Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA LOS ARTICULOS 21 Y 80 DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales a su cargo, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones y establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos;
SEGUNDO.- El Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre de dos mil seis, que entró en vigor el día dieciséis del propio mes y año, actualizó y agrupó la normativa emitida con anterioridad respecto a las bases fundamentales de la actividad de cada uno de sus órganos internos, sus atribuciones, así como los procedimientos a seguir para la toma de decisiones y para la organización y funcionamiento de la Institución;
TERCERO.- Las normas que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100 constitucional ha expedido el Consejo de la Judicatura Federal, pueden ser reformadas cuando se advierta que existen situaciones específicas que deban ser reguladas;
CUARTO.- Asimismo, se ha identificado que existe el fundamento normativo aplicable en materia administrativa, para que el titular de la Secretaría Ejecutiva de Finanzas tenga las atribuciones suficientes y necesarias para aprobar los manuales de organización y de procedimientos de carácter específico, con el objeto de mantenerlos permanentemente actualizados y aprobados, lo que brindará certeza jurídica sobre su aplicación.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se reforman los artículos 21 y 80 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 21.- Las facultades no delegables del Pleno, contenidas en las fracciones II, XVII, XVIII, XIX, así como en la XL, del artículo 81 de la Ley, se regirán por los lineamientos contenidos en los acuerdos generales y demás disposiciones que emita el Pleno.
Artículo 80.- El titular de la Secretaría Ejecutiva de Finanzas tendrá las siguientes atribuciones:
I a XXVI.
XXVII. Coordinar la integración y actualización del manual de organización general del Consejo y su presentación a la Comisión de Administración, así como aprobar los manuales específicos de organización y procedimientos de las áreas que lo integran."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, Información y Evaluación, deberá integrar de inmediato el texto de esta reforma, al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo.
MARIA DOLORES OMAÑA RAMIREZ, SECRETARIA EJECUTIVA DEL PLENO Y DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reforma los Artículos 21 y 80 del Diverso Acuerdo General que Reglamenta la
Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, fue aprobado por el Pleno del Consejo, en sesión ordinaria de veinticuatro de febrero de dos mil diez, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veintidós de marzo de dos mil diez.- Conste.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |