Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/1/2016, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO PRIMERO Y SEGUNDO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE QUERÉTARO, ASÍ COMO DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE LES PRESTA SERVICIO, EN ESA MISMA RESIDENCIA Y ENTIDAD FEDERATIVA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
TERCERO. En sesión del veinticinco de septiembre de dos mil trece, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, mismo que en la fracción VIII de su artículo 42, faculta a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, el acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales dentro de la misma ciudad o localidad;
CUARTO. El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por tal motivo, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de domicilio de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, así como de la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio, retornando a ocupar la antigua sede de los órganos jurisdiccionales en ese Circuito.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se autoriza el cambio de domicilio de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, así como de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, todos con residencia en Santiago de Querétaro.
SEGUNDO. El nuevo domicilio de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, así como de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, será el ubicado en Allende No. 1, Norte, Colonia Centro Histórico, código postal 76000, en Santiago de Querétaro, Querétaro.
TERCERO. Los órganos jurisdiccionales y la oficina de correspondencia común citados en el punto primero, iniciarán funciones en su nuevo domicilio el día siete de marzo de dos mil dieciséis.
CUARTO. A partir de la fecha señalada en el punto que antecede, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales y de la oficina de correspondencia común referidos, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto segundo de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. Para conocimiento del público en general, publíquese el acuerdo de mérito en la página de internet del Consejo de la Judicatura Federal, como aviso importante.
Los órganos jurisdiccionales así como la oficina de correspondencia común a que se refiere este acuerdo, deberán colocar avisos en lugares visibles en relación al cambio de domicilio aquí autorizado.
EL MAGISTRADO JORGE ANTONIO CRUZ RAMOS, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/1/2016, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio de los Juzgados de Distrito Primero y Segundo de Procesos Penales Federales en el Estado de Querétaro, así como de la oficina de correspondencia común que les presta servicio, en esa misma residencia y entidad federativa, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintidós de febrero de dos mil dieciséis, por los señores Consejeros: Presidente Felipe Borrego Estrada, Alfonso Pérez Daza y Martha María del Carmen Hernández Álvarez.- Ciudad de México a veintidós de febrero de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
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