Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DISPOSICIONES DEL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO EN RELACIÓN CON LAS ATRIBUCIONES EN MATERIA PERICIAL; CON EL INFORME ANUAL DE LABORES DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA; Y CON LAS ATRIBUCIONES DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar sus estructuras orgánicas, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
QUINTO. En sesión ordinaria celebrada el 10 de julio de 2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación; el Transitorio Octavo del citado instrumento normativo establece que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del citado Acuerdo, deberá realizar las adecuaciones necesarias para armonizar la normativa del Consejo;
SEXTO. Mediante oficio SEPLE./GEN./007/3901/2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal acordó modificar el lugar para la presentación del informe anual de labores del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública, para que lo rinda en el auditorio "José Vicente Aguinaco Alemán" del edificio espejo, ubicado en Avenida Revolución 1886, en la Ciudad de México, por lo que se instruyó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que presente la adecuación normativa correspondiente; y
SÉPTIMO. Mediante oficio SGP/1594/2019 el Secretario General de la Presidencia, solicitó reformas al artículo 75 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, con el propósito de que tenga la posibilidad de delegar en los servidores públicos adscritos a esa área administrativa la atribución de tramitar y responder los oficios y escritos relacionados con la atención de peticiones de magistrados de Circuito, jueces de Distrito, trabajadores del Poder Judicial de la Federación, así como de particulares, autoridades e instituciones.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforman los artículos 35, fracción XXXI; 40, fracción XVII; 75, fracciones XI y XII; 112; 160, fracción XXIII; se adiciona la fracción XIII al artículo 75; y se derogan las fracciones X y XII del artículo 84 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 35. ...
I. a XXX. ...
XXXI. Aprobar el arancel para el cálculo de los honorarios de los peritos;
XXXII. a XXXV. ...
Artículo 40. ...
I. a XVI. ...
XVII. Aprobar la Lista anual de las personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación;
XVIII. a XXIV. ...
Artículo 75. ...
I. a X. ...
XI. Asistir, en su caso, como invitado a las sesiones de Pleno, Comités, Comisiones y grupos de trabajo y demás reuniones institucionales e interinstitucionales que determine el Presidente;
XII. Las atribuciones previstas en las fracciones V, VI, VII y VIII, podrá delegarlas en los servidores públicos adscritos a la Secretaría General de la Presidencia, sin perjuicio de que la ejerza directamente; y
XIII. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.
Artículo 84. ...
I. a IX. ...
X. Derogada.
XI. ...
XII. Derogada.
XIII. a XXXVIII. ...
Artículo 112. El Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública en términos de los artículos 32, fracción XI, de la Ley Federal de Defensoría Pública; y 5, fracción XIII, de las Bases Generales de Organización del Instituto Federal de Defensoría Pública rendirá ante el Pleno un informe anual de labores.
Artículo 160. ...
I. a XXII. ...
XXIII. Elaborar la propuesta de integración de la Lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación; y demás atribuciones que en materia pericial le confiere el Acuerdo General aplicable; y
XXIV. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo General en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Internet.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma, adiciona y deroga disposiciones del que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo en relación con las atribuciones en materia pericial; con el informe anual de labores del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública; y con las atribuciones del titular de la Secretaría General de la Presidencia, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 4 de septiembre de 2019, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Felipe Borrego Estrada, Jorge Antonio Cruz Ramos, Alejandro Sergio González Bernabé, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez y Alfonso Pérez Daza.- Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2019.- Conste.- Rúbrica.
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