DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria al Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), publicado el 26 de diciembre de 2022.

Lunes 16 de Enero 2023
NOTA Aclaratoria al Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), publicado el 26 de diciembre de 2022
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.- Dirección General.
NOTA ACLARATORIA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR), PUBLICADO EN LA EDICIÓN MATUTINA DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 26 DE DICIEMBRE DE 2022.
CONSIDERANDO
Que con fecha 26 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), expedido por la Junta de Gobierno en su Primera Sesión Extraordinaria del 16 de noviembre de 2022.
Que el documento referido amerita una corrección mediante esta nota aclaratoria, a fin de otorgar certeza jurídica a los interesados a los que resulte aplicable para quedar de la siguiente manera:
DICE:
DEBE DECIR:
Artículo 37. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Servicios de Administración:
I a V...
VI. Formular, en conjunto con la Coordinación de Recursos Financieros, una propuesta de anteproyecto de presupuesto concerniente a los capítulos de gasto bajo su responsabilidad.
VII a XIII...
Artículo 37. Son facultades y atribuciones de la Coordinación de Servicios de Administración:
I a V...
VI. Formular, en conjunto con la Coordinación de Finanzas, una propuesta de anteproyecto de presupuesto concerniente a los capítulos de gasto bajo su responsabilidad.
VII a XIII...
TÍTULO CUARTO
CAPÍTULO I
DE LA VIGILANCIA, CONTROL Y EVALUACIÓN
DEL IMSS-BIENESTAR
El Órgano de Vigilancia del IMSS-BIENESTAR, estará integrado por una persona Comisaria o Comisario Público propietario y un suplente...
TÍTULO CUARTO
CAPÍTULO I
DE LA VIGILANCIA, CONTROL Y EVALUACIÓN
DEL IMSS-BIENESTAR
Artículo 44. El Órgano de Vigilancia del IMSS-BIENESTAR, estará integrado por una persona Comisaria o Comisario Público propietario y un suplente...
Artículo 44. El IMSS-BIENESTAR contará con un Órgano Interno de Control, al frente del cual habrá un titular que se auxiliará de los titulares de las áreas de Auditoría Interna...
Artículo 45. El IMSS-BIENESTAR contará con un Órgano Interno de Control, al frente del cual habrá un titular que se auxiliará de los titulares de las áreas de Auditoría Interna...
Artículo 45. Las comisiones y los comités a que se refiere el presente Estatuto tendrán las atribuciones que les señale el Manual de Organización...
Artículo 46. Las comisiones y los comités a que se refiere el presente Estatuto tendrán las atribuciones que les señale el Manual de Organización...
Artículo 46. Para reformar, adicionar o modificar el Estatuto Orgánico...
Artículo 47. Para reformar, adicionar o modificar el Estatuto Orgánico...
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. - La presente nota aclaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2022.- Presidente de la Junta de Gobierno del IMSS-BIENESTAR y Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Mtro. Zoé Alejandro Robledo Aburto.- Rúbrica.
(R.- 531117)
 

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