Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio: 500-05-2018-27108
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, así como en la regla 1.4., último párrafo, inciso d) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, le comunica lo siguiente:
Que al contribuyente que se enlista a continuación, en su momento, le fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, y en términos del tercer párrafo del referido artículo, al contribuyente de referencia se le notificó la resolución definitiva como se indica a continuación:
Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
| | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Medio de notificación al contribuyente | ||||||
| Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Notificación por buzón tributario | ||||||
| Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | ||||
| 1 | BIM970430QJ5 | BLOCON INDUSTRIAL MEXICANA, S.C.P. S.C.L | 500-59-00-02- 00-2016-3634 de fecha 21 de octubre de 2016 | | | | | 27 de octubre de 2016 | 28 de octubre de 2016 |
| 2 | CGL1306071F3 | CONSTRUCTORA GARZA LEAL INTERNACIONAL MEXICANA, S.C. | 500-05-2017- 2466 de fecha 09 de febrero de 2017 | | | 15 de febrero de 2017 | 16 de febrero de 2017 | | |
| 3 | CIC1407088H6 | COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA CJP, S.A. DE C.V. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los oficios de resolución. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los oficios de resolución. | |||||
| 4 | CPD160218Q8A | COUCH, PLANEACIÓN Y DESARROLLO, S. DE R.L. DE C.V. | 500-05-2018- 14160 de fecha 18 de mayo de 2018 | | | | | 21 de mayo de 2018 | 22 de mayo de 2018 |
| 5 | CUL101118HK5 | CONSTRU ULTRA, S.A. DE C.V. | 500-05-2016- 27047 de fecha 05 de agosto de 2016 | 19 de agosto de 2016 | 13 de septiembre de 2016 | | | | |
| 6 | DOV081015JJ7 | DESARROLLOS OLA VERDE, S.A. DE C.V. | 500-21-00-04- 02-2017-453 de fecha 26 de enero de 2017 | | | 14 de febrero de 2017 | 15 de febrero de 2017 | | |
| 7 | GIS100324LY6 | GRUPO INDUSTRIAL Y SERVICIOS YAFED, S.A. DE C.V. | 500-43-00-04- 01-2017-3197 de fecha 17 de febrero de 2017 | | | 22 de febrero de 2017 | 23 de febrero de 2017 | | |
| 8 | GPC050712LUA | GR PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | 500-42-00-04- 01-2018- 02385 de fecha 14 de marzo de 2018 | | | | | 20 de marzo de 2018 | 21 de marzo de 2018 |
| 9 | HEX111008J81 | HEXAGONO EXPERTS, S.A. DE C.V. | 500-69-00-03- 00-2016- 24342 de fecha 18 de noviembre de 2016 | 25 de noviembre de 2016 | 03 de enero de 2017 | | | | |
| 10 | ISA150917UY4 | ITZIO SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V | 500-42-00-06- 01-2018- 03009 de fecha 16 de abril de 2018 | | | | | 20 de abril de 2018 | 23 de abril de 2018 |
| 11 | LERI920629FU6 | IKERNE LEÓN RODRÍGUEZ | 500-24-00-07- 01-2017- 11770 de fecha 12 de septiembre de 2017. | | | 25 de septiembre de 2017 | 26 de septiembre de 2017 | | |
| 12 | MAF150121JK6 | MYR ASESORES FINANCIEROS, S.C. | 500-21-00-04- 02-2017-1532 de fecha 31 de marzo de 2017 | | | | | 05 de abril de 2017 | 06 de abril de 2017 |
| 13 | PML131219SP8 | PRODUCTOS Y MAS LMV CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. | 500-21-00-04- 02-2017-128 de fecha 06 de enero de 2017 | | | | | 30 de enero de 2017 | 31 de enero de 2017 |
| 14 | PURH680915P78 | HORTENCIA PUENTE RIVERA | 500-59-00-02- 00-2016-3817 de fecha 10 de noviembre de 2016 | | | | | 11 de noviembre de 2016 | 14 de noviembre de 2016 |
| 15 | RAT110905NR9 | VAN RM ASESORES TRIBUTARIOS, S.C. | 500-09-00-06- 01-2017- 02885 de fecha 22 de junio de 2017 | | | 28 de junio de 2017 | 29 de junio de 2017 | | |
| 16 | TITM770625BXA | MIGUEL ANGEL TRIANA TORRES. | 500-22-00-05- 04-2017- 22442 de fecha 20 de diciembre de 2017 | | | | | 10 de enero de 2018 | 11 de enero de 2018 |
Por lo anterior, el nombre del contribuyente al que se le notificó la citada resolución fue agregada al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, el cual fue publicado en el Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica:
| | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación |
| 1 | BIM970430QJ5 | BLOCON INDUSTRIAL MEXICANA, S.C.P. S.C.L | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 2 | CGL1306071F3 | CONSTRUCTORA GARZA LEAL INTERNACIONAL MEXICANA, S.C. | 500-05-2017-2736 de fecha 12 de abril de 2017 | 27 de abril de 2017 |
| 3 | CIC1407088H6 | COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA CJP, S.A. DE C.V. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 4 | CPD160218Q8A | COUCH, PLANEACIÓN Y DESARROLLO, S. DE R.L. DE C.V. | 500-05-2018-20842 de fecha 12 de julio de 2018 | 21 de agosto de 2018 |
| 5 | CUL101118HK5 | CONSTRU ULTRA, S.A. DE C.V. | 500-05-2016-38693 de fecha 25 de noviembre de 2016 | 07 de diciembre de 2016 |
| 6 | DOV081015JJ7 | DESARROLLOS OLA VERDE, S.A. DE C.V. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 7 | GIS100324LY6 | GRUPO INDUSTRIAL Y SERVICIOS YAFED, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2736 de fecha 12 de abril de 2017 | 27de abril de 2017 |
| 8 | GPC050712LUA | GR PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 9 | HEX111008J81 | HEXAGONO EXPERTS, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2517 de fecha 24 de febrero de 2017 | 14 de marzo de 2017 |
| 10 | ISA150917UY4 | ITZIO SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V | 500-05-2018-22861 de fecha 27 de agosto de 2018 | 08 de octubre de 2018 |
| 11 | LERI920629FU6 | IKERNE LEÓN RODRÍGUEZ | 500-05-2017-38777 de fecha 15 de diciembre de 2017 | 03 de enero de 2018 |
| 12 | MAF150121JK6 | MYR ASESORES FINANCIEROS, S.C. | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 13 | PML131219SP8 | PRODUCTOS Y MAS LMV CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. | 500-05-2017-2570 de fecha 16 de marzo de 2017 | 30 de marzo de 2017 |
| 14 | PURH680915P78 | HORTENCIA PUENTE RIVERA | Derivado del medio de defensa, no fue incluido dentro de los listados definitivos | |
| 15 | RAT110905NR9 | VAN RM ASESORES TRIBUTARIOS, S.C. | 500-05-2017-32149 de fecha 16 de septiembre de 2017 | 10 de octubre de 2017 |
| 16 | TITM770625BXA | MIGUEL ANGEL TRIANA TORRES. | 500-05-2018-8169 de fecha 16 de marzo de 2018 | 16 de abril de 2018 |
Inconforme con el oficio individual de presunción u oficio de resolución definitiva, interpuso medios de defensa del cual se concluye con la siguiente resolución o sentencia:
| | R.F.C. | Nombre del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme |
| 1 | BIM970430QJ5 | BLOCON INDUSTRIAL MEXICANA, S.C.P. S.C.L | Juicio en Línea 17/682-24-01-01-04-OL | 23 de octubre de 2017 | Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada contenida en el oficio 600-59-2017-0284 de fecha 28 de febrero de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Tamaulipas "2". |
| 2 | CGL1306071F3 | CONSTRUCTORA GARZA LEAL INTERNACIONAL MEXICANA, S.C. | Juicio de Nulidad 1635/17- 06-02-1-OT | 09 de febrero de 2017 | Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 05-2017-2466 de fecha 09 de febrero de 2017, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
| 3 | CIC1407088H6 | COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA CJP, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 701/17- 02-01-6 | 02 de marzo de 2018 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 54-00-06-01-2016-2978 de fecha 13 de julio de 2016, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Sonora "1". |
| 4 | CPD160218Q8A | COUCH, PLANEACIÓN Y DESARROLLO, S. DE R.L. DE C.V. | Recurso de Revocación RRL2018005662 | 22 de octubre de 2018 | Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal "2" | Se deja insubsistente la resolución contenida en el oficio 500-05-2018-14160 de fecha 18 de mayo de 2018, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
| 5 | CUL101118HK5 | CONSTRU ULTRA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 2698/17- 07-02-2-OT | 17 de noviembre de 2017 | Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 05-2016-27047, en los términos y para los efectos precisados en la parte final del último considerando. |
| 6 | DOV081015JJ7 | DESARROLLOS OLA VERDE, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1411/17- 04-01-4-OT | 03 de septiembre de 2018 | Sala Regional Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, contenida en el oficio 500-21-00-04-02- 2017-453 de fecha 26 de enero de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Chihuahua "1". |
| 7 | GIS100324LY6 | GRUPO INDUSTRIAL Y SERVICIOS YAFED, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3818/17- 06-02-2 | 08 de marzo de 2018 | Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución recaída al recurso de revocación número RRL2017002155 contenida en el oficio 600- 43-2017-2506, de fecha 17 de mayo de 2017, en la cual confirmó la resolución contenida en el oficio 500- 43-00-04-01-2017-3197 de fecha 17 de febrero de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "3". |
| 8 | GPC050712LUA | GR PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. | Recurso de Revocación RRL2018003227 | 04 de mayo de 2018 | Administración Desconcentrada Jurídica de Nuevo León "2" | Se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-42-00-04-01- 2018-02385 del 14 de marzo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2". |
| 9 | HEX111008J81 | HEXAGONO EXPERTS, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 305/17- 16-01-9 | 01 de marzo de 2018 | Sala Regional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 69-00-03-00-2016-24342 de fecha 18 de noviembre de 2016, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Yucatán "1". |
| 10 | ISA150917UY4 | ITZIO SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V | Recurso de Revocación RRL2018005243 | 28 de junio de 2018 | Administración Desconcentrada Jurídica de Nuevo León "2" | Se deja sin efectos la resolución contenida en el oficio 500-42-00-06-01- 2018-03009 de 16 de abril de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2". |
| 11 | LERI920629FU6 | IKERNE LEÓN RODRÍGUEZ | Juicio de Nulidad 5245/17- 10-01-1-OT | 12 de junio de 2018 | Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 24-00-07-01-2017-11770 de fecha 12 de septiembre de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guanajuato "1". |
| 12 | MAF150121JK6 | MYR ASESORES FINANCIEROS, S.C. | Juicio de Nulidad 2812/17- 04-01-9-OT | 08 de junio de 2018 | Sala Regional del Norte- Centro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada contenida en el oficio 500-21-00-04-02- 2017-1532 de fecha 31 de marzo de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Chihuahua "1". |
| 13 | PML131219SP8 | PRODUCTOS Y MAS LMV CHIHUAHUA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1272/17- 04-01-3-OT | 06 de noviembre de 2017 | Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declarar la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada contenida en el oficio 500-21-00-04-02- 2017-128 de fecha 06 de enero de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal "1" de Chihuahua. |
| 14 | PURH680915P78 | HORTENCIA PUENTE RIVERA | Juicio de Nulidad 64/17- 18-01-4 | 18 de octubre de 2017 | Sala Regional del Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada contenida en el oficio 500-59-00-02-00- 2016-3817 de fecha 10 de noviembre de 2016, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tamaulipas "2". |
| 15 | RAT110905NR9 | VAN RM ASESORES TRIBUTARIOS, S.C. | Juicio de Nulidad 2524/17- 01-01-9 | 02 de agosto de 2018 | Primera Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada contenida en el oficio 500- 09-00-06-01-2017-02885 de fecha 22 de junio de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Baja California "1". |
| 16 | TITM770625BXA | MIGUEL ANGEL TRIANA TORRES. | Recurso de Revocación RRL2018004461 | 09 de agosto de 2018 | Administración Desconcentrada Jurídica de Chihuahua "2" | Se ordena emitir una nueva resolución en los términos precisados. En consecuencia, se deja insubsistente la resolución contenida en el oficio número 500-22-00-05-04- 2017-22442 de fecha 20 de diciembre de 2017, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Chihuahua "2". |
En virtud de lo antes expuesto, se informa que como consecuencia del medio de defensa señalado en el párrafo que precede, el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que el contribuyente antes señalado hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficios de presunción y/o de resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de la autoridad fiscal.
Atentamente
Ciudad de México, a 28 de noviembre de 2018.- En suplencia por ausencia de la Administradora Central de Fiscalización Estratégica y del Coordinador de Fiscalización Estratégica, de los Administradores de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Ma. Angélica Martínez Reyes.- Rúbrica.
|
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición. El contenido, forma y alcance de los documentos publicados, son estricta responsabilidad de su emisor. |