DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Manual de Organización General de la Secretaría de Salud. (Continúa de la Tercera Sección).

Lunes 27 de Agosto 2018
MANUAL de Organización General de la Secretaría de Salud
(Viene de la Tercera Sección)
Conducir la definición de las normas oficiales mexicanas, en materia de innovación, desarrollo de tecnologías e información en salud, para verificar y promover el cumplimiento de las disposiciones jurídicas.
Determinar los componentes técnicos y metodológicos en la mejora de la gestión de calidad, la eficiencia y efectividad de los servicios de salud en el sector público, social y privado, para monitoreo y evaluación en su grado de avance conforme al Programa de Consolidación de la Calidad en los Establecimientos y Servicios de Atención Médica.
Dirigir en el diseño, desarrollo y aplicación de herramientas metodológicas basadas en estándares de desempeño que den seguimiento a la calidad técnica y percepción sobre la prestación de servicios de salud, para contar con mecanismos de control y evaluación sobre los alcances e impactos obtenidos en la gestión de la calidad de los servicios de atención médica y asistencia social.
Conducir la aplicación de los lineamientos de acreditación de establecimientos que prestan servicios de atención médica, principalmente los inscritos en el Sistema de Protección Social en Salud con estándares de desempeño para que garantice la seguridad en su operación y seguridad de los pacientes.
Establecer las directrices que promuevan el desarrollo de competencias entre los sectores público, social y privado para la gestión del modelo de calidad de los servicios de atención médica integral y de asistencia social, para que el modelo incluya el diseño de medición de indicadores de resultados relativos a la calidad en la prestación de los servicios de salud.
Determinar los elementos de la administración del Sistema de Información Administrativa de Recursos Humanos en Enfermería que permita contar con la información necesaria de los profesionales en la materia, en la planificación y elaboración de políticas para la formación y regulación del personal de enfermería.
Determinar los programas, estrategias y acciones a implantar dentro del sector salud, encaminadas a promover y consolidar la gestión de la mejora de la seguridad del paciente, con el objeto de prevenir y erradicar la ocurrencia de eventos adversos que por su relevancia, frecuencia o impacto inciden en los resultados de la práctica médica.
Autorizar mecanismos en cuanto al uso adecuado de recursos financieros que se otorgan a las entidades federativas para promover el desarrollo de proyectos de mejora de la calidad de los servicios de salud.
Conducir las prácticas y acciones relacionadas con la administración y gestión de los recursos humanos, materiales, financieros, y de información autorizados a la unidad administrativa para aprovechar los recursos institucionales autorizados en la operación de los programas de la Dirección General.
Determinar los documentos y procesos administrativos que permitan la mejora continua de los recursos institucionales autorizados a la unidad administrativa, para impactar en las condiciones de aprovechamiento conforme la normativa en la materia y las reglamentaciones específicas que determinen las áreas mayores institucionales.
Determinar los programas de capacitación del personal administrativo para fortalecer el desempeño y capacidad del capital humano y contribuir al desarrollo de los objetivos y funciones institucionales de la unidad administrativa.
Proponer esquema de incentivos en el Sistema Nacional de Salud para mejorar la calidad de los servicios de salud y brindar mejor prestación de los servicios de salud.
Determinar los criterios regulatorios en la implantación del Programa de Estímulos a la Calidad del Desempeño del Personal de Salud, para su cumplimiento en términos de las disposiciones aplicables.
Determinar directrices relacionadas con el sistema de reconocimiento a los establecimientos para la atención médica y operar los instrumentos y mecanismos a fin de mejorar los niveles de calidad en la prestación de los servicios de salud.
Determinar en coordinación con las autoridades competentes los instrumentos jurídicos relacionados con la mejora de la calidad, con el objeto de favorecer la corresponsabilidad de los responsables estatales en la gestión de la calidad, para contar con mecanismos que propicien el cumplimiento de compromisos institucionales relativos a la prestación de servicios de salud con seguridad y calidad para los pacientes.
Establecer estrategias de participación ciudadana en materia de eficacia, desempeño, trato digno y seguridad del paciente para calificar la práctica de los profesionales de la salud y elevar la calidad de los servicios de salud.
Disponer los modelos estratégicos de los programas de educación en salud y mejorar la calidad de los servicios, formación, capacitación y actualización de los recursos humanos de la salud para contribuir a la profesionalización de dichos recursos.
Determinar en coordinación con instancias educativas los procesos y componentes de la evaluación de la
formación, capacitación y educación permanente de recursos humanos en salud para alcanzar el desempeño requerido por el país.
Emitir las políticas enfocadas a la coordinación de asignación de campos clínicos en la formación, capacitación y actualización del personal de la salud para garantizar los recursos humanos en salud.
Determinar directrices relacionadas con la supervisión y evaluación de los programas de formación, capacitación y educación continua de recursos humanos para la salud, con el objeto de orientar el desarrollo de modelos estratégicos de mejora del desempeño y actualización de educación en salud, y de los servicios de salud en las entidades federativas.
Proponer o, en su caso, celebrar en coordinación con las autoridades competentes convenios en materia de educación en salud, con otras instituciones del sector salud, el sector educativo, organismos internacionales y unidades responsables del nivel estatal, para mejorar el desempeño de los recursos humanos para la salud.
Determinar en coordinación con las autoridades competentes los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones dedicadas a la formación, capacitación y actualización de recursos humanos en salud, a fin de que se apeguen a los requerimientos normativos de educación en salud.
Establecer los mecanismos para la asignación de becas en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, con instituciones de educación media y superior, con las instituciones del Sistema Nacional de Salud y los servicios de salud de las entidades federativas de internado de pregrado, servicio social, residencias médicas y residencias en estomatología con el propósito de contar con recursos humanos en salud conforme a las necesidades y prioridades del Sistema Nacional de Salud.
Fungir como suplente del copresidente de la Secretaría de Salud ante la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud, con la finalidad de regular los procesos de formación de recursos humanos para la salud y establecer acuerdos entre diversas instancias de los sectores público, social y privado en asuntos de común interés en la materia para proporcionar ayuda y mejorar la calidad y desempeño de los recursos humanos en el ámbito; y asistir con la propuesta para el nombramiento del secretario técnico de la Comisión.
Determinar las acciones de elaboración y aplicación del Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas y del Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Estomatológicas, para cumplir con los compromisos de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud.
Determinar las políticas y mecanismos de entrega de resultados de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud (CIFRHS), a fin de transparentar la gestión administrativa inherente a la realización de sus actividades.
Determinar en colaboración con las áreas competentes adscritas a la Subsecretaría de Administración y Finanzas, los recursos necesarios para la implantación del Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas y del Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Estomatológicas.
Emitir dictámenes provisionales y definitivos en materia de Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, para vigilar el cumplimiento de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y la Circular Única de Seguros y Fianzas, en lo referente a la supervisión y operación de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud.
Conducir el proceso de regulación en la operación, control, inspección y vigilancia de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, para que su actuación se apegue a la normativa en la materia, así como verificar que la prestación de los servicios cumplan con las condiciones pactadas en los contratos que en ellas se suscribe y notificar a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas sobre las anomalías e irregularidades detectadas.
Proponer al Secretario de Salud a los profesionales que formen parte del comité interno, responsables de ratificar la designación del contralor médico de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, para vigilar el cumplimiento de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en términos de verificar, controlar y evaluar la prestación de servicios por parte de dichas instituciones de seguros e informar sobre las decisiones correspondientes.
Establecer los mecanismos para la rendición de cuentas a los que deben sujetarse las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, sobre el cumplimiento de compromisos y de los resultados obtenidos en su actuación en la atención de las quejas y reclamos promovidos por los usuarios y que se generen en su operación, a fin de elaborar e instrumentar programas de mejora en la prestación de servicios que contemple la elevación en la calidad de la atención médica.
 
Conducir en la entrega de información relativa a los actos y contratos realizados por la unidad administrativa, a fin de cumplir con los requerimientos de información de las instancias que lo soliciten en el marco de la transparencia, acceso y rendición de cuentas de la gestión pública.
Evaluar el informe cuatrimestral que presenta el contralo médico de cada Institución de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud, a la Secretaría de Salud y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, respecto del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo, a fin de reunir elementos que permitan determinar el otorgamiento del dictamen anual.
Determinar las acciones de operación, control, inspección y vigilancia de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de salud y ejecutar las órdenes de visitas para verificar el cumplimiento de los programas de mejora continua de la calidad en la prestación de servicios.
Dirección General de Comunicación Social
Determinar con el C. Secretario de Salud las estrategias propias de comunicación social, con el fin de generar y actualizar la información institucional relacionada con la salud para difundirla a la población.
Establecer los contenidos, estrategias y programa de comunicación en coordinación con los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, por la necesidad de los parámetros de medición, con el fin de poder evaluar el impacto social de las mismas, de conformidad con las disposiciones que emita la Secretaría de Gobernación en materia de comunicación social.
Planear, en coordinación con las unidades administrativas de la Dependencia, el desarrollo de los programas de comunicación social por la importancia de unificar criterios para apoyar el mejoramiento de la salud de la sociedad mexicana.
Fijar las estrategias para la producción, difusión de los programas y actividades de la Secretaría, para establecer una adecuada coordinación con los órganos administrativos desconcentrados y Secretarías de Salud estatales, con el fin de informar a la población de manera oportuna.
Participar en los programas de difusión de las entidades coordinadas administrativamente por la Secretaría de Salud, con el fin de realizar éstas conjuntamente.
Disponer estrategias y mecanismos de comunicación interna por la importancia de que quienes trabajan en la Dependencia, conozcan del sector salud para dar a conocer las acciones y las líneas de política pública en materia de salud.
Promover el intercambio de información entre la Dependencia, órganos administrativos desconcentrados y Secretarías de Salud estatales con el fin de mantener actualizada la información, para lograr una política homogénea de comunicación social de salud.
Establecer los criterios de evaluación de la información que se recopila, para su difusión en los medios masivos de comunicación sobre la Secretaría, el Sector y en materia de salud en general, para valorar los contenidos de la información difundida por dichos medios.
Establecer los mecanismos y estrategias tendientes a dar a conocer a la opinión pública; los objetivos, programas y proyectos que en materia de salud, ejecuten la Secretaría y las entidades agrupadas administrativamente a la misma, a fin de que la ciudadanía conozca la labor de éstas.
Establecer los mecanismos necesarios que den respuesta a las necesidades de información y comunicación social por ser un compromiso del Gobierno Federal con la sociedad, para satisfacer a los distintos grupos y núcleos de la población que lo demanden.
Determinar los estudios de opinión pública que permitan conocer el efecto de las acciones que realiza la Dependencia por ser responsabilidad de la Dirección General de Comunicación Social, medir el impacto social, para determinar en el ámbito de su competencia los cursos de acción que al efecto se requieran.
Determinar la participación en las actividades de evaluación y difusión con otras entidades del Gobierno Federal, en programas conjuntos, creados a partir de eventos y desastres naturales, con el fin de atender las diversas situaciones de emergencia que se presenten.
Celebrar los contratos de prestación de servicios en materia de comunicación social que se adjudiquen conforme a las disposiciones establecidas en materia de adquisición, incluyendo los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría que no cuenten con Subcomité de Adquisiciones, para su aplicación en los términos de las disposiciones aplicables.
Calificar, admitir, custodiar y en su caso, ordenar la cancelación de las fianzas de los contratos que celebren o presentarlas ante la Tesorería de la Federación, para llevar a cabo su ejecución.
 
Establecer los mecanismos de coordinación con las unidades administrativas centrales de la Secretaría de Salud y los órganos administrativos desconcentrados de la misma, en las tareas de difusión, con el objeto de realizar una adecuada selección de los medios para lograr un eficiente ejercicio del gasto.
Autorizar la selección, contratación y promoción del personal a su cargo, así como, en su caso, las licencias, tolerancias y remociones con la intervención que corresponda al Abogado General, sólo en caso de remociones, y de Recursos Humanos.
Informar por escrito, conforme a las necesidades del servicio y de acuerdo con su superior jerárquico, a los servidores públicos subalternos, para que firmen documentos o intervengan en determinados asuntos relacionados con la competencia de la unidad administrativa a su cargo.
Autorizar la formación, capacitación y actualización de su personal, en coordinación con las unidades administrativas competentes.
Expedir copias certificadas de los documentos o constancias que existan en los archivos de la unidad administrativa a su cargo, cuando proceda o a petición de autoridad competente, y las demás facultades que les señalen otras disposiciones legales o reglamentarias y sus superiores jerárquicos o el Secretario.
Establecer con su superior inmediato la resolución de los asuntos relevantes, cuya tramitación corresponda a la unidad administrativa a su cargo.
Autorizar las investigaciones y formular dictámenes e informes, así como emitir opiniones relativas.
Autorizar los anteproyectos de presupuesto y de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, para el trámite que corresponda, de conformidad con los lineamientos de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Acreditar la información, los datos, la cooperación o la asesoría técnica y administrativa que les sean requeridos internamente o por otras dependencias, de conformidad con las políticas respectivas.
Administrar el ejercicio del presupuesto, para su correcta aplicación y manejo financiero.
Dirección General de Coordinación de los Hospitales Federales de Referencia
Proponer al Titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, las políticas, lineamientos, criterios, sistemas, herramientas, procedimientos, estrategias y acciones de carácter técnico en materia de funcionamiento y operación a implementar en los Hospitales Federales de Referencia, así como conducir su instrumentación, para el cumplimiento de las metas y objetivos de la Dirección General de Coordinación de Hospitales Federales de Referencia.
Determinar las estrategias que habrán de implementarse en la operación hospitalaria, para la aplicación y el desarrollo de los programas de mejora continua y seguridad del paciente, en respaldo del adecuado funcionamiento de los Hospitales Federales de Referencia, dentro de la red nacional de servicios de atención médica.
Proponer la incorporación de procesos para la mejora continua de los Modelos de Gestión existentes en los Hospitales Federales de Referencia, con el propósito de fortalecer y articular su operación en la Red Nacional de Servicios de Atención Médica.
Establecer un sistema de supervisión-asesoría eficiente en los Hospitales Federales de Referencia, basado en un programa de auditorías específicas, con el objeto de detectar desviaciones y sus causas, determinando acciones correctivas oportunas, orientadas a una utilización eficiente y transparente de los recursos disponibles, que conduzcan al logro de las metas y objetivos establecidos.
Conducir la planeación de los recursos humanos en los Hospitales Federales de Referencia, conforme a la capacidad física instalada, estándares establecidos y desarrollo de proyectos especiales, determinando las políticas para su gestión, a fin de dar respuesta a las necesidades reales de operación y eficiencia en resultados.
Determinar los mecanismos a implementar en los Hospitales Federales de Referencia, para el control del mantenimiento preventivo, correctivo y el desarrollo de programas de renovación periódica de equipo médico, priorizando necesidades, a fin de prever un funcionamiento eficiente de los recursos tecnológicos y biomédicos disponibles, en respaldo de una operación continua de sus servicios.
Establecer en los Hospitales Federales de Referencia los programas y proyectos orientados a fortalecer y consolidar la cultura de la calidad mediante la acreditación y/o certificación hospitalaria a fin de proporcionar mejores servicios, seguros y de fácil acceso.
 
Conducir la innovación para lograr un esquema de gerencia hospitalaria con enfoque a resultados, coordinando su aplicación y desarrollo en los Hospitales Federales de Referencia, a fin de elevar la eficiencia operativa, reflejada en el incremento y número de atenciones proporcionadas, acorde a la infraestructura física instalada y a los estándares establecidos.
Conducir la celebración de convenios de coordinación operativa con otras unidades hospitalarias del sector, a fin de optimizar la utilización de los recursos disponibles proporcionando una atención integral y oportuna a los usuarios que solicitan atención en la Red de Hospitales Federales de Referencia.
Proponer, coordinar y controlar el desarrollo de los proyectos y programas estratégicos a desarrollar, para mejorar la articulación interinstitucional con los Hospitales Federales de Referencia, a fin de ampliar las posibilidades de atención a los pacientes que solicitan los servicios.
Planear y determinar las estrategias a instrumentar en la operación de los Hospitales Federales de Referencia, así como integrarlos eficientemente a la Red de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, con el objeto de fortalecerlos en beneficio de la población que solicita atención.
Proponer los parámetros de referencia, que den viabilidad operativa a la intervención de las entidades federativas en el sistema de los Institutos Nacionales de Salud y los Hospitales de Alta Especialidad.
Proponer dentro del ámbito de su competencia estrategias y políticas en los procedimientos para el funcionamiento del Sistema de Referencia-Contrarreferencia de los pacientes que requieran otro nivel de atención, con prioridad para los que son atendidos en los servicios de urgencias, a fin de elevar la accesibilidad a la atención oportuna y en la unidad idónea para la complejidad de su padecimiento.
Informar a la Comisión sobre el cumplimiento de acuerdos tomados en las Juntas de Gobierno de los Hospitales Federales de Referencia, a fin de apoyar la oportuna y adecuada toma de decisiones.
Formular el anteproyecto presupuestal, estableciendo los objetivos y metas congruentes con la política de los proyectos institucionales, con el fin de gestionar la autorización de los recursos presupuestales para llevarlos a cabo exitosamente, de conformidad con los Lineamientos de la Dirección General de Programación y Presupuesto.
Emitir los informes de respuesta a solicitudes oficiales de instancias gubernamentales sobre opiniones, cuestionamientos específicos de situaciones legales, técnicas o administrativas de su competencia, en congruencia a la transparencia en la rendición de cuentas.
Proponer en el ámbito de su competencia la expedición y actualización de Normas Oficiales Mexicanas, así como participar en su elaboración, con el objeto de mejorar las acciones preventivas, curativas y de rehabilitación en el tratamiento de los pacientes, así como de seguridad al personal en el desempeño de sus funciones en los Hospitales Federales de Referencia.
Conducir la actualización de los manuales de organización específico y de procedimientos, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Dirección General de Coordinación de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad
Establecer, de acuerdo a las disposiciones del titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, el sistema de gestión y los instrumentos de carácter técnico en materia de organización y operación, aplicables a los Hospitales Regionales de Alta Especialidad, para su implementación y seguimiento para propiciar una cultura de gestión corporativa.
Conducir las directrices de coordinación y de alineación sectorial, en conjunto con las áreas de la Comisión, en lo relativo a las actividades sustantivas, de planeación y administración, con la participación de grupos directivos y técnicos, para optimizar el funcionamiento y favorecer el adecuado desempeño de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad (HRAE).
Conducir la aplicación de las normas, políticas y lineamientos en materia de atención hospitalaria de alta especialidad, aplicables en los Hospitales Regionales de Alta Especialidad, para fomentar la calidad de la atención médica y la seguridad de los pacientes, propiciando una cultura de gestión corporativa.
Participar en los Órganos de Gobierno, de administración, de control y desempeño institucional de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad, para la revisión, control, supervisión (auditoría), y seguimiento periódicos de los recursos hospitalarios, materiales y financieros, y la gestión de recursos humanos para optimizar su uso en el logro de los objetivos institucionales, en el ámbito de su competencia.
Disponer la instrumentación de mecanismos formales para la participación de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad en las redes de servicios de las entidades federativas y con los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales Federales de Referencia.
 
Establecer, de acuerdo con las disposiciones dictadas por el Titular de la Comisión, los criterios y procedimientos para la operación del sistema de referencia y contrarreferencia, en el ámbito de su competencia.
Emitir propuestas, en su caso, a los comités de normalización en los que se participe en el ámbito de su competencia, para realizar las adecuaciones pertinentes y difundir las Normas Oficiales Mexicanas para su aplicación en el funcionamiento regular de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad.
Emitir informes periódicos, opiniones y dictámenes, relativos a los asuntos de su competencia, para establecer la coordinación sectorial y la cultura de gestión corporativa de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad.
Conducir la integración y seguimiento de los planes estratégicos y programas anuales de trabajo de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad, a través de instrumentos que incluyan el análisis del entorno socioeconómico y la productividad para cumplir con las actividades sustantivas que los conduzcan al logro de los objetivos institucionales y al incremento de su rentabilidad social.
Conducir el proceso de determinación de los instrumentos para optimizar la operación de los servicios de atención médica y docente de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad.
Establecer los lineamientos y procesos para la determinación de necesidades de modernización de la infraestructura y equipamiento hospitalarios, en coordinación en su caso, con otras áreas, en el ámbito de su competencia.
Conducir el proceso de la elaboración, seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestal por programa en salud, a través de los informes periódicos y de las sesiones de órganos colegiados para la operación de los servicios de atención médica y de enseñanza de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad.
Planear los estudios de las redes de servicios de salud, de las evaluaciones del desempeño e impactos de los HRAE para detectar las adecuaciones en su funcionamiento respecto a su diseño, dimensionamiento y planeación de las carteras de servicios, formación y actualización de recursos humanos, a fin de no perder la pertinencia para la atención de las necesidades de salud de la población de las regiones en que se ubiquen.
Dirigir la integración de comités para el estudio de problemas específicos de padecimientos que requieren para su atención su incorporación al catálogo de servicios del Sistema de Protección Social en Salud (Gastos Catastróficos), de acuerdo a lo que le instruya el Titular de la Comisión.
Emitir opiniones y recomendaciones sobre la suscripción de convenios entre las entidades que conforman la red de Hospitales Regionales de Alta Especialidad y otras instituciones de salud, educativas, nacionales e internacionales, para fomentar el avance del conocimiento y su incorporación, la formación de recursos humanos y la atención médica de alta especialidad.
Dirección General de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud
Conducir a la aprobación del Titular de la Comisión Coordinadora de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad; las políticas, lineamientos, criterios, sistemas, herramientas y procedimientos de carácter técnico, para mejorar el funcionamiento y operación eficaces y eficientes de los Institutos Nacionales de Salud.
Emitir los lineamientos necesarios para el funcionamiento de los Órganos de Gobierno de los Institutos Nacionales de Salud, así como coordinar el seguimiento y cumplimiento oportuno de los acuerdos y compromisos adquiridos por los titulares de los Institutos Nacionales.
Conducir a los Institutos Nacionales de Salud, en coordinación con la Dirección General de Relaciones Internacionales, en la suscripción de convenios de colaboración con instituciones nacionales y extranjeras, en el ámbito de su competencia.
Dirigir la difusión de los logros académicos-científicos trascendentes de los Institutos Nacionales de Salud, en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social, para hacernos del conocimiento de la sociedad.
Evaluar los modelos y mecanismos que permitan la optimización, el uso racional y eficiente de los recursos asistenciales, docentes, de investigación en salud y tecnológicos con los que cuentan los Institutos Nacionales de Salud, a fin de mejorar y eficientar su funcionamiento y operación.
Planear el diseño e implementación de nuevos sistemas de administración, gestión y operación para optimizar el funcionamiento de los recursos humanos y técnicos de los Institutos Nacionales de Salud.
 
Establecer sistemas que permitan el control de la gestión y evaluación de los Institutos para la efectiva coordinación sectorial de los mismos.
Planear esquemas de infraestructura hospitalaria de alta especialidad, para adecuar sus instalaciones a las necesidades y servicios en los Institutos Nacionales de Salud.
Establecer mecanismos para la participación de las entidades federativas en el Sistema de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, para contribuir a la descentralización de los servicios de alta especialidad, estableciendo proyectos que beneficien al sistema.
Establecer los procedimientos de operación del sistema de referencia y contrarreferencia para el acceso a los servicios públicos de salud de alta especialidad, a fin de beneficiar a las personas que carecen de seguridad social.
Emitir dictámenes, informes y opiniones en materia de salud, en coordinación con los Institutos Nacionales de Salud, para aportar información que ayude a fijar una postura institucional en la Secretaría de Salud.
Dirigir la elaboración y actualización de Normas Oficiales Mexicanas que impacten en el funcionamiento de los Institutos Nacionales de Salud, y con ello eficientar, beneficiar, articular y mejorar la operación de los mismos.
Planear el desarrollo de los cursos gerenciales dirigidos al personal directivo de los Institutos Nacionales de Salud, que permitan la constante profesionalización y actualización de dicho personal, con el propósito de eficientar la administración de los Institutos.
Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del presupuesto por programas en salud, de conformidad con las disposiciones en materia de presupuesto, beneficiando la administración y funcionamiento de los Institutos.
Conducir la elaboración y actualización permanente de sus manuales de organización específicos y de procedimientos, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Establecer canales de comunicación adecuados, que permitan informar, cooperar o asesorar técnica o administrativamente, con el propósito de generar una red de información que permita notificar oportunamente a las Dependencias o Instancias correspondientes que así lo soliciten.
Analizar y emitir opinión respecto de los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes que impacten en el funcionamiento de los Institutos Nacionales de Salud, en beneficio de los mismos y de la Secretaría de Salud.
Firmar los documentos relacionados con las facultades que le son propias.
Emitir, según sea el caso, copias simples o certificadas de los documentos o constancias que existan en los archivos de esta Dirección General.
Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física
Dirigir estrategias y mecanismos para diagnosticar y evaluar el estado de la infraestructura física en salud, a fin de determinar prioridades en la inversión, así como mecanismos para su fortalecimiento y desarrollo.
Conducir la planeación, desarrollo, implementación y normalización de las estrategias, programas y acciones de desarrollo de infraestructura física en salud, a efecto de que la inversión en la materia cuente con principios generales de calidad, funcionalidad, sustentabilidad, desarrollo tecnológico y accesibilidad.
Conducir la integración del Programa Anual de Obra Pública en coordinación con unidades médicas, unidades de apoyo, órganos administrativos desconcentrados y unidades administrativas de la Secretaría.
Planear los proyectos, la construcción y la conservación de la Infraestructura Física de la Secretaría, así como promover su difusión correspondiente para observancia y aplicación a los órganos administrativos desconcentrados, los servicios estatales de Salud y los Institutos Nacionales de Salud.
Conducir e implementar estrategias y acciones dirigidas a fortalecer los estándares y prácticas de eficiencia y calidad para las obras públicas y conservación de la infraestructura física en salud.
Promover y participar en la celebración de acuerdos de colaboración, en coordinación con los sectores públicos, social y privado que conlleven a promover la investigación, innovación tecnológica y desarrollo en materia de proyecto, obra, equipamiento y conservación de infraestructura para los servicios de salud.
Implementar las estrategias y acciones dirigidas a normas y estandarizar la planeación, los proyectos, la construcción, el equipamiento y la conservación de la infraestructura inmobiliaria de la Secretaría, así como promover su difusión correspondiente para observancia y aplicación a los órganos administrativos desconcentrados, los servicios estatales de Salud y los Institutos Nacionales de Salud.
 
Conducir la realización y formalización de contratos y convenios en materia de obra, conservación, mantenimiento, así como cualquier otro relacionado con acciones, estrategias y actividades de infraestructura física en salud.
Implementar acciones y estrategias dirigidas a que se cumplan las leyes, reglamentos, normas aplicables en materia de la planeación y evaluación de la infraestructura inmobiliaria, programación y control de inversiones inmobiliarias, control del ejercicio presupuestal y control y ejecución de obra pública.
Evaluar y autorizar la contratación y elaboración de proyectos arquitectónicos y de ingeniería dirigidos al desarrollo de la infraestructura física en Salud.
Conducir las acciones inherentes a la realización de los procedimientos de licitaciones para la adjudicación de la obra pública y de servicios relacionados con las mismas, a cargo de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física.
Autorizar en el marco de sus atribuciones los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a efecto de realizar obras, trabajos y acciones para el desarrollo de la infraestructura física en salud.
Asesorar a las áreas de la Secretaría de Salud, así como, a los órganos administrativos desconcentrados, servicios estatales de Salud e Institutos Nacionales de Salud para que en el desarrollo y cumplimiento de los programas de inversiones, obra, conservación y mantenimiento se realicen licitaciones públicas para el cumplimiento de sus funciones.
Conducir la elaboración, suscripción, formalización y trámite de los contratos de mantenimiento y conservación de inmuebles para oficinas que impliquen obra pública o de servicios relacionados con las mismas.
Evaluar los resultados de las estrategias y acciones implementados para la adecuada atención, control y seguimiento de las auditorías, que se practiquen a la obra pública y servicios relacionados con las mismas, en materia de construcción, conservación, mantenimiento y equipamiento.
Conducir y controlar las estrategias, acciones y actividades de supervisión, evaluación y seguimiento de los contratos de obra pública, servicios o adquisiciones en materia de infraestructura física.
Conducir las estrategias, acciones y actividades dirigidos a asesorar y asistir técnicamente a las áreas de la Secretaría de Salud, así como, a los órganos administrativos desconcentrados, servicios estatales de Salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación, mantenimiento y desarrollo de infraestructura física en salud.
Dirigir estrategias, acciones, actividades, instrumentos y herramientas dirigidas a diseñar, implementar y colaborar en la generación de referentes normativos, estándares, criterios y modelos en materia de desarrollo de infraestructura física en salud.
Conducir el diagnóstico, análisis y evaluación sistemáticos de la infraestructura física en salud existente, en el marco de sus atribuciones, en coordinación con áreas, dependencias, órganos, entidades y organismos vinculados con esta materia.
Conducir las acciones, actividades, procesos y procedimientos dirigidos al diseño, modificación, actualización y propuesta de normas, estándares y criterios de calidad en materia de desarrollo de infraestructura física en salud.
Conducir la planeación, investigación y sistematización de información en materia de desarrollo de infraestructura física, en congruencia con las políticas sectoriales y modelos de atención establecidos en el ámbito nacional.
Coordinar las acciones, actividades, procesos y procedimientos dirigidos al diseño, modificación, actualización y propuesta de normas, estándares y criterios de calidad en materia de desarrollo de infraestructura física en salud.
Coordinar e implementar estrategias y mecanismos de vinculación con organismos, entidades, instituciones y actores relacionados con el desarrollo de la infraestructura física en salud a efecto de establecer esquemas de cooperación, participación y coordinación para el fortalecimiento de la calidad y eficiencia de las acciones en la materia.
Conducir y evaluar el diseño e implementación de estrategias y acciones para la formación, capacitación y certificación de recursos humanos relacionados con el desarrollo de la infraestructura física en salud.
Conducir la elaboración y expedición de las convocatorias del comité de obras públicas de la Secretaría de Salud, así como el seguimiento y control mediante la integración del acta de cada una de las sesiones, vigilando, que el archivo de documentos esté completo y actualizado, debiendo conservarlos en custodia.
 
Dirigir y coordinar la evaluación, planeación y propuestas, proyectos y acciones de inversión en materia de infraestructura física en salud.
Conducir y coordinar la integración de proyectos de inversión en materia de infraestructura física en salud, así como el análisis socioeconómico de proyectos de inversión en materia de infraestructura física en salud con la participación de áreas, unidades administrativas y órganos de la secretaría de salud, a fin de determinar viabilidad, esquemas de inversión, alternativas de solución y optimización de recursos.
Someter y dar seguimiento, ante las instancias correspondientes de la Secretaría de Salud, los proyectos de inversión para su registro en cartera de inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Vigilar el desarrollo del Programa de Obras a cargo de la Secretaría de Salud, así como el cumplimiento de sus metas, informando lo conducente al Comité de Obra Pública de la Secretaría de Salud.
Participar con las áreas de la Secretaría en la integración, diseño y actualización de modelos de referencia para el desarrollo y construcción de unidades médicas para la atención a la salud.
Dirección General de Evaluación del Desempeño
Establecer el marco normativo general al que deberán apegarse todas las actividades de evaluación que se desarrollen dentro de la Secretaría de Salud.
Coordinar la evaluación de los programas a cargo de la Secretaría de Salud, sujetos a los lineamientos generales para la evaluación de los programas federales de la Administración Pública Federal, en coordinación con las dependencias, entidades y consejos involucrados en su operación.
Analizar, participar y opinar sobre todas las actividades de evaluación que se desarrollen dentro de la Secretaría de Salud en colaboración con las unidades administrativas y las entidades federativas correspondientes.
Establecer y coordinar un Sistema General de Indicadores de Salud, conforme a los lineamientos que dicten las dependencias competentes, que permita dar seguimiento a los resultados de las actividades de la Secretaría y el Sistema Nacional de Salud.
Evaluar el desempeño de los sistemas nacional y estatal de salud en lo que se refiere a condiciones de salud, trato adecuado y equidad en el financiamiento y en su caso, analizar y proponer alternativas para los problemas detectados.
Coordinar la evaluación de los servicios públicos de salud, proporcionados por la Secretaría de Salud y las entidades federativas en colaboración con las áreas administrativas correspondientes de los distintos ámbitos de gobierno.
Conducir el seguimiento anual al cumplimiento de las metas del Programa Nacional de Salud.
Coordinar en la Secretaría de Salud las actividades para la elaboración de los informes institucionales, que permitan dar cuenta de los resultados alcanzados, constituyéndose como enlace con las dependencias concentradoras en la materia.
Fungir como responsable para la difusión de los resultados de las evaluaciones que desarrolle a los programas de la Secretaría de Salud y del Sistema Nacional de Salud en su conjunto, y
Promover y en su caso, suscribir convenios y acuerdos con dependencias, organismos públicos, sociales y privados, tanto nacionales como internacionales, para el desarrollo de procesos y actividades de evaluación dentro de la Secretaría de Salud.
Dirección General de Información en Salud
Conducir el Sistema Nacional de Información en Salud de los sectores público, privado y social para promover su integración funcional.
Emitir la normatividad referente de la información estadística en salud y vigilar su cumplimiento en el sector, en recursos materiales, humanos y financieros, para asegurar su aplicación y rendimiento en tiempo y forma.
Conducir la generación de la información estadística en salud para satisfacer los requerimientos de las unidades administrativas de la Secretaría, así como de las otras dependencias y entidades.
Fungir como Secretario Técnico del Comité Técnico Sectorial de Estadística y de Información Geográfica del Sector Salud, con la finalidad de coordinar las acciones del Comité Técnico Especializado Sectorial en Salud y que el establecimiento y operación del sistema de información sectorial cuente con información oportuna y de calidad.
 
Generar los mecanismos y criterios de coordinación y control con las unidades administrativas de la Secretaría, las entidades agrupadas administrativamente en el sector y los establecimientos que presten servicios de atención médica, para garantizar la generación y recepción de los datos requeridos por el Sistema Nacional de Información en Salud.
Conducir el adecuado funcionamiento del Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades para asegurar el correcto uso dentro del Sector Salud.
Coordinar el funcionamiento del Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades, así como promover y vigilar el adecuado uso de la Clasificación Internacional de Enfermedades.
Establecer el diseño y contenido de los certificados de defunción, muerte fetal y nacimiento, así como controlar y supervisar el manejo de los mismos, con la finalidad de asegurar el correcto registro de los hechos vitales.
Diseñar y proponer métodos para el análisis de la información generada en las unidades administrativas de la Secretaría y el Sistema Nacional de Salud.
Conducir la recolección y análisis de la información generada por la Secretaría, el Sector Salud, el sistema del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y los establecimientos privados que presten servicios de atención médica, para verificar que sea información clara, precisa y que su aplicación en el ámbito necesario sea confiable.
Establecer y emitir los mecanismos de difusión de información generada por el Sistema Nacional de Información en Salud a las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y del Sistema Nacional de Salud, así como a las dependencias, entidades y personas que lo soliciten, a fin de difundirla de manera ordenada y expedita.
Conducir el sistema de información de la infraestructura física en salud, de los órganos administrativos desconcentrados, Servicios Estatales de Salud e Institutos Nacionales de Salud para desarrollar nuevos componentes y fortalecer el Sistema Nacional de Información en Salud.
Establecer, conducir y evaluar los procesos de verificación validación y auditoría de los datos reportados por las unidades del Sistema Nacional de Salud, para garantizar así la calidad de la información estadística producida.
Proponer políticas y lineamientos que rijan el uso de tecnologías, estándares, vocabularios, funciones y catálogos que permitan la interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones de salud electrónicos dentro del Sistema Nacional de Salud para que permitan el establecimiento de la normatividad aplicable.
Establecer y coordinar los procesos para la instrumentación del expediente clínico electrónico con el fin de orientarlas a la integración funcional del sector salud y aumentar la calidad en la gestión de servicios de salud.
Conducir en el sector salud, la implementación de soluciones tecnológicas, estándares y servicios que faciliten la conducción del desarrollo de los servicios de salud electrónicos.
Realizar la selección, contratación y promoción del personal a su cargo, así como, en su caso, autorizar las licencias, tolerancias y remociones, con la intervención del Abogado General de la Secretaría, sólo en el caso de remociones, y de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Coadyuvar en los dictámenes técnicos y pruebas a los bienes que ofrezcan los participantes, en los procedimientos de adquisición, cuando se trate de bienes solicitados por las áreas a su cargo.
Formular los anteproyectos de presupuesto y de los manuales de organización, procedimientos y de servicios al público, para el trámite que corresponda y de conformidad con los lineamientos de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Rescindir, cuando proceda, los contratos que se hayan celebrado.
Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud
Dirigir el análisis y desarrollo de propuestas en materia de innovación en los servicios de atención a la salud para lograr una integración funcional y efectiva de las distintas instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud.
Evaluar las oportunidades existentes en materia de innovación en los servicios de salud para el fortalecimiento de los instrumentos y políticas enfocadas a la atención de la salud en la población.
Determinar la pertinencia de las propuestas innovadoras para su incorporación a los servicios de atención a la salud, mediante las políticas y estrategias en materia de equidad.
 
Establecer los medios de comunicación dando a conocer las bases de cooperación y asesoría con las autoridades de salud estatales y federales, para el desarrollo e implantación de los diversos proyectos de análisis y diseño de innovación para la atención a la salud.
Conducir el desarrollo de los manuales administrativos, de la certificación ISO 9000 y de los informes sobre las propuestas generadas en materia de diseño e implantación de sistemas de salud de la DGPLADES, con el fin de mejorar la calidad, funcionalidad e interrelación entre los espacios de salud.
Conducir la realización de encuentros nacionales y estatales para el análisis y discusión en materia de Política de Medicamentos, Costos y Tarifas de facturación, Medicina tradicional y desarrollo intercultural, Intercambio de funciones, Plan Maestro Sectorial, Nuevos Modelos, Sistemas Gerenciales, Desarrollo Organizacional de los Servicios de Salud, Planeación y Operación del Programa Fortalecimiento a la atención médica.
Conducir la reestructuración organizativa de los Servicios Estatales de Salud, en el marco de la separación de funciones que contribuyan al fortalecimiento de las redes de servicios de salud, para incrementar la eficiencia de la atención a la salud de la población.
Dirigir la instrumentación de la política nacional de medicamentos para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Salud.
Conducir la reorganización de la oferta y la demanda de servicios de salud entre las instituciones del sector, con el propósito de ofrecer a los usuarios de los servicios de salud la posibilidad de recibir atención médica oportuna y de calidad en cualquiera de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Conducir el diseño y desarrollo de mecanismos e instrumentos para optimizar la asignación de recursos financieros, a través de la aplicación de criterios e instrumentos de construcción de infraestructura nueva y el reordenamiento de la ya existente.
Conducir a las entidades federativas y otras dependencias federales en opiniones, asesorías e instrumentos para el análisis y elaboración de proyectos arquitectónicos de infraestructura médica con una mejor distribución de espacios y funcionamiento de la unidad.
Dirigir a las instituciones del sector y unidades de la Secretaría en la integración del Plan Maestro Sectorial de Infraestructura Sectorial de recursos para la salud en los procesos de planeación de infraestructura física en salud de sus unidades.
Establecer la generación de ideas y propuestas en procesos, estructuras y estrategias, para lograr un mejor desempeño en sistemas gerenciales de la atención a la salud.
Acreditar la programación anual del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica de los Servicios Estatales de Salud, acorde a las estrategias de operación, promoción y difusión establecidas en las Reglas de Operación del Programa, para la supervisión operativa en las 31 entidades federativas y la Ciudad de México.
Acreditar los mecanismos de financiamiento para garantizar la sustentabilidad del Programa Fortalecimiento a la atención médica.
Determinar la suscripción de los convenios específicos del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, en materia de transferencia de recursos y establecimiento de obligaciones entre la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES) y las entidades federativas para la ejecución de los procesos del Programa.
Establecer con las entidades federativas las metas del Programa Fortalecimiento a la atención médica, basándose en las Reglas de Operación del Programa, para acercar la oferta de la red de servicio de salud a la población objetivo.
Conducir el anteproyecto de presupuesto para que la asignación de recursos humanos, financieros, materiales y subsidios sea eficiente, racional y transparente y cumplir con los objetivos establecidos por esta Dirección General.
Emitir los nombramientos de los Subdirectores y Jefes de Departamento para que acrediten su incorporación al Sistema de Servicio Profesional de Carrera, obteniendo así, el documento oficial que avale su cargo y acreditar su representación cuando sea requerida.
Dirección General de Políticas de Investigación en Salud
Establecer conjuntamente con el Titular de la Comisión Coordinadora de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad las políticas en materia de investigación para la salud, para la solución de los problemas prioritarios de salud en el país y el desarrollo académico de la comunidad científica de la Secretaría de Salud.
 
Determinar las políticas de coordinación y concertación para la ejecución del Programa de Acción Específico de Investigación para la Salud, con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los Gobiernos Estatales y los sectores académico y empresarial.
Determinar los procesos de evaluación del desempeño de los investigadores de la Secretaría de Salud, para su ingreso, promoción y permanencia en el Sistema Institucional de Investigadores y otorgamiento de estímulos.
Coordinar y evaluar el funcionamiento de la Comisión Externa de Investigación en Salud para favorecer el desarrollo de la comunidad científica de la Secretaría de Salud.
Coordinar y mantener actualizado el Sistema de Registro de Investigación para la Salud de la Secretaría de Salud, para identificar y promover las oportunidades de desarrollo de la investigación que se realiza en la Institución.
Establecer vínculos y convenios para la obtención de recursos y oportunidades de desarrollo académico destinados a fortalecer la investigación para la salud.
Conducir la coordinación de los compromisos con los representantes de instituciones y organismos nacionales e internacionales sobre los acuerdos de colaboración académica y financiamiento con la Secretaría de Salud para fortalecer la investigación para la salud.
Establecer los mecanismos de control para el seguimiento de los convenios de colaboración y contratos en materia de investigación para la salud con instituciones nacionales y extranjeras.
Conducir las acciones necesarias para difundir las oportunidades de desarrollo académico-científico entre los investigadores de la Secretaría.
Conducir las acciones necesarias para difundir los resultados relevantes de la investigación que se realiza en la Secretaría de Salud entre la comunidad científica, conjuntamente con la Dirección General de Comunicación Social, con el propósito de contribuir a elevar la cultura científica.
Determinar a través del Fondo Sectorial de Investigación en Salud y Seguridad Social, el desarrollo y ejecución de proyectos e investigaciones específicas dirigidas a la identificación y modificación de factores que intervienen en los principales problemas de salud en el país.
Determinar acciones para la generación y desarrollo de protocolos de investigación relacionados con nuevos procedimientos terapéuticos que se lleven a cabo en los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, para la solución de problemas de salud.
Conducir la Secretaría Administrativa del Fondo Sectorial de Investigación en Salud y Seguridad Social (FOSISSI), proponiendo el monto de las aportaciones de la Secretaría de Salud al Fondo para el financiamiento de proyectos de investigación.
Autorizar dictámenes e informes, emitir opiniones relativas a la competencia de la unidad administrativa a su cargo para la mejora de la gestión.
Conducir la elaboración y actualización permanente de sus manuales de organización específicos y de procedimientos, de conformidad con las disposiciones aplicables, y someterlos a la autorización correspondiente.
Conducir el Sistema Institucional de Investigadores, mediante la aplicación de sus respectivos reglamentos con el fin de promover las adecuaciones pertinentes al Sistema.
Dirección General de Programación y Presupuesto
Coordinar los procesos de formulación del proyecto de presupuesto de egresos y de integración programática de la Secretaría de Salud y de los ramos generales contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal que le corresponda administrar, en congruencia con los objetivos, programas y fuentes de financiamiento, en el marco de la alineación de recursos con el Sistema de Protección Social en Salud.
Participar en la integración y calendarización de los objetivos, metas e indicadores presupuestarios de la Secretaría, que permitan evaluar el cumplimiento de los programas y la ejecución del gasto público e informar a las unidades responsables y a los Organismos Públicos Descentralizados de los Servicios Estatales de Salud, su presupuesto autorizado y calendarizado.
 
Conducir el proceso de registro y actualización de programas y proyectos de inversión de la Secretaría de Salud en la cartera de programas y proyectos de inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el propósito de que se incluyan en el Presupuesto de Egresos y se obtenga la asignación de recursos, para integrar e informar sobre su avance físico y financiero y dirigir para autorización de la Subsecretaría de Administración y Finanzas la liberación de los oficios de inversión a través de los sistemas diseñados para tal fin.
Participar en el proceso de análisis de las solicitudes de recuperación de ingresos excedentes por concepto de derechos, productos y aprovechamientos de las unidades responsables para que la Subsecretaría de Administración y Finanzas certifique las relaciones de enteros y la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emita dictamen de ingresos para su incorporación a la iniciativa de Ley de Ingreso de la Federación.
Conducir la administración del presupuesto de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados, y coordinar el de las entidades agrupadas administrativamente a la Secretaría de Salud; así como generar las adecuaciones presupuestarias que se requieran para atender las prioridades de gasto del ramo, de conformidad con las disposiciones aplicables, y en su caso, previa notificación o autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Integrar la información financiera de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud y de las entidades agrupadas administrativamente en el sector para realizar la gestión institucional y gubernamental que debe ser reportada a la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y vigilar que los organismos públicos descentralizados entreguen dicha información en los tiempos establecidos para ello, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Dirigir la integración de los informes contables y financieros de la Secretaría de Salud sobre el origen, uso y destino de los recursos resguardando la documentación comprobatoria, de conformidad con la normatividad aplicable y lineamientos que determine la Unidad de Contabilidad Gubernamental e Informes de la Gestión Pública de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que sean requeridos por usuarios diversos e instancias fiscalizadoras a fin de que se utilicen en el proceso de rendición de cuentas en el que se evalúen las operaciones financieras de la Secretaría de Salud.
Conducir la operación de los sistemas que implementen las dependencias globalizadoras para la administración de los ingresos y egresos del ramo.
Dirigir la integración y análisis de la información presupuestaria del Ramo 12 y del Fondo de Aportación para los Servicios de Salud del Ramo 33, para realizar los informes de gestión institucional y gubernamental de la Dependencia.
Administrar en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, el presupuesto de servicios personales de la Secretaría de Salud y su calendario de gasto.
Dirigir la distribución del fondo rotatorio a las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y vigilar su ejercicio, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Autorizar los procedimientos generales y establecer las medidas necesarias que propicien la mejora del control interno en materia de programación y presupuesto que lleven a cabo las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, que impulsen el mejor aprovechamiento de dichos recursos y que permitan garantizar una adecuada rendición de cuentas.
Emitir con la participación que corresponda a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados competentes de la Secretaría de Salud, las evaluaciones de impacto presupuestario que deriven de los anteproyectos de iniciativas de leyes y decretos legislativos, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos relativos a los asuntos de la competencia de la Secretaría de Salud.
Disponer la verificación de que no existen estudios, proyectos y consultorías similares de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para elaborar las constancias correspondientes.
Representar en los órganos colegiados que se integren en la Secretaría de Salud en los que así se establezca en las disposiciones jurídicas aplicables.
Dirección General de Promoción de la Salud
Proponer las políticas y determinar las estrategias para la promoción de la salud a fin de que contribuyan al mejoramiento y la conservación de la salud física, mental y social de la población y de los migrantes.
Conducir el proceso de elaboración de las normas oficiales mexicanas en materia de promoción de la salud, así como evaluar su cumplimiento.
 
Establecer y evaluar sistemas, modelos, estrategias, procedimientos y mecanismos para la promoción de la salud, así como los mecanismos para su difusión, aplicación y evaluación.
Establecer los mecanismos de cooperación y colaboración con los distintos programas sustantivos, ejerciendo la rectoría en Promoción de la Salud y generando sinergias para la mayor efectividad en salud, así como proponer las acciones para lograr comunidades y entornos saludables.
Conducir el diseño y producción de materiales didácticos, gráficos y audiovisuales destinados a fortalecer los programas de prevención de enfermedades y promoción de la salud, que emprenda la Dirección General en particular o en forma conjunta con otras unidades administrativas de la Secretaría de Salud y otras dependencias.
Conducir mecanismos para la organización de las autoridades municipales, grupos sociales, organizaciones privadas y comunitarias, servicios de salud y las familias, emprendiendo acciones de promoción de la salud.
Conducir la suscripción de convenios de concertación de acciones para impulsar la instrumentación de programas de Promoción de la Salud, en materia de comunidades y educación saludable, de prevención y promoción de la salud durante la línea de vida y de salud del migrante.
Establecer las bases para acreditar el desarrollo y alcance de metas en promoción de la salud de los distintos espacios públicos y privados.
Establecer lineamientos para el desarrollo de la participación social coproductora de salud, tanto como recurso, como gestora y como sujeto social en la orientación de los servicios de salud.
Dirigir el desarrollo organizacional para establecer las instancias de comunicación, cooperación y colaboración entre los servicios de salud y la sociedad.
Determinar los convenios y acuerdos de vinculación con dependencias e instituciones de educación superior, nacionales e internacionales con el fin de colaborar en la formación y actualización de los docentes y estudiantes para la operación de las acciones e instrumentos de promoción de la salud y prevención de enfermedades.
Establecer mecanismos para el diseño y ejecución de investigaciones y estudios que permitan conocer la efectividad de las acciones de promoción de la salud y prevención de las enfermedades, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes.
Dirección General de Recursos Humanos y Organización
Conducir la integración de las propuestas de modificación al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y la elaboración del Manual de Organización General, con la participación que corresponda a la Subsecretaría de Administración y Finanzas y a la Oficina del Abogado General.
Emitir y difundir los lineamientos para la elaboración y actualización de los Manuales de Organización Específicos, de Procedimientos y de Trámites y de Servicios al Público, y demás documentos técnicos y administrativos que resulten necesarios para el mejor funcionamiento de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría.
Evaluar los Manuales de Organización Específicos, de Procedimientos y de Trámites y de Servicios al Público de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados, para que se emita dictamen técnico administrativo, por la Subsecretaría de Administración y Finanzas y su presentación al Secretario de Salud para su aprobación.
Emitir opinión sobre los Manuales de Organización Específicos, de Procedimientos y de Trámites y de Servicios al Público de las entidades agrupadas administrativamente al Sector, cuando estas lo soliciten.
Establecer recomendaciones orientadas a racionalizar los recursos y las estructuras orgánicas y simplificar los procedimientos operativos de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, para el desarrollo administrativo y la gestión por proceso, y opinar sobre el funcionamiento de las entidades agrupadas administrativamente a la Secretaría.
Emitir los lineamientos administrativos para que las unidades administrativas de nivel central, órganos administrativos desconcentrados y organismos públicos descentralizados integren propuestas de modificación estructural dentro del marco normativo vigente.
Conducir la dictaminación técnica y administrativa de las propuestas de modificación estructural que presenten las unidades administrativas de nivel central, órganos administrativos desconcentrados y las entidades agrupadas administrativamente a la Secretaría para que sean dictaminadas por la Subsecretaría de Administración y Finanzas y enviarlas para su registro a la Secretaría de la Función Pública.
 
Emitir el dictamen técnico funcional de los contratos bajo el régimen de honorarios de las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados; realizar la gestión de éstos ante las dependencias globalizadoras, así como difundir la normatividad correspondiente.
Supervisar el desarrollo de la asesoría a las unidades administrativas centrales, órganos administrativos desconcentrados y entidades agrupadas administrativamente al sector para la operación de los programas de desarrollo organizacional y de mejora de la gestión con el fin de cumplir con los objetivos y metas institucionales emitidos por las dependencias globalizadoras y su evaluación.
Establecer y conducir la instrumentación, operación y mantenimiento del Sistema Integral de Administración de Recursos Humanos, para su aplicación en todas las unidades administrativas de la Secretaría.
Determinar y conducir la normatividad interna que permita a la Dirección General, la Administración del capital humano mediante el establecimiento de mecanismos de control de plantillas, plazas, movimientos de personal, pago de nómina, manejo del presupuesto, capacitación de personal, estrategias y sistemas de evaluación.
Emitir los lineamientos para actualizar las plantillas ocupacionales que permitan a las unidades administrativas de la Secretaría, su adecuado funcionamiento.
Conducir el análisis de las modificaciones a la estructura ocupacional y plantillas de personal operativo de la Secretaría, para presentarlas a la Subsecretaría de Administración y Finanzas con el propósito de que emita el dictamen administrativo correspondiente.
Determinar y conducir los lineamientos, procedimientos y controles para el reclutamiento, selección e inducción del personal sujeto a contratación, que soliciten las unidades administrativas de la Secretaría.
Conducir y evaluar las normas, sistemas, programas, procedimientos y acciones en el marco de la descentralización de recursos humanos a las entidades federativas.
Conducir e instrumentar las acciones en el orden social, cultural, cívico, recreativo y de protección al salario, para los trabajadores de la Secretaría.
Autorizar los movimientos por cambios de adscripción, altas y bajas e incidencias del personal, constancias de nombramiento y demás documentos para acreditar la situación laboral de los trabajadores de la Secretaría de Salud.
Autorizar y conducir los programas de premios, estímulos y recompensas al personal, proporcionando los beneficios y prestaciones económicas y sociales aplicables, para cumplir con lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes en la Secretaría de Salud.
Autorizar los cambios de adscripción, permutas, transferencias y reubicaciones que soliciten los trabajadores de la Secretaría.
Vigilar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales Mixtas previstas en la Ley y en las Condiciones Generales de Trabajo.
Supervisar el trabajo de los Comités Técnicos de Profesionalización y Selección de los órganos administrativos desconcentrados, proponiendo acciones para lograr una mejor coordinación entre éstos y las unidades administrativas centrales de la Secretaría de Salud.
Conducir y autorizar el Ejercicio Presupuestal de los Servicios Personales de las unidades administrativas y órganos coordinados de la Secretaría de Salud, de conformidad con las disposiciones normativas establecidas por las instancias competentes, para un manejo transparente y adecuado de recursos públicos.
Participar en el análisis y elaboración del Programa Operativo Anual (POA) de la Secretaría de Salud.
Conducir el proceso de cuantificación y costeo de programas de reclasificación y requerimientos de recursos humanos que soliciten las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, en coordinación con las instancias competentes, para determinar el impacto presupuestal.
Establecer acciones de seguimiento a los acuerdos y resoluciones que se dicten en los Comités y Comisiones creadas en materia laboral y de capacitación técnico-administrativa, y los establecidos en la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
Establecer y coordinar los programas de capacitación para el personal técnico y administrativo de la Secretaría, conforme a los lineamientos que determine el Comité de Capacitación y Desarrollo Profesional.
Celebrar convenios con instituciones y organismos públicos y privados para la formación y capacitación de los servidores públicos de carrera, con apego a las disposiciones que emita la Secretaría de la Función Pública.
 
Conducir los procesos de capacitación y certificación de capacidades de los servidores públicos incorporados al Sistema del Servicio Profesional de Carrera, conforme a las normas y lineamientos que en la materia se emitan.
Establecer lineamientos para la instrumentación y operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera, con base en las normas y programas que expida la Secretaría de la Función Pública e instancias competentes.
Dar seguimiento a los acuerdos que se aprueben en las sesiones del Consejo Consultivo del Servicio Profesional de Carrera, así como del Comité Técnico de Profesionalización y del Comité Técnico de Selección de la Secretaría.
Emitir los nombramientos a los servidores públicos que acrediten su incorporación al Sistema de Servicio Profesional de Carrera y de todo el personal que ingrese a esta Secretaría.
Conducir la aplicación de la normatividad para la asignación y entrega de estímulos y reconocimientos a los Servidores Públicos de Carrera de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Autorizar y suscribir los convenios que señala la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Ejercer y conducir los mecanismos de control y operación de la nómina de los empleados de la Secretaría, para realizar el pago correspondiente a tiempo.
Determinar y establecer los procedimientos de operación y control de pago de las remuneraciones del personal de la Secretaría, para la aplicación de la política salarial emitida por la instancia competente, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Autorizar el pago de cualquier tipo de remuneración a que tenga derecho el personal al Servicio de la Secretaría y las liquidaciones de aquellos que dejen de prestar sus servicios para la institución.
Determinar conjuntamente con la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud, las Condiciones Generales de Trabajo y demás normas laborales internas de la Secretaría, difundiéndolas entre el personal y vigilando su observancia.
Conducir la atención a las peticiones, sugerencias y quejas que formulen los trabajadores y sus representantes sindicales, para la resolución de conflictos internos que se susciten por violación a las normas, lineamientos laborales, disposiciones jurídicas y administrativas que rigen a los servidores públicos de la Secretaría de Salud.
Evaluar y determinar la autorización de las solicitudes de licencia con goce de sueldo, por Comisión Sindical para desempeño de actividad temporal de cargo o actividad sindical; por Comisión Externa para el desempeño temporal de servicios en alguna Organización, Institución, Empresa o Dependencia pertenecientes al Sector Público Federal; así como la Comisión de carácter oficial para desempeñar funciones en la propia Secretaría o fuera de su adscripción.
Autorizar el otorgamiento de licencias para ocupar un puesto de confianza, para el disfrute de una beca o cursar una residencia médica, en los términos previstos en las Condiciones Generales de Trabajo.
Establecer e instrumentar las acciones necesarias para una adecuada promoción y difusión de becas, financiamientos e intercambios científicos académicos, entre el personal de la Secretaría de Salud.
Establecer los procedimientos y medidas necesarias para el control interno en materia de recursos humanos de las unidades administrativas de la Secretaría.
Emitir lineamientos para la mejora continua de la gestión en materia de recursos humanos en la Secretaría de Salud, implementando las acciones para evaluar su desarrollo y cumplimiento.
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
Establecer las políticas y procedimientos de regulación para la adquisición, almacenamiento y control de bienes de activo fijo y prestación de servicios, para su difusión y aplicación.
Autorizar y conducir los procedimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios que requieran las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados que no cuenten con un Subcomité de Adquisiciones, para su contratación correspondiente.
Recabar los dictámenes correspondientes a los procedimientos de contratación y consolidaciones de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud que soliciten los bienes y/o servicios para su validación.
 
Representar y conducir en carácter de Presidente Suplente ante los Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, de Bienes Muebles, con el propósito de establecer las medidas y controles necesarios para el cumplimiento de los acuerdos y recomendaciones emitidos en éstos.
Formalizar, rescindir y en su caso, realizar la terminación anticipada de los contratos y/o convenios con los proveedores y prestadores de servicios derivados de los procedimientos de contratación que se realicen, con el propósito de garantizar que se cumpla con los requerimientos de las áreas solicitantes y los modelos aprobados por la Oficina del Abogado General de la Secretaría de Salud.
Establecer las medidas para el seguimiento de las fianzas relacionadas con los contratos y convenios que celebre la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales por la adquisición de bienes y prestación de servicios, con la finalidad de garantizar su adecuada aplicación.
Ejercer las funciones que como Responsable Inmobiliario le confiere la normatividad aplicable.
Evaluar las justificaciones de arrendamiento de inmuebles que remitan las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, con el propósito de suscribir y tramitar los contratos correspondientes.
Promover ante la dependencia competente, la ocupación y distribución de espacios físicos que requieran las distintas áreas de la Secretaría de Salud.
Autorizar la concesión de espacios en los inmuebles a cargo de la dependencia, para el legal aprovechamiento de los mismos.
Gestionar la actualización del inventario de los bienes muebles de la Secretaría de Salud, con el propósito de controlar y tramitar las acciones que correspondan para cada uno de éstos.
Gestionar la contratación y pago de los seguros de los bienes a cargo de la Secretaría de Salud, con el propósito de proteger el patrimonio federal en caso de algún siniestro.
Conducir las acciones necesarias para la integración del Programa Anual de Adquisiciones, de Disposición Final de Bienes Muebles, de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Mobiliario y Equipo, y de Uso y Mantenimiento de Inmuebles.
Emitir las bases y lineamientos para el funcionamiento del almacén que opera en la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Establecer el programa interno de Protección Civil de la Secretaría de Salud, con el propósito de informar las medidas que deberán implementarse en caso de alguna eventualidad con el personal y las instalaciones de la Secretaría.
Emitir opinión respecto a las propuestas realizadas por las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, bienes muebles e inmuebles, con el propósito de evaluar su aplicación.
Emitir los procedimientos y medidas necesarias que deberán implementar las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud en materia de recursos materiales y servicios generales, en la implementación de mecanismos de control interno para el mejor aprovechamiento de los recursos, así como generar la mejora continua de la gestión.
Dirección General de Relaciones Internacionales
Acreditar la representación de la Secretaría de Salud ante autoridades e instituciones extranjeras, así como ante organismos internacionales en materia de Salud a fin de cumplir con los compromisos y acciones del sector.
Establecer los mecanismos de coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, para el desarrollo de programas, compromisos y actividades relativas a la agenda de salud internacional vinculados al sector salud.
Conducir las gestiones que deben realizar las diferentes unidades administrativas para el cumplimiento de los compromisos de carácter internacional en materia de salud ante organismos internacionales.
Conducir de manera conjunta con las unidades administrativas de la Secretaría la posición del sector salud mexicano ante los distintos organismos y mecanismos internacionales en salud, a fin de difundir información del sector a otros países y organismos.
Acreditar la participación de servidores públicos de la Secretaría de Salud en reuniones especializadas en asuntos sanitarios a nivel internacional, a fin de intercambiar experiencias, y mostrar la posición de México al establecer los acuerdos y programas en materia de salud con países, organismos e instituciones de nivel internacional.
 
Establecer las acciones para la revisión de convenios, acuerdos y tratados internacionales en los que intervenga la Secretaría de Salud, a fin de que cumplan con los lineamientos de carácter internacional vigente.
Informar a los servidores públicos de la Secretaría en el desarrollo y preparación de comisiones oficiales en el exterior, a fin de que las delegaciones que representen a la Secretaría de Salud tengan un desempeño adecuado.
Representar al C. Secretario de Salud como Comisionado en los asuntos de la Comisión de Salud Fronteriza México-Estados Unidos, cuya finalidad es identificar y evaluar los problemas de salud que afectan a la población fronteriza de ambos países, facilitando las acciones para la atención de dichos problemas y mejorar sus condiciones de salud.
Dirigir las labores de la Comisión de Salud Fronteriza: México- Estados Unidos, a fin de atender los asuntos de salud pública en esta región y alinear las actividades y acuerdos que se generen con la Sección Estados Unidos de la Comisión.
Conducir acciones y políticas para la salud de los migrantes ante instancias nacionales y binacionales a fin de contribuir al desarrollo y mejoramiento de las condiciones de salud de los migrantes.
Dirigir la participación en los diferentes programas interinstitucionales, a fin de llevar a cabo acciones en apoyo a la salud del migrante.
Planear estrategias de financiamiento al interior y exterior del país para contar con los recursos económicos para la promoción y prevención de la salud de los migrantes.
Determinar las acciones de repatriación de connacionales enfermos graves que requieran ser atendidos para facilitar la atención médica en el país de una manera rápida y eficiente.
Conducir las acciones para difundir oportunidades de becas, viajes de estudio y cursos de capacitación de profesionales mexicanos de salud en el exterior, a fin de facilitar el fortalecimiento de las capacidades de dichos profesionales.
Establecer vínculos con las representaciones diplomáticas para la identificación, promoción y negociación de los acuerdos y convenios de cooperación multilateral, regional y bilateral que permitan construir una diplomacia en salud.
Evaluar los avances de los compromisos internacionales de salud, a fin de medir su impacto en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Sectorial de Salud.
Informar a las unidades administrativas de la Secretaría de Salud sobre las acciones en materia de salud que otros países y organismos internacionales llevan a cabo, a fin de intercambiar experiencias y buenas prácticas para el beneficio de los mexicanos.
Conducir las negociaciones de proyectos de cooperación Bilateral y Regional, a fin de llevar acciones que permitan beneficiar el Sistema Nacional de Salud.
Acreditar las contribuciones financieras a organismos y programas internacionales, para el cumplimiento de compromisos asumidos por el Gobierno de México a través de la Secretaría de Salud.
Establecer vínculos con las diferentes instancias competentes en las acciones dirigidas a los trabajadores agrícolas temporales en el exterior del país para mejorar la calidad de su salud.
Establecer los mecanismos de dirección y evaluación del desarrollo de la Dirección General, a fin de cumplir con los objetivos y metas encomendadas.
Autorizar las contrataciones y capacitaciones del personal, así como las modificaciones, reorganización, fusión o desaparición de las áreas a su cargo, a fin de maximizar el aprovechamiento de los recursos humanos.
Determinar las acciones de modernización administrativa, a fin de generar una administración innovadora que permita maximizar la eficiente utilización de los tiempos y recursos laborales.
Dirigir a los servidores públicos subalternos para que, en conjunto con la Dirección General, participen en la instrumentación de proyectos y programas, a fin de cumplir con el desarrollo de las metas y objetivos propuestos por el C. Secretario.
Emitir los anteproyectos de los manuales de organización, y de procedimientos de la Dirección General de Relaciones Internacionales, a fin de tener una visión clara de los alcances y limitaciones en cada una de las áreas de trabajo así como en la Dirección General.
Autorizar los gastos administrativos y financieros de la Dirección General de Relaciones Internacionales, a
fin de permitir el uso racional y ordenado de los recursos económicos.
Acreditar por ausencia del Director General al responsable, de firmar y notificar los asuntos que sean señalados por delegación, acuerdos de trámite o asuntos turnados por autoridades superiores a fin de atender y dar seguimiento a todos los propósitos que le competen a esta Dirección General.
Dirección General de Tecnologías de la Información
Normar y conducir la utilización de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) e infraestructura de telecomunicaciones y la implementación y desarrollo de sistemas automatizados de información como herramienta estratégica para mejorar la productividad y la calidad de los servicios de salud que se proporcionan en la Secretaría de Salud.
Autorizar los proyectos estratégicos que integrarán el Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (PETIC) de la Institución, asegurando que cumpla con la normatividad aplicable y con los objetivos estratégicos de TIC.
Determinar las directrices para el portafolio de proyectos y su administración, considerando las disposiciones en materia presupuestaria, a fin de establecer un modelo de gobierno TIC en la Secretaría de Salud.
Administrar el seguimiento y el ejercicio del presupuesto de acuerdo a la normatividad aplicable, a fin de lograr los objetivos y metas establecidos para la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Establecer y vigilar mecanismos de administración de seguridad de la información de la Secretaría, para disminuir el impacto de eventos adversos que puedan afectar a los objetivos de la Secretaría de Salud o constituyan una amenaza.
Dirigir y planear el desarrollo de nuevos modelos de sistemas informáticos y manejo documental, con el fin de lograr la estandarización y óptimo funcionamiento de estos en las diferentes áreas de la Secretaría de Salud.
Conducir y determinar los modelos de respaldo y seguridad que garanticen la preservación de la información institucional, en condiciones de confidencialidad, integridad y disponibilidad.
Administrar y evaluar la operación de los servicios de TIC, así como que su infraestructura cumpla con los niveles de calidad y servicio con el fin de garantizar la disponibilidad y continuidad de los mismos.
Establecer directrices de acuerdo a la normatividad aplicable para el manejo de documentos y archivos en las unidades administrativas de la Secretaría, así como en sus órganos administrativos desconcentrados y promover su establecimiento en los organismos descentralizados agrupados en el sector coordinado por la Dependencia, para mantener el control y archivo adecuado.
Participar como Unidad de Enlace en el Comité de Información de la Secretaría de Salud, con su punto de vista y recomendaciones a las unidades administrativas de la Dependencia, con el fin de atender y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Establecer esquemas informáticos, que permitan la atención adecuada de los usuarios y la difusión de los acervos de la Secretaría de Salud, a cargo del Centro de Documentación Institucional, para facilitar la consulta.
Normar los procedimientos conducentes a la identificación, acopio y en su caso, la disposición final de la documentación institucional generada por las unidades administrativas centrales y órganos administrativos desconcentrados, así como someterlos al Comité de Información para dar cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Establecer los programas de capacitación en informática y de videoconferencia, con el propósito de fortalecer el uso de las tecnologías de información en las unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y organismos públicos descentralizados del Sector Salud.
Establecer y desarrollar los programas de capacitación de telemedicina, que permitan proveer los servicios de información en salud a las comunidades distantes, a fin de que se conozcan las herramientas que proporciona la tecnología de la información.
Coordinar la integración de las funciones de Tecnologías de la información y Comunicaciones (TIC), con la finalidad de realizar la consolidación de los servicios de informática y de tecnologías, buscando una cobertura institucional, que promueva al más alto nivel los procesos de planeación, desarrollo y toma de decisiones de la Dependencia, para alinear las TIC con las estrategias, programas y proyectos institucionales.
Conducir la elaboración y actualización de los manuales de organización específicos y de procedimientos
de la Dirección General de Tecnologías de la Información, de conformidad con las disposiciones aplicables, así como someterlos a la autorización del Secretario.
Emitir dictámenes técnicos sobre las necesidades de uso de tecnología de la información e infraestructura de telecomunicaciones, proyectos de informática, de desarrollo e implantación de sistemas automatizados de información, para atender las solicitudes de las unidades administrativas y los órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud.
Colaborar con organismos públicos, sociales y privados, nacionales e internacionales, dando su opinión técnica y participación, para el buen aprovechamiento de la tecnología de la información.
Fungir como área coordinadora en materia de archivos y administración de documentos de la Secretaría, así como desempeñar las funciones y facultades que establece la Ley en la materia.
Autorizar la selección, contratación y promoción del personal adscrito a la Dirección General de Tecnologías de la Información, con el apoyo de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, para contar con los recursos humanos especializados para el desempeño de las funciones.
Expedir y certificar las copias de documentos o constancias que existan en los archivos de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Firmar los nombramientos de los Subdirectores y Jefes de Departamento adscritos a la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Dirección General de Epidemiología
Determinar las políticas y estrategias en materia de inteligencia epidemiológica, de diagnóstico y referencia de laboratorio, para el funcionamiento del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
Establecer las necesidades de información epidemiológica en coordinación con el Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica y con las autoridades sanitarias de las entidades federativas, para definir las prioridades de prevención y control de enfermedades.
Autorizar las líneas de investigación, capacitación y de desarrollo tecnológico, para mejorar los mecanismos de recopilación, integración y análisis de información epidemiológica que permitan la evaluación de técnicas y métodos de calidad de laboratorio de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública.
Evaluar el contenido del material de comunicación social de vigilancia epidemiológica que se difunde con la finalidad de aplicar medidas preventivas y correctivas en beneficio de la salud de los mexicanos.
Determinar los materiales didácticos y metodologías, para la capacitación y actualización del personal involucrado en la vigilancia epidemiológica.
Conducir la formación, capacitación y actualización del personal involucrado en la vigilancia epidemiológica, para desarrollar las competencias profesionales requeridas en el análisis de los problemas de salud pública y sus determinantes.
Autorizar el marco analítico de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública, para la provisión de servicios auxiliares de diagnóstico y referencia epidemiológicos.
Autorizar los lineamientos que contribuyan a la elaboración y/o actualización de normas oficiales mexicanas en materia de vigilancia epidemiológica, diagnóstico y referencia para su aplicación en el país.
Determinar en coordinación con las instituciones del sector salud y las entidades federativas, los indicadores de impacto de políticas, programas e intervenciones de prevención y control de enfermedades de la salud de la población.
Emitir las recomendaciones preventivas y correcticas derivadas del impacto de políticas, programas e intervenciones en materia de prevención y control de enfermedades, para optimizar su alcance y efectividad.
Emitir el informe de los registros nominales de los casos de enfermedades, para definir las acciones en materia de prevención y control de enfermedades.
Determinar con las unidades administrativas competentes y en coordinación con las autoridades sanitarias de las entidades federativas, las medidas de prevención y control de enfermedades emergentes, remergentes, transmisibles, no transmisibles y de neoplasias malignas, para combatir los daños a la salud derivados de las urgencias epidemiológicas.
Determinar los indicadores de desempeño de las entidades federativas, jurisdicciones, regiones, localidades, comunidades, establecimientos e individuos, para evaluar la calidad de la información epidemiológica.
 
Autorizar la evaluación del desempeño de las entidades federativas, jurisdicciones, regiones, localidades, comunidades, establecimientos e individuos, para certificar la calidad de la información epidemiológica.
Emitir recomendaciones preventivas y correctivas, para mejorar el desempeño de las entidades federativas, jurisdicciones, regiones, localidades, comunidades, establecimientos e individuos en materia de vigilancia epidemiológica.
Conducir los mecanismos de recopilación, integración y análisis de la información epidemiológica nacionales e internacionales, generando conocimiento sobre las condiciones de salud poblacional, para detectar oportunamente los datos, sus determinantes y las amenazas a la salud.
Emitir las políticas y estrategias en materia de vigilancia epidemiológica y de diagnóstico y referencia de laboratorio en coordinación con el Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica en su carácter de Secretario Técnico, para informar y guiar la toma de decisiones en salud nacional e internacional.
Autorizar las recomendaciones de vigilancia epidemiológica, resultados, alertas epidemiológicas y las emergencias de salud pública de interés internacional, para orientar las acciones de prevención y control de enfermedades a nivel nacional e internacional.
Autorizar las estrategias de acreditación y/o certificación de los productos y servicios de diagnóstico y referencia epidemiológicos, investigación e innovación tecnológica para incrementar la calidad de los diagnósticos de la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública en beneficio de la vigilancia epidemiológica.
Establecer con las organizaciones y/o instituciones públicas, privadas y sociales, nacionales e internacionales, la ejecución de planes, estrategias y acciones para la vigilancia epidemiológica.
Dirigir los planes, estrategias y acciones de colaboración con las organizaciones y/o instituciones públicas, privadas y sociales, nacionales e internacionales para instrumentar coordinadamente la vigilancia epidemiológica.
Autorizar los procedimientos normativos necesarios que propicien la mejora del control interno de las áreas administrativas a su cargo, así como la mejora continua de la gestión dentro del marco normativo que determinen las áreas normativas centrales y las dependencias globalizadoras para el mejor aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros.
Autorizar la selección, promoción, formación, capacitación, licencias, tolerancias y remociones del personal de su adscripción, con la intervención de la Oficina del Abogado General, así como de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización para el cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo vigente y demás normatividad aplicable en la materia.
Disponer de la información, los datos, la cooperación o la asesoría técnica y administrativa que les sean requeridos internamente o por otras dependencias para el cumplimiento y de conformidad con las políticas respectivas.
Autorizar los dictámenes técnicos y pruebas a los bienes que ofrezcan los participantes en los procedimientos de adquisición para obtener los bienes o servicios solicitados por las áreas a su cargo en tiempo y forma.
Autorizar los anteproyectos de presupuesto y de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público de conformidad con los lineamientos que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto para contar con recursos y herramientas administrativas vigentes que permitan el desarrollo eficiente de las funciones en cumplimiento con los objetivos y metas institucionales.
Emitir, previo dictamen de las Direcciones Generales de: Recursos Humanos y Organización, Materiales y Servicios Generales con la intervención de la Oficina del Abogado General, los contratos de Servicios Profesionales, Adquisición de Bienes o Prestación de Servicios, para contar con el instrumento jurídico que cumpla la normatividad en la materia que se trate y en su caso, rescindir, cuando proceda, los contratos celebrados.
Establecer los mecanismos de recepción en acuerdo para los servidores públicos subalternos, así como conceder audiencia al público que lo solicite.
Autorizar por escrito, conforme a las necesidades del servicio y de acuerdo con su superior jerárquico, a los servidores públicos subalternos para que firmen documentos o intervengan en determinados asuntos relacionados con la competencia de la unidad administrativa a su cargo.
Autorizar la información que requiera la Oficina del Abogado General, observando los criterios que emita e implique cuestiones jurídicas para cumplir en los plazos y términos que lo solicite.
Firmar copias de documentos o constancias que existan en los archivos de la unidad administrativa a su
cargo para expedir y certificar cuando proceda o a petición de autoridad competente.
Conducirse de acuerdo con las demás facultades que le señalen otras disposiciones legales o reglamentarias y sus superiores jerárquicos o el secretario para el óptimo desempeño del encargo.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud
Conducir la planeación y el desarrollo de las reuniones nacionales y regionales del Consejo Nacional de Salud, para lograr que sea el foro nacional en donde se planteen las políticas nacionales de salud.
Emitir las convocatorias de las reuniones nacionales del Consejo Nacional de Salud para conocimiento y asistencia de los Consejeros.
Conducir el levantamiento y firma de las actas y acuerdos tomados en las reuniones del Consejo Nacional de Salud, para su posterior seguimiento y cumplimiento.
Conducir la formulación y el seguimiento de los acuerdos que emanen de las reuniones del Consejo Nacional de Salud, entre las unidades administrativas participantes y los servicios de salud de las entidades federativas, así como los acuerdos tomados en comisiones permanentes y grupos de trabajo, que hayan sido presentados al pleno del Consejo para su cumplimiento.
Dirigir el proceso de supervisión de la entrega de información que rindan los servicios de salud de las entidades federativas a la Secretaría, para gestionar las medidas administrativas aplicables.
Coordinar la interrelación entre las unidades administrativas de la Secretaría de Salud y las entidades federativas para el fortalecimiento de los servicios de salud.
Identificar los factores que afectan la operación de los servicios de salud de las entidades federativas para gestionar ante las unidades administrativas de la Secretaría, en el ámbito de su competencia, las medidas aplicables.
Instrumentar las directrices que establezca el Secretario, durante el proceso de federalización y consolidación del Programa Nacional de Salud en las entidades federativas, para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
Dirigir en coordinación con las unidades administrativas competentes la ejecución de los programas que señale el Secretario en las entidades federativas, para contribuir a la evaluación de los objetivos del Programa Sectorial de Salud.
Conducir los procedimientos de registro y seguimiento de los compromisos que las unidades administrativas de la Secretaría realicen con los servicios de salud de las entidades federativas, para impulsar su cumplimiento.
Participar en la formulación e instrumentación de los proyectos y programas que determine el Secretario de Salud, para el desarrollo de los Programas de Salud.
Requerir la información que deban proporcionar las unidades centrales de la Secretaría de Salud, relacionadas con las atribuciones del Consejo Nacional de Salud, de conformidad con los lineamientos que al efecto establezca el Titular del Ramo y los que se deriven de los acuerdos y compromisos del Consejo.
Conducir el proceso de respuesta oportuna a las solicitudes de información que se remitan al Consejo Nacional de Salud, a fin de dar cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública y demás normatividad aplicable.
Ejecutar las actividades y acciones que sean necesarias para contribuir al desempeño de las funciones del Consejo Nacional de Salud.
Aplicar los procedimientos normativos necesarios, que propicien la mejora del control interno de las áreas administrativas a su cargo, para el mejor aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros que permitan garantizar una adecuada rendición de cuentas, así como establecer aquellas medidas que consideren necesarias para la mejora del control interno.
Informar de las actividades que se realicen dentro de las comisiones y comités que el Secretario le encomiende y, en su caso, designar un suplente.
Proporcionar la información, los datos, la cooperación o la asesoría técnica y administrativa que le sea requerida al Secretario Técnico, internamente o por otras dependencias, de conformidad con las políticas respectivas.
Formular los anteproyectos de presupuesto y de los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, para el trámite que corresponda y de conformidad con los lineamientos de la Dirección
General de Recursos Humanos y Organización.
Promover, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, la formación, capacitación y actualización del personal adscrito, con el propósito de fortalecer sus capacidades y propiciar su mejora continua, en beneficio del Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud.
Suscribir, previo dictamen de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, los contratos de servicios profesionales que requiera el Secretariado Técnico.
Proponer al superior inmediato la creación, modificación, reorganización, fusión o desaparición de las áreas a su cargo, con el propósito de eficientar la organización interna del Secretariado Técnico.
Aplicar, en el ámbito de su competencia, las disposiciones relativas al Servicio Profesional de Carrera, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental
Establecer los programas específicos de prevención, atención y rehabilitación de las enfermedades mentales, basados en el Modelo Miguel Hidalgo de Atención en Salud Mental.
Autorizar la planeación, supervisión y evaluación de los servicios de salud mental, para otorgar un servicio que responda a las necesidades de los usuarios.
Determinar el establecimiento y desarrollo del Modelo Miguel Hidalgo de Atención en Salud Mental para la organización y operación de servicios en los diferentes niveles de atención en las entidades federativas.
Determinar las estrategias y mecanismos para promover actividades de información, orientación y sensibilización, que coadyuven a la prevención de problemas de salud mental, en coordinación con las instituciones y organismos especializados en la materia, tanto nacional como internacional.
Determinar a través de evaluaciones y acuerdos en las entidades federativas, en forma conjunta con las dependencias y órganos competentes, el establecimiento de redes asistenciales y de apoyo comunitario, para la rehabilitación y reinserción social del usuario de los servicios de salud mental (Modelo Miguel Hidalgo de Atención en Salud Mental).
Colaborar y asesorar en el desarrollo de programas de enseñanza en materia de salud mental, en coordinación con las unidades administrativas competentes, con la finalidad de impulsar la formación, capacitación y actualización de personal de salud en general y especializado.
Participar y promover en los órganos correspondientes, la elaboración de propuestas para la actualización, modificación y desarrollo de disposiciones jurídicas en materia de salud mental con el fin de garantizar el acceso a los servicios, así como el respeto al derecho de ser atendidos.
Establecer y proponer la celebración de convenios y acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones en materia de salud mental.
Participar en la elaboración de los convenios AFASPE con la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud y con todas sus áreas, así como el gobierno de los estados.
Proponer en base a un análisis efectuado, los contenidos temáticos y técnicos de las materias de comunicación necesarias para la capacitación, actualización y desarrollo humano del personal que opera los programas a su cargo.
Conducir la realización de campañas de difusión incluso, en medios masivos de comunicación para fomentar la participación de la sociedad civil, así como de los sectores público y privado en las acciones en materia de salud mental.
Detectar los índices de morbilidad y mortalidad para apoyar el desarrollo del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en materia de salud mental.
Determinar un programa de actividades para definir y desarrollar en materia de salud mental, para insertarlo en el Sistema de Protección Social en Salud, en coordinación con las unidades administrativas competentes.
Autorizar el programa operativo anual de presupuestación relacionado con los programas a su cargo.
Autorizar los mecanismos para la óptima utilización de los recursos tecnológicos.
 
Conducir la planeación, gestión y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros, así como vigilar su ejecución.
Evaluar las supervisiones realizadas a las unidades aplicativas, de los programas de salud mental y promoción de acuerdo con los lineamientos y políticas establecidas en el programa de salud mental.
Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes
Dirigir la Política Nacional en materia de prevención de accidentes con la participación de las unidades administrativas de la Secretaría, para determinar las acciones que contribuyan en disminuir la mortalidad por dicha causa.
Conducir las intervenciones necesarias para la formación de entrenadores en prevención de lesiones por accidentes, para que le sean transmitidas las herramientas y las técnicas suficientes de información científica a la población en general en materia de accidentes.
Evaluar y dirigir la implementación de las acciones que habrán de conformar el denominado sistema nacional de urgencias médicas, con la participación organizada de las instituciones de salud, para mejorar los tiempos de respuesta y brindar atención oportuna de calidad a lesionados.
Determinar las áreas geográficas prioritarias en las 32 entidades federativas, para implementar intervenciones focalizadas, realizando estadísticas e indicadores que permitan cuantificar tipo, causas y orígenes.
Coordinar las relaciones interinstitucional, intergubernamental e internacional, para hacer más efectivos los procesos de prevención de accidentes, que aseguran las mejores prácticas y generan sinergias que fortalezcan su implementación.
Determinar las medidas necesarias para fortalecer la vigilancia, efectuando reuniones nacionales con los consejos estatales para la Prevención de Accidentes, a fin de establecer las acciones a seguir para que existan menos accidentes viales por causa de desconocimiento en la población.
Determinar los contenidos técnicos y evaluar los materiales didácticos relacionados con la prevención de accidentes su incorporación en el sistema educativo formal e informal, participando con las diversas entidades públicas y privadas, para fortalecer los conocimientos de los estudiantes desde nivel preescolar hasta universitario.
Conducir la conformación de observatorios estatales de lesiones en los que se recopile, concentre y ponga a disposición de los actores, estudiosos del fenómeno y de la sociedad en general, información actualizada sobre investigaciones y experiencias realizadas en el ámbito nacional e internacional.
Validar como Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, las evidencias científicas de las acciones que se realizan en materia de prevención de accidentes.
Dirigir el diseño y difusión de campañas de comunicación social en materia de prevención de accidentes, para sensibilizar a la población respecto del impacto psicológico, social y económico que generan y promover su participación en la generación de estilos de vida saludables.
Emitir publicaciones de las investigaciones, estudios y documentos en general que se generen, para impulsar el interés y conocimientos de los diversos actores relacionados con el tema de las lesiones.
Proponer la profesionalización del personal que presta servicios de atención prehospitalaria, para una atención profesional, cálida y humana a lesionados.
Proponer la atención oportuna y de calidad a las personas lesionadas, para facilitar las acciones de coordinación y de trabajo interinstitucional e intersectorial en materia de atención prehospitalaria.
Proponer criterios de estructura y operación de los centros reguladores de urgencias médicas y de las unidades móviles de atención prehospitalaria, para mejorar la calidad de los servicios de atención de urgencias médicas y atenuar la gravedad de las lesiones.
Dirigir la capacitación de primeros respondientes y población civil en atención inmediata de urgencias en materia de lesiones y accidentes, para contribuir a la intervención oportuna y adecuada.
Evaluar los anteproyectos de modificación de leyes y reglamentos, normas oficiales mexicanas, a nivel federal, estatal y municipal, respecto a los temas de emisión de licencias, conducción bajo los efectos del alcohol, no uso de cinturón de seguridad, no uso de sistemas de retención infantil y conducción a exceso de velocidad, solicitando un informe semestral a cada una de las 32 entidades federativas, para incrementar la
seguridad vial e incrementar la prevención de accidentes en la República Mexicana.
Informar a los sectores públicos y privados que así lo soliciten, las actividades que se realizan en materia de prevención de accidentes, con base a las investigaciones científicas, a fin de que exista mayor conocimiento de los programas de prevención con los que cuenta este Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.
Establecer los mecanismos necesarios que propicien la mejora del control interno de las áreas administrativas, para el debido aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros, para una adecuada rendición de cuentas.
Determinar la selección, contratación y promoción del personal de su adscripción que no está sujeto al Servicio Profesional de Carrera; tomando como base los mecanismos y lineamientos que determina la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, para que este Secretariado Técnico cumpla con las metas establecidas en el Reglamento Interno de la Secretaría de Salud.
Participar en la integración del programa anual de trabajo y la actualización de los anteproyectos del presupuesto y de los manuales de organización y procedimientos, con base a los lineamientos emitidos por la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, para que este Secretariado Técnico cuente con las herramientas administrativas actualizadas.
B) AMBITO DESCONCENTRADO
Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública
Conducir la aplicación de las disposiciones jurídicas que competen a la Beneficencia Pública y aquellas que puedan ser de su interés, a fin de dar sustentabilidad al Patrimonio de la Beneficencia Pública.
Conducir la representación de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública y del Patrimonio de la Beneficencia Pública, en coordinación con los Directores de área, en toda clase de juicios y procedimientos, con todas las facultades generales y aquellas que conforme a la Ley requieran cláusula especial, para la adecuada defensa del Patrimonio de la Beneficencia Pública. Dicha representación también podrá ejercerla el Director Jurídico y de Patrimonio Inmobiliario del Órgano.
Conducir la representación de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública y del Patrimonio de la Beneficencia Pública ante las autoridades fiscales y administrativas, así como ejercer todas las facultades generales y especiales, necesarias para la administración de los bienes a su cargo y las demás que le sean delegadas por acuerdo del Secretario de Salud. Dicha representación también podrá ejercerla el Director de Administración y Finanzas del Órgano.
Conducir la representación de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública y del Patrimonio de la Beneficencia Pública en los juicios sucesorios; autorizar mediante oficio a los servidores públicos que representarán a este órgano administrativo desconcentrado en dichos juicios para la adecuada defensa de los intereses de la institución.
Autorizar los contratos de fideicomiso, arrendamiento y comodato en que la Beneficencia Pública sea parte, a fin de obtener los mejores beneficios para la Institución, con los bienes de la misma. La facultad de autorizar contratos de fideicomiso y arrendamiento también podrá ejercerla el Director Jurídico y de Patrimonio Inmobiliario del Órgano.
Representar a la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública en los fideicomisos, verificando que los términos se ajusten a lo previsto en la normatividad para la realización de los objetivos y metas de la Institución.
Conducir la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, así como los subsidios, aportaciones, subvenciones, bienes, y demás recursos que el Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas, los gobiernos municipales, sus entidades paraestatales, las personas físicas o morales, organismos e instituciones nacionales e internacionales, otorguen o destinen a ésta, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Conducir la administración de bienes, derechos y recursos que obtenga la Beneficencia Pública por cualquier título legal, así como los rendimientos, utilidades, intereses, recuperaciones y demás ingresos que se generen por las inversiones y operaciones que realice, y disponer de estos recursos para el adecuado cumplimiento de sus fines.
Conducir la enajenación de bienes pertenecientes a la Beneficencia Pública que no sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, para obtener la opinión favorable del Consejo Interno y la autorización respectiva del Secretario de Salud.
 
Autorizar la distribución a programas de salud, de acuerdo con las políticas que para el efecto emita el Consejo Interno de este órgano administrativo desconcentrado de los recursos patrimoniales de la Beneficencia Pública, para apoyar el esfuerzo y objetivos de los programas nacionales, sectoriales, especiales y/o prioritarios de la Secretaría de Salud y de la Beneficencia Pública.
Determinar los lineamientos para la aplicación y distribución de los recursos pertenecientes a la Beneficencia Pública, a fin de atender a los objetivos y programas prioritarios de la Secretaría de Salud.
Disponer en coordinación con las unidades administrativas competentes, las medidas y acciones necesarias para la regularización de la propiedad y posesión de los bienes inmuebles pertenecientes a la Beneficencia Pública, con la finalidad de tener certeza jurídica respecto del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
Conducir la coordinación necesaria para que las Entidades Federativas que lo soliciten, constituyan y organicen sus respectivas instituciones encargadas de la administración de la Beneficencia Pública, a fin de incrementar su capacidad administrativa y financiera que les permita participar en la ejecución de programas sobre la materia.
Determinar de acuerdo al presupuesto autorizado, los recursos presupuestales disponibles para apoyos, donativos, ayudas extraordinarias y subsidios específicos a instituciones del sector social, público y privado en el campo de la salud, o que tengan por objeto la investigación científica, la enseñanza o cualquier acción de las que integran la asistencia social, para apoyar el esfuerzo y objetivos de los programas nacionales, sectoriales, especiales y/o prioritarios de la Secretaría de Salud y de la Beneficencia Pública, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Representar a la Secretaría de Salud en el órgano de gobierno de Pronósticos para la Asistencia Pública, así como en los de otras instituciones similares por acuerdo del C. Secretario de Salud, a fin de proponer acciones que impulsen la obtención de apoyos para los programas y proyectos de la Beneficencia Pública.
Conducir los apoyos para la ejecución de los programas de la Secretaría de Salud, de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública y de los proyectos productivos (previo acuerdo del Consejo Interno) en que participe la Beneficencia Pública, tanto a nivel nacional como internacional, para generar y aplicar una mayor cantidad de recursos en efectivo y en especie.
Emitir los informes financieros y el avance de metas y someterlos al Consejo Interno de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública, para su autorización.
Dirigir y autorizar los proyectos productivos en materia de salud con el propósito de generar recursos propios que incrementen el patrimonio de la Beneficencia Pública para realizar acciones encaminadas a la atención de la salud.
Representar a la institución en los proyectos productivos con personas físicas o morales, aportando los bienes en especie y recursos financieros que considere pertinentes, para la captación de nuevos recursos, y la aplicación de los mismos a programas de salud.
Representar a la institución para que participe con organizaciones e instituciones de los sectores público, social y privado en programas de alto impacto en materia de salud previa autorización del Consejo Interno, con el fin de promover y difundir los beneficios que tienen para la sociedad este tipo de proyectos.
Conducir la representación de la Beneficencia Pública en toda clase de actos jurídicos que permitan el ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 39 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a fin de preservar el patrimonio de la Beneficencia Pública.
Establecer las guías de operación específicas de acuerdo a las políticas que al efecto establezca su Consejo Interno, para la adecuada administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
Conducir la programación, presupuestación, organización, operación, registro y control de las acciones y compromisos de los planes, programas y proyectos del órgano administrativo desconcentrado para apoyar a la población en situación de vulnerabilidad.
Establecer las acciones necesarias que permitan fortalecer y consolidar los procesos de modernización y mejora continua de la gestión gubernamental, así como los relativos al control interno y administración de riesgos, para mejorar la operatividad del órgano administrativo desconcentrado.
Determinar los asuntos relevantes cuya importancia requiera acuerdo y/o resolución con instancias superiores para el desempeño del órgano administrativo desconcentrado.
Dirigir la actualización de los manuales de organización, procedimientos y servicios del órgano administrativo desconcentrado, para elevar la calidad del servicio que se proporciona.
 
Conducir el proceso de programación-presupuestación desde la etapa del anteproyecto hasta la ejecución y pago de compromisos, considerando los registros y controles necesarios de acuerdo al presupuesto autorizado, para el adecuado desarrollo de los planes y programas.
Conducir los procesos relativos a la adquisición de bienes y servicios, así como de obra y servicios relacionados con la misma, autorizando los informes e instrumentos jurídicos relacionados con las acciones y compromisos derivados de dichos procesos, a fin de proporcionar las herramientas necesarias para el cumplimiento de los programas y proyectos del órgano administrativo desconcentrado.
Emitir la certificación de los documentos que obren en los archivos a su cargo, para la agilización de trámites y servicios.
Conducir la operación de los recursos humanos para el adecuado manejo y control del personal de la institución, en coordinación con las unidades administrativas e instancias competentes.
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva
Determinar y evaluar el cumplimiento de los objetivos, acciones y metas establecidas en materia de Salud Sexual y Reproductiva, incluyendo planificación familiar, cáncer Cérvico uterino y mamario, de salud materna y perinatal y prevención y atención de la violencia familiar y de género para asegurar el avance y atención de los compromisos definidos en el Programa del Plan Nacional de Salud.
Conducir la elaboración y/o actualización de Normas Oficiales Mexicanas, Reglamentos y Guías Técnicas en materia de salud reproductiva; salud materna y perinatal, equidad de género y violencia intrafamiliar, considerando la opinión y recomendaciones correspondientes de la Oficina del Abogado General.
Representar a la Secretaría de Salud en todos los consejos, comités, grupos de trabajo o juntas de gobierno con el fin de que se establezca la normatividad vigente o por designación de las autoridades competentes para asegurar la coordinación y concertación intra e intersectorial que se requieren, con el fin de promover el desarrollo de los programas de acción en materia de equidad de género, violencia contra las mujeres y salud reproductiva.
Disponer la coordinación de actividades del Grupo Interinstitucional de Salud Reproductiva y apoyar la participación de la Secretaría de Salud en el Consejo Nacional de Población y en la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de la Mujer, para promover el desarrollo de los programas de acción en materia de salud materna, sexual y reproductiva, incluyendo la equidad de género y violencia contra las mujeres.
Establecer con las unidades administrativas de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, las acciones que requieren de la participación del Centro para la instrumentación adecuada del Sistema de Protección Social en Salud.
Establecer ante el Consejo de Salubridad General, las especificaciones técnicas de equipo e insumos que son utilizados en las actividades de los Programas de Acción de Salud Materna y Perinatal, Cáncer Cérvico Uterino, Mamario, Planificación Familiar y Anticoncepción, Salud Sexual y Reproductiva de los Adolescentes, Peri y Posmenopausia, y Violencia Familiar y de Género, para que dichos insumos sean los que requiere el programa para el cumplimiento de sus metas.
Establecer los procedimientos de adquisición con base en los requerimientos que establezcan las diferentes áreas del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, para atender los insumos estratégicos utilizados en los programas a su cargo, que contribuyan al cumplimiento de las metas que tienen asignadas.
Administrar a los servicios de salud en los estados y a las instituciones que conforman el sector salud en la programación y evaluación de las actividades de los diferentes componentes de los programas de acción de nuestra competencia para apoyar la operación de las actividades de prevención y atención en los diferentes niveles.
Planear las actividades de supervisión integral, capacitación y adiestramiento de los recursos humanos en formación y en servicio, responsables de la prestación de servicios de salud reproductiva, igualdad de género en salud y violencia contra las mujeres en cada una de las entidades federativas para fortalecer las capacidades locales.
Planear los lineamientos de programación, así como los indicadores necesarios para medir el uso adecuado de los equipos e insumos estratégicos que son proporcionados a las diferentes entidades federativas para los Programas de Acción de Salud Materna y Perinatal, Cáncer Cérvico Uterino, Mamario, Planificación Familiar y Anticoncepción, Salud Sexual y Reproductiva de los Adolescentes, Peri y Posmenopausia y Violencia Familiar y de Género.
Establecer políticas y mecanismos que promuevan la participación de los sectores público, social y privado en los programas de acción en el ámbito de nuestra competencia para favorecer la corresponsabilidad de
todos los actores involucrados.
Representar a la Secretaría de Salud en las reuniones nacionales e internacionales en temas de salud reproductiva, igualdad de género y violencia familiar, sexual y contra las mujeres, promoviendo la alineación de esfuerzos para el logro de las metas nacionales y compromisos internacionales.
Emitir mecanismos para incorporar la perspectiva de género y un enfoque holístico en la prestación de servicios de salud de prevención y atención de la violencia de género, salud materna y perinatal, planificación familiar, en la etapa postreproductiva y de prevención, diagnóstico y atención del Cáncer Cérvico Uterino y Mamario, a fin de que los Servicios de Salud los incorporen en la atención de la población.
Emitir normas sobre la programación y evaluación de las actividades de los diversos componentes del programa institucional de salud reproductiva, igualdad de género en salud y violencia contra las mujeres en los servicios de salud de los estados y a nivel sectorial, para su implementación en los Servicios de Salud de cada entidad federativa.
Evaluar el cumplimiento de los objetivos, acciones y metas a nivel nacional de los Programas de Acción de Salud Materna y Perinatal, Cáncer Cérvico Uterino, Mamario, Planificación Familiar y Anticoncepción, Salud Sexual y Reproductiva de los Adolescentes, Peri y Posmenopausia y Violencia Familiar y de Género.
Planear los temas y proyectos de investigación y desarrollo tecnológico en materia de salud reproductiva, equidad de género y violencia contra las mujeres, sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia tengan otras dependencias para promover la generación de información estratégica para la toma de decisiones.
Establecer mecanismos que permitan motivar y promover la participación del personal federal y estatal de las comunidades directamente involucradas en los programas de acción del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, a fin de favorecer la coordinación de esfuerzos y la corresponsabilidad de los involucrados.
Planear y conducir la celebración de acuerdos, convenios y contratos entre la Secretaría de Salud, organismos internacionales, organizaciones civiles e institucionales nacionales del Sector Público, privado y social para impulsar su participación en el desarrollo de acciones en materia de igualdad de género, salud reproductiva y violencia contra las mujeres.
Establecer estrategias para promover modificaciones y/o adopciones de políticas, normas y lineamientos, para facilitar las acciones necesarias en materia de violencia familiar, sexual y contra las mujeres como un problema de salud pública en cada una de las entidades federativas y de promover el respeto de los derechos sexuales y reproductivos en el sector salud.
Conducir el seguimiento de los compromisos regionales e internacionales en materia de igualdad de género y salud reproductiva, derivado de los acuerdos, tratados o convenciones internacionales suscritas por el país, con la finalidad de promover la cooperación y coordinación de esfuerzos.
Establecer estrategias de difusión en cada una de las entidades federativas de los programas de acción de salud reproductiva y violencia contra las mujeres, a fin de promover la incorporación de la perspectiva de género, con el propósito de eliminar la discriminación por género en las instituciones de salud.
Emitir y acreditar el diagnóstico nacional de los Programas de Acción de Salud Materna y Perinatal, Cáncer Cérvico Uterino, Mamario, Planificación Familiar y Anticoncepción, Salud Sexual y Reproductiva de los Adolescentes, Igualdad de Género en Salud y Violencia Familiar y de Género para difundir los resultados a los sectores público, social y privado en el ámbito nacional e internacional.
Conducir estrategias de supervisión y evaluación de la información, proporcionada por las entidades federativas, con la finalidad de asegurar la calidad y oportunidad de la información que se requiere para la toma de decisiones y el seguimiento del cumplimiento de las metas de los programas de acción, materia de nuestra competencia.
Autorizar estrategias para un sistema de reconocimiento del personal comunitario involucrado en los programas en materia de salud reproductiva, igualdad de género en salud y violencia contra las mujeres, particularmente en aquellos que se realizan en las comunidades con el mayor rezago en el país para contribuir en el compromiso del personal y fortalecer las acciones de desarrollo comunitario.
Planear los anteproyectos de iniciativas de leyes, o en su caso modificaciones al marco jurídico, con el propósito de eliminar toda forma de discriminación por razones de género al interior de las instituciones del sector salud así como combatir la violencia familiar, sexual y contra las mujeres y mejorar la salud reproductiva en el país.
 
Planear el uso y destino de los bienes, derechos y recursos que obtenga el Centro por cualquier título legal, en función del desarrollo de los programas de acción en materia de equidad de género, violencia contra las mujeres y salud reproductiva, a fin de contribuir al cumplimiento de las metas que tienen establecidas.
Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud
Conducir la asesoría en materia de evaluación de tecnologías para la salud, para alinearla con las necesidades de procedimientos de diagnóstico, tratamiento o rehabilitación en los establecimientos de atención a la salud, de acuerdo a sus requerimientos epidemiológicos, en coordinación con las instancias correspondientes o dependencias del sector que lo soliciten.
Establecer la coordinación de acciones con organismos nacionales e internacionales dedicados a la gestión y evaluación de tecnologías en salud con la finalidad de intercambiar información y mantener participación continua en tecnologías para la salud.
Determinar la integración de información sistemática para la introducción, adopción y difusión de tecnologías en salud, con la finalidad de que las áreas o instituciones requirentes encuentren información útil para la toma de decisiones.
Establecer y conducir los comités, consejos y acuerdos en tecnologías en salud con las instituciones nacionales para lograr la misión del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (CENETEC).
Determinar, previo consenso con las áreas involucradas, propuestas innovadoras para la realización de la adquisición y uso de las tecnologías en salud, acordes a las necesidades de la atención a la salud.
Conducir las acciones para la realización de proyectos sobre evaluación de tecnologías en salud considerando los impactos económicos, sociales y éticos de las mismas, con el fin de alinearlas a las prioridades de atención a la salud de la población.
Emitir los lineamientos de ingeniería clínica, y participar conjuntamente con las autoridades respectivas para el desarrollo de áreas de ingeniería biomédica a nivel estatal, regional e institucional, con la finalidad de apoyar la gestión de equipo médico de manera efectiva en los establecimientos de atención a la salud.
Emitir mecanismos y estrategias para dar a conocer los lineamientos nacionales de infraestructura, políticas, estándares, procesos y desarrollo de Sistemas de Telemedicina, para garantizar la accesibilidad de la atención médica en zonas remotas.
Establecer en conjunto con las áreas correspondientes del sector, las políticas en materia de Telesalud de acuerdo a las necesidades epidemiológicas, con el fin de incorporar los servicios de Telesalud al Sistema Nacional de Salud.
Emitir la metodología para elaborar las guías de práctica clínica, en consenso con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de homologar su integración y aplicación.
Conducir la integración y actualización de guías de práctica clínica, coordinando a las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud, con el objeto de elaborar documentos de referencia que oriente la toma de decisiones de los prestadores y usuarios de servicios de salud.
Emitir los dictámenes de validación, así como los certificados de necesidades en concordancia con el Plan Maestro de Infraestructura, con el fin de conseguir una asignación y uso eficiente de los recursos en la atención a la salud.
Emitir opiniones sobre tecnologías para la salud con la finalidad de apoyar a los tomadores de decisión en la adquisición de tecnologías en salud.
Evaluar a petición del Consejo de Salubridad General, la seguridad, eficacia, costo y efectividad, de los insumos, del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, con la finalidad de que aquellos que se incluyen en dicho Cuadro y Catálogo, sean apropiados, seguros y de calidad, para los establecimientos de atención médica.
Determinar y proponer a las instancias competentes, el monto de los derechos, productos, y aprovechamientos que se cobren por los servicios que presta el Centro en los términos que determinen las leyes aplicables, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto, con la finalidad de que represente la retribución compensable al servicio prestado.
Dirigir los procedimientos normativos necesarios que propicien la mejora del control interno de las unidades o áreas administrativas a su cargo, para el mejor aprovechamiento de los recursos materiales,
humanos y financieros que permitan garantizar una adecuada rendición de cuentas.
Representar al Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud (CENETEC) en la celebración de los actos jurídicos, convenios y contratos, así como rescindirlos o convenir su terminación anticipada, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de adquisición de bienes y servicios contratados.
Planear y gestionar ante la Dirección General de Programación y Presupuesto, los anteproyectos de programa de presupuesto asignado al CENETEC, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Anual de Trabajo del ejercicio fiscal correspondiente.
Dirigir las acciones correspondientes del personal adscrito al CENETEC, con la finalidad de dar cumplimiento a lo que establece el Servicio Profesional de Carrera.
Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea
Determinar la normatividad y planeación estratégica a nivel nacional en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras para garantizar a la población mexicana la seguridad, autosuficiencia, cobertura y acceso equitativo de la sangre que se emplee en el Sistema Nacional de Salud.
Conducir la asesoría a los organismos del Sistema Nacional de Salud para la definición de los planes y programas que se establezcan en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras para cumplir con las funciones del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
Establecer los procedimientos necesarios para definir la programación-presupuestación de los planes y programas que se establezcan en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras, para cumplir con las funciones del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
Participar en la formalización y emisión de convenios, bases de colaboración, actos jurídicos y los procedimientos necesarios con los establecimientos que conforman el Sistema Nacional de Salud, para que mediante el establecimiento de programas de donación e intercambio de sangre sus componentes y células progenitoras se logre la autosuficiencia, seguridad, cobertura, calidad y acceso equitativo de sangre, así como el desarrollo científico y tecnológico en la materia.
Conducir la asesoría a las entidades del Sistema Nacional de Salud para establecer las disposiciones nacionales en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras, para cumplir con las funciones del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
Establecer los procesos de captación, almacenaje, procesamiento, distribución y aplicación de la sangre y células progenitoras, así como de las pruebas de laboratorio, que marca la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables, mismos que deberán aplicarse en todos los establecimientos del país que manejan sangre, para garantizar la suficiencia, seguridad y uso racional de la misma.
Conducir la asesoría técnica que se brinda con respecto del material de difusión en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras para que no se proporcione información deficiente a la población.
Participar en la proposición de las normas oficiales mexicanas relativas a la disposición de sangre humana, sus componentes y células progenitoras con fines terapéuticos, así como las relativas a la organización, funcionamiento e ingeniería sanitaria de los bancos de sangre, puestos de sangrado y servicios de transfusión y coadyuvar en la vigilancia de su cumplimiento, para garantizar la seguridad de la sangre y sus componentes.
Establecer en coordinación con las autoridades competentes, los procedimientos necesarios para llevar el registro y control de los establecimientos de salud que lleven a cabo la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras con fines terapéuticos o de investigación.
Planear con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para la realización y evaluación de protocolos de investigación en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras.
Conducir y asesorar la participación del Sector Salud a nivel nacional en la función de orientar a la población sobre la donación voluntaria y altruista de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras para incrementar el abasto de sangre segura.
Conducir y asesorar la definición de métodos y técnicas relativas a la captación, estudio, procesamiento, almacenamiento, distribución y aplicación de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras, para garantizar su seguridad a la población que los requiera.
 
Establecer y autorizar programas para la formación, capacitación y actualización del personal profesional, técnico y auxiliar que intervienen en el manejo de la sangre y sus componentes con fines terapéuticos, para lograr unificar los criterios, estrategias y técnicas operativas en las actividades concernientes.
Establecer la coordinación, con las unidades administrativas competentes, para determinar las líneas de investigación y enseñanza relacionadas con las determinaciones analíticas y demás procedimientos de la medicina transfusional, a fin de obtener el desarrollo tecnológico para contar con recursos humanos debidamente capacitados en el manejo de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras que puedan continuar garantizando la seguridad de la sangre.
Administrar y evaluar la información relativa a las unidades de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras en el territorio nacional, así como de los actos de disposición en la materia, a fin de contar con la información en forma oportuna y veraz de los resultados del manejo de las mismas.
Determinar en coordinación con la COFEPRIS y con los demás miembros del Sistema Nacional de Salud, la definición técnica de las estrategias y políticas para la industrialización del plasma.
Conducir la asesoría a las organizaciones del Sistema Nacional de Salud y proporcionar el apoyo técnico y normativo en el ámbito de su competencia para garantizar la seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras.
Determinar, en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto, los procedimientos que han de servir para formular el Tabulador de Cuotas de Recuperación para efectuar el cobro por la prestación de servicios en materia de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras.
Establecer la participación en la vigilancia epidemiológica de infecciones transmisibles por el uso terapéutico de la sangre, detectadas en donadores, componentes sanguíneos y células progenitoras, para realizar las acciones sanitarias necesarias con los Centros Estatales de la Transfusión Sanguínea y las Autoridades Sanitarias competentes.
Informar a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, las irregularidades o violaciones al marco jurídico en la materia, para que dicha Comisión tome las acciones preventivas y correctivas que se hagan necesarias.
Establecer los procedimientos técnicos y normativos que han de seguir los Centros Estatales de la Transfusión Sanguínea para garantizar la seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras.
Determinar el modelo de organización, de previsión, planeación, organización, dirección, control y retroalimentación que deberá prevalecer en la operación del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, para garantizar a la población mexicana la seguridad de la sangre que se emplee en el Sistema Nacional de Salud.
Conducir la aplicación de los procedimientos normativos que permitan una mejora continua en el control interno de la Institución, y que permitan un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros asignados, para garantizar la correcta aplicación de la normatividad vigente.
Conducir la aplicación de los procedimientos normativos que permitan la mejora continua de la gestión, para fortalecer la mejora continua del encargo dentro del marco normativo vigente.
Informar a su superior las alternativas de solución a la problemática que competa a la institución, para que de común acuerdo se determinen las directrices a seguir.
Emitir con la participación de la oficina del Abogado General, a las autoridades conducentes, los anteproyectos de legislación y normatividad en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras; para contar con las herramientas legales que permitan garantizar la seguridad de la sangre.
Determinar a los servidores públicos subalternos a quienes se les delegarán atribuciones; para que éstos puedan llevar a cabo diversos trámites en su nombre y facultades.
Representar legalmente al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea en la celebración de actos jurídicos, firma de convenios y contratos, y, cuando proceda, rescindirlos o convenir su terminación anticipada, lo anterior para agilizar la gestión de la institución.
Emitir y revocar poderes generales para pleitos y cobranzas a los servidores públicos subalternos a quienes se les deleguen estas atribuciones, para apoyar la gestión del titular en beneficio de la institución.
Establecer una colaboración con los miembros del Sector Salud a nivel nacional, así como los sectores social y privado en las diversas actividades que se desarrollen en materia de sangre, componentes
sanguíneos y células progenitoras, para lograr una unificación de esfuerzos en materia de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras.
Emitir, con la aprobación del C. Secretario y de acuerdo a la normatividad vigente, los manuales de organización y procedimientos de la institución, para que toda la operación de la organización se encuentre debidamente documentada y de esta manera dar cabal cumplimiento a los organismos globalizadores y de fiscalización.
Establecer los mecanismos que permitan poner en práctica los programas institucionales de modernización administrativa, para dar cumplimiento a los diversos programas de gobierno.
Proponer, en apego a la normatividad emitida por las globalizadoras, el anteproyecto de presupuesto; para estar en posibilidad de contar con los recursos financieros necesarios para dar cumplimiento a los programas de trabajo de la institución.
Establecer los mecanismos de control en el ejercicio del presupuesto y sus compromisos, para estar en posibilidad de verificar la correcta y oportuna ejecución del mismo.
Establecer los procedimientos para llevar a cabo el registro de las operaciones financieras, para estar en posibilidad de informar a los organismos globalizadores y fiscalizadores de la operación financiera de la institución.
Conducir a las diversas áreas operativas del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea en la determinación de sus necesidades para alcanzar los objetivos institucionales, a fin de estar en posibilidad de integrar los programas anuales de adquisiciones y obras públicas.
Autorizar, en apego a la normatividad vigente, la adquisición de los insumos necesarios y la contratación de los servicios requeridos para contar con los recursos materiales necesarios para el logro de objetivos institucionales.
Establecer los mecanismos de control que permitan la vigilancia de los compromisos contractuales de los proveedores y prestadores de servicios, para garantizar el cumplimiento de dichos compromisos y estar en posibilidad de informar oportunamente a las entidades globalizadoras y fiscalizadoras.
Determinar los procedimientos de control de las garantías por concepto de adquisiciones o contratación de servicios para estar en posibilidad, en su caso, de hacerlas efectivas.
Establecer, en apego a la ley, los procedimientos necesarios en el control y seguimiento de los documentos que son procesados por la institución; lo anterior para estar en posibilidad de dar cumplimiento a la normatividad vigente en materia de archivo y correspondencia.
Emitir y certificar, en su caso, las copias de los documentos o constancias que le sean requeridos y que existan en los archivos del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, cuando proceda y a petición de las autoridades competentes, para comprobar la autenticidad de las copias emitidas.
Establecer los procedimientos necesarios que garanticen el pago de los documentos que representan la adquisición de bienes o recepción de servicios por parte del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, cuidando en todo momento el completo apego a la normatividad vigente, para garantizar un trato homogéneo y transparente a los proveedores.
Determinar los mecanismos de capacitación del personal, definiendo, en base a los programas institucionales las necesidades de capacitación, promoción y adscripción del recurso humano de la institución, para lograr el máximo aprovechamiento del personal adscrito al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea no sujeto al Servicio Profesional de Carrera.
Autorizar el goce de las prestaciones consagradas en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes y la aplicación de las sanciones a que se haga acreedor el trabajador, en su caso, con la intervención de la Oficina del Abogado General y de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización para dar cumplimiento a la normatividad vigente.
Establecer los mecanismos de evaluación y costeo de los servicios que prestan las diferentes áreas de la institución para la determinación de las cuotas de recuperación que serán enviadas para su autorización a la Dirección General de Programación y Presupuesto.
Establecer colaboración con las instancias que lo requieran en la formulación de las Condiciones Generales de Trabajo, para que estas contemplen la problemática del personal que labora en la institución y que por su alto grado de especialización requiere de un tratamiento específico.
Centro Nacional de Trasplantes
Emitir proyectos de reformas e iniciativas de ley, decretos, Normas Oficiales Mexicanas, acuerdos,
lineamientos, procedimientos y circulares, con el fin de regular la actividad de donación, procuración y trasplante de órganos, tejidos y/o células.
Conducir y normar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a quienes intervengan en el proceso de donación-trasplantes con la finalidad de brindar certeza jurídica, transparencia y equidad.
Establecer mecanismos dentro del Subsistema Nacional de Donación y Trasplante de órganos, tejidos y/o células, para el cumplimiento de la normativa en la materia.
Firmar instrumentos jurídicos consensuales en la materia para fortalecer el Subsistema Nacional de Donación y Trasplante.
Administrar el Registro Nacional de Trasplantes para su operación y actualización.
Emitir los lineamientos de evaluación de los profesionales de la salud en la materia y los Comités Internos de Donación y Trasplante, para fortalecer la transparencia de los procesos de donación y trasplante.
Establecer mecanismos de control para mantener actualizados y resguardados los expedientes de los establecimientos autorizados.
Establecer las políticas, lineamientos y procedimientos para la asignación de órganos, tejidos y células a nivel nacional.
Establecer mecanismos de control para la supervisión y seguimiento de la asignación de órganos, tejidos y/o células con fines de trasplante.
Emitir respuesta a solicitudes de opiniones técnicas de dependencias federales y estatales, con respecto a los procesos de donación y trasplante, para mantener una corresponsabilidad interinstitucional y atender los requerimientos del Subsistema Nacional de Donación y Trasplante.
Dirigir estrategias para promover la cultura de la donación de órganos, tejidos y/o células, en coordinación con profesionales e instituciones de salud, organizaciones civiles, sector educativo y con la sociedad en general, para incrementar el número de donaciones con fines de trasplantes.
Autorizar el diseño de materiales para la difusión en materia de donación y trasplante de órganos, tejidos y/o células
Establecer las políticas para el reconocimiento al mérito y altruismo de los donadores de órganos, tejidos y/o células con fines de trasplante y/o disponentes secundarios.
Establecer los programas de formación y capacitación para el fortalecimiento de la donación y trasplantes de órganos, tejidos y/o células en México.
Establecer las estrategias de comunicación con la sociedad para fomentar su participación en la donación de órganos, tejidos y/o células con fines de trasplante en el país.
Representar a la Secretaría de Salud en materia de donación y trasplantes con el propósito de promover la cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, organismos nacionales e internacionales.
Conducir las líneas de investigación propuestas que tengan por objeto impulsar la práctica de donación y trasplantes de órganos, tejidos y/o células para contribuir con el conocimiento científico con base en sus resultados.
Dirigir el Programa de Acción Específico: Donación y Trasplantes de Órganos y Tejidos para evaluación y seguimiento al cumplimiento de objetivos y metas del Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA).
Conducir el registro estadístico nacional para obtener, analizar y difundir los resultados de la actividad de donación y trasplante en el país.
Dirigir el Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes, así como las acciones pertinentes para la mejora de su desempeño.
Determinar el mecanismo para expedir el documento oficial de donación en el CENATRA y en los Centros Estatales de Trasplantes para facilitar el proceso de donación.
Informar a las autoridades competentes sobre irregularidades detectadas para su conocimiento, seguimiento y resolución.
Planear estrategias que permitan administrar el funcionamiento del CENATRA, para fortalecer la mejora del control interno y la mejora continua de la gestión, dentro del marco normativo, para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales, con una adecuada rendición de cuentas.
 
Informar a su superior y a las autoridades competentes sobre asuntos relevantes para su conocimiento, aprobación en su caso, así como del cumplimiento de las facultades y obligaciones correspondientes.
Establecer los mecanismos de coordinación y concertación con las autoridades federales, estatales y municipales así como con los sectores social y privado, para fortalecer el Subsistema Nacional de Donación y Trasplante de órganos, tejidos y/o células.
Planear programas de modernización administrativa e innovación para impulsar el adecuado funcionamiento del CENATRA.
Emitir los anteproyectos del programa presupuestario del CENATRA en coordinación con la Dirección General de Programación y Presupuesto para contar con los recursos financieros y su oportuna ejecución.
Administrar en coordinación con las unidades e instancias competentes las disposiciones del Servicio Profesional de Carrera para que el nombramiento del servidor público corresponda con el perfil de puesto.
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
Proponer y supervisar el proceso de elaboración de las políticas y estrategias nacionales en materia de programas preventivos a la salud, urgencias y desastres en salud y, enfermedades crónicas degenerativas para la adecuada atención de la población, en todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Establecer mecanismos de evaluación de las políticas y estrategias nacionales de prevención y protección de la salud para la identificación de desviaciones y oportunidades de mejora en su aplicación.
Planear en coordinación con las instituciones del Sistema Nacional de Salud la integración de acciones simultáneas de prevención y protección a la salud, para la actualización y operación de los programas anuales sectoriales, institucionales, regionales y especiales.
Establecer y conducir la actualización de los catálogos del Sistema de Protección Social en Salud, con base en los programas de prevención y protección a la salud y, de urgencias epidemiológicas, a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades para fortalecer su operación.
Determinar los mecanismos de seguimiento y supervisión de los recursos financieros aplicados a los programas de prevención y protección a la salud y, de urgencias epidemiológicas, a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades vinculados al Sistema de Protección Social en Salud para su aplicación.
Informar a las instancias intra e intersectoriales del Sistema Nacional de Salud los resultados de la utilización de los recursos financieros procedentes del Sistema de Protección Social en Salud para supervisar la transparencia de su ejercicio.
Dirigir acciones de investigación y evaluación operativa en apoyo a los programas correspondientes en los ámbitos federal, estatal y en su caso jurisdiccional y fomentar la innovación tecnológica para la mejora continua de los procesos de prevención y protección a la salud y urgencias en salud.
Establecer mecanismos de monitoreo y un sistema nacional de indicadores para apoyar el seguimiento de las políticas, estrategias y programas de prevención y protección de la salud a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Determinar en coordinación con los centros nacionales e internacionales de investigación y desarrollo tecnológico, las acciones técnicas en materia de prevención y protección de la salud, para el fortalecimiento de los programas bajo la responsabilidad del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Planear campañas de comunicación social para favorecer la participación de la población en los programas de prevención y protección a la salud.
Establecer con las áreas afines intra e interinstitucionales, los programas de comunicación educativa para fortalecer el desarrollo de los programas de prevención y protección a la salud.
Dirigir la capacitación y actualización continua del personal de salud y comunitario para mejorar su capacidad de respuesta en acciones de prevención, control de enfermedades y atención de urgencias epidemiológicas y desastres.
Determinar y elaborar con las instituciones del Sistema Nacional de Salud, las normas oficiales mexicanas para lograr consensos, actualización de sus contenidos y homogeneizar la operación de los programas de prevención y protección de la salud.
Promover a través de las instancias del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades en los
ámbitos federal, estatal y municipal el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, para lograr el impacto de los programas de prevención y protección de la salud.
Establecer mecanismos nacionales, y, en su caso, regionales, estatales y, jurisdiccionales de supervisión, evaluación y análisis de la información de los programas preventivos y de seguridad en salud, para apoyar la toma de decisiones en la vigilancia epidemiológica y la certificación del desempeño de los servicios de salud.
Establecer las acciones de apoyo logístico y asistencia técnica nacional, regional, estatal y en su caso jurisdiccional, de la respuesta rápida para la calidad de los servicios de prevención y protección a la salud.
Establecer los mecanismos y procedimientos nacionales y, en su caso, regionales, estatales y en su caso jurisdiccionales, de la respuesta rápida para el apoyo de los programas de prevención y protección a la salud de manera específica en urgencias en salud, en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil.
Conducir las asesorías a las entidades federativas sobre la gestión de los recursos financieros ante urgencias en salud, desastres y otros riesgos sanitarios, para la radicación oportuna.
Dirigir tareas permanentes con base en los esquemas regionales para el fortalecimiento y la certificación del desempeño del personal en los programas de prevención y protección de la salud.
Informar a las instancias correspondientes del incumplimiento de las normas en su ámbito de competencia, para que se apliquen las sanciones y medidas de seguridad correspondientes, en materia de prevención y protección de la salud.
Autorizar convenios de colaboración con el sector público, social y privado para fortalecer las acciones de los programas de prevención y protección de la salud.
Evaluar las acciones de participación social a favor de los programas de prevención y protección de la salud para decidir la pertinencia de su continuidad, modificación o cancelación.
Determinar las prioridades de los consejos y comités nacionales en materia de prevención y protección de la salud, en el ámbito de su competencia, para establecer los calendarios y logística de trabajo.
Establecer las prioridades en el marco de los consejos y comités nacionales en materia de prevención y protección de la salud, para jerarquizar los asuntos, la asignación de recursos e informar sobre los resultados de las acciones y apoyar la rendición de cuentas.
Determinar el programa anual de trabajo para la gestión oportuna de los insumos, equipamiento e infraestructura requeridos para la operación de los programas de prevención y protección de la salud.
Conducir conjuntamente con los servicios estatales de salud los requerimientos de apoyo por parte del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades para complementar las necesidades de operación de los programas de prevención y protección de la salud.
Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades para el logro de metas y objetivos institucionales.
Autorizar los informes institucionales y en su caso, sectoriales, para dar cumplimiento a la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental y la rendición de cuentas.
Conducir la elaboración y actualización permanente de sus manuales de organización específicos y de procedimientos, de conformidad con las disposiciones aplicables, y someterlos a la autorización del Secretario a través del Subsecretario al cual estén adscritos.
Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA
Fungir como Secretario Técnico del CONASIDA, para coordinar a los sectores público, social y privado.
Informar a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud las políticas y estrategias nacionales en materia de prevención, atención y control del VIH/SIDA, de las ITS y por ende del estigma y la discriminación como consecuencias psicosociales de dichas enfermedades, con el propósito de que sean aprobadas y se proceda a su difusión y aplicación en los sectores público, social y privado.
Evaluar el desarrollo y el impacto que tienen las medidas preventivas y de atención del VIH/SIDA y de las ITS para la población en general.
Formular el Programa para la Prevención y Control del VIH/SIDA y otras ITS, en coordinación con las unidades administrativas competentes, a fin de evitar nuevos casos de infección y atender los ya existentes.
Proponer los lineamientos y procedimientos técnicos para la organización, programación y presupuestación de los compromisos estipulados en el Programa para la Prevención y Control del VIH/SIDA y otras ITS, con la finalidad de solicitar al gobierno los recursos financieros que permitan darle cumplimiento y
alcanzar las metas del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
Colaborar en el desarrollo del Sistema de Protección Social en Salud en materia de prevención y atención del VIH/SIDA para la población infectada.
Determinar mecanismos de fomento a la participación de la Sociedad Civil, de la comunidad, de la iniciativa pública y privada en las acciones en materia de VIH/SIDA e ITS.
Conducir a actores claves de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en lo relativo a intervenciones en el tema de investigación, prevención y control del VIH, el SIDA y las ITS, así como la concertación de acciones entre dichos actores en las tareas relacionadas al tema, incluyendo lo relativo a la prevención y el combate al estigma y la discriminación vinculados con el VIH/SIDA.
Evaluar Programas de Prevención entre el CENSIDA y las autoridades federales y los gobiernos de las entidades federativas, a través de la aplicación de medidas necesarias para evitar la diseminación del VIH/SIDA y otras ITS, con el fin impulsar el apoyo y participación en el desarrollo de las acciones de prevención y control para la población.
Autorizar los acuerdos de coordinación que se celebren en materia de prevención y control del VIH/SIDA e ITS, con los gobiernos de las entidades federativas, municipios, organismos del sector social y privado, a fin de que se beneficie mediante el suministro de medicamentos, orientación y otras ayudas a la población en general y las personas infectadas con VIH/SIDA.
Establecer e informar los criterios para la realización de investigaciones en materia de VIH/SIDA e ITS, de carácter científico, en coordinación con el sector público, privado y social, a fin de obtener resultados científicos que coadyuven al desarrollo de acciones de prevención y control del VIH/SIDA y otras ITS para la población.
Determinar estrategias de difusión de información sobre prevención, atención y control de la infección por el VIH/SIDA y otras ITS, en coordinación con las unidades administrativas competentes, para que los programas, materiales y otras alternativas de difusión cumplan con lo establecido con los programas de prevención definidos.
Participar en la definición, instrumentación, supervisión y evaluación de las estrategias y los contenidos técnicos de los materiales de comunicación social, materiales didácticos y metodologías que se utilicen para la capacitación y actualización de los prestadores de servicios de salud, con la finalidad de que estos materiales sirvan de apoyo en las acciones de prevención y control de la pandemia y se difundan a nivel nacional con cobertura a toda la población.
Acreditar a través de un proceso de certificación el desempeño de las localidades, jurisdicciones sanitarias, entidades federativas, regiones, comunidades o establecimientos, en relación a los programas de VIH/SIDA e ITS.
Dirigir la integración de propuestas y modificaciones de leyes, reglamentos, decretos o acuerdos ante la Oficina del Abogado General de la Secretaría, con el propósito de que se respeten los derechos humanos de las personas que viven con VIH/SIDA y evitar su discriminación social.
Dirigir con la Dirección General de Relaciones Internacionales, el seguimiento de los compromisos de carácter internacional, que los Estados Unidos Mexicanos hayan suscrito en materia de VIH/SIDA.
Establecer y disponer los términos de aplicación de los recursos que se obtengan por cualquier título legal, definiendo a qué sectores y a quién va dirigido, en función del combate a la epidemia del SIDA y las ITS.
Establecer las sanciones correspondientes y aplicar las medidas de seguridad necesarias, así como remitir a las autoridades fiscales correspondientes, las resoluciones que impongan sanciones económicas para que las hagan efectivas.
Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia
Conducir la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Vacunación y el Consejo para la Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, con la finalidad de dar cumplimiento a los acuerdos.
Proponer al Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud las políticas y estrategias nacionales, lineamientos y procedimientos en materia de vacunación para toda la población residente en la República Mexicana con el fin de favorecer la erradicación, eliminación y control de las enfermedades evitables por la vacunación.
 
Proponer al Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud las políticas y estrategias nacionales en materia de salud de la infancia y la adolescencia, incluyendo lo relativo al cáncer en dichos grupos poblacionales para contribuir a la mejora de los niveles de salud.
Establecer la coordinación de las acciones de las instituciones del Sistema Nacional de Salud en materia de vacunación en la población general y la atención a la salud de la infancia y la adolescencia, así como lo relativo al cáncer en los menores de 18 años, con el propósito de favorecer el cumplimiento de las políticas y estrategias nacionales en la materia.
Planear las estrategias y mecanismos para evaluar el desarrollo e impacto de los programas y proyectos a cargo del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (CeNSIA), contribuyendo al cumplimiento del Programa Sectorial de Salud.
Establecer propuestas de normas oficiales mexicanas en materia de atención a la salud de la infancia y la adolescencia y de la administración de vacunas, sueros, antitoxinas e inmunoglobinas en el humano, con la participación de las áreas competentes, manteniendo la permanente actualización de la regulación con base en la evidencia científica y la epidemiología de los padecimientos que se previenen.
Dirigir propuestas de lineamientos y procedimientos técnicos para la programación y presupuestación, relacionados con los programas en materia de atención a la salud de la infancia y la adolescencia, la vacunación en la población general y el cáncer en los menores de 18 años, con la finalidad de hacer eficiente el control del presupuesto y contribuir al logro de las metas y objetivos de los programas.
Determinar las propuestas que favorezcan el control de los procesos para la adquisición y distribución de los insumos de los programas a cargo de este Centro Nacional, para que los servicios estatales de salud dispongan de los insumos en forma oportuna, suficiente y de calidad para la operación de los programas.
Establecer las especificaciones técnicas del equipo e insumos de los programas de Vacunación en la población en general y atención a la salud de la infancia y la adolescencia para contribuir al cumplimiento de las normas y procedimientos de atención en la materia.
Establecer en el ámbito de su competencia, las estrategias y los contenidos técnicos de los materiales de comunicación social, relacionados con los programas de vacunación en la población general, atención a la salud de la infancia y la adolescencia y el cáncer en los menores de 18 años, para favorecer la difusión de mensajes en la población a nivel nacional en coordinación con las unidades administrativas competentes.
Determinar en el ámbito de su competencia, las estrategias de los materiales didácticos y metodologías que se utilicen para la capacitación y actualización del personal que opera los programas de vacunación en la población general, atención a la salud de la infancia y la adolescencia y cáncer en los menores de 18 años, para favorecer la eficiencia de sus funciones.
Dirigir la participación en la investigación operativa relacionada con los programas de vacunación en la población general, atención a la salud de la infancia y la adolescencia y cáncer en los menores de 18 años, con el propósito de contar con información basada en la evidencia científica para la actualización de las estrategias de estos programas.
Administrar la información generada por los sistemas institucionales de información y de investigación en salud, relacionados con los programas de vacunación en la población general, atención a la salud de la infancia y la adolescencia y cáncer en los menores de 18 años, en coordinación con las unidades administrativas competentes para favorecer la oportunidad y calidad de la información básica necesaria y contribuir al logro de los objetivos de los programas y proyectos a cargo de este Centro Nacional.
Determinar la coordinación entre las agencias nacionales y/o internacionales en materia de vacunación y la atención a la salud de la infancia y la adolescencia, así como lo relativo al cáncer en los menores de 18 años, con el fin de lograr su participación técnico-científica y de apoyo a los programas, con la colaboración de las unidades administrativas competentes.
Establecer la participación en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud en los programas de responsabilidad del CeNSIA, en coordinación con las unidades administrativas competentes para el control de los recursos asignados y el logro de las coberturas de servicios.
Planear la participación comunitaria y de la sociedad civil, así como de los sectores público y privado a favor de las actividades de vacunación en la población general, la atención a la salud de la infancia y lo relativo al cáncer en los menores de 18 años para favorecer el logro de estrategias que mejoran la cobertura de servicios.
Establecer la participación con asistencia técnica en los estudios de los casos de enfermedades prevenibles por vacunación y eventos temporalmente asociados a las vacunas, en coordinación con las
unidades administrativas competentes para el control epidemiológico de los eventos.
Conducir el análisis del desempeño de los programas de vacunación en la población general, atención a la salud de la infancia y la adolescencia y cáncer en los menores de 18 años, en las entidades federativas para el establecimiento de medidas que refuercen la calidad de los servicios otorgados a la población.
Participar con las autoridades fiscales correspondientes en las resoluciones que impongan sanciones ante el incumplimiento de las normas y procedimientos en coordinación con las unidades administrativas competentes para la aplicación de medidas de seguridad que favorezcan el cumplimiento de estrategias y objetivos de los programas de este Centro Nacional.
Dirigir y autorizar la propuesta de manuales administrativos del Centro Nacional con base en los lineamientos establecidos por la Subsecretaría de Administración y Finanzas con el propósito de disponer de instrumentos que permitan orientar al personal sobre los objetivos y funciones de los puestos de la estructura orgánica y apoyar el desarrollo de sus actividades.
Dirigir la elaboración de los anteproyectos de programa presupuesto del CeNSIA y, una vez aprobados, verificar su correcta y oportuna ejecución con el propósito de disponer de los recursos necesarios para la operación y brindar servicios con eficacia, eficiencia y calidad.
Autorizar los procedimientos que establezcan los controles para el seguimiento a contratos, presupuestos y fianzas por concepto de arrendamientos, suministros de servicios telefónicos y eléctricos, mantenimiento, seguros y demás similares, con el propósito de dar cumplimiento a los mismos y brindar al personal adscrito áreas de trabajo y servicios adecuados para el desarrollo de sus funciones.
Planear la participación en los procedimientos normativos necesarios que propicien la mejora del control interno del Centro Nacional, para el aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros que permitan la adecuada rendición de cuentas.
Representar al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, en los actos jurídicos, convenios, contratos, y cuando proceda, rescindirlos o convenir su terminación anticipada, lo que favorece el desarrollo y cumplimiento de las estrategias de los programas y proyectos de este Centro Nacional.
Conducir la participación, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales, municipales y con los sectores social y privado con el fin de apoyar los programas y proyectos del Centro Nacional.
Conducir la designación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal no sujeto al Servicio Profesional de Carrera y autorizar dentro del ámbito de su competencia licencias, tolerancias y remociones con la intervención de la Oficina del Abogado General y de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, cuando corresponda, lo que permite contar con personal competente que coadyuve al logro de metas del Centro Nacional.
Dirigir la participación en la aplicación de las disposiciones relativas al Servicio Profesional de Carrera, en coordinación con las unidades administrativas e instancias competentes, para fomentar la capacidad profesional de los funcionarios, la eficiencia y la eficacia de la gestión pública.
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Emitir propuestas al Secretario acerca de la política nacional de protección contra riesgos sanitarios con el objetivo de dirigir su instrumentación.
Determinar y emitir los criterios para la ejecución de acciones en materia de planeación, programación, investigación, prevención, información, fomento, control, manejo, evaluación y seguimiento para la protección de la población contra los riesgos sanitarios.
Conducir el Sistema Federal Sanitario de conformidad con las disposiciones aplicables y en los términos de los acuerdos de coordinación o colaboración que se celebren, para fomentar y fortalecer dicho sistema.
Emitir los anteproyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, normas y demás disposiciones de carácter general en los asuntos de su competencia, de conformidad con la Ley, el Reglamento de la Comisión Federal y las demás disposiciones aplicables, con la intervención que, en su caso, corresponda a la Oficina del Abogado General de la Secretaría.
Establecer su participación en el ámbito de su competencia, para la elaboración y desarrollo de los programas que se concierten en los términos de la Ley de Planeación.
Emitir propuestas al Secretario sobre los anteproyectos de presupuesto de la Comisión Federal, del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad y demás que le corresponda y, una vez
aprobados, verificando su correcta y oportuna ejecución por parte de las unidades administrativas que formen parte de la Comisión Federal con el fin de ejercer, reembolsar, pagar y contabilizar el presupuesto autorizado por conducto de las unidades administrativas correspondientes, de acuerdo con las normas y principios establecidos por las autoridades competentes.
Emitir propuestas al Secretario sobre políticas, criterios y lineamientos técnicos y administrativos de las funciones de la Comisión Federal y su modernización administrativa, y para la coordinación de acciones con los gobiernos de los Estados en el ejercicio de sus atribuciones.
Conducir la expedición de normas, políticas, criterios, opiniones, lineamientos, procedimientos, resoluciones y, en general, los actos de carácter técnico y administrativo en materia de regulación, control y fomento sanitarios, con objeto de fortalecer y fomentar la regulación sanitaria del país.
Establecer políticas, lineamientos y disposiciones en general que deban observar las autoridades sanitarias de los gobiernos de los Estados, en los términos de las disposiciones aplicables y de los acuerdos de coordinación que se celebren para estandarizar y armonizar la política sanitaria del país.
Disponer criterios, procedimientos, resoluciones y, en general, cualquier acto de carácter técnico y administrativo para los sectores público, privado y social en términos de la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Establecer con los Gobiernos de los Estados, los acuerdos de coordinación específicos en materia de protección contra riesgos sanitarios, con objeto de delegar las funciones que se requieran para el ejercicio del control y fomento sanitarios en cada Entidad.
Autorizar, dirigir y administrar el desarrollo e implantación de los sistemas de planeación financiera, administrativa, organizacional, e indicadores de gestión, de control, evaluación y seguimiento, y del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Federal, autorizando los instrumentos jurídico-administrativos que al efecto se expidan, de conformidad con las disposiciones aplicables, con el fin de fortalecer el control y optimización de los recursos de la Institución.
Autorizar, en coordinación con la Subsecretaría de Administración y Finanzas de la Secretaría, los manuales de organización interna, de procedimientos y de servicios al público, de conformidad con las disposiciones aplicables, para contar con los documentos básicos técnicos-normativos vigentes y actualizados.
Emitir, previo acuerdo con el Secretario del ramo, el nombramiento de los titulares de las unidades administrativas que integran la Comisión Federal.
Determinar y emitir el nombramiento, remoción y cese, de conformidad con las disposiciones aplicables, de los servidores públicos de la Comisión Federal.
Representar legalmente a la Comisión Federal de conformidad con las leyes y disposiciones reglamentarias y demás disposiciones aplicables, para actuar de manera facultada en los diversos asuntos de la Comisión Federal.
Firmar contratos, convenios, acuerdos interinstitucionales, y en general, toda clase de actos jurídicos necesarios para el ejercicio y desarrollo de sus funciones.
Firmar contratos, convenios, acuerdos y toda clase de actos jurídicos y administrativos de conformidad con las disposiciones aplicables, relacionados con la administración de los recursos humanos, bienes muebles e inmuebles, materiales y financieros que sean necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones.
Conducir la promoción de la cooperación con organizaciones nacionales e internacionales para favorecer el intercambio técnico y académico y la elaboración de proyectos preventivos y de control sanitario.
Dirigir la participación en las negociaciones y acuerdos binacionales y multinacionales sobre las materias competencia de la Comisión Federal, con la participación que corresponda a la Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría y otras autoridades competentes con objeto de llevar a cabo la gestión y atención de los asuntos de carácter internacional donde participe y tenga injerencia la Comisión Federal.
Establecer las sanciones y medidas de seguridad que correspondan al ámbito de competencia de la Comisión Federal, de conformidad con las Leyes, sus Reglamentos y demás disposiciones aplicables, para ejercer las acciones a que está facultado de protección a la población contra riesgos sanitarios.
Determinar la modificación o revocación de las resoluciones administrativas, dictámenes, autorizaciones y, en general, todos los actos jurídicos que emitan las unidades administrativas que integran la Comisión Federal, con objeto de aplicar las acciones a que está facultado de protección a la población contra riesgos
sanitarios.
Emitir la certificación de las copias de los documentos o constancias que existan en los archivos a su cargo, para atender las solicitudes de información que al respecto se le hagan.
Conducir la expedición de los acuerdos de circunscripción territorial en los casos que se requiera para el ejercicio de las atribuciones de la Comisión Federal.
Emitir las resoluciones a las consultas en materia de interpretación y aplicación de las disposiciones en las materias de su competencia, para dar certeza jurídica.
Determinar las acciones que se desarrollaran para la simplificación normativa, y en general, de la gestión administrativa de su competencia.
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
Conducir a la Comisión Nacional en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas para contribuir en la resolución de las quejas derivadas de la relación médico paciente, la seguridad del paciente y la prevención del conflicto médico.
Autorizar los protocolos y políticas que tengan por objetivo brindar asesoría e información a los usuarios y prestadores de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones para contribuir a la resolución de los conflictos suscitados de la relación médico paciente.
Establecer el proceso arbitral, las unidades técnicas, de apoyo y de asesoría para recibir, investigar y atender las quejas que presenten los usuarios de los servicios médicos.
Establecer en coordinación con el Consejo y sus unidades técnicas y de asesoría, los procedimientos que permitan recibir la información y pruebas que aporten los prestadores de servicios médicos y los usuarios que se someten al proceso arbitral de la Comisión para contribuir a la solución del conflicto ventilado.
Proponer y participar en el proceso arbitral para que en amigable composición se concilien los conflictos derivados de posibles actos u omisiones o negligencias con consecuencia sobre la salud del usuario y salvaguardar el derecho a la protección de la salud.
Normar el procedimiento de arbitraje que permita fungir a la Comisión como árbitro y pronunciar los acuerdos y laudos que correspondan para la resolución de las controversias planteadas.
Autorizar la emisión de opiniones sobre las quejas que se conozcan e intervenir de oficio en cuestiones que se considere de interés general en la esfera de su competencia, para retroalimentar al Sistema Nacional de Salud con los resultados obtenidos.
Autorizar y acreditar el procedimiento de las unidades técnicas y de asesoría, para dar a conocer a los órganos competentes, la negativa de prestadores de servicios médicos privados o institucionales a proporcionar la información solicitada por la Comisión en ejercicio de sus atribuciones, con la finalidad de evitar la suspensión de los casos por falta de elementos documentales o sea canalizada la inconformidad por el usuario a las vías judiciales.
Establecer y evaluar el procedimiento que permita elaborar y emitir los dictámenes médicos que le hayan solicitado a la Comisión, las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia para el desahogo de procesos judiciales o administrativos.
Establecer convenios con diversas instituciones y organismos que permitan a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico contribuir en la solución de los conflictos de salud, para salvaguardar el derecho a la protección de la salud de la población; así como mejorar la calidad de la atención médica y la seguridad del paciente.
Determinar con sus áreas de apoyo, el establecimiento de procedimientos de asesoría para los gobiernos de las entidades federativas sobre la generación de instituciones análogas a la Comisión Nacional.
Autorizar el protocolo a través del cual se brindará orientación a los usuarios sobre las instancias competentes que les permitan resolver los conflictos derivados de la relación médico paciente, brindados por personal que carece de título o cédula profesional para contribuir a salvaguardar el derecho a la protección de la salud y el estado de derecho.
Informar al Consejo las designaciones de los Subcomisionados, nombramientos y remoción del demás personal de la Comisión para brindar atención a los usuarios con imparcialidad y de forma colegiada.
Informar anualmente al Titular del Ejecutivo Federal los resultados de la Comisión para su difusión y que la sociedad conozca sus derechos y obligaciones en materia de salud y los servicios que ofrece la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
 
Evaluar y autorizar en coordinación con el Consejo, los instrumentos jurídicos y administrativos que permitan la ejecución de las atribuciones conferidas a esta Comisión, para generar políticas y lineamientos relacionados con la solución de controversias entre usuarios y prestadores de servicios médicos.
Autorizar el contenido del Órgano de difusión institucional (Revista CONAMED) para dar a conocer la promoción de servicios médicos de calidad, impulsando la mejora continua en beneficio de la relación médico paciente.
Autorizar los nombramientos de los representantes de la Comisión en diversas unidades administrativas en las cuales haya sido invitada la institución para que, en forma coordinada, permitan el mejoramiento de la práctica médica y la seguridad del paciente.
Informar al Consejo el presupuesto anual asignado a la Comisión para actuar con transparencia en el ejercicio del gasto público.
Autorizar la Planeación estratégica de la Comisión y determinar las acciones conducentes para mantener los procesos operativos enfocados a la consecución de metas y objetivos mediante el Sistema de Gestión de Calidad.
Establecer coordinadamente las funciones y tareas de comunicación social para que la sociedad en su conjunto conozca el quehacer institucional, sus derechos, obligaciones y ámbito de competencia de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
Comisión Nacional de Bioética
Establecer las políticas públicas adecuadas para el desarrollo de la cultura bioética, con el fin de contribuir a la consolidación de prácticas éticas y bioéticas en México.
Asesorar a los diversos actores: Público, Académico y Social, para que la Comisión sea considerada a nivel nacional como Órgano de Consulta en materia Bioética.
Participar en debates sobre los ciudadanos que deben tener ética en materia de bioética, de atención, de investigación y de política pública, que deben observarse en lo que respecta a grupos vulnerables: niños, mujeres, pobres, enfermos y personas de edad avanzada, a fin de ofrecer información sistematizada sobre los mismos a instituciones, grupos sociales o cualquier otro sector interesado.
Asesorar a los organismos de salud y similares para que desarrollen acciones en materia de investigación para la salud, enfocadas al derecho efectivo a la protección a la salud, así como en la calidad de la atención médica.
Conducir debates de temas bioéticos razonados a fin de avanzar en formas de avenimiento entre posiciones encontradas.
Establecer vínculos académicos interinstitucionales y grupos de comunicación entre los diversos organismos que se dedican a la enseñanza de la bioética, atención médica y a la investigación con el fin de establecer una cultura bioética en el país.
Establecer los lineamientos y bases en materia de bioética para que cada entidad federativa y las comisiones estatales de bioética apliquen y den seguimiento más cercano a las políticas y actividades definidas por la Comisión Nacional de Bioética.
Colaborar en la profesionalización de los integrantes de los comités hospitalarios de bioética y comités de ética en investigación, fomentando la creación de programas docentes adecuados para contender, principalmente con los aspectos bioéticos de la investigación en salud y de la atención médica.
Definir y difundir las políticas y lineamientos para el funcionamiento de los comités hospitalarios de bioética y comités de ética en investigación, con el propósito de mejorar el conocimiento de los principios y fundamentos de la bioética.
Conducir las estrategias para la evaluación y el seguimiento de los comités hospitalarios de bioética y de ética en investigación en coordinación con las instancias competentes.
Proponer las líneas de desarrollo de aspectos bioéticos para organizar y participar en actividades de investigación y de docencia, con el fin de establecer una cultura bioética en México.
Asesorar a quienes lo soliciten sobre protocolos de investigación en salud para contribuir a la consolidación de una opinión pública fundamentada y respetuosa.
Autorizar convenios de colaboración con instituciones de salud y académicas intercambiando recursos de información para difundir una cultura bioética en México.
 
Autorizar los recursos de información para fomentar la comunicación con universidades, instituciones de educación superior, grupos académicos y de la sociedad civil, así como para la comunicación interna, vinculados con cuestiones bioéticas que sirvan para diseminar y promover una cultura bioética.
Proponer los criterios de bioética que deberán observarse a nivel intersectorial en cuestiones de salud en materia de alimentos, agua, medio ambiente y educación, para alcanzar el consenso de opiniones y argumentos éticos y que éstos sean aplicados a través de los avances tecnológicos.
Comisión Nacional contra las Adicciones
Conducir los programas y políticas tendientes a evitar el consumo inicial de las sustancias adictivas.
Emitir el criterio bajo el cual los programas de tratamiento y control de adicciones son aplicados en las instituciones públicas, privadas y organismos no gubernamentales a fin de que sean regularizados.
Elaborar los anteproyectos en materia de adicciones incluyendo el programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas y del programa nacional para la prevención y tratamiento de la farmacodependencia y, previa opinión del consejo nacional contra las adicciones y ponerlos a consideración del Secretario de Salud.
Conducir las sesiones de trabajo con los responsables de las Secretarías de Salud, Economía, Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público a fin de concertar la política de la que se formulen los programas específicos en la prevención y tratamiento de adicciones.
Asesorar a las entidades federativas en cuanto a la operación de los programas formulados a nivel federal para la correcta aplicación de las acciones en materia de adicciones.
Evaluar el cumplimiento y los resultados de las acciones establecidas en los programas anuales de trabajo en materia de adiciones y en su caso, formular las recomendaciones pertinentes para el cumplimiento de los objetivos previstos, brindando los informes correspondientes al Consejo Nacional contra las Adicciones.
Elaborar el programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas y tabaquismo para disminuir el problema de salud pública.
Elaborar los programas para la prevención y tratamiento de la farmacodependencia y de las adicciones para disminuir el problema de salud pública.
Proponer al Consejo Nacional contra las Adicciones los anteproyectos de los programas contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas y el programa nacional para la prevención y tratamiento de la farmacodependencia y de las adicciones, así como del consumo de tabaco.
Proponer a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal los programas, políticas y estrategias transversales a adoptar en materia de adicciones.
Proponer al Consejo Nacional contra las Adicciones la participación en la celebración de convenios con las entidades federativas en materia de investigación dirigidas a investigar los factores que coadyuvan a la prevalencia de adicciones.
Establecer el sistema estadístico nacional sobre adicciones, para el diagnóstico sobre la situación prevalente del uso y abuso de sustancias psicoactivas.
Informar el resultado de las acciones que lleve a cabo, así como de los acuerdos del Consejo Nacional contra las Adicciones a fin de dar a conocer al Secretario de Salud el impacto que tienen las estrategias empleadas para la prevención de las adicciones.
Evaluar la información generada para la elaboración de programas para la prevención de adicciones en la población para detectar áreas de oportunidad y reforzar la aplicación.
Establecer recomendaciones e iniciativas con base en la información obtenida para reforzar las políticas establecidas en materia de prevención de adicciones en la población.
Participar en la definición y evaluación de las estrategias y contenidos técnicos de los materiales didácticos y metodologías que se utilizan para la capacitación, actualización y desarrollo humano del personal que opera los programas que corresponden a la Administración Pública Federal, en materia de adicciones, en coordinación con las unidades administrativas competentes.
Autorizar la contratación del personal que no esté sujeto al Servicio Profesional de Carrera; así como, autorizar las licencias, tolerancias y remociones, con la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
Gestionar, ante instancias competentes de los sectores público, privado y social los recursos necesarios
para la prevención, promoción, capacitación en materia de adicciones.
Comisión Nacional de Protección Social en Salud
Instrumentar las acciones relacionadas con el Sistema Nacional de Protección Social en Salud, así como administrar los recursos financieros del mismo que suministre la Secretaría de Salud y coordinar las transferencias que correspondan a las entidades federativas para atender las necesidades en materia de servicios de salud que requieran las personas y familias afiliadas al propio Sistema, incluyendo necesidades de infraestructura y variaciones en la demanda de los servicios.
Promover y coordinar las acciones de los regímenes estatales de protección social en salud, y definir, con la participación de las unidades administrativas de la Secretaría de Salud, el marco organizacional de los primeros.
Contribuir a la alineación de los distintos programas en materia de servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Protección Social en Salud, que soporte a la gestión de la atención médica relacionada con el primero, apoyándose en la información del propio sistema, para una administración eficiente de los recursos disponibles.
Participar, en el ámbito de su competencia en la planeación financiera y la gestión administrativa de los recursos necesarios para la incorporación de la población no derecho-habiente a las instituciones de seguridad social al sistema de protección social en salud, a través del propio sistema, para brindarle un acceso oportuno y equitativo a los servicios institucionales.
Establecer criterios y mecanismos administrativos para la integración del padrón de beneficiarios del Sistema Nacional de Protección Social en Salud y su actualización, basándose en la comunicación permanente con los regímenes estatales de protección social en salud y el Consejo de Salubridad General.
Establecer el esquema de cuotas familiares que deben cubrir los beneficiarios del sistema de protección social en salud.
Coordinar las acciones para la regulación de los regímenes estatales de protección social en salud y supervisar su cumplimiento, tomando en cuenta las condiciones y características de la legislación, local y jurisdiccional, así como regionales y estatales de la infraestructura y comportamientos socio-económicos del entorno.
Dirigir el cumplimiento del modelo de convenios de la Secretaría de Salud para transferencia de recursos en el financiamiento del Sistema Nacional de Protección Social en Salud y participar en la formalización de los convenios celebrados con los gobiernos de los estados y la Ciudad de México, en materia de protección social en salud.
Coordinar la instrumentación del programa estratégico de desarrollo del sistema conforme a su formulación por parte de la Secretaría de Salud y participar en la definición de las políticas en materia de medicamentos en materia del sistema de protección social en salud.
Proponer, en el ámbito de su competencia del sistema de protección social en salud, los anteproyectos de disposiciones jurídicas, lineamientos e instrumentos consensuales en materia de protección social en salud, en coordinación con la Oficina del Abogado General y someterlos a consideración del C. Secretario de Salud, así como emitir opiniones respecto de instrumentos jurídicos en materia de protección social en salud.
Participar con las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud en la relación interinstitucional con el Congreso de la Unión y cualquier otro cuerpo colegiado especializado en la materia, con el objeto de proporcionar la información requerida oficialmente en forma oportuna y expedita.
Coordinar los estudios pertinentes para la definición de políticas, los objetivos y estrategias que tiendan a la instrumentación y vinculación de programas y servicios de salud para la población beneficiaria que cubre el Sistema Nacional de Protección Social en Salud.
Coordinar las acciones del Sistema Nacional de Protección Social en Salud, relacionadas con las actividades de afiliación, administración y operación necesarias para la provisión oportuna y expedita de protección financiera para la salud de los grupos beneficiarios del sistema de protección social en salud, así como determinar anualmente y por entidad federativa, el número de familias beneficiarias.
Participar en las negociaciones y acuerdos de cooperación binacional y multinacional en materia de protección social en salud.
Coordinar, en el ámbito de su competencia, las acciones que derivan de la administración del fondo de protección contra gastos catastróficos y de los recursos de la previsión presupuestal anual para atender las
necesidades de infraestructura y las diferencias en la demanda imprevista de servicios; así como definir las bases para la compensación económica entre entidades federativas, instituciones y establecimientos del Sistema Nacional de Salud por concepto de prestación de servicios de salud, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y tomando en cuenta las reglas de operación emitidas en la materia y las autorizaciones correspondientes del comité técnico del fideicomiso del Sistema Nacional de Protección Social en Salud.
Aprobar, con la participación de las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Salud, las guías clínico-terapéuticas de enfermedades que estén previstas en el catálogo de intervenciones de servicios esenciales y de gastos catastróficos, así como las tarifas correspondientes a gastos generados por los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud respecto de los servicios que se encuentren dentro del catálogo de intervenciones de gastos catastróficos.
Formular la política y programas de comunicación social de la Comisión, con la participación de las unidades administrativas de la Secretaría cuando corresponda, como de las compañas de comunicación relacionadas con el Sistema Nacional de Protección Social en Salud, incluyendo las acciones para consolidar la imagen institucional de éste.
Participar, en el ámbito de su competencia, en la coordinación de la base de datos del sistema de información estadística para la protección social en salud de la población beneficiaria.
Determinar y evaluar el funcionamiento de las áreas administrativas de trabajo que conforman la Comisión.
Instruir a las unidades administrativas que conforman la Comisión para la debida atención de las recomendaciones que emita la Comisión Nacional de Derechos Humanos respecto de los asuntos que se indican en el ámbito de su competencia.
Conocer y emitir los nombramientos relacionados con la designación y remoción de los servidores públicos de la Comisión.
Coadyuvar en los procesos de capacitación, actualización y educación continua del recurso humano de la Comisión.
Conducir la elaboración y actualización permanente de sus manuales de organización específicos y de procedimientos, de conformidad con las disposiciones aplicables y someterlos a la autorización del Secretario de Salud.
Servicios de Atención Psiquiátrica
Establecer los sistemas y procedimientos de prestación de servicios en las unidades médicas adscritas para proporcionar prevención, tratamiento y rehabilitación de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, y unificar los criterios y estándares de desarrollo y cumplimiento de actividades en beneficio de los pacientes.
Conducir las líneas de acción operativa y administrativa en las áreas de servicios, recursos humanos, materiales y financieros, para llevar a cabo la vigilancia y cumplimiento de los lineamientos en materia de psiquiatría y salud mental, con el fin de favorecer la prestación de servicios de atención médica especializada en las unidades adscritas.
Evaluar los resultados de la operación y de la administración de los servicios de atención que se otorgan a la población para favorecer el control de dichos servicios.
Establecer las acciones e instrumentos de atención médico-psiquiátrica en las unidades adscritas con base en la capacidad instalada, de acuerdo con los programas de calidad emitidos por la Secretaría de Salud y otras instancias federales, para proporcionar servicios eficientes y equitativos a la población que lo solicite, observando los principios éticos y científicos vigentes en la práctica médica.
Determinar los lineamientos para proporcionar al usuario los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento para la atención de sus padecimientos.
Establecer los programas de mejora continua de los procesos dirigidos a la población para elevar la satisfacción de los usuarios acerca de los servicios de atención en salud mental.
Dirigir la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, dentro de las unidades adscritas, a fin de que su desempeño responda a criterios de equidad según los requerimientos institucionales y cumpla con los criterios de austeridad, racionalidad y equidad en las áreas de administración y de gestión encargadas de los procesos sustantivos, para lograr la satisfacción de los usuarios respecto a los servicios
otorgados.
Determinar los criterios de colaboración entre las autoridades competentes del Poder Judicial respecto a los servicios especializados en materia de psiquiatría legal en el área metropolitana para el correcto diagnóstico de los presuntos responsables del quebranto de la ley.
Autorizar estudios e investigaciones clínicas y socio médicas, para el desarrollo de mejores estrategias de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de los trastornos mentales, así como promover medidas de salud pública para controlar y mejorar el estado de salud mental de la población que lo demande.
Establecer los mecanismos para la publicación de los resultados de las investigaciones y trabajos que se realicen en la institución para promover la difusión de la información técnica y científica en materia de salud mental.
Emitir políticas y lineamientos de capacitación y especialización de recursos humanos, dentro de las unidades médicas adscritas, en materia de atención psiquiátrica y salud mental, para favorecer su desarrollo con un enfoque de equidad según los requerimientos institucionales.
Establecer las bases para la difusión e intercambio científico y académico con instituciones de salud y enseñanza, nacionales y extranjeras, para elevar la calidad técnica y profesional de los recursos humanos.
Evaluar los resultados de los estudios e investigaciones que se realicen en las unidades médicas adscritas, para su aplicación al desarrollo de estrategias de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de los trastornos mentales.
Establecer los lineamientos y mecanismos de coordinación con las instituciones de seguridad social y otras instituciones del sector salud para realizar estudios e investigaciones clínicas y socio-médicas en las unidades médicas adscritas, de acuerdo a las prioridades de atención psiquiátrica y salud mental de la población, enfatizando el conocimiento epidemiológico y clínico para respaldar la toma de decisiones en la mejora de la atención de los usuarios.
Normar los procesos y las características de los centros especializados de atención médica y otras instituciones públicas de salud, en materia de programas y servicios de atención médica psiquiátrica para ampliar la cobertura de atención a la población.
Participar en la elaboración y la actualización de normas oficiales mexicanas, en la formulación de instrumentos normativos en materia de servicios de atención psiquiátrica, para regular la calidad de la atención.
Establecer criterios de coordinación operativa entre unidades médicas adscritas y otras unidades del sector salud, para la atención médica integral de los usuarios, y para la elaboración de programas y servicios de atención psiquiátrica por parte de otras instituciones médicas públicas.
Planear con las autoridades competentes la adquisición de insumos para el diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales y del comportamiento.
Planear la incorporación de las unidades médicas especializadas a los programas institucionales de desarrollo en materia de atención a la salud, para fortalecer la atención a la salud mental.
Dirigir y evaluar el cumplimiento de los programas gubernamentales en las unidades adscritas para mejorar el aprovechamiento de los recursos materiales, humanos y financieros; y garantizar una adecuada rendición de cuentas.
Emitir la certificación de expedientes y resúmenes clínicos para cumplir con las peticiones de las autoridades administrativas, civiles y penales.
VII.- Órgano Interno de Control
Recibir quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y darles seguimiento; investigar y fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades, con excepción de las que conozca la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial; determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene a la conducción o continuación de las investigaciones, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento aludido y, en su caso, llevar a cabo las acciones que procedan conforme a la ley de la materia, a fin de estar en condiciones de promover el cobro de las sanciones económicas que se lleguen a imponer a los servidores públicos con motivo de la infracción cometida.
 
Analizar a solicitud de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, el apartado de la declaración de situación patrimonial que sobre posibles conflictos de interés formulen los servidores públicos para, en su caso, ordenar la práctica de investigaciones que permitan identificar la existencia o no de presuntas infracciones.
Dar seguimiento a las observaciones determinadas en las auditorías o visitas de inspección que practiquen las unidades competentes de la Secretaría a las dependencias, a las entidades, a la Procuraduría y a los fideicomisos públicos no paraestatales, mandatos y contratos análogos en los casos en que así se determine.
Calificar los pliegos preventivos de responsabilidades que formulen la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados, así como la Tesorería de la Federación, fincando, cuando proceda, los pliegos de responsabilidades a que haya lugar o, en su defecto, dispensar dichas responsabilidades, en los términos de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y su Reglamento, salvo los que sean competencia de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial.
Emitir las resoluciones que procedan respecto de los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos.
Emitir las resoluciones que correspondan respecto de los recursos de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones emitidas por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud en los procedimientos de inconformidad, intervenciones de oficio y sanciones a licitantes, proveedores y contratistas previstos en las disposiciones jurídicas en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma.
Llevar los procedimientos de conciliación previstos en las leyes en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obra pública y servicios relacionados con la misma, en los casos en que el Secretario de la Función Pública así lo determine, sin perjuicio de que los mismos podrán ser atraídos mediante acuerdo del Titular de la Secretaría de la Función Pública.
Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario de la Función Pública, así como expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control.
Coadyuvar al funcionamiento del sistema de control y evaluación gubernamental a cargo de la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados; vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría de la Función Pública y otras instancias gubernamentales, así como analizar y proponer con un enfoque preventivo, las normas, lineamientos, mecanismos y acciones para fortalecer el control interno de las diversas áreas de la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados.
Programar, ordenar y realizar auditorías, revisiones y visitas de inspección e informar de su resultado a la Secretaría de la Función Pública, así como a los responsables de las áreas auditadas y al Titular de la Secretaría de Salud, y apoyar, verificar y evaluar las acciones que promuevan la mejora de su gestión. Las auditorías, revisiones y visitas de inspección señaladas podrán llevarse a cabo por los propios titulares o por conducto de sus respectivas áreas de quejas, auditoría interna y auditoría, desarrollo y mejora de la gestión pública o bien, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública u otras instancias externas de fiscalización.
Instruir para que los resultados de aquellas auditorías, revisiones y visitas de inspección que determinen presuntas irregularidades o incumplimientos normativos, se hagan constar en la forma y términos establecidos por la Secretaría de la Función Pública, para que se les el cauce correspondiente.
Coordinar la formulación de los proyectos de programas y presupuesto del Órganos Interno de Control en la Secretaría de Salud y proponer las adecuaciones que requiera el correcto ejercicio del presupuesto.
Denunciar ante las autoridades competentes, por o por conducto del servidor público del propio Órgano Interno de Control que el titular de éste determine, los hechos de que tengan conocimiento y que puedan ser constitutivos de delitos o, en su caso, solicitar al área jurídica de la Secretaría de Salud, la formulación de las querellas a que haya lugar, cuando las conductas ilícitas requieran de este requisito de procedibilidad.
Requerir a las áreas de la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados la información necesaria para cumplir con sus atribuciones y brindar la asesoría que les requieran en el ámbito de sus competencias.
Llevar a cabo programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos de áreas de la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
Autorizar el Programa Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control, para asegurar que las auditorías,
investigaciones, visitas de inspección y revisiones de control consideren los trámites, servicios, procesos, programas y sistemas de impacto a los usuarios, o bien se enfoquen hacia aquellos que pudieran representar mayor riesgo de incumplimiento.
Contribuir al desarrollo administrativo, la modernización y la mejora de la gestión pública en la Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados, mediante la instrumentación de acciones, programas y proyectos de alto impacto, con objeto de identificar áreas de oportunidad enfocadas a eficientar la operación y elevar la calidad de los servicios en beneficio de los usuarios.
Participar en los comités y subcomités en los que se tenga competencia o, en su caso nombrar a un suplente, con objeto de contribuir a la atención de los asuntos y al cumplimiento de los lineamientos vigentes en cada materia.
Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomienden el Secretario de la Función Pública y el Coordinador General de Órganos de Vigilancia y Control.
VIII.- TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Manual de Organización General de la Secretaría de Salud entrara en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Manual de Organización General de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2012.
Ciudad de México, a los doce días del mes de julio de dos mil dieciocho.- El Secretario de Salud, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.
 

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