Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 13/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN NOGALES.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracciones V y XXIV; y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de distrito y dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Esta atribución se ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes; y
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 16 de marzo de 2022, aprobó el Estudio relativo a la conclusión de funciones, entre otros, del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, concluye funciones a las veinticuatro horas del 23 de agosto de 2022.
Artículo 2. A partir del 15 de agosto de 2022 todos los asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, se turnarán exclusivamente entre los Juzgados Cuarto y Quinto de la misma sede, para el efecto de que el órgano que concluirá funciones resuelva, en la medida de lo posible, los asuntos que se encuentren pendientes de resolución y prepare la entrega de todos sus expedientes, documentos, valores, mobiliario y equipo.
Artículo 3. Para el turno de asuntos urgentes en días y horas inhábiles, los Juzgados de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, observarán el calendario siguiente:
ORDEN DE ROL DE GUARDIAS DE TURNO PARA RECIBIR ASUNTOS EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES EN LOS
JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN NOGALES
JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN NOGALES
| TURNO Y PERIODO DE GUARDIA | ÓRGANO JURISDICCIONAL AL QUE CORRESPONDE LA GUARDIA |
| Del 9 al 16 de agosto de 2022 | Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales |
| Del 16 al 23 de agosto de 2022 | Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales |
| Del 23 al 30 de agosto de 2022 | Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales |
Y así, sucesivamente de forma semanal conforme al orden establecido.
Los turnos de la guardia semanal iniciarán a las ocho horas con treinta minutos del martes y concluirán a las ocho horas con veintinueve minutos del martes siguiente.
Artículo 4. La persona titular del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, que concluye funciones designará a la o al servidor público encargado de elaborar una relación de todos los expedientes en las que se numeren de forma consecutiva y se señale el estado procesal en que se encuentran por orden de antigüedad señalando, en su caso, los anexos, bienes, billetes de depósito, fianzas, valores y demás documentos; así como el número de personas involucradas y tipo de delito, cuando proceda, y elaborará el acta de entrega-recepción de los expedientes y sus anexos, entregará un tanto a la Dirección General de Gestión Judicial, a la Dirección General de Estadística Judicial, a la Oficina de Correspondencia Común, así como a cada uno de los Juzgado Cuarto y Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales.
Los libros de control deberán darse por concluidos, asentando la certificación correspondiente, y ponerse en resguardo de la Administración Regional que corresponda, los cuales conservará para su eventual consulta en caso de ser necesario.
Artículo 5. La documentación administrativa del órgano jurisdiccional (expedientes personales, control de asistencia, publicaciones, discos compactos, actas de visita, reportes estadísticos, entre otros) y el mobiliario del Juzgado se entrega a la Administración Regional, en tanto que el equipo informático quedará en custodia de la Dirección General de Tecnologías de la Información. De lo anterior se levantará el acta respectiva.
Artículo 6. La entrega-recepción de los expedientes, documentos, libros de control, valores, garantías, mobiliario, equipo y demás, concluirá, a más tardar, el 21 de agosto de 2022. Los días del 24 al 31 de agosto podrán destinarse al traslado del personal a la sede del órgano jurisdiccional al que serán incorporados y realizar los preparativos para su inicio de funciones.
Artículo 7. Los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, recibirán los asuntos, valores, garantías, objetos y otros, procedentes del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, que concluye funciones. Asimismo, continuarán con el trámite de los expedientes hasta su conclusión, cumplimentación, en su caso y archivo definitivo y los registrará en sus libros de control respectivos con el número subsecuente que corresponda, con excepción de los relativos al archivo definitivo, señalando en el rubro de observaciones el número de expediente que se les asignó originalmente en el Juzgado de Distrito que concluye funciones y que éstos derivan de la remisión de asuntos ordenada en el presente Acuerdo.
Artículo 8. El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, dará el trámite correspondiente a los asuntos urgentes que llegasen a suscitarse, para posteriormente remitirlos a la Oficina de Correspondencia Común para que ésta, a su vez, los distribuya entre los Juzgados Cuarto y Quinto en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales.
Artículo 9. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, interpretarán y resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos; la Coordinación de Administración Regional; la Dirección General de Gestión Judicial; y la Dirección General de Tecnologías de la Información llevarán a cabo las acciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo, incluyendo las relativas al traslado de mobiliario, equipo y demás insumos.
CUARTO. El Instituto Federal de Defensoría Pública, en el ámbito de su competencia, adoptará las medidas necesarias que se relacionan con el cumplimiento de este Acuerdo.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 13/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Nogales, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 13 de julio de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 15 de agosto de 2022.- Conste.- Rúbrica.
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