala el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006; y de manera relevante la precisión de
los requisitos de grado académico.
Asimismo, dichas descripciones fueron revisadas y en su caso, complementadas con las aportaciones de la Secretaría Ejecutiva de Administración a través de la Dirección General de Recursos Humanos, así como de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación y la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Una vez integrado y validado el Manual fue sometido a la consideración de la Comisión de Administración, instruyendo su presentación al Pleno del Consejo.
Este Manual contiene 75 (setenta y cinco) Descripciones de Puestos y se constituye como el instrumento básico que define el objetivo, las funciones, la norma de creación y las responsabilidades de cada puesto, así como la formación académica, la experiencia y otros requisitos que deben cubrir los ocupantes de los puestos.
Para mantener un control histórico de la descripción de puesto, se mantiene como fecha de autorización la que corresponde a la primera vez que fue presentada y aprobada por la Comisión de Administración y, como fecha de actualización, aquélla en la que fue autorizada su última actualización por la autoridad competente, para asegurar su vigencia.
El documento cuenta con un Apéndice de 3 anexos: el primero contiene un Glosario, el segundo la explicación del contenido de los datos de la Descripción de Puesto y el tercero el Registro de Actualizaciones.
Es importante, hacer hincapié que su observancia es obligatoria para los Organos Jurisdiccionales, así como para las Ponencias de Consejeros, Organos Auxiliares, Secretarías Ejecutivas, Direcciones Generales, Unidades Administrativas, Secretarías Técnicas de Comisión, Administraciones Regionales y Delegaciones Administrativas.
Así como, en la administración de la estructura orgánica y ocupacional que disponen y en la distribución individual de las descripciones de puestos a los servidores públicos adscritos, conforme al puesto autorizado correspondiente a su nombramiento, para que les sirva a estos últimos de conocimiento de su ámbito genérico de actuación, responsabilidad y requisitos del perfil que debe cumplir.
Asimismo se destaca, que el contenido del Manual General de Puestos es la base para alinear la información que debe contener la elaboración y/o actualización de los Manuales de Puestos Específicos de cada una de las áreas administrativas del Consejo, y que conforme a las instrucciones del Pleno del Consejo en sesión ordinaria celebrada el 6 de octubre de 2010, dadas a conocer mediante SEPLEP./ADM./004/4780/2010, la observancia de su aplicación también es obligatoria; por lo que deberán revisarse y en su caso, actualizarse cada vez que el Manual General de Puestos, sufra modificaciones y/o actualizaciones; vigilando que el requisito de grado académico que determinen los Manuales de Puestos Específicos, no esté por debajo del que establezca en el Manual General de Puestos vigente, sin que esto implique que no pueda ser superior para el puesto específico.
Tanto el Manual General de Puestos como los Manuales de Puestos Específicos deben estar permanentemente actualizados, por lo que los titulares deben asegurarse de ello. Asimismo, deben vigilar su observancia obligatoria para la contratación y promoción del personal a su cargo, considerando invariablemente que los requisitos mínimos exigibles son los establecidos en el Manual General de Puestos vigente a la fecha de contratación o promoción, y sólo cuando los del Manual de Puestos Específicos correspondiente fueran superiores, deberán considerarse como mínimos exigibles estos últimos. Sin embargo, no aplica la retroactividad para los servidores públicos que ya ocupan los puestos con anterioridad a la fecha de autorización del presente, con la finalidad de no perjudicar sus derechos laborables.
Por último, es importante resaltar que la única instancia competente para resolver cualquier situación acerca de la aplicación de las descripciones de puestos es la Comisión de Administración, quien someterá al Pleno del Consejo las dudas que así lo requieran.
INDICE DE DESCRIPCIONES DE PUESTO
 
Cons.
PUESTO
1.
CONSEJERO
2.
TITULAR DE ORGANO AUXILIAR
3.
VISITADOR JUDICIAL A
4.
MAGISTRADO DE CIRCUITO
5.
VOCAL
6.
SECRETARIO EJECUTIVO
7.
CONTRALOR DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
8.
JUEZ DE DISTRITO
9.
COORDINADOR ACADEMICO
10.
COORDINADOR DE SEGURIDAD
11.
DIRECTOR GENERAL
12.
COORDINADOR GENERAL
13.
SECRETARIO TECNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERO
14.
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
15.
SECRETARIO TECNICO DE PONENCIA DE CONSEJERO
16.
VISITADOR JUDICIAL B
17.
SECRETARIO TECNICO AA DE COMISION PERMANENTE
18.
SECRETARIO TECNICO A
19.
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISION SUBSTANCIADORA
20.
REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISION SUBSTANCIADORA
21.
COORDINADOR DE AREAS
22.
SECRETARIO DE TRIBUNAL
23.
DELEGADO
24.
EVALUADOR
25.
SECRETARIO DE JUZGADO
26.
SUPERVISOR
27.
DIRECTOR DE AREA
28.
SECRETARIO DE APOYO B
29.
ADMINISTRADOR REGIONAL
30.
SECRETARIO DE LA COMISION SUBSTANCIADORA UNICA DEL PJF
31.
ASESOR ESPECIALIZADO SPS
32
SECRETARIO PARTICULAR DE SPS
33.
DEFENSOR PUBLICO
34.
ASESOR JURIDICO
35.
ASESOR SPS
36.
LIDER DE PROYECTO
37.
COORDINADOR TECNICO DE SPS
38.
ACTUARIO JUDICIAL
39.
SUBDIRECTOR DE AREA
40.
COORDINADOR TECNICO A
41.
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMUN A
42.
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE CIRCUITO
43.
SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZ DE DISTRITO
44.
DELEGADO ADMINISTRATIVO
45.
JEFE DE DEPARTAMENTO
46.
AUDITOR
47.
DICTAMINADOR
48.
COORDINADOR TECNICO B
49.
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMUN B
50.
COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
51.
AUXILIAR ITINERANTE
52.
ANALISTA JURIDICO SISE
53.
TAQUIGRAFA JUDICIAL PARLAMENTARIA
54.
TECNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC
55.
SECRETARIA EJECUTIVA DE SPS
56.
TECNICO DE ENLACE
57.
AUXILIAR DE ACTUARIO
58.
OFICIAL ADMINISTRATIVO
59.
OFICIAL DE PARTES
60.
ANALISTA ESPECIALIZADO
61.
JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD
62.
SECRETARIA EJECUTIVA A
63.
CHOFER DE FUNCIONARIO
64.
ENFERMERA ESPECIALIZADA
65
SECRETARIA A
66.
ANALISTA
67.
OFICIAL DE SEGURIDAD
68.
TECNICO ADMINISTRATIVO
69.
TECNICO ESPECIALIZADO
70.
EDUCADORA
71.
ANALISTA ADMINISTRATIVO
72.
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
73.
NIÑERA
74.
COCINERA
75.
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
01 - CONSEJERO *
09 - CONSEJERO **
Clave:
CF10101
CF10109
Nivel y Rango:
2 UNICO
2B UNICO
(*) De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional.
(**) Ingreso a partir del 1 de enero de 2010.
II.    Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Conducir el funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal decidiendo mediante acuerdos, con independencia e imparcialidad y en forma colegiada en Pleno o en Comisiones, las estrategias, políticas y acciones a seguir en materia de administración, carrera judicial, disciplina, creación de nuevos órganos, adscripción y vigilancia, en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
II.2   Funciones:
1.     Formar parte del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias en los términos señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
2.     Proveer los trámites y resolver los asuntos que se presentan al Pleno del Consejo.
3.     Participar anualmente como integrante de al menos una de las comisiones permanentes del Consejo.
4.     Velar por el orden y la disciplina dentro y fuera de su ponencia.
5.     Velar por la autonomía de los Organos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros.
6.     Integrar la Comisión de Receso cuando así lo determine el Pleno.
7.     Despachar la correspondencia de su oficina.
8.     Cumplir con aquellas comisiones que le encomiende el Pleno del Consejo.
9.     Integrar la Comisión de Administración del Tribunal Electoral, si fuera el caso, en términos del Artículo 205 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
10.   Dar cuenta al Pleno del Consejo con las medidas urgentes tomadas durante la Comisión de Receso.
11.   Dar cuenta al Pleno del Consejo con los asuntos trascendentes.
12.   Convocar a sesión extraordinaria del Pleno del Consejo cuando la trascendencia del caso lo amerite.
13.   Solicitar, para el adecuado desempeño de sus funciones, la cooperación de los Organos Jurisdiccionales, Organos Auxiliares y Unidades Administrativas del Consejo.
14.   Presentar los proyectos de resolución de procedimientos administrativos de responsabilidad y de ratificación de los servidores públicos que les corresponda conforme al turno.
15.   Presidir cualquiera de las Comisiones Permanentes del Consejo, cuando así lo decidan los demás Consejeros de la Comisión respectiva.
16.   Participar en la designación del Presidente de cada una de las Comisiones Permanentes que integren.
17.   Realizar, cuando funja como Presidente de Comisión Permanente o Transitoria en turno, las funciones establecidas para el funcionamiento de las Comisiones del Consejo de la Judicatura Federal.
 
18.   Colaborar en caso necesario, en cualquier actividad que guarde relación directa con el propio Consejo.
19.   Asistir a las sesiones a las que sea convocado, salvo caso fortuito o fuerza mayor, o bien, porque le haya sido encomendada alguna Comisión.
20.   Nombrar y remover al personal adscrito a su ponencia, con excepción del nombramiento de los secretarios técnicos que las integren, los que serán propuestos por cada titular a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y, hecho lo anterior, se informará al Pleno del Consejo, respecto del nombramiento realizado.
21.   Otorgar licencias con o sin goce de sueldo, hasta por treinta días, a los servidores públicos adscritos a sus ponencias.
22.   Someter a consideración del Pleno el proyecto de resolución por el que se dé cumplimiento a las resoluciones pronunciadas en los recursos de revisión administrativa en el plazo que fija el Artículo 128 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
23.   Someter al Pleno, por conducto de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, iniciativas de acuerdos generales, reglamentos, manuales internos u otras disposiciones de acatamiento obligatorio, así como las propuestas para la reforma, modificación o derogación de ellos;
24.   Ordenar que les sea entregada cualquier información elaborada, recopilada, almacenada o investigada por cualquiera de las áreas administrativas del Consejo.
25.   Las demás que le confieran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Artículo 29 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.
II.4   Responsabilidades:
1.     Velar en todo momento por la autonomía de los Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de los miembros de este último.
2.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
5.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
6.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
7.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
8.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
9.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
10.   Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
 
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho expedidos por autoridad competente, con antigüedad mínima de diez años a la fecha de designación.
III.2  Experiencia laboral:
       La determinada en los mecanismos para su selección, mínima de diez años.
III.3  Otros Requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
-     Tener cuando menos treinta y cinco años de edad cumplidos el día de la designación.
-     Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.
-     Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
-     No haber sido Secretario de Estado, Jefe de Departamento Administrativo, Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal, Senador, Diputado Federal ni Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo al día de su nombramiento.
-     Tres Consejeros serán designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, por lo que también cubrirán los requisitos que señalen los acuerdos correspondientes que se emitan para su selección.
-     Dos Consejeros serán designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.
-     Haberse distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y honorabilidad en el ejercicio de sus actividades, en el caso de los designados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deberán gozar además con reconocimiento en el ámbito judicial.
-     No podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.
-     Los demás que señalen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
10 - TITULAR DE ORGANO
AUXILIAR
Clave:
CF10110
Nivel y Rango:
3 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coadyuvar al adecuado funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal, asegurando el cumplimiento de las atribuciones y la operación especializada del Organo Auxiliar a su cargo, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, las disposiciones legales aplicables y los Acuerdos Generales emitidos por el Pleno del Consejo.
II.2   Funciones:
Los Titulares de los Organos Auxiliares, con excepción del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública y del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, tendrán en lo general las siguientes:
1.     Planear y presupuestar conforme a los programas, las funciones correspondientes del Organo Auxiliar a su cargo.
2.     Formular, ejecutar y evaluar los programas necesarios para el desarrollo de sus funciones.
3.     Formular y presentar al Pleno del Consejo el Programa Anual de Trabajo.
4.     Formular los dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos por el Pleno, las Comisiones y demás áreas administrativas facultadas.
5.     Proponer o designar, conforme a la normativa aplicable, al personal del Organo Auxiliar a su cargo.
6.     Tramitar ante el Pleno del Consejo y demás áreas administrativas facultadas, los cambios de adscripción y las solicitudes de licencia que formulen los servidores públicos del Organo Auxiliar a su cargo.
7.     Recibir en acuerdo ordinario a los Titulares de las Unidades Administrativas adscritas al Organo Auxiliar a su cargo, en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público subalterno y, en su caso, conceder audiencia al público.
8.     Coordinar, de conformidad con las disposiciones establecidas, las vacaciones del personal a su cargo, autorizar los permisos económicos debidamente justificados de éste y ordenar las suplencias correspondientes.
9.     Elaborar, conforme a los lineamientos que al efecto expida el Consejo, los manuales de organización y procedimientos internos del Organo Auxiliar a su cargo.
10.   Proponer al Pleno del Consejo el sistema de estímulos y capacitación para el personal a su cargo.
11.   Asesorar técnicamente, en asuntos de su competencia, al Pleno del Consejo, Comisiones, Consejeros y, en su caso, a cualquier unidad administrativa del Consejo.
12.   Coordinar las acciones, en el ámbito de su competencia, con los titulares de otras unidades administrativas para el tratamiento especializado y eficaz de los asuntos.
13.   Someter a consideración del Pleno del Consejo o Comisiones y demás áreas administrativas facultadas, aquellos estudios y proyectos de acuerdo sobre normas, lineamientos y políticas que se elaboren en el área de su responsabilidad.
14.   Aplicar, en los asuntos de su competencia, los ordenamientos legales y las disposiciones emitidas
por el Pleno del Consejo.
15.   Presentar ante el Pleno del Consejo el Informe Anual de Labores correspondiente al área de su competencia.
16.   Representar al Organo Auxiliar a su cargo, en todos los actos en la esfera de su competencia.
17.   Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y, en su caso, expedir copia certificada de aquellos que obren en sus archivos.
18.   Las demás que determine el acuerdo o reglamento interior del Organo Auxiliar, el Pleno del Consejo y demás disposiciones aplicables.
Para el funcionamiento del Organo Auxiliar, su titular según sea el caso, considerará lo siguiente:
·   El Instituto de la Judicatura Federal, se regirá por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y su propio reglamento.
·   La Visitaduría Judicial se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y los acuerdos generales del Pleno del Consejo que regulen su organización y funcionamiento.
·   El Instituto Federal de Defensoría Pública se regirá conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a la Ley Federal de Defensoría Pública y a sus Bases Generales de Organización y Funcionamiento.
·   El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles se regirá conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; a la Ley de Concursos Mercantiles; el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y los acuerdos generales del Pleno del Consejo que regulen su organización y funcionamiento.
II.3   Norma de creación:
Artículos 88 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Artículos 87, 88 y 90 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Auxiliar al Pleno y Comisiones, conforme a sus competencia, al adecuado funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
 
9.     Las demás que determinen la legislación correspondiente, en su caso, la Junta Directiva o el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones que deba desempeñar, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
Mínima de cinco años, hecha excepción de :
-     Titular de la Visitaduría Judicial que deberá ser de Magistrado de Circuito ratificado, tener una antigüedad de diez años en la carrera judicial, haber sido Juez de Distrito y gozar de amplia experiencia laboral y conocimiento del funcionamiento de los Organos Jurisdiccionales.
-     Titular del Instituto Federal de Defensoría Pública mínima de tres años en el ejercicio de la abogacía, relacionada especialmente con las materias afines a sus funciones; y poseer título y cédula profesional de Licenciado en Derecho, expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello con antigüedad mínima de cinco años computada al día de su designación.
-     Titular del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles mínima de siete años en el desempeño de cargos de alta responsabilidad, asesoría, actividades docentes o de investigación en materia administrativa, contable, económica, financiera o jurídica relacionada con el objeto de la Ley de Concursos Mercantiles.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Gozar de buena reputación.
-     Ser mayor de treinta años de edad el día de su nombramiento para el Titular del Instituto Federal de Defensoría Pública de conformidad con lo señalado en el Artículo 31 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
 
-     Reunir los requisitos que al efecto prevea el acuerdo o reglamento interior de cada uno de dichos Organos Auxiliares.
-     Para el Titular del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, además:
·  No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal, ni inhabilitado para desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público, en el sistema financiero, o para ejercer el comercio.
·  No ser cónyuge, concubina o concubinario, ni tener parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo por afinidad, o parentesco civil con cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
· No tener litigios pendientes contra el Instituto.
-     Los demás que establezcan la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, las leyes respectivas y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
03 - JURIDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
01 - VISITADOR JUDICIAL A
Clave:
CF10301
Nivel y Rango:
5 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Representar al Consejo de la Judicatura Federal en la inspección extraordinaria del funcionamiento de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, así como supervisar las conductas de los integrantes de estos Organos Jurisdiccionales.
II.2   Funciones:
1.     Practicar las visitas extraordinarias que se ordenen por la Comisión de Disciplina o el Pleno del Consejo.
2.     Levantar acta circunstanciada de toda visita de inspección extraordinaria que realice.
3.     Revisar las resoluciones y, en su caso, los proyectos de resolución formulados por los Titulares de los Organos Jurisdiccionales, a solicitud de cualquiera de las Comisiones o del Pleno del Consejo.
4.     Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de visitas.
5.     Suplir las ausencias temporales del Titular de la Visitaduría Judicial, cuando lo determine la Comisión de Disciplina, o la de algún otro Visitador Judicial A, cuando lo disponga el Titular de la Visitaduría Judicial.
6.     Ejecutar materialmente, en la práctica de las visitas extraordinarias, las determinaciones del Pleno del Consejo, relacionadas con suspensiones y amonestaciones públicas o privadas impuestas a empleados y funcionarios de los Organos Jurisdiccionales.
7.     Entregar al Titular de la Visitaduría Judicial el original y anexos que correspondan de las actas de visita practicadas.
8.     Efectuar en tiempo y forma las comprobaciones que en materia de viáticos, pasajes y transportes se requieran, derivados de las comisiones que se le encomienden.
9.     Rendir un informe semestral de labores al Titular de la Visitaduría Judicial.
10.   Solicitar apoyo al Titular de la Visitaduría Judicial de personal profesional o técnico de ese Organo Auxiliar para la práctica de las visitas de inspección extraordinarias.
11.   Intervenir en el proceso de evaluación de los Visitadores Judiciales B.
12.   Las demás que le confieran el Titular de la Visitaduría Judicial, la Comisión de Disciplina o el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Artículo 4 del Acuerdo General 7/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la organización y funcionamiento de la Visitaduría Judicial del Consejo de la Judicatura Federal y abroga el diverso Acuerdo General 28/2003, del propio Cuerpo Colegiado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2008.
II.4   Responsabilidades:
1.     Manifestar los impedimentos que tenga para la práctica de las visitas extraordinarias.
2.     Informar al Titular de la Visitaduría Judicial sobre la existencia de cualquier acto que pueda lesionar gravemente la impartición de justicia o que se observe durante la práctica de visitas y que pudiera ser constitutivo de responsabilidad de cualquier funcionario o empleado del Organo Jurisdiccional
visitado.
3.     Informar al Titular de la Visitaduría Judicial cualquier acto que pueda vulnerar la autonomía de los Organos Jurisdiccionales o la independencia e imparcialidad de sus miembros.
4.     Recomendar a los Titulares de los Organos Jurisdiccionales el dictado de las resoluciones en aquellos asuntos donde exista dilación.
5.     Tratar con respecto al personal de la Visitaduría Judicial y al de los Organos Jurisdiccionales que visite.
6.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
7.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
8.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
9.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
10.   Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
11.   Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
12.   Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
13.   Las demás que determinen el Titular de la Visitaduría Judicial, o el Pleno del Consejo, o cualquiera de sus Comisiones.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE : NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI (Cheques librados a su favor para la realización de comisiones)
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO
      NORMAL DE OFICINA: SI     (Se instalará en el recinto de los Organos Jurisdiccionales y en las oficinas de la Visitaduría Judicial)
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de diez años.
III.3  Otros requisitos:
 
-     Tener nombramiento de Magistrado de Circuito, ratificado en su cargo.
-     Haber sido Juez de Distrito.
-     No haber sido sancionado por falta grave por el Consejo o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Ser mayor de treinta y cinco años de edad.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por el Pleno del Consejo, a propuesta de su presidente.
-     Durará en su encargo tres años prorrogables por una vez, a consideración del Pleno del Consejo.
-     Los demás que se determinen en los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CJ - CARRERA JUDICIAL
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
01 - MAGISTRADO DE
CIRCUITO
Clave:
CJ10201
Nivel y Rango:
6 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Impartir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, resolviendo los juicios promovidos ante el Tribunal Colegiado o Unitario de Circuito de su adscripción, en los términos previstos en las leyes aplicables.
II.2   Funciones:
De conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Título Tercero de los Tribunales de Circuito según su adscripción:
-      Capítulo II de los Tribunales Unitarios, Artículos 29 al 31.
-      Capítulo III de los Tribunales Colegiados, Artículos 34 al 37.
En caso de ser nombrado Presidente del Tribunal Colegiado, considerar además los Artículos 40 y 41.
De manera general mas no limitativa, las siguientes:
1.     Desempeñar su función jurisdiccional, que consiste en decir el derecho ante las situaciones controvertidas que se le planteen y reflexionar adecuadamente la razón cuando no resuelva el fondo de la controversia.
2.     Resolver los asuntos de su competencia dentro de los plazos y términos que fija la ley.
3.     Fundar y motivar sus resoluciones, sujetando su actuar a la ley.
4.     Vigilar el resguardo de los expedientes, documentos y valores, que se tramiten en el Organo Jurisdiccional de su adscripción.
5.     Recibir las pruebas de las partes conforme a las leyes aplicables.
6.     Atender y recibir a las personas que sean partes en los juicios de que conozca.
7.     Sujetarse a las formalidades que establece la ley.
8.     Hacer cumplir sus determinaciones.
9.     Mantener el orden en el Organo Jurisdiccional de su adscripción.
10.   Elaborar sus resoluciones acatando las reglas de claridad, precisión, exhaustividad y congruencia.
11.   Turnar el asunto a la autoridad competente, cuando él no lo sea.
12.   Las demás que correspondan al ámbito de su competencia.
II.3   Norma de creación:
Artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 28, 33 y 110 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las leyes que de ella
emanan.
2.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos inherentes a su responsabilidad
III.    Perfil del puesto.-
       Los requisitos señalados en los artículos 105 y 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Práctica profesional de cuando menos cinco años.
       Tres años, al menos, de experiencia en la función de Juez de Distrito, considerados como el profesionalismo necesario y formativo de la carrera judicial.
       Lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los
funcionarios judiciales.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser mayor de treinta y cinco años de edad.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Contar con la designación de Magistrado de Circuito, a través de concurso interno de oposición o de oposición libre, de conformidad con los Artículos 112 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que se establezcan para tal fin.
-     Conocimientos óptimos para aplicar e interpretar la ley, con objetividad, imparcialidad e independencia.
-     Preparación y estudios para llevar a cabo la función con excelencia y aplicación en la impartición de justicia.
-     Buen desempeño en las funciones de Juez de Distrito, de acuerdo con los principios que rigen la Carrera Judicial.
-     Los demás que determinen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo relacionados con los concursos para acceder a los puestos de Carrera Judicial.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
11 - VOCAL
Clave:
CF10111
Nivel y Rango:
6B UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Orientar con decisiones colegiadas el funcionamiento del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y coadyuvar al fomento y difusión de la cultura concursal.
II.2   Funciones:
1.     Formar parte y participar en las reuniones de la Junta Directiva del Instituto, estudiando los asuntos que en ella se presenten.
2.     Apoyar en la toma de decisiones de la Junta Directiva con voz y voto en las resoluciones de los asuntos que se traten en las sesiones.
3.     Proponer la información que fundamente y brinde soporte a los asuntos de su especialidad que se sometan a la Junta Directiva.
4.     Participar con los demás integrantes de la Junta Directiva, en la elaboración y actualización de las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos Mercantiles y de los Criterios de Selección y Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles.
5.     Apoyar y asesorar en su área de experiencia a los especialistas designados en los procedimientos de concurso mercantil y a los Organos Jurisdiccionales que participen en los mismos.
6.     Diseñar instrumentos en su área de experiencia para hacer más eficiente la labor de los Especialistas de Concursos Mercantiles en los procesos concursales.
7.     Emitir opinión respaldada por su área de especialidad, sobre la documentación que emita el Instituto.
8.     Intervenir en la coordinación con los Organos Jurisdiccionales y otras entidades del Poder Judicial de la Federación que así lo soliciten, para atender oportunamente los requerimientos que se presenten en el desarrollo de los procesos concursales.
9.     Establecer comunicación con colegios profesionales, despachos, universidades, escuelas e institutos especializados en materias relacionadas con cuestiones contables y concursales, para dar a conocer y difundir las tareas y funciones del Instituto, así como promover la cultura concursal.
10.   Intervenir en foros nacionales e internacionales en materia concursal e intercambiar experiencias con otras instituciones, en particular en el ámbito de su materia.
11.   Participar en la preparación de información relacionada con su área de especialidad que deba difundirse.
12.   Coadyuvar en el control y evaluación del desempeño de los especialistas dentro de su área de especialidad y en el establecimiento del seguimiento de su actuación en el proceso concursal.
13.   Coordinar y, en su caso, elaborar las investigaciones y estudios de los aspectos de su especialidad relacionados con la materia concursal.
14.   Participar en la elaboración y actualización de los formatos que emita el Instituto.
15.   Colaborar en la elaboración de estadísticas relativas a los concursos mercantiles y a las funciones del Instituto.
16.   Proporcionar la información necesaria para el informe semestral de actividades y colaborar en su elaboración.
17.   Ejecutar en el ámbito de su competencia los requerimientos del Instituto y los acuerdos de la Junta Directiva.
 
18.   Desarrollar e implementar un programa específico de soporte y supervisión de los visitadores designados, manteniendo comunicación constante con los mismos.
19.   Participar en el análisis y evaluación de la procedencia de los honorarios de los especialistas de concursos mercantiles.
20.   Desarrollar e implementar procedimientos y guías de trabajo que permitan planear las actividades a desarrollar por los especialistas de concursos mercantiles.
21.   Apoyar activamente el programa de atracción y mantenimiento de especialistas del Instituto.
22.   Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, desarrollo e implementación de la planeación estratégica del Instituto.
23.   Participar en los talleres y cursos de capacitación en forma interna y externa.
24.   Emitir su voto para la aprobación de los Manuales de Organización y de Procedimientos del Instituto.
25.   Participar en la evaluación periódica de las actividades del Instituto.
26.   Las demás que le confiera la Junta Directiva del Instituto Federal de Concursos Mercantiles, el Pleno del Consejo y las normas aplicables.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Artículo 314 de la Ley de Concursos Mercantiles.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
4.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que determinen la Junta Directiva del Instituto Federal de Concursos Mercantiles, el Pleno del Consejo y la normativa.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
 
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber desempeñado, en materia administrativa, contable, económica, financiera o jurídica relacionada con procedimientos mercantiles, cargos de alta responsabilidad, asesoría, actividades docentes o de investigación, por lo menos durante siete años.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos de edad.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Ser nombrado por el Consejo, a propuesta de su Presidente.
-     Ser de reconocida probidad.
-     No haber sido condenado mediante sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal; ni inhabilitado para desempeñar empleo, cargo, o comisión en el servicio público, en el sistema financiero, o para ejercer el comercio.
-     No ser cónyuge, concubina o concubinario, ni tener parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo por afinidad, o parentesco civil con cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
-     No tener litigios pendientes contra el Instituto.
-     No podrá durante el tiempo de su encargo, aceptar o ejercer ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados de carácter docente o en instituciones de asistencia social públicas o privadas.
-     Los demás que establezcan la Ley de Concursos Mercantiles y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
12 SECRETARIO EJECUTIVO
Clave:
CF10112
Nivel y Rango:
6B UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Asegurar el cumplimiento de las atribuciones y Acuerdos de la Comisión de su adscripción, así como la ejecución de los programas y continuidad operativa de las áreas administrativas a su cargo, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y las disposiciones legales aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Representar a la Secretaría Ejecutiva que corresponda.
2.     Instruir el trámite de los asuntos de su competencia que le designe el Pleno del Consejo y elaborar los acuerdos correspondientes.
3.     Apoyar en el ejercicio de sus facultades al Pleno y a las Comisiones.
4.     Proponer los Anteproyectos de Presupuesto por Programas de su área en los términos de los acuerdos generales del Pleno y normatividad establecida en el Consejo de la Judicatura Federal, para cada ejercicio de gasto.
5.     Formular y presentar al Pleno del Consejo el Programa Anual de Trabajo de la Secretaría Ejecutiva a su cargo.
6.     Someter a la consideración de las Comisiones, las disposiciones, reglas, bases de carácter general, normas, lineamientos y políticas, en el ejercicio de las atribuciones que competan a la Secretaría Ejecutiva a su cargo.
7.     Desempeñar las funciones que la Comisión respectiva le confiera y mantenerla informada sobre el desarrollo de las mismas.
8.     Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a la Secretaría Ejecutiva a su cargo.
9.     Elaborar, conforme a los lineamientos establecidos por el Consejo, los manuales de organización y procedimientos internos de la Secretaría Ejecutiva a su cargo.
10.   Fijar las medidas de coordinación que deben darse entre las unidades administrativas a su cargo y las demás áreas del Consejo.
11.   Proponer o designar, conforme a la normativa aplicable, al personal de la Secretaría Ejecutiva a su cargo, en coordinación el área competente.
12.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas que se le hubieran adscrito y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público subalterno y, en su caso, conceder audiencia al público.
13.   Informar a la Comisión respectiva del resultado de las evaluaciones de las unidades administrativas que le correspondan, sobre la ejecución y avance de proyectos y programas.
14.   Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como certificar las copias que obren en sus archivos.
15.   Firmar con el Presidente, los demás Consejeros integrantes y el secretario técnico de la Comisión respectiva, las actas de las sesiones en las que participe.
16.   Informar a las Comisiones, en los plazos establecidos, sobre el ejercicio de las facultades conferidas y del avance de los proyectos y programas a su cargo.
 
17.   Presentar ante el Pleno, el Informe Anual de Labores correspondiente al área de su competencia.
18.   Asistir a las sesiones del Pleno y de las Comisiones Permanentes a las que sea citado.
19.   Participar en los comités, comisiones, representaciones, suplencias y recesos que se determinen.
20.   Las demás que establezcan el Pleno del Consejo, la Comisión a la que pertenece y las disposiciones aplicables.
21.   Las demás que le confieran la Comisión a la que pertenece, las disposiciones aplicables y el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículos 86 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y Artículo 63 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Apoyar en el ejercicio de sus funciones al Pleno del Consejo y a las Comisiones.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen la Comisión de su adscripción y el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente, como sigue:
· Licenciatura en Derecho para los titulares de las Secretarías Ejecutivas del Pleno; de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos; y de Disciplina.
 
· Licenciatura en Derecho, Contaduría Pública, Administración de Empresas, Finanzas Públicas, Economía, Arquitectura, Ingeniería Civil, u otra inherente a sus funciones, para los titulares de las Secretarías Ejecutivas de Administración; de Finanzas; de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales; y de Vigilancia, Información y Evaluación.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en actividades relacionadas con el puesto.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
13 - CONTRALOR DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACION
Clave:
CF10113
Nivel y Rango:
6B UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Controlar, vigilar e inspeccionar la aplicación y cumplimiento de las normas establecidas por el Consejo de la Judicatura Federal y otras normas de observancia general en el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Consejo, y en la actuación y desempeño de los servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Presentar a consideración del Pleno el reglamento interior, manual de organización e instrumentos normativos que se requieran para el adecuado ejercicio de sus atribuciones y facultades.
2.     Ejercer la representación, en los términos que el Pleno le conceda, ante autoridades judiciales y administrativas, federales y locales.
3.     Instruir el control y vigilancia del proceso presupuestal, así como verificar el cumplimiento de objetivos, metas, estrategias, líneas de acción y programas aprobados en el Presupuesto de Egresos del Consejo.
4.     Vigilar el cumplimiento por parte de las unidades administrativas y órganos auxiliares del Poder Judicial de la Federación, de las disposiciones en materia de planeación, programación presupuestación, ingresos, egresos, financiamiento, depósito por terceros, inversión, patrimonio, fondos y valores.
5.     Inspeccionar y vigilar que las unidades administrativas y los órganos auxiliares del Consejo cumplan con las normas y disposiciones en materia de: registro y contabilidad, contratación y remuneraciones de personal, contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios, ejecución de obra pública, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles, almacenes y demás activos y recursos materiales del Consejo.
6.     Participar e intervenir en la formulación de los programas de modernización y desarrollo administrativo, simplificación de trámites y procedimientos, así como en los relativos a desconcentración y descentralización de la función administrativa que determine el Pleno, y evaluar su operación o avances.
7.     Instruir la ejecución de las auditorías, revisiones y visitas de inspección que se requieran, a las unidades administrativas y órganos auxiliares del Consejo.
8.     Normar la elaboración del Programa Anual de Control y Auditoría, conforme a lo señalado en los acuerdos generales del Pleno, con el fin de comprobar la observancia de las normas para el ejercicio del gasto y su congruencia con el Presupuesto de Egresos, y proponer medidas preventivas y correctivas para el manejo de los recursos humanos, materiales y financieros con cargo al presupuesto de egresos del Consejo, así como la comprobación de la observancia de la normativa respectiva en materia de ingresos propios; el programa anual deberá darse a conocer al Pleno dentro de los dos primeros meses del año, por conducto de la Comisión de Administración.
9.     Formular las observaciones y recomendaciones derivadas de las auditorías, revisiones o visitas, para efectuar el seguimiento sobre el cumplimiento de las medidas correctivas que se hubieren acordado para su solventación.
10.   Vigilar que el ejercicio del gasto por concepto de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios de cualquier naturaleza y obras públicas que se realicen, se ajuste a lo establecido en los acuerdos generales del Pleno y a lo dispuesto por el artículo 134 constitucional.
 
11.   Instruir la participación de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, como órgano de control, en los fideicomisos que establezca el Pleno, así como aquellos en los que participe el Consejo.
12.   Verificar que la elaboración de la cuenta pública cumpla con la normativa respectiva y se apegue a los principios de contabilidad aplicables al sector público, así como verificar también, que en los casos de contratación de obras o servicios, la información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria de la cuenta pública sea integrada.
13.   Proponer al Pleno la solicitud de auditar externamente la información financiera que se genere en el Consejo.
14.   Colaborar con el órgano de fiscalización de la Cámara de Diputados, para efectos de revisión de cuenta pública.
15.   Proponer a la Comisión de Administración y, en caso de que ésta lo considere pertinente, someter a la aprobación del Pleno la solicitud de contratación de auditorías técnicas externas en materia de obra, informática y de control de calidad en adquisiciones, que se consideren necesarias para el mejor desempeño de las funciones de revisión.
16.   Instruir la realización de las investigaciones y auditorías correspondientes con el propósito de detectar irregularidades.
17.   Verificar el cumplimiento del acuerdo del Pleno que fije las bases para la atención de los asuntos relacionados con los bienes asegurados y decomisados.
18.   Conducir la recepción y registro de las declaraciones patrimoniales que deben presentar los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación y del Tribunal Electoral que le competen; y, en su caso, llevar a cabo las acciones correspondientes por incumplimiento de la presentación de declaración de situación patrimonial.
19.   Vigilar el registro y seguimiento de la evolución de la situación patrimonial de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación y, en su caso, llevar a cabo las acciones correspondientes.
20.   Vigilar el registro y seguimiento de la evolución de la situación patrimonial de los servidores públicos del Tribunal Electoral que le competen e informar los resultados a la Contraloría de dicho Tribunal.
21.   Ordenar la atención de las quejas e inconformidades que presenten los proveedores y contratistas por los actos del procedimiento que consideren realizados en contravención de las disposiciones emitidas en el correspondiente acuerdo general del Pleno.
22.   Ordenar la recepción y trámite de las quejas o denuncias que se formulen en contra de los servidores públicos adscritos a unidades administrativas, órganos auxiliares y oficinas de correspondencia común a los órganos jurisdiccionales, así como instruir los procedimientos disciplinarios por responsabilidad administrativa, en términos del Título Octavo de la Ley y demás acuerdos generales que al respecto emita el Pleno.
23.   Presentar, en su caso, las denuncias correspondientes, derivadas de los procedimientos de responsabilidad administrativa, ante el Ministerio Público de la Federación, dándose para tal efecto la colaboración que le fuera requerida.
24.   Instruir el registro de servidores públicos sancionados por el Pleno, la Comisión de Disciplina o por órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, así como establecer los convenios de colaboración con los Poderes de la Federación y de las entidades federativas de intercambio de información en la materia.
25.   Certificar las constancias de las actuaciones que se realicen en el ejercicio de las funciones de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación.
26.   Las demás que le confieran la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículos 88 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Artículo 95 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Auxiliar al Pleno y Comisiones, conforme a su competencia, al adecuado funcionamiento del Consejo de la Judicatura Federal.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo, los Acuerdos Generales y la Comisión de Vigilancia, Información y Evaluación.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura en Contaduría Pública, Administración, Derecho u otra materia afín a las funciones del puesto, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en actividades relacionadas con el puesto.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
 
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CJ - CARRERA JUDICIAL
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
02 - JUEZ DE DISTRITO
Clave:
CJ10202
Nivel y Rango:
7 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Impartir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, resolviendo los juicios promovidos ante el Juzgado de Distrito de su adscripción, en los términos previstos en las leyes aplicables.
II.2   Funciones:
De conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Título Cuarto de los Juzgados de Distrito según su adscripción:
-      Capítulo II, Artículos 48 al 55.
De manera general mas no limitativa, las siguientes:
1.     Desempeñar su función jurisdiccional, que consiste en decir el derecho ante las situaciones controvertidas que se le planteen y reflexionar adecuadamente la razón cuando no resuelva el fondo de la controversia.
2.     Resolver los asuntos de su competencia dentro de los plazos y términos que fija la ley.
3.     Fundar y motivar sus resoluciones, sujetando su actuar a la ley.
4.     Vigilar el resguardo de los expedientes, documentos y valores, que se tramiten en el Organo Jurisdiccional al que esté adscrito.
5.     Recibir las pruebas de las partes conforme a las leyes aplicables.
6.     Atender y recibir a las personas que sean partes en los juicios de que conozca.
7.     Sujetarse a las formalidades que establece la ley.
8.     Hacer cumplir sus determinaciones.
9.     Mantener el orden en el Organo Jurisdiccional de su adscripción.
10.   Elaborar sus resoluciones acatando las reglas de claridad, precisión, exhaustividad y congruencia.
11.   Turnar el asunto a la autoridad competente, cuando él no lo sea.
12.   Las demás que correspondan al ámbito de su competencia.
II.3   Norma de creación:
Artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 42 y 110 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las leyes que de ella emanan.
2.     Ejercer su función con independencia e imparcialidad.
3.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
 
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos inherentes a su responsabilidad
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Práctica profesional de cuando menos cinco años.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser mayor de treinta años de edad.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Contar con la designación de Juez de Distrito, a través de concurso interno de oposición o de oposición libre, de conformidad con los Artículos 112 y 113 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que se establezcan para tal fin.
-     Los demás que determinen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo relacionados con los concursos para acceder a los puestos de Carrera Judicial.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 - APOYO Y ASESORIA A SPS
Puesto:
01- COORDINADOR ACADEMICO
Clave:
CF20401
Nivel y Rango:
7 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coadyuvar en la coordinación, organización, ejecución y evaluación de los programas de investigación, formación, capacitación y actualización que imparte el Instituto de la Judicatura Federal, así como actividades relacionadas con la administración del propio Instituto.
II.2   Funciones:
1.     Sustituir al Titular del Instituto de la Judicatura Federal en sus ausencias temporales, sólo en el despacho de los asuntos.
2.     Representar al Titular del Instituto de la Judicatura Federal en eventos académicos.
3.     Auxiliar al Titular del Instituto de la Judicatura Federal en la organización de los concursos de oposición que determine el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para la designación de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.
4.     Apoyar en la elaboración de reactivos para los cuestionarios y casos prácticos que se aplican en los concursos de oposición para la designación de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.
5.     Auxiliar al Titular del Instituto de la Judicatura Federal en la elaboración, organización y aplicación de los exámenes de aptitud para secretarios y actuarios del Poder Judicial de la Federación.
6.     Auxiliar al Titular del Instituto de la Judicatura Federal en la elaboración, organización y aplicación de los exámenes de ingreso a los distintos cursos que imparte el Instituto de la Judicatura Federal.
7.     Coordinar la recepción, trámite y resolución de los recursos de inconformidad interpuestos en contra de los resultados de los exámenes de aptitud.
8.     Certificar, previa delegación de las facultades correspondientes por el Titular del Instituto de la Judicatura Federal, en términos de la normativa vigente, las constancias, así como cualquier otro documento relacionado con las funciones del propio Instituto.
9.     Convocar, por instrucciones del Titular del Instituto de la Judicatura Federal, a los miembros del Comité Académico para la celebración de las sesiones correspondientes.
10.   Fungir como Secretario del Comité Académico.
11.   Coordinar el resguardo de los archivos electrónicos que contienen los reactivos de los diversos exámenes que se aplican en el Instituto de la Judicatura Federal.
12.   Coordinar la impartición de los Cursos Regulares, Especiales y de actualización, tanto en Sede Central como en las Extensiones Regionales.
13.   Coordinar la organización de congresos, seminarios, ciclos de conferencias y cursos de actualización relacionados con diversos temas jurídicos.
14.   Coordinar el funcionamiento de las Extensiones Regionales.
15.   Apoyar en la selección del personal docente de la Sede Central del Instituto de la Judicatura Federal.
16.   Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto de la Judicatura
Federal.
17.   Coordinar la elaboración del Programa Anual de Trabajo del Instituto de la Judicatura Federal.
18.   Coordinar la recepción de la correspondencia oficial del Instituto de la Judicatura Federal y turnarla a las áreas correspondientes.
19.   Supervisar que se ejecuten los acuerdos que expida el Pleno o cualquiera de sus Comisiones, relacionados con las actividades y funciones encomendadas al Instituto de la Judicatura Federal.
20.   Coordinar el área y las gestiones administrativas del Instituto de la Judicatura Federal.
21.   Coordinar la elaboración de manuales de organización, procedimientos y de servicios.
22.   Las demás que le encomienden el Titular del Instituto de la Judicatura Federal, el Pleno del Consejo y las disposiciones aplicables en el ámbito de su competencia.
II.3   Norma de creación:
Artículos 88 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y artículos 87, 90 fracción I y 91 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
4.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que determine el Titular del Instituto.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
 
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura en Derecho, Administración o afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en actividades relacionadas con el puesto.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por la instancia competente a propuesta del Titular del Instituto de la Judicatura Federal.
-     Los demás que determinen el Titular del Instituto de la Judicatura Federal y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 - APOYO Y ASESORIA A SPS
Puesto:
09 - COORDINADOR DE SEGURIDAD
*
Clave:
CF20409
Nivel y Rango:
7 UNICO
(*) Las funciones se derivan de las atribuciones encomendadas al Titular de la Coordinación de Seguridad del Poder Judicial de la Federación, las cuales fueron autorizadas por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión celebrada el 19 de enero de 2011; sin embargo, el Acuerdo General se encuentra en engrose por lo que pudieran tener alguna modificación.
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Proponer, desarrollar y coordinar los planes, programas, procedimientos y sistemas, tendientes a preservar la seguridad de los servidores públicos, instalaciones, equipos y demás bienes patrimoniales del Poder Judicial de la Federación.
II.2   Funciones:
1.     Asistir, cuando así se determine, a las sesiones del Pleno o de las Comisiones.
2.     Proponer ante la Comisión correspondiente, los proyectos de acuerdos generales, manuales y procedimientos relacionados con las atribuciones de la Coordinación de Seguridad.
3.     Desarrollar, dirigir y dar seguimiento a los planes, programas, sistemas y mecanismos tácticos, tendientes a preservar la seguridad e integridad física de los servidores públicos que laboran en los inmuebles; así como de las instalaciones, equipo y demás bienes que forman el patrimonio del Poder Judicial de la Federación.
4.     Coordinar, dirigir y evaluar la operación y funcionamiento de las áreas que integran la Coordinación de Seguridad.
5.     Coordinar acciones para intercambiar información con las demás unidades administrativas del Poder Judicial de la Federación, para el oportuno y eficaz cumplimiento de su objeto y atribuciones.
6.     Coordinarse con las demás unidades administrativas que le soliciten auxilio para el cumplimiento de su objeto y atribuciones.
7.     Elaborar, difundir, e implementar en coordinación con la Dirección General de Servicios al Personal, los programas de capacitación y desarrollo en materia de seguridad.
8.     Participar en los comités y grupos de trabajo que el Pleno o las Comisiones determinen.
9.     Rendir los informes que el Presidente, los Consejeros, el Pleno o las Comisiones le soliciten.
10.   Operar y supervisar los sistemas de seguridad en los inmuebles del Poder Judicial de la Federación.
11.   Elaborar y emitir las opiniones, dictámenes, criterios y estudios de carácter técnico en materia de seguridad que le sean solicitados por el Presidente, Pleno, Comisiones, Comités y unidades administrativas que correspondan, de conformidad con la normativa.
12.   Dictar las políticas, lineamientos y acciones específicas en materia de seguridad que se difundirán a través de las Direcciones Generales de Administración Regional y de Recursos Materiales y Servicios Generales, a que se sujetarán las Administraciones Regionales, Delegados Administrativos y Administradores de Edificios Centrales, para su estricto cumplimiento.
13.   Participar con la Dirección General de Recursos Humanos en el diseño de las políticas y normas para el reclutamiento, selección y permanencia del personal de la Coordinación de Seguridad.
14.   Coordinar acciones en materia de seguridad con la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para el cumplimiento de su objeto y atribuciones.
15.   Coordinar acciones con las autoridades de los tres niveles de gobierno para garantizar la seguridad en el Poder Judicial de la Federación, así como con las organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas y privadas de carácter nacional e internacional en materia de seguridad.
16.   Desarrollar proyectos e implementar los mecanismos y lineamientos para la recopilación, clasificación, análisis y manejo de la información para el cumplimiento de su objeto y atribuciones.
17.   Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto con apego a las políticas y lineamientos vigentes en la materia.
18.   Formular y presentar al Pleno del Consejo el Programa Anual de Trabajo de la Secretaría Ejecutiva a su cargo.
19.   Dirigir la elaboración e integración de la documentación de los asuntos que deban someterse a consideración del Pleno del Consejo, de acuerdo al orden del día y presentarla a la Secretaría Ejecutiva del Pleno para su preparación en las sesiones que se lleven a cabo.
20.   Recibir en acuerdo a los titulares de las áreas que se le hubieran adscrito y a cualquier otro servidor público subalterno.
21.   Fijar las medidas de coordinación que deben darse entre las áreas a su cargo y las demás áreas del Consejo.
22.   Certificar los documentos que obren en sus archivos, que sean expedidos en el ejercicio de sus funciones.
23.   Las demás que le atribuya el Presidente, el Pleno o las Comisiones.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Acuerdo del Pleno del Consejo emitido en su sesión ordinaria celebrada el 14 de julio de 2010; y el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
2.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
3.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
4.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que determine el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
 
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciatura en Derecho, Contaduría Pública, Administración de Empresas, Finanzas Públicas, Economía, o alguna otra inherente a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por el Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen el Pleno del Consejo y los Acuerdos Generales.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
06 - DIRECTOR GENERAL
Clave:
CF10106
Nivel y Rango:
8 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Garantizar el cumplimiento de las atribuciones conferidas a la dirección general a su cargo, con base en los principios de oportunidad, transparencia, economía y observancia normativa, asumiendo la dirección técnica y administrativa como responsable de su correcto funcionamiento ante las autoridades superiores del Consejo.
II.2   Funciones:
1.     Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los acuerdos del Pleno del Consejo, del Presidente del Consejo, de la Comisión correspondiente, de la Secretaría Ejecutiva respectiva o del Organo Auxiliar del Consejo al que esté adscrito.
2.     Someter a consideración del titular del área administrativa al que esté adscrito todos los asuntos de su competencia, en los términos de los Acuerdos Generales según corresponda.
3.     Formular el Programa Anual de Trabajo de la dirección general a su cargo y someterlo a consideración del área administrativa de su adscripción.
4.     Formular el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos relativo a la dirección general a su cargo, conforme a las normativa aplicable y presentarlo a consideración del área administrativa de su adscripción.
5.     Ejercer el presupuesto asignado a la dirección general a su cargo, conforme a las normas establecidas por el Consejo, así como llevar el control respectivo.
6.     Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo de los programas y actividades encomendadas a las áreas que integran la dirección general a su cargo.
7.     Coordinar la prestación de los servicios administrativos, de control, informáticos o de la naturaleza de su competencia en el tiempo, forma y con la calidad requerida, de conformidad con las disposiciones legales que dicte el Pleno del Consejo en la materia correspondiente.
8.     Coordinar el control del ejercicio del presupuesto autorizado a la dirección general a su cargo.
9.     Acordar, conforme a su adscripción, con el titular del área administrativa del Consejo correspondiente, la resolución de los asuntos relevantes cuya tramitación se encuentre dentro del área de su competencia.
10.   Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos, en aquellos asuntos propios de su competencia.
11.   Proponer a su superior jerárquico, para su autorización, los nombramientos del personal a su cargo.
12.   Proponer los programas específicos de capacitación y desarrollo del personal a su cargo.
13.   Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a los servidores públicos del Consejo.
14.   Coordinar, conjuntamente con los titulares de las otras direcciones generales, cuando así se requiera, las acciones para el desarrollo de las funciones que le correspondan.
15.   Formular y presentar ante el titular del área administrativa de su adscripción, los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios correspondientes a la dirección general a su cargo, acuerdos generales, normas, reglas, bases generales, lineamientos y políticas relacionadas
con las atribuciones de su unidad administrativa.
16.   Participar en los comités, comisiones, representaciones y suplencias que le sean asignados.
17.   Participar, cuando sea requerido, en los eventos que promueva el Consejo.
18.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las áreas internas que le reportan en línea directa y, extraordinariamente, al resto de personal de mandos medios adscrito a la dirección general a su cargo; así como dar audiencias a todos los servidores públicos del Consejo que lo soliciten y a los particulares que, por razón de su encargo, deba atender.
19.   Presentar ante la instancia competente el Informe Anual de Labores correspondiente a la dirección general a su cargo.
20.   Instruir el registro y control de los bienes asignados a la dirección general a su cargo.
21.   Proporcionar la información, datos o cooperación técnica que le sea requerida.
22.   Certificar los documentos que obren en sus archivos, que sean expedidos en el ejercicio de sus funciones, la que podrá delegar de conformidad con la normativa establecida.
23.   Rendir, a través del titular del área administrativa de su adscripción, los informes a que esté obligada la dirección general a su cargo, los cuales deberán ser firmados por ambos titulares.
24.   Las demás que le encomienden el titular del área administrativa de su adscripción, la Comisión correspondiente y el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Artículo 100 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la dirección general a su cargo, y ser el responsable ante las autoridades superiores del correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen el Titular de la Secretaría Ejecutiva o área administrativa de su adscripción, la Comisión correspondiente y el Pleno del Consejo.
 
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
       Para el caso del Director General de la Visitaduría Judicial, experiencia mínima de cinco años como Secretario de Juzgado de Distrito o Tribunal de Circuito.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por el Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 APOYO Y ASESORIA A SPS
Puesto:
10 COORDINADOR GENERAL
Clave:
CF20410
Nivel y Rango:
8 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coordinar el desarrollo de las funciones especializadas y el seguimiento de los programas, proyectos, planes y tareas que le sean encomendados; así como proporcionar el asesoramiento técnico a través de informes o dictámenes, que coadyuven a la toma de decisiones de las instancias superiores.
II.2   Funciones:
1.     Brindar apoyo y asesoría técnica que requieran las instancias superiores.
2.     Dar seguimiento a los programas, proyectos, planes y tareas que le sean encomendados.
3.     Solicitar información a las áreas administrativas del Consejo de la Judicatura Federal, para cumplir con el desarrollo de sus funciones.
4.     Analizar la información que se genera en las áreas administrativas del ámbito de su competencia, para evaluar el cumplimiento de las metas establecidas y en su caso, someter estrategias de acción y alternativas de actuación.
5.     Generar bases de información de la materia de su competencia, para presentar reportes estadísticos y sumarios que coadyuven a la toma de decisiones.
6.     Coordinar, elaborar y presentar los estudios, análisis, proyectos y opiniones que le sean solicitados por las instancias superiores.
7.     Desarrollar proyectos e implementar los mecanismos y lineamientos para la recopilación, clasificación, análisis y manejo de la información para el cumplimiento de su objeto y atribuciones.
8.     Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos, en aquellos asuntos propios de su competencia.
9.     Proponer, conforme a la normatividad establecida, los nombramientos del personal a su cargo.
10.   Proponer los programas específicos de capacitación y desarrollo del personal a su cargo.
11.   Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a los servidores públicos del Consejo.
12.   Coordinar, conjuntamente con los titulares de las otras áreas administrativas, cuando así se requiera, las acciones para el desarrollo de las funciones que le correspondan.
13.   Formular y presentar ante las instancias superiores, los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios correspondientes a la coordinación general a su cargo, acuerdos generales, normas, reglas, bases generales, lineamientos y políticas relacionadas con las atribuciones de su unidad administrativa.
14.   Participar en los comités, comisiones, representaciones y suplencias que le sean asignados.
15.   Participar, cuando sea requerido, en los eventos que promueva el Consejo.
16.   Recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las áreas internas que le reportan en línea directa y, extraordinariamente, al resto de personal de mando adscrito a la coordinación general a su cargo; así como dar audiencias a todos los servidores públicos del Consejo que lo soliciten y a los particulares que, por razón de su encargo, deba atender.
 
17.   Presentar ante la instancia competente el Informe Anual de Labores correspondiente a la coordinación general a su cargo.
18.   Instruir el registro y control de los bienes asignados a la coordinación general a su cargo.
19.   Proporcionar la información, datos o cooperación técnica que le sea requerida.
20.   Certificar los documentos que obren en sus archivos, que sean expedidos en el ejercicio de sus funciones, la que podrá delegar de conformidad con la normativa establecida.
21.   Rendir los informes a que esté obligada la coordinación general a su cargo.
22.   Las demás que le encomiende el Presidente, el Pleno y las Comisiones.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006; y el Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión celebrada el 26 de enero de 2011, que determinó crear el puesto de Coordinador General.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la coordinación general a su cargo, y ser el responsable ante las autoridades superiores del correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen el Titular del área administrativa de su adscripción, la Comisión correspondiente y el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: SI, en caso de que le sea autorizado.
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
 
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Designado por el Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 - APOYO Y ASESORIA A SPS
Puesto:
08 - SECRETARIO TECNICO
COORDINADOR DE PONENCIA DE
CONSEJERO
Clave:
CF20408
Nivel y Rango:
9A UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coordinar la atención de los asuntos de la Ponencia del Consejero de su adscripción y, en su caso, realizar los que le sean encomendados, verificando que se aplique la técnica jurídica y/o administrativa especializadas en la resolución de los asuntos y en la elaboración de los estudios, dictámenes, propuestas y opiniones, así como asesorar e investigar sobre temas de interés para el Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Coordinar la atención y desahogo oportuno de los asuntos turnados a lo Secretarios Técnicos de Ponencia de Consejero, conforme le sea instruido.
2.     Proponer mecanismos de control y seguimiento de los asuntos; así como de la estandarización de la resolución y verificación de la alineación a la normativa conducente.
3.     Coordinar o, en su caso, participar en los proyectos de innovación y mejoramiento que le sean encomendados.
4.     Coordinar el funcionamiento de la secretaría técnica a su cargo.
5.     Acordar con el Consejero en donde se encuentre adscrito, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
6.     Coordinar el registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados.
7.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
8.     Integrar la información soporte que requieran los asuntos de su competencia.
9.     Preparar la información requerida para el desarrollo de las reuniones de trabajo del Consejero.
10.   Informar sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
11.   Coordinar la elaboración y presentación de estudios y proyectos que le sean encomendados.
12.   Elaborar oficios y demás comunicaciones que se requieran para atender los asuntos de la secretaría técnica a su cargo.
13.   Investigar sobre temas particulares y preparar las reseñas correspondientes.
14.   Las demás que le encomiende el Consejero de la Ponencia de su adscripción.
II.3   Norma de creación:
Artículos 83 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y Artículos 144 y 145 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
 
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el Consejero.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determine el Consejero de la Ponencia de su adscripción.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI (En caso que le sean asignados)
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes, en su caso.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
 
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por el Consejero de la ponencia de su adscripción a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior se informe al Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen el Consejero de la ponencia de su adscripción y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CJF
Puesto:
07 - TITULAR DE UNIDAD
ADMINISTRATIVA
Clave:
CF10107
Nivel y Rango:
9 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Colaborar en el cumplimiento de las atribuciones del área administrativa de su adscripción, administrando la prestación de los servicios y el desarrollo de los proyectos de la unidad administrativa a su cargo, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Ejecutar en el ámbito de su competencia, el reglamento interior y bases de organización y funcionamiento correspondientes aprobados, los acuerdos del Pleno del Consejo, de la Comisión y del área administrativa al que esté adscrito.
2.     Someter a consideración del titular del área administrativa del Consejo respectivo todos los asuntos de su competencia, en los términos de los Acuerdos Generales y reglamento interior según corresponda.
3.     Formular el Programa Anual de Trabajo de la unidad administrativa a su cargo y someterlo a consideración del Titular del área administrativa correspondiente.
4.     Llevar el control del ejercicio del presupuesto autorizado a la unidad administrativa a su cargo.
5.     Formular el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de los programas relacionados con la unidad administrativa a su cargo, conforme a las normas establecidas por el Pleno del Consejo y someterlo a consideración de las instancias correspondientes.
6.     Acordar con el Titular del área administrativa correspondiente, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
7.     Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
8.     Registrar y controlar los bienes asignados a la unidad administrativa a su cargo.
9.     Formular los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios correspondientes, en colaboración con el área competente y conforme a los lineamientos establecidos por el Pleno del Consejo.
10.   Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el funcionamiento de la unidad administrativa a su cargo.
11.   Programar, organizar y controlar el desarrollo de los programas y actividades encomendadas a las áreas que integran la unidad administrativa a su cargo.
12.   Proporcionar los servicios de la naturaleza de su competencia en el tiempo, forma y con la calidad requerida, de conformidad con las disposiciones legales aplicables y las que dicte el Pleno del Consejo en la materia de su competencia.
13.   Presentar al Titular del área administrativa de su adscripción el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad administrativa a su cargo.
14.   Comparecer en las sesiones plenarias del área administrativa al que esté adscrito, o del Consejo cuando algún Consejero o Presidente de Comisión así lo requiera, para que informe o rinda cuenta de algún asunto de su competencia.
 
15.   Participar en la elaboración de trabajos oficiales de su adscripción en las condiciones de tiempo y lugar que por necesidades de la Institución se requiera.
16.   Las demás que le encomienden el Titular del área administrativa de su adscripción y el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y los Artículos 93 y 94 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Asumir la dirección técnica y administrativa de la unidad administrativa a su cargo, y ser el responsable ante las autoridades superiores del correcto funcionamiento.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen el Titular del área administrativa de su adscripción y el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes.
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
 
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser mayor de treinta años de edad el día de su nombramiento para los adscritos al Instituto Federal de Defensoría Pública, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 de la Ley Federal de Defensoría Pública.
-     Los demás que determinen los titulares de los Organos Auxiliares de su adscripción y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 - APOYO Y ASESORIA A SPS
Puesto:
07 SECRETARIO TECNICO DE
PONENCIA DE CONSEJERO
Clave:
CF20407
Nivel y Rango:
10B UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Colaborar en la atención de los asuntos de la Ponencia del Consejero de su adscripción, realizando con técnica jurídica y/o administrativa especializadas los estudios, dictámenes, propuestas y opiniones que le sean encomendadas, así como las asesorías e investigaciones sobre temas de interés para el Consejo de la Judicatura Federal.
II.2   Funciones:
1.     Coordinar el funcionamiento de la secretaría técnica a su cargo.
2.     Acordar con el Consejero en donde se encuentre adscrito, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
3.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados.
4.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos, en los asuntos propios de su competencia.
5.     Integrar la información soporte que requieran los asuntos de su competencia.
6.     Preparar la información requerida para el desarrollo de las reuniones de trabajo del Consejero.
7.     Informar sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
8.     Coordinar la elaboración y presentación de estudios y proyectos que le sean encomendados.
9.     Elaborar oficios y demás comunicaciones que se requieran para atender los asuntos de la secretaría técnica a su cargo.
10.   Investigar sobre temas particulares y preparar las reseñas correspondientes.
11.   Las demás que le encomiende el Consejero de la Ponencia de su adscripción.
II.3   Norma de creación:
Artículos 83 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y Artículos 144 y 145 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el Consejero.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
 
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determine el Consejero de la Ponencia de su adscripción.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI (En caso que le sean asignados)
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura en Derecho, Administración o afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional; salvo que antes de recibirse haya laborado en Organos Jurisdiccionales Federales o en el Consejo de la Judicatura Federal, con una antigüedad de cuando menos tres años; o que el Consejero solicitante manifieste que el aspirante posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por el Consejero de la ponencia de su adscripción a la Comisión de
Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior se informe al Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen el Consejero de la ponencia de su adscripción y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1 - MANDOS SUPERIORES
Rama:
03 - JURIDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
02 - VISITADOR JUDICIAL B
Clave:
CF10302
Nivel y Rango:
10 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Representar al Consejo de la Judicatura Federal en la inspección ordinaria del funcionamiento de los Tribunales de Circuito, Juzgados de Distrito y Unidades de Notificadores Comunes, así como supervisar las conductas de los integrantes de estos Organos Jurisdiccionales, conforme al programa de visitas establecido.
II.2   Funciones:
1.     Practicar visitas ordinarias e inspecciones ordinarias a distancia a los Tribunales de Circuito, Juzgados de Distrito y Unidades de Notificadores Comunes, recabando en forma metódica, información sobre su funcionamiento, así como de la conducta de sus miembros.
2.     Ejecutar el programa de visitas ordinarias e inspecciones ordinarias a distancia asignadas mediante sorteo, conforme a las normas aplicables.
3.     Realizar las visitas ordinarias e inspecciones ordinarias a distancia efectuando las actividades de revisión, comprobación, verificación, entre otras, de acuerdo con la normatividad vigente.
4.     Levantar acta circunstanciada de toda visita ordinaria e inspección ordinaria a distancia que realice.
5.     Entregar el original del acta de visita o inspección practicada a la Visitaduría Judicial, y una copia del acta al Titular o Presidente del Organo Jurisdiccional inspeccionado. En su caso, hacer llegar a la Visitaduría Judicial y a la Secretaría Ejecutiva de Disciplina, mediante el sistema informático o correo electrónico, el archivo del acta de visita.
6.     Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de visitas, siempre y cuando éstas se formulen por escrito.
7.     Efectuar en tiempo y forma las comprobaciones que en materia de viáticos, pasajes y transportes se requieran, derivados de las comisiones que se le encomienden.
8.     Preparar el Informe Semestral de Labores y presentarlo ante el Titular de la Visitaduría Judicial.
9.     Suplir las ausencias temporales de otro Visitador Judicial B.
10.   Auxiliar al Visitador General en las labores que le encomiende, para cumplir con las funciones de la Visitaduría Judicial.
11.   Las demás que le encomiende el Pleno del Consejo o cualquiera de sus Comisiones.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Artículo 4 del Acuerdo General 7/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la organización y funcionamiento de la Visitaduría Judicial del Consejo de la Judicatura Federal y abroga el diverso Acuerdo General 28/2003, del propio Cuerpo Colegiado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2008.
II.4   Responsabilidades:
1.     Expresar ante el Titular de la Visitaduría Judicial, el impedimento que tenga para realizar visitas de inspección.
2.     Informar al Titular de la Visitaduría Judicial sobre la existencia de cualquier acto que pueda lesionar gravemente la impartición de justicia.
3.     Informar a la instancia competente del Consejo de cualquier acto que pueda vulnerar la autonomía
de los Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación o la independencia e imparcialidad de sus miembros.
4.     Tratar con respecto al personal de la Visitaduría Judicial y al de los Organos Jurisdiccionales que visite.
5.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
6.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
7.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
8.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
9.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
10.   Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
11.   Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
12.   Las demás que determine el Pleno del Consejo o sus Comisiones.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI (Cheques librados a su favor para la realización de comisiones)
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI (Se instalará en el recinto de los Organos Jurisdiccionales)
      OTRO: Riesgos por viajes constantes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de diez años en el ejercicio de la profesión de Licenciado en Derecho.
III.3  Otros requisitos:
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Ser mayor de treinta y cinco años.
-     Gozar de buena reputación.
 
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Presentar examen en concurso de oposición determinado por el Pleno del Consejo. Podrá prescindirse del concurso cuando las necesidades del servicio apremien la designación.
-     Durará tres años en su encargo, prorrogable por una vez, a consideración del Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo en las convocatorias para la designación de Visitador Judicial B.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
04 - APOYO Y ASESORIA A
SPS
Puesto:
02 SECRETARIO TECNICO AA DE
COMISION PERMANENTE
Clave:
CF20402
Nivel y Rango:
10 UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Asesorar técnica y administrativamente a los miembros de la Comisión Permanente de su adscripción, organizando la celebración de sus sesiones y en la presentación de los asuntos que someten las áreas administrativas del Consejo, así como en el registro y seguimiento de los acuerdos tomados y, en su caso, coordinando el desarrollo de estudios y proyectos especiales.
II.2   Funciones:
1.     Hacer llegar las convocatorias correspondientes a los miembros de la Comisión a que pertenezca, así como la documentación relativa, por lo menos con cuarenta y ocho horas de antelación, y cinco días hábiles, tratándose del Secretario Técnico de la Comisión de Disciplina.
2.     Auxiliar al Presidente de la Comisión en la preparación del orden del día de las sesiones.
3.     Coordinar los servicios de apoyo necesarios para la celebración de las sesiones de la Comisión respectiva.
4.     Suscribir, conjuntamente con el Presidente de la Comisión y con el Secretario Ejecutivo correspondiente, las actas aprobadas de las sesiones y llevar el registro respectivo.
5.     Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos emitidos por la Comisión.
6.     Expedir, previa autorización del Presidente de la Comisión las copias y certificaciones solicitadas.
7.     Citar a los funcionarios que la Comisión determine, para el mejor conocimiento de los asuntos.
8.     Preparar el Informe Anual del Presidente de la Comisión.
9.     Enviar al Secretario Ejecutivo del Pleno y de la Presidencia los asuntos dictaminados por la Comisión, que deban ser sometidos a la consideración del Pleno del Consejo.
10.   Dar cuenta al Presidente de la Comisión con los asuntos que le sean turnados para su análisis.
11.   Enviar al Presidente de la Comisión, al concluir el período de sesiones, un volumen con copias certificadas de todas las actas de las sesiones celebradas por la Comisión correspondiente.
12.   Coordinar la elaboración de estudios que le sean encomendados, así como la instrumentación y seguimiento de las acciones que le sean instruidas por la Comisión correspondiente.
13.   Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos, sesiones y actas respectivas competencia de la Comisión de su adscripción.
14.   Las demás que le encomienden el Presidente y Consejeros integrantes de la Comisión de su adscripción.
II.3   Norma de creación:
Artículos 84 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y Artículos 144 y 146 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
 
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomienden el Presidente y demás integrantes de la Comisión de su adscripción.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determinen el Presidente y Consejeros integrantes de la Comisión de su adscripción.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional. Salvo que antes de recibirse haya laborado en Organos Jurisdiccionales Federales o en el Consejo de la judicatura Federal, con una antigüedad de cuando menos tres años; o que el Consejero solicitante manifieste que el aspirante posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
 
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por cada Comisión a propuesta de su Presidente, previa verificación por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
1- MANDOS SUPERIORES
Rama:
01 - DIRECCION DEL CONSEJO
Puesto:
08 SECRETARIO TECNICO A
Clave:
CF10108
Nivel y Rango:
11 MX/MN *
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Participar con propuestas y opiniones técnicas especializadas en la resolución de los asuntos y proyectos de la oficina del Titular del área administrativa de su adscripción, dirigir el funcionamiento de su área y coordinar los recursos a su cargo, así como asesorar sobre asuntos especiales.
II.2   Funciones:
1.     Acordar con el titular de su área la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
2.     Formular dictámenes, resoluciones, opiniones e informes que le sean requeridos sobre los asuntos propios de su competencia.
3.     Integrar la información técnica que requiera el titular de su área, para las reuniones de trabajo con las instancias superiores.
4.     Llevar registro, control y seguimiento de los asuntos que le sean encomendados.
5.     Informar a su titular sobre el avance o grado de solución de los asuntos encomendados.
6.     Desarrollar acciones coordinadas con las demás áreas del Poder Judicial de la Federación, para recabar, analizar, estructurar y presentar la información que le sea encomendada.
7.     Elaborar los puntos para acuerdo que le sean encomendados, soportados con elementos técnicos conforme a las materias de su competencia.
8.     Aportar elementos de juicio para una correcta toma de decisiones en su área de adscripción.
9.     Coordinar las áreas y el desarrollo de los proyectos que le sean encomendados por su jefe inmediato.
10.   Proponer estrategias y acciones de mejoramiento para el ámbito de su competencia.
11.   Presentar al titular de su área de adscripción el Informe Anual de Labores correspondiente a la secretaría técnica a su cargo.
12.   Las demás que le confiera el titular de su área de adscripción.
II.3   Norma de creación:
Artículos 83, 87 segundo párrafo y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y Artículo 144 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Atender de manera oportuna y eficaz todos los asuntos que le encomiende el servidor público superior de su adscripción.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
 
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determine su jefe inmediato.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Mínima de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional. Salvo que antes de recibirse haya laborado en Organos Jurisdiccionales Federales o en el Consejo de la Judicatura Federal, con una antigüedad de cuando menos tres años; o que el Consejero o el titular del área administrativa solicitante manifieste que el aspirante posee experiencia mínima de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
 
-     Estar en pleno ejercicio de sus derechos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Ser propuesto por el titular del área administrativa de su adscripción a la Comisión de Administración, previa revisión por parte de la Secretaría Ejecutiva del Pleno, de que se cumple con los requisitos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior se informe al Pleno del Consejo.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
03 JURIDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
01 - REPRESENTANTE DEL CJF ANTE
LA COMISION SUBSTANCIADORA
Clave:
CF20301
Nivel y Rango:
11 MX
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Dictaminar los conflictos laborales entre el Consejo de la Judicatura Federal y sus servidores públicos para resolución del Pleno del Consejo, en términos de las disposiciones aplicables.
II.2   Funciones:
1.     Estudiar los expedientes que le sean turnados para formular el proyecto de dictamen de los conflictos laborales.
2.     Someter a consideración de los otros integrantes de la Comisión Substanciadora Unica los proyectos de dictamen que formule con relación a los expedientes de los conflictos laborales que le sean asignados.
3.     Analizar y presentar por escrito la opinión jurídica respecto de los dictámenes que serán sometidos al Pleno de la Comisión Substanciadora Unica.
4.     Resolver los recursos de revisión junto con los demás integrantes y en los que deba intervenir en términos de la Ley Reglamentaria aplicable.
5.     Integrar una base de datos relacionada con los asuntos que se le encomienden para permitir la consulta de información de manera ágil, confiable y oportuna.
6.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos en que participe.
7.     Las demás que le encomiende el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 154 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, y del funcionamiento de la Comisión Substanciadora Unica del Poder Judicial de la Federación, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
 
5.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo y que determine el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: NO
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: NO
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho, expedidos legalmente cuando menos cinco años antes de la designación.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de tres años acreditable en materia laboral.
III.3  Otros requisitos:
-     Los señalados en el Artículo 121 y 156 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
-     No haber sido condenado, por delitos contra la propiedad o a sufrir pena mayor de un año de prisión por cualquier otra clase de delitos intencionales.
-     Ser mayor de veinticinco años.
-     Gozar de buena reputación.
-     Designado por el Pleno del Consejo, a propuesta de su Presidente.
-     Los demás que determinen los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
2 - HOMOLOGOS A MANDOS
SUPERIORES
Rama:
03 JURIDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
02 - REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE
TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA
COMISION SUBSTANCIADORA
Clave:
CF20302
Nivel y Rango:
11 MX
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Participar, como representante del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación, en la dictaminación de los conflictos laborales entre el Consejo de la Judicatura Federal y sus servidores públicos.
II.2   Funciones:
1.     Estudiar los expedientes que le sean turnados para formular los proyectos de dictámenes de los conflictos laborales.
2.     Someter a consideración de los otros integrantes de la Comisión Substanciadora Unica los proyectos de dictamen que formule con relación a los expedientes de los conflictos laborales que le sean asignados.
3.     Analizar y presentar por escrito la opinión jurídica respecto de los dictámenes que serán sometidos al Pleno de la Comisión Substanciadora Unica.
4.     Resolver los recursos de revisión junto con los demás integrantes y en los que deba intervenir en términos de la Ley Reglamentaria aplicable.
5.     Llevar el registro, control y seguimiento de los asuntos en que participe.
6.     Las demás que le encomiende el Pleno del Consejo.
II.3   Norma de creación:
Artículo 154 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo de la Comisión de Administración de la Vigésimo Segunda sesión ordinaria del 14 de junio de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, y del funcionamiento de la Comisión Substanciadora Unica del Poder Judicial de la Federación, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
5.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
6.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
7.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
8.     Las demás que se deriven del ejercicio de su encargo y que determine el Pleno del Consejo.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: NO
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: NO
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: NO
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Indistinta.
III.2  Experiencia laboral:
       Haber servido al Estado como empleado de base, por un período no menor de cinco años, precisamente anterior a la fecha de la designación.
III.3  Otros requisitos:
-     Los señalados en el Artículo 121 y 156 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
-     No haber sido condenado, por delitos contra la propiedad o a sufrir pena mayor de un año de prisión por cualquier otra clase de delitos intencionales.
-     Ser mayor de veinticinco años.
-     Gozar de buena reputación.
-     Designado por el Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación cada tres años.
-     Los demás que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
3 - MANDOS MEDIOS
Rama:
05 - ADMINISTRATIVA
Puesto:
06 COORDINADOR DE AREAS
Clave:
CF30506
Nivel y Rango:
12 MX/MD
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coordinar técnica y administrativamente las áreas a su cargo y los proyectos que le sean encomendados, para coadyuvar al funcionamiento del área administrativa de su adscripción, conforme a la normatividad establecida en la materia de su competencia.
II.2   Funciones:
1.     Programar, organizar, dirigir y ejecutar los proyectos a su cargo y los recursos humanos y materiales asignados para su desarrollo.
2.     Coordinar, en su caso, el desarrollo de las actividades de las áreas a su cargo.
3.     Asesorar, investigar y elaborar opiniones técnicas jurídico-administrativas que permitan la resolución de los asuntos encomendados tanto por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal o la Comisión respectiva del área administrativa de su adscripción.
4.     Integrar la documentación soporte que se requiera para la elaboración de puntos para acuerdo, solicitando a los integrantes de su área la información que considere faltante.
5.     Elaborar los proyectos de acuerdos que le sean encomendados, soportados con los elementos técnicos jurídico-administrativos, conforme a las materias de su competencia.
6.     Realizar estudios de la normatividad existente, que sea aplicable en los trabajos que se deriven de los acuerdos que se establezcan en el área administrativa del Consejo donde se encuentre adscrito.
7.     Acordar con su jefe inmediato, la proyección de resoluciones de los asuntos cuya tramitación se encuentre en su ámbito de competencia.
8.     Emitir opiniones técnicas sobre los asuntos que deba resolver el funcionario superior en donde se encuentre adscrito, proponiendo alternativas para su resolución.
9.     Obtener la información que requiera para la atención de los asuntos encomendados, analizando y procesando los datos para generar instrumentos estadísticos, índices e indicadores de comportamiento.
10.   Preparar, compilar e integrar la información técnica que requiera el titular de su área para las reuniones de trabajo con las instancias superiores.
11.   Elaborar propuestas para la simplificación de los procesos institucionales en los que participe el área administrativa del Consejo de su adscripción.
12.   Proporcionar información a los servidores públicos que así lo soliciten de los asuntos que lleve a cabo, conforme a las instrucciones emitidas.
13.   Intervenir en los eventos en que deba participar el área, así como en grupos de trabajo que se integren para la resolución de los asuntos y desarrollo de proyectos asignados, cuando le sea encomendado.
 
14.   Establecer coordinación con las áreas administrativas, a fin de obtener la información necesaria para la atención y/o resolución de asuntos que deban efectuarse en forma conjunta.
15.   Establecer en su caso, contacto con funcionarios del Consejo o con otras instituciones o empresas, para elaborar y proponer soluciones viables y factibles de los asuntos del área en donde se encuentre asignado.
16.   Formular el contenido de oficios, notas informativas, memoranda y cualquier otro documento oficial que se requiera para establecer comunicación con las áreas administrativas con las que deba tener relación.
17.   Las demás que le encomiende el titular de su área de adscripción.
II.3   Norma de creación:
Artículo 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2006.
II.4   Responsabilidades:
1.     Dar seguimiento al cumplimiento de los asuntos que le sean encomendados.
2.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
3.     Cumplir con las leyes, reglamentos y programas que se relacionen con su función.
4.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
5.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
6.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
7.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
8.     Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
9.     Las demás que determine su jefe inmediato.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
 
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: En su caso, riesgos por viajes
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de licenciatura afín a las funciones del puesto y expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional mínima de cinco años en la materia afín a su competencia.
III.3  Otros requisitos:
-     Visión estratégica.
-     Capacidad de resolución de problemas y/o toma de decisiones.
-     Liderazgo.
-     Capacidad de análisis y síntesis.
-     Capacidad para el trabajo en equipo.
-     Habilidad para la comunicación oral y escrita.
-     Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que determinen el Titular del área administrativa de su adscripción y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CJ - CARRERA JUDICIAL
Grupo:
4 - HOMOLOGOS A MANDOS
MEDIOS
Rama:
02 - JURISDICCIONAL
Puesto:
04 - SECRETARIO DE TRIBUNAL
Clave:
CJ40204
Nivel y Rango:
13A UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Apoyar en el estudio y resolución de los asuntos que son del conocimiento del Tribunal Colegiado o Unitario de Circuito al que se encuentre adscrito, en su caso, practicar las diligencias y dictar las providencias de trámite.
II.2   Funciones:
Las encomendadas por el titular de los Tribunales Colegiados o Unitarios de Circuito según su adscripción y en el ámbito de competencia, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Título Tercero de los Tribunales de Circuito:
-     Capítulo II de los Tribunales Unitarios, Artículos 29 al 31.
-     Capítulo III de los Tribunales Colegiados, Artículos 34 al 37.
De manera general mas no limitativa, las siguientes:
1.     Certificar los actos que realizan los titulares y autenticar todos los hechos jurídicos de importancia para los juicios de que conoce el Tribunal.
2.     Elaborar los estudios y proyectos de resolución de los asuntos que le sean encomendados.
3.     Autorizar las comunicaciones oficiales, actos, diligencias, autos y toda clase de resoluciones que se expidan, asienten, practiquen o dicten, dando fe de dichos actos.
4.     Asentar en los expedientes las certificaciones relativas a términos de prueba y las demás razones que expresa la ley o que su superior ordene.
5.     Asistir a las diligencias que requieran de su presencia conforme a la ley.
6.     Expedir las copias autorizadas que la ley determine o deban darse a las partes por disposición judicial.
7.     Cuidar que los expedientes sean debidamente foliados al agregarse cada una de las hojas, sellando las actuaciones, oficios y demás documentos que lo requieran.
8.     Guardar en el seguro del Organo Jurisdiccional los pliegos, escritos o documentos, cuando así lo disponga la ley.
9.     Inventariar y conservar en su poder los expedientes mientras no se remitan al archivo y, en su caso, entregarlos con las formalidades legales.
10.   Proporcionar a los interesados los expedientes en los que fueren parte y que soliciten para informarse del estado de éstos, para tomar apuntes o cualquier otro efecto legal, siempre que no estén en poder de la actuaría y que sea en su presencia, sin extraer actuaciones.
11.   Realizar notificaciones en casos urgentes, cuando lo determine su superior.
12.   Ordenar y vigilar que se despachen sin demora los asuntos y la correspondencia.
13.   Suplir al Titular del Tribunal Unitario de Circuito o a un Magistrado del Tribunal Colegiado de Circuito de su adscripción, cuando le sea encomendado conforme a la normativa establecida.
14.   Las demás que correspondan al ámbito de su competencia.
 
II.3   Norma de creación:
Artículos 28, 33 y 110 fracción VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
II.4   Responsabilidades:
1.     Las inherentes a los proyectos de resolución de los asuntos que se le encomienden.
2.     Interpretar y aplicar los recursos legales existentes para fundamentar los proyectos de resolución.
3.     Seguir los procedimientos y tiempos autorizados por la ley.
4.     Dar cuenta diariamente a su superior y dentro del término establecido, con todos los escritos y promociones, en los asuntos de la competencia del Juzgado de Distrito al que esté adscrito.
5.     Llevar a cabo sus actividades observando una conducta ética que muestre: legalidad, integridad, honradez, imparcialidad, equidad, transparencia, eficiencia y calidad en el desempeño de su cargo.
6.     Cumplir las funciones encomendadas para el puesto que desempeña en el presente Manual, así como en las demás disposiciones normativas que regulan la organización y funcionamiento del propio Consejo, tales como Acuerdos Generales, Manuales de Organización y de Procedimientos, autorizados por autoridad superior del Consejo.
7.     Manejar de manera óptima y eficiente los recursos humanos, materiales y financieros asignados según el puesto.
8.     Cuidar el uso confidencial de la información que se maneje según el puesto.
9.     Abstenerse de incurrir en responsabilidad administrativa por cualquiera de los supuestos que marca la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
10.   Abstenerse de incurrir en las responsabilidades que se establecen en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
11.   Las demás que determine el Magistrado de Circuito de su adscripción.
II.5   Responsabilidad por manejo de recursos:
       HUMANOS: SI
       MATERIALES:
      MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA: SI
      EQUIPO DE TRANSPORTE: NO
      EQUIPO DE COMPUTO Y COMUNICACIONES: SI
       VALORES: SI
       INFORMACION CONFIDENCIAL: SI
       AMBIENTE DE TRABAJO:
      NORMAL DE OFICINA: SI
      OTRO: Riesgos inherentes a su responsabilidad
III.    Perfil del puesto.-
III.1  Formación académica:
       Título y cédula profesional de Licenciado en Derecho, expedidos por autoridad competente.
III.2  Experiencia laboral:
       Profesional de tres años, computada a partir de la fecha en que el aspirante haya presentado su examen profesional para obtener título de Licenciado en Derecho, salvo en aquellos casos en que se satisfagan los siguientes requisitos:
 
a)   Que antes de recibirse el aspirante haya laborado en Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, o en el Consejo de la Judicatura Federal, desarrollando actividades relacionadas con aspectos jurídicos, independientemente de la categoría que tenga o del cargo que desempeñe; debiendo tener, en cualquier caso, una antigüedad de cuando menos tres años; y,
b)   Que el Magistrado de Circuito solicitante manifieste que el aspirante a ocupar la plaza posee práctica profesional de más de tres años.
III.3  Otros requisitos:
-     Haber aprobado los exámenes de aptitud practicados por el Instituto de la Judicatura Federal, de conformidad con las disposiciones establecidas, lo señalado en los Artículos 107 y 115 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y en los acuerdos que emita el Pleno del Consejo.
-     Ser ciudadano mexicano, que no se adquiera otra nacionalidad.
-     Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
-     Gozar de buena reputación.
-     No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año.
-     Los demás que determinen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales; y los Acuerdos Generales del Pleno del Consejo relacionados con los concursos para acceder a los puestos de Carrera Judicial.
Descripción de Puesto
I.     Datos de Control.-
 
Tipo:
CF - CONFIANZA
Grupo:
4 - HOMOLOGOS A MANDOS
MEDIOS
Rama:
03 - JURIDICA ESPECIALIZADA
Puesto:
11 - DELEGADO
Clave:
CF40311
Nivel y Rango:
13A UNICO
 
II.     Descripción.-
II.1   Objetivo del puesto:
Coordinar los servicios de defensa pública y asesoría jurídica en la circunscripción territorial donde se determine su adscripción, así como gestionar y vigilar el aprovechamiento de los recursos humanos y materiales dentro de la propia demarcación.
II.2   Funciones:
1.     Planear, organizar, dirigir y supervisar el trabajo, el control administrativo, la gestión y el seguimiento de acciones institucionales con el personal profesional, administrativo, de apoyo y con defensores públicos y asesores jurídicos federales adscritos en cada Delegación.
2.     Realizar, de manera permanente, la supervisión documental a defensores y asesores para constatar que la información y documentación, a que se refieren los artículos 42 y 44 de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública (Bases), se haya remitido conforme lo indican tales preceptos.
3.     Resguardar los expedientes de control cuidando que se encuentren debidamente integrados y remitir los diagnósticos, en forma coordinada con el programa anual de visitas de supervisión directa, a la Unidad de Supervisión y Control de Defensa Penal y Asesoría Jurídica.
4.     Supervisar que los defensores y asesores mantengan permanentemente actualizada la información, relacionada con sus respectivas funciones, que sea necesario registrar en los sistemas electrónicos empleados por el Instituto Federal de Defensoría Pública (Instituto).
5.     Designar defensor público o asesor jurídico sustituto o suplente en los casos de faltas temporales o impedimento a fin de evitar que se actualice la hipótesis del tipo penal prevista en la fracción I del artículo 232 del Código Penal Federal, así como a los defensores públicos que atiendan, por turno, las solicitudes que se presenten en materia de ejecución de sentencias.
6.     Concentrar, validar y enviar a la Dirección General del Instituto, la información estadística requerida, así como proporcionar, oportuna y verazmente, la información que solicite la Dirección General, las Unidades Administrativas o las Secretarías Técnicas del Instituto.
7.     Cumplir con el horario de labores y estar presentes en su Delegación a efecto de resolver oportunamente los problemas que se susciten, salvo cuando el Director General del Instituto los comisione o autorice a faltar para atender asuntos propios debidamente justificados o realicen visitas de trabajo, acudan ante autoridades o centros de reclusión.
8.     Vigilar que se cumplan los horarios de trabajo determinados, estableciendo los mecanismos de control necesarios y preservar la disciplina de todo el personal.
9.     Programar los períodos vacacionales, con los ajustes derivados de los permisos concedidos y remitirlos, oportunamente, a la Dirección General del Instituto para su aprobación.
10.   Acordar, conforme a los lineamientos establecidos, las solicitudes planteadas para ausentarse del trabajo hasta por tres días con causa justificada a cuenta de vacaciones o con goce de sueldo en
casos extraordinarios, debiendo documentarlo y haciéndolo del conocimiento de la Unidad de Apoyo Operativo.
11.   Practicar visitas de trabajo cuando menos una vez al año y, conforme a disponibilidades presupuestales, a cada una de las adscripciones de asesores y defensores de su circunscripción.
12.   Identificar y supervisar el óptimo y eficiente manejo de los recursos humanos y materiales, ejecutando las acciones necesarias para el excelente funcionamiento de la Delegación o Dirección.
13.   Efectuar labores de difusión de los servicios que proporciona el Instituto, con la participación de defensores públicos, asesores jurídicos, personal de apoyo operativo y administrativo.
14.   Cuidar que se cumplan las disposiciones de la Dirección General del Instituto y resolver, con el conocimiento de ésta, los problemas que se presenten y no admitan demora, velando en todo momento por el buen funcionamiento de la Delegación correspondiente.
15.   Vigilar, cuando en una ciudad estén adscritos dos o más asesores jurídicos, que la carga de trabajo sea repartida equitativamente en cada una de las modalidades de la prestación del servicio, estableciendo un sistema de recepción y turno de asuntos.
16.   Proponer a la Dirección General del Instituto, en forma fundada y motivada, cambios de adscripción del personal de apoyo y administrativo de la Delegación a su cargo.
17.   Levantar las actas correspondientes y remitirlas, inmediatamente, a la Dirección General del Instituto junto con la documentación que respalde su actuación a fin de que se inicie el procedimiento administrativo que corresponda, cuando tenga conocimiento de que algún servidor público adscrito a la Delegación incurra en omisión o incumpla sus obligaciones.
18.   Comunicar, inmediatamente, a la Dirección General del Instituto, con todos los datos, las conductas de las que tuviere conocimiento, realizadas por un servidor público integrante del Instituto Federal de Defensoría Pública, aunque no pertenezca a su adscripción, que afecte la buena fama o la imagen del Instituto.
19.   Llevar a cabo las gestiones institucionales que correspondan ante los órganos jurisdiccionales, ministeriales o administrativos que coadyuven al eficaz desarrollo de las funciones de los defensores públicos y asesores jurídicos.
20.   Cumplir, eficiente y oportunamente, con las intervenciones que en casos concretos acuerde el Director General del Instituto y con los asuntos que les sean turnados por los titulares de las Unidades o Secretarios Técnicos del mismo, así como verificar que las comisiones encargadas a defensores públicos o asesores jurídicos se cumplan de manera eficiente y oportuna.
21.   Abstenerse de realizar actos o incurrir en omisiones que sean contrarios al buen funcionamiento de la Delegación a su cargo o que generen conflictos entre el personal.
22.   Ser enlace con las demás Delegaciones en la atención de asuntos que comprendan dos o más Delegaciones.
23.   Informar a la Dirección General del Instituto sobre las necesidades de capacitación advertidas o demandadas en la Delegación en la que se encuentre adscrito.
24.   Las demás que le encomiende el Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública.
(Continúa en la Segunda Sección)
 

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