Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
ACUERDO CCNO/5/2021 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE LA COMPETENCIA TEMPORAL COMPARTIDA Y TURNO REGULADO DE ASUNTOS EJECUTIVOS MERCANTILES DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL, ESPECIALIZADO EN JUICIOS DE CUANTIA MENOR, CON SEDE EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA Y QUE ABROGA AL ACUERDO CCNO/27/2014 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE LA COMPETENCIA TEMPORAL COMPARTIDA Y TURNO REGULADO DE ASUNTOS EJECUTIVOS MERCANTILES, DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL, ESPECIALIZADO EN JUICIOS DE CUANTÍA MENOR, CON SEDE EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 86, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
CUARTO. Mediante Acuerdo General 56/2011 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Juzgado Quinto de Distrito Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla y del Juzgado Segundo de Distrito Auxiliar de la Octava Región, con sede en Cancún, Quintana Roo, y su transformación en Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Mercantil, Especializados en Juicios de Cuantía Menor; con sede en las referidas ciudades, así como a su competencia, jurisdicción territorial, fecha de inicio de funciones y a las reglas para el turno y la distribución de asuntos, se ordenó el establecimiento de los dos primeros juzgados de Distrito en Materia Mercantil en el país, iniciando funciones el Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, a partir del 28 de enero de 2012.
En el artículo tercero transitorio del ordenamiento citado, se precisó que a fin de equilibrar las cargas de trabajo que llegaren a presentarse en los órganos especializados en materia mercantil, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal podrá establecer la competencia temporal compartida y el turno, total o parcial, de los juicios de naturaleza mercantil de cuantía semejante a la establecida para los orales, que se presentarán ante los Juzgados de Distrito en el Estado de Puebla, con sede en San Andrés Cholula;
QUINTO. Por Acuerdo CCNO/27/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de la competencia temporal compartida y turno regulado de asuntos ejecutivos mercantiles, del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, publicado el 18 de diciembre de 2014, en el Diario Oficial de la Federación, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos ordenó, a partir del 2 de enero de 2015, el inicio de la competencia temporal compartida del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, para conocer, junto con los entonces denominados Juzgados de Distrito del Estado de Puebla, de los asuntos ejecutivos mercantiles, en una proporción de dos de cada cinco asuntos que se presenten ante la Oficina de Correspondencia Común que les proporcionaba servicio a dichos órganos jurisdiccionales; y
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos advierte de la información estadística reportada, que ha cesado la situación de bajos ingresos de juicios orales mercantiles en el Estado de Puebla, lo que motivó en su momento el inicio de la competencia temporal compartida antes referida, y se hace necesario establecer la fecha de conclusión de dicha medida temporal.
Por lo anterior, expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. A partir del 1 de septiembre de 2021, concluye la competencia temporal del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, establecida en el Acuerdo CCNO/27/2014 en apoyo de los hoy denominados Juzgados de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
SEGUNDO. A partir de la fecha señalada, la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, turnará únicamente al Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, los asuntos orales mercantiles de su competencia.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en intranet e internet.
TERCERO. El Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, continuará con el trámite de todos los asuntos que le hayan sido turnados con motivo del Acuerdo CCNO/27/2014, hasta su conclusión y archivo definitivo.
CUARTO. La Dirección General de Gestión Judicial y la Dirección General de Tecnologías de la Información, realizarán los ajustes que correspondan en la configuración del sistema de cómputo instalado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.
QUINTO. La Oficina de Correspondencia Común fijará avisos en lugar visible, comunicando la conclusión de la medida dispuesta en el Acuerdo CCNO/27/2014.
SEXTO. Se abroga el Acuerdo CCNO/27/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de la competencia temporal compartida y turno regulado de asuntos ejecutivos mercantiles del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con sede en San Andrés Cholula, Puebla.
LA MAGISTRADA ILEANA MORENO RAMÍREZ, SECRETARIA EJECUTIVA DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/5/2021 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de la competencia temporal compartida y turno regulado de asuntos ejecutivos mercantiles del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, y que abroga al Acuerdo CCNO/27/2014 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de la competencia temporal compartida y turno regulado de asuntos ejecutivos mercantiles, del Juzgado Primero de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el 14 de julio de 2021, por los señores Consejeros: Presidente Bernardo Bátiz Vázquez, Jorge Antonio Cruz Ramos y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, 16 de agosto de 2021.- Conste.- Rúbrica.
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