DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo CCNO/11/2016 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados Primero a Noveno en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México

Viernes 14 de Octubre 2016
ACUERDO CCNO/11/2016 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados Primero a Noveno en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/11/2016, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO A NOVENO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones IV, VI y XXIV, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de Distrito, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos de los artículos 41 y 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, publicado el veintidós de noviembre de dos mil trece en el Diario Oficial de la Federación;
TERCERO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de treinta de mayo de dos mil dieciséis, aprobó el Acuerdo General 32/2016 del propio Pleno, relativo a la denominación, residencia, jurisdicción territorial, domicilio, competencia y fecha de inicio de funciones del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de junio de dos mil dieciséis.
En dicho acuerdo, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, determinó que el nuevo órgano jurisdiccional iniciara funciones el dieciséis de junio de dos mil dieciséis, asimismo, se acordó un período de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprendió del dieciséis al veinticuatro de junio de esa anualidad. Lo anterior, con el objetivo de nivelar las cargas de trabajo entre los tribunales colegiados de mérito;
CUARTO. Del análisis de los resultados estadísticos proporcionados por los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, respecto de los asuntos ingresados en el mencionado período en que fueron excluidos de turno, se considera necesario otorgar un nuevo período de exclusión tendente a nivelar las cargas de trabajo entre los referidos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos, en días y horas hábiles, a los Tribunales Colegiados Primero a Noveno en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México.
Artículo 2. El período de exclusión del turno para los tribunales colegiados antes citados, comprenderá del diecisiete al diecinueve de octubre del presente año, por lo tanto, todos los asuntos nuevos, que se presenten dentro de ese período, en la oficina de correspondencia común que les presta servicio, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Circuito y residencia citados.
En el período indicado continuará la aplicación de las reglas de turno relacionado fijadas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de
actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.
Artículo 3. Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, los asuntos nuevos se distribuirán entre los diez Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, a través del sistema computarizado correspondiente.
Artículo 4. Al finalizar el período de exclusión de turno indicado en el presente acuerdo y dentro de los cinco días hábiles siguientes, los tribunales colegiados en materia penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos, y a la Dirección General de Estadística Judicial sobre la productividad obtenida.
El informe referido en el párrafo anterior, deberá contener las columnas relativas a la existencia de asuntos al inicio del período, los ingresos, los egresos y la existencia final; así como el número de asuntos en trámite y con audiencia celebrada, pendiente de dictar sentencia.
Artículo 5. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, resolverá las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, fijará avisos en lugar visible, en relación con la medida objeto del presente acuerdo.
EL MAGISTRADO JORGE ANTONIO CRUZ RAMOS, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/11/2016, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión del turno de nuevos asuntos de los Tribunales Colegiados Primero a Noveno en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el tres de octubre de dos mil dieciséis, por los señores Consejeros: Presidente en funciones Alfonso Pérez Daza y Martha María del Carmen Hernández Álvarez.- Ciudad de México, a tres de octubre de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
 

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