El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, aprobó el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA DISTRIBUCIÓN
DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y A LOS MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ COMO
PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y A LOS MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ COMO
PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
CONSIDERANDOS
Que en el artículo 44 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, se aprobaron recursos para el proceso de la armonización contable, en el Anexo 20 Programas del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas por $ 55,865,160 (Provisión para la Armonización Contable); y que dichas previsiones presupuestarias están destinadas en beneficio de las entidades federativas y los municipios, para el otorgamiento de subsidios para la capacitación y profesionalización de las unidades administrativas competentes en materia de contabilidad gubernamental, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones que permitan el cumplimiento de la armonización contable en los tres órdenes de gobierno.
Que el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), en cumplimiento de sus facultades para dar seguimiento, orientar y evaluar los avances en la armonización de la contabilidad, así como asesorar y capacitar a los entes públicos en lo relacionado con la instrumentación e interpretación de las normas contables emitidas por el CONAC, y para cumplir con el objeto de los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, a las entidades federativas y sus municipios sometió para aprobación del CONAC en su sesión celebrada el 9 de diciembre de 2014 los Términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones, el cual fue aprobado por unanimidad y publicado con fecha 22 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.
Que con el objeto de fortalecer la colaboración con las entidades federativas, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA DISTRIBUCIÓN
DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y A LOS MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ COMO
PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2015, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y A LOS MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ COMO
PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Objeto
1. Establecer los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 (PEF 2015), para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativa que deben adoptar e implementar la Ley y las disposiciones emitidas por el Consejo, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones que permitan el cumplimiento de la armonización contable de los tres órdenes de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Población Objetivo
2. La población objetivo son los servidores públicos adscritos a los entes públicos señalados en el artículo 1, segundo párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Del Ejercicio de los Recursos
3. El Recurso PEF 2015, se distribuirá de la siguiente manera:
a) 40,865,160 (Cuarenta Millones Ochocientos Sesenta y Cinco Mil Ciento Sesenta Pesos) para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para la capacitación y profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas, con énfasis en la implementación del Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas. La distribución de este recurso se hará conforme a lo señalado en el numeral 7 de este acuerdo.
b) 15,000,000 (Quince Millones de Pesos) para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y en particular a los municipios para la capacitación y profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativa que deben adoptar e implementar la Ley y las disposiciones emitidas por el Consejo, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones que permitan el cumplimiento de la armonización contable de los municipios haciendo énfasis en el cumplimiento del Acuerdo por el que se armonizan las Cuentas Públicas y las obligaciones del Título V de la Ley. La distribución de este recurso se hará conforme a lo señalado en el numeral 7 de este acuerdo.
4. El ejercicio de los recursos previstos en el numeral 3 inciso a) podrá llevarse a cabo indistintamente a través del Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas o las Entidades Superiores de Fiscalización de las Entidades Federativas.
De los Requisitos para Acceder a los Recursos PEF 2015
5. Para acceder a los recursos previstos para la armonización contable en el PEF 2015, previstos en el numeral 3 inciso a) antes mencionado, el Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas o las Entidades Superiores de Fiscalización de las Entidades Federativas deberán:
i) Suscribir un convenio para el uso y destino de los recursos previstos en el PEF 2015, respecto a la capacitación y profesionalización de la armonización contable, con el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, y
ii) Incorporar en el temario de capacitación la "Guía de Cumplimiento" contemplada en el convenio de colaboración suscrito entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación del 3 de septiembre de 2013, y especialmente hacer énfasis en el Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas.
De los Criterios de Asignación de Recursos
6. El Secretario Técnico del Consejo determinará los montos de los subsidios a las entidades federativas, previsto en el numeral 3 inciso a), atendiendo a lo siguiente:
i) Número de servidores públicos a capacitar en la Entidad Federativa.
ii) Número de entes públicos cuyos servidores se capacitarán.
iii) Con base en la información proporcionada por el Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas o las Entidades Superiores de Fiscalización de las Entidades Federativas, se determinará el monto del subsidio tomando como base la cantidad de 1,500,000 (Un Millón Quinientos Mil Pesos) más el importe que resulte de multiplicar el número de entes públicos a capacitar por 1,000 (Mil Pesos), más el importe que resulte de multiplicar el número de servidores públicos a capacitar por 400 (Cuatrocientos Pesos).
7. En lo que respecta al monto del subsidio previsto en el numeral 3 inciso b) la Auditoría Superior del estado de Coahuila ejercerá estos recursos en su calidad de Vicepresidencia de Normatividad de la Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental, A.C, (ASOFIS), toda vez que ésta última constituye la instancia que a nivel nacional asume la responsabilidad de coordinar la implementación del sistema de contabilidad simplificado para los municipios del país y de la capacitación permanente de los funcionarios involucrados en la preparación y presentación de Cuentas Públicas.
Para acceder a los recursos previstos para la armonización contable en el PEF 2015, previstos en el numeral 3 antes mencionado, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila suscribirá un convenio para el uso y destino del remanente de los recursos previstos en el PEF 2015, respecto a la capacitación y profesionalización de la armonización contable, así como la modernización de Tecnologías de Información y Comunicaciones, con el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable.
Avances y resultados reportados por las entidades federativas y municipios
8. A fin de dar cumplimiento a la fracción III del artículo 44 del PEF 2105, quienes reciban el recurso previsto en el presente documento, deberán reportar a más tardar el 30 de noviembre de 2015, los avances y resultados por la entidad federativa y sus municipios.
Interpretación
9. Corresponderá al Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, la interpretación y solución de casos no previstos en el presente documento.
TRANSITORIO
Único.- Los presentes Términos y Condiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En la Ciudad de México, siendo las trece horas del día 22 de mayo del año dos mil quince, con fundamento en los artículos 11 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 12, fracción IV, y 64 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, HAGO CONSTAR Y CERTIFICO que el documento consistente en 2 fojas útiles, rubricadas y cotejadas, corresponde con el texto del Acuerdo por el que se reforman los Términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones, aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, mismo que estuvo a la vista de los integrantes de dicho Consejo en su reunión extraordinaria celebrada, en segunda convocatoria, el 22 de mayo del presente año, situación que se certifica para los efectos legales conducentes. Rúbrica
El Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable, Juan Manuel Alcocer Gamba.- Rúbrica.
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