Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES COMO ORGANISMO FISCAL AUTÓNOMO, DERIVADO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA Y DE DESASTRE NATURAL POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA, VIENTOS FUERTES, INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL EL 24 Y 25 DE OCTUBRE DE 2023 EN 47 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADAS EL 30 DE OCTUBRE Y EL 2 DE NOVIEMBRE DE 2023, ASÍ COMO NOTA ACLARATORIA PUBLICADA EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2023.
CONSIDERANDO
Que el pasado 24 de octubre de 2023, el fenómeno meteorológico identificado como "Otis", huracán categoría 5 en la escala Saffir-Simpson, impactó las costas del Estado de Guerrero.
Que mediante oficio número PE/SPG/322/2023, de fecha 27 de octubre de 2023, suscrito por la Gobernadora Constitucional del estado de Guerrero, Mtra. Evelyn Cecia Salgado Pineda y Acta de Sesión Extraordinaria Permanente del Consejo Estatal de Protección Civil del estado de Guerrero para solicitar declaratoria de desastre por el huracán categoría 5 "Otis" de fecha 27 de octubre de 2023, se solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador que acaeció en diversos municipios de dicha Entidad Federativa, por la ocurrencia de Huracán Categoría 5 "Otis", Lluvia severa, Vientos fuertes, Inundación fluvial e Inundación pluvial del 24 al 26 de octubre de 2023.
Que con oficio número B00.8.-203, de fecha 1 de noviembre de 2023, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al similar PE/SPG/322/2023, disponiendo en su parte conducente que se corrobora la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes e inundación fluvial y pluvial para diversos municipios en el Estado de Guerrero.
Que con fecha 1 de noviembre de 2023 y con fundamento en el artículo 8 de los Lineamientos del Programa para la Atención de Emergencias por Amenazas Naturales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el Gobierno del estado de Guerrero presentó la solicitud de Declaratoria de Desastre Natural respectiva.
Que mediante publicaciones en el Diario Oficial de la Federación del 30 de octubre, 2 y 3 de noviembre de 2023, se llevó a cabo la publicación de la Declaratoria de Emergencia (Acuerdo por el que se establece una situación de emergencia) por la ocurrencia de lluvia severa y vientos fuertes el día 24 de octubre de 2023 para el Estado de Guerrero; la Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes, inundación fluvial y pluvial el 24 y 25 de octubre de 2023; y su nota aclaratoria, respectivamente.
Que al respecto, el 31 de octubre de 2023, el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en la Sesión Extraordinaria número 888, aprobó un paquete de medidas para la atención de la población afectada por el desastre natural Otis, entre las que se incluyen las siguientes:
Medidas de apoyo a patrones.
1. Se prorrogará el pago del 5° y 6° bimestre de 2023 y el 1° de 2024 para pagarse de forma conjunta con el 2° bimestre de 2024, con vencimiento en el mes de mayo.
2. El pago de las obligaciones correspondientes a estos bimestres podrá cubrirse hasta en 18 parcialidades, exceptuándolos de la garantía correspondiente.
3. Para Convenios de pago en parcialidades vigentes, a partir de la mensualidad correspondiente al mes de noviembre 2023, se recorre el pago para reiniciar su cumplimiento en el mes de mayo de 2024.
4. Durante los mismos bimestres de estas medidas, el Instituto se abstendrá de iniciar acciones fiscales, salvo en aquellos casos en que se pueda afectar el interés fiscal (caducidad y prescripción). De igual forma no se iniciarán auditorías fiscales.
Por lo anterior, se ha tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LA SUSPENSIÓN DE
PLAZOS PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DEL INSTITUTO DEL
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES COMO ORGANISMO FISCAL
AUTÓNOMO, DERIVADO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA Y DE DESASTRE NATURAL POR
LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA, VIENTOS FUERTES, INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL EL 24
Y 25 DE OCTUBRE DE 2023 EN 47 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADAS EL 30 DE
OCTUBRE Y 2 DE NOVIEMBRE DE 2023, ASI COMO NOTA ACLARATORIA PUBLICADA EL 3 DE
NOVIEMBRE DE 2023, EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN:
PLAZOS PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS A CARGO DEL INSTITUTO DEL
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES COMO ORGANISMO FISCAL
AUTÓNOMO, DERIVADO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA Y DE DESASTRE NATURAL POR
LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA, VIENTOS FUERTES, INUNDACIÓN FLUVIAL Y PLUVIAL EL 24
Y 25 DE OCTUBRE DE 2023 EN 47 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE GUERRERO, PUBLICADAS EL 30 DE
OCTUBRE Y 2 DE NOVIEMBRE DE 2023, ASI COMO NOTA ACLARATORIA PUBLICADA EL 3 DE
NOVIEMBRE DE 2023, EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN:
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1º, 23, fracción I, primer y tercer párrafos, 29 Ter, 30 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; 1o. y 12, último párrafo, 33, penúltimo párrafo y 46-A, primer y segundo párrafos, fracción VI, todos del Código Fiscal de la Federación; 281 y 303 del Código Federal de Procedimientos Civiles; 1 y 4, fracciones I, II y V del Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; Resolución de la sesión extraordinaria número 888 del Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores del 31 de octubre de 2023; fracción XIII del artículo ÚNICO del Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general los días del 2023, que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2023; la Declaratoria de Emergencia (Acuerdo por el que se establece una situación de emergencia) por la ocurrencia de lluvia severa y vientos fuertes el día 24 de octubre de 2023 para el Estado de Guerrero; la Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes, inundación fluvial y pluvial el 24 y 25 de octubre de 2023 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre, 2 y 3 de noviembre de 2023:
I. A partir del día siguiente al de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, y hasta el 30 de abril de 2024, se considerarán como inhábiles y, en consecuencia, no correrán los plazos ni se computarán términos legales correspondientes, para los patrones con domicilio en la zona de desastre natural señalada en los considerandos del presente Aviso.
II. A partir del día siguiente al de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, se suspenden los plazos establecidos en el artículo 46-A primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, por el periodo comprendido en la fracción que antecede, para efectos de los actos y procedimientos que realiza el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como organismo fiscal autónomo.
Ciudad de México a veintitrés de noviembre de dos mil veintitrés.- Director General, Carlos Martínez Velázquez.- Rúbrica.
(R.- 545771)
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