DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Acuerdo mediante el cual se aprueba la Nota Aclaratoria al Acuerdo ACT-PUB/09/02/2022.07 y su Anexo de fecha nueve de febrero de dos mil veintidós, publicado el 25 de febrero de 2022.

Miércoles 09 de Marzo 2022
ACUERDO mediante el cual se aprueba la Nota Aclaratoria al Acuerdo ACT-PUB/09/02/2022
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
ACUERDO ACT-PUB/02/03/2022.08
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO ACT-PUB/09/02/2022.07 Y SU ANEXO DE FECHA NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDÓS.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., apartado A, fracción VIII y 16, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 21, fracción XX, 29, fracción I, 31, fracción XII, y, 35, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 88 y 89 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6o., 8o., 11, 12, fracciones I, XXXIV y XXXV, 16, fracción VI, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, y 25, fracción IX, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y de conformidad a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.     Que en sesión ordinaria celebrada el nueve de febrero de dos mil veintidós, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales aprobó mediante el Acuerdo ACT-PUB/09/02/2022.07 la adición de un Título Décimo Primero a los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público y la modificación y adición de una fracción XXV al artículo 25 y una fracción XIII al artículo 42 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
2.     Que el veinticinco de febrero de dos mil veintidós, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo ACT-PUB/09/02/2022.07 descrito en el Considerando que antecede.
3.     Que con la finalidad de garantizar la legalidad y certeza jurídica que deben regir los actos de autoridad y, en consecuencia, salvaguardar los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a las personas, resulta necesario precisar mediante una nota aclaratoria determinados efectos y alcances del instrumento jurídico referido en el Considerando inmediato anterior.
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de Derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la Nota Aclaratoria al Acuerdo ACT-PUB/09/02/2022.07 y su Anexo publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de febrero de dos mil veintidós, para quedar como sigue:
 
DICE:
DEBE DECIR:
ACT-PUB/09/02/2022.07
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA ADICIÓN DE UN TÍTULO DÉCIMO PRIMERO A LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL SECTOR PÚBLICO Y LA MODIFICACIÓN Y ADICIÓN DE UNA FRACCIÓN XXV AL ARTÍCULO 25 Y UNA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 42 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
 
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA ADICIÓN DE UN TÍTULO DÉCIMO PRIMERO A LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA EL SECTOR PÚBLICO Y LA MODIFICACIÓN Y ADICIÓN DE UNA FRACCIÓN XXIX, RECORRIÉNDOSE LA SUBSECUENTE EN SU ORDEN, AL ARTÍCULO 25 Y UNA FRACCIÓN XII, RECORRIÉNDOSE LA SUBSECUENTE EN SU ORDEN, AL ARTÍCULO 42 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
ANEXO DEL ACUERDO ACT-PUB/09/02/2022.07
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN Y ADICION AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
MODIFICACIÓN Y ADICIÓN AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
 
 
 
ARTÍCULO PRIMERO. Se adiciona la fracción XXV, y se recorren las subsecuentes del artículo 25 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para quedar como sigue:
ARTÍCULO PRIMERO. Se adiciona la fracción XXIX, recorriéndose la subsecuente en su orden hasta la fracción XXX, del artículo 25 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para quedar como sigue:
Artículo 25. La Secretaría de Protección de Datos Personales tendrá las siguientes funciones:
Artículo 25. La Secretaría de Protección de Datos Personales tendrá las siguientes funciones:
I a XXIV.
I a XXVIII. ...
XXV. Coordinar y supervisar la administración general del esquema de certificación de personas en materia de protección de datos personales para el sector público implementado por el Instituto a cargo de la Dirección General de Normatividad y Consulta.
XXIX. Coordinar y supervisar la administración general del esquema de certificación de personas en materia de protección de datos personales para el sector público implementado por el Instituto a cargo de la Dirección General de Normatividad y Consulta.
XXVI. Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como las que le encomiende el Pleno y el Comisionado Presidente.
XXX. Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como las que le encomiende el Pleno y el Comisionado Presidente.
Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría de Protección de Datos Personales se auxiliará de las Direcciones Generales de Investigación y Verificación; de Normatividad y Consulta; de Prevención y Autorregulación; y de Protección de Derechos y Sanción; así como de una Dirección de Coordinación y Seguimiento.
Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría de Protección de Datos Personales se auxiliará de las Direcciones Generales de Investigación y Verificación del Sector Privado; de Evaluación, Investigación y Verificación del Sector Público; de Normatividad y Consulta; de Prevención y Autorregulación; y de Protección de Derechos y Sanción; así como de una Dirección de Coordinación y Seguimiento.
 
 
 
ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona la fracción XIII al artículo 42 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para quedar como sigue:
ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona la fracción XII, recorriéndose la subsecuente en su orden hasta la fracción XIII, al artículo 42 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para quedar como sigue:
Artículo 42. La Dirección General de Normatividad y Consulta tendrá las siguientes funciones:
Artículo 42. La Dirección General de Normatividad y Consulta tendrá las siguientes funciones:
I a XII.
XIII. Administrar el esquema de certificación de personas en materia de protección de datos personales para el sector público propiedad del Instituto, conocer, resolver y realizar todos los trámites y procedimientos relativos a dicho esquema, así como desarrollar sus requerimientos normativos.
 
I a XI. ...
XII. Administrar el esquema de certificación de personas en materia de protección de datos personales para el sector público propiedad del Instituto, conocer, resolver y realizar todos los trámites y procedimientos relativos a dicho esquema, así como desarrollar sus requerimientos normativos.
XIII. Las demás que deriven de la normatividad aplicable en la materia y las que dispongan el Comisionado Presidente, el Pleno y el Secretario de Protección de Datos Personales.
 
SEGUNDO. El presente Acuerdo puede ser consultado en las direcciones electrónicas siguientes:
http://home.inai.org.mx/wp-content/documentos/AcuerdoDelPleno/ACT-PUB-02-03-2022.08.pdf
www.dof.gob.mx/2022/INAI/ACT-PUB-02-03-2022-08.pdf
TERCERO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para que realice las gestiones necesarias, a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el portal de internet de este Instituto.
QUINTO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 45, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, expida la certificación del presente Acuerdo, para agilizar su cumplimiento.
SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó, por unanimidad de las Comisionadas y de los Comisionados del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta Del Río Venegas, Oscar Mauricio Guerra Ford, Josefina Román Vergara y Blanca Lilia Ibarra Cadena en sesión ordinaria celebrada el dos de marzo de dos mil veintidós, ante Ana Yadira Alarcón Márquez, Secretaria Técnica del Pleno.
Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.- Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta Del Río Venegas, Oscar Mauricio Guerra Ford, Josefina Román Vergara.- Secretaria Técnica del Pleno, Ana Yadira Alarcón Márquez.
ANA YADIRA ALARCÓN MÁRQUEZ, EN MI CARÁCTER DE SECRETARIA TÉCNICA DEL PLENO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, CON FUNDAMENTO EN ARTÍCULO 45, FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN LO ORDENADO EN EL PUNTO DE ACUERDO QUINTO DEL ACUERDO ACT-PUB/02/03/2022.08, CERTIFICO: QUE EL PRESENTE DOCUMENTO ES FIEL Y EXACTA REPRODUCCIÓN DEL CITADO ACUERDO ACT-PUB/02/03/2022.08, APROBADO EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE ESTE INSTITUTO, CELEBRADA EL DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDÓS; MISMO QUE SE EXPIDE EN UN TOTAL DE 5 FOJAS ÚTILES.
MÉXICO, CIUDAD DE MÉXICO, A DOS DE MARZO DOS MIL VEINTIDÓS.- Rúbrica.
(R.- 517751)
 

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