DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar por el que ajustan las estructuras administrativas y funcionales a las disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respecto de la integración del Comité de Transparencia

Viernes 14 de Octubre 2016
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar por el que ajustan las estructuras administrativas y funcionales a las disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respecto de
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL SIMILAR POR EL QUE AJUSTAN LAS ESTRUCTURAS ADMINISTRATIVAS Y FUNCIONALES A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, RESPECTO DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Mediante Acuerdo del Pleno el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de diez de junio de dos mil quince, estableció las bases de interpretación y aplicación de la Ley General, en cuyos puntos 8.2 y 8.4 se advirtió viable la posibilidad de que las Unidades de Enlace y los Comités de Información de los sujetos obligados cambiaran su denominación, para constituirse en Unidades de Transparencia y Comités de Transparencia, respectivamente;
TERCERO. En este contexto, el cuatro de septiembre de dos mil quince se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Ajustan las Estructuras Administrativas y Funcionales a las Disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, en la que se establecieron estructuras administrativas y funcionales básicas en los sujetos obligados, que en el caso del Consejo de la Judicatura Federal fueron las siguientes: a) Comité de Transparencia integrado por un número impar; b) Unidad de Transparencia; y c) Dirección para el Trámite de Solicitudes de Acceso a la Información; y
CUARTO. Con el objeto de dotar de mayor independencia, así como fortalecer la institucionalidad de las instancias involucradas en la transparencia, en el acceso a la información y en la protección de datos personales, competencia del Consejo de la Judicatura Federal, se modifica la integración del Comité de Transparencia. Por un lado, la Unidad de Transparencia deja de formar parte de ese cuerpo colegiado con el fin de focalizar el ejercicio de sus funciones con objetividad e imparcialidad y, por otro lado, se incorpora la Dirección General de Asuntos Jurídicos atendiendo a la carga jurídico normativa que conllevan las atribuciones que desarrolla el Comité.
Asimismo, con el fin de mejor distribuir las cargas de trabajo y respetar las esferas competenciales propias de la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y del Comité de Transparencia, ambos del Consejo, el secretario técnico de la Comisión, dejará de serlo del Comité y por tanto, será designado por el Presidente de éste último cuerpo colegiado.
Por lo anterior se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el Artículo Tercero del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Ajustan las Estructuras Administrativas y Funcionales a las Disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de septiembre de dos mil quince, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO TERCERO.- En términos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General, el Comité de Transparencia del Consejo de la Judicatura Federal estará integrado por los siguientes servidores públicos:
I. Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, quien fungirá como presidente del Comité;
 
II. Contralor del Poder Judicial de la Federación; y
III. Director General de Asuntos Jurídicos.
El Secretario Técnico del Comité de Transparencia será designado, por el presidente del Comité.
El titular de la Unidad de Transparencia será invitado a las sesiones del Comité, cuando sea necesario."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar por el que ajustan las estructuras administrativas y funcionales a las disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respecto de la integración del Comité de Transparencia, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a cinco de octubre de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
 

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