DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria al Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de PROSPERA Programa de Inclusión Social, para el ejercicio fiscal 2017, publicado el 29 de diciembre de 2016.

Miércoles 28 de Junio 2017
NOTA Aclaratoria al Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de PROSPERA Programa de Inclusión Social, para el ejercicio fiscal 2017, publicado el 29 de diciembre de 2016
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.- PROSPERA Programa de Inclusión Social.
NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE DICIEMBRE DE 2016.
En la Tercera Sección, en la página 125, Anexo XVIII. ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2017.
Dice:
ANEXO XVIII.- ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2017
ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2017
PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL
Presentación y Marco Normativo.
...
...
·      ...
·      ...
·      ...
En México, normativamente la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), Capitulo CII, articulo 69, establece que: "la contraloría social es el mecanismo de los beneficiarios, para que, de manera organizada, verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social".
De igual forma, el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, señala que es obligación del Gobierno Federal impulsar la contraloría social y para tal efecto, confiere a la Secretaría de la Función Pública, la atribución de emitir los lineamientos correspondientes para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a cargo de programas de desarrollo social, promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y la operación de la contraloría social, así como brindar los elementos que les permita establecer en las reglas de operación de dichos programas los mecanismos y acciones específicas para que sean realizadas, por lo que deberán ajustarse a lo establecido en los Lineamiento para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008.
...
...
...
...
...
...
...
...
...
·   ...
·   ...
1. ...
...
1.1. ...
a. ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
...
b. ...
c. ...
 
d. ...
e. ...
f. ...
g. ...
·    ...
·    ...
1.2. ...
a. ...
b. ...
c. ...
d. ...
e. ...
f. ...
g. ...
h. ...
i. ...
2. ...
...
a. ...
b. ...
c. ...
d. ...
e. ...
Debe Decir:
ANEXO XVIII.- ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2017
ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2017
PROSPERA PROGRAMA DE INCLUSIÓN SOCIAL
Presentación y Marco Normativo.
...
...
·   ...
·   ...
·   ...
En México, normativamente la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), Capitulo VIII, articulo 69, establece que la contraloría social es el mecanismo de los beneficiarios, para que, de manera organizada, verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
De igual forma, el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, señala que es obligación del Gobierno Federal impulsar la contraloría social y para tal efecto, confiere a la Secretaría de la Función Pública, la atribución de emitir los lineamientos correspondientes para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a cargo de programas de desarrollo social, promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y la operación de la contraloría social, así como brindar los elementos que les permita establecer en las reglas de operación de dichos programas los mecanismos y acciones específicas para que sean realizadas, por lo que deberán ajustarse a lo establecido en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016.
...
...
...
 
...
...
...
...
...
...
·   ...
·   ...
1. ...
...
1.1. ...
a. ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
·    ...
...
b. ...
c. ...
d. ...
e. ...
f. ...
g. ...
·    ...
·    ...
1.2. ...
a. ...
b. ...
c. ...
d. ...
e. ...
f. ...
g. ...
h. ...
i. ...
2. ...
...
a. ...
b. ...
c. ...
d. ...
e. ...
Ciudad de México, a 1 de junio de 2017.- La Coordinadora Nacional de PROSPERA Programa de Inclusión Social, Paula Angélica Hernández Olmos.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor.