Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 47/2013, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE FUNCIONES, ASÍ COMO A LA DENOMINACIÓN, COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO, DEL JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE GUERRERO, CON RESIDENCIA EN CHILPANCINGO, ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE LA ENTIDAD Y SEDE INDICADAS.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de circuito y juzgados de distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones II, VI, XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de distrito y dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, atribución esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 46, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17 Constitucional, segundo párrafo, establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;
CUARTO. El incremento en el número de ingresos, ha ocasionado un aumento en las cargas de trabajo que registran los juzgados de distrito en el Estado de Guerrero, lo cual hace necesario establecer nuevos órganos jurisdiccionales en la referida entidad;
QUINTO. A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veintidós de junio de dos mil once, aprobó la creación de un Juzgado de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, quedando pendiente su instalación e inicio de funciones;
SEXTO. De acuerdo con la información proporcionada por la Coordinación de Administración Regional y la Dirección General de Inmuebles y Mantenimiento del Consejo de la Judicatura Federal, actualmente se cuenta con la infraestructura física para la instalación de dicho Juzgado de Distrito, lo cual hace necesario determinar los aspectos inherentes al inicio del funcionamiento;
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, así como en las consideraciones vertidas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. El órgano jurisdiccional se denominará Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, y tendrá igual competencia y jurisdicción territorial que los Juzgados Primero y Séptimo de Distrito que actualmente funcionan en la mencionada ciudad.
El domicilio del nuevo Juzgado de Distrito con residencia en Chilpancingo, Guerrero, será el ubicado en Paseo Alejandro Cervantes Delgado número 268, colonia Hermenegildo Galeana, código postal 39010.
SEGUNDO. El Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, iniciará funciones el dieciséis de diciembre de dos mil trece, con la plantilla autorizada para ese órgano jurisdiccional.
TERCERO. Durante el periodo que comprenderá del dieciséis de diciembre de dos mil trece al quince de enero de dos mil catorce, los asuntos nuevos que se presenten en días y horas hábiles, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero con residencia en Chilpancingo, se remitirán al Juzgado Décimo, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
Durante ese periodo no tendrán aplicación las reglas de relación de asuntos fijadas conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 48/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; con excepción de aquellos que en términos de la ley o la jurisprudencia deban remitir a los Juzgados Primero y Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo.
Transcurrido el plazo concedido, los asuntos nuevos se distribuirán entre los tres Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero con residencia en Chilpancingo, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos.
CUARTO. Se faculta a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, para concluir de manera anticipada o prorrogar, en su caso, el plazo de exclusión de turno de nuevos asuntos ordenada en el presente punto de acuerdo.
Lo anterior, con base en los estudios respectivos que, en su caso, presentará a su consideración la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.
QUINTO. Al finalizar el periodo de exclusión otorgado en el punto precedente, los titulares de los Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero con residencia en Chilpancingo, deberán de informar a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos y a la Dirección General de Estadística Judicial, el resultado estadístico de la medida adoptada.
SEXTO. La recepción de asuntos en días y horas inhábiles en los juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero con residencia en Chilpancingo, se realizará en forma semanal por lo que a partir del dieciséis y hasta el veintidós de diciembre de dos mil trece, estará de guardia el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo; del veintitrés al veintinueve de diciembre de dos mil trece, corresponderá al Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo; del treinta de diciembre de dos mil trece, al cinco de enero de dos mil catorce, corresponderá al Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo; y así sucesivamente en ese orden de forma semanal.
SÉPTIMO. La persona titular del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, con asistencia de un Secretario, deberá autorizar el uso de libros de gobierno nuevos, conforme lo dispuesto por el Acuerdo General 34/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
El Primero y Séptimo Juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, seguirán usando sus libros de gobierno.
OCTAVO. El Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo,
deberá remitir dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes, su reporte estadístico correspondiente, a la Dirección General de Estadística Judicial.
NOVENO. La persona titular del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, deberá levantar un acta administrativa de inicio de funciones por duplicado, cuyo formato le será proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, debiendo remitir a la brevedad una copia a la propia Secretaría Ejecutiva.
DÉCIMO. Se modifica el punto SEGUNDO, apartado XXI, punto 3, del Acuerdo General número 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de febrero de dos mil trece, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. Cada uno de los Circuitos a que se refiere el punto primero comprenderá los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y los juzgados de Distrito que a continuación se precisan:
...
XXI. VIGESIMO PRIMER CIRCUITO:
...
3. Diez juzgados de Distrito en el Estado de Guerrero: tres con residencia en Chilpancingo, cinco con residencia en Acapulco y dos con residencia en Iguala".
DECIMOPRIMERO. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; y de Administración, del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultados para interpretar y resolver todas las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. La Secretaría Técnica de la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, deberá integrar de inmediato, el texto de la reforma, al Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
TERCERO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNÁNDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 47/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones, así como a la denominación, competencia, jurisdicción territorial, domicilio, del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Guerrero, con residencia en Chilpancingo, así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de los asuntos entre los juzgados de Distrito de la entidad y sede indicadas, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de trece de noviembre de dos mil trece, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa y Manuel Ernesto Saloma Vera.- México, Distrito Federal, a cinco de diciembre de dos mil trece.- Conste.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |