Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD,
ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE
LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION
ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO
ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE
LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION
ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo previsto en los artículos 1 °, 2 °, 5 ° fracciones I, II, III, VII, XIII bis y XVI, 12 fracciones I, VI, VIII y XVI, 18, 84, 85, 86, 87 y 88 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1 °, 106, 107 y 108 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 1, 2 fracción III y 8o. primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y
CONSIDERANDO
Que en términos de los artículos 84 y 85 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la contabilidad de las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberá sujetarse a lo previsto en dicha ley, así como en su reglamento y en las disposiciones de carácter general que para tal efecto expida esta Comisión;
Que a la fecha han sido notificados diversos oficios a las Administradoras de Fondos para el Retiro en los que se hizo de su conocimiento el catálogo de cuentas contables y las guías de registro correspondientes con el objeto de dar cumplimiento a la normatividad aplicable, tomando en consideración su carácter de información recurrente;
Que con el objeto de hacer más eficiente y facilitar su observancia por parte de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro referidos, y favorecer que los envíos de información respectivos se realicen de manera simplificada, aprovechando las tecnologías de la información disponibles y en actual operación, se considera necesario incorporar el contenido de los oficios notificados respecto al catálogo de cuentas contables y guías de registro a la normatividad, brindando con ello también mayor certeza a los particulares respecto de su cumplimiento y alcances, por lo que también se contribuye a uniformar los plazos de envío y recepción de la información, favoreciendo la posibilidad de programar con antelación su preparación, remisión y análisis lo cual también permitirá reducir incidencias operativas;
Que dando cumplimiento al "Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo", a causa de la expedición de las presentes Disposiciones, se derogan el artículo 210, fracción I, inciso m. así como su referencia contenida en el artículo 216, ambos de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los sistemas de ahorro para el retiro y la Regla Séptima fracción IV de la Circular CONSAR 19-8, "Reglas generales a las que deberá sujetarse la información que las administradoras de fondos para el retiro, las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, las entidades receptoras y las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, entreguen a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro", modificada y adicionada por las Circulares CONSAR 19-9, CONSAR 19-10, CONSAR 19-11, CONSAR 19-12, CONSAR 19-13, CONSAR 19-14, CONSAR 19-15, CONSAR 19-16, CONSAR 19-17, CONSAR 19-18 y CONSAR 19-19 publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 18 de agosto de 2008, 22 de enero de 2010, 2 de julio de 2010, 15 de agosto de 2011, 6 de julio de 2012, 16 de octubre de 2012, 7 de junio de 2013, 27 de septiembre de 2013, 9 de septiembre de 2014, 17 de agosto de 2015, 6 de junio de 2016 y 6 de septiembre de 2017, respectivamente dando lugar a la eliminación del Anexo 63 de la citada circular, ha tenido a bien a expedir las
siguientes:
DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL SOBRE EL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD,
ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE
LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION
ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO
ELABORACION Y PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE
LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION
ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO
INDICE
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
TITULO SEGUNDO
DEL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN
CAPITULO I
Del registro contable de las operaciones de las Administradoras
CAPITULO II
Del registro contable de las operaciones de las Sociedades de Inversión
CAPITULO III
Del reconocimiento de las operaciones de las Sociedades de Inversión
CAPITULO IV
De las provisiones por las comisiones que cobren las Administradoras y Mandatarios
TITULO TERCERO
DE LOS CRITERIOS RELATIVOS AL REGISTRO Y VALUACIÓN CONTABLE DEL ACTIVO ADMINISTRADO POR EL MANDATARIO
CAPITULO I
De los criterios para el registro contable del Activo Administrado por el Mandatario
CAPITULO II
De las variaciones en la valuación del Activo Administrado por el Mandatario
TITULO CUARTO
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
CAPITULO I
De la elaboración y presentación de los estados financieros de las Sociedades de Inversión
CAPITULO II
De la certificación de los estados financieros de las Sociedades de Inversión
CAPITULO III
De los requisitos mínimos que deben cubrir los estados financieros anuales dictaminados
TITULO QUINTO
DE LA AUDITORIA EXTERNA
CAPITULO I
De las Sociedades de Auditoría Externa
CAPITULO II
De los requisitos de los Auditores Externos
CAPITULO III
Del trabajo de Auditoría Externa
CAPITULO IV
Del dictamen del Auditor Externo
LISTADO DE ANEXOS
ANEXO "A"
Catálogo de Cuentas de las AFORES
ANEXO "B"
Guías de registro de Cuentas de Activo, Pasivo y Capital
ANEXO "C"
Guías de registro de cuentas de resultados
ANEXO "D"
Guías de registro de cuentas de orden
ANEXO "E"
Reglas de agrupación y presentación en el Estado de Situación Financiera
ANEXO "F"
Reglas de agrupación y presentación en el Estado de Resultados
ANEXO "G"
Reglas de agrupación y presentación de cuentas de orden en el estado de situación financiera
ANEXO "H"
Estado de Situación Financiera
ANEXO "I"
Estado de Resultados
Anexo "J"
Estado de Cambios en el Capital Contable
ANEXO "K"
Catálogo de cuentas para la agrupación y formulación de estados financieros de las Sociedades de Inversión
ANEXO "L"
Guía contable de operaciones para Sociedades de Inversión
ANEXO "M"
Formato para la presentación y publicación de los estados financieros
ANEXO "N"
Formato guía para la elaboración de los estados financieros
ANEXO "O"
Determinación del resarcimiento
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las presentes disposiciones tienen por objeto establecer los requisitos y términos que deberá cumplir el registro contable de las operaciones de las Administradoras y Sociedades de Inversión, así como la elaboración, revelación y presentación de los Estados Financieros Básicos de dichas entidades.
Artículo 2.- Para los efectos de las presentes disposiciones de carácter general se comprenderán, además de las definiciones señaladas por los artículos 3 ° de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, 2 ° de su Reglamento, las previstas en las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro emitidas por la Comisión, las siguientes:
I. Ajuste Contable, al registro contable que se formula para modificar el saldo de dos o más cuentas que por alguna circunstancia dejen de reflejar la realidad en un momento determinado y que tiene un impacto en los importes de los activos netos;
II. Comisario, al profesional autorizado por la Asamblea de Accionistas de la Administradora o el Órgano equivalente que vigilará el correcto funcionamiento y administración de las Sociedades de Inversión en términos de lo previsto en los artículos 165 y 166 de la Ley General de Sociedades Mercantiles;
III. Contador General de SIEFORE, al funcionario de al menos tres niveles jerárquicos inferiores al del director general de la Administradora que designe ésta como responsable de la información contable de la Sociedad de Inversión;
IV. Cuenta de Mayor, a la cuenta que podría conformarse por una o varias subcuentas, en las cuales se realizan registros contables de forma clara, ordenada y comprensible, los aumentos y disminuciones que sufre un valor o concepto de Activo, Pasivo y Capital como consecuencia de las operaciones realizadas;
V. Estados Financieros Básicos, son los informes que deben preparar la Sociedad de Inversión con el fin de dar a conocer su situación financiera y los resultados económicos obtenidos a lo largo de un período, comprendidos por el estado de situación financiera, estado de resultado integral, estado de cambios en el capital contable y estado de flujos de efectivo;
VI. Fecha de Concertación, a la fecha en que dos partes acuerdan o pactan la compra o venta de Activos Objeto de Inversión;
VII. Fecha de Confirmación, a la fecha en que el Mandatario de la Sociedad de Inversión confirma los términos de la operación con su contraparte y envía al Custodio, a través de la red Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication (SWIFT por sus siglas en idioma inglés) o su equivalente de acuerdo con sus características de la operación;
VIII. NIF, a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (identificado por el acrónimo CINIF);
IX. NIIF, a las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en Inglés) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en Inglés);
X. Póliza Contable, al documento de carácter interno en el que se registran los montos de las operaciones relacionadas con un evento contable, respaldadas y justificadas por los documentos que las amparan;
XI. Proceso de Información Contable, al comprendido por distintas fases que se llevan a cabo en una Sociedad de Inversión tales como identificación, análisis, interpretación, captación, procesamiento y reconocimiento contable de las transacciones y Transformaciones Internas;
XII. Reclasificación, son registros contables que representan cambios en la presentación de partidas integrantes de los estados financieros que no modifican los importes de los activos netos;
XIII. Registro Contable, es la afectación o asiento que se realiza en los sistemas contables con objeto de proporcionar los elementos necesarios para obtener la información financiera;
XIV. Riesgos No Controlados, son aquellos que podrían provocar pérdidas debido a errores, procesos y controles internos inadecuados o defectuosos, fallos en los sistemas y como consecuencia de acontecimientos externos;
XV. Trabajo de Auditoría Externa, al trabajo profesional practicado por Auditores Externos para realizar el examen de la situación económica y financiera de una Sociedad de Inversión;
XVI. Transformaciones Internas, son cambios en la estructura financiera de la Sociedad de Inversión, a consecuencia de decisiones internas, los cuales le ocasionan efectos económicos que modifican sus recursos y se reconocen contablemente en el momento en que modifican la estructura financiera de la Sociedad de Inversión;
XVII. Sistema de Contabilidad, al conjunto de tareas y registros de una Sociedad de Inversión por
medio de las que se procesan las transacciones y que se usa como un medio para mantener registros financieros. Dichos sistemas identifican, reúnen, analizan, calculan, clasifican, registran, resumen e informan transacciones;
XVIII. Sistema de Control Interno, a todas las políticas y procedimientos adoptados por la administración de una Sociedad de Inversión para ayudar a lograr el objetivo de la administración, de asegurar la conducción ordenada y eficiente de la Sociedad de Inversión, en materia contable;
XIX. Subcuenta, término contable que se le asigna a cada uno de los elementos que integran a una Cuenta de Mayor; en las cuales se realizan registros contables de forma clara, ordenada y comprensible; los aumentos y disminuciones que sufre un valor o conceptos de Activo, Pasivo y Capital como consecuencia de las operaciones realizadas;
XX. Supletoriedad, a la aplicación de las NIF o NIIF en aquellos casos en los que no exista, para un evento contable, un tratamiento normativo emitido por la Comisión, y
XXI. Variación significativa en el Activo Administrado por el Mandatario, a la desviación que exceda el margen de tolerancia, definido por cada Administradora, en términos nominales o porcentuales por variación en el Activo Administrado por el Mandatario.
Artículo 3.- La Administradora deberá contar con un Proceso de Información Contable. Los postulados básicos que deben observarse para configurar cada una de las fases que comprende el Proceso de Información Contable y que la afectan económicamente, son los siguientes:
I. Económica.- Esta debe prevalecer en la delimitación y operación del Proceso de Información Contable, así como en el reconocimiento contable de las transacciones, Transformaciones Internas y otros eventos, que afectan económicamente a una Sociedad de Inversión. Para el reconocimiento contable se debe tomar en cuenta la esencia de la transacción;
II. Negocio en Marcha.- La Sociedad de Inversión se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos. En tanto prevalezcan dichas condiciones, no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o liquidación del conjunto de los activos netos de la Sociedad de Inversión;
III. Devengación Contable.- Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo una Sociedad de Inversión con otras entidades, de las Transformaciones Internas y de cualquier otro evento, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren, independientemente de la fecha en que se consideren realizados, en otras palabras, dichos eventos deben entenderse como independientes a la fecha de cobro o pago;
IV. Asociación de costos y gastos con ingresos.- Los costos y gastos de una Sociedad de Inversión deben identificarse con el ingreso que generen en el día, independientemente de la fecha en que se realice la liquidación;
V. Valuación.- Los efectos financieros derivados de las transacciones, Transformaciones Internas y otros eventos, que afectan económicamente a la Sociedad de Inversión, deben cuantificarse en términos monetarios, atendiendo a los atributos del elemento a ser valuado, con el fin de captar el valor económico más objetivo de los activos netos;
VI. Dualidad Económica.- La estructura financiera de una Sociedad de Inversión está constituida por los recursos de los que dispone para la consecución de sus fines y por las fuentes para obtener dichos recursos, ya sean propias o ajenas, y
VII. Consistencia.- Ante la existencia de operaciones similares en una Sociedad de Inversión, debe corresponder un mismo tratamiento contable, el cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie la esencia económica y jurídica de las operaciones.
Los postulados básicos antes señalados deberán ser aplicados consistentemente con los criterios emitidos por la Comisión así como los previstos en las NIF o las que las sustituyan.
Artículo 4.- La información contable de las Sociedades de Inversión debe ser confiable, comprensible y comparable, además de reunir las características de veracidad, representatividad, objetividad, verificabilidad, suficiencia y oportunidad, por lo que dicha información debe reflejar en su contenido las transacciones, Transformaciones Internas y otros eventos que la afecten, tener concordancia entre su contenido y presentación, así como ser imparcial y verificable.
Artículo 5.- Las Sociedades de Inversión deberán contar con Sistemas de Contabilidad operativos, automatizados, con datos homologados de uso común entre los distintos sistemas o plataformas empleados por la Administradora y con estandarización de catálogos, para la realización de sus operaciones, así como emitir los reportes correspondientes, para el cumplimiento de los lineamientos, normas y criterios contables establecidos por la Comisión, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley. El Sistema de Contabilidad deberá estar interconectado tecnológicamente al Sistema Integral Automatizado que se prevea en las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro emitidas por la Comisión, de tal forma que se mitiguen los riesgos operativos por procesos manuales y se garantice, al cierre del día, el Registro Contable de la totalidad de las operaciones realizadas durante el día de conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 9.
Para tal efecto, las Administradoras que operen a las Sociedades de Inversión deberán prever que dichos sistemas cuenten con medidas de seguridad estrictas, con acceso controlado por credenciales de usuario y la aplicación de políticas que regulen la fortaleza y vigencia de las contraseñas, así como el control en la administración de cuentas y perfiles de usuario del sistema. Entre los mecanismos de almacenamiento de información, los sistemas deberán proveer funcionalidad para el registro de movimientos, visualización de las pólizas de registro y auxiliares contables detallados que permitan el monitoreo del Registro Contable y el cumplimiento regulatorio aplicable, así como también deberán contar con registros denominados marcas de auditoria que permitan reconstruir cronológicamente los registros contables de las operaciones, la actividad operativa del sistema y constatar las características operativas de las transacciones. La Administradora deberá contar con autonomía e independencia en la definición de nuevas Cuentas de Mayor y subcuentas, en la organización y estandarización de funciones relacionadas al sistema con el objeto de obtener información integra, veraz, oportuna, confiable y verificable ante nuevos eventos contables que se deriven de la operación con Activos Objeto de Inversión.
Artículo 6.- La Administradora deberá enviar a esta Comisión los saldos finales de las cuentas deudoras y acreedoras, a tercer nivel, incluyendo rubros de balance, resultados y cuentas de orden al cierre del ejercicio anual de las Sociedades de Inversión que administra, dentro de los 30 días hábiles posteriores al cierre del año.
TITULO SEGUNDO
DEL REGISTRO DE LA CONTABILIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN
CAPITULO I
Del registro contable de las operaciones de las Administradoras
Artículo 6 bis.- Las Administradoras deberán llevar su contabilidad conforme al catálogo de cuentas previsto en el Anexo A de las presentes disposiciones de carácter general. Asimismo las Administradoras deberán observar las guías contabilizadoras y los lineamientos para la presentación de estados financieros, previstos en los Anexos B, C, D, E, F, G, H, I y J de las presentes disposiciones de carácter general.
CAPITULO II
DEL REGISTRO CONTABLE DE LAS OPERACIONES DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN
Artículo 7.- Los registros contables de las Sociedades de Inversión deberán ser analíticos y permitir la identificación de la secuencia de las operaciones. Los movimientos contables deberán registrarse el mismo día en que se celebre la operación que les dio origen, salvo aquellas operaciones pactadas en los mercados de los Países Elegibles para Inversiones en las que por diferencias horarias no sea posible su registro el mismo día, caso en el cual se deberán registrar el día hábil siguiente.
Artículo 8.- Las Sociedades de Inversión deberán llevar su contabilidad conforme al catálogo de cuentas previsto en el Anexo K de las presentes disposiciones de carácter general. Dicho catálogo deberá ser observado por las Sociedades de Inversión en su totalidad para la transmisión de la información contable a la
Comisión, de conformidad con las Reglas generales que al efecto establezca la Comisión para la entrega de información, no obstante que existan cuentas contables que tengan limitada, prohibida o no autorizada su utilización, en función de las certificaciones o del alcance previsto en los Prospectos de Inversión de cada Sociedad de Inversión, así como en la documentación que cada Administradora prevea para tal efecto. La Comisión en caso de que lo considere necesario o bien a solicitud de las Sociedades de Inversión, podrá modificar el catálogo de cuentas en cualquier momento y notificarlo a las Sociedades de Inversión para su observación.
Artículo 9.- El Registro Contable deberá elaborarse de acuerdo a los movimientos de cargo y abono previstos en la guía contable de operaciones para Sociedades de Inversión prevista en el Anexo L de las presentes disposiciones de carácter general.
En los casos no previstos en la guía contable de operaciones para Sociedades de Inversión, la Sociedad de Inversión deberá apegarse a las NIF y supletoriamente a lo previsto en las NIIF previa opinión del Comisario y de los Auditores Externos.
En caso de realizar adecuaciones a algún caso de los previstos en los supuestos del párrafo anterior, la Sociedad de Inversión, mediante documento signado conjuntamente por el Director General o su homólogo, el Contador General de SIEFORE, el Comisario y el Auditor Externo, señalarán el detalle del criterio contable aplicado, los hechos en torno al evento, la normatividad considerada, el impacto de su Registro Contable y, en su caso, la nota de revelación que se incluirá en los Estados Financieros Básicos a dictaminar al final del ejercicio, dicho documento permanecerá como evidencia de la adecuación adoptada y deberá estar a disposición de la Comisión.
Artículo 10.- Para la apertura de Cuentas de Mayor y subcuentas adicionales a las previstas en el catálogo señalado en el artículo anterior se deberá informar previamente a la Comisión, con el fin de garantizar la transmisión de la balanza de comprobación diaria de las Sociedades de Inversión a primer y segundo nivel, de conformidad con lo previsto en las Reglas generales que al efecto establezca la Comisión para la entrega de información, indicando las Sociedades de Inversión el motivo de la misma. Lo anterior, no obstante que en cualquier momento la Administradora podrá determinar la apertura de cuentas a tercer nivel, sin que sea necesario informar a la Comisión y sin que esto signifique que los movimientos en estas cuentas puedan duplicar las cifras en las Cuentas de Mayor y subcuentas.
CAPITULO III
DEL RECONOCIMIENTO DE LAS OPERACIONES DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN
Artículo 11.- Las operaciones de compraventa con Activos Objeto de Inversión administrados por la Sociedad de Inversión deberán ser registradas en la Fecha de Concertación independientemente de su fecha de liquidación. Tratándose de la adquisición en ofertas primarias, el registro deberá llevarse a cabo en la fecha de asignación, cuidando que las operaciones se asignen formalmente el mismo día, independientemente de la fecha en que sean liquidadas. Así mismo, las operaciones de reporto y con instrumentos financieros derivados, se registrarán en la fecha de contratación.
Artículo 12.- Todos los Activos Objeto de Inversión denominados en Divisas integrantes de la cartera de valores, deben ser valuados diariamente en moneda nacional, registrándose contablemente cualquier cambio el mismo el día en que se suscite.
Artículo 13.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento, las Sociedades de Inversión registrarán diariamente en la Bolsa Mexicana de Valores el total, tanto de compra como de venta, de acciones de la respectiva Sociedad de Inversión que se operaron el día hábil inmediato anterior, así como el número de operaciones realizadas y el precio resultante de la valuación que tendrá una vigencia al día del registro. Con fines de registrar el precio de las acciones representativas del capital de la Sociedad de Inversión en la Bolsa Mexicana de Valores, la Sociedad de Inversión deberá sujetarse al horario establecido y dado a conocer por la Bolsa Mexicana de Valores, de conformidad con lo establecido en la regulación aplicable.
Artículo 14.- En el evento en que se identifiquen errores u omisiones en los registros de la Sociedad de Inversión, el Contador General de SIEFORE deberá asegurar su inmediata corrección y hacerlo del conocimiento del Contralor Normativo de la Administradora el mismo día en que hayan sido identificados, detallando las causas que les hayan dado origen. Para tal efecto, las Sociedades de Inversión deberán sujetarse a lo previsto en el artículo 99 de la Ley.
Artículo 15.- En aquellos casos en que la Sociedad de Inversión incurra en errores u omisiones que impliquen Ajustes Contables retroactivos que tengan como consecuencia un impacto en la valuación del precio de las acciones representativas de su capital, la Administradora que opere la Sociedad de Inversión deberá realizar la actualización del mismo en la Bolsa Mexicana de Valores en un plazo que no exceda de tres días hábiles contados a partir del día en que se realizó la corrección, proporcionando evidencia a la Comisión en el mismo plazo. Así mismo, la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión de que se trate, deberá resarcir a los Trabajadores afectados por las variaciones en el precio de la acción conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de las presentes disposiciones de carácter general, proporcionando a esta Comisión evidencia detallada. Para tal efecto, las Sociedades de Inversión deberán sujetarse a lo previsto en el artículo 99 de la Ley.
A fin de anteponer el interés de los Trabajadores afectados, la Sociedad de Inversión podrá dejar de realizar los Ajustes Contables retroactivos y en consecuencia la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión dejar de actualizar el precio de las acciones representativas de capital a que se refiere el párrafo anterior, cuando la variación en términos porcentuales absolutos sea inferior o igual a 0.001% por acción, siempre y cuando el importe absoluto a resarcir por acción sea inferior o igual a 0.0001 pesos por acción, considerando para tal efecto la siguiente expresión:

Donde:



Para tal efecto, la Sociedad de Inversión deberá someter a la aprobación de su Consejo de Administración un margen de tolerancia en términos porcentuales y nominales que no exceda lo previsto en el párrafo anterior, asimismo deberá contar con el voto favorable de los Consejeros Independientes y preverlo en los Prospectos de Información de las Sociedades de Inversión.
Asimismo, la Sociedad de Inversión podrá dejar de realizar los Ajustes Contables retroactivos y en consecuencia dejar de actualizar el precio de las acciones representativas de capital a que se refiere el primer párrafo de este artículo, cuando la Sociedad de Inversión no haya realizado la compra o venta de acciones representativas de su capital en el periodo en cual el valor de las acciones representativas de su capital este sujeto a corrección.
Lo dispuesto en los párrafos anteriores dejará de ser aplicable cuando se trate de acciones u omisiones dolosas que impliquen Ajustes Contables.
Lo previsto en el presente artículo quedará sujeto a la aprobación de la Comisión en el evento en que la Administradora haya promovido una solicitud de autorización para el ejercicio de algún derecho sobre las acciones representativas del capital de la Sociedad de Inversión.
Artículo 16.- En caso de resarcimiento a los Trabajadores, la Administradora que opere la Sociedad de Inversión de que se trate, deberá cubrirlo, considerando lo previsto en el Anexo O.
La Administradora deberá cubrir los gastos que se deriven en caso de que la Sociedad de Inversión incurra en errores u omisiones que impliquen Ajustes Contables retroactivos, tales como el resarcimiento a los trabajadores afectados, actualización del precio de las acciones representativas de su capital en la Bolsa Mexicana de Valores o cualquier otro análogo que sea la denominación que se le dé, vinculado con las correcciones a que se refieren los artículos 14 y 15 de las presentes disposiciones.
Artículo 17.- Para obtener el beneficio señalado en el artículo 15 de las presentes disposiciones de carácter general, se deberá contar con la aprobación interna del Presidente del Consejo de Administración y deberá ser revelado en el informe mensual del Contralor Normativo. Esta aprobación deberá estar a disposición de la Comisión. Lo anterior no exime a la Administradora que opere la Sociedad de Inversión de comunicar a la Comisión por conducto de su Contralor Normativo las omisiones o contravenciones que hayan
dado origen a los Ajustes Contables a que se refiere dicho artículo.
Artículo 18.- El costo de los Instrumentos integrantes de la cartera de valores se determinará bajo el sistema de costos promedios ponderados, es decir, según el precio promedio ponderado de cada instrumento determinado en forma específica e individual, por emisor y serie, obtenido al ponderar por número de títulos. Asimismo, tanto los costos como los precios deben ser reportados en moneda nacional, debiendo observar para tal efecto lo previsto en el artículo 7 de las presentes disposiciones de carácter general.
Artículo 19.- Las Sociedades de Inversión, diariamente deberán reconocer contablemente los precios actualizados para valuación de los Activos Objeto de Inversión, así como las provisiones de las obligaciones, derechos o intereses devengados que correspondan, considerando que las Sociedades de Inversión registran el precio relacionado con las acciones representativas del capital de las Sociedades de Inversión el día hábil siguiente al día de la operación.
El Registro Contable de los Vehículos que confieran derechos, directa o indirectamente respecto de los Activos Objeto de Inversión o de los Mandatos de Inversión, se realizará en las cuentas y subcuentas previstas para tal efecto, considerando el valor consolidado de los Activos Objeto de Inversión que los integren.
Respecto de los Instrumentos que sean elegibles para ser entregados por las Contrapartes para garantizar operaciones con Derivados, en términos de las Disposiciones del Banco de México, exceptuando los depósitos bancarios de dinero a la vista realizados en Instituciones de Crédito, la Sociedad de Inversión de que se trate, efectuará su Registro Contable en las cuentas de orden previstas para tal efecto el día en que sean entregados, en el entendido de que no serán objeto de negociación por parte de la Sociedad de Inversión hasta en tanto se materialice la transferencia de propiedad. En caso de que la Sociedad de Inversión incurra en costos y gastos distintos a los Costos de Corretaje derivado de las obligaciones contractuales de las operaciones celebradas al amparo de un contrato de prenda bursátil con transferencia de la propiedad, éstos le serán reembolsados ya sea por la Administradora cuando la Sociedad de Inversión tenga el carácter de deudora de dichas garantías o bien por la Contraparte cuando la Sociedad de Inversión tenga el carácter de acreedora de dichas garantías.
CAPITULO IV
DE LAS PROVISIONES POR LAS COMISIONES QUE COBREN LAS ADMINISTRADORAS Y
MANDATARIOS
MANDATARIOS
Artículo 20.- Para efecto de calcular las comisiones que cobren las Administradoras a los Trabajadores con cuenta individual a que se refiere el artículo 37 de la Ley, se deberá provisionar diariamente el resultado de dividir el monto porcentual de las comisiones autorizadas por la Comisión, entre los días naturales del año corriente y multiplicarse por el valor de los activos netos (capital contable) de la Sociedad de Inversión de que se trate al cierre de operaciones del día anterior.
Cada provisión de comisiones corresponde a la fecha de la contabilidad que se está efectuando. En caso de existir días inhábiles posteriores a dicha fecha contable, éstos deberán ser tomados en cuenta para efecto de determinar el número total de días por los que se efectuará la provisión.
Cuando la provisión que se realiza ocurra el último día hábil del ejercicio contable, y corresponda a una fecha con días inhábiles posteriores, se deberá efectuar la provisión aplicando la comisión vigente al número de días correspondientes a cada ejercicio.
El activo neto que se utilizará para determinar la provisión de la comisión de una fecha inhábil determinada, corresponderá al de la fecha hábil previa.
Las Sociedades de Inversión deberán liquidar a la Administradora diariamente la provisión de la comisión del día anterior y conservar a disposición de la Comisión, por un periodo de cinco años, las memorias de cálculo para la determinación de la provisión así como las cifras base para la determinación de ésta.
Artículo 21.- Cuando no se tenga certeza de los montos que se pagarán por costos, la Sociedad de Inversión podrá realizar la mejor estimación respecto de los costos que se generen. Dichas estimaciones deberán de ser lo suficientemente confiables para ser reconocidas diariamente como provisiones con el objeto de liquidar las obligaciones derivadas de dichos gastos. En caso de existir días inhábiles posteriores al día de
la provisión, estos días deberán ser tomados en cuenta para efecto de determinar el número total de días por los que se efectuará la provisión. En caso de que no se pueda realizar la mejor estimación antes señalada, los gastos se reconocerán en la fecha en que se tenga certeza.
El Contador General de SIEFORE será responsable de decidir y realizar la mejor estimación, conforme a las políticas y procedimientos descritos y formalizados internamente y disponibles en todo momento para la Comisión.
Dichas provisiones deberán ajustarse en la fecha en la que se tenga conocimiento del monto definitivo relativo al gasto asimilable por la Sociedad de Inversión.
Para efecto de calcular la provisión de las comisiones por gastos asimilables de las Sociedades de Inversión, se deberá dividir el monto porcentual de la contraprestación entre los días que conformen el periodo que ampare dicha contraprestación de conformidad con los términos previstos en el respectivo contrato. Dichas provisiones deberán mantenerse en la cuenta por pagar de la contabilidad de la Sociedad de Inversión hasta el momento en que efectivamente se realice el pago de la contraprestación referida, momento en el cual se cancelará la provisión calculada atendiendo a lo dispuesto para tal efecto por la guía contable de operaciones para Sociedades de Inversión.
Las Sociedades de Inversión deberán conservar a disposición de la Comisión, por un periodo de cinco años, las memorias de cálculo para la determinación de la provisión así como las cifras base para dicho cálculo.
TITULO TERCERO
DE LOS CRITERIOS RELATIVOS AL REGISTRO Y VALUACIÓN CONTABLE DEL ACTIVO
ADMINISTRADO POR EL MANDATARIO
ADMINISTRADO POR EL MANDATARIO
CAPITULO I
DE LOS CRITERIOS PARA EL REGISTRO CONTABLE DEL ACTIVO ADMINISTRADO POR EL
MANDATARIO
MANDATARIO
Artículo 22.- Con fines del Registro Contable de las operaciones con Activos Objeto de Inversión bajo gestión de un Mandatario, el Custodio que le preste servicios deberá llevar la contabilidad de dichas operaciones y deberá determinar el Activo Administrado por el Mandatario también conocido como NAV (Net Asset Value) por sus siglas en inglés, de conformidad con las Reglas generales que al efecto establezca la Comisión para la entrega de información, debiendo revelar las cuentas y subcuentas contables previstas para los mandatos de inversión.
Artículo 23.- Con fines contables, se considerarán como días hábiles para el Custodio que le preste servicios al Mandatario los días hábiles aplicables a las Administradoras.
Artículo 24.- Para determinar el Activo Total de la Sociedad de Inversión, al Activo Administrado por la Sociedad de Inversión se le sumarán los Activos Objeto de Inversión bajo la gestión financiera del Mandatario.
Para tal efecto, el Activo Total de la Sociedad de Inversión debe calcularse considerando lo previsto en el artículo 27 de las presentes disposiciones, de conformidad con lo siguiente:

Donde
Es el Activo Total de la Sociedad de Inversión en el día t.
Es el Activo Administrado por el Mandatario en el día t.
Es el Activo Administrado por la Sociedad de Inversión en el día t.
Es el día hábil de operación para la Administradora y el Custodio que le presta servicios al Mandatario. I. Si los siguientes n días son inhábiles para el Custodio que le preste servicios al Mandatario, pero hábiles para la Administradora, cada Sociedad de Inversión deberá reconocer, en su contabilidad, el valor de los Activos Objeto de Inversión bajo la gestión financiera del Mandatario del último día hábil
t, determinado conforme a lo siguiente:

Dónde:
Es el último día hábil del Custodio que le preste servicios al Mandatario pero hábiles para la Administradora al día t+n. · Es el número de días inhábiles del Custodio que le preste servicios al Mandatario pero hábiles para la Administradora, con 

II. Si los siguientes m días son inhábiles para la Administradora, pero hábiles para el Custodio que le preste servicios al Mandatario; el Custodio deberá reconocer los eventos contables de los m días a partir del día t en el valor de los Activos Objeto de Inversión bajo la gestión financiera del Mandatario, determinado conforme a lo siguiente:

Lo previsto en las fracciones I y II anteriores deberá ser considerado para la información que las Sociedades de Inversión entreguen a la Comisión de conformidad con las Reglas generales que al efecto establezca la Comisión para la entrega de información.
Artículo 25.- Respecto a los asientos contables para realizar el registro de la transferencia de recursos para operaciones con Activos Objeto de Inversión bajo la gestión financiera de un Mandatario contratado por la Sociedad de Inversión en los Países Elegibles para Inversiones en los que por diferencias horarias la liquidación al Mandatario no se realice el mismo día, la Sociedad de Inversión deberá realizar el registro en cuentas por cobrar o por pagar según corresponda y dichos registros se deberán mantener hasta el día de la liquidación, que no podrá exceder de dos días hábiles. El día en que el Mandatario reciba los recursos para iniciar la gestión del mandato, únicamente el Custodio proveerá el valor de los Activos Objeto de Inversión bajo la gestión financiera del Mandatario de conformidad con lo previsto en las presentes disposiciones de carácter general.
Artículo 26.- En los contratos de intermediación que las Administradoras celebren con los Mandatarios y el Custodio, además de lo establecido al respecto en las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro emitidas por la Comisión, se deberá prever explícitamente lo establecido en los artículos 23, 24 y 25 de las presentes disposiciones de carácter general.
Artículo 27.- Respecto de los Activos Objeto de Inversión administrados por Mandatarios, los Precios Actualizados para Valuación, así como las provisiones de las obligaciones y de los derechos o intereses devengados que correspondan, se deberán reconocer diariamente, considerando que el valor a mercado de los Activos Objeto de Inversión administrados por el Mandatario se consolida con el activo administrado por la Sociedad de Inversión con un rezago no mayor a dos días hábiles siguientes a la fecha de operación de dichos activos. Una vez determinado el número de días de rezago para la consolidación del NAV de los distintos mandatos de inversión otorgados por una misma Administradora, el rezago deberá ser estándar y consistente en el tiempo.
Artículo 28.- El valor a mercado de los Activos Objeto de Inversión en mandato, en la fecha "t" podrá estar conformado considerando alguna de las siguientes alternativas:
i) Incorporando las operaciones de compraventa concertadas antes del cierre de la fecha "t", confirmadas y no confirmadas, independientemente de su fecha de liquidación.
ii) Incorporando las operaciones de compraventa que han sido confirmadas antes del cierre de la fecha "t", que pudieran tener una desviación en cuanto a la fecha en que fueron concertadas por causas atribuibles a la operación habitual, independientemente de su fecha de liquidación.
Tratándose de la adquisición en subastas, el registro deberá llevarse a cabo en la fecha de asignación, cuidando que las operaciones se asignen formalmente el mismo día, independientemente de la fecha en que sean liquidadas. Así mismo, las operaciones de reporto y con instrumentos financieros derivados, se registrarán en la fecha de contratación.
Artículo 29.- Las disposiciones previstas en el presente título se emiten sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones fiscales que determinen las autoridades competentes.
CAPITULO II
DE LAS VARIACIONES EN LA VALUACIÓN DEL ACTIVO ADMINISTRADO POR EL MANDATARIO
Artículo 30.- Tratándose de operaciones no confirmadas realizadas por los Mandatarios cuya información esté sujeta a variaciones, se deberán reconocer los efectos por dichas variaciones el día en que se conozca la información con exactitud.
Artículo 31.- Las variaciones se considerarán no imputables a la Administradora que opera la Sociedad de Inversión de que se trate, siempre y cuando estas no sean significativas y no requieran de correcciones retrospectivas que impacten el valor de los Activos Objeto de Inversión aplicables a las fechas en que sean reconocidas, siempre que se deriven de información obtenida con posterioridad, verificable y provista por fuentes reconocidas para tales efectos.
Artículo 32.- Para efectos de las variaciones en el valor de los Activos Objeto de Inversión bajo la gestión del Mandatario, se consideran:
I. Cambios en comisiones cobradas por Prestadores de Servicios Financieros distintos al Mandatario, conocidos como Costos de Corretaje;
II. Las diferencias en el pago o cobro de impuestos determinadas por autoridades fiscales, o bien por especialistas en la materia del país donde se operó;
III. Diferencias en elementos de las operaciones, tales como cantidad, precio, tasa de interés o tipos de cambio que pudieran modificarse durante el proceso de confirmación o bien que impliquen la cancelación de la operación, así como
IV. Eventos corporativos, divulgados fuera de los tiempos predefinidos, por montos distintos a los que se hubiesen anunciado inicialmente por fuentes competentes o que presenten diferencias explicables por criterios adoptados en el ejercicio de derechos, así como cambios regulatorios dados a conocer sin la debida oportunidad, incluyendo en todo caso fallas derivadas de riesgos operativos en la gestión, en los registros y fallas en la comunicación de los sistemas de los agentes involucrados en el manejo de información del Mandatario.
Artículo 33.- En los contratos de intermediación que la Administradora celebre con los Mandatarios o con el Custodio, se deberá prever que cuando se presente una variación en el valor a mercado del Activo Objeto de Inversión administrado por el Mandatario, la Comisión podrá requerir una certificación sobre el origen de la diferencia a la Administradora para que a su vez ésta lo requiera al Oficial de Cumplimiento del Mandatario o al funcionario que realice funciones semejantes, quien deberá especificar las causas que generaron la diferencia.
En dicho contrato también se deberá prever que el Mandatario que le presta servicios ponga a disposición de la Administradora cualquier información que le sea requerida por la Comisión dentro de los plazos, características y calidad que les sean solicitadas mediante requerimiento expreso, disposición o reglas de carácter general.
Artículo 34.- Para determinar la significancia de una variación, la Administradora por cuenta de la Sociedad de Inversión que opere deberá establecer en los contratos de intermediación que celebre con los Mandatarios y el Custodio, un porcentaje o margen de tolerancia en términos nominales o porcentuales respecto del valor a mercado del Activo Objeto de Inversión administrado, incluyendo las causas por las cuales se procederá al reproceso de información y la responsabilidad legal derivada de dicho reproceso.
Lo previsto en el párrafo anterior deberá contar con la aprobación del Contador General de SIEFORE, con la opinión del Comisario y de la Sociedad de Auditoria Externa, y con la aprobación del Consejo de Administración de la Sociedad de Inversión.
El Contador General de SIEFORE deberá vigilar que la significancia de una variación se determine de conformidad con lo establecido en dichos contratos y deberá llevar un registro histórico de las variaciones significativas por Mandato y Mandatario con el objeto de establecer un plan de acción en aquellos casos en los que se identifiquen causas reincidentes con la finalidad de evitar Riesgos No Controlados.
Artículo 35.- En caso de presentarse alguna Variación significativa en el Activo Administrado por el Mandatario, tan pronto como sea del conocimiento de la Administradora, ésta deberá asegurar que se realicen los Ajustes Contables correspondientes a efecto de corregir el valor a mercado de los Activos Objeto de Inversión. Dichas variaciones deberán ser informadas por el Oficial de Cumplimiento del Mandatario o funcionario que realice funciones semejantes al Contralor Normativo de la Administradora que opere la Sociedad de Inversión de que se trate el mismo día en que se identifique la misma, señalando el impacto en el valor a mercado de los Activos Objeto de Inversión, el detalle de los hechos, las causas que hayan originado las citadas variaciones y el detalle del periodo a reprocesar.
La Sociedad de Inversión, de conformidad con las Reglas generales que al efecto establezca la Comisión para la entrega de información, retransmitirá a esta Comisión la información sujeta a correcciones, debiendo observar para tal efecto lo previsto en las presentes disposiciones de carácter general. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones previstas en la normatividad que le resulten aplicables.
TITULO CUARTO
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
CAPITULO I
DE LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS SOCIEDADES DE
INVERSIÓN
INVERSIÓN
Artículo 36.- Los estados financieros trimestrales, con cifras a marzo, junio, septiembre y diciembre, deberán presentarse para aprobación al Consejo de Administración de las Sociedades de Inversión en la siguiente sesión a la fecha de su emisión, acompañados con la documentación complementaria de apoyo necesaria, a fin de que el Consejo de Administración cuente con elementos suficientes para conocer y evaluar las operaciones determinantes en los cambios fundamentales ocurridos durante el ejercicio correspondiente.
A la fecha de publicación de los estados financieros se deberá contar con la aprobación del Consejo de Administración. En caso de que la fecha de publicación sea anterior a la fecha de sesión del Consejo se deberá revelar al calce de la publicación dicha situación, y en la publicación de los subsecuentes estados financieros se deberá revelar la fecha en que se realizó la aprobación.
Artículo 37.- La Sociedad de Inversión deberá elaborar sus estados financieros comparativos conforme a los formatos previstos en el Anexo N y publicarlos conforme a los formatos previstos en el Anexo M de las presentes disposiciones de carácter general.
Los estados financieros de la Sociedad de Inversión se presentarán en miles de pesos con excepción de los saldos de las cuentas de orden que no representen cifras monetarias y deberán suprimirse todas aquellas cuentas cuyo saldo sea igual a cero.
Artículo 38.- Los formatos para la elaboración y publicación de los estados financieros de la Sociedad de Inversión, así como el catálogo de cuentas y la guía contable previstos en los Anexos K, L, M y N de las
presentes disposiciones de carácter general podrán modificarse cuando las necesidades de la Comisión así lo requieran, entendiéndose que dichas modificaciones serán notificadas a la Administradora de las Sociedades de Inversión, así como a la Asociación gremial constituida por las Administradoras.
Artículo 39.- La Administradora deberá difundir a través de su página electrónica oficial en la red mundial denominada Internet los estados financieros trimestrales y los Estados Financieros Básicos anuales dictaminados, sus notas, así como el dictamen realizado por el Auditor Externo independiente de las Sociedades de Inversión que administre. Dicha publicación se realizará dentro del mes siguiente al periodo al que correspondan y dentro de los 90 días naturales siguientes al cierre del ejercicio para los Estados Financieros Básicos anuales dictaminados. Dicha información la deberá mantener la Sociedad de Inversión al menos durante tres años.
Artículo 40.- La Comisión podrá ordenar correcciones a los estados financieros objeto de difusión o publicación cuando, a través de un proceso de supervisión, tenga evidencia de que contienen errores u omisiones en la información presentada, no revelan adecuadamente la información o se incumple la normatividad. Los estados financieros respecto de los cuales la Comisión ordene correcciones y que ya hubieren sido publicados o difundidos deberán ser nuevamente publicados o difundidos a través del mismo medio, con las modificaciones pertinentes, dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación de la resolución correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones previstas en la normatividad que resulten aplicables.
CAPITULO II
DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN
Artículo 41.- Los estados financieros de las Sociedades de Inversión, a los que se refieren los artículos 87 de la Ley y 108 del Reglamento, deberán ser signados al menos por el Director General y el Contador General de SIEFORE responsable de la información contenida en los mismos, autorizados por dichas entidades financieras para tal efecto. Cuando sean anuales, además deberán de estar firmados por el Comisario que haya aprobado y dictaminado la autenticidad de los datos contenidos en los mismos.
Asimismo el Director General, el Contador General de SIEFORE y el Comisario declararán bajo protesta de decir verdad, al calce los estados financieros, que los datos contenidos en los mismos son auténticos y veraces.
Artículo 42.- Las personas autorizadas para signar los estados financieros de la Sociedad de Inversión podrán designar suplentes para que signen los documentos antes señalados durante sus ausencias. Tanto las personas autorizadas como los suplentes designados para signar estados financieros deberán ser aprobados por el Órgano de Gobierno de la Sociedad de Inversión.
Tratándose de ausencias definitivas que impidan el desarrollo de las funciones del signatario titular, hasta en tanto se efectué el nombramiento de la persona que quedará en su lugar, el suplente podrá signar estados financieros incluyendo el periodo en el que el nuevo titular haya sido nombrado y se proceda a tramitar las autorizaciones correspondientes, así como notificar dicha situación a la Comisión, dentro de los diez días hábiles siguientes a su nombramiento.
La Administradora que opere a la Sociedad de Inversión deberá notificar y presentar a la Comisión por escrito y a través de un representante legal, la designación de las personas autorizadas para firmar los estados financieros referidos en el párrafo anterior, así como sus signaturas.
CAPITULO III
DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUBRIR LOS ESTADOS FINANCIEROS ANUALES
DICTAMINADOS
DICTAMINADOS
Artículo 43.- Los Estados Financieros Básicos anuales de las Sociedades de Inversión deberán acompañarse del dictamen emitido por un contador público certificado independiente, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para dictaminar estados financieros.
Dichos estados financieros deberán estar firmados por las personas autorizadas bajo cuya responsabilidad se hayan preparado y por el Comisario que haya aprobado la autenticidad de los datos contenidos en los mismos. Asimismo, deberán acompañarse con las notas complementarias y aclaratorias respectivas.
Artículo 44.- Las notas a los Estados Financieros Básicos dictaminados de la Sociedad de Inversión
deben comprender la descripción de la naturaleza de las operaciones de la Sociedad de Inversión, el resumen de las políticas contables significativas, la información relativa a partidas que se presentan en el cuerpo de los estados financieros en el orden en que se presenta cada estado y las partidas que lo integran, así como el nombre de los funcionarios y órganos de la administración que los autorizaron.
Así mismo, deberán proporcionar una explicación breve sobre la conformación de la cartera, el impacto que tuvo en la situación financiera y en el rendimiento de la Sociedad de Inversión, la naturaleza y alcance de las clases de activos en las que hubiera invertido durante el ejercicio sobre el que se informa.
TITULO QUINTO
DE LA AUDITORIA EXTERNA
CAPITULO I
DE LAS SOCIEDADES DE AUDITORÍA EXTERNA
Artículo 45.- La Administradora de Fondos para el Retiro, en nombre de las Sociedades de Inversión que administre, deberá contratar los servicios de una Sociedad de Auditoría Externa para dictaminar sus Estados Financieros Básicos. El Órgano de Gobierno de la Sociedad que corresponda deberá definir y aprobar los criterios que considere para la contratación de dichos servicios.
Artículo 46.- La Administradora podrá efectuar la sustitución de la Sociedad de Auditoria Externa de las Sociedades de Inversión cuando así lo considere. Para tal efecto, la Administradora deberá seleccionar a la Sociedad de Auditoria Externa de las Sociedades de Inversión remitiendo tantas solicitudes de propuesta a las distintas Sociedades de Auditoria Externa como las que sean consideradas por el Consejo de Administración de las Sociedades de Inversión. En dichas solicitudes se deberán incorporar los criterios definidos por el Órgano de Gobierno de cada Sociedad, así como los requisitos previstos en las presentes disposiciones de carácter general.
El Contador General de SIEFORE deberá coordinar el proceso de selección de la Sociedad de Auditoria Externa de las Sociedades de Inversión en apego a las presentes disposiciones y deberá conservar a disposición de la Comisión evidencia del mismo.
Una vez que la Administradora obtenga las propuestas de las distintas Sociedades de Auditoria Externa con base en su solicitud de propuesta, deberá seleccionar a la Sociedad de Auditoria Externa que mejor cumpla con los criterios aprobados por el Órgano de Gobierno de la Sociedad de Inversión y demás requisitos previstos en las presentes disposiciones de carácter general.
En el contrato de prestación de servicios celebrado entre la Administradora, por cuenta de la Sociedad de Inversión, y la Sociedad de Auditoría Externa se deberá establecer expresamente que esta última deberá proporcionar la documentación que la Comisión le requiera por cuenta de la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión. Dicho contrato deberá ser aprobado por el Órgano de Gobierno de la Sociedad de Inversión.
La Administradora que opere las Sociedades de Inversión deberá tener a disposición de la Comisión, evidencia de las solicitudes de propuesta remitidas a las distintas Sociedades de Auditoria Externa, así como el contrato de prestación de servicios celebrado con la Sociedad de Auditoría Externa correspondiente, y los anexos que formen parte integrante del mismo.
Artículo 47.- La Administradora deberá asegurar que la Sociedad de Auditoria Externa que tenga contratada en nombre de las Sociedades de Inversión, sustituya al Auditor Externo y al equipo de auditores que intervengan en la auditoría de los estados financieros por lo menos una vez cada cinco años, pudiendo designarlos nuevamente después de un periodo no menor de cinco años.
Artículo 48.- El Auditor Externo, así como la Sociedad de Auditoría Externa que dictamine los Estados Financieros Básicos de la Sociedad de Inversión, a la fecha de celebración del contrato de prestación de servicios y durante el desarrollo de la auditoría, deberán ser independientes de las Sociedades de Inversión. Se considera que dejan de satisfacer el requisito de independencia, cuando incumpla alguno de los siguientes:
I. Los ingresos que perciba la Sociedad de Auditoría Externa, derivados de la prestación de sus servicios a entidades con las cuales tiene Nexo Patrimonial la Sociedad de Inversión, representen en su conjunto el 10% o más de los ingresos totales de la Sociedad de Auditoría Externa durante el año inmediato anterior a aquel en que pretenda prestar el servicio;
II. La Sociedad de Auditoría Externa, el Auditor o algún funcionario que labore en ésta proporcione a la Sociedad de Inversión, además de los servicios de auditoría, cualquier servicio que implique o pudiera implicar conflictos de interés con respecto al Trabajo de Auditoría Externa, y
III. Los ingresos que el Auditor Externo perciba o vaya a percibir por auditar los Estados Financieros Básicos de la Sociedad de Inversión dependan del resultado de la propia auditoría.
Lo previsto en las fracciones I, II y III anteriores deberá señalarse, bajo protesta de decir verdad, en el contrato de prestación de servicios celebrado entre la Administradora, por cuenta de la Sociedad de Inversión que administra, y la Sociedad de Auditoría Externa.
Artículo 49.- Si el Auditor Externo deja de cumplir con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 52 de las presentes disposiciones de carácter general, sus informes no reúnen las características de alcance y calidad suficientes, incurre en faltas graves en el ejercicio de su actividad, o bien en aquellos casos en que la Comisión identifique errores, omisiones, incumplimientos normativos o inconsistencias reiteradas o de gravedad en los Estados Financieros Básicos auditados y sus notas, la Administradora que opere a la Sociedad de Inversión auditada notificará al Órgano de Gobierno de la Administradora y de las Sociedades de Inversión para que ordenen la sustitución del Auditor Externo o de la Sociedad de Auditoría Externa, exponiendo los hechos y argumentos en que funde sus resoluciones.
Artículo 50.- La Administradora que opere a las Sociedades de Inversión, deberá asegurar que la Sociedad de Auditoría Externa cuente con un código de ética y con políticas y procedimientos que le permita mantener un adecuado control de calidad en la prestación del servicio de auditoría y vigilar el cumplimiento de los requisitos de independencia señalados en el presente Capítulo. Al respecto, las políticas y procedimientos deberán procurar que el Trabajo de Auditoría Externa que realice el personal de la Sociedad de Auditoría Externa se efectúe de acuerdo a lo señalado en la normatividad aplicable, así como en los lineamientos del código de ética profesional de la Sociedad de Auditoría externa.
Las políticas y procedimientos de la Sociedad de Auditoría Externa deberán prever cuando menos lo siguiente:
I. Políticas y procedimientos aplicables al personal involucrado en el trabajo de auditoria externa;
II. Las políticas y procedimientos para la confidencialidad, resguardo y conservación de la información provista por la Administradora y las Sociedades de Inversión, los papeles de trabajo que se deriven de la misma, los informes, comunicados y resultados del trabajo de auditoría realizado;
III. La definición de estándares mínimos de formación, capacitación y actualización al personal involucrado en el trabajo de auditoria externa;
IV. Descripción de los mecanismos que permitan al personal involucrado en el trabajo de auditoria externa contar con información periódica de las instituciones respecto de las cuales deben mantener independencia;
V. Procedimientos que permitan verificar que la información contenida en los papeles de trabajo y bases de datos, se encuentra reflejada adecuadamente en la opinión o informe emitido, así como la información financiera dictaminada; Procedimientos disciplinarios y de ética que garanticen el cumplimiento de las políticas previstas en los numerales I, II, III, IV, y V anteriores; y
VI. Descripción de los requisitos que deberá cumplir el personal involucrado en el Trabajo de Auditoría Externa, considerando al menos estándares y requisitos profesionales de calidad, capacidad técnica, confidencialidad y ética para el desempeño de su trabajo.
Artículo 51.- La Administradora deberá asegurar que la Sociedad de Auditoria Externa que le preste
servicios a las Sociedades de Inversión que administre, participe en un programa de evaluación de calidad que contemple el grado de apego a las normas de auditoría, normas para atestiguar y normas de revisión, así como una evaluación sobre control de calidad en las auditorías que practique.
CAPITULO II
DE LOS REQUISITOS DE LOS AUDITORES EXTERNOS
Artículo 52- La Administradora que opere a la Sociedad de Inversión auditada deberá validar que el Auditor Externo y los auditores encargados designados por la Sociedad de Auditoría Externa para dictaminar los Estados Financieros Básicos de la Sociedad de Inversión reúnan los siguientes requisitos:
I. Que acrediten formación profesional con cédula profesional o, en su caso, el documento emitido por el organismo oficial que avale la educación profesional en el extranjero;
II. Que el Auditor Externo, esté certificado por los colegios o asociaciones de contadores públicos de reconocida experiencia. Dicho documento deberá estar vigente;
III. Que el Auditor Externo, sea socio de la Sociedad de Auditoría Externa contratada por la Administradora que opera la Sociedad de Inversión para prestar los servicios de auditoría externa;
IV. Que el Auditor Externo, cuente con registro vigente expedido por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal de la Secretaría;
V. Que el Auditor Externo, cuente con experiencia profesional mínima de cinco años en labores de auditoría externa relacionada con entidades del sector financiero y los auditores encargados deberán contar con al menos dos años en labores de auditoría externa relacionada con entidades del sector financiero;
VI. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no hayan sido condenados por delito patrimonial que amerite pena corporal;
VII. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no hayan sido suspendidos como miembros de la asociación profesional a la que pertenecen;
VIII. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no tengan antecedentes de suspensión o cancelación de alguna certificación o registro que para fungir como auditor se requiera, por causas imputables a la persona y que hayan tenido su origen en conductas dolosas o de mala fe;
IX. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no sean o hayan sido, ni tener ofrecimiento para ser, consejero, directivo o funcionario de cualquier Administradora o Sociedad de Inversión, incluyendo a la Sociedad de Inversión auditada, así como de empresas con las que tiene Nexo Patrimonial durante al menos 12 meses anteriores a la fecha de la firma del contrato de prestación de servicios;
X. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no tengan litigio alguno pendiente con la Administradora o la Sociedad de Inversión, así como con empresas con las que tiene Nexo Patrimonial, con excepción de aquellos juicios de declaración de Beneficiarios de Cuentas Individuales en los que intervenga como interesado;
XI. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no estén inhabilitados para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano, así como no haber sido declarado como quebrado o concursado sin que haya sido rehabilitado;
XII. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no se encuentren en algún supuesto que obstaculice su adecuado desempeño profesional; y
XIII. Que el Auditor Externo y los auditores encargados no sean servidores públicos, ni se encuentren en el supuesto establecido en el artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Para tal efecto, la Administradora deberá obtener evidencia de haber validado los puntos anteriores de
conformidad con los medios que la misma defina y mantener a disposición de esta Comisión dicha evidencia.
Artículo 53.- El Auditor Externo responsable de dictaminar los Estados Financieros Básicos de las Sociedades de Inversión a la fecha de celebración del contrato de prestación de servicios y durante el desarrollo de la auditoría, también deberá cumplir con los requisitos siguientes:
I. No ser accionista, directa o indirectamente del grupo financiero del cual forme parte la Sociedad de Inversión auditada o de entidades o empresas subsidiarias de ésta, con excepción de cuando se trate de acciones de capital variable emitidas por Sociedades de Inversión en las que participe como Trabajador;
II. No encontrarse en alguno de los supuestos que prevea el código de ética profesional emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, la asociación que certifica al Auditor Externo o, en su caso, aquellos aceptados internacionalmente y reconocidas por la Sociedad de Auditoria Externa que afecten la independencia e imparcialidad de juicio para expresar su opinión; y
III. No tener relación de dependencia laboral o económica, ni ser deudor de la Administradora de la Sociedad de Inversión auditada o de alguna de las sociedades relacionadas con ésta, excepción hecha de los adeudos por tarjeta de crédito, por financiamientos destinados a la compra de bienes de consumo duradero y por créditos hipotecarios para adquisición de vivienda, siempre y cuando sean otorgados en condiciones de mercado y se encuentre al corriente en sus pagos.
CAPITULO III
DEL TRABAJO DE AUDITORÍA EXTERNA
Artículo 54.- El Trabajo de Auditoría Externa deberá evaluar el apego de la Sociedad de Inversión al cumplimiento de la normatividad en materia de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y a las NIF o NIIF a las que se haya apegado en los términos de lo previsto en el artículo 10 de las presentes disposiciones de carácter general.
Así mismo, la Sociedad de Inversión deberá contar con la opinión de la Sociedad de Auditoria Externa en relación con sus sistemas de Registro Contable y operativo automatizados para la realización de sus operaciones, que cumpla con lo previsto en el artículo 5 de las presentes disposiciones de carácter general.
Artículo 55.- El contrato deberá señalar que cuando en el curso de la auditoría, el Auditor Externo conozca de irregularidades graves que, con base en su juicio profesional, puedan poner en peligro la estabilidad, liquidez, solvencia o reputación moral de la Administradora y de la Sociedad de Inversión auditada, deberá presentar de inmediato un informe detallado sobre la situación observada al Consejo de Administración de la Sociedad de Inversión y al Contralor Normativo, así como a la Comisión en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la detección de la irregularidad identificada.
Se considerarán de manera enunciativa más no limitativa a los siguientes hechos como irregularidades graves:
I. Incumplimiento de la normatividad aplicable;
II. Destrucción, alteración o falsificación de registros contables físicos y electrónicos;
III. Fraude, soborno o dolo en las actividades realizadas por los funcionarios o miembros del Órgano de Gobierno de la Administradora que opera la Sociedad de Inversión, y
IV. Cualquier otra actividad que a juicio del Auditor Externo deban de ser reveladas de manera inmediata.
Artículo 56.- El contrato deberá señalar que la Sociedad de Auditoría Externa deberá conservar por un plazo mínimo de cinco años la documentación y papeles de trabajo que soporten el dictamen de la auditoría externa. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley, durante el transcurso de la auditoría y dentro del mencionado plazo, la Sociedad de Auditoría Externa estará obligada a poner a disposición de la Comisión dichos documentos y papeles de trabajo. En su caso, la Comisión podrá revisar conjuntamente con el Auditor Externo dichos documentos, para lo cual podrá requerir su presencia a fin de que dicho Auditor Externo suministre o amplíe los informes o elementos de juicio que sirvieron de base para la formulación de su opinión o informe.
Artículo 57.- La Administradora en nombre y representación de las Sociedades de Inversión que opere, deberá presentar a la Comisión dentro de los 90 días naturales siguientes al de cierre del ejercicio respectivo, el dictamen del Auditor Externo, incluyendo los Estados Financieros Básicos dictaminados, sus notas relativas y opiniones que emita el Auditor Externo.
Artículo 58.- La auditoría que practique la Sociedad de Auditoria Externa a los Estados Financieros Básicos de la Sociedad de Inversión se deberá apegar a lo dispuesto por las Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento, "International Auditing and Assurance Standards Board" de la Federación Internacional de Contadores, "International Federation of Accountants", así como con la Norma de Control de Calidad, el Marco de Referencia para Trabajos de Aseguramiento y las Normas para Atestiguar, Revisión y Otros Servicios Relacionados, aprobadas y emitidas por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., o a las que las sustituyan, tomando en cuenta las consideraciones especiales de la Auditoría de Instrumentos Financieros de las previstas en la Nota Internacional de Prácticas de Auditoría 1000 (NIPA por sus siglas).
CAPITULO IV
DEL DICTAMEN DEL AUDITOR EXTERNO
Artículo 59.- El dictamen de los Estados Financieros Básicos anuales de la Sociedad de Inversión que elabore la Sociedad de Auditoría Externa se deberá acompañar de una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que el Auditor Externo signe y manifieste su conformidad o bien su opinión respecto a lo siguiente:
I. Que los citados Estados Financieros Básicos dictaminados no contienen información sobre hechos falsos y que no han omitido algún hecho o evento relevante, que sea de su conocimiento, que pudiera resultar necesario para su correcta interpretación a la luz de las disposiciones bajo las cuales fueron preparados;
II. Que los Estados Financieros Básicos han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco normativo aplicable;
III. Que obtuvo una comprensión del Sistema de Contabilidad y de control interno suficiente para planear la auditoría y desarrollar un enfoque de auditoría efectivo;
IV. Que se han diseñado controles en materia de Registro Contable, proceso y reporte de la información contable y financiera con el objetivo de asegurar que los aspectos importantes y la información relacionada con la Sociedad de Inversión se hagan del conocimiento del Órgano de Gobierno de la Sociedad de Inversión auditada, así como del Contralor Normativo de la Administradora;
V. Que ha revelado al Órgano de Gobierno de la Sociedad de Inversión auditada, así como al Contralor Normativo de la misma, mediante comunicaciones oportunas, todas las deficiencias detectadas en el diseño y operación del control interno que pudieran afectar de manera adversa, entre otras, a la función de Registro Contable, proceso y reporte de la información contable y financiera; y
VI. Manifestar si durante el desarrollo del trabajo de auditoria externa tuvieron conocimiento de cualquier irregularidad grave de acuerdo con lo previsto en los numerales I a IV del artículo 55 de las presentes disposiciones de carácter general.
Artículo 60.- El dictamen a los Estados Financieros Básicos anuales de las Sociedades de Inversión deberá acompañarse de una evaluación del control interno realizada por especialistas en la materia, en la que se incluya una breve descripción del marco normativo aplicable a la entidad y el modo en que la entidad cumple con dicho marco normativo, así como un resumen de los resultados de su revisión y una opinión que claramente deberá señalar si "cumple" o "no cumple" sobre al menos los siguientes aspectos:
I. Si el control interno de la Administradora que opera a las Sociedades de Inversión cumple con sus objetivos y ofrece una seguridad razonable en todos los aspectos importantes para prevenir o detectar errores o irregularidades en el curso normal de las operaciones;
II. Si el grado de sofisticación de los controles internos de la entidad, en materia contable, son
acordes a la complejidad de los instrumentos financieros que forman parte de las carteras de las Sociedades de Inversión;
III. Si el Sistema de Control Interno va más allá de las funciones previstas regulatoriamente y si este comprende otras características, funciones o procesos relevantes;
IV. Si la documentación con la que cuenta la administración, como manuales de políticas y procedimientos, descripción de puestos y diagramas de flujo, es difundida a todos los funcionarios involucrados y estos desempeñan sus funciones en apego a los mismos;
V. Si se han establecido y mantenido controles internos, así como procedimientos relativos a la revelación de información relevante;
VI. Si los controles internos son efectivos y relevantes para prevenir, detectar y corregir errores de importancia relativa, para determinar si el Sistema de Contabilidad y control interno están adecuadamente diseñados y operan en forma efectiva; y
VII. Si los elementos clave del proceso de control interno relacionados con los instrumentos financieros por clase o tipo de una entidad incluyen:
a. Procesos para la documentación y autorización de nuevos tipos de transacciones con instrumentos financieros que consideren un adecuado registro contable;
b. Procesos para las transacciones con instrumentos financieros, incluyendo confirmaciones y conciliaciones de tenencias de efectivo y activos contra estados de cuenta externos, así como el proceso de pago;
c. Segregación de funciones entre aquellos que invierten o negocian con instrumentos financieros y los responsables de procesar, valorar y confirmar dichos instrumentos;
d. Procesos y controles de valoración, incluyendo controles sobre la información obtenida de fuentes externas de precios; y
e. Seguimiento y valoración de la efectividad de controles.
TRANSITORIAS
PRIMERA.- Las presentes disposiciones entrarán en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDA.- A la fecha de entrada en vigor de las presentes disposiciones de carácter general se abrogan las "Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2015, adicionada por las "Adiciones a las Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2017.
Asimismo, con la entrada en vigor de las presentes disposiciones se deroga toda disposición emitida por la Comisión que resulte contraria al presente ordenamiento.
TERCERA.- A la fecha de entrada en vigor de las presentes disposiciones de carácter general se deroga el artículo 210, fracción I, inciso m., así como su referencia contenida en el artículo 216, ambos de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los sistemas de ahorro para el retiro publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2015, modificadas el 21 de abril, 29 de junio, 25 de agosto y 18 de octubre de 2016, así como 4 de julio de 2017.
Ciudad de México, 16 de octubre de 2017.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Carlos Ramírez Fuentes.- Rúbrica.
ANEXO "A"
Catálogo de Cuentas de AFORE
Catálogo de Cuentas de Activo del Estado de Situación Financiera
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 1101 | 00 | Caja |
| 1102 | 00 | Bancos |
| 1103 | 00 | Inversiones del disponible a la vista |
| 1230 | 00 | Inversiones en instrumentos financieros |
| 1230 | 01 | Inversiones en títulos de deuda con fines de negociación |
| 1230 | 02 | Inversiones en títulos de deuda disponibles para su venta |
| 1230 | 03 | Inversiones en títulos de deuda conservados a vencimiento a corto plazo |
| 1230 | 04 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 1 |
| 1230 | 05 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 2 |
| 1230 | 06 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 3 |
| 1230 | 07 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 4 |
| 1230 | 08 | Inversiones con fines de negociación Siefore Básica de Pensiones |
| 1230 | 09 | Inversiones con fines de negociación (Siefores para fondos de Previsión Social) |
| 1230 | 10 | Inversiones con fines de negociación (Siefores de ahorro voluntario) |
| 1230 | 11 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 1 |
| 1230 | 12 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 2 |
| 1230 | 13 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 3 |
| 1230 | 14 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 4 |
| 1230 | 15 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore Básica de Pensiones |
| 1230 | 16 | Inversiones disponibles para su venta (Siefores para fondos de Previsión Social) |
| 1230 | 17 | Inversiones disponibles para su venta ( Siefores de ahorro voluntario) |
| 1231 | 00 | Inversiones en instrumentos de deuda a largo plazo |
| 1231 | 01 | Inversiones en títulos de deuda conservados al vencimiento |
| 1232 | 00 | Inversiones en la reserva especial |
| 1232 | 10 | Siefore básica 1 |
| 1232 | 20 | Siefore básica 2 |
| 1232 | 30 | Siefore básica 3 |
| 1232 | 40 | Siefore básica 4 |
| 1232 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 1232 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 1232 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 1232 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 1232 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 1232 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 1232 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 1232 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 1232 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 1232 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 1232 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 1232 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 |
| 1232 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 |
| 1232 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 |
| 1232 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 |
| 1232 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 |
| 1232 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 |
| 1232 | 83 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 1232 | 84 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 1232 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 1232 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 1232 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 1233 | 00 | Inversiones en capital social mínimo de SIEFORES |
| 1233 | 10 | Siefore básica 1 |
| 1233 | 20 | Siefore básica 2 |
| 1233 | 30 | Siefore básica 3 |
| 1233 | 40 | Siefore básica 4 |
| 1233 | 55 | Siefore Básica de Pensiones |
| 1233 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 1233 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 1233 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 1233 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 1233 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 1233 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 1233 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 1233 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 1233 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 1233 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 1233 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 |
| 1233 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 |
| 1233 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 |
| 1233 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 |
| 1233 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 |
| 1233 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 |
| 1233 | 83 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 1233 | 84 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 1233 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 1233 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 1233 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 1301 | 00 | Deudores diversos |
| 1302 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a corto plazo |
| 1310 | 00 | Comisiones por cobrar |
| 1310 | 10 | Siefore básica 1 |
| 1310 | 20 | Siefore básica 2 |
| 1310 | 30 | Siefore básica 3 |
| 1310 | 40 | Siefore básica 4 |
| 1310 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 1310 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 1310 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 1310 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 1310 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 1310 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 1310 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 1310 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 1310 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 1310 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 1310 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 1310 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 |
| 1310 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 |
| 1310 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 |
| 1310 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 |
| 1310 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 |
| 1310 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 |
| 1310 | 83 | Por servicios de administración ICEFA-ISSSTE |
| 1310 | 84 | Sobre saldos de prestadoras de servicios |
| 1310 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 1310 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 1310 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 1310 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 1310 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 1311 | 00 | Adeudos de funcionarios y empleados |
| 1311 | 01 | De funcionarios |
| 1311 | 02 | De empleados |
| 1312 | 00 | Impuestos por recuperar y/o acreditar |
| 1312 | 01 | I.S.R. |
| 1312 | 02 | I.V.A. |
| 1312 | 03 | I.A. |
| 1312 | 04 | Crédito al salario |
| 1401 | 00 | Inversiones permanentes |
| 1401 | 01 | Otras inversiones permanentes en Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional del SAR |
| 1401 | 02 | Otras empresas de servicios |
| 1402 | 00 | Inversiones de reserva para pensiones del personal y prima de antig |
| 1402 | 01 | Inversiones de reserva para pensiones del personal y prima de antig |
| 1501 | 00 | Mobiliario y equipo |
| 1501 | 01 | De oficina |
| 1501 | 02 | De cómputo electrónico |
| 1501 | 03 | Periférico de cómputo electrónico |
| 1501 | 04 | Telecomunicaciones |
| 1501 | 81 | Actualización |
| 1501 | 82 | Actualización |
| 1501 | 83 | Actualización |
| 1501 | 84 | Actualización |
| 1502 | 00 | Equipo de transporte |
| 1502 | 01 | Histórico |
| 1502 | 02 | Actualización |
| 1503 | 00 | Inmuebles |
| 1503 | 01 | Terrenos |
| 1503 | 02 | Edificios |
| 1503 | 80 | Actualización |
| 1504 | 00 | Bienes muebles en adquisición - Arrendamiento financiero |
| 1504 | 01 | Histórico |
| 1504 | 02 | Actualización |
| 1505 | 00 | Bienes inmuebles en adquisición - Arrendamiento financiero |
| 1505 | 01 | Histórico |
| 1505 | 02 | Actualización |
| 1603 | 00 | Adaptaciones y mejoras |
| 1603 | 01 | Adaptaciones y mejoras |
| 1603 | 02 | Actualización |
| 1603 | 03 | Adaptaciones a locales arrendados |
| 1603 | 04 | Actualización |
| 1601 | 00 | Pagos anticipados a corto plazo |
| 1601 | 01 | Gastos anticipados por rentas |
| 1601 | 02 | Gastos anticipados por seguros y fianzas |
| 1601 | 03 | Gastos anticipados publicidad |
| 1601 | 04 | Gastos anticipados contratos de mantenimiento |
| 1601 | 05 | Gastos anticipados por pagos provisionales de impuestos |
| 1601 | 06 | Gastos anticipados por otros conceptos |
| 1602 | 00 | Pagos anticipados a largo plazo |
| 1602 | 01 | Gastos anticipados por rentas |
| 1602 | 02 | Gastos anticipados por seguros y fianzas |
| 1602 | 03 | Gastos anticipados publicidad |
| 1602 | 04 | Gastos anticipados contratos de mantenimiento |
| 1602 | 05 | Gastos anticipados por otros conceptos |
| 1607 | 00 | Impuestos diferidos - Activo |
| 1607 | 01 | Impuesto diferido - Activo |
| 1608 | 00 | Crédito mercantil |
| 1608 | 01 | Histórico |
| 1608 | 02 | Actualización |
| 1606 | 00 | Activos intangibles |
| 1606 | 01 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual |
| 1606 | 02 | Actualización |
| 1606 | 03 | Activos intangibles de vida indefinida adquiridos en forma individual |
| 1606 | 04 | Actualización |
| 1606 | 05 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios |
| 1606 | 06 | Actualización |
| 1606 | 07 | Activos intangibles de vida indefinida adquiridos en una adquisición de negocios |
| 1606 | 08 | Actualización |
| 1606 | 09 | Activos intangibles de vida definida generados internamente |
| 1606 | 10 | Actualización |
| 1606 | 11 | Activos intangibles de vida indefinida generados internamente |
| 1606 | 12 | Actualización |
| 1604 | 00 | Depósitos en garantía |
| 1604 | 01 | Depósitos en garantía por rentas |
| 1604 | 02 | Depósitos en garantía por líneas telefónicas |
| 1604 | 03 | Otros depósitos en garantía |
| 1801 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a largo plazo |
| 1801 | 10 | Deudores diversos con partes relacionadas a largo plazo |
| | | |
Catálogo de Cuentas de Pasivo del Estado de Situación Financiera
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 2101 | 00 | Acreedores diversos |
| 2112 | 00 | Partes relacionadas |
| 2112 | 01 | Acreedores diversos partes relacionadas |
| 2112 | 02 | Provisiones para obligaciones diversas partes relacionadas |
| 2102 | 00 | Dividendos por pagar |
| 2104 | 00 | Impuestos y contribuciones por pagar |
| 2104 | 01 | I.S.R. otros |
| 2104 | 02 | I.V.A. |
| 2104 | 03 | I.A. |
| 2104 | 04 | I.S.R. retiros |
| 2104 | 06 | Impuesto sobre nominas |
| 2104 | 07 | Aportaciones INFONAVIT |
| 2104 | 08 | Cuotas del SAR |
| 2104 | 09 | Para cuotas del IMSS |
| 2104 | 10 | Otros impuestos y contribuciones por pagar |
| 2105 | 00 | Multas y sanciones por pagar |
| 2105 | 01 | Afore |
| 2105 | 02 | Siefores |
| 2106 | 00 | Créditos o prestamos autorizados |
| 2107 | 00 | Intereses por pagar de créditos o prestamos |
| 2108 | 00 | Impuestos a la utilidad por pagar |
| 2108 | 01 | I.S.R. |
| 2108 | 02 | I.A. |
| 2109 | 00 | Impuestos diferidos |
| 2109 | 01 | I.S.R. |
| 2110 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades diferida |
| 2111 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades |
| 2201 | 00 | Reserva para pensiones del personal |
| 2202 | 00 | Reserva para primas de antig |
| 2103 | 00 | Provisiones para obligaciones diversas |
| 2103 | 01 | Provisiones para obligaciones diversas |
| 2103 | 02 | Para gratificaciones del personal cuya cuantía o vencimiento son inciertos |
| 2103 | 03 | Para pago de servicios telefónicos |
| 2103 | 04 | Por cuenta de las Siefores |
| 2103 | 05 | Para emisión de estados de cuenta |
| 2103 | 06 | Para comisiones a las Empresas Operadoras |
| 2103 | 07 | Para cuotas pagadas a instituciones gremiales |
| 2103 | 08 | Para el pago al IMSS por gastos de fiscalización y cobranza |
| 2103 | 09 | Para derechos de inspección |
| 2103 | 10 | Para juicios y demandas |
| 2103 | 11 | Para otras provisiones |
| 2204 | 00 | Comisiones por pagar |
| 2204 | 01 | Comisiones por gastos de afiliación |
| 2204 | 02 | Otras comisiones |
| 2205 | 00 | Depósitos recibidos en garantía |
| | | |
Catálogo de Cuentas Complementarias de Activo del Estado de Situación Financiera
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 3102 | 00 | Depreciación acumulada de mobiliario y equipo |
| 3102 | 11 | De oficina sobre valor histórico |
| 3102 | 12 | Actualización |
| 3102 | 21 | De cómputo sobre valor histórico |
| 3102 | 22 | Actualización |
| 3102 | 31 | Periférico sobre valor histórico |
| 3102 | 32 | Actualización |
| 3102 | 41 | Telecomunicaciones sobre valor histórico |
| 3102 | 42 | Actualización |
| 3103 | 00 | Depreciación acumulada de equipo de transporte |
| 3103 | 01 | Sobre valor histórico |
| 3103 | 02 | Actualización |
| 3104 | 00 | Depreciación acumulada de inmuebles - Edificio |
| 3104 | 01 | Sobre valor histórico |
| 3104 | 02 | Actualización |
| 3105 | 00 | Depreciación acumulada de bienes muebles adquiridos en Arrendamiento Financiero |
| 3105 | 01 | Sobre valor histórico |
| 3105 | 02 | Actualización |
| 3106 | 00 | Depreciación acumulada de bienes inmuebles adquiridos en Arrendamiento Financiero |
| 3106 | 01 | Sobre valor histórico |
| 3106 | 02 | Actualización |
| 3107 | 00 | Amortización acumulada de activos intangibles de vida definida |
| 3107 | 01 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual |
| 3107 | 02 | Actualización |
| 3107 | 03 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios |
| 3107 | 04 | Actualización |
| 3107 | 05 | Activos intangibles de vida definida generados internamente |
| 3107 | 06 | Actualización |
| 3108 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración intangibles |
| 3108 | 01 | Activos intangibles |
| 3108 | 02 | Actualización |
| 3110 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración tangibles |
| 3110 | 01 | Inmuebles mobiliario y equipo |
| 3110 | 02 | Actualización |
| 3109 | 00 | Depreciación acumulada de adaptaciones y mejoras |
| 3109 | 01 | Sobre valor histórico de adaptaciones y mejoras |
| 3109 | 02 | Actualización |
| 3109 | 03 | Sobre valor histórico de adaptaciones y mejoras de locales arrendados |
| 3109 | 04 | Actualización |
| 3111 | 00 | Pérdidas por deterioro del crédito mercantil |
| 3111 | 01 | Pérdidas por deterioro del crédito mercantil |
| | | |
Catálogo de Cuentas de Capital del Estado de Situación Financiera
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 4101 | 00 | Capital social pagado |
| 4101 | 11 | Fijo histórico |
| 4101 | 12 | Fijo actualización |
| 4101 | 21 | Variable histórico |
| 4101 | 22 | Variable actualización |
| 4102 | 00 | Prima en venta de acciones |
| 4102 | 01 | Histórico |
| 4102 | 02 | Actualización |
| 4103 | 00 | Aportaciones para futuros aumentos de capital |
| 4103 | 01 | Histórico |
| 4103 | 02 | Actualización |
| 4201 | 00 | Reserva legal |
| 4201 | 01 | Histórico |
| 4201 | 02 | Actualización |
| 4301 | 00 | Resultados de ejercicios anteriores |
| 4301 | 01 | Histórico |
| 4301 | 02 | Actualización |
| 4302 | 00 | Resultados del ejercicio |
| 4303 | 00 | Otros Resultados Integrales |
| | | |
| Catálogo de Cuentas Acreedoras del Estado de Resultado Integral | ||
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 5101 | 00 | Ingresos por comisiones |
| 5101 | 10 | Comisiones por Saldos Siefore 1 |
| 5101 | 20 | Comisiones por Saldos Siefore 2 |
| 5101 | 30 | Comisiones por Saldos Siefore 3 |
| 5101 | 40 | Comisiones por Saldos Siefore 4 |
| 5101 | 55 | Comisiones por Saldo Siefore Básica de Pensiones |
| 5101 | 60 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 5101 | 61 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 5101 | 62 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 5101 | 63 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 5101 | 64 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 5101 | 65 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 5101 | 66 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 5101 | 67 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 5101 | 68 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 5101 | 69 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 5101 | 70 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 5101 | 71 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 5101 | 72 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 5101 | 80 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 5101 | 81 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 5101 | 82 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 5101 | 83 | Comisiones por Servicios de Administración ICEFA - ISSSTE |
| 5101 | 85 | Otras Comisiones Autorizadas |
| 5101 | 88 | Comisiones sobre saldos de prestadoras de servicios |
| 5101 | 90 | Actualización |
| 5101 | 91 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 5101 | 92 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 5101 | 93 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 5101 | 94 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 5101 | 95 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 5105 | 00 | Otros Ingresos |
| 5105 | 01 | Otros Ingresos |
| 5105 | 02 | Dividendos provenientes de Procesar |
| 5105 | 90 | Actualización |
| 5106 | 00 | Participación en los resultados de subsidiarias |
| 5106 | 10 | Por Valuación Siefore Básica 1 |
| 5106 | 11 | Por Valuación Siefore Básica 2 |
| 5106 | 20 | Por Valuación Siefore Básica 3 |
| 5106 | 21 | Por Valuación Siefore Básica 4 |
| 5106 | 52 | Por Valuación Siefore Básica de Pensiones |
| 5106 | 31 | Por Venta Siefore Básica 1 |
| 5106 | 40 | Por Venta Siefore Básica 2 |
| 5106 | 41 | Por Venta Siefore Básica 3 |
| 5106 | 50 | Por Venta Siefore Básica 4 |
| 5106 | 53 | Por Venta Siefore Básica de Pensiones |
| 5106 | 60 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 5106 | 61 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 5106 | 62 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 5106 | 66 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 5106 | 67 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 5106 | 12 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 5106 | 13 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 5106 | 14 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 5106 | 15 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 5106 | 16 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 5106 | 63 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 5106 | 64 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 5106 | 65 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 5106 | 69 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 5106 | 70 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 5106 | 22 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 5106 | 23 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 5106 | 24 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 5106 | 25 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 5106 | 26 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 5106 | 72 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 5106 | 73 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 5106 | 74 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 5106 | 75 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 5106 | 76 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 5106 | 77 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 5106 | 78 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 5106 | 79 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 5106 | 80 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 5106 | 81 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 5106 | 82 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 5106 | 83 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 5106 | 84 | Por Valuación Otras Subsidiarias |
| 5106 | 85 | Por Venta Otras Subsidiarias |
| 5106 | 90 | ACTUALIZACIÓN |
| 5106 | 91 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 5106 | 92 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 5106 | 93 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 5106 | 94 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 5106 | 95 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 5106 | 34 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 5106 | 35 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 5106 | 36 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 5106 | 37 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 5106 | 38 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| | | |
| Catálogo de Cuentas Deudoras del Estado de Resultado Integral | ||
| Cuenta | Subcuenta | Concepto |
| | | |
| 5401 | 00 | Costos de afiliación y traspasos |
| 5401 | 01 | Remuneraciones fijas del personal área comercial |
| 5401 | 02 | Remuneraciones variables del personal área comercial |
| 5401 | 03 | Honorarios por servicios profesionales |
| 5401 | 04 | Empresas de servicios |
| 5401 | 05 | Cursos y Seminarios |
| 5401 | 06 | Convenciones (Agentes promotores y/o personal de ventas / promoción) |
| 5401 | 07 | Publicidad y asesoría en mercadotecnia |
| 5401 | 08 | Gastos de viaje y viáticos (Agentes promotores y/o personal de ventas / promoción) |
| 5401 | 09 | Servicios de comunicación y correos |
| 5401 | 10 | Gastos inherentes a registro y traspaso |
| 5401 | 11 | Rentas (Inmuebles) |
| 5401 | 12 | Gastos de reparación y mantenimiento (ventas) |
| 5401 | 13 | Gastos TI |
| 5401 | 14 | Amortizaciones y depreciaciones |
| 5401 | 15 | Valija de fuerza de ventas |
| 5401 | 16 | Otros |
| 5401 | 17 | Remuneraciones fijas a Agentes Promotores en Empresas de servicios |
| 5401 | 18 | Remuneraciones variables a Agentes Promotores en Empresas de servicios |
| 5401 | 19 | Remuneraciones a Comisionistas |
| 5401 | 20 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo |
| 5401 | 90 | Actualización |
| 5402 | 00 | Costos regulatorios |
| 5402 | 01 | Pagos a Empresas Operadoras |
| 5402 | 02 | Pagos al IMSS |
| 5402 | 03 | Derechos de inspección CONSAR |
| 5402 | 04 | Otros |
| 5402 | 90 | Actualización |
| 5403 | 00 | Costos directos de operación de personal operativo y servicio a trabajadores |
| 5403 | 01 | Remuneraciones fijas del personal área operaciones y servicio |
| 5403 | 02 | Honorarios por servicios profesionales |
| 5403 | 03 | Empresas de servicios |
| 5403 | 04 | Cursos y Seminarios |
| 5403 | 05 | Gastos de viaje y viáticos |
| 5403 | 06 | Servicios de Comunicación y correos |
| 5403 | 07 | Rentas (Inmuebles) |
| 5403 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (operaciones y servicio al cliente) |
| 5403 | 09 | Gastos TI |
| 5403 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones |
| 5403 | 11 | Preparación y envío de estados de cuenta afiliados |
| 5403 | 12 | Otros |
| 5403 | 13 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo |
| 5403 | 90 | Actualización |
| 5404 | 00 | Costos directos de operación por inversión y administración de riesgos |
| 5404 | 01 | Remuneraciones fijas del personal proceso de inversiones |
| 5404 | 02 | Honorarios por servicios profesionales |
| 5404 | 03 | Empresas de servicios |
| 5404 | 04 | Cursos y seminarios |
| 5404 | 05 | Gastos de viaje y viáticos |
| 5404 | 06 | Servicios de Comunicación y correos |
| 5404 | 07 | Rentas (Inmuebles) |
| 5404 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (proceso de inversión) |
| 5404 | 09 | Gastos TI |
| 5404 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones |
| 5404 | 11 | Valuadora |
| 5404 | 12 | UAIR |
| 5404 | 13 | Custodios |
| 5404 | 14 | Bolsa Mexicana de Valores |
| 5404 | 15 | Proveedor de Precios |
| 5404 | 16 | Sistema de información bursátil |
| 5404 | 17 | Comisiones bursátiles |
| 5404 | 18 | Comisiones Bancarias (Afore y Siefores) |
| 5404 | 19 | Otros |
| 5404 | 20 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo |
| 5404 | 90 | Actualización |
| 5405 | 00 | Gastos generales de administración |
| 5405 | 01 | Remuneraciones fijas del personal administración |
| 5405 | 02 | Honorarios por servicios profesionales |
| 5405 | 03 | Empresas de servicios |
| 5405 | 04 | Cursos y seminarios |
| 5405 | 05 | Gastos de viaje y viáticos |
| 5405 | 06 | Servicios de comunicación y correos |
| 5405 | 07 | Rentas (Inmuebles) |
| 5405 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (administración) |
| 5405 | 09 | Gastos TI |
| 5405 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones |
| 5405 | 11 | Vigilancia y sistemas de seguridad |
| 5405 | 12 | Seguros y fianzas |
| 5405 | 13 | Suscripciones |
| 5405 | 14 | Publicaciones obligatorias |
| 5405 | 15 | Fletes y acarreos |
| 5405 | 16 | Recargos |
| 5405 | 17 | Donativos |
| 5405 | 18 | Devolución y/o resarcimiento de comisiones |
| 5405 | 19 | Cuotas sindicales |
| 5405 | 20 | Energía eléctrica |
| 5405 | 21 | Gastos y útiles de aseo |
| 5405 | 22 | Papelería y servicio de fotocopiado |
| 5405 | 23 | Gastos no deducibles |
| 5405 | 24 | Impuestos y derechos diversos |
| 5405 | 25 | Honorarios al Consejo y/o Comisarios |
| 5405 | 26 | Multas y otras sanciones administrativas |
| 5405 | 27 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo |
| 5405 | 28 | Cuotas pagadas a instituciones gremiales |
| 5405 | 29 | (Utilidad) Pérdida en venta de inmuebles, mobiliario y equipo |
| 5405 | 30 | Otros |
| 5405 | 31 | Comisiones Bancarias (Afore y Siefores) |
| 5405 | 90 | Actualización |
| 5406 | 00 | Resultado Integral de Financiamiento |
| 5406 | 01 | Intereses a (cargo) favor |
| 5406 | 02 | Resultado cambiario (Afore) - Utilidad o Pérdida en fluctuaciones de moneda extranjera |
| 5406 | 03 | Minusvalías y Plusvalías generadas - Resultado por Valuación a valor razonable de activos y pasivos financieros |
| 5406 | 04 | Resultado por Posición Monetaria |
| 5406 | 90 | Actualización |
| 5407 | 00 | Impuesto a la utilidad |
| 5407 | 01 | Impuestos corriente ISR |
| 5407 | 03 | Impuestos diferidos ISR |
| 5407 | 90 | Actualización |
| 5408 | 00 | Otros gastos |
| 5408 | 01 | Otros gastos |
| 5408 | 90 | Actualización |
Catálogo de Cuentas de Orden Deudoras
| Cuenta | Subcuenta | Cuenta de naturaleza deudora |
| | | |
| 7103 | 00 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT |
| 7103 | 11 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s |
| 7103 | 12 | Complemento en pesos Vivienda INFONAVIT 97 |
| 7103 | 21 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s |
| 7103 | 22 | Complemento en pesos Vivienda INFONAVIT 92 |
| 7108 | 00 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE |
| 7108 | 11 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE 2008 en AIV ´s |
| 7108 | 12 | Complemento en pesos Vivienda FOVISSSTE 2008 |
| 7108 | 21 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE 92 en AIV ´s |
| 7108 | 22 | Complemento en pesos Vivienda FOVISSSTE 92 (en pesos) |
| 7104 | 00 | Bonos de pensión de ISSSTE |
| 7104 | 01 | Bonos de Pensión del ISSSTE - Valor devengado en UDIS |
| 7104 | 02 | Complemento en pesos del bono de pensión - Valor devengado |
| 7104 | 03 | Bonos de Pensión del ISSSTE- Valor de redención |
| 7104 | 04 | Complemento en pesos del bono de pensión del ISSSTE - Valor de redención |
| 7106 | 00 | Acciones de Siefores , posición de terceros |
| 7106 | 10 | Siefore Básica 1 (número de acciones) |
| 7106 | 11 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos |
| 7106 | 20 | Siefore Básica 2 (número de acciones) |
| 7106 | 21 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos |
| 7106 | 30 | Siefore Básica 3 (número de acciones) |
| 7106 | 31 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos |
| 7106 | 40 | Siefore Básica 4 (número de acciones) |
| 7106 | 41 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos |
| 7106 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones (número de acciones) |
| 7106 | 56 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones Complemento en pesos |
| 7106 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 (número de acciones) |
| 7106 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos |
| 7106 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 (número de acciones) |
| 7106 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos |
| 7106 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 (número de acciones) |
| 7106 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos |
| 7106 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 (número de acciones) |
| 7106 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos |
| 7106 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 (número de acciones) |
| 7106 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos |
| 7106 | 42 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6(número de acciones) |
| 7106 | 43 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos |
| 7106 | 44 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 (número de acciones) |
| 7106 | 45 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 Complemento en pesos |
| 7106 | 46 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 (número de acciones) |
| 7106 | 47 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos |
| 7106 | 48 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 (número de acciones) |
| 7106 | 49 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos |
| 7106 | 50 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 (número de acciones) |
| 7106 | 51 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos |
| 7106 | 72 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 (número de acciones) |
| 7106 | 75 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7106 | 73 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 (número de acciones) |
| 7106 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7106 | 74 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 (número de acciones) |
| 7106 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7106 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 (número de acciones) |
| 7106 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7106 | 83 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 (número de acciones) |
| 7106 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7106 | 84 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 (número de acciones) |
| 7106 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7106 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 (número de acciones) |
| 7106 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en Pesos |
| 7106 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 (número de acciones) |
| 7106 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en Pesos |
| 7106 | 90 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 (número de acciones) |
| 7106 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en Pesos |
| 7106 | 91 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 (número de acciones) |
| 7106 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en Pesos |
| 7106 | 92 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 (número de acciones) |
| 7106 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en Pesos |
| 7107 | 00 | Acciones de Siefores , posición propia |
| 7107 | 10 | Siefore Básica 1 (número de acciones) |
| 7107 | 11 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos |
| 7107 | 20 | Siefore Básica 2 (número de acciones) |
| 7107 | 21 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos |
| 7107 | 30 | Siefore Básica 3 (número de acciones) |
| 7107 | 31 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos |
| 7107 | 40 | Siefore Básica 4 (número de acciones) |
| 7107 | 41 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos |
| 7107 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones (número de acciones) |
| 7107 | 56 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones Complemento en pesos |
| 7107 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 (número de acciones) |
| 7107 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos |
| 7107 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 (número de acciones) |
| 7107 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos |
| 7107 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 (número de acciones) |
| 7107 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos |
| 7107 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 (número de acciones) |
| 7107 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos |
| 7107 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 (número de acciones) |
| 7107 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos |
| 7107 | 42 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6(número de acciones) |
| 7107 | 43 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos |
| 7107 | 44 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 (número de acciones) |
| 7107 | 45 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 Complemento en pesos |
| 7107 | 46 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 (número de acciones) |
| 7107 | 47 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos |
| 7107 | 48 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 (número de acciones) |
| 7107 | 49 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos |
| 7107 | 50 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 (número de acciones) |
| 7107 | 51 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos |
| 7107 | 72 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 (número de acciones) |
| 7107 | 75 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7107 | 73 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 (número de acciones) |
| 7107 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7107 | 74 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 (número de acciones) |
| 7107 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7107 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 (número de acciones) |
| 7107 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7107 | 83 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 (número de acciones) |
| 7107 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7107 | 84 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 (número de acciones) |
| 7107 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7107 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 (número de acciones) |
| 7107 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en Pesos |
| 7107 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 (número de acciones) |
| 7107 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en Pesos |
| 7107 | 90 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 (número de acciones) |
| 7107 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en Pesos |
| 7107 | 91 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 (número de acciones) |
| 7107 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en Pesos |
| 7107 | 92 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 (número de acciones) |
| 7107 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en Pesos |
| 7114 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores |
| 7114 | 01 | Siefore Básica 1 Retiro |
| 7114 | 02 | Siefore Básica 1 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7114 | 03 | Siefore Básica 1 Cuota Social |
| 7114 | 04 | Siefore Básica 1 SAR Anterior |
| 7114 | 08 | Siefore Básica 1 Ahorro Voluntario IMSS |
| 7114 | 09 | Siefore Básica 1 SAR ISSSTE 1992 |
| 7114 | 10 | Siefore Básica 1 RCV ISSSTE |
| 7114 | 11 | Siefore Básica 1 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
| 7114 | 12 | Siefore Básica 1 Ahorro Voluntario ISSSTE |
| 7114 | 06 | Cuenta de Pensión |
| 7114 | 13 | Siefore Básica 2 Retiro |
| 7114 | 14 | Siefore Básica 2 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7114 | 15 | Siefore Básica 2 Cuota Social |
| 7114 | 16 | Siefore Básica 2 SAR Anterior |
| 7114 | 20 | Siefore Básica 2 Ahorro Voluntario IMSS |
| 7114 | 21 | Siefore Básica 2 SAR ISSSTE 1992 |
| 7114 | 22 | Siefore Básica 2 RCV ISSSTE |
| 7114 | 23 | Siefore Básica 2 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
| 7114 | 24 | Siefore Básica 2 Ahorro Voluntario ISSSTE |
| 7114 | 25 | Siefore Básica 3 Retiro |
| 7114 | 26 | Siefore Básica 3 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7114 | 27 | Siefore Básica 3 Cuota Social |
| 7114 | 28 | Siefore Básica 3 SAR Anterior |
| 7114 | 32 | Siefore Básica 3 Ahorro Voluntario IMSS |
| 7114 | 33 | Siefore Básica 3 SAR ISSSTE 1992 |
| 7114 | 34 | Siefore Básica 3 RCV ISSSTE |
| 7114 | 35 | Siefore Básica 3 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
| 7114 | 36 | Siefore Básica 3 Ahorro Voluntario ISSSTE |
| 7114 | 37 | Siefore Básica 4 Retiro |
| 7114 | 38 | Siefore Básica 4 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7114 | 39 | Siefore Básica 4 Cuota Social |
| 7114 | 40 | Siefore Básica 4 SAR Anterior |
| 7114 | 44 | Siefore Básica 4 Ahorro Voluntario IMSS |
| 7114 | 45 | Siefore Básica 4 SAR ISSSTE 1992 |
| 7114 | 46 | Siefore Básica 4 RCV ISSSTE |
| 7114 | 47 | Siefore Básica 4 Aportaciones de Ahorro Voluntario Solidario ISSSTE |
| 7114 | 48 | Siefore Básica 4 Ahorro Voluntario ISSSTE |
| 7114 | 49 | Siefore Básica de Pensiones Retiro |
| 7114 | 50 | Siefore Básica de Pensiones Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7114 | 51 | Siefore Básica de Pensiones Cuota Social |
| 7114 | 52 | Siefore Básica de Pensiones SAR Anterior |
| 7114 | 53 | Siefore Básica de Pensiones Ahorro Voluntario IMSS |
| 7114 | 54 | Siefore Básica de Pensiones SAR ISSSTE 1992 |
| 7114 | 55 | Siefore Básica de Pensiones RCV ISSSTE |
| 7114 | 56 | Siefore Básica de Pensiones Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE |
| 7114 | 57 | Siefore Básica de Pensiones Ahorro Voluntario ISSSTE |
| 7114 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7114 | 71 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7114 | 72 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7114 | 73 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7114 | 74 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7114 | 75 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7114 | 76 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7114 | 77 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7114 | 78 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7114 | 79 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7114 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 7114 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 7114 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 7114 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 7114 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 7114 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 7114 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7114 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7114 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7114 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7114 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7115 | 00 | Complemento en pesos Acciones administradas por cuenta de trabajadores |
| 7115 | 01 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 |
| 7115 | 02 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 |
| 7115 | 03 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 |
| 7115 | 04 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 |
| 7115 | 05 | Complemento en pesos Siefore Básica de Pensiones |
| 7115 | 06 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7115 | 07 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7115 | 08 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7115 | 09 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7115 | 10 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7115 | 11 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7115 | 12 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7115 | 13 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7115 | 14 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7115 | 15 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7115 | 16 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 7115 | 17 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 7115 | 18 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 7115 | 19 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 7115 | 20 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 7115 | 21 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 7115 | 22 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7115 | 23 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7115 | 24 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7115 | 25 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7115 | 26 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7120 | 00 | Bancos cuentas administradas por cuenta de trabajadores |
| 7120 | 01 | Chequera 1 |
| 7120 | 02 | Chequera 2 |
| 7120 | 03 | Chequera 3 |
| 7120 | 04 | Chequera 4 |
| 7120 | 05 | Chequera 5 |
| 7120 | 06 | Chequera 6 |
| 7120 | 07 | Chequera 7 |
| 7120 | 08 | Chequera 8 |
| 7120 | 09 | Chequera 9 |
| 7120 | 10 | Chequera 10 |
| 7303 | 00 | Saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT |
| 7303 | 01 | Saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios administrados en AIV ´S por INFONAVIT |
| 7303 | 02 | Complemento en pesos por los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT |
| 7303 | 03 | Saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios administrados en AIV ´S por INFONAVIT |
| 7303 | 04 | Complemento en pesos por los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT |
| 7304 | 00 | Saldos en BANXICO de prestadoras de servicios |
| 7304 | 01 | Retiro |
| 7304 | 02 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez |
| 7304 | 03 | Cuota social |
| 7304 | 04 | Voluntarias |
| 7304 | 05 | SAR 1992 |
| 7304 | 06 | Complementarias |
| 7121 | 00 | Saldo de trabajadores administrados Régimen 10 ° Transitorio |
| 7121 | 01 | Saldos de trabajadores SAR 92 administrados - Régimen 10 ° Transitorio |
| 7121 | 02 | Saldos de trabajadores SAR ISSSTE administrados - Régimen 10 ° Transitorio |
| 7122 | 00 | Saldo de Trabajadores administrados en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA |
| 7122 | 01 | Saldos de trabajadores administrados SAR 92 |
| 7180 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Agentes Promotores propios |
| 7180 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses |
| 7180 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses |
| 7180 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones |
| 7180 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones |
| 7180 | 05 | Otras Remuneraciones variables |
| 7180 | 07 | Bonos de productividad |
| 7180 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario |
| 7180 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes |
| 7181 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios |
| 7181 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses |
| 7181 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses |
| 7181 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones |
| 7181 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones |
| 7181 | 05 | Otras Remuneraciones variables a empresas de servicios |
| 7181 | 07 | Bonos de productividad |
| 7181 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario |
| 7181 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes |
| 7182 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Comisionistas |
| 7182 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses |
| 7182 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses |
| 7182 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones |
| 7182 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones |
| 7182 | 05 | Otras Remuneraciones variables a comisionistas |
| 7182 | 07 | Bonos de productividad |
| 7182 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario |
| 7182 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes |
| 7183 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses |
| 7183 | 01 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores propios |
| 7183 | 02 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios |
| 7183 | 03 | Número total de traspasos efectuados por Comisionistas |
| 7184 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses |
| 7184 | 01 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores propios |
| 7184 | 02 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios |
| 7184 | 03 | Número total de traspasos efectuados por Comisionistas |
| 7185 | 00 | Número total de afiliaciones |
| 7185 | 01 | Número total de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores propios |
| 7185 | 02 | Número total de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios |
| 7185 | 03 | Número total de afiliaciones efectuadas por Comisionistas |
| 7186 | 00 | Número total de recertificaciones |
| 7186 | 01 | Número total de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores propios |
| 7186 | 02 | Número total de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios |
| 7186 | 03 | Número total de recertificaciones efectuadas por Comisionistas |
| 7186 | 04 | Número total de recertificaciones efectuadas a través de Call-Center |
| | | |
| Catálogo de Cuentas de Orden Acreedoras | ||
| Cuenta | Subcuenta | Cuenta de naturaleza acreedora |
| | | |
| 7203 | 00 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT |
| 7203 | 11 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s |
| 7203 | 12 | Vivienda INFONAVIT 97 Complemento en pesos |
| 7203 | 21 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s |
| 7203 | 22 | Vivienda INFONAVIT 92 Complemento en pesos |
| 7208 | 00 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE |
| 7208 | 11 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE 2008 en AIV ´s |
| 7208 | 12 | Vivienda FOVISSSTE 2008 complemento en pesos |
| 7208 | 21 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE 92 en AIV ´s |
| 7208 | 22 | Vivienda FOVISSSTE 92 complemento en pesos |
| 7204 | 00 | ISSSTE Bonos de pensión |
| 7204 | 01 | Valor devengado en UDIS - Bonos de Pensión del ISSSTE |
| 7204 | 02 | Bono de pensión del ISSSTE complemento en pesos |
| 7204 | 03 | Valor de redención - Bonos de Pensión del ISSSTE |
| 7204 | 04 | Valor de redención - Complemento en pesos Bonos de Pensión del ISSSTE |
| 7206 | 00 | Posición de terceros, acciones de Siefores |
| 7206 | 10 | Número de acciones Siefore Básica 1 |
| 7206 | 11 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 |
| 7206 | 20 | Número de acciones Siefore Básica 2 |
| 7206 | 21 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 |
| 7206 | 30 | Número de acciones Siefore Básica 3 |
| 7206 | 31 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 |
| 7206 | 40 | Número de acciones Siefore Básica 4 |
| 7206 | 41 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 |
| 7206 | 55 | Número de acciones Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 7206 | 56 | Complemento en pesos Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 7206 | 60 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7206 | 66 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7206 | 61 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7206 | 67 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7206 | 62 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7206 | 68 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7206 | 63 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7206 | 69 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7206 | 64 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7206 | 70 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7206 | 42 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7206 | 43 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7206 | 44 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7206 | 45 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7206 | 46 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7206 | 47 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7206 | 48 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7206 | 49 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7206 | 50 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7206 | 51 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7206 | 72 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 7206 | 75 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 |
| 7206 | 73 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 7206 | 80 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 |
| 7206 | 74 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 7206 | 81 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 |
| 7206 | 82 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 7206 | 85 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 |
| 7206 | 83 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 7206 | 86 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 |
| 7206 | 84 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 7206 | 87 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 |
| 7206 | 88 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7206 | 93 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7206 | 89 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7206 | 94 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7206 | 90 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7206 | 95 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7206 | 91 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7206 | 96 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7206 | 92 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7206 | 97 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7207 | 00 | Posición propia, acciones en Siefores |
| 7207 | 10 | Número de acciones Siefore Básica 1 |
| 7207 | 11 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 |
| 7207 | 20 | Número de acciones Siefore Básica 2 |
| 7207 | 21 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 |
| 7207 | 30 | Número de acciones Siefore Básica 3 |
| 7207 | 31 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 |
| 7207 | 40 | Número de acciones Siefore Básica 4 |
| 7207 | 41 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 |
| 7207 | 55 | Número de acciones Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 7207 | 56 | Complemento en pesos Sociedad de Inversión Básica de Pensiones |
| 7207 | 60 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7207 | 66 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 |
| 7207 | 61 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7207 | 67 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 |
| 7207 | 62 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7207 | 68 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 |
| 7207 | 63 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7207 | 69 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 |
| 7207 | 64 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7207 | 70 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 |
| 7207 | 42 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7207 | 43 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 |
| 7207 | 44 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7207 | 45 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7207 | 46 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7207 | 47 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 |
| 7207 | 48 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7207 | 49 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 |
| 7207 | 50 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7207 | 51 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 7207 | 72 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 |
| 7207 | 75 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 |
| 7207 | 73 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 7207 | 80 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 |
| 7207 | 74 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 |
| 7207 | 81 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 |
| 7207 | 82 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 |
| 7207 | 85 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 |
| 7207 | 83 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 |
| 7207 | 86 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 |
| 7207 | 84 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 |
| 7207 | 87 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 |
| 7207 | 88 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7207 | 93 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 |
| 7207 | 89 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7207 | 94 | Complemento en Pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 |
| 7207 | 90 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7207 | 95 | Complemento en Pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 |
| 7207 | 91 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7207 | 96 | Complemento en Pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 |
| 7207 | 92 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7207 | 97 | Complemento Pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 |
| 7214 | 00 | Administración de acciones por cuenta de trabajadores |
| 7214 | 01 | Retiro Siefore Básica 1 |
| 7214 | 02 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 1 |
| 7214 | 03 | Cuota social Siefore Básica 1 |
| 7214 | 04 | SAR Anterior Siefore Básica 1 |
| 7214 | 08 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 1 |
| 7214 | 09 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 1 |
| 7214 | 10 | RCV ISSSTE Siefore Básica 1 |
| 7214 | 11 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 1 |
| 7214 | 12 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 1 |
| 7214 | 06 | Cuenta de Pensión |
| 7214 | 13 | Retiro Siefore Básica 2 |
| 7214 | 14 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 2 |
| 7214 | 15 | Cuota Social Siefore Básica 2 |
| 7214 | 16 | SAR Anterior Siefore Básica 2 |
| 7214 | 20 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 2 |
| 7214 | 21 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 2 |
| 7214 | 22 | RCV ISSSTE Siefore Básica 2 |
| 7214 | 23 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 2 |
| 7214 | 24 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 2 |
| 7214 | 25 | Retiro Siefore Básica 3 |
| 7214 | 26 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 3 |
| 7214 | 27 | Cuota Social Siefore Básica 3 |
| 7214 | 28 | SAR Anterior Siefore Básica 3 |
| 7214 | 32 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 3 |
| 7214 | 33 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 3 |
| 7214 | 34 | RCV ISSSTE Siefore Básica 3 |
| 7214 | 35 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 3 |
| 7214 | 36 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 3 |
| 7214 | 37 | Retiro Siefore Básica 4 |
| 7214 | 38 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 4 |
| 7214 | 39 | Cuota Social Siefore Básica 4 |
| 7214 | 40 | SAR Anterior Siefore Básica 4 |
| 7214 | 44 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 4 |
| 7214 | 45 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 4 |
| 7214 | 46 | RCV ISSSTE Siefore Básica 4 |
| 7214 | 47 | Aportaciones de Ahorro Voluntario Solidario ISSSTE Siefore Básica 4 |
| 7214 | 48 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 4 |
| 7214 | 49 | Retiro Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 50 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 51 | Cuota Social Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 52 | SAR Anterior Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 53 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 54 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 55 | RCV ISSSTE Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 56 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 57 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica de Pensiones |
| 7214 | 70 | Fondos de Previsión Social - Siefore 1 |
| 7214 | 71 | Fondos de Previsión Social - Siefore 2 |
| 7214 | 72 | Fondos de Previsión Social - Siefore 3 |
| 7214 | 73 | Fondos de Previsión Social - Siefore 4 |
| 7214 | 74 | Fondos de Previsión Social - Siefore 5 |
| 7214 | 75 | Fondos de Previsión Social - Siefore 6 |
| 7214 | 76 | Fondos de Previsión Social - Siefore 7 |
| 7214 | 77 | Fondos de Previsión Social - Siefore 8 |
| 7214 | 78 | Fondos de Previsión Social - Siefore 9 |
| 7214 | 79 | Fondos de Previsión Social - Siefore 10 |
| 7214 | 80 | De Corto Plazo 1 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 81 | De Corto Plazo 2 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 82 | De Corto Plazo 3 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 85 | De Largo Plazo 1 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 86 | De Largo Plazo 2 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 87 | De Largo Plazo 3 Siefore de Ahorro Voluntario |
| 7214 | 93 | Fondos de Previsión Social - Siefore 11 |
| 7214 | 94 | Fondos de Previsión Social - Siefore 12 |
| 7214 | 95 | Fondos de Previsión Social - Siefore 13 |
| 7214 | 96 | Fondos de Previsión Social - Siefore 14 |
| 7214 | 97 | Fondos de Previsión Social - Siefore 15 |
| 7215 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores complemento en pesos |
| 7215 | 01 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos |
| 7215 | 02 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos |
| 7215 | 03 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos |
| 7215 | 04 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos |
| 7215 | 05 | Siefore de Pensiones Complemento en pesos |
| 7215 | 06 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos |
| 7215 | 07 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos |
| 7215 | 08 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos |
| 7215 | 09 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos |
| 7215 | 10 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos |
| 7215 | 11 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos |
| 7215 | 12 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 |
| 7215 | 13 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos |
| 7215 | 14 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos |
| 7215 | 15 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos |
| 7215 | 16 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7215 | 17 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7215 | 18 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7215 | 19 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 Complemento en pesos |
| 7215 | 20 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 Complemento en pesos |
| 7215 | 21 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 Complemento en pesos |
| 7215 | 22 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en pesos |
| 7215 | 23 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en pesos |
| 7215 | 24 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en pesos |
| 7215 | 25 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en pesos |
| 7215 | 26 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en pesos |
| 7220 | 00 | Administración de Bancos por cuenta de trabajadores |
| 7220 | 01 | 1 Chequera |
| 7220 | 02 | 2 Chequera |
| 7220 | 03 | 3 Chequera |
| 7220 | 04 | 4 Chequera |
| 7220 | 05 | 5 Chequera |
| 7220 | 06 | 6 Chequera |
| 7220 | 07 | 7 Chequera |
| 7220 | 08 | 8 Chequera |
| 7220 | 09 | 9 Chequera |
| 7220 | 10 | 10 Chequera |
| 7403 | 00 | Administración por INFONAVIT de saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios |
| 7403 | 01 | Administración en AIV ´s de los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT |
| 7403 | 02 | Administración de los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT Complemento en pesos |
| 7403 | 03 | Administración en AIV ´s de los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT |
| 7403 | 04 | Administración de los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT Complemento en pesos |
| 7404 | 00 | Prestadora de servicios Saldos en BANXICO |
| 7404 | 01 | Retiro |
| 7404 | 02 | Vejez y Cesantía en Edad Avanzada |
| 7404 | 03 | Cuota social |
| 7404 | 04 | Voluntarias |
| 7404 | 05 | SAR 1992 |
| 7404 | 06 | Complementarias |
| 7221 | 00 | Administración de saldos de trabajadores Régimen 10 ° Transitorio |
| 7221 | 01 | Administración SAR 92 de Saldos de Trabajadores - Régimen 10 ° Transitorio |
| 7221 | 02 | Administración SAR ISSSTE de Saldos de trabajadores - Régimen 10 ° Transitorio |
| 7222 | 00 | Administración de Saldos de Trabajadores en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA |
| 7222 | 01 | Administración de Saldos de trabajadores SAR 92 |
| 7280 | 00 | Agentes Promotores Propios - Remuneraciones variables pagadas |
| 7280 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7280 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7280 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables |
| 7280 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables |
| 7280 | 05 | Remuneraciones Variables Otras |
| 7280 | 07 | Productividad Bonos |
| 7280 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones |
| 7280 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones |
| 7281 | 00 | Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios - Remuneraciones variables pagadas |
| 7281 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7281 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7281 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables |
| 7281 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables |
| 7281 | 05 | Remuneraciones Variables Otras -Empresas de servicios |
| 7281 | 07 | Productividad Bonos |
| 7281 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones |
| 7281 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones |
| 7282 | 00 | Comisionistas - Remuneraciones variables pagadas |
| 7282 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7282 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables |
| 7282 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables |
| 7282 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables |
| 7282 | 05 | Remuneraciones Variables Otras -Comisionistas |
| 7282 | 07 | Productividad Bonos |
| 7282 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones |
| 7282 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones |
| 7283 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | |||
| 7283 | 01 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores Propios | |||
| 7283 | 02 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | |||
| 7283 | 03 | Total de número de traspasos efectuados por Comisionistas | |||
| 7284 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | |||
| 7284 | 01 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores Propios | |||
| 7284 | 02 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | |||
| 7284 | 03 | Total de número de traspasos efectuados por Comisionistas | |||
| 7285 | 00 | Total de número de afiliaciones | |||
| 7285 | 01 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | |||
| 7285 | 02 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | |||
| 7285 | 03 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Comisionistas | |||
| 7286 | 00 | Total de número de Recertificaciones | |||
| 7286 | 01 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | |||
| 7286 | 02 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | |||
| 7286 | 03 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Comisionistas | |||
| 7286 | 04 | Número total de recertificaciones efectuadas a través de Call-Center | |||
| ANEXO B | |||||
| Guías de Registro de Cuentas de Estado de Situación Financiera Guía de registro de cuentas de activo | |||||
| Cuenta | Subcuenta | Concepto | Descripción | ||
| 1101 | 00 | Caja | "Efectivo y equivalentes de efectivo" Se registrará el efectivo en monedas y billetes disponibles de manera inmediata para la Administradora. | ||
| 1102 | 00 | Bancos | "Efectivo y equivalentes de efectivo" Se registrará el monto de las comisiones cobradas por cada una de las sociedades de inversión que administra, y en su caso, rendimientos que pudiera originar la chequera, así como las operaciones a que hace referencia la NIF C-1. Los montos de los cheques depositados no cobrados provenientes de operaciones con proveedores y acreedores, después de dos días hábiles así como el de aquellos que se hayan devuelto deberán revertirse contra la partida que les dio origen. | ||
| 1103 | 00 | Inversiones del disponible a la vista | "Efectivo y equivalentes de efectivo" Se registrarán las operaciones por inversiones o valores a muy corto plazo. | ||
| 1230 | 00 | Inversiones en instrumentos financieros | "Inversiones en instrumentos financieros" | ||
| 1230 | 01 | Inversiones en títulos de deuda con fines de negociación | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en instrumentos financieros en los que desde el momento de invertir en ellos, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo y en fechas anteriores a su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de los intereses devengados pendientes de cobro provenientes de inversiones en títulos de deuda con fines de negociación, reconociéndolos en el estado de resultados del período en que se devenguen de conformidad con el boletín correspondiente. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en títulos de deuda con fines de negociación, que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 02 | Inversiones en títulos de deuda disponibles para su venta | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en instrumentos financieros en los que desde el momento de invertir en ellos, se tenga la intención de negociarlos a mediano plazo y en fechas anteriores a su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo con el boletín respectivo. Se registrará el importe de los intereses devengados pendientes de cobro provenientes de inversiones en títulos de deuda disponibles para su venta, reconociéndolos en el estado de resultados del período en que se devenguen de conformidad con el boletín correspondiente. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en títulos de deuda con fines de negociación, que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 03 | Inversiones en títulos de deuda conservados a vencimiento a corto plazo | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en instrumentos financieros en los que desde el momento de invertir en ellos, se tenga la intención comprobada de mantener dicha inversión hasta su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo con el boletín respectivo. Se registrará el importe de los intereses devengados pendientes de cobro provenientes de inversiones en títulos de deuda conservados al vencimiento a corto plazo, reconociéndolos en el estado de resultados del período en que se devenguen de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 04 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 1 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 1" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en la "Siefore Básica 1", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 05 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 2 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 2" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en la "Siefore Básica 2", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 06 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 3 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 3" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en la "Siefore Básica 3", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 07 | Inversiones con fines de negociación Siefore básica 4 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 4" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en la "Siefore Básica 4", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 08 | Inversiones con fines de negociación Siefore Básica de Pensiones | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un corto plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 09 | Inversiones con fines de negociación (Siefores para Fondos de Previsión Social) | Se registrará la inversión de excedente en tesorería de las "Siefores para Fondos de Previsión Social", en el que desde el momento de invertir, se tiene la intención de negociarlos en un corto plazo y en fechas anteriores a su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en las "Siefores para Fondos de Previsión Social", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 10 | Inversiones con fines de negociación (Siefores de ahorro voluntario) | Se registrará la inversión de excedente en tesorería en las "Siefores de ahorro voluntario", en el que desde el momento de invertir, se tiene la intención de negociarlos en un corto o largo plazo y en fechas anteriores a su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones con fines de negociación en las " Siefores de ahorro voluntario", que se determinará entre el: valor de adquisición ( por reconocimiento inicial) contra su valor razonables ( a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurra, de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 11 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 1 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 1" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones disponibles para su venta en la "Siefore Básica 1", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 12 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 2 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 2" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones disponibles para su venta en la "Siefore Básica 2", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 13 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 3 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 3" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones disponibles para su venta en la "Siefore Básica 3", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 14 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore básica 4 | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Siefore Básica 4" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones disponibles para su venta en la "Siefore Básica 4", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 15 | Inversiones disponibles para su venta en la Siefore Básica de Pensiones | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en instrumentos de capital disponibles para su venta en la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 16 | Inversiones disponibles para su venta (Siefores para Fondos de Previsión Social) | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en las "Siefores para Fondos de Previsión Social" en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos en un mediano plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones disponibles para su venta en las "Siefores para Fondos de Previsión Social", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1230 | 17 | Inversiones disponibles para su venta (Siefores de ahorro voluntario) | Se registrarán las inversiones de excedentes en tesorería en las "Siefores de Ahorro Voluntario " en los que desde el momento de invertir en la misma, se tenga la intención de negociarlos a corto o largo plazo. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo al boletín respectivo. Se registrará el importe de la diferencia por valuación a valor razonable de las inversiones en instrumentos de capital disponibles para su venta en las "Siefores de Ahorro Voluntario ", que se determinará entre el: valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable (a la fecha de valuación), la cual deberá registrarse por su correspondiente efecto por posición monetaria bajo el concepto de plusvalía (minusvalía) de instrumentos disponibles para su venta dentro del capital contable conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1231 | 00 | Inversiones en instrumentos de deuda a largo plazo | "Instrumentos financieros a largo plazo" |
| 1231 | 01 | Inversiones en títulos de deuda conservados al vencimiento | Se registrarán las inversiones a largo plazo (mayores a un año) de excedentes en tesorería en instrumentos financieros en los que desde el momento de invertir en ellos, se tenga la intención comprobada de mantener dicha inversión hasta su vencimiento. En su registro o reconocimiento inicial deberán ser valuados a su costo de adquisición (precio de la transacción) de acuerdo con el boletín respectivo. Se registrará el importe de los intereses devengados pendientes de cobro provenientes por inversiones en títulos de deuda conservados a vencimiento a largo plazo, reconociéndolos en el estado de resultados del período en que se devenguen de conformidad con el boletín correspondiente. |
| 1232 | 00 | Inversiones en la reserva especial | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1232 | 10 | Siefore básica 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 1" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 20 | Siefore básica 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 2" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 30 | Siefore básica 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 3" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 40 | Siefore básica 4 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 4" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica de Pensiones" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 1" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 2" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 3" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 4" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 5" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 6" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 7" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 8" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 9" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 10" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 83 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 11" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 84 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 12" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 13" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 14" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1232 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 15" considerando al menos el monto requerido de conformidad con lo señalado en la regulación vigente emitida por la CONSAR, sin exceder el margen de maniobra definido por la Administradora para hacer frente a fluctuaciones en el valor de los fondos. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias", como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 00 | Inversiones en capital social mínimo de SIEFORES | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1233 | 10 | Siefore básica 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 1" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 20 | Siefore básica 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 2" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 30 | Siefore básica 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 3" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 40 | Siefore básica 4 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore Básica 4" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 55 | Siefore Básica de Pensiones | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 1" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 2" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 3" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 4" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 5" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 6" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 7" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 8" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 9" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 10" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a corto plazo 1" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a corto plazo 2" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a corto plazo 3" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a largo plazo 1" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a largo plazo 2" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore de Ahorro Voluntario a largo plazo 3" por el monto del capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados "Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 83 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 11" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 84 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 12" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 13" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 14" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1233 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará la inversión hecha por la Administradora en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 15" por el monto del de capital mínimo fijo pagado en cumplimiento con la regulación vigente emitida por la CONSAR. Esta inversión será considerada dentro del rubro de "inversiones permanentes en acciones" valuadas a su costo de adquisición con base en el método de participación, reconociendo su efecto por valuación en el estado de resultados " Participación en los resultados de subsidiarias" como lo establecen las NIF ´s que le son aplicables. |
| 1301 | 00 | Deudores diversos | "Deudores diversos" Se registrarán todas aquellas transacciones de cuentas y documentos pendientes de cobro que por su origen no se encuentren contempladas dentro de alguna de las otras cuentas por cobrar dentro del catálogo, tales como deudores por: activo fijo, impuestos pagados de más, reclamaciones, entre otros o bien a cargo de otros deudores, debiéndose agrupar por concepto y de acuerdo a su importancia de conformidad con la NIF correspondiente. |
| 1302 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a corto plazo | "Partes relacionadas" Se registrarán las operaciones de cuentas y documentos pendientes de cobro a corto plazo a cargo de subsidiarias y asociadas de conformidad con lo establecido con la NIF referente a partes relacionadas. |
| 1310 | 00 | Comisiones por cobrar | "Partes relacionadas" |
| 1310 | 10 | Siefore básica 1 | Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la "Siefore 1", de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
| 1310 | 20 | Siefore básica 2 | Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la "Siefore 2", de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
| 1310 | 30 | Siefore básica 3 | Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la "Siefore 3", de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
| 1310 | 40 | Siefore básica 4 | Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la "Siefore 4", de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
| 1310 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrarán las comisiones pendientes de cobro por servicios prestados por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de la "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones", de acuerdo al porcentaje autorizado, de conformidad con lo establecido en la regulación vigente y en la NIF correspondiente. |
| 1310 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 1. |
| 1310 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 2. |
| 1310 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 3. |
| 1310 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 4. |
| 1310 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 5. |
| 1310 | 65 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 6. |
| 1310 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 7. |
| 1310 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 8. |
| 1310 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 9. |
| 1310 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 10. |
| 1310 | 70 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 1 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de corto plazo 1". |
| 1310 | 71 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 2 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de corto plazo 2". |
| 1310 | 72 | Siefore de ahorro voluntario de corto plazo 3 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de corto plazo 3". |
| 1310 | 80 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 1 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de largo plazo 1". |
| 1310 | 81 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 2 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de largo plazo 2". |
| 1310 | 82 | Siefore de ahorro voluntario de largo plazo 3 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores, de acuerdo al porcentaje autorizado para la "Siefore de Ahorro Voluntario de largo plazo 3". |
| 1310 | 83 | Por servicios de administración ICEFA- ISSSTE | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios en la administración a trabajadores del sector público que optaron por el Art. 10 Transitorio de la LISSSTE (ICEFAS). |
| 1310 | 84 | Sobre saldos de prestadoras de servicios | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios por la administración de la información de trabajadores no registrados ni asignados. |
| 1310 | 85 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 11. |
| 1310 | 86 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 12. |
| 1310 | 87 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 13. |
| 1310 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 14. |
| 1310 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrarán las comisiones por la prestación de servicios a Fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas para la Siefore para Fondos de Previsión Social 15. |
| 1311 | 00 | Adeudos de funcionarios y empleados | "Deudores diversos" |
| 1311 | 01 | De funcionarios | Se registrarán todas aquellas transacciones de adeudos de funcionarios pendientes de cobro distintas de aquellas cuentas por cobrar generadas por la operación de la Administradora, tales como: préstamos, por gastos de viaje por comprobar, entre otros, debiéndose agrupar por concepto y de acuerdo a su importancia de conformidad con la NIF correspondiente. |
| 1311 | 02 | De empleados | Se registrarán todas aquellas transacciones de adeudos de empleados pendientes de cobro distintas de aquellas cuentas por cobrar generadas por la operación de la Administradora, tales como: préstamos, por gastos de viaje por comprobar, entre otros, debiéndose agrupar por concepto y de acuerdo a su importancia de conformidad con la NIF correspondiente. |
| 1312 | 00 | Impuestos por recuperar y/o acreditar | "Impuestos por recuperar" |
| 1312 | 01 | I.S.R. | Se registrará el importe del Impuesto Sobre la Renta a favor de la Administradora pendiente de recuperar o compensar contra el impuesto causado en el ejercicio fiscal de acuerdo con lo establecido en la regulación fiscal y con lo señalado en la NIF respectiva. |
| 1312 | 02 | I.V.A. | Se registrará el importe del Impuesto al Valor Agregado trasladado a la Administradora proveniente por compra de bienes y/o prestación de servicios pendientes de acreditar al momento de su pago contra IVA causado de conformidad con lo establecido en la regulación fiscal y NIF respectiva. |
| 1312 | 03 | I.A. | Se registrará el importe del Impuesto al Activo a favor de la Administradora que a la fecha se tenga pendiente de recuperar de conformidad con lo establecido en la regulación fiscal y con lo señalado en las NIF respectiva. |
| 1312 | 04 | Crédito al salario | Se registrará el importe del crédito al salario o del subsidio para el empleo, pagados por la Administradora por acreditar. |
| 1401 | 00 | Inversiones permanentes | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1401 | 01 | Otras inversiones permanentes en Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional del SAR | Se registrará la inversión en acciones de la Administradora hecha en las operadoras de las bases de datos, teniendo el carácter de inversión permanente en la que tiene control o influencia significativa, por lo que deberá valuarse a su costo de adquisición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1401 | 02 | Otras empresas de servicios | Se registrarán las inversiones hechas por la Administradora en empresas de servicios para ejercer control, control conjunto o influencia significativa y con el derecho de participar en los beneficios y riesgos económicos de los activos netos de las empresas. Estas inversiones se valúan inicialmente a su costo de adquisición y posteriormente a través del método de participación de acuerdo con lo establecido en la NIF que es aplicable. Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de inversiones en empresas de servicios de conformidad con lo establecido en el NIF correspondiente. |
| 1402 | 00 | Inversiones de reserva para pensiones del personal y prima de antig | "Inversiones en instrumentos financieros" |
| 1402 | 01 | Inversiones de reserva para pensiones del personal y prima de antig | Se registrará el importe de los recursos que han sido específicamente destinados para cubrir los beneficios al retiro, y por la terminación a largo plazo. Son recursos restringidos a través de un fideicomiso para que sólo puedan ser utilizados para el pago de obligaciones al retiro y en algunos casos para el pago de los beneficios mencionados de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 00 | Mobiliario y equipo | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1501 | 01 | De oficina | Se registrará el costo de adquisición del mobiliario y equipo de oficina, incluyendo los costos de transporte, de instalación, derechos y gastos de importación, seguros de transporte, almacenaje, etcétera, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 02 | De cómputo electrónico | Se registrará el costo de adquisición del equipo de cómputo electrónico, incluyendo los costos de transporte, de instalación, derechos y gastos de importación, seguros de transporte, almacenaje, etcétera, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 03 | Periférico de cómputo electrónico | Se registrará el costo de adquisición del equipo periférico de cómputo electrónico, incluyendo los costos de transporte, de instalación, derechos y gastos de importación, seguros de transporte, almacenaje, etcétera, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 04 | Telecomunicaciones | Se registrará el costo de adquisición del equipo de telecomunicaciones, incluyendo los costos de transporte, de instalación, derechos y gastos de importación, seguros de transporte, almacenaje, etcétera, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 81 | Actualización | Se efectuará el registro de los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de mobiliario y equipo de oficina de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 82 | Actualización | Se efectuará el registro de los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de equipo de cómputo de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 83 | Actualización | Se efectuará el registro de los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de equipo periférico de cómputo electrónico de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1501 | 84 | Actualización | Se efectuará el registro de los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de equipo de telecomunicaciones de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1502 | 00 | Equipo de transporte | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1502 | 01 | Histórico | Se registrará el costo de adquisición del equipo de transporte, incluyendo los costos de transporte, de instalación, derechos y gastos de importación, seguros de transporte, almacenaje, etcétera, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1502 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de equipo de transporte, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1503 | 00 | Inmuebles | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1503 | 01 | Terrenos | Se registrará el costo de adquisición de los terrenos, incluyendo el precio de adquisición, honorarios y gastos notariales, indemnizaciones o privilegios pagados sobre la propiedad a terceros, comisiones a agentes, impuestos de translación de dominio, honorarios de abogados y gastos de localización; además, deben incluirse los costos por demoliciones, limpia y desmonte, drenaje, calles y otros costos de urbanización para su uso; así como reconstrucción en otra parte, de propiedades de terceras personas que se encontraban localizadas en el terreno, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1503 | 02 | Edificios | Se registrará el costo de adquisición de los edificios incluyendo la construcción, instalaciones y equipo de carácter permanente; asimismo, deben considerarse dentro del costo de adquisición, conceptos como: permiso de construcción, honorarios de arquitectos e ingenieros, costo de planeación e ingeniería, gastos legales y notariales, comisiones a agentes, impuestos de traslación de dominio, honorarios de abogados y gastos de ubicación; además, gastos de supervisión y de administración de la obra, devengados para llevar a cabo la construcción, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1503 | 80 | Actualización | Registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de inmuebles (de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva.). |
| 1504 | 00 | Bienes muebles en adquisición - Arrendamiento financiero | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1504 | 01 | Histórico | Se registrarán los bienes muebles adquiridos mediante arrendamiento financiero que de acuerdo a los términos contractuales sean capitalizables, al valor que se determine de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1504 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de bienes muebles adquiridos en arrendamiento financieros de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1505 | 00 | Bienes inmuebles en adquisición - Arrendamiento financiero | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1505 | 01 | Histórico | Se registrarán los bienes inmuebles adquiridos mediante arrendamiento financiero que de acuerdo a los términos contractuales sean capitalizables, al valor que se determine de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1505 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de bienes muebles adquiridos en arrendamiento financieros (de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1603 | 00 | Adaptaciones y mejoras | "Inmuebles, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1603 | 01 | Adaptaciones y mejoras | Se registrarán los desembolsos que tienen el efecto de aumentar el valor de un activo fijo existente, ya sea porque aumentan su capacidad de servicio, su eficiencia, prolongan su vida útil o ayudan a reducir sus costos de operación futuros, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1603 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de adaptaciones y mejoras de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1603 | 03 | Adaptaciones a locales arrendados | Se registrarán los desembolsos que tienen el efecto de aumentar el valor de un local arrendado, ya sea porque aumentan su capacidad de servicio, su eficiencia, prolongan su vida útil o ayudan a reducir sus costos de operación futuros, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1603 | 04 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de adaptaciones a locales arrendados de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1601 | 00 | Pagos anticipados a corto plazo | "Pagos anticipados" |
| 1601 | 01 | Gastos anticipados por rentas | Se registrará el importe de las rentas pagadas de oficinas, locales o equipos en arrendamiento para el desarrollo de su operación y que se encuentran pendientes de devengar en un periodo menor a un año, de conformidad con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1601 | 02 | Gastos anticipados por seguros y fianzas | Se registrará el importe de las primas de seguros y fianzas pagadas y contratados pendientes de devengar en un periodo menor a un año, de acuerdo con lo establecido con la NIF respectiva. |
| 1601 | 03 | Gastos anticipados publicidad | Se registrarán los anticipos pagados por concepto de servicios de: publicidad y patrocinio, promoción y marketing pagados a agencias de mercadotecnia y publicidad, por la asesoría en estrategias mercadológicas, encuestas y/o investigaciones de mercado pendientes de recibir en plazo menor a un año, mismas que deberán agruparse por concepto y de acuerdo a su importancia de acuerdo con lo establecido con la NIF que sea aplicable. |
| 1601 | 04 | Gastos anticipados contratos de mantenimiento | Se registrarán los anticipos pagados por concepto de servicios de reparación y gastos de mantenimiento a equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados por recibir en plazo menor a un año de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1601 | 05 | Gastos anticipados por pagos provisionales de impuestos | Se registrará el importe de los pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta e Impuesto Empresarial a Tasa Única que la Administradora realice en conformidad con las disposiciones fiscales y NIF respectiva. |
| 1601 | 06 | Gastos anticipados por otros conceptos | Se registrarán los anticipos pagados por otros conceptos de servicios y gastos distintos a gastos anticipados por rentas, publicidad, seguros, mantenimiento señalados en otras subcuentas, pendientes de recibir o devengar a un plazo menor a un año, mismos que deberá agruparse por concepto y de acuerdo a su importancia de conformidad con la NIF que es aplicable. |
| 1602 | 00 | Pagos anticipados a largo plazo | "Pagos anticipados - largo plazo" |
| 1602 | 01 | Gastos anticipados por rentas | Se registrará el importe de las rentas pagadas de oficinas, locales o equipos tomados en arrendamiento para el desarrollo de su operación y que se encuentran pendientes de devengar en un periodo mayor a un año, de conformidad con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1602 | 02 | Gastos anticipados por seguros y fianzas | Se registrará el importe de las primas de seguros y fianzas pagadas y contratados pendientes de devengar en un periodo mayor a un año, de acuerdo con lo establecido con la NIF respectiva. |
| 1602 | 03 | Gastos anticipados publicidad | Se registrarán los anticipos pagados por concepto de servicios de: publicidad y patrocinio, promoción y marketing pagados a agencias de mercadotecnia y publicidad, por la asesoría en estrategias mercadológicas, encuestas y/o investigaciones de mercado pendientes de recibir en plazo mayor a un año, mismas que deberán agruparse por concepto y de acuerdo a su importancia de acuerdo con lo establecido con la NIF que sea aplicable. |
| 1602 | 04 | Gastos anticipados contratos de mantenimiento | Se registrarán los anticipos pagados por concepto de servicios de reparación y gastos de mantenimiento a equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados por recibir en plazo mayor a un año de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1602 | 05 | Gastos anticipados por otros conceptos | Se registrarán los anticipos pagados por otros conceptos de servicios y gastos distintos a gastos anticipados por rentas, publicidad, seguros, mantenimiento señalados en otras subcuentas, pendientes de recibir o devengar a un plazo mayor a un año, mismos que deberá agruparse por concepto y de acuerdo a su importancia de conformidad con la NIF que es aplicable. |
| 1607 | 00 | Impuestos diferidos - Activo | "Impuestos diferidos" |
| 1607 | 01 | Impuesto diferido - Activo | Se registrará el importe del Impuesto Sobre la Renta o el importe del Impuesto Empresarial a Tasa Única, recuperable en periodos futuros derivado de diferencias temporales acumulables, conforme a las disposiciones establecidas en la NIF respectiva. |
| 1608 | 00 | Crédito mercantil | "Crédito Mercantil" |
| 1608 | 01 | Histórico | Se registrará el importe del crédito mercantil sobre el negocio adquirido, determinado cuando la suma de la contraprestación pagada en la adquisición y la participación de la no controladora, ambos valuados a su valor razonable, es mayor que el monto de los activos netos del negocio adquirido. Las pruebas de deterioro en el futuro deben aplicarse a la totalidad del crédito reconocido y no solo a la de la parte controladora de conformidad con la NIF respectiva. Deterioro: Cuando los beneficios económicos futuros, o sea, su valor de recuperación, son menores a su "valor neto en libros" de acuerdo con lo establecido en la NIF aplicable. |
| 1608 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de crédito mercantil de acuerdo lo establecido en la NIF correspondiente. |
| 1606 | 00 | Activos intangibles | "Activos intangibles - Neto" |
| 1606 | 01 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual | Se registrará el efectivo y/o equivalentes de efectivo pagados como costo inicial y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de los activos intangibles de vida definida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual (de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva.). |
| 1606 | 03 | Activos intangibles de vida indefinida adquiridos en forma individual | Se registrará el efectivo y/o equivalentes de efectivo pagados como costo inicial y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de los activos intangibles de vida indefinida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal no establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 04 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida indefinida adquiridos en forma individual de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1606 | 05 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios | Se registrará el valor razonable de adquisición y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de cada activo identificable en una adquisición de negocio, que sean de vida definida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 06 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1606 | 07 | Activos intangibles de vida indefinida adquiridos en una adquisición de negocios | Se registrará el valor razonable de adquisición y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de cada activo identificable en una adquisición de negocio, que sean de vida indefinida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal no establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 08 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida indefinida adquiridos en una adquisición de negocios de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1606 | 09 | Activos intangibles de vida definida generados internamente | Se registrarán las erogaciones efectuadas para el desarrollo de activos y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de los activos intangibles de vida definida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 10 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida definida generados internamente, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 1606 | 11 | Activos intangibles de vida indefinida generados internamente | Se registrarán las erogaciones efectuadas para el desarrollo de activos y su posterior valuación de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, de los activos intangibles de vida indefinida (Patentes, marcas registradas, licencias y permisos, etc., cuya vigencia legal no establezca un plazo que limite su vida útil). Dichos activos deberán cumplir con los siguientes elementos: 1) Cuantificable 2) Intangible 3) Debe proporcionar beneficios económicos futuros 4) Control sobre dichos beneficios |
| 1606 | 12 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de activos intangibles de vida indefinida generados internamente (de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva.). |
| 1604 | 00 | Depósitos en garantía | "Otros Activos" |
| 1604 | 01 | Depósitos en garantía por rentas | Se registrará el importe que se deje en guarda para garantizar el arrendamiento de oficinas, locales o equipos en tanto se mantenga la vigencia de los contratos de acuerdo con estipulado en la NIF respectiva. |
| 1604 | 02 | Depósitos en garantía por líneas telefónicas | Se registrará el importe que se dejan en guarda para garantizar el arrendamiento de del equipo telefónico de acuerdo con estipulado en la NIF respectiva. |
| 1604 | 03 | Otros depósitos en garantía | Se registrará el importe que se dejan en guarda para garantizar conceptos distintos a los de las subcuentas anteriores de acuerdo con estipulado en la NIF respectiva. |
| 1801 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a largo plazo | "Partes relacionadas Largo Plazo" |
| 1801 | 10 | Deudores diversos con partes relacionadas a largo plazo | Se registrarán las operaciones de cuentas y documentos pendientes de cobro a largo plazo a cargo de subsidiarias y asociadas de conformidad con lo establecido con la NIF referente a partes relacionadas. |
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| 3102 | 00 | Depreciación acumulada de mobiliario y equipo | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3102 | 11 | De oficina sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original del mobiliario y equipo de oficina de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 12 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación del mobiliario y equipo de oficina, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 21 | De cómputo sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original del equipo de cómputo electrónico de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 22 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación del equipo de cómputo electrónico de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 31 | Periférico sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original del equipo periférico de cómputo electrónico de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 32 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación del equipo periférico de cómputo electrónico de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 41 | Telecomunicaciones sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original del equipo de telecomunicaciones de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3102 | 42 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación del equipo de telecomunicaciones, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3103 | 00 | Depreciación acumulada de equipo de transporte | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3103 | 01 | Sobre valor histórico | Se registrará la depreciación acumulada calculada con base a la vida útil aplicada sobre el valor histórico original del equipo de transporte de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3103 | 02 | Actualización | Se registrara los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación del equipo de transporte de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3104 | 00 | Depreciación acumulada de inmuebles - Edificio | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3104 | 01 | Sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original de los bienes inmuebles de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3104 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación de los bienes inmuebles, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3105 | 00 | Depreciación acumulada de bienes muebles adquiridos en Arrendamiento Financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3105 | 01 | Sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original de los bienes muebles adquiridos mediante arrendamiento de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3105 | 02 | Actualización | Se registrara los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación de los bienes muebles adquiridos mediante arrendamiento financiero de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3106 | 00 | Depreciación acumulada de bienes inmuebles adquiridos en Arrendamiento Financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3106 | 01 | Sobre valor histórico | Se registrará el importe de la depreciación acumulada calculada con base a las vidas útiles aplicadas sobre el valor histórico original de los bienes inmuebles adquiridos mediante arrendamiento financiero de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3106 | 02 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación de los bienes inmuebles adquiridos mediante arrendamiento financiero de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 00 | Amortización acumulada de activos intangibles de vida definida | "Activos intangibles - Neto" |
| 3107 | 01 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual | Se registrará la amortización acumulada sobre el valor histórico original de los activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la amortización acumulada de los activos intangibles de vida definida adquiridos en forma individual de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 03 | Activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios | Se registrará la amortización acumulada sobre el valor histórico original de los activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocio, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 04 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la amortización acumulada de los activos intangibles de vida definida adquiridos en una adquisición de negocios de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 05 | Activos intangibles de vida definida generados internamente | Se registrará la amortización acumulada sobre el valor histórico original de los activos intangibles de vida definida generados internamente, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3107 | 06 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la amortización acumulada de los activos intangibles de vida definida generados internamente de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3108 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración intangibles | "Activos intangibles - Neto" |
| 3108 | 01 | Activos intangibles | Se registrará el deterioro (exceso del valor neto en libros de los activos sobre su valor de recuperación) sobre el valor histórico original de los activos de larga duración intangibles de vida indefinida que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3108 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta del deterioro en el valor de los activos de larga duración intangibles de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3110 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración tangibles | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3110 | 01 | Inmuebles mobiliario y equipo | Se registrará el deterioro (exceso del valor neto en libros de los activos sobre su valor de recuperación) sobre el valor histórico original de los activos de larga duración tangibles que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3110 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta del deterioro en el valor de los activos de larga duración tangibles de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3109 | 00 | Depreciación acumulada de adaptaciones y mejoras | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3109 | 01 | Sobre valor histórico de adaptaciones y mejoras | Se registrará la depreciación acumulada sobre el valor histórico original de las adaptaciones y mejoras, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3109 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación de las adaptaciones y mejoras de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3109 | 03 | Sobre valor histórico de adaptaciones y mejoras de locales arrendados | Se registrará la depreciación acumulada sobre el valor histórico original de las adaptaciones y mejoras a locales arrendados, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva, debiéndose depreciación por el periodo que dure el contrato de arrendamiento. |
| 3109 | 04 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de la depreciación de las adaptaciones y mejoras a locales arrendados de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 3111 | 00 | Pérdidas por deterioro del crédito mercantil | "Crédito Mercantil" |
| 3111 | 01 | Pérdidas por deterioro del crédito mercantil | Se registrará el efecto del ajuste por deterioro o reversión provocados por cambios en la agrupación de activos generadores de efectivo derivados de sucesos o circunstancias que originaron justificadamente su evaluación. |
| Guía de registro de cuentas de pasivo y capital |
| 2101 | 00 | Acreedores diversos | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" Se registrarán todas aquellas obligaciones de cuentas y documentos pendientes de pago, cuyo monto y plazo (menor a un año) para cumplir la obligación son conocidos a la fecha de emisión y/o publicación de los estados financieros, de conformidad con la NIF correspondiente. Estos son de manera enunciativa, más no limitativa. |
| 2112 | 00 | Partes relacionadas | "Partes relacionadas" |
| 2112 | 01 | Acreedores diversos partes relacionadas | Se registrarán las transacciones de cuentas y documentos pendientes de pagar a favor de subsidiarias y asociadas de conformidad con lo establecido con la NIF referente a partes relacionadas. |
| 2112 | 02 | Provisiones para obligaciones diversas partes relacionadas | Se registrará el importe de las estimaciones y/o provisiones efectuadas por aquellas obligaciones a favor de subsidiarias y asociadas cuya cuantía o vencimiento no se tenga conocimiento a la fecha de período o ejercicio contable para emisión y/o publicación de estados financieros. Lo anterior de conformidad con lo establecido con la NIF referente a partes relacionadas. |
| 2102 | 00 | Dividendos por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" Se registrará el importe de los dividendos decretados pendientes de pago. |
| 2104 | 00 | Impuestos y contribuciones por pagar | "Impuestos y contribuciones por pagar" |
| 2104 | 01 | I.S.R. otros | Se registrará el importe del Impuesto Sobre la Renta retenido a propios y a terceros pendiente de pago. |
| 2104 | 02 | I.V.A. | Se registrará el importe del Impuesto al Valor Agregado que traslada y el que ésta pague en la importación de bienes y servicios. |
| 2104 | 03 | I.A. | Se registrará el importe del Impuesto al Activo pendiente de pago. |
| 2104 | 04 | I.S.R. retiros | Se registrará el importe del Impuesto sobre la Renta retenido sobre los retiros realizados por los trabajadores. |
| 2104 | 06 | Impuesto sobre nominas | Se registrará el impuesto sobre nóminas estatal pendiente de pago a la tasa vigente. |
| 2104 | 07 | Aportaciones INFONAVIT | Se registrará el importe de las aportaciones del 5% sobre los salarios diarios integrados pendientes de pago al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. |
| 2104 | 08 | Cuotas del SAR | Se registrará el importe de las cuotas para el retiro pendientes de pago al Instituto Mexicano del Seguro Social de acuerdo con la Ley del Seguro Social. |
| 2104 | 09 | Para cuotas del IMSS | Se registrará el importe de las cuotas pendientes de pago al Instituto Mexicano del Seguro Social de acuerdo con la Ley del Seguro Social. |
| 2104 | 10 | Otros impuestos y contribuciones por pagar | Se registrará el importe de los impuestos y contribuciones a cargo de la Administradora que por su origen no se encuentren en algunas de las subcuentas anteriores, que se encuentran pendientes de pago. |
| 2105 | 00 | Multas y sanciones por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2105 | 01 | Afore | Se registrará el importe de las multas y sanciones por pagar a las autoridades, derivadas de incumplimientos o faltas, a cargo de la Administradora. |
| 2105 | 02 | Siefores | Se registrará el importe de las multas y sanciones por pagar a las autoridades, derivadas de incumplimientos o faltas, a cargo de las Siefores. |
| 2106 | 00 | Créditos o prestamos autorizados | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" Se registrará el importe de los préstamos obtenidos con instituciones bancarias y/o con otras entidades con las que haya celebrado contratos para operar líneas de crédito y/o préstamos autorizados previamente autorizados por la CONSAR. |
| 2107 | 00 | Intereses por pagar de créditos o prestamos | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" Se registrará el importe de los intereses devengados por pagar a favor de las instituciones de crédito y otras entidades provenientes de préstamos previamente autorizados por la CONSAR. |
| 2108 | 00 | Impuestos a la utilidad por pagar | "Impuestos a la utilidad por pagar" |
| 2108 | 01 | I.S.R. | Se registrará el importe del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio a cargo de la Administradora pendiente de pago. |
| 2108 | 02 | I.A. | Se registrará el importe del Impuesto al Activo del ejercicio a cargo de la Administradora pendiente de pago. |
| 2109 | 00 | Impuestos diferidos | "Impuestos diferidos" |
| 2109 | 01 | I.S.R. | Se registrará el Impuesto Sobre la Renta pagadero en periodos futuros derivado de diferencias temporales acumulables, conforme a lo establecido en la NIF aplicable para tal efecto. |
| 2110 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | "Participación de los trabajadores en las utilidades diferida" Se registrará el importe de la provisión de la PTU en donde se reconocen los efectos acumulados de las diferencias temporales por pagar, conforme a lo establecido en la NIF aplicable para tal efecto. |
| 2111 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades | "Participación de los trabajadores en las utilidades" Se registrará el importe de la Participación de los trabajadores en las utilidades pendientes de pago por parte de las Administradoras, de acuerdo son las disposiciones legales respectivas. |
| 2201 | 00 | Reserva para pensiones del personal | "Beneficios a los empleados" Se registrará el importe de las provisiones o estimaciones por concepto de remuneraciones por pagar a empleados y/o sus beneficiarios al momento de su retiro. Tales beneficios corresponden a: pensiones, prima de antig |
| 2202 | 00 | Reserva para primas de antig beneficios por terminación | "Beneficios a los empleados" Se registrará el importe de las provisiones para las remuneraciones que se pagan al empleado o a sus beneficiarios al término de la relación laboral antes de haber llegado a su edad de jubilación, tales como: indemnizaciones legales por despido, bonos o compensaciones especiales por renuncia voluntaria, prima de antig |
| 2103 | 00 | Provisiones para obligaciones diversas | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2103 | 01 | Provisiones para obligaciones diversas | Se registrarán las provisiones de los pasivos en los que a la fecha de emisión y/o publicación de los estados financieros, su cuantía o vencimiento son inciertos y que debe calcular la Administradora, que por su origen no tengan cuenta específica en este catálogo, sin incluir impuestos y/o contribuciones. Ejemplo: multas, demandas, entre otras: |
| 2103 | 02 | Para gratificaciones del personal cuya cuantía o vencimiento son inciertos | Se registrarán las remuneraciones que se provisionan regularmente al empleado durante su relación laboral; tales como, sueldos y salarios, tiempo extra, destajos, comisiones, premios, gratificaciones anuales, vacaciones y primas sobre las mismas, que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 03 | Para pago de servicios telefónicos | Se registrará el importe de los gastos incurridos a través de canales de comunicación y enlace por concepto de telefonía a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 04 | Por cuenta de las Siefores | Se registrará el importe de los gastos incurridos por las Siefores, tales como, la valuadora, los custodios, la bolsa mexicana de valores, para los sistemas de información bursátil, etc., que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 05 | Para emisión de estados de cuenta | Se registrarán las erogaciones relacionadas con la impresión, elaboración y envío de los estados de cuenta de las Afores o por la contratación de dichos servicios, que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 06 | Para comisiones a las Empresas Operadoras | Se registrará el importe de las comisiones por los servicios prestados por la operadora de la base, que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 07 | Para cuotas pagadas a instituciones gremiales | Se registrarán las cuotas para las instituciones gremiales (Amafore, entre otros), que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 08 | Para el pago al IMSS por gastos de fiscalización y cobranza | Se registrarán los gastos que genera el sistema de recaudación y control de aportaciones derivados del servicio de dispersión del IMSS, "Pagos de Fiscalización y Cobranza", que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 09 | Para derechos de inspección | Se registrarán las cuotas para los organismos reguladores por la inspección y vigilancia de las Afores, que están pendientes de pago a cargo de la Administradora. |
| 2103 | 10 | Para juicios y demandas | Se registrará el importe de los posibles desembolsos a realizar por parte de la Administradora, por los juicios y demandas que tengan en su contra y estén pendientes de resolución por las instancias legales, de acuerdo con lo señalado en la NIF respectiva. |
| 2103 | 11 | Para otras provisiones | Se registrará el importe de las provisiones para obligaciones diversas a cargo de la Administradora que por su origen no tengan cuenta específica. |
| 2204 | 00 | Comisiones por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2204 | 01 | Comisiones por gastos de afiliación | Se registrarán las comisiones otorgadas por la afiliación de trabajadores a cargo de la Administradora pendientes de pago. |
| 2204 | 02 | Otras comisiones | Se registrará el importe de las otras comisiones que por su origen no se encuentre en la subcuenta anterior a cargo de la Administradora pendientes de pago. |
| 2205 | 00 | Depósitos recibidos en garantía | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" Se registrará el importe de los depósitos recibidos en garantía por subarrendamiento de inmuebles por parte de las Administradoras en tanto se mantenga la vigencia del contrato. |
| | | | |
| 4101 | 00 | Capital social pagado | "Capital Contribuido" |
| 4101 | 11 | Fijo histórico | Registrará el capital fijo, de acuerdo con la NIF aplicable para tal efecto. |
| 4101 | 12 | Fijo actualización | Registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de capital social fijo pagado de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4101 | 21 | Variable histórico | Registrará el capital variable, de acuerdo con la NIF aplicable para tal efecto. |
| 4101 | 22 | Variable actualización | Registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de capital social variable pagado (de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4102 | 00 | Prima en venta de acciones | "Capital Contribuido" |
| 4102 | 01 | Histórico | Registrará el importe la diferencia en exceso entre el pago de las acciones suscritas y el valor nominal de las mismas, o su valor teórico (importe del capital social pagado entre el número de acciones en circulación) en el caso de acciones sin valor nominal, de acuerdo con la NIF aplicable para tal efecto. |
| 4102 | 02 | Actualización | Registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de prima en venta de acciones (de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4103 | 00 | Aportaciones para futuros aumentos de capital | "Capital Contribuido" |
| 4103 | 01 | Histórico | Se registrarán los depósitos de aportaciones para futuros aumentos de capital, de acuerdo con la NIF aplicable para tal efecto. |
| 4103 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de aportaciones para futuros aumentos de capital (de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4201 | 00 | Reserva legal | "Capital ganado" |
| 4201 | 01 | Histórico | Se registrará el importe de la reserva constituida conforme al artículo 20 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. |
| 4201 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de reserva legal (de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4301 | 00 | Resultados de ejercicios anteriores | "Capital ganado" |
| 4301 | 01 | Histórico | Se registrará el importe del resultado de ejercicios anteriores (utilidades retenidas, incluyendo las aplicadas a reservas de capital y las pérdidas acumuladas) pendiente de aplicación, de acuerdo con la NIF aplicable para tal efecto. |
| 4301 | 02 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de la correspondiente subcuenta de resultado de ejercicios anteriores de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 4302 | 00 | Resultados del ejercicio | "Capital ganado" Se registrará el importe del resultado que se produzca al fin de cada ejercicio (utilidad o pérdida neta), de acuerdo con la NIF correspondiente. |
| 4303 | 00 | Otros Resultados Integrales | "Capital ganado" Se registrarán los ingresos, costos y gastos devengados pendientes de realizarse al mediano o largo plazo, cuyo importe es probable que varíe debido a cambios en el valor razonable de los activos o pasivos que le dieron origen, los cuales podrían o no realizarse en una parte o en su totalidad, tales como: - Valuación de títulos disponibles para la venta - Remedición de beneficios definidos a los empleados - Efecto acumulado por conversión - Participación en los ORI de asociadas y negocios conjuntos Entre otros conceptos y de conformidad con las NIF ´s vigentes. |
"Reglas de agrupación y presentación de cuentas para la formulación del Balance General"
ANEXO C
Guías de Registro de Cuentas de Resultados
Guía de registro de cuentas acreedoras de resultados
| Cuenta | Sub Cta. | Concepto | Descripción |
| 5101 | 00 | Ingresos por comisiones | "Ingresos por Comisiones" |
| 5101 | 10 | Comisiones por Saldos Siefore 1 | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración de las cuentas individuales de los trabajadores de las Siefores básicas, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 20 | Comisiones por Saldos Siefore 2 | |
| 5101 | 30 | Comisiones por Saldos Siefore 3 | |
| 5101 | 40 | Comisiones por Saldos Siefore 4 | |
| 5101 | 55 | Comisiones por Saldo Siefore Básica de Pensiones | |
| 5101 | 60 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración a fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 61 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | |
| 5101 | 62 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | |
| 5101 | 63 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | |
| 5101 | 64 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | |
| 5101 | 65 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | |
| 5101 | 66 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | |
| 5101 | 67 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | |
| 5101 | 68 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | |
| 5101 | 69 | Otras Comisiones autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | |
| 5101 | 70 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores en las Siefores de Ahorro Voluntario de Corto Plazo, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 71 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 |
| 5101 | 72 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | |
| 5101 | 80 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración de las aportaciones voluntarias de los trabajadores en las Siefores de Ahorro Voluntario de Largo Plazo, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 81 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | |
| 5101 | 82 | Comisiones por saldos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | |
| 5101 | 83 | Comisiones por Servicios de Administración ICEFA - ISSSTE | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración a trabajadores del sector público que optaron por el Art. 10o. Transitorio de la LISSSTE, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 85 | Otras Comisiones Autorizadas | Se registrará el importe de los ingresos por comisiones por la expedición de estados de cuenta bancarios, reposición de documentos de la cuenta individual, gestión de trámites ante autoridades relacionadas con la cuenta individual, depósitos de aportaciones voluntarias y complementarias de retiro no efectuadas a través de recaudación. |
| 5101 | 88 | Comisiones sobre saldos de prestadoras de servicios | Se registrará el importe de los ingresos por comisiones por prestar los Servicios de Administración a los Trabajadores que no hayan elegido Afore y cuyos recursos se encuentren en la cuenta concentradora, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de ingresos de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 5101 | 91 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará de manera diaria el importe de los ingresos por comisiones que se devenguen por la administración a fondos de Previsión Social de empresas privadas, dependencias y entidades públicas, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5101 | 92 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | |
| 5101 | 93 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | |
| 5101 | 94 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | |
| 5101 | 95 | Otras Comisiones Autorizadas Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | |
| 5105 | 00 | Otros Ingresos | "Otros Gastos /Otros Ingresos - Neto" |
| 5105 | 01 | Otros Ingresos | Se registrarán aquellos ingresos que no provengan de la operación primaria, poco relevantes para su presentación en forma segregada, tales como el arrendamiento y subarrendamiento, los intereses derivados de préstamos a funcionarios y empleados, la venta de archivo muerto, entre otras. Lo anterior conforme a las NIF ´s vigentes. Asimismo, se registrarán los ingresos por la venta a un tercero de los bienes arrendados, por un arrendamiento capitalizable cuando el arrendatario participe en la venta y la Administradora actúe como arrendadora. |
| 5105 | 02 | Dividendos provenientes de Procesar | Se registrará el importe de los dividendos recibidos en efectivo de la participación permanente en Procesar. |
| 5105 | 90 | Actualización | Se registrará los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de ingresos (de acuerdo a lo especificado en la NIF B10). |
| 5106 | 00 | Participación en los resultados de subsidiarias | "Participación en los resultados de subsidiarias" |
| 5106 | 10 | Por Valuación Siefore Básica 1 | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de las Siefores básicas, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 11 | Por Valuación Siefore Básica 2 | |
| 5106 | 20 | Por Valuación Siefore Básica 3 | |
| 5106 | 21 | Por Valuación Siefore Básica 4 | |
| 5106 | 52 | Por Valuación Siefore Básica de Pensiones |
| 5106 | 31 | Por venta Siefore Básica 1 | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización de las inversiones de las Siefores, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 40 | Por venta Siefore Básica 2 | |
| 5106 | 41 | Por venta Siefore Básica 3 | |
| 5106 | 50 | Por venta Siefore Básica 4 | |
| 5106 | 53 | Por venta Siefore Básica de Pensiones | |
| 5106 | 60 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de las Siefores para fondos de Previsión Social, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 61 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | |
| 5106 | 62 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | |
| 5106 | 66 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | |
| 5106 | 67 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | |
| 5106 | 12 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | |
| 5106 | 13 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | |
| 5106 | 14 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | |
| 5106 | 15 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | |
| 5106 | 16 | Por valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 10 |
| 5106 | 63 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización para Fondos de Previsión Social, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 64 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | |
| 5106 | 65 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | |
| 5106 | 69 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | |
| 5106 | 70 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | |
| 5106 | 22 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | |
| 5106 | 23 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | |
| 5106 | 24 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | |
| 5106 | 25 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | |
| 5106 | 26 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | |
| 5106 | 72 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de las Siefores de ahorro voluntario de corto plazo, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 73 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | |
| 5106 | 74 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | |
| 5106 | 75 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización de inversiones Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 76 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | |
| 5106 | 77 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | |
| 5106 | 78 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de las Siefores de ahorro voluntario de largo plazo, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 79 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | |
| 5106 | 80 | Por Valuación Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | |
| 5106 | 81 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización de inversiones Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 82 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | |
| 5106 | 83 | Por Venta Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | |
| 5106 | 84 | Por Valuación Otras Subsidiarias | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de Otras Subsidiarias, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 85 | Por Venta Otras Subsidiarias | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización de inversiones en Otras Subsidiarias, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 90 | ACTUALIZACIÓN | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de ingresos de acuerdo a lo especificado en la NIF respectiva. |
| 5106 | 91 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará el importe de la participación (utilidad o pérdida neta resultante de la aplicación del método de participación) en los resultados de las Siefores para fondos de Previsión Social, de acuerdo con la NIF respectiva. |
| 5106 | 92 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | |
| 5106 | 93 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | |
| 5106 | 94 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | |
| 5106 | 95 | Por Valuación Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | |
| 5106 | 34 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Socia 11 | Se registrará el importe de la utilidad (pérdida) por la realización para Fondos de Previsión Social, conforme a la NIF respectiva. |
| 5106 | 35 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Socia 12 | |
| 5106 | 36 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Socia 13 | |
| 5106 | 37 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Socia 14 | |
| 5106 | 38 | Por Venta Siefore para Fondos de Previsión Socia 15 |
Guía de registro de cuentas deudoras de resultados
| 5401 | 00 | Costos de afiliación y traspasos | "Costo de Operación" |
| 5401 | 01 | Remuneraciones fijas del personal área comercial | Se registrarán las erogaciones por concepto de PTU, sueldos y salarios, gratificaciones, participación de los trabajadores en las utilidades causada, participación de los trabajadores en las utilidades diferida, compensación por antig |
| 5401 | 02 | Remuneraciones variables del personal área comercial | Se registrarán las comisiones y bonos de productividad pagadas a los agentes promotores propios. |
| 5401 | 03 | Honorarios por servicios profesionales | Se registrará la erogación por honorarios de actividades relacionadas con el área comercial pagados a personas físicas o morales por: - Servicios profesionales, - Consultorías, y - Asesorías |
| 5401 | 04 | Empresas de servicios | Se registrarán los costos incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing y/o partes relacionadas) por concepto de sueldos a funcionarios y empleados relacionados con las actividades comerciales de afiliación y traspaso. (Excepto Agentes Promotores) |
| 5401 | 05 | Cursos y Seminarios | Se registrarán las erogaciones por concepto de cursos, seminarios, capacitación de fuerza de ventas, estrategia de ventas, actualización y/o adiestramiento que realicen las Afores en favor del personal, agentes promotores, funcionarios y/o personal de ventas, así como todos los gastos incurridos por este concepto. |
| 5401 | 06 | Convenciones (Agentes promotores y/o personal de ventas / promoción) | Se registrarán los gastos incurridos en la organización y celebración de convenciones para el personal de ventas, así como todos los gastos incurridos por este concepto. |
| 5401 | 07 | Publicidad y asesoría en mercadotecnia | Se registrarán los servicios de publicidad y apoyos de patrocinio, así como por los servicios de promoción y marketing pagados por las Afores a agencias de mercadotecnia y publicidad, por la asesoría en estrategias mercadológicas, encuestas y/o investigaciones de mercado, y en general cualquier gasto que implique publicidad e imagen para la Afore. Adicionalmente, se registrará el importe de los gastos incurridos por las Afores, por concepto de eventos, acondicionamiento de instalaciones, adquisición de artículos y materiales, únicamente con fines promocionales y publicitarios. |
| 5401 | 08 | Gastos de viaje y viáticos (Agentes promotores y/o personal de ventas / promoción) | Se registrarán las erogaciones incurridas como gastos de viaje del personal contratado o subcontratado y externo para la realización de actividades comerciales, tales como: - hospedaje, - transporte, - alimentación, - gasolina, - kilometraje, - casetas de peaje, - uso o goce temporal de automóviles - entre otros. |
| 5401 | 09 | Servicios de comunicación y correos | Se registrarán las erogaciones incurridas a través de canales de comunicación y enlace relacionados con agentes promotores, y/o personal de ventas y/o promoción de las Afores como pueden ser: - telefonía fija - telefonía celular, - correo convencional, - telegramas, - internet, - fax, - y cualquier otro gasto relacionado con este concepto. Así como erogaciones pagadas a Empresas de Servicios (outsourcing) y/o partes relacionadas por concepto de servicios de comunicación. |
| 5401 | 10 | Gastos inherentes a registro y traspaso | Se registrarán las erogaciones por concepto de formatos de registro, recertificación y de traspasos, servicios de fotocopiado, otros. |
| 5401 | 11 | Rentas (Inmuebles) | Se registrarán las erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles a cargo de las administradoras para la operación de oficinas comerciales. |
| 5401 | 12 | Gastos de reparación y mantenimiento (ventas) | Se registrarán las erogaciones realizadas para la reparación y el mantenimiento de activos fijos (incluyendo el mantenimiento de equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados y/o subarrendados) de oficinas comerciales. |
| 5401 | 13 | Gastos TI | Se registrará la amortización de desarrollos y mantenimiento de programas para procesos de afiliación y traspasos de trabajadores (ventas), incluyendo aquellos facturados por una empresa de outsourcing, así como cualquier erogación incurrida por soporte técnico. |
| 5401 | 14 | Amortizaciones y depreciaciones | Se registrará la depreciación y amortización del valor histórico original del mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte, inmuebles, equipo de telecomunicaciones, otros activos fijos, gastos anticipados, gastos de instalación, licencias y/o software, otros activos intangibles del área comercial. Asimismo, se registrará el importe del deterioro generado durante el ejercicio, de los activos de larga duración intangibles que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 5401 | 15 | Valija de fuerza de ventas | Se registrará el gasto de envío de solicitudes y expedientes para su certificación. |
| 5401 | 16 | Otros | Se registrará cualquier costo y gasto de afiliación y traspaso erogado por las Afores, única y exclusivamente cuando no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas anteriormente descritas. El monto que se registre NO deberá exceder el 2% de la sumatoria de los otros conceptos que integran el rubro. |
| 5401 | 17 | Remuneraciones fijas a Agentes Promotores en Empresas de servicios | Se registrarán los costos fijos incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing y/o partes relacionadas) por concepto de servicios relacionados con actividades de Agentes Promotores (incluyendo los pagos efectuados a brókers). |
| 5401 | 18 | Remuneraciones variables a Agentes Promotores en Empresas de servicios | Se registrarán los costos variables incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing y/o partes relacionadas) por concepto de servicios relacionados con actividades de Agentes Promotores (incluyendo los pagos efectuados a brókers). |
| 5401 | 19 | Remuneraciones a Comisionistas | Se registrarán los costos incurridos pagados a Comisionistas por concepto de servicios relacionados con la afiliación y traspaso de cuentas individuales. |
| 5401 | 20 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo | Se registrarán todas aquellas erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de mobiliario y equipo destinados a ser utilizados para la operación de oficinas comerciales. (Excepto Inmuebles) |
| 5401 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5402 | 00 | Costos regulatorios | "Otros Costos de Operación" |
| 5402 | 01 | Pagos a Empresas Operadoras | Se registrarán los costos por los servicios prestados por la Empresa Operadora a las Afores por la administración de bases de datos, procesos operativos y cualquier servicio o cuota o comisión que se pague a las Empresas Operadoras. |
| 5402 | 02 | Pagos al IMSS | Se registrarán los gastos que genera el sistema de recaudación y control de aportaciones derivados del servicio de dispersión del IMSS, " Pagos de Fiscalización y Cobranza ". |
| 5402 | 03 | Derechos de inspección CONSAR | Se registrarán las cuotas pagadas a organismos reguladores por la inspección y vigilancia de las Afores. |
| 5402 | 04 | Otros | Se registrará cualquier costo y gasto erogado por las Afores, única y exclusivamente cuando no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas anteriormente descritas de los costos regulatorios. El monto que se registre NO deberá exceder el 2% de la sumatoria de los otros conceptos que integran el rubro. |
| 5402 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5403 | 00 | Costos directos de operación de personal operativo y servicio a trabajadores | "Otros Costos de Operación" |
| 5403 | 01 | Remuneraciones fijas del personal área operaciones y servicio | Se registrarán las erogaciones por concepto de PTU, sueldos y salarios, gratificaciones, participación de los trabajadores en las utilidades causada, participación de los trabajadores en las utilidades diferida, compensación por antig |
| 5403 | 02 | Honorarios por servicios profesionales | Se registrará la erogación por honorarios de asesores contratados por las áreas operativas y UEAP o centros de atención a trabajadores pagados a personas físicas o morales por: - Servicios profesionales, - Consultorías, y - Asesorías. |
| 5403 | 03 | Empresas de servicios | Se registrará la erogación por los costos incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing) por concepto de sueldos a funcionarios y empleados de las áreas operativas y UEAP o centros de atención a trabajadores. (Incluye Call Center) |
| 5403 | 04 | Cursos y Seminarios | Se registrarán las erogaciones por concepto de cursos, seminarios, capacitación, estrategias de operación y actualización y/o adiestramiento que realicen las Afores en favor del personal de Operaciones, así como todos los gastos incurridos por este concepto. |
| 5403 | 05 | Gastos de viaje y viáticos | Se registrarán las erogaciones incurridas como gastos de viaje del personal contratado o subcontratado y externo para la realización de actividades del personal operativo y de la UEAP, tales como: - hospedaje, - transporte, - alimentación, - gasolina, - kilometraje, - casetas de peaje, - uso o goce temporal de automóviles - entre otros. |
| 5403 | 06 | Servicios de Comunicación y correos | Se registrarán las erogaciones incurridas a través de canales de comunicación y enlaces del personal de las áreas operativas y de las UAEP por: - telefonía fija - telefonía celular, - correo convencional, - telegramas, - internet, - fax y - y cualquier otro gasto relacionado con este concepto. Así como erogaciones pagadas a Empresas de servicios (Outsourcing) y/o partes relacionadas por concepto de servicios de comunicación. |
| 5403 | 07 | Rentas (Inmuebles) | Se registrarán las erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles destinados a ser utilizados por las áreas de operaciones y UEAP. |
| 5403 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (operaciones y servicio al cliente) | Se registrará por concepto de las erogaciones realizadas para la reparación y el mantenimiento de activos fijos (incluyendo el mantenimiento de equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados y/o subarrendados) de oficinas de áreas operativas y UEAP. |
| 5403 | 09 | Gastos TI | Se registrarán los gastos y amortización de desarrollos y mantenimiento de sistemas, incluidos los gastos para resguardo de información digitalizada de los procesos de operaciones, UEAP, incluyendo aquellos facturados por una empresa de outsourcing y cualquier erogación incurrida por soporte técnico. |
| 5403 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones | Se registrará la depreciación y amortización del valor histórico original del mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte, inmuebles, equipo de telecomunicaciones, otros activos fijos, gastos anticipados, gastos de instalación, licencias y/o software, otros activos intangibles de áreas operativas y UEAP. Asimismo, se registrará el importe del deterioro generado durante el ejercicio, de los activos de larga duración intangibles que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 5403 | 11 | Preparación y envío de estados de cuenta afiliados | Se registrarán las erogaciones relacionadas con la impresión, elaboración y envío de los estados de cuenta de las Afores o por la contratación de dichos servicios. |
| 5403 | 12 | Otros | Se registrará cualquier costo y gasto directo de operación y de atención a trabajadores erogado por las Afores, única y exclusivamente cuando no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas anteriormente descritas. El monto que se registre NO deberá exceder el 2% de la sumatoria de los otros conceptos que integran el rubro. |
| 5403 | 13 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo | Se registrarán todas aquellas erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de mobiliario y equipo destinados a ser utilizados por las áreas de operaciones y UEAP. (Excepto Inmuebles) |
| 5403 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5404 | 00 | Costos directos de operación por inversión y administración de riesgos | "Costo de Operación" |
| 5404 | 01 | Remuneraciones fijas del personal proceso de inversiones | Se registrarán las erogaciones por concepto de PTU, los sueldos y salarios, gratificaciones, participación de los trabajadores en las utilidades causada, participación de los trabajadores en las utilidades diferida, compensación por antig |
| 5404 | 02 | Honorarios por servicios profesionales | Se registrará la erogación por honorarios de auditorías de riesgos, servicios y asesores de las áreas de inversiones y riesgos pagados a personas físicas o morales por: - Servicios profesionales, - Consultorías, y - Asesorías. |
| 5404 | 03 | Empresas de servicios | Se registrarán los costos incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing y/o partes relacionadas) por concepto de sueldos a funcionarios y empleados de inversiones y administración de riesgos. |
| 5404 | 04 | Cursos y seminarios | Se registrarán las erogaciones que por concepto de cursos, seminarios, capacitación, actualización y/o adiestramiento, realicen las Afores en favor del personal del área de inversiones y administración de riesgos de las Siefores, con objeto de elevar sus conocimientos, productividad, el logro de objetivos o el desarrollo de estrategias de inversión, así como todos los gastos incurridos por este concepto. |
| 5404 | 05 | Gastos de viaje y viáticos | Se registrarán las erogaciones incurridas como gastos de viaje del personal contratado o subcontratado y externo para la realización de actividades del personal de inversiones y administración de riesgos, tales como: - hospedaje, - transporte, - alimentación, - gasolina, - kilometraje, - casetas de peaje, - uso o goce temporal de automóviles - entre otros. |
| 5404 | 06 | Servicios de Comunicación y correos | Se registrarán las erogaciones incurridas a través de canales de comunicación y enlace relacionados del personal del área de inversiones y de riesgos por: - telefonía fija - telefonía celular, - correo convencional, - telegramas, - internet, - fax y - y cualquier otro gasto relacionado con este concepto. Así como erogaciones pagadas a Empresas de servicios (Outsourcing) y/o partes relacionadas por concepto de servicios de comunicación. |
| 5404 | 07 | Rentas (Inmuebles) | Se registrarán las erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles para la operación de oficinas del área de inversiones y administración riesgos. |
| 5404 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (proceso de inversión) | Se registrarán las erogaciones realizadas para la reparación y el mantenimiento de activos fijos (incluyendo el mantenimiento de equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados y/o subarrendados) de oficinas del área de inversiones y administración de riesgos. |
| 5404 | 09 | Gastos TI | Se registrará la amortización de desarrollos y mantenimiento de programas para procesos de Riesgos y Siefores incluyendo aquellos facturados por una empresa de outsourcing, así como cualquier erogación incurrida por soporte técnico. |
| 5404 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones | Se registrará la depreciación y amortización del valor histórico del mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte, inmuebles, equipo de telecomunicaciones, otros activos fijos, gastos anticipados, gastos de instalación, licencias y/o software, otros activos intangibles del área de inversiones y administración de riesgos. Asimismo, se registrará el importe del deterioro generado durante el ejercicio, de los activos de larga duración intangibles que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 5404 | 11 | Valuadora | Se registrarán los servicios contratados para la determinación del precio de las acciones de las Siefores. |
| 5404 | 12 | UAIR | Se registrará la erogación por servicio de terceros a la UAIR. (Pago outsourcing) |
| 5404 | 13 | Custodios | Se registrarán los servicios de custodia de valores pagados por cuenta de las Siefores. |
| 5404 | 14 | Bolsa Mexicana de Valores | Se registrarán los servicios pagados por cuenta de las Siefores a la Bolsa Mexicana de Valores |
| 5404 | 15 | Proveedor de Precios | Se registrarán los servicios pagados por cuenta de las Siefores a los proveedores de precios. |
| 5404 | 16 | Sistema de información bursátil | Se registrarán los servicios pagados por cuenta de las Siefores, relacionados con software, análisis, datos y noticias financieras. |
| 5404 | 17 | Comisiones bursátiles | Se registrarán las erogaciones realizadas por comisiones de operación a Intermediarios bursátiles (corretaje). |
| 5404 | 18 | Comisiones Bancarias (Afore y Siefores) | Se registrarán las Comisiones bancarias relacionadas con las transacciones de operaciones de trabajadores. |
| 5404 | 19 | Otros | Se registrará cualquier costo y gasto directo de operación por inversiones o administración de riesgos erogado por las Afores, única y exclusivamente cuando no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas anteriormente descritas. El monto que se registre NO deberá exceder el 2% de la sumatoria de los otros conceptos que integran el rubro. |
| 5404 | 20 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo | Se registrarán todas aquellas erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de mobiliario y equipo destinados a ser utilizados para la operación de oficinas del área de inversiones y administración riesgos. (Excepto Inmuebles) |
| 5404 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5405 | 00 | Gastos generales de administración | "Gastos de Administración" |
| 5405 | 01 | Remuneraciones fijas del personal administración | Se registrarán las erogaciones por concepto de PTU, los sueldos y salarios, gratificaciones, participación de los trabajadores en las utilidades causada, participación de los trabajadores en utilidades diferida, compensación por antig |
| 5405 | 02 | Honorarios por servicios profesionales | Se registrará la erogación por honorarios contables-fiscales, notariales, legales, pagados a personas físicas o morales por: - Servicios profesionales, - Consultorías, y - Asesorías |
| 5405 | 03 | Empresas de servicios | Se registrarán los costos incurridos pagados a una prestadora de servicios (outsourcing y/o partes relacionadas) por concepto de sueldos de funcionarios y empleados administrativos. |
| 5405 | 04 | Cursos y seminarios | Se registrarán las erogaciones por concepto de cursos, seminarios, capacitación, actualización, y/o adiestramiento en favor del personal y/o funcionarios y personal administrativo, así como todos los gastos incurridos por este concepto. |
| 5405 | 05 | Gastos de viaje y viáticos | Se registrarán las erogaciones incurridas como gastos de viaje del personal contratado o subcontratado y externo para la realización de actividades administrativas tales como: - hospedaje, - transporte, - alimentación, - gasolina, - kilometraje, - casetas de peaje, - uso o goce temporal de automóviles - entre otros. |
| 5405 | 06 | Servicios de comunicación y correos | Se registrarán las erogaciones correspondientes a: - mensajería interna o externa, - combustible y aditivos del equipo de transporte de mensajería o transportes locales para el mismo propósito. - y cualquier otro gasto relacionado con este concepto. Excepto los incurridos para efectos del envío de estados de cuenta a afiliados Así como erogaciones pagadas a Empresas de servicios (Outsourcing) y/o partes relacionadas por concepto de servicios de comunicación. |
| 5405 | 07 | Rentas (Inmuebles) | Se registrarán las erogaciones por el arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles destinados a ser utilizados por las oficinas administrativas. |
| 5405 | 08 | Gastos de reparación y mantenimiento (administración) | Se registrarán las erogaciones realizadas para la reparación y el mantenimiento de activos fijos (incluyendo el mantenimiento de equipo de seguridad, equipos de cómputo, servidores y de inmuebles y locales arrendados y/o subarrendados) del área administrativa. |
| 5405 | 09 | Gastos TI | Se registrará la amortización de desarrollos y mantenimiento de programas para el Área Administrativa, incluyendo aquellos facturados por una empresa de outsourcing y/o partes relacionadas, así como cualquier erogación incurrida por soporte técnico. |
| 5405 | 10 | Amortizaciones y depreciaciones | Se registrará la depreciación y amortización del valor histórico original del mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte, inmuebles, equipo de telecomunicaciones, otros activos fijos, gastos anticipados, gastos de instalación, licencias y/o software, otros activos intangibles. Asimismo, se registrará el importe del deterioro generado durante el ejercicio, de los activos de larga duración intangibles que presenten dicha condición, de acuerdo con lo establecido en la NIF respectiva. |
| 5405 | 11 | Vigilancia y sistemas de seguridad | Se registrarán las erogaciones por: - vigilancia, - protección civil, - sistemas de seguridad y - cualquier otro relacionado con la seguridad de oficinas y sucursales. |
| 5405 | 12 | Seguros y fianzas | Se registrarán las primas pagadas en la adquisición de pólizas de seguros, (excepto aquellas que sean consideradas como una prestación al personal) y las primas pagadas en la adquisición de fianzas del área administrativa. |
| 5405 | 13 | Suscripciones | Se registrarán las suscripciones a periódicos, revistas y cualquier otra clase de publicaciones. |
| 5405 | 14 | Publicaciones obligatorias | Se registrarán las erogaciones relacionadas con publicaciones obligatorias que deban emitir las Afores. |
| 5405 | 15 | Fletes y acarreos | Se registrarán las erogaciones incurridas en la adquisición de servicios de transportación, mudanzas, acarreos o cualquier otra que presten transportistas. |
| 5405 | 16 | Recargos | Se registrarán los recargos originados por el incumplimiento en el pago de contribuciones y/o aprovechamientos federales o estatales. |
| 5405 | 17 | Donativos | Se registrará por concepto de donativos a Instituciones autorizadas. |
| 5405 | 18 | Devolución y/o resarcimiento de comisiones y quebrantos | Se registrarán las erogaciones por la devolución de comisiones a los afiliados y quebrantos. Se registrarán las erogaciones por la devolución y/o resarcimiento de comisiones a los afiliados y quebrantos por demandas a favor de las cuentas individuales de los afiliados. |
| 5405 | 19 | Cuotas sindicales | Se registrarán las erogaciones por cuotas a sindicatos de trabajadores de las Afores. |
| 5405 | 20 | Energía eléctrica | Se registrarán las erogaciones relacionadas con el consumo y abastecimiento de energía eléctrica de oficinas administrativas y sucursales. |
| 5405 | 21 | Gastos y útiles de aseo | Se registrarán las erogaciones relacionadas con gastos de aseo y equipos de limpieza y/o por la contratación de dichos servicios. |
| 5405 | 22 | Papelería y servicio de fotocopiado | Se registrarán las erogaciones por insumos utilizados para la realización de trabajos de oficina tales como: - papelería, - artículos de escritorio, -fotocopiado - impresión - aditamentos de equipo de cómputo, entre otras. |
| 5405 | 23 | Gastos no deducibles | Se registrarán los gastos y /o costos que no reunieron los requisitos fiscales para su deducción. |
| 5405 | 24 | Impuestos y derechos diversos | Se registrarán los derechos de agua, predial, pago de tenencia, refrendos vehiculares, otros impuestos o derechos de características análogas. (Excepto 2% sobre nómina) |
| 5405 | 25 | Honorarios al Consejo y/o Comisarios | Se registrarán los emolumentos otorgados en favor de los miembros del consejo de administración y/o comisarios de la Afore y de las Siefores. |
| 5405 | 26 | Multas y otras sanciones administrativas | Se registrarán las erogaciones por concepto de multas y sanciones pagadas a las autoridades, derivadas de incumplimientos o faltas. |
| 5405 | 27 | Arrendamiento de Mobiliario y equipo | Se registrarán todas aquellas erogaciones por concepto de arrendamiento y subarrendamiento de mobiliario y equipo destinados a ser utilizados para la operación de oficinas administrativas. (Excepto Inmuebles) |
| 5405 | 28 | Cuotas pagadas a instituciones gremiales | Se registrarán las cuotas pagadas a las instituciones gremiales. (Am afore, entre otros) |
| 5405 | 29 | (Utilidad) Pérdida en venta de inmuebles, mobiliario y equipo | Se registrará el importe de las (utilidad) pérdida en la venta de inmuebles, mobiliario y equipo, conforme a la NIF respectiva. |
| 5405 | 30 | Otros | Se registrará cualquier costo y/o gasto de administración erogado por la Administradora, única y exclusivamente cuando no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas anteriormente descritas. El monto que se registre NO deberá exceder el 2% de la sumatoria de los otros conceptos que integran el rubro. |
| 5405 | 31 | Comisiones Bancarias (Afore y Siefores) | Se registrarán las comisiones de operaciones bancarias de la Tesorería propia de la Administradora. |
| 5405 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5406 | 00 | Resultado Integral de Financiamiento | "Resultado integral de financiamiento" |
| 5406 | 01 | Intereses a (cargo) favor | Se registrará el importe de los intereses devengados: * A favor provenientes de las cuentas bancarias, inversiones en instrumentos financieros, de préstamos intercompañías otorgados, otros deudores, entre otros. * A cargo provenientes de los créditos o préstamos autorizados. |
| 5406 | 02 | Resultado cambiario (Afore) - Utilidad o Pérdida en fluctuaciones de moneda extranjera | Se registrará la ganancia o pérdida por fluctuación cambiaria proveniente de las operaciones realizadas en moneda extranjera de la Administradora, al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial a la fecha de la transacción. |
| 5406 | 03 | Minusvalías y Plusvalías generadas - Resultado por Valuación a valor razonable de activos y pasivos financieros | Se registrará el monto de las ganancias y/o perdidas resultado de la diferencia por valuación a valor razonable que se determinará entre el valor de adquisición (por reconocimiento inicial) contra su valor razonable de activos y pasivos (a la fecha de valuación) de los instrumentos financieros. |
| 5406 | 04 | Resultado por Posición Monetaria | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente |
| 5406 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente |
| 5407 | 00 | Impuesto a la utilidad | "Impuesto a la utilidad" |
| 5407 | 01 | Impuestos corriente ISR | Se registrará el ISR causado del ejercicio determinado con base en las disposiciones fiscales aplicables. |
| 5407 | 03 | Impuestos diferidos ISR | Se registrará el impuesto diferido determinado de acuerdo a las NIF D 4 cuando la base para su registro es el ISR. |
| 5407 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
| 5408 | 00 | Otros gastos | "Otros Gastos /Otros ingresos - Neto" |
| 5408 | 01 | Otros gastos | Se registrará aquellos gastos que no provengan de la operación primaria poco relevantes, por lo que no requiere su presentación en forma separada, entre otras. Lo anterior conforme a las NIF ´s vigentes. |
| 5408 | 90 | Actualización | Se registrarán los efectos del reconocimiento de la inflación de las correspondientes subcuentas de gastos (de acuerdo a lo especificado en la NIF correspondiente. |
ANEXO D
Guías de Registro en Cuentas de Orden
| Cta. | Sub Cta. | Cuenta de naturaleza deudora | Cta. | Sub Cta. | Cuenta de naturaleza acreedora.- CONTRACUENTA | Descripción |
| | | | | | | |
| 710 3 | 00 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT | 720 3 | 00 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT | "Información administrada de Trabajadores" |
| 710 3 | 11 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s | 720 3 | 11 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el INFONAVIT y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al INFONAVIT 97. En esta cuenta se registrarán los movimientos de trabajadores registrados y asignados. |
| 710 3 | 12 | Complemento en pesos Vivienda INFONAVIT 97 | 720 3 | 12 | Vivienda INFONAVIT 97 Complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. |
| 710 3 | 21 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s | 720 3 | 21 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el INFONAVIT y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al INFONAVIT 92. En esta cuenta se registrarán los movimientos de trabajadores registrados y asignados. |
| 710 3 | 22 | Complemento en pesos Vivienda INFONAVIT 92 | 720 3 | 22 | Vivienda INFONAVIT 92 Complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. |
| 710 8 | 00 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE | 720 8 | 00 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE | "Información administrada de Trabajadores" |
| 710 8 | 11 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE 2008 en AIV ´s | 720 8 | 11 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE 2008 en AIV ´s | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el FOVISSSTE y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al FOVISSSTE 2008. En esta cuenta se registrarán los movimientos de trabajadores registrados y asignados. |
| 710 8 | 12 | Complemento en pesos Vivienda FOVISSSTE 2008 | 720 8 | 12 | Vivienda FOVISSSTE 2008 complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda FOVISSSTE 2008 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. |
| 710 8 | 21 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE 92 en AIV ´s | 720 8 | 21 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE 92 en AIV ´s | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el FOVISSSTE y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al FOVISSSTE 92. En esta cuenta se registrarán los movimientos de trabajadores registrados y asignados. |
| 710 8 | 22 | Complemento en pesos Vivienda FOVISSSTE 92 (en pesos) | 720 8 | 22 | Vivienda FOVISSSTE 92 complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda FOVISSSTE '92 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. |
| 710 4 | 00 | Bonos de pensión de ISSSTE | 720 4 | 00 | ISSSTE Bonos de pensión | Corresponde al total del "Valor Nominal" del Bono de Pensión de ISSSTE de la base de datos que administra esa Afore. "Información administrada de Trabajadores" |
| 710 4 | 01 | Bonos de Pensión del ISSSTE - Valor devengado en UDIS | 720 4 | 01 | Valor devengado en UDIS Bonos de Pensión del ISSSTE | Se registrarán las UDIS devengadas de los Bonos de Pensión de los trabajadores de la base de datos que administra esa AFORE a la fecha de emisión de la información. |
| 710 4 | 02 | Complemento en pesos del bono de pensión - Valor devengado | 720 4 | 02 | Bono de pensión del ISSSTE complemento en pesos | Se registrará en pesos el complemento que sumado con la cuenta anterior 7104-01 "Bono de Pensión del ISSSTE -Valor devengado en UDIS" reportará el saldo de las UDI ´s valuado en pesos del valor devengado del bono de pensión a la fecha de emisión de la información. |
| 710 4 | 03 | Bonos de Pensión del ISSSTE- Valor por devengar en UDIS | 720 4 | 03 | Valor por devengar en UDIS - Bonos de Pensión del ISSSTE | Se registrarán las UDIS por devengar de los Bonos de Pensión de los trabajadores de la base de datos que administra esa Afore a la fecha de emisión de la información. |
| 710 4 | 04 | Complemento en pesos del bono de pensión del ISSSTE - Valor por devengar | 720 4 | 04 | Valor por devengar Complemento en pesos Bonos de Pensión del ISSSTE | Se registrará en pesos el complemento que sumado con la cuenta anterior 7104-03 "Bonos de Pensión del ISSSTE -Valor por devengar en UDIS" reportará el saldo de las UDI ´s valuado en pesos del valor por devengar del bono de pensión a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 00 | Acciones de Siefores , posición de terceros | 720 6 | 00 | Posición de terceros, acciones de Siefores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 710 6 | 10 | Siefore Básica 1 (número de acciones) | 720 6 | 10 | Número de acciones Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de Siefore Básica 1 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 11 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos | 720 6 | 11 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 20 | Siefore Básica 2 (número de acciones) | 720 6 | 20 | Número de acciones Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de Siefore Básica 2 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 21 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos | 720 6 | 21 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 30 | Siefore Básica 3 (número de acciones) | 720 6 | 30 | Número de acciones Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de Siefore Básica 3 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 31 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos | 720 6 | 31 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 40 | Siefore Básica 4 (número de acciones) | 720 6 | 40 | Número de acciones Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de Siefore Básica 4 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 41 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos | 720 6 | 41 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 4" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones (número de acciones) | 720 6 | 55 | Número de acciones Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 56 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones Complemento en pesos | 720 6 | 56 | Complemento en pesos Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 (número de acciones) | 720 6 | 60 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 1 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos | 720 6 | 66 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 (número de acciones) | 720 6 | 61 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 2 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos | 720 6 | 67 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 (número de acciones) | 720 6 | 62 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 3 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos | 720 6 | 68 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 (número de acciones) | 720 6 | 63 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 4 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos | 720 6 | 69 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 4" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 (número de acciones) | 720 6 | 64 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 5 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos | 720 6 | 70 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 5" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 42 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6(número de acciones) | 720 6 | 42 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 6 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 43 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos | 720 6 | 43 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 6" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 44 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 (número de acciones) | 720 6 | 44 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 7 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 45 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 Complemento en pesos | 720 6 | 45 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 7" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 46 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 (número de acciones) | 720 6 | 46 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 8 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 47 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos | 720 6 | 47 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 8" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 48 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 (número de acciones) | 720 6 | 48 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 9 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 49 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos | 720 6 | 49 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 9" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 50 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 (número de acciones) | 720 6 | 50 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 10 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 51 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos | 720 6 | 51 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 10" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 72 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 (número de acciones) | 720 6 | 72 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 75 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 Complemento en pesos | 720 6 | 75 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 73 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 (número de acciones) | 720 6 | 73 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 Complemento en pesos | 720 6 | 80 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 74 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 (número de acciones) | 720 6 | 74 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 Complemento en pesos | 720 6 | 81 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 (número de acciones) | 720 6 | 82 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 Complemento en pesos | 720 6 | 85 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 83 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 (número de acciones) | 720 6 | 83 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 Complemento en pesos | 720 6 | 86 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 84 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 (número de acciones) | 720 6 | 84 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 Complemento en pesos | 720 6 | 87 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 (número de acciones) | 720 6 | 88 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 11 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en pesos | 720 6 | 93 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 11" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 (número de acciones) | 720 6 | 89 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 12 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en pesos | 720 6 | 94 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 12" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 90 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 (número de acciones) | 720 6 | 90 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 13 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en pesos | 720 6 | 95 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 13" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 91 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 (número de acciones) | 720 6 | 91 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 14 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en pesos | 720 6 | 96 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 14" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 6 | 92 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 (número de acciones) | 720 6 | 92 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará el número de acciones de Siefore para Fondos de Previsión Social 15 que suscriba un tercero (diferente a la Administradora). |
| 710 6 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en pesos | 720 6 | 97 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 15" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 00 | Acciones de Siefores , posición propia | 720 7 | 00 | Posición propia, acciones en Siefores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 710 7 | 10 | Siefore Básica 1 (número de acciones) | 720 7 | 10 | Número de acciones Siefore Básica 1 | Se registrará el valor de las acciones de las que participa la Afore en la Siefore Básica 1. |
| 710 7 | 11 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos | 720 7 | 11 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 20 | Siefore Básica 2 (número de acciones) | 720 7 | 20 | Número de acciones Siefore Básica 2 | Se registrará el valor de las acciones de las que participa la Afore en la Siefore Básica 2. |
| 710 7 | 21 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos | 720 7 | 21 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 30 | Siefore Básica 3 (número de acciones) | 720 7 | 30 | Número de acciones Siefore Básica 3 | Se registrará el valor de las acciones de las que participa la Afore en la Siefore Básica 3. |
| 710 7 | 31 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos | 720 7 | 31 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 40 | Siefore Básica 4 (número de acciones) | 720 7 | 40 | Número de acciones Siefore Básica 4 | Se registrará el valor de las acciones de las que participa la Afore en la Siefore Básica 4. |
| 710 7 | 41 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos | 720 7 | 41 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore Básica 4" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 55 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones (número de acciones) | 720 7 | 55 | Número de acciones Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Sociedad de Inversión Básica de Pensiones. |
| 710 7 | 56 | Sociedad de Inversión Básica de Pensiones Complemento en pesos | 720 7 | 56 | Complemento en pesos Sociedad de Inversión Básica de Pensiones | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Sociedad de Inversión Básica de Pensiones" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 60 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 (número de acciones) | 720 7 | 60 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 1. |
| 710 7 | 66 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos | 720 7 | 66 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 61 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 (número de acciones) | 720 7 | 61 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 2. |
| 710 7 | 67 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos | 720 7 | 67 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 62 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 (número de acciones) | 720 7 | 62 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 3. |
| 710 7 | 68 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos | 720 7 | 68 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 63 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 (número de acciones) | 720 7 | 63 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 4. |
| 710 7 | 69 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos | 720 7 | 69 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 4" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 64 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 (número de acciones) | 720 7 | 64 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 5. |
| 710 7 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos | 720 7 | 70 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 5" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 42 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6(número de acciones) | 720 7 | 42 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 6. |
| 710 7 | 43 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos | 720 7 | 43 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 6" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 44 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 (número de acciones) | 720 7 | 44 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 7. |
| 710 7 | 45 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 Complemento en pesos | 720 7 | 45 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 7" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 46 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 (número de acciones) | 720 7 | 46 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 8. |
| 710 7 | 47 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos | 720 7 | 47 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 8" a la fecha de emisión de la información |
| 710 7 | 48 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 (número de acciones) | 720 7 | 48 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 9. |
| 710 7 | 49 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos | 720 7 | 49 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 9" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 50 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 (número de acciones) | 720 7 | 50 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 10. |
| 710 7 | 51 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos | 720 7 | 51 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 10" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 72 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 (número de acciones) | 720 7 | 72 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1. |
| 710 7 | 75 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 Complemento en pesos | 720 7 | 75 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 1 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 73 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 (número de acciones) | 720 7 | 73 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2. |
| 710 7 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 Complemento en pesos | 720 7 | 80 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 2 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 74 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 (número de acciones) | 720 7 | 74 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3. |
| 710 7 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 Complemento en pesos | 720 7 | 81 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Corto Plazo 3 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 (número de acciones) | 720 7 | 82 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1. |
| 710 7 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 Complemento en pesos | 720 7 | 85 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 1 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 83 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 (número de acciones) | 720 7 | 83 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2. |
| 710 7 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 Complemento en pesos | 720 7 | 86 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 2 | Se registrará el complemento en pesos que su sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 84 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 (número de acciones) | 720 7 | 84 | Número de acciones Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3. |
| 710 7 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 Complemento en pesos | 720 7 | 87 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario a Largo Plazo 3 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 88 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 (número de acciones) | 720 7 | 88 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 11. |
| 710 7 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en pesos | 720 7 | 93 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 11" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 89 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 (número de acciones) | 720 7 | 89 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 12. |
| 710 7 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en pesos | 720 7 | 94 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 12" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 90 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 (número de acciones) | 720 7 | 90 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 13. |
| 710 7 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en pesos | 720 7 | 95 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 13" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 91 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 (número de acciones) | 720 7 | 91 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 14. |
| 710 7 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en pesos | 720 7 | 96 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 14" a la fecha de emisión de la información. |
| 710 7 | 92 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 (número de acciones) | 720 7 | 92 | Número de acciones Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará el valor de acciones de las que participa la Afore en la Siefore para Fondo de Previsión Social 15. |
| 710 7 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en pesos | 720 7 | 97 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de la cuenta anterior, reporte el saldo a valor nominal de las acciones de "Siefore para Fondos de Previsión Social 15" a la fecha de emisión de la información. |
| 711 4 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores | 721 4 | 00 | Administración de acciones por cuenta de trabajadores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 711 4 | 01 | Siefore Básica 1 Retiro | 721 4 | 01 | Retiro Siefore Básica 1 | Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Retiro", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administrados por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 02 | Siefore Básica 1 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 721 4 | 02 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 1 | Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administrados por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 03 | Siefore Básica 1 Cuota Social | 721 4 | 03 | Cuota social Siefore Básica 1 | Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Cuota Social", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 04 | Siefore Básica 1 SAR Anterior | 721 4 | 04 | SAR Anterior Siefore Básica 1 | Se registrará el valor de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de SAR anterior", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 08 | Siefore Básica 1 Ahorro Voluntario IMSS | 721 4 | 08 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Ahorro Voluntario IMSS", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 09 | Siefore Básica 1 SAR ISSSTE 1992 | 721 4 | 09 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de SAR ISSSTE 1992", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 10 | Siefore Básica 1 RCV ISSSTE | 721 4 | 10 | RCV ISSSTE Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de RVC ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 11 | Siefore Básica 1 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE | 721 4 | 11 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 12 | Siefore Básica 1 Ahorro Voluntario ISSSTE | 721 4 | 12 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 1 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 1" en la "cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 06 | Cuenta de Pensión | 721 4 | 06 | Cuenta de Pensión | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Cuenta de Pensión", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en títulos administrados por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 13 | Siefore Básica 2 Retiro | 721 4 | 13 | Retiro Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de Retiro", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 14 | Siefore Básica 2 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 721 4 | 14 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 15 | Siefore Básica 2 Cuota Social | 721 4 | 15 | Cuota Social Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de Cuota Social", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 16 | Siefore Básica 2 SAR Anterior | 721 4 | 16 | SAR Anterior Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de SAR anterior", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 20 | Siefore Básica 2 Ahorro Voluntario IMSS | 721 4 | 20 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de Ahorro Voluntario IMSS", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 21 | Siefore Básica 2 SAR ISSSTE 1992 | 721 4 | 21 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de SAR ISSSTE 1992", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 22 | Siefore Básica 2 RCV ISSSTE | 721 4 | 22 | RCV ISSSTE Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de RVC ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 23 | Siefore Básica 2 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE | 721 4 | 23 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica2" en la "cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 24 | Siefore Básica 2 Ahorro Voluntario ISSSTE | 721 4 | 24 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 2 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 2" en la "cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 25 | Siefore Básica 3 Retiro | 721 4 | 25 | Retiro Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica3" en la "cuenta de Retiro", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 26 | Siefore Básica 3 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 721 4 | 26 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 27 | Siefore Básica 3 Cuota Social | 721 4 | 27 | Cuota Social Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de Cuota Social", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 28 | Siefore Básica 3 SAR Anterior | 721 4 | 28 | SAR Anterior Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de SAR anterior", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 32 | Siefore Básica 3 Ahorro Voluntario IMSS | 721 4 | 32 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de Ahorro Voluntario IMSS", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 33 | Siefore Básica 3 SAR ISSSTE 1992 | 721 4 | 33 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de SAR ISSSTE 1992", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 34 | Siefore Básica 3 RCV ISSSTE | 721 4 | 34 | RCV ISSSTE Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de RVC ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 35 | Siefore Básica 3 Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE | 721 4 | 35 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 36 | Siefore Básica 3 Ahorro Voluntario ISSSTE | 721 4 | 36 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 3 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 3" en la "cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 37 | Siefore Básica 4 Retiro | 721 4 | 37 | Retiro Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Retiro", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 38 | Siefore Básica 4 Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 721 4 | 38 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 39 | Siefore Básica 4 Cuota Social | 721 4 | 39 | Cuota Social Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Cuota Social", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 40 | Siefore Básica 4 SAR Anterior | 721 4 | 40 | SAR Anterior Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de SAR anterior", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 44 | Siefore Básica 4 Ahorro Voluntario IMSS | 721 4 | 44 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Ahorro Voluntario IMSS", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 45 | Siefore Básica 4 SAR ISSSTE 1992 | 721 4 | 45 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de SAR ISSSTE 1992", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 46 | Siefore Básica 4 RCV ISSSTE | 721 4 | 46 | RCV ISSSTE Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de RVC ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 47 | Siefore Básica 4 Aportaciones de Ahorro Voluntario Solidario ISSSTE | 721 4 | 47 | Aportaciones de Ahorro Voluntario Solidario ISSSTE Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 48 | Siefore Básica 4 Ahorro Voluntario ISSSTE | 721 4 | 48 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica 4 | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 49 | Siefore Básica de Pensiones Retiro | 721 4 | 49 | Retiro Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Retiro", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 50 | Siefore Básica de Pensiones Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 721 4 | 50 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 51 | Siefore Básica de Pensiones Cuota Social | 721 4 | 51 | Cuota Social Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Cuota Social", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 52 | Siefore Básica de Pensiones SAR Anterior | 721 4 | 52 | SAR Anterior Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de SAR anterior", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 53 | Siefore Básica de Pensiones Ahorro Voluntario IMSS | 721 4 | 53 | Ahorro Voluntario IMSS Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Ahorro Voluntario IMSS", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 54 | Siefore Básica de Pensiones SAR ISSSTE 1992 | 721 4 | 54 | SAR ISSSTE 1992 Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica 4" en la "cuenta de SAR ISSSTE 1992", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 55 | Siefore Básica de Pensiones RCV ISSSTE | 721 4 | 55 | RCV ISSSTE Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de RCV ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 56 | Siefore Básica de Pensiones Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE | 721 4 | 56 | Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Aportaciones de Ahorro Solidario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 57 | Siefore Básica de Pensiones Ahorro Voluntario ISSSTE | 721 4 | 57 | Ahorro Voluntario ISSSTE Siefore Básica de Pensiones | Se registrará el número de acciones de los trabajadores o afiliados generadas por la compra y venta de acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" en la "cuenta de Ahorro Voluntario ISSSTE", operados en la base de datos de trabajadores administrada por la Afore. Esta cuenta reportará el saldo en acciones administradas por la AFORE en esta Siefore. |
| 711 4 | 70 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | 721 4 | 70 | Fondos de Previsión Social - Siefore 1 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 1. Corresponde al sado de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 71 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | 721 4 | 71 | Fondos de Previsión Social - Siefore 2 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 2. Corresponde al sado de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 72 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | 721 4 | 72 | Fondos de Previsión Social - Siefore 3 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 3. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 73 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | 721 4 | 73 | Fondos de Previsión Social - Siefore 4 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 4. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 74 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | 721 4 | 74 | Fondos de Previsión Social - Siefore 5 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 5. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 75 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | 721 4 | 75 | Fondos de Previsión Social - Siefore 6 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 6. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 76 | Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | 721 4 | 76 | Fondos de Previsión Social - Siefore 7 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 7. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 77 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | 721 4 | 77 | Fondos de Previsión Social - Siefore 8 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 8. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 78 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | 721 4 | 78 | Fondos de Previsión Social - Siefore 9 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 9. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 79 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | 721 4 | 79 | Fondos de Previsión Social - Siefore 10 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 10. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 80 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | 721 4 | 80 | De Corto Plazo 1 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto plazo 1. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 81 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | 721 4 | 81 | De Corto Plazo 2 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto plazo 2. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 82 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | 721 4 | 82 | De Corto Plazo 3 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Corto plazo 3. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 85 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | 721 4 | 85 | De Largo Plazo 1 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo plazo 1. Corresponde al sado de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 86 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | 721 4 | 86 | De Largo Plazo 2 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo plazo 2. Corresponde al sado de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 87 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | 721 4 | 87 | De Largo Plazo 3 Siefore de Ahorro Voluntario | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore de Ahorro Voluntario de Largo plazo 3. Corresponde al sado de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 93 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | 721 4 | 93 | Fondos de Previsión Social - 11 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 11. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 94 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | 721 4 | 94 | Fondos de Previsión Social - 12 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 12. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 95 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | 721 4 | 95 | Fondos de Previsión Social - 13 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 13. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 96 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | 721 4 | 96 | Fondos de Previsión Social - 14 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 14. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 4 | 97 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | 721 4 | 97 | Fondos de Previsión Social - 15 | Se registrará el número de acciones de los afiliados para Siefore para Fondo de Previsión Social 15. Corresponde al saldo de la cuenta administrada por la afore en la base de datos de trabajadores. |
| 711 5 | 00 | Complemento en pesos Acciones administradas por cuenta de trabajadores | 721 5 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores complemento en pesos | "Recursos y Valores Administrados" |
| 711 5 | 01 | Complemento en pesos Siefore Básica 1 | 721 5 | 01 | Siefore Básica 1 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore Básica 1" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 02 | Complemento en pesos Siefore Básica 2 | 721 5 | 02 | Siefore Básica 2 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore Básica 2" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 03 | Complemento en pesos Siefore Básica 3 | 721 5 | 03 | Siefore Básica 3 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore Básica 3" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 04 | Complemento en pesos Siefore Básica 4 | 721 5 | 04 | Siefore Básica 4 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore Básica 4" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 05 | Complemento en pesos Siefore Básica de Pensiones | 721 5 | 05 | Siefore de Pensiones Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore Básica de Pensiones" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 06 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 1 | 721 5 | 06 | Siefore para Fondos de Previsión Social 1 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 1" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 07 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 2 | 721 5 | 07 | Siefore para Fondos de Previsión Social 2 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 2 " a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 08 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 3 | 721 5 | 08 | Siefore para Fondos de Previsión Social 3 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 3" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 09 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 4 | 721 5 | 09 | Siefore para Fondos de Previsión Social 4 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 4 " a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 10 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 5 | 721 5 | 10 | Siefore para Fondos de Previsión Social 5 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 5" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 11 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 6 | 721 5 | 11 | Siefore para Fondos de Previsión Social 6 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 6" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 12 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | 721 5 | 12 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 7 | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 7" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 13 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 8 | 721 5 | 13 | Siefore para Fondos de Previsión Social 8 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 8" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 14 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 9 | 721 5 | 14 | Siefore para Fondos de Previsión Social 9 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 9" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 15 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 10 | 721 5 | 15 | Siefore para Fondos de Previsión Social 10 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 10" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 16 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 | 721 5 | 16 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 1" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 17 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 | 721 5 | 17 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 2" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 18 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 | 721 5 | 18 | Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Corto Plazo 3" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 19 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 | 721 5 | 19 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 1" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 20 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 | 721 5 | 20 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 2" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 21 | Complemento en pesos Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 | 721 5 | 21 | Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore de Ahorro Voluntario de Largo Plazo 3" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 22 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 11 | 721 5 | 22 | Siefore para Fondos de Previsión Social 11 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 11" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 23 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 12 | 721 5 | 23 | Siefore para Fondos de Previsión Social 12 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 12" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 24 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 13 | 721 5 | 24 | Siefore para Fondos de Previsión Social 13 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 13" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 25 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 14 | 721 5 | 25 | Siefore para Fondos de Previsión Social 14 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 14" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 711 5 | 26 | Complemento en pesos Siefore para Fondos de Previsión Social 15 | 721 5 | 26 | Siefore para Fondos de Previsión Social 15 Complemento en pesos | Se registrará el complemento en pesos que sumado al número de acciones de las subcuentas de la cuenta "Acciones administradas por cuenta de trabajadores", reporte el saldo total a valor nominal en pesos de tales acciones en la "Siefore para Fondos de Previsión Social 15" a la fecha de emisión de la información financiera o de su publicación. |
| 712 0 | 00 | Bancos cuentas administradas por cuenta de trabajadores | 722 0 | 00 | Administración de Bancos por cuenta de trabajadores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 712 0 | 01 | Chequera 1 | 722 0 | 01 | 1 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 02 | Chequera 2 | 722 0 | 02 | 2 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 03 | Chequera 3 | 722 0 | 03 | 3 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 04 | Chequera 4 | 722 0 | 04 | 4 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 05 | Chequera 5 | 722 0 | 05 | 5 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 06 | Chequera 6 | 722 0 | 06 | 6 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 07 | Chequera 7 | 722 0 | 07 | 7 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 08 | Chequera 8 | 722 0 | 08 | 8 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 09 | Chequera 9 | 722 0 | 09 | 9 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 712 0 | 10 | Chequera 10 | 722 0 | 10 | 10 Chequera | Se presentará por cada chequera el saldo disponible de los recursos de los trabajadores que se hayan puesto a disposición y que a la fecha de la emisión de la balanza no hayan sido COBRADOS y/o se encuentren disponibles en el proceso de solicitud de saldos. |
| 730 3 | 00 | Saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT | 740 3 | 00 | Administración por INFONAVIT de saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios | "Información administrada de Trabajadores" |
| 730 3 | 01 | Saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios administrados en AIV ´S por INFONAVIT | 740 3 | 01 | Administración en AIV ´s de los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el INFONAVIT y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al INFONAVIT 97. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 3 | 02 | Complemento en pesos por los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT | 740 3 | 02 | Administración de los saldos de vivienda 97 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT Complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda INFONAVIT 97 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 3 | 03 | Saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios administrados en AIV ´S por INFONAVIT | 740 3 | 03 | Administración en AIV ´s de los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT | Se registrarán los movimientos de entradas y salidas en unidades denominadas AIV ´s, originados por los procesos de aportaciones, retiros, unificaciones, separaciones y procesos de crédito de vivienda, entre otros, cuyos recursos se mantienen en el INFONAVIT y son operados en la base de datos de trabajadores que administra la AFORE. Esta cuenta reportará el saldo en unidades denominadas AIV ´s correspondiente al INFONAVIT 92. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 3 | 04 | Complemento en pesos por los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT | 740 3 | 04 | Administración de los saldos de vivienda 92 de trabajadores en prestadora de servicios por INFONAVIT Complemento en pesos | Se registrará en pesos y representará el complemento de la valuación de las AIV ´S totales al cierre de cada mes o a la fecha que se emita la información financiera. Esta cuenta se adicionará con un complemento en pesos que sumado con la cuenta anterior de Vivienda INFONAVIT 92 en AIV ´s reportará el saldo de las AIV ´s valuado en pesos con el valor de la AIV ´S del 1er día natural del mes siguiente. Al siguiente día hábil se podrá reversar el registro del complemento en pesos. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 00 | Saldos en BANXICO de prestadoras de servicios | 740 4 | 00 | Prestadora de servicios Saldos en BANXICO | "Información administrada de Trabajadores" |
| 730 4 | 01 | Retiro | 740 4 | 01 | Retiro | Se registrará el saldo por concepto de "Retiro" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 02 | Cesantía en Edad Avanzada y Vejez | 740 4 | 02 | Vejez y Cesantía en Edad Avanzada | Se registrará el saldo por concepto de "Cesantía en edad avanzada" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México, así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 03 | Cuota social | 740 4 | 03 | Cuota social | Se registrará el saldo por concepto de "Cuota Social" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México, así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 04 | Voluntarias | 740 4 | 04 | Voluntarias | Se registrará el saldo por concepto de "Voluntarias" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México, así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 05 | SAR 1992 | 740 4 | 05 | SAR 1992 | Se registrará el saldo por concepto de "SAR 1992" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México, así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 730 4 | 06 | Complementarias | 740 4 | 06 | Complementarias | Se registrará el saldo por concepto de "Complementarias" de las cuentas individuales inactivas invertidas en el Banco de México, así como los rendimientos por dicho concepto por el período en que se devenguen. Esta cuenta es de uso exclusivo para la Administradora que funge como Prestadora de Servicios. |
| 712 1 | 00 | Saldo de trabajadores administrados Régimen 10 ° Transitorio | 722 1 | 00 | Administración de saldos de trabajadores Régimen 10 ° Transitorio | "Información administrada de Trabajadores" |
| 712 1 | 01 | Saldos de trabajadores SAR 92 administrados - Régimen 10 ° Transitorio | 722 1 | 01 | Administración SAR 92 de Saldos de Trabajadores - Régimen 10 ° Transitorio | Se registrarán los movimientos de entrada y salida de las cuentas individuales de los trabajadores cuyos datos son administrados por el Fondo Nacional de Pensiones de los trabajadores al Servicio del Estado y corresponden aquellos trabajadores que no se encuentran bajo el régimen décimo transitorio, cuyos recursos se encuentran depositados en Banco de México generados por los movimientos hasta el 2008. En esta cuenta también se registrarán los rendimientos que generen los saldos de los trabajadores en Banco de México. Esta cuenta es de uso exclusivo del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado. |
| 712 1 | 02 | Saldos de trabajadores SAR ISSSTE administrados - Régimen 10 ° Transitorio | 722 1 | 02 | Administración SAR ISSSTE de Saldos de trabajadores - Régimen 10 ° Transitorio | Se registrarán los movimientos de entrada y salida de las cuentas individuales de los trabajadores cuyos DATOS son administrados por el Fondo Nacional de Pensiones de los trabajadores al Servicio del Estado y corresponde a los trabajadores que se encuentra bajo el régimen décimo transitorio, cuyos recursos se encuentran depositados en Banco de México generados por los movimientos a partir del 2008. En esta cuenta también se registrarán los rendimientos que generen los saldos de los trabajadores en Banco de México. Esta cuenta es de uso exclusivo del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado. |
| 712 2 | 00 | Saldo de Trabajadores administrados en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA | 722 2 | 00 | Administración de Saldos de Trabajadores en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA | "Información administrada de Trabajadores" |
| 712 2 | 01 | Saldos de trabajadores administrados SAR 92 | 722 2 | 01 | Administración de Saldos de trabajadores SAR 92 | Se registrarán los movimientos de entrada y salida de las cuentas individuales de los trabajadores cuyos-DATOS son administrados por el Fondo Nacional de Pensiones de los trabajadores al Servicio del Estado y corresponde aquellos trabajadores que no se encuentran bajo el régimen décimo transitorio, cuyos los recursos se encuentran depositados en Banco de México generados por movimientos hasta el 2008. En esta cuenta también se registrarán los rendimientos que generen los saldos de los trabajadores en Banco de México. Esta cuenta es de uso exclusivo del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado. |
| 718 0 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Agentes Promotores propios | 728 0 | 00 | Agentes Promotores Propios - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" El saldo de esta cuenta deberá corresponder al saldo de la cuenta 5401 02 |
| 718 0 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | 728 0 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores propios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propia, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses. |
| 718 0 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | 728 0 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores propios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propia, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses. |
| 718 0 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones | 728 0 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores propios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propia, por las afiliaciones de cuentas individuales. |
| 718 0 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones | 728 0 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores propios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propia, por recertificación de cuentas individuales. |
| 718 0 | 05 | Otras Remuneraciones variables | 728 0 | 05 | Remuneraciones Variables Otras | Se registrará cualquier concepto que no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas descritas, relacionadas con las "Remuneraciones variables pagadas a Agentes Promotores Propios", incluyendo las remuneraciones variables derivadas de esquemas de compensación vigentes antes del 2 de marzo de 2015. Las Administradoras deberán enviar a la Comisión el sexto día hábil de cada mes, la integración de esta subcuenta. |
| 718 0 | 07 | Bonos de productividad | 728 0 | 07 | Productividad Bonos | Se registrarán los bonos de productividad o cualquier tipo de bono pagado a los Agentes Promotores propios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propia. |
| 718 0 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario | 728 0 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones | Se registrarán los incentivos por captación de aportaciones de ahorro voluntario pagados a los Agentes Promotores propios y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propias. |
| 718 0 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes | 728 0 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones | Se registrarán las comisiones por concepto de mantenimiento de cartera de clientes pagadas a los Agentes Promotores propios y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas propias. |
| 718 1 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 728 1 | 00 | Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" El saldo de esta cuenta deberá corresponder al saldo de la cuenta 5401 18 |
| 718 1 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | 728 1 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses. |
| 718 1 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | 728 1 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia la Administradora Transferente menor a treinta meses. |
| 718 1 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones | 728 1 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios por las afiliaciones de cuentas individuales. |
| 718 1 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones | 728 1 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Agentes Promotores, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios por recertificación de cuentas individuales. |
| 718 1 | 05 | Otras Remuneraciones variables a empresas de servicios | 728 1 | 05 | Remuneraciones Variables Otras -Empresas de servicios | Se registrará cualquier concepto que no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas descritas, relacionadas con las "Remuneraciones variables pagadas a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios", incluyendo las remuneraciones variables derivadas de esquemas de compensación vigentes antes del 2 de marzo de 2015. Las Administradoras deberán enviar a la Comisión el sexto día hábil de cada mes, la integración de esta subcuenta. |
| 718 1 | 07 | Bonos de productividad | 728 1 | 07 | Productividad Bonos | Se registrarán los bonos de productividad o cualquier tipo de bono pagado a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios. |
| 718 1 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario | 728 1 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones | Se registrarán los incentivos por captación de aportaciones de ahorro voluntario pagados a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios. |
| 718 1 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes | 728 1 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones | Se registrarán las comisiones por concepto de mantenimiento de cartera de clientes pagadas a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios, y en general a cualquier integrante de la estructura de ventas, contratados a través de Empresas de Servicios. |
| 718 2 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Comisionistas | 728 2 | 00 | Comisionistas - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" El saldo de esta cuenta deberá corresponder al saldo de la cuenta 5401 19 |
| 718 2 | 01 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | 728 2 | 01 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Comisionistas, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses. |
| 718 2 | 02 | Remuneraciones variables por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | 728 2 | 02 | Por cuentas individuales traspasadas con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Comisionistas, por los traspasos de cuentas individuales con permanencia la Administradora Transferente menor a treinta meses. |
| 718 2 | 03 | Remuneraciones variables por afiliaciones | 728 2 | 03 | Afiliaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Comisionistas por afiliaciones de cuentas individuales. |
| 718 2 | 04 | Remuneraciones variables por recertificaciones | 728 2 | 04 | Recertificaciones - Remuneraciones variables | Se registrará el monto de las remuneraciones variables devengadas al periodo que se reporta de los Comisionistas por recertificación de cuentas individuales. |
| 718 2 | 05 | Otras Remuneraciones variables a comisionistas | 728 2 | 05 | Remuneraciones Variables Otras -Comisionistas | Se registrará cualquier concepto que no se encuentre contemplado dentro de alguna de las subcuentas descritas, relacionadas con las "Remuneraciones variables pagadas a Comisionistas", incluyendo las remuneraciones variables derivadas de esquemas de compensación vigentes antes del 2 de marzo de 2015. Las Administradoras deberán enviar a la Comisión el sexto día hábil de cada mes, la integración de esta subcuenta. |
| 718 2 | 07 | Bonos de productividad | 728 2 | 07 | Productividad Bonos | Se registrarán los bonos de productividad o cualquier tipo de bono pagado a los Comisionistas |
| 718 2 | 08 | Comisiones por Ahorro Voluntario | 728 2 | 08 | Ahorro Voluntario - Comisiones | Se registrarán los incentivos por captación de aportaciones de ahorro voluntario pagados a los Comisionistas. |
| 718 2 | 09 | Comisiones por retención de cartera de clientes | 728 2 | 09 | Retención de cartera de clientes - Comisiones | Se registrarán las comisiones por concepto de mantenimiento de cartera de clientes pagadas a los Comisionistas. |
| 718 3 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | 728 3 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | "Información de Agentes Promotores" |
| 718 3 | 01 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores propios | 728 3 | 01 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores Propios | Se registrará el número total de traspasos con permanencia igual o mayor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Agentes Promotores Propios. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 3 | 02 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 728 3 | 02 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | Se registrará el número total de traspasos con permanencia igual o mayor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 3 | 03 | Número total de traspasos efectuados por Comisionistas | 728 3 | 03 | Total de número de traspasos efectuados por Comisionistas | Se registrará el número total de traspasos con permanencia igual o mayor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Comisionistas. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 4 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | 728 4 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | "Información de Agentes Promotores" |
| 718 4 | 01 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores propios | 728 4 | 01 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores Propios | Se registrará el número total de traspasos con permanencia menor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Agentes Promotores Propios. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 4 | 02 | Número total de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 728 4 | 02 | Total de número de traspasos efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | Se registrará el número total de traspasos con permanencia menor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 4 | 03 | Número total de traspasos efectuados por Comisionistas | 728 4 | 03 | Total de número de traspasos efectuados por Comisionistas | Se registrará el número total de traspasos con permanencia menor a treinta meses en la Afore Transferente efectuados por Comisionistas. Dichos traspasos deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 5 | 00 | Número total de afiliaciones | 728 5 | 00 | Total de número de afiliaciones | "Información de Agentes Promotores" |
| 718 5 | 01 | Número total de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | 728 5 | 01 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | Se registrará el número total de afiliaciones efectuados por Agentes Promotores Propios. Dichas afiliaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 5 | 02 | Número total de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 728 5 | 02 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | Se registrará el número total de afiliaciones efectuados por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios. Dichas afiliaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 5 | 03 | Número total de afiliaciones efectuadas por Comisionistas | 728 5 | 03 | Total de número de afiliaciones efectuadas por Comisionistas | Se registrará el número total de afiliaciones efectuadas por Comisionistas. Dichas afiliaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 6 | 00 | Número total de recertificaciones | 728 6 | 00 | Total de número de Recertificaciones | "Información de Agentes Promotores" |
| 718 6 | 01 | Número total de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | 728 6 | 01 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores propios | Se registrará el número total de recertificaciones efectuados por Agentes Promotores Propios. Dichas recertificaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 6 | 02 | Número total de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 728 6 | 02 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | Se registrará el número total de recertificaciones efectuadas por Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios. Dichas recertificaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 6 | 03 | Número total de recertificaciones efectuadas por Comisionistas | 728 6 | 03 | Total de número de recertificaciones efectuadas por Comisionistas | Se registrará el número total de recertificaciones efectuadas por Comisionistas. Dichas recertificaciones deberán corresponder a los montos que se registren en el mes que se trate por concepto de remuneraciones variables en las cuentas correspondientes. |
| 718 6 | 04 | Número total de recertificaciones efectuadas a través de Call-Center | 728 6 | 04 | Número total de recertificaciones efectuadas a través de Call-Center | Se registrará el número total de recertificaciones efectuadas a través de Call-Center. |
ANEXO E
Reglas de agrupación y presentación en el Estado de Situación Financiera
Reglas de agrupación de activo
| Cuenta | Subcuenta | Concepto | Descripción |
| 1101 | 00 | Caja | "Efectivo y equivalentes de efectivo" |
| 1102 | 00 | Bancos | "Efectivo y equivalentes de efectivo" |
| 1103 | 00 | Inversiones del disponible a la vista | "Efectivo y equivalentes de efectivo" |
| 1302 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a corto plazo | "Partes relacionadas" |
| 1310 | 00 | Comisiones por cobrar | "Partes relacionadas" |
| 1301 | 00 | Deudores diversos | "Deudores diversos" |
| 1311 | 00 | Adeudos de funcionarios y empleados | "Deudores diversos" |
| 1312 | 00 | Impuestos por recuperar y/o acreditar | "Impuestos por recuperar" |
| 1230 | 00 | Inversiones en instrumentos financieros | "Inversiones en instrumentos financieros" |
| 1402 | 00 | Inversiones de reserva para pensiones del personal y prima de antig | "Inversiones en instrumentos financieros" |
| 1601 | 00 | Pagos anticipados a corto plazo | "Pagos anticipados" |
| 1232 | 00 | Inversiones en la reserva especial | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1233 | 00 | Inversiones en capital social mínimo de SIEFORES | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1401 | 00 | Inversiones permanentes | "Inversiones permanentes en acciones" |
| 1231 | 00 | Inversiones en instrumentos de deuda a largo plazo | "Instrumentos financieros a largo plazo" |
| 1501 | 00 | Mobiliario y equipo | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1502 | 00 | Equipo de transporte | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1503 | 00 | Inmuebles | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1504 | 00 | Bienes muebles en adquisición - Arrendamiento financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1505 | 00 | Bienes inmuebles en adquisición - Arrendamiento financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1603 | 00 | Adaptaciones y mejoras | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3102 | 00 | Depreciación acumulada de mobiliario y equipo | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3103 | 00 | Depreciación acumulada de equipo de transporte | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3104 | 00 | Depreciación acumulada de inmuebles - Edificio | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3105 | 00 | Depreciación acumulada de bienes muebles adquiridos en Arrendamiento Financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3106 | 00 | Depreciación acumulada de bienes inmuebles adquiridos en Arrendamiento Financiero | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3110 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración tangibles | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 3109 | 00 | Depreciación acumulada de adaptaciones y mejoras | "Propiedades, Mobiliario y Equipo - Neto" |
| 1602 | 00 | Pagos anticipados a largo plazo | "Pagos anticipados - largo plazo" |
| 1801 | 00 | Deudores diversos con partes relacionadas a largo plazo | "Partes relacionadas Largo Plazo" |
| 1606 | 00 | Activos intangibles | "Activos intangibles - Neto" |
| 3107 | 00 | Amortización acumulada de activos intangibles de vida definida | "Activos intangibles - Neto" |
| 3108 | 00 | Deterioro en el valor de los activos de larga duración intangibles | "Activos intangibles - Neto" |
| 1608 | 00 | Crédito mercantil | "Crédito Mercantil" |
| 3111 | 00 | Pérdidas por deterioro del crédito mercantil | "Crédito Mercantil" |
| 1607 | 00 | Impuestos diferidos - Activo | "Impuestos diferidos" |
| 1604 | 00 | Depósitos en garantía | "Otros Activos" |
| | | | |
Reglas de agrupación de pasivo y capital
| Cuenta | Subcuenta | Concepto | Descripción |
| | | | |
| 2101 | 00 | Acreedores diversos | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2102 | 00 | Dividendos por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2105 | 00 | Multas y sanciones por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2106 | 00 | Créditos o prestamos autorizados | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2107 | 00 | Intereses por pagar de créditos o prestamos | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2103 | 00 | Provisiones para obligaciones diversas | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2204 | 00 | Comisiones por pagar | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2205 | 00 | Depósitos recibidos en garantía | "Cuentas por pagar y otros gastos acumulados" |
| 2112 | 00 | Partes relacionadas | "Partes relacionadas" |
| 2104 | 00 | Impuestos y contribuciones por pagar | "Impuestos y contribuciones por pagar" |
| 2111 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades | "Participación de los trabajadores en las utilidades" |
| 2108 | 00 | Impuestos a la utilidad por pagar | "Impuestos a la utilidad por pagar" |
| 2109 | 00 | Impuestos diferidos | "Impuestos diferidos" |
| 2110 | 00 | Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | "Participación de los trabajadores en las utilidades diferida" |
| 2201 | 00 | Reserva para pensiones del personal | "Beneficios a los empleados" |
| 2202 | 00 | Reserva para primas de antig terminación | "Beneficios a los empleados" |
| | | | |
| 4101 | 00 | Capital social pagado | "Capital Contribuido" |
| 4102 | 00 | Prima en venta de acciones | "Capital Contribuido" |
| 4201 | 00 | Reserva legal | "Capital ganado" |
| 4103 | 00 | Aportaciones para futuros aumentos de capital | "Capital Contribuido" |
| 4301 | 00 | Resultados de ejercicios anteriores | "Capital ganado" |
| 4302 | 00 | Resultados del ejercicio | "Capital ganado" |
| 4303 | 00 | Otros Resultados Integrales | "Capital ganado" |
ANEXO F
Reglas de agrupación y presentación en el Estado de Resultado Integral
Reglas de agrupación y presentación de cuentas acreedoras en el Estado de Resultado Integral
| Cuenta | Sub Cta | Cuenta | Rubro al Estado de Resultados |
| 5101 | 00 | Ingresos por comisiones | "Ingresos por Comisiones" |
| 5105 | 00 | Otros Ingresos | "Otros Gastos /Otros Ingresos - Neto" |
| 5106 | 00 | Participación en los resultados de subsidiarias | "Participación en los resultados de subsidiarias" |
| | | | |
| Reglas de agrupación y presentación de cuentas deudoras en el Estado de Resultado Integral | |||
| Cuenta | Sub Cta | Cuenta | Rubro al Estado de Resultados |
| 5401 | 00 | Costos de afiliación y traspasos | "Costo de Operación" |
| 5402 | 00 | Costos regulatorios | "Otros Costos de Operación" |
| 5403 | 00 | Costos directos de operación de personal operativo y servicio a trabajadores | "Otros Costos de Operación" |
| 5404 | 00 | Costos directos de operación por inversión y administración de riesgos | "Costo de Operación" |
| 5405 | 00 | Gastos generales de administración* | "Gastos de Administración" |
| 5408 | 00 | Otros gastos | "Otros Gastos /Otros ingresos - Neto" |
| 5406 | 00 | Resultado Integral de Financiamiento | "Resultado integral de financiamiento" |
| 5407 | 00 | Impuesto a la utilidad | "Impuesto a la utilidad" |
| | | | |
| " Rubros a donde se agrupan las cuentas para estados financieros" | | ||
ANEXO G
Reglas agrupación y presentación de Cuentas de Orden en el Estado de Situación Financiera
| Cta. | Sub Cta. | Cuenta de naturaleza Deudora | Cta. | Sub Cta. | Cuenta de naturaleza Acreedora | Rubro en el Balance General |
| 7103 | 00 | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT | 7203 | 00 | Administración de saldos vivienda INFONAVIT | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7108 | 00 | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE | 7208 | 00 | Administración de saldos vivienda FOVISSSTE | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7104 | 00 | Bonos de pensión de ISSSTE | 7204 | 00 | ISSSTE Bonos de pensión | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7106 | 00 | Acciones de Siefores, posición de terceros | 7206 | 00 | Posición de terceros, acciones de Siefores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 7107 | 00 | Acciones de Siefores, posición propia | 7207 | 00 | Posición propia, acciones en Siefores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 7114 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores | 7214 | 00 | Administración de acciones por cuenta de trabajadores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 7115 | 00 | Complemento en pesos Acciones administradas por cuenta de trabajadores | 7215 | 00 | Acciones administradas por cuenta de trabajadores complemento en pesos | "Recursos y Valores Administrados" |
| 7120 | 00 | Bancos cuentas administradas por cuenta de trabajadores | 7220 | 00 | Administración de Bancos por cuenta de trabajadores | "Recursos y Valores Administrados" |
| 7303 | 00 | Saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios administrados por INFONAVIT | 7403 | 00 | Administración por INFONAVIT de saldos de vivienda de trabajadores en prestadora de servicios | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7304 | 00 | Saldos en BANXICO de prestadoras de servicios | 7404 | 00 | Prestadora de servicios Saldos en BANXICO | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7121 | 00 | Saldo de trabajadores administrados Régimen 10 ° Transitorio | 7221 | 00 | Administración de saldos de trabajadores Régimen 10 ° Transitorio | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7122 | 00 | Saldo de Trabajadores administrados en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA | 7222 | 00 | Administración de Saldos de Trabajadores en PENSIONISSSTE en su carácter de ICEFA | "Información administrada de Trabajadores" |
| 7180 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Agentes Promotores propios | 7280 | 00 | Agentes Promotores Propios - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" |
| 7181 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a los Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios | 7281 | 00 | Agentes Promotores contratados a través de Empresas de Servicios - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" |
| 7182 | 00 | Remuneraciones variables pagadas a Comisionistas | 7282 | 00 | Comisionistas - Remuneraciones variables pagadas | "Información de Agentes Promotores" |
| 7183 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | 7283 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente igual o mayor a treinta meses | "Información de Agentes Promotores" |
| 7184 | 00 | Número total de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | 7284 | 00 | Total de número de traspasos con permanencia en la Administradora Transferente menor a treinta meses | "Información de Agentes Promotores" |
| 7185 | 00 | Número total de afiliaciones | 7285 | 00 | Total de número de afiliaciones | "Información de Agentes Promotores" |
| 7186 | 00 | Número total de Recertificaciones | 7286 | 00 | Total de número de Recertificaciones | "Información de Agentes Promotores" |
ANEXO H
Estado de Situación Financiera
Razón social de la Administradora
31 de diciembre de 20xx
| Cifras en miles de pesos mexicanos | ||||||
| | | 31 de diciembre de 20XX | | | | 31 de diciembre de 20XX |
| Activo | | | | Pasivo | | |
| Activo a Corto plazo: | | $ | | Pasivo a Corto Plazo: | | $ |
| Efectivo y equivalentes de efectivo 1 | | | | Cuentas por pagar y otros gastos acumulados: | | |
| | | | | Partes relacionadas | | |
| Inversiones en instrumentos financieros | | | | Impuestos y contribuciones por pagar | | |
| | | | | Participación de los trabajadores en las utilidades | | |
| Cuentas por cobrar: | | | | Impuestos a la utilidad por pagar | | |
| Partes relacionadas | | | | Suma del Pasivo a Corto Plazo | | |
| Deudores diversos | | | | | | |
| Impuestos por recuperar | | | | Pasivo a Largo Plazo: | | |
| Pagos anticipados a corto plazo | | | | Impuestos a la utilidad diferidos | | |
| Suma del Activo a Corto Plazo | | | | Participación de los trabajadores en las utilidades diferida | | |
| | | | | Beneficios a los empleados | | |
| Inversiones Permanentes | | | | | | |
| | | | | Suma del Pasivo a Largo Plazo | | |
| Crédito Mercantil | | | | | | |
| | | | | Total Pasivo | | |
| Instrumentos Financieros a Largo Plazo | | | | | | |
| | | | | Capital Contable | | |
| Propiedades Mobiliario y Equipo â Neto | | | | Capital Contribuido: | | |
| Otros Activos: | | | | Capital social | | |
| Pagos anticipados a largo plazo | | | | Aportaciones para futuros aumentos de capital | | |
| Partes relacionadas largo plazo | | | | Prima en venta de acciones | | |
| Otros activos | | | | | | |
| | | | | Capital Ganado: | | |
| Impuestos Diferidos | | | | Reserva legal | | |
| | | | | Utilidades (pérdidas) acumuladas | | |
| Activos Intangibles â Neto | | | | Otros resultados integrales | | |
| | | | | Total Capital Contable | | |
| Suma del Activo a Largo Plazo e Intangibles | | | | | | |
| | | | | Total de Pasivo y Capital Contable | | $ |
| Total de Activo | | $ | | | | |
| | | | | | | |
| | | | | | ||
| | | | | | | |
| Nota 1.- Incluye Efectivo y equivalente de efectivo, Efectivo y equivalente de efectivo restringido e Inversiones a corto Plazo | | | ||||
| | | | | | | |
| Cifras en miles de pesos mexicanos | ||||||
| CUENTAS DE ORDEN | ||||||
| | | 31 de diciembre de 20XX | | | | 31 de diciembre de 20XX |
| | | | | | | |
| RECURSOS Y VALORES ADMINISTRADOS | | | | INFORMACIÓN ADMINISTRADA DE TRABAJADORES | | |
| | | | | | ||
| Acciones administradas por cuenta de trabajadores (importe) | | $ | | Saldos administrados de vivienda INFONAVIT (importe) | | $ |
| Acciones de Siefores, posición propia (importe) | | | | Saldos administrados de vivienda FOVISSSTE (importe) | | |
| Acciones de Siefores, posición de terceros (importe) | | | | Saldos de bonos de pensión del ISSSTE (importe) | | |
| Bancos cuentas administradas por cuenta de trabajadores (importe) | | | | Saldos en Banxico de prestadoras de servicios (importe) | | |
| Total Recursos y valores administrados | | $ | | Total Información administrada de trabajadores | | $ |
| | | | | | | |
| | | | | | | |
| | | | | | | |
| | | | | | | |
| Los presentes estados financieros han sido formulados de acuerdo con las reglas de agrupación de cuentas establecidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y bajo la estricta responsabilidad de los funcionarios que los suscriben. | ||||||
| | | | | | | |
| Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros, los cuales fueron autorizados para su emisión el XX de XXXX de XXXX por los funcionarios que firman al calce. | ||||||
| | | | | | | |
| Director General | | Contador General | | Comisario | | |
| | | | | | | |
| | | | | | | |
| De conformidad con las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones, los estados financieros a que se hace referencia en los artículos 87 de la Ley y 108 del Reglamento, cuando sean anuales, deberán estar firmados por los administradores y comisarios que hayan aprobado y dictaminado la autenticidad de los datos contenidos en los mismos, mientras que los trimestrales, deberán incluir la firma de los administradores, y si así lo consideran las Administradoras y Empresas Operadoras se podrá consignar también la firma de los comisarios. | ||||||
ANEXO I
Estado de Resultado Integral
Razón social de la Administradora
Del 01 de enero de 20XX al 31 de diciembre de 20XX
| Cifras en miles de pesos mexicanos | ||
| | | |
| Ingresos por comisiones | | $ |
| | | |
| Costos de operación: | | |
| Costos de afiliación y traspaso | | |
| Costos directos de operación por inversión y administración de riesgos | | |
| Otros costos de operación | | |
| | | |
| Utilidad bruta | | |
| Gastos de administración | | |
| | | |
| Utilidad de operación | | |
| | | |
| Otros ingresos y gastos - Neto | | |
| Resultado integral de financiamiento: | | |
| Intereses (a cargo) a favor | | |
| Resultado por valuación a valor razonable | | |
| (Pérdida) utilidad en fluctuaciones en moneda extranjera | | |
| | | |
| Participación en los resultados de subsidiarias y asociadas | | |
| | | |
| Utilidad (pérdida) antes de impuestos a la utilidad | | |
| | | |
| Impuestos a la utilidad | | |
| Utilidad (pérdida) neta | | |
| | | |
| Otros resultados integrales (ORI) | | |
| Participación en los ORI de asociadas | | |
| | | |
| Resultado Integral | | $ |
| | | |
| Los presentes estados financieros han sido formulados de acuerdo con las reglas de agrupación de cuentas establecidas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y bajo la estricta responsabilidad de los funcionarios que los suscriben. | ||
| Las notas adjuntas son parte integrante de estos estados financieros, los cuales fueron autorizados para su emisión el XX de XXXX de XXXX por los funcionarios que firman al calce. | ||
| | | |
| | | |
| Director General Contador General | Comisario | |
| De conformidad con las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones, los estados financieros a que se hace referencia en los artículos 87 de la Ley y 108 del Reglamento, cuando sean anuales, deberán estar firmados por los administradores y comisarios que hayan aprobado y dictaminado la autenticidad de los datos contenidos en los mismos, mientras que los trimestrales, deberán incluir la firma de los administradores, y si así lo consideran las Administradoras y Empresas Operadoras se podrá consignar también la firma de los comisarios. | ||
ANEXO J
Razón social de la Administradora
Estado de Cambios en el Capital Contable
(En miles de pesos)
| Saldos y movimientos | Número de acciones | Fijo | Variable | Total | Prima en venta de acciones | Reserva legal | Resultados de ejercicios anteriores | Resultado del ejercicio | Otros resultados integrales | Total Capital Contable |
| Saldos al 31 de diciembre de 20XX: | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| Ajustes retrospectivos: | | | | | | | | | | |
| Modificaciones al plan de remuneraciones | | | | | | | | | | |
| Remediciones por beneficios a los empleados | | | | | | | | | | |
| Saldo al 31 de diciembre de 20XX, ajustado | | | | | | | | | | |
| Movimientos de propietarios | | | | | | | | | | |
| Pago de dividendos decretados en la Asamblea General de Accionistas del XXXX | | | | | | | | | | |
| Disminución de capital social | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| Movimientos de reservas | | | | | | | | | | |
| Incremento de la reserva legal | | | | | | | | | | |
| Resultado integral | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| Traspaso del resultado del ejercicio anterior | | | | | | | | | | |
| Otros resultados integrales: | | | | | | | | | | |
| Valuación de instrumentos financieros | | | | | | | | | | |
| Resultado del ejercicio | | | | | | | | | | |
| Saldos al 31 de diciembre de 20XX | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| Ajustes retrospectivos: | | | | | | | | | | |
| Remediciones por beneficios a los empleados | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | |
| Saldo al 31 de diciembre de 20XX, ajustado | | | | | | | | | | |
| Movimientos de propietarios | | | | | | | | | | |
| Pago de dividendos decretados en la Asamblea General de Accionistas del XXXX | | | | | | | | | | |
| Resultado integral | | | | | | | | | | |
| Traspaso del resultado de 20XX e incremento de la reserva legal | | | | | | | | | | |
| Otros resultados integrales: | | | | | | | | | | |
| Resultados por tenencia de activos no monetarios | | | | | | | | | | |
| Resultado del ejercicio | | | | | | | | | | |
| Saldos al 31 de diciembre de 20XX | | | | | | | | | | |
| | Director General | | | Contador General | | Comisario | | |||
Nota: Los conceptos que aparecen en el presente estado se muestran de manera enunciativa más no limitativa.
(Continúa en la Tercera Sección)
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