NOTA ACLARATORIA DEL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA HABITAT, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 30 DE DICIEMBRE DE 2011.
En la Décimoprimera Sección, página 45, el numeral 4.3. Gastos de operación, párrafo único.
Dice:
"Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa, la SEDESOL podrá destinar hasta el seis por ciento del presupuesto total asignado al Programa".
Debe decir:
"Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa, la SEDESOL podrá destinar hasta el 5.77 por ciento del presupuesto total asignado al Programa".
México, D.F., a 18 de enero de 2012.- La Jefa de la Unidad de Programas de Atención de la Pobreza Urbana, María Eugenia González Alcocer.- Rúbrica.
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