Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la:
SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN
MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2011
MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2011
Unico. Se realiza la siguiente adición a la Resolución que establece las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011, publicada en el DOF el 29 de julio de 2011:
A. Se adiciona el Sector 8 "Minerales de hierro y sus concentrados" al apartado B del Anexo 10.
La adición anterior queda como sigue:
ANEXO 10 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA
2011
2011
Sectores y fracciones arancelarias
..........................................................................................................................................
B. Padrón de Exportadores Sectorial.
| Sector | Fracciones arancelarias | ||||
| ........................ | .................. | ................... | ..................... | .................. | ..................... |
| 8. Minerales de hierro y sus concentrados. | 2601.11.01 y 2601.12.01 Unicamente cuando se trate de minerales de hierro conocidos como Hematites y Magnetita. | | |||
..........................................................................................................................................
Artículo transitorio
Unico.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Atentamente,
México, D.F., a 9 de noviembre de 2011.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.- Rúbrica.
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