Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento
El Comité Interinstitucional para la aplicación del estímulo fiscal al Deporte de Alto Rendimiento (Comité Interinstitucional), con fundamento en lo dispuesto por el artículo 203, cuarto párrafo, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en cumplimiento a lo que establece la regla 6, inciso e) de las Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal al deporte de alto rendimiento, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2017, las cuales fueron modificadas mediante acuerdos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 26 de enero de 2018, el 28 de febrero de 2020 y el 12 de febrero de 2021 (Reglas Generales), informa:
Que durante el ejercicio fiscal de 2022, se distribuyeron $47,000,000.00 (Cuarenta y siete millones de pesos 00/100 M.N.)(1), por concepto del Estímulo Fiscal al Deporte de Alto Rendimiento. A continuación, se señalan los contribuyentes beneficiados, los Proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas (PII) y el monto del estímulo fiscal otorgado en cada caso:
| Núm. | Categoría | Proyecto de inversión | Contribuyente aportante | Monto autorizado |
| 1 | PII | REMODELACIÓN COMEDOR-COCINA CNAR-CONADE | GRUPO GUSI, S.P.R. DE R.L. DE C.V. | $7,000,000.00 |
| 2 | PII | EQUIPAMIENTO DE EVALUACIÓN MORFOFUNCIONAL PARA ALTO RENDIMIENTO DEL CNAR | AEROENLACES NACIONALES, S.A. DE C.V. | $20,000,000.00 |
| 3 | PII | REHABILITACION DEL CENTRO ACUÁTICO EN LA UNIDAD CUAUHTÉMOC | CONSERVAS LA COSTEÑA, S.A. DE C.V. | $20,000,000.00 |
| Total | $47,000,000.00 | |||
Atentamente,
Ciudad de México, a 14 de febrero de 2023.- Representante Titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Ana Gabriela Guevara Espinoza.- Rúbrica.- Representante Titular del Comité Olímpico Mexicano, María José Alcalá Izguerra.- Rúbrica.- Representante Suplente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Francisco Javier Arias Vázquez.- Rúbrica.- Representante Titular del Servicio de Administración Tributaria, Rodulfo Herrera de los Santos.- Rúbrica.
1 De conformidad con el artículo 203, cuarto párrafo, fracción II del de Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto total del estímulo fiscal al Deporte de Alto Rendimiento a distribuir entre los aspirantes al mismo, no debe exceder de 400 millones de pesos por cada ejercicio fiscal ni de 20 millones de pesos por cada contribuyente aportante, proyecto de inversión o programa.
El Comité Interinstitucional en el periodo ordinario 2022, asignó el monto de $7,000,000.00 (Siete millones de pesos 00/100 M.N.), quedando un remanente del estímulo por la cantidad de $393,000,000.00 (Trescientos noventa y tres millones de pesos 00/100 M.N.) Por lo anterior, con fundamento en la regla 11 de las Reglas Generales, el Comité emitió el Acuerdo 0018/2022, mediante el cual aprobó abrir un periodo extraordinario de recepción de solicitudes, en el que se autorizó un monto de $40,000,000.00 (Cuarenta millones de pesos 00/100 M.N.) para dos PII.
Con posterioridad a la autorización del estímulo fiscal por parte del Comité Interinstitucional, ningún contribuyente aportante declinó la aplicación del estímulo. Conforme a lo antes señalado, el monto final distribuido para los proyectos es la suma de las cantidades que se presentan en la tabla de este Acuerdo.
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