DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Oficio 500-05-2025-12249 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

Viernes 30 de Mayo 2025
OFICIO 500-05-2025-12249 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.
OFICIO: 500-05-2025-12249.
ASUNTO: SE COMUNICA LISTADO GLOBAL DEFINITIVO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 69-B, PÁRRAFO CUARTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22, párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero, cuarto y quinto del Código Fiscal de la Federación notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Detectada tal situación, la autoridad fiscal, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitieron oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el referido Anexo 1, y en dicho oficio se indicaron los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que hace mención el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.
Por otra parte, el listado global de presunción fue notificado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado B y C, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo, lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.
Atendiendo lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades, en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud de que esos contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, no se apersonaron ante la autoridad fiscal correspondiente, no obstante estar debidamente notificados y, por lo tanto, no presentaron ninguna documentación tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales, se hizo efectivo el apercibimiento, y las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se determinó que al no haberse apersonado ante la autoridad no desvirtuaron los hechos que se les imputan, y, por tanto, que se actualiza definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo de este artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas.
Cabe señalar que las resoluciones definitivas señaladas en el párrafo anterior fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1, apartado D del presente oficio.
Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha ha transcurrido dicho plazo desde la notificación de la resolución y, además, las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resolución o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administración Central de Fiscalización Estratégica adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales señaladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos.
Listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente.
Ciudad de México, a 15 de abril de 2025.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica, del Administrador de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6", con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, firma: C.P. Nayeli Margarita Ramos Hernández, Administradora de Fiscalización Estratégica "7".- Rúbrica.
Anexo 1 del oficio número 500-05-2025-12249 de fecha 15 de abril de 2025, correspondiente a contribuyentes que NO aportaron argumentos ni pruebas para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, actualizando DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o
razón social del
Contribuyente
Número y fecha de
oficio individual de
presunción
Autoridad emisora del
oficio individual de
presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón Tributario
Fecha de fijación
en los estrados
de la Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
1
LSC140728T18
LOLMEX SOLUCIONES
COMERCIALES, S.A. DE
C.V.
500-05-2024-18672 de
fecha 04 de octubre de
2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
10 de octubre de
2024
11 de octubre de
2024
2
MCO131121869
MACO CONCRETOS, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-18503 de
fecha 18 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
18 de septiembre
de 2024
07 de octubre de
2024
 
 
 
 
3
MEB130710280
MULTICOMERCIAL Y
EMPRESARIAL BUSHRA,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-18449 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
02 de septiembre
de 2024
19 de septiembre
de 2024
 
 
 
 
4
MZO170829397
MULTISERVICIOS ZORDIN,
S.A. DE C.V.
500-05-2024-18451 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de septiembre
de 2024
09 de
septiembre de
2024
5
PAL201002KG5
PALADIN ALIMENTOS, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-18453 de
fecha 23 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
27 de septiembre
de 2024
30 de
septiembre de
2024
6
PEGE870503D46
PEREZ GAYTAN EDITH
ADRIANA
500-05-2024-18499 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de septiembre
de 2024
09 de
septiembre de
2024
7
PSS160421J24
PRESTADORA DE
SERVICIOS SKYNER, S.A.
DE C.V.
500-05-2024-18452 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de septiembre
de 2024
09 de
septiembre de
2024
8
SELB950111L47
SERRANO LOPEZ BEATRIZ
GUADALUPE
500-05-2024-18500 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de septiembre
de 2024
09 de
septiembre de
2024
9
UUCS660303851
URZUA CARTAGENA
SOLEDAD
500-05-2024-18501 de
fecha 02 de septiembre
de 2024
Administración Central
de Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
06 de septiembre
de 2024
09 de
septiembre de
2024
 
Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón social
del Contribuyente
Número y fecha de oficio global de
presunción
Autoridad emisora del oficio
global de presunción
Fecha de notificación en la página
de internet del Servicio de
Administración Tributaria
Fecha en que surtió efectos la
notificación
1
LSC140728T18
LOLMEX SOLUCIONES
COMERCIALES, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18755 de fecha 21 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
21 de octubre de 2024
22 de octubre de 2024
2
MCO131121869
MACO CONCRETOS, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
3
MEB130710280
MULTICOMERCIAL Y EMPRESARIAL
BUSHRA, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
4
MZO170829397
MULTISERVICIOS ZORDIN, S.A. DE
C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
5
PAL201002KG5
PALADIN ALIMENTOS, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
6
PEGE870503D46
PEREZ GAYTAN EDITH ADRIANA
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
7
PSS160421J24
PRESTADORA DE SERVICIOS
SKYNER, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
8
SELB950111L47
SERRANO LOPEZ BEATRIZ
GUADALUPE
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
9
UUCS660303851
URZUA CARTAGENA SOLEDAD
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024
 
Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación.
 
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón social
del Contribuyente
Número y fecha de oficio global de
presunción
Autoridad emisora del oficio
global de presunción
Fecha de notificación en el Diario
Oficial de la Federación
Fecha en que surtió efectos la
notificación
1
LSC140728T18
LOLMEX SOLUCIONES
COMERCIALES, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18755 de fecha 21 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
2
MCO131121869
MACO CONCRETOS, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
3
MEB130710280
MULTICOMERCIAL Y EMPRESARIAL
BUSHRA, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
4
MZO170829397
MULTISERVICIOS ZORDIN, S.A. DE
C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
5
PAL201002KG5
PALADIN ALIMENTOS, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
6
PEGE870503D46
PEREZ GAYTAN EDITH ADRIANA
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
7
PSS160421J24
PRESTADORA DE SERVICIOS
SKYNER, S.A. DE C.V.
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
8
SELB950111L47
SERRANO LOPEZ BEATRIZ
GUADALUPE
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
9
UUCS660303851
URZUA CARTAGENA SOLEDAD
500-05-2024-18678 de fecha 08 de
octubre de 2024
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
08 de noviembre de 2024
11 de noviembre de 2024
 
Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o
razón social del
Contribuyente
Número y fecha de
resolución
definitiva
Autoridad emisora
de la resolución
definitiva
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación personal
Notificación por Buzón Tributario
Fecha de
fijación en los
estrados de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
1
LSC140728T18
LOLMEX SOLUCIONES
COMERCIALES, S.A. DE C.V.
500-05-2025-5843 de
fecha 10 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
11 de febrero de
2025
12 de febrero de
2025
2
MCO131121869
MACO CONCRETOS, S.A.
DE C.V.
500-05-2025-5830 de
fecha 06 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
06 de febrero de
2025
24 de febrero de
2025
 
 
 
 
3
MEB130710280
MULTICOMERCIAL Y
EMPRESARIAL BUSHRA,
S.A. DE C.V.
500-05-2025-5831 de
fecha 06 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
06 de febrero de
2025
24 de febrero de
2025
 
 
 
 
4
MZO170829397
MULTISERVICIOS ZORDIN,
S.A. DE C.V.
500-05-2025-5837 de
fecha 07 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
13 de febrero de
2025
14 de febrero de
2025
5
PAL201002KG5
PALADIN ALIMENTOS, S.A.
DE C.V.
500-05-2025-5838 de
fecha 07 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
13 de febrero de
2025
14 de febrero de
2025
6
PEGE870503D46
PEREZ GAYTAN EDITH
ADRIANA
500-05-2025-5839 de
fecha 07 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
13 de febrero de
2025
14 de febrero de
2025
7
PSS160421J24
PRESTADORA DE
SERVICIOS SKYNER, S.A.
DE C.V.
500-05-2025-5840 de
fecha 10 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
14 de febrero de
2025
17 de febrero de
2025
8
SELB950111L47
SERRANO LOPEZ BEATRIZ
GUADALUPE
500-05-2025-5841 de
fecha 10 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
14 de febrero de
2025
17 de febrero de
2025
9
UUCS660303851
URZUA CARTAGENA
SOLEDAD
500-05-2025-5842 de
fecha 10 de febrero
de 2025
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
14 de febrero de
2025
17 de febrero de
2025
 
Apartado E.- Datos adicionales de los contribuyentes.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Domicilio Fiscal
Actividad preponderante
Motivo del Procedimiento
1
LSC140728T18
LOLMEX SOLUCIONES
COMERCIALES, S.A. DE C.V.
Iztacalco, Ciudad de México
Otros intermediarios de comercio al por mayor
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
2
MCO131121869
MACO CONCRETOS, S.A. DE C.V.
Tlanepantla de Baz, Estado de
México
Fabricación de concreto
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
3
MEB130710280
MULTICOMERCIAL Y
EMPRESARIAL BUSHRA, S.A. DE
C.V.
Guadalupe, Nuevo León
Otros servicios de apoyo a los negocios
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
4
MZO170829397
MULTISERVICIOS ZORDIN, S.A. DE
C.V.
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Otros servicios profesionales, científicos y técnicos
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
5
PAL201002KG5
PALADIN ALIMENTOS, S.A. DE C.V.
Taxco de Alarcon, Guerrero
Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
6
PEGE870503D46
PEREZ GAYTAN EDITH ADRIANA
Magdalena Contreras, Ciudad de
México
Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
7
PSS160421J24
PRESTADORA DE SERVICIOS
SKYNER, S.A. DE C.V.
Miguel Hidalgo, Ciudad de México
Otros servicios profesionales, científicos y técnicos
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
8
SELB950111L47
SERRANO LOPEZ BEATRIZ
GUADALUPE
Culiacán, Sinaloa
Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
9
UUCS660303851
URZUA CARTAGENA SOLEDAD
Venustiano Carranza, Ciudad de
México
Reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo industrial
Ausencia de Activos, Ausencia de Personal, Sin
Capacidad Material
__________________________________
 

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