DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria a las Normas de Bienes Muebles del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicadas el 29 de mayo de 2020.

Viernes 24 de Julio 2020
NOTA Aclaratoria a las Normas de Bienes Muebles del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicadas el 29 de mayo de 2020
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
NOTA ACLARATORIA A LAS NORMAS DE BIENES MUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA VEINTINUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTE EN SU EDICIÓN MATUTINA.
En la página 76 dice:
Décima Quinta.- Cuando un servidor público extravíe o no localice un bien, el OIC al tomar conocimiento de los hechos y en ejercicio de sus funciones, podrá abstenerse de imponer la sanción administrativa que corresponda por la responsabilidad en la que se incurra, siempre que el responsable resarza el daño patrimonial ocasionado, mediante la reposición del bien con uno de características iguales, similares o superiores, o bien, cubra su valor conforme a lo dispuesto por las Normas Décima Primera y Décima Segunda; lo anterior, en apego a los supuestos de abstención previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Debe decir:
Décima Quinta.- Cuando un servidor público extravíe o no localice un bien, el OIC al tomar conocimiento de los hechos y en ejercicio de sus funciones, podrá abstenerse de imponer la sanción administrativa que corresponda por la responsabilidad en la que se incurra, siempre que el responsable resarza el daño patrimonial ocasionado, mediante la reposición del bien con uno de características iguales, similares o superiores, o bien, cubra su valor conforme a lo dispuesto por las Normas Décima Tercera y Décima Cuarta; lo anterior, en apego a los supuestos de abstención previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Aguascalientes, Ags., a 14 de julio de 2020.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por el artículo 46, fracción IV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
(R.- 496735)
 

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