DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Nota Aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el 22 de febrero de 2023 en autos del incidente de suspensión 118/2023, le concedió la suspensión definitiva a Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V., publicada el 8 de marzo de 2023. Giormar

Jueves 15 de Junio 2023
NOTA Aclaratoria a la Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad d
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.
Nota aclaratoria de la "Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Fiscalía General de la República, así como a los gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el 22 de febrero de 2023 en autos del incidente de suspensión 118/2023, le concedió la suspensión definitiva a "Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V.".", publicada el 8 de marzo de 2023.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 29, 37, 45 penúltimo párrafo, 46, 59 y 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 111, 112, 113, 114 fracción II, 115 y 118 de su Reglamento; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y; 1, 2, 3, 6 fracción III inciso "B" numeral 3, 8 fracción X, 12 fracción XII, 38 fracción III numerales 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 19, 40 párrafo primero y 92 fracción II inciso f y último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública vigente a la fecha de inicio del procedimiento respectivo; 77 fracción I de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política Federal; el suscrito tiene a bien emitir la siguiente:
Nota Aclaratoria de la Circular No. AR07-05/2023 emitida por el Titular del Área de Responsabilidades del O.I.C. en la S.D.N., de fecha 8 de marzo de 2023
Dice: "Corporativo Giomar de México, S.A. de C.V."
Debe decir: "Corporativo Giormar de México, S.A de C.V."
Atentamente.
Ciudad de México, a los 9 días del mes de junio de dos mil veintitrés.- Titular del Área de Responsabilidades del O.I.C. en la S.D.N., Licenciado César Alejandro Rivera Castillo.- Rúbrica.
 

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