Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Artículo Único.- Se reforman la fracción II del numeral 1 del artículo 48; el numeral 1 del artículo 49 y la fracción II del numeral 1 del artículo 195 del Reglamento de la Cámara de Diputados, para quedar como sigue:
Artículo 48.
1. ...
I. ...
II. Gestación, maternidad, y paternidad, y
III. ...
2. y 3. ...
Artículo 49.
1. La justificación de inasistencia por enfermedad, motivos de salud, gestación y maternidad o paternidad deberá tramitarse ante la Mesa Directiva, con una constancia médica avalada por los servicios médicos de la Cámara.
Artículo 195.
1. ...
I. ...
II. Gestación, maternidad, y paternidad;
III. a V. ...
2. a 5. ...
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SALÓN DE SESIONES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.- Ciudad de México, a 26 de abril de 2018.- Dip. Edgar Romo García, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Sofía del Sagrario De León Maza, Secretaria.- Rúbrica.
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