Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE LA DISTINCION AL MERITO JUDICIAL "IGNACIO L. VALLARTA", CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL DIEZ.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- El tres de octubre de dos mil seis, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Carrera Judicial y las Condiciones de los Funcionarios Judiciales;
SEGUNDO.- En el Título Decimoprimero, Capítulo I, del Acuerdo General señalado en el considerando anterior, se establece, entre otros estímulos para el personal jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, la Distinción al Mérito Judicial "Ignacio L. Vallarta", que se entregará anualmente a un juez de Distrito, a un magistrado de Circuito de tribunal unitario y a un magistrado de Circuito de tribunal colegiado, en reconocimiento a sus méritos en la carrera judicial;
TERCERO.- Los artículos 139 a 143 del Acuerdo General antes invocado, establecen el procedimiento a seguir para otorgar la referida distinción al mérito judicial;
CUARTO.- El artículo 143 del referido Acuerdo General, establece que si el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal lo estima conveniente, podrá abstenerse de otorgar la mencionada distinción al mérito judicial en una o varias categorías de las señaladas en el considerando segundo; igualmente, podrá conferir, si así lo considera, más de un reconocimiento en una sola de esas categorías;
QUINTO.- En acatamiento a lo establecido por los artículos 140 y 141 del mencionado Acuerdo General, la Comisión de Carrera Judicial analizó el historial de diversos servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, para seleccionar a los candidatos que reunieran los requisitos para ser acreedores de la Distinción al Mérito Judicial "Ignacio L. Vallarta". Hecho el estudio correspondiente, sometió a consideración del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la propuesta de los servidores públicos que estimó reunían los requisitos para que se otorgara la referida distinción correspondiente al año dos mil diez, en las categorías de juez de Distrito, de magistrado de tribunal unitario de Circuito y de magistrado de tribunal colegiado de Circuito, para hacer la designación respectiva;
SEXTO.- El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de cinco de octubre de dos mil once, por unanimidad de seis votos, determinó otorgar la Distinción al Mérito Judicial "Ignacio L. Vallarta" correspondiente al año dos mil diez, en la categoría de magistrado de tribunal colegiado de Circuito, al magistrado Marco Antonio Arroyo Montero, quien cumple con los requisitos exigidos por el artículo 140 del citado Acuerdo General, toda vez que su actuación en la tarea jurisdiccional es apegada al principio de excelencia, acorde con el Código de Etica. Ahora bien, por cuanto hace a la distinción en las categorías de juez de Distrito y de magistrado de tribunal unitario de Circuito, estimó conveniente abstenerse, por esta ocasión, de otorgar el referido reconocimiento;
SEPTIMO.- El magistrado Marco Antonio Arroyo Montero, egresó de la Universidad de Guanajuato, en donde obtuvo el título de Licenciado en Derecho, mediante examen profesional que sustentó el doce de julio de mil novecientos sesenta y siete, con la tesis "La suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo".
Ingresó al Poder Judicial de la Federación el uno de enero de mil novecientos sesenta y seis, para desempeñar el cargo de oficial judicial en el Juzgado de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad del mismo nombre, hasta el treinta de junio de mil novecientos sesenta y siete.
Ocupó el cargo de actuario en el Juzgado de Distrito en el Estado de Guanajuato, con residencia en la ciudad del mismo nombre, del uno de julio al treinta y uno de agosto de mil novecientos sesenta y siete.
Se desempeñó como secretario en el Tribunal Unitario del Octavo Circuito, con sede en Torreón, Coahuila, del uno de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho al treinta y uno de julio de mil novecientos sesenta y nueve y del uno de octubre de mil novecientos sesenta y nueve al quince de enero de mil novecientos setenta y uno; en el Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, con residencia en Torreón, Coahuila, del uno de agosto al treinta de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve y del dieciséis de enero al quince de junio de mil novecientos setenta y uno; y en el Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, con sede en la ciudad de San Luis Potosí, del dieciséis de junio de mil novecientos setenta y uno al quince de noviembre de mil novecientos setenta y tres.
Se le otorgó nombramiento de Secretario de Estudio y Cuenta de la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del dieciséis de noviembre de mil novecientos setenta y tres al quince de febrero de mil novecientos setenta y seis.
En sesión de tres de febrero de mil novecientos setenta y seis, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo nombró juez de Distrito, cargo que desempeñó como titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, del dieciséis de febrero de mil novecientos setenta y seis al treinta y uno de julio de mil novecientos ochenta.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a propuesta del Ministro Jorge Olivera Toro, en sesión de uno de julio de mil novecientos ochenta, por unanimidad de dieciocho votos, lo designó magistrado de Circuito.
Integró el Tribunal Colegiado del Decimotercer Circuito, con sede en la ciudad de Oaxaca, del uno de agosto de mil novecientos ochenta al quince de octubre de mil novecientos ochenta y tres; y el Tribunal Colegiado del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa, del dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta y tres al treinta y uno de julio de mil novecientos ochenta y seis.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de diecinueve de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, por unanimidad de diecisiete votos, lo reeligió en el cargo de magistrado de Circuito.
Asimismo, se desempeñó como magistrado de Circuito en el Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, con sede en la ciudad de Puebla, del uno de agosto de mil novecientos ochenta y seis al treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y siete; en el Tribunal Colegiado Supernumerario del Decimosegundo Circuito, con residencia en Mazatlán, Sinaloa (ahora Segundo Tribunal Colegiado), del uno de enero de mil novecientos ochenta y ocho al treinta y uno de julio de mil novecientos noventa; en el Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, con sede en Torreón, Coahuila, del uno de agosto de mil novecientos noventa al treinta de junio de mil novecientos noventa y ocho y del diecisiete al veintiuno de agosto de dos mil; en el Tercer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, con sede en Torreón, Coahuila, del uno de julio de mil novecientos noventa y ocho al dieciséis de agosto de dos mil, del veintidós de agosto de dos mil al quince de noviembre de dos mil uno y del uno de junio de dos mil dos al quince de abril de dos mil tres; en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, con sede en la ciudad de Puebla, del dieciséis de noviembre de dos mil uno al treinta y uno de mayo de dos mil dos; y en el Primer Tribunal Colegiado (mediante Acuerdo General 64/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se aprobó la especialización, cambiando su denominación a Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, con efecto a partir del doce de noviembre de dos mil nueve) del Octavo Circuito, con sede en Torreón, Coahuila, del dieciséis de abril de dos mil tres a la fecha.
El magistrado Marco Antonio Arroyo Montero goza de buena reputación; su antigüedad en el Poder Judicial de la Federación es de 45 años, 9 meses, de los cuales 31 años, 3 meses, son en el cargo de magistrado de Circuito, sin que en todo ese tiempo haya sido sancionado ni una sola vez con motivo de un procedimiento administrativo disciplinario; es decir, cuenta con una larga y destacada trayectoria dentro del Poder Judicial de la Federación y ha consagrado su vida a la carrera judicial.
Durante el tiempo que ha servido en el Poder Judicial de la Federación, el magistrado Marco Antonio Arroyo Montero ha demostrado su alto compromiso con la impartición de justicia, así como un desempeño sobresaliente. Asimismo, se ha conducido con rectitud en los distintos cargos que ha desempeñado, por lo que se concluye que su actuar ha sido honorable y respetuoso, tanto con sus pares como con sus subordinados y los justiciables, y que en todo momento ha cumplido de manera destacada con los imperativos de la función jurisdiccional. En la actualidad tiene 66 años de edad y reside en la ciudad de Torreón, Coahuila.
En consecuencia, toda vez que su actuación en la tarea jurisdiccional es apegada al principio de excelencia, acorde con el Código de Etica, con fundamento en los preceptos legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Como un reconocimiento a su trayectoria en el Poder Judicial de la Federación, se otorga al magistrado Marco Antonio Arroyo Montero, la Distinción al Mérito Judicial "Ignacio L. Vallarta", correspondiente al año dos mil diez.
TRANSITORIO
UNICO.- Cúmplase y publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al otorgamiento de la distinción al mérito judicial "Ignacio L. Vallarta", correspondiente al año dos mil diez, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de cinco de octubre de dos mil once, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a tres de noviembre de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.
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