DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 27/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el diverso Acuerdo General 54/2008, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán

Martes 13 de Septiembre 2011
ACUERDO General 27/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el diverso Acuerdo General 54/2008, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, así como los órganos jurisdiccionale
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 27/2011, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 54/2008, POR EL QUE SE CREA EL CENTRO AUXILIAR DE LA SEPTIMA REGION, CON RESIDENCIA EN ACAPULCO, GUERRERO, ASI COMO LOS ORGANOS JURISDICCIONALES QUE LO INTEGRARAN.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, así como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando así la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción VI, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número y límites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana;
QUINTO. La dinámica social que implica el crecimiento de la población, el desarrollo económico del país y la promulgación de nuevos ordenamientos legales o la reforma de éstos como generadores de una demanda creciente de impartición de justicia pronta y expedita, propicia el aumento en las cargas de trabajo que afrontan la mayoría de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, situación que trae aparejada la necesidad de contar con órganos jurisdiccionales suficientes para abreviar el tiempo en el dictado de las resoluciones, y con ello, cumplir con el imperativo consagrado en el artículo 17 de la Constitución Federal;
SEXTO. Derivado del análisis de los informes y reportes estadísticos de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, proporcionados por la Dirección General de Estadística Judicial, es posible advertir un desequilibrio en las cargas de trabajo en diversos Circuitos y Distritos Judiciales Federales;
SEPTIMO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente reformar el Acuerdo General 54/2008, mediante el que se creó el Centro Auxiliar de la Séptima Región, para instalar un Juzgado de Distrito en el Centro referido, el cual apoyará en la resolución de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito en funciones en el territorio de la República Mexicana;
OCTAVO. A fin de facilitar a los justiciables el seguimiento de la situación que guardan sus expedientes, un extracto con carácter informativo de la lista diaria de acuerdos de los órganos jurisdiccionales a los que se determine su apoyo por parte del Juzgado de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, de nueva creación, se podrá consultar en la página de Internet de la Dirección General de Estadística Judicial del Consejo de la Judicatura Federal en la dirección: http://www.dgepj.cjf.gob.mx;
NOVENO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veintiséis de agosto de dos mil once aprobó el dictamen relativo a la creación de un Juzgado de Distrito en el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, con jurisdicción en toda la República y competencia mixta;
DECIMO. De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal, actualmente se cuenta con la infraestructura física para la instalación de un Juzgado de Distrito en el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero.
En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
UNICO. Se reforman los puntos PRIMERO y DECIMOPRIMERO del Acuerdo General 54/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán, para quedar como sigue:
"PRIMERO. CONFORMACION, UBICACION Y COMPETENCIA. Se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, conformado por un tribunal colegiado Auxiliar, un tribunal unitario y cuatro juzgados de Distrito Auxiliares, el domicilio de los juzgados de Distrito será el ubicado en Boulevard de las Naciones Granjas número 39, Fraccionamiento Granjas del Marqués, código postal 39300, Acapulco, Guerrero, y los restantes órganos jurisdiccionales estarán en avenida Adolfo López Mateos número 4, Fraccionamiento Las Playas, código postal 39390, Acapulco, Guerrero, los cuales tendrán jurisdicción en toda la República y competencia mixta, para apoyar en el dictado de sentencias, su denominación será la siguiente:
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
El tribunal unitario se denominará:
Tribunal Unitario de Circuito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
El tribunal colegiado se denominará:
Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Séptima Región.
DECIMOPRIMERO. DEL ACUERDO GENERAL 11/2011. Se reforma el Acuerdo General 11/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de veintitrés de marzo de dos mil once, en el punto 7 del apartado QUINTO, para quedar como sigue:
"QUINTO. Se contará con:
...
7. El Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, se integrará por un tribunal colegiado de Circuito Auxiliar, un tribunal unitario de Circuito Auxiliar y cuatro juzgados de Distrito Auxiliares.
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General 54/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán; además, al Acuerdo General 11/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 27/2011, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el Diverso Acuerdo General 54/2008, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Séptima Región, con residencia en Acapulco, Guerrero, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión extraordinaria de veintiséis de agosto de dos mil once, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a cinco de septiembre de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.
 

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