DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Decreto por el que se abroga el diverso que ordena la integración del Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda

Lunes 29 de Diciembre 2014
DECRETO por el que se abroga el diverso que ordena la integración del Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 90 de la propia Constitución, 13, 31, 37, en relación con el Segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 9 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto que ordena la integración del Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2003, se instruyó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de fideicomitente en el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, modificar los fines de éste a efecto de crear el Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda; que tendría por objeto llevar a cabo el diseño, administración, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas federales que otorgan subsidios asignados anualmente en el correspondiente Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para apoyar la construcción y autoconstrucción, mejoramiento y adquisición de las viviendas de las familias de menores ingresos;
Que las secretarías de Desarrollo Social y Hacienda y Crédito Público, con base en el Decreto antes referido, modificaron el contrato del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares a fin de que integrara y coordinara el Fideicomiso Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda, que tendría por objeto llevar a cabo el diseño, administración, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas federales que otorguen subsidios asignados anualmente por el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, y
Que el objeto y funciones del Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda no son determinantes para que el Fondo Nacional de Habitaciones Populares pueda atender y operar los programas federales de subsidio de apoyo a la vivienda de las familias de menores ingresos, ya que esta facultad se encuentra inserta en su objeto, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga el Decreto que ordena la integración del Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2003.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en su carácter de coordinadora de sector del Fondo Nacional de Habitaciones Populares, realizará en coordinación con éste los actos necesarios a efecto de extinguir, por cualquier vía, el fideicomiso denominado Fondo Nacional de Apoyo Económico a la Vivienda dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintitrés de diciembre de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Jorge Carlos Ramírez Marín.- Rúbrica.- En ausencia del Secretario de la Función Pública, en términos de lo dispuesto por los artículos 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, fracción XII, y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, el Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, Julián Alfonso Olivas Ugalde.- Rúbrica.
 

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