DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del similar 48/2013, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en materia penal.

Viernes 25 de Mayo 2018
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del similar 48/2013, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constituc
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL SIMILAR 48/2013, QUE CONSTITUYE EL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA QUE IMPLEMENTA LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos;
QUINTO. El 2 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones de diversos acuerdos generales, respecto de la reestructuración de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos;
SEXTO. El 28 de abril de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones de diversos acuerdos generales, en relación con la reestructuración de la Secretaría Ejecutiva de Administración; y
SÉPTIMO. De conformidad con lo establecido en los Considerandos Quinto y Sexto, se estima necesario adecuar la organización y funcionamiento del Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura del Nuevo Sistema de Justicia Penal para dotarlo de mayor eficiencia.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforman los artículos 2, párrafo segundo; 3, fracción XIII; 6; 7, párrafo segundo; 11, párrafo tercero; 12 Bis, fracciones I y III; 12 Ter; 17, párrafo primero; 19, párrafo tercero; y 20, fracción I; se adiciona un párrafo cuarto al artículo 18 Bis, y se deroga la fracción II del artículo 12 Bis del Acuerdo General 48/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en Materia Penal, para quedar como sigue:
"Artículo 2. ...
I. a IV. ...
La constitución del Fideicomiso no implicará la creación de estructura administrativa en el Consejo. Las Secretarías Ejecutivas de Administración, y de Finanzas y Servicios Personales, en el ámbito de sus respectivas competencias, vigilarán la correcta aplicación del Acuerdo, la operación del Fideicomiso, así como los actos tendientes al cumplimiento de los fines y el resultado de los mismos.
 
Artículo 3. ...
I. a XII. ...
XIII. Unidad: Unidad de Evaluación de Proyectos, integrada por el Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos y el Titular de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Artículo 6. La Dirección General de Programación y Presupuesto solicitará a la Dirección General de Tesorería que transmita al patrimonio del Fideicomiso los ingresos que corresponden a éste. Dicha transferencia se realizará en un plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la solicitud. De ello informará a la Secretaría Ejecutiva de Finanzas y Servicios Personales para que ésta ejecute las acciones que resulten procedentes. El Fiduciario deberá otorgar recibo por separado de estas entregas en la fecha de su recepción.
Artículo 7. ...
Asistirán como invitados permanentes con voz pero sin voto los titulares de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación; de la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos; de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a efecto de brindar asesoría al Comité Técnico en el ámbito de sus respectivas competencias.
...
...
...
Artículo 11. ...
...
Con independencia de los demás asuntos que integren el orden del día correspondiente, el Secretario presentará un informe mensual con el seguimiento de los acuerdos previamente adoptados.
...
...
Artículo 12 Bis. ...
I. Emitir opinión respecto de los proyectos que se pretendan financiar con cargo a los recursos del Fideicomiso, previamente a que sean sometidos al análisis, discusión y, en su caso, autorización del Comité Técnico;
II. Derogada;
III. Hacer el seguimiento de los proyectos autorizados por el Comité Técnico, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de Administración;
IV.   a V. ...
...
Artículo 12 Ter. La Unidad sesionará de acuerdo a las necesidades que se presenten. Las decisiones se tomarán por unanimidad, por lo que es necesario que estén presentes los dos integrantes. El Secretario tendrá, respecto de la Unidad, las funciones que le confiere el artículo 9, fracciones I, II, V y VI de este Acuerdo.
El titular de la unidad administrativa que corresponda, deberá someter a la consideración de la Unidad los puntos para acuerdo relativos a los proyectos que se pretendan financiar con cargo a los recursos del Fideicomiso, solicitando su opinión favorable.
En cada sesión de la Unidad, se levantará acta que contendrá los mismos requisitos establecidos en el artículo 12 de este Acuerdo.
 
Artículo 17. Los proyectos que se pretendan financiar con cargo a los recursos del Fideicomiso, deberán presentarse al Comité Técnico con la opinión favorable de la Unidad, para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación. Dichos proyectos contendrán por lo menos los elementos siguientes:
I. a V. ...
Artículo 18 Bis. ...
...
...
Tratándose de ampliaciones que rebasen el 20% del presupuesto autorizado o se trate de incrementos superiores a $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.), deberán ser autorizadas por el Comité Técnico a solicitud expresa y justificada de las unidades administrativas a las que se les haya autorizado el proyecto. Si la ampliación es autorizada se le deberá informar al Fiduciario para su actualización, la comunicación será a través del Secretario.
Artículo 19. ...
...
En caso de que la Dirección General de Programación y Presupuesto tuviera observaciones, las hará del conocimiento del Fiduciario para que sean atendidas.
Artículo 20. ...
I.     Fiscalizar permanentemente los ingresos y egresos del patrimonio del Fideicomiso; y
II.    ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los tres días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Internet.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del similar 48/2013, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en materia penal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de cuatro de abril de dos mil dieciocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Jorge Antonio Cruz Ramos, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a dieciocho de mayo de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.
 

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