Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 68/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN CULIACÁN, SINALOA; Y QUE REFORMA Y DEROGA DISPOSICIONES DE DIVERSOS ACUERDOS GENERALES.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 86, fracciones III y IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales de los circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana y, en su caso, especialización por materia de los Tribunales Colegiados de Circuito en cada uno de los circuitos;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 16 de noviembre de 2022, aprobó el dictamen relativo a la conclusión de funciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa y al inicio de funciones del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito, con residencia en Culiacán, en la misma entidad federativa.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, concluye funciones a las veinticuatro horas del 30 de noviembre de 2022.
Artículo 2. La persona Presidenta o Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito auxiliar que concluye funciones, designarán a la o el servidor público encargado de elaborar una relación de los asuntos pendientes de resolución, que se enumerarán de forma consecutiva, por tipo de asunto y por orden de antigüedad. De igual forma, en su caso, deberá describir los anexos, bienes, billetes de depósito, fianzas, valores y demás documentos. También elaborará el acta de entrega-recepción de los expedientes y sus anexos, y entregará un tanto a la Dirección General de Gestión Judicial, y otro lo enviará a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
Asimismo, la referida servidora o servidor público deberá levantar, por duplicado, un acta administrativa con motivo de la conclusión de funciones, en el formato proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, remitiendo un ejemplar a ésta y a la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia para su archivo.
Artículo 3. Los libros electrónicos de control y reportes estadísticos contenidos en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del órgano jurisdiccional que concluye funciones deberán permanecer almacenados en el referido sistema.
Artículo 4. La entrega-recepción de los documentos, mobiliario, equipo y demás documentación o enseres concluirá, a más tardar, un día antes de la fecha de conclusión de actividades. En caso de que se cuente con documentación susceptible de ser destruida, la persona Presidenta o Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito Auxiliar deberán cerciorarse de que ello se lleve a cabo.
Artículo 5. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, interpretarán y resolverán las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 6. Se reforma el numeral QUINTO, número 5 del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales Colegiados de Circuito; los Tribunales Colegiados de Apelación y de los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"QUINTO. ...
1. a 4. ...
5. El Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, se integrará por dos tribunales colegiados de Circuito Auxiliares, uno con residencia en los Mochis, Sinaloa y uno en la Paz, Baja California Sur, y cinco juzgados de Distrito Auxiliares, con residencia en Culiacán, Sinaloa.
6. a 11. ...
..."
Artículo 7. Se reforma el numeral PRIMERO, primer párrafo, y se deroga el párrafo tercero del mismo numeral, del Acuerdo General 52/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se crea el Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, así como los órganos jurisdiccionales que lo integrarán, para quedar como sigue:
"PRIMERO. CONFORMACIÓN, UBICACIÓN, COMPETENCIA Y DENOMINACIÓN. Se crea el Centro Auxiliar de la Quinta Región, conformado por dos tribunales colegiados de Circuito Auxiliares, uno con residencia en Los Mochis, Sinaloa y uno con residencia en La Paz, Baja California Sur y cinco juzgados de distrito auxiliares, con residencia en Culiacán, Sinaloa, los cuales tendrán jurisdicción en toda la República y competencia mixta, para apoyar en el dictado de sentencias, su denominación será la siguiente:
...
(Derogado).
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
...
..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. Las Secretarías Ejecutivas de Administración, y de Creación de Nuevos Órganos; la Coordinación de Administración Regional; la Dirección General de Gestión Judicial; y la Dirección General de Tecnologías de la Información llevarán a cabo las acciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo.
CUARTO. El Tribunal Colegiado de Circuito que concluye funciones, bajo su nueva denominación, mantendrá la competencia necesaria para emitir la resolución correspondiente en los asuntos que tenga pendientes de resolución.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 68/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Primer tribunal colegiado de circuito del centro auxiliar de la quinta región, con residencia en Culiacán, Sinaloa; y que reforma y deroga disposiciones de diversos acuerdos generales, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 16 de noviembre de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2022.- Conste.- Rúbrica.
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