Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
NOTA ACLARATORIA A LOS ANEXOS 1 y 2 DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO.
Con fundamento en los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8, 10, fracciones I y II, 28 y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, así como 2 del Acuerdo por el que el Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación delega atribuciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2013, en relación con el artículo 64, fracciones I y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
El 24 de enero de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito.
Respecto del Anexo 1 del ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO, se aclara lo siguiente:
| DICE | DEBE DECIR |
| ... Asignación de recursos Para evitar disparidades en la asignación del recurso, se divide el monto del recurso disponible en tres partes iguales y cada de una de estas partes se divide de forma igualitaria entre los 64 municipios, con lo que se establece un monto base igual a $1,507,812.50 (un millón cuatrocientos veintitrés mil ciento veinticinco pesos M/N) para cada uno de los componentes (factores de riesgo, población de atención prioritaria y delitos de alto impacto) mediante la siguiente fórmula: ... | ... Asignación de recursos Para evitar disparidades en la asignación del recurso, se divide el monto del recurso disponible en tres partes iguales y cada de una de estas partes se divide de forma igualitaria entre los 64 municipios, con lo que se establece un monto base igual a $1,507,812.50 (un millón quinientos siete mil ochocientos doce pesos 50/100 M.N.) para cada uno de los componentes (factores de riesgo, población de atención prioritaria y delitos de alto impacto) mediante la siguiente fórmula: ... |
Respecto del Anexo 2 del ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO, se aclara lo siguiente:
| DICE | DEBE DECIR |
| "CUARTA.- ... | "CUARTA.- ... I. a II. ... II.A. a II.A.1. ... |
| II.A.2. El acta que contenga la aprobación por parte de la Comisión Estatal de los proyectos propuestos para integrar el Anexo Único, delimitando aquellos proyectos que serán realizados con el setenta por ciento, correspondiente a la primera ministración, y los que se sufragarán con el treinta por ciento restante, correspondiente de la segunda ministración. | II.A.2. El acta que contenga la aprobación por parte de la Comisión Estatal de los proyectos específicos propuestos para integrar el Anexo Único. |
| | II.A.3 a II.A.4. ... |
| II.A.5. Los recibos originales de los recursos, correspondientes a ambas ministraciones, en términos de la normatividad aplicable. | II.A.5. El recibo original de los recursos correspondientes a la ministración en términos de la normatividad aplicable. |
| | II.A.6. a II.A.8. ... |
| La primera ministración corresponderá al setenta por ciento del total asignado a "LA ENTIDAD", y será entregada a partir del 01 de abril de 2018, y asciende a la cantidad de $__________ (__________________________________________________/100 M.N.); de la cual, le corresponderá al Municipio de____________ la cantidad de $______ (_____________/100 M.N.) y al Municipio de____________ la cantidad de $_________ (_____________/100 M.N), para la implementación de proyectos específicos que deberán estar alineados con los "Criterios Técnicos de Aprobación", que se encuentran en el Anexo 3 del "ACUERDO". | La ministración corresponderá al monto total asignado a "LA ENTIDAD", la cual será entregada a partir del 16 de marzo de 2018, una vez que cumpla con los requisitos previstos en el "ACUERDO" y asciende a la cantidad de $_______ (_________________________/100 M.N.), misma que deberá ser ejercida en los municipios de _________________, en proyectos y/o acciones que deberán estar alineados con los "Criterios Técnicos de Aprobación", que se encuentran en el Anexo 3 del "ACUERDO". |
| En tanto que, la segunda ministración corresponderá al treinta por ciento restante del total asignado a "LA ENTIDAD", y será entregada a partir del 01 de julio de 2018, ascendiendo a la cantidad de $____________ (_____________________/100 M.N.); de la cual, le corresponderá al Municipio de____________ la cantidad de $______ (_____________/100 M.N.) y al Municipio de____________ la cantidad de $_________ (_____________/100 M.N); para la implementación de proyectos específicos que deberán estar alineados con los "Criterios Técnicos de Aprobación", que se encuentran en el Anexo 3 del "ACUERDO". | |
| "NOVENA.- ... I. "LA ENTIDAD" a través del Secretario de Finanzas o su equivalente deberá remitir a "LA SECRETARÍA" y a las Comisiones Ciudadanas a más tardar el último día hábil del mes de enero de 2019, la documentación a que se refiere el artículo 22 del "ACUERDO". ... | "NOVENA. ... I. "LA ENTIDAD" a través del Secretario de Finanzas o su equivalente deberá remitir a "LA SECRETARÍA" y a las Comisiones Ciudadanas a más tardar el 15 de noviembre de 2018, la documentación a que se refiere el artículo 22 del "ACUERDO". ... |
En la Ciudad de México, a 25 de enero de 2018.- El Director General Adjunto de Planeación Estratégica, Manuel Gameros Esponda.- Rúbrica.- La Directora General Adjunta de Contratos y Convenios, Claudia Aguilar Villagómez.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |