Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
MISHA LEONEL GRANADOS FERNÁNDEZ, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, con fundamento en los artículos 19 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 9, fracción XII del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, y
CONSIDERANDO
Que el 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conocida como la Reforma Constitucional de Derechos Humanos;
Que en dicha reforma se estableció entre otros, en el artículo primero constitucional, la obligación para todas las autoridades del país, en el ámbito de sus respectivas competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad;
Que el 30 de abril de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, el cual establece, en su Objetivo 1. Lograr la efectiva implementación de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos, en la Estrategia 1.1. Asegurar que la gestión de la Administración Pública Federal se apegue a la reforma, la línea de acción 1.1.2. Actualizar y armonizar los manuales, reglamentos y demás disposiciones internas para adecuarlos a la reforma constitucional, como un compromiso de los tres Poderes de la Unión y los órdenes de gobierno;
Que el 26 de marzo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, sin que, hasta la presente fecha haya tenido modificación alguna, y
Que, con el fin de actualizar el Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, se expide el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL MANUAL DE
ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
ÚNICO. Se reforman los numerales 1.2, 1.3, 1.4 y 1.5, y se adiciona un párrafo al numeral 1.6, todos del apartado VI "Objetivos y Funciones" del Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, para quedar como sigue:
"I. a V. ...
VI. ...
1.1. ...
1.2. ...
Objetivo
...
Funciones
...
La Consejería Adjunta de Consulta y Estudios Constitucionales, para el eficaz despacho de los asuntos a su cargo y para un mejor desempeño en el ejercicio de sus facultades, podrá auxiliarse por los Directores Generales, Consultores Jurídicos A, Consultores Jurídicos B y demás personal que se le adscribe, quienes atenderán los asuntos que se les encomienden de manera indistinta, siguiendo los procedimientos que al efecto se indiquen en el Manual de Procedimientos Especiales respectivo. Los servidores públicos adscritos a esta unidad administrativa, en el desempeño de sus funciones, vigilarán, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte.
1.3. ...
Objetivo
...
Funciones
...
El Consejero Adjunto de Legislación y Estudios Normativos, para el eficaz despacho de los asuntos a su cargo y para un mejor desempeño en el ejercicio de sus facultades, podrá auxiliarse por los Directores Generales, Consultores Jurídicos A, Consultores Jurídicos B y demás personal que se le adscribe, quienes atenderán los asuntos que se les encomienden de manera indistinta, siguiendo los procedimientos que al efecto se indiquen en el Manual de Procedimientos Especiales respectivo. Los servidores públicos adscritos a esta unidad administrativa, en el desempeño de sus funciones, vigilarán, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte.
1.4. ...
Objetivo
...
Funciones
...
...
El Consejero Adjunto de Control Constitucional y de lo Contencioso, para el eficaz despacho de los asuntos a su cargo y para un mejor desempeño en el ejercicio de sus facultades, podrá auxiliarse por los Directores Generales, Consultores Jurídicos A, Consultores Jurídicos B y demás personal que se le adscribe, quienes atenderán los asuntos que se les encomienden de manera indistinta, siguiendo los procedimientos que al efecto se indiquen en el Manual de Procedimientos Especiales respectivo. Los servidores públicos adscritos a esta unidad administrativa, en el desempeño de sus funciones, vigilarán, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte.
1.5. ...
Objetivo
...
Funciones
...
La Dirección General de Administración y de Finanzas, para el mejor despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; de la Dirección de Presupuesto, Finanzas y Contabilidad; de la Dirección de Desarrollo Humano y Organización, y de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales. Los servidores públicos adscritos a esta unidad administrativa, en el desempeño de sus funciones, vigilarán, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte.
...
...
...
...
1.6. ...
Objetivo
...
Funciones
...
El Coordinador de Asesores y los servidores públicos bajo su adscripción, en el desempeño de sus funciones, vigilarán, promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA. â. El presente Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Manual de Organización General de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, el dos de julio de dos mil dieciocho.- El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Misha Leonel Granados Fernández.- Rúbrica.
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