DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Extracto de modificación al Título de Concesión para administrar las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población, que retornen al extranjero por vía aérea o marítima, que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías

Martes 31 de Julio 2012
EXTRACTO de modificación al Título de Concesión para administrar las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población, que retornen al extranjero por vía aérea o
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Recursos y Servicios.- Administración Central de Apoyo Jurídico.- SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005-MIII.
Extracto de modificación al Título de Concesión para administrar las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los extranjeros con calidad de turistas, de conformidad con la Ley General de Población, que retornen al extranjero por vía aérea o marítima, que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la condición 26 (veintiséis) del Título de Concesión Nacional No. SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, se realiza la presente publicación en los siguientes términos:
MODIFICACION AL TITULO DE CONCESION, PARA ADMINISTRAR LAS DEVOLUCIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) A LOS EXTRANJEROS CON CALIDAD DE TURISTAS, DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE POBLACION, QUE RETORNEN AL EXTRANJERO POR VIA AEREA O MARITIMA, QUE LES HAYA SIDO TRASLADADO EN LA ADQUISICION DE MERCANCIAS NUMERO SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, OTORGADO POR EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT), ORGANO DESCONCENTRADO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, REPRESENTADO POR EL LIC. JOSE GERARDO CORDOVA BEJARANO, EN SU CARACTER DE ADMINISTRADOR CENTRAL DE APOYO JURIDICO, DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS A FAVOR DE LA EMPRESA ADAMANT CORPORATION, S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL LIC. ANA MARIA ORTES RODRIGUEZ, EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "EL CONCEDENTE" Y "EL CONCESIONARIO", RESPECTIVAMENTE.
Fecha de otorgamiento.- 2 de julio de 2012.
PRIMERA.- CONTINUIDAD DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES.- "EL CONCESIONARIO" y "EL CONCEDENTE", aceptan y se obligan a que además de lo estipulado en la presente modificación, continuarán vigentes con toda su fuerza legal, las condiciones contenidas en el Título de Concesión SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, por lo que resultan de observancia obligatoria en todos sus términos, incluyendo aquellas condiciones referentes a los plazos de la concesión.
SEGUNDA.- OBJETO DE LA MODIFICACION.- El Gobierno Federal a través de "EL CONCEDENTE" modifica la condición 3 (tres) del Título de Concesión SAT.AGRS.CONCESION.002/07-005, adicionando a los catorce puntos autorizados, los siguientes:
Majahual, Quintana Roo, Cabo San Lucas, B.C. y Puerto Vallarta, Jalisco.
TERCERA.- PRESTACION DE SERVICIOS.- De conformidad con la propia condición 3 (tres) del Título de Concesión, y la Séptima Regla de Operación, "EL CONCESIONARIO" deberá iniciar operaciones en los puntos de salida concedidos dentro del plazo de 720 días naturales contados a partir del otorgamiento de la presente concesión.
CUARTA.- COMISION.- Con relación en lo dispuesto en la condición 5 (cinco) del Título de Concesión y el segundo párrafo de la Regla Décima Segunda de las Reglas de Operación, "EL CONCESIONARIO" deberá registrar el esquema de comisión que aplicará en los punto adicionales concedidos, previo a la aplicación de los mismos, así como realizar la publicación en su portal de internet y en el Módulo de Atención, referente a los puntos concedidos.
QUINTA.- MODIFICACION DE LA GARANTIA.- "EL CONCESIONARIO" deberá presentar en el término de 20 días hábiles a partir del otorgamiento de la presente modificación el documento en el que se reconozca por parte de la Afianzadora Sofimex, S.A., la presente modificación del Título de Concesión y garantice el cumplimiento de las obligaciones contenidas tanto en el Título como en la presente modificación.
Atentamente
Se expide la presente constancia en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de julio de dos mil doce.- Por ausencia del Administrador Central de Apoyo Jurídico y del Administrador de Apoyo Jurídico "1", con fundamento en lo que disponen los artículos 2, apartado B, fracción VII, inciso d), 8, párrafo cuarto y 28, penúltimo párrafo, numeral 6, inciso b), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en vigor, firma en suplencia el Administrador de Apoyo Jurídico "2", César Erasmo Tintos Funcke.- Rúbrica.
(R.- 352339)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.