Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.
SE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE EN SESIÓN ORDINARIA DE DIECINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, EN CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA DICTADA EL VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CATORCE POR LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN EL RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA 108/2013, INTERPUESTO POR LA LICENCIADA ABIGAIL CHÁIDEZ MADRIGAL, RESOLVIÓ:
PRIMERO. Derivado del cumplimiento a la ejecutoria de veinticuatro de septiembre de dos mil catorce pronunciada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el recurso de revisión administrativa 108/2013, se determinó que la licenciada Abigail Cháidez Madrigal resultó vencedora en el Decimoctavo Concurso Interno de Oposición para la Designación de Jueces en Juzgado de Distrito de Competencia Mixta.
SEGUNDO. En consecuencia, se designa a Abigail Cháidez Madrigal, Juez de Distrito, reservándose su adscripción hasta el momento en que exista una vacante y el Pleno del Consejo lo determine.
TERCERO. Remítase copia certificada de la resolución a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para conocimiento y en cumplimiento de la ejecutoria dictada en el recurso de revisión administrativa 108/2013.
Notifíquese, haciéndolo personalmente al recurrente y por oficio a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Atentamente
México, D. F., a 5 de enero de 2015.- El Secretario Ejecutivo del Pleno y de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, Magistrado Luis Fernando Angulo Jacobo.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |