DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General 15/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el horario de operación del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes en los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito

Lunes 02 de Mayo 2011
ACUERDO General 15/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el horario de operación del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes en los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 15/2011, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGLAMENTA EL HORARIO DE OPERACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES EN LOS JUZGADOS DE DISTRITO Y TRIBUNALES DE CIRCUITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y XXXV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El artículo 81, fracción XXXVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación otorga al Consejo de la Judicatura Federal, facultades para dictar las medidas que exijan el buen servicio y la disciplina en los Tribunales de Circuito, Juzgados de Distrito y Organos Auxiliares del Consejo de la Judicatura Federal;
TERCERO.- La incorporación de la tecnología a la impartición de justicia, sin duda alguna, ha facilitado la labor de los órganos jurisdiccionales. Una de las principales herramientas jurídico-tecnológicas con que dispone el Consejo de la Judicatura Federal, es el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), a través del cual se captura y almacena la información generada por los más de 650 órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación. El acervo informático provisto por el SISE, data del año 2001 y el aumento en el volumen de la información que almacena el Sistema se dimensiona en más de un millón de datos diarios, los cuales deben ser validados, para su confiabilidad;
CUARTO.- Los usuarios del SISE, ascienden a más de cinco mil personas participando en diferentes roles como son, Magistrados de Circuito, Jueces de Distrito, Secretarios, Visitadores Judicial, analistas jurídicos, litigantes, autoridades responsables y diversas áreas del Consejo de la Judicatura Federal;
QUINTO.- Debido al volumen tan grande de información, la verificación, validación y aprovechamiento, resultan en unas tareas imposibles para ser realizadas por seres humanos; al respecto se han diseñado estrategias de automatización para llevar a cabo las tareas mencionadas. Además se han implementado herramientas de búsqueda y análisis estadísticos.
Todas estas herramientas y estrategias, requieren de mucho poder de cómputo, sopesando el tiempo requerido para ejecutarse;
SEXTO.- Debido a la evolución natural del SISE, la complejidad de los datos consignados, la incorporación de nuevos módulos y reportes de consulta así como la incorporación del expediente electrónico conlleva a la necesidad de implementar políticas de uso, con la finalidad de evitar cargas excesivas a la red de telecomunicaciones, así como al procesamiento de la información.
Haciendo un comparativo del funcionamiento de la infraestructura de la banca, podemos observar que las transacciones de datos, las consultas y la mayoría de transferencias, están limitadas por un horario de servicio, pues la cantidad de información recibida es de tal magnitud, que no puede procesarse en forma adecuada si, al mismo tiempo que se reciben las operaciones, también se procesan los servicios de análisis.
No es diferente en el SISE, dado que el almacenamiento de información de más de diez años de historia, los archivos de sentencias y acuerdos, y el procesamiento de información correspondiente a los informes de estadística, así como, las transacciones de lectura/escritura, no resulta conveniente ejecutar todo al mismo tiempo; consecuentemente, es imperioso dividir el tiempo para la consigna de datos del utilizado para el análisis;
SEPTIMO.- La operación de acopio de información gravita fundamentalmente en el módulo de captura; siendo una aplicación Web, las pantallas necesarias para tal efecto son enviadas por medio de la red, desde los servidores centrales, hasta cada una de las computadoras personales conectadas a la red de telecomunicaciones del Poder Judicial de la Federación;
 
OCTAVO.- El control y mantenimiento de los servidores centrales del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, en razón de su operación diaria, representa un esfuerzo importante para mantener su disponibilidad y consistencia;
NOVENO.- Cabe mencionar que el equilibrio que debe guardar el acopio de datos y el poder de cómputo, se ha alcanzado hace tiempo, por lo que en la actualidad no basta con la compra de nueva infraestructura ni tampoco con la modernización de los sistemas.
Resulta imprescindible la aplicación de políticas de uso por medio de horarios de operación especializada.
Dicho Modelo de especialización de horarios, corresponde a la permisión de tareas cotidianas para los órganos jurisdiccionales separada de la operación de actividades de procesamiento y análisis de datos. Debido a que estas últimas son tareas que se ejecutan de forma automática y requieren de un poder de cómputo mayor a las primeras, por lo que su ejecución deberá realizarse por las noches.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales indicadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
UNICO.- El horario de operación del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, será de ocho a diecinueve horas de lunes a viernes y de nueve a dieciséis horas los sábados y domingos. Salvo para aquellos órganos jurisdiccionales que, por razones de turno, deban operar el sistema en horarios extendidos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el dos de mayo de dos mil once.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como mediante aviso en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), del Consejo de la Judicatura Federal.
EL MAGISTRADO J. GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 15/2011, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el horario de operación del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes en los juzgados de Distrito y tribunales de Circuito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de trece de abril de dos mil once, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza, Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz Razo, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veinticinco de abril de dos mil once.- Conste.- Rúbrica.
 

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