DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria al Acuerdo por el que se establecen las Políticas para la obtención y aplicación de los recursos destinados a la implementación de la reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de las entidades federativas para el ejercicio fiscal 2015, publicado el 31 de diciembre de 2014

Martes 20 de Enero 2015
NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se establecen las Políticas para la obtención y aplicación de los recursos destinados a la implementación de la reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de las entidades federativas para el ejercicio fiscal 201
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL A FAVOR DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014.
En el documento publicado el miércoles 31 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, Edición Matutina, Primera Sección, Poder Ejecutivo, Secretaría de Gobernación, referente al Acuerdo por el que se establecen las Políticas para la obtención y aplicación de los recursos destinados a la implementación de la reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de las entidades federativas para el ejercicio fiscal 2015.
El numeral 4.1.2., dice:
4.1.2. En el eje de normatividad, las entidades federativas podrán presentar proyectos de creación de iniciativas de leyes o reglamentos, o reformas de las existentes, en los términos establecidos en las Políticas; para tal caso de será considerado el acuerdo COCO/XII/004/14, del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, mediante el cual se aprueba la Modificación al Método de Seguimiento de Armonización Legislativa de las entidades federativas, que enlista los valores normativos en básica, intermedia y adicional, no así sobre la creación o reforma a reglamentos, acuerdos, circulares o diversos instrumentos jurídicos que no tenga el carácter de ley. Asimismo, deberán de comprometerse en el convenio de coordinación que al efecto se suscriba, a tomar en consideración el Código Nacional de Procedimientos Penales y las Leyes Nacionales, así como las leyes generales, los lineamientos, bases, modelos, instrumentos y demás insumos emitidos por la Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos de la SETEC, para la confección normativa inherente al Sistema de Justicia Penal.
Debe decir:
4.1.2. En el eje de normatividad, las entidades federativas podrán presentar proyectos de creación de iniciativas de leyes o reglamentos, o reformas de las existentes, en los términos establecidos en las Políticas; para tal caso será considerado el acuerdo COCO/XII/004/14, del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, mediante el cual se aprueba la Modificación al Método de Seguimiento de Armonización Legislativa de las entidades federativas, que enlista los valores normativos en básica, intermedia y adicional, no así sobre la creación o reforma a acuerdos, circulares o diversos instrumentos jurídicos que no tenga el carácter de ley. Asimismo, deberán de comprometerse en el convenio de coordinación que al efecto se suscriba, a tomar en consideración el Código Nacional de Procedimientos Penales y las Leyes Nacionales, así como las leyes generales, los lineamientos, bases, modelos, instrumentos y demás insumos emitidos por la Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos de la SETEC, para la confección normativa inherente al Sistema de Justicia Penal.
El numeral 9.1.2., fracción XX, dice:
XX. Presentar los entregables en tiempo y forma conforme al convenio y a los anexos técnicos.
La falta injustificada de cierre del proyecto a más tardar el 31 de diciembre de 2014, será considerado en el proceso para la asignación de recursos en los ejercicios fiscales siguientes, y
Debe decir:
XX. Presentar los entregables en tiempo y forma conforme al convenio y a los anexos técnicos.
La falta injustificada de cierre del proyecto a más tardar el 31 de diciembre de 2015, será considerado en el proceso para la asignación de recursos en los ejercicios fiscales siguientes, y
El numeral 9.2.1, fracción IV, dice:
IV. Del total de los recursos aprobados para el subsidio, se destinará hasta el 6% (seis por ciento), que dispondrá la Dirección General de Administración y Finanzas para ejercerlos en gastos de administración del subsidio otorgado por la SETEC, los cuales incluirán conceptos a favor de los beneficiarios, como pago de personas físicas y/o morales que proporcionen asesorías, capacitaciones, evaluaciones, así como difusiones, estudios e investigaciones, seguimientos, entre otros, viáticos y pasajes del personal de la SETEC.
Debe decir:
IV. Del total de los recursos aprobados para el subsidio, se destinará hasta el 7% (siete por ciento), que dispondrá la Dirección General de Administración y Finanzas para ejercerlos en gastos de administración del subsidio otorgado por la SETEC, los cuales incluirán conceptos a favor de los beneficiarios, como pago de personas físicas y/o morales que proporcionen asesorías, capacitaciones, evaluaciones, así como difusiones, estudios e investigaciones, seguimientos, entre otros, viáticos y pasajes del personal de la SETEC.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a 16 de enero de 2015.- Firma en suplencia por ausencia de la Dra. María de los Ángeles Fromow Rangel, Titular de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, el Mtro. José Castillo Ambríz, Director General de Estudios y Proyectos Normativos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y del artículo 11 de Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una Instancia de Coordinación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 13 de octubre de 2008.- El Director General de Estudios y Proyectos
Normativos, José Castillo Ambríz.- Rúbrica.
 

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