Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/8/2018 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIÓN DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO A VIGÉSIMO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales;
CUARTO. Mediante Acuerdo General 30/2017, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal ordenó el inicio de funciones del Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México; así como a su competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento, y a las reglas de turno para la distribución de asuntos entre los Tribunales Colegiados del Circuito en la materia y residencia indicados; se determinó en el párrafo primero del artículo 4, que los Tribunales Colegiados Primero a Vigésimo en Materia Administrativa del Primer Circuito, remitirían cada uno los veinticinco asuntos más recientes que tuvieran turnados a ponencia;
QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos advierte que el número de asuntos radicados en los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, a la fecha no se han equilibrado. Por tanto, se considera prudente decretar la exclusión temporal de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero a Vigésimo en Materia Administrativa del Primer Circuito;
Por ello, a fin de evitar que la determinación de instalar un Tribunal Colegiado pierda eficacia, se determina una medida de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprenderá los días siete y ocho de mayo de dos mil dieciocho, la cual se estima coadyuvará razonablemente al equilibrio de la carga de trabajo entre los mismos.
Por lo anterior se expide el siguiente:
ACUERDO
Artículo 1. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero a Vigésimo en Materia Administrativa del Primer Circuito, los días siete y ocho de mayo de dos mil dieciocho.
Por lo anterior, los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, los días siete y ocho de mayo de dos mil dieciocho, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, al Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del referido Circuito, con excepción de los asuntos relacionados en términos de las reglas previstas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en cuyo caso serán turnados al Tribunal respectivo que cuente con los antecedentes.
Al concluir la medida temporal de exclusión otorgada, los nuevos asuntos que se presenten en días y horas hábiles se distribuirán entre los veintiún Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, conforme al sistema computarizado utilizado para tales efectos y a la normativa administrativa autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal.
La Comisión de Creación de Nuevos Órganos podrá concluir de manera anticipada el plazo de exclusión del turno de nuevos asuntos y en su caso, ampliar o fijar un nuevo periodo.
Artículo 2. Al finalizar el periodo de exclusión de turno indicado y dentro de los cinco días hábiles siguientes, los titulares de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, sobre los resultados de la medida ordenada, conforme al cuadro siguiente:
MOVIMIENTO TOTAL DE ASUNTOS
SIETE Y OCHO DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO
| ÓRGANO | EXISTENCIA INICIAL | INGRESO | EGRESO | EXISTENCIA FINAL | |
| TRÁMITE | PENDIENTES DE RESOLVER | ||||
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Artículo 3. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de su respectiva competencia, podrá interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, fijará avisos en lugar visible con relación a la medida objeto del presente acuerdo.
EL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL VILLEDA AYALA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/8/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero a Vigésimo en Materia Administrativa del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el veintitrés de abril de dos mil dieciocho, por los señores Consejeros: Presidenta Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Felipe Borrego Estrada y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de
México, a veintitrés de abril de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.
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