Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Defensa.- Secretaría de la Defensa Nacional.- Tren Maya.
ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE TREN MAYA, S.A. DE C.V.
GRAL. BGDA. INTDTE. E.M. ÓSCAR DAVID LOZANO ÁGUILA, Director General de Tren Maya, S.A. de C.V., con fundamento en lo establecido por los artículos 1, 19 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículos 1 y 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, 1, 2, 14 Fracc. I, 17, 21, 22 y 59 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, el cual fue aprobado por el Consejo de Administración en su Novena Sesión Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2025, y
CONSIDERANDO
Que la construcción de Tren Maya, es uno de los más importantes proyectos de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turístico que se tiene contemplado para el presente sexenio, el cual está orientado a incrementar la derrama económica del turismo, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y propiciar el ordenamiento territorial de la región.
Que el Tren Maya en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, representará un motor de crecimiento, desarrollo y competitividad a nivel nacional e internacional, además de fortalecer la captación de divisas e inversiones nacionales y extranjeras, mismo que será administrado, operado y explotado; ampliando y construyendo sus instalaciones, a través de la Empresa denominada "Tren Maya, S.A. de C.V.", lo que contribuirá al desarrollo de las citadas Entidades Federativas, para facilitar el transporte de personas mediante costos más accesibles, fomentando el turismo, generando empleos y cuidando el medio ambiente, cumpliéndose así, con uno de los grandes objetivos del Gobierno Federal, que es el mejoramiento de una política económica continua.
Que el 17 de diciembre de 2021, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (en adelante la Comisión), mediante el acuerdo 21-IV-5, dictaminó favorablemente la constitución de la Empresa denominada "Tren Maya, S.A. de C.V.", agrupada al sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
Que el 28 de enero de 2022, la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía autorizó el uso de la denominación o razón social "Tren Maya", a través del documento A202201281649167190.
Que el 16 de marzo de 2022, la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, mediante el oficio número COMITÉ-JURÍDICA-0405, solicitó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizar las gestiones tendientes a la autorización para la constitución de la Empresa denominada "Tren Maya, S.A. de C.V."
Que el 13 de abril de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó la constitución de la Empresa denominada Tren Maya, S.A. de C.V., con la organización y funcionamiento de una Sociedad Anónima de Capital Variable, en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones jurídicas aplicables, agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional, para administrar, operar, explotar y construir el Tren Maya; prestar los servicios ferroviarios, complementarios y comerciales.
Que en el resolutivo tercero, de la Resolución mencionada en el párrafo anterior, se dispone que la Empresa Tren Maya, S.A. de C.V., podrá llevar a cabo todas las acciones necesarias para administrar, operar, explotar y construir el Tren Maya; prestar los servicios ferroviarios, complementarios y comerciales, por sí o por conducto de diversas figuras jurídicas de derecho público y privado, así como obtener, bajo cualquier título, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones y en general, ejecutar todos los actos necesarios para llevar a cabo su objeto social, de conformidad con sus Estatutos Sociales y demás disposiciones aplicables.
Que el 3 de junio de 2022, mediante escritura pública número 20, volumen número uno especial, ante la fe de la licenciada Claudia Gabriela Francóz Gárate, Notario Público Ciento Cincuenta y Tres del Estado de México, se hizo constar la Constitución de Tren Maya, Sociedad Anónima de Capital Variable, empresa de participación estatal mayoritaria, en términos de los artículos 25, párrafo quinto; 28, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción II, 46, fracción II y 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, párrafo segundo y 30 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Que en el artículo segundo de los Estatutos Sociales de Tren Maya, S.A. de C.V., establecidos en el Acta Constitutiva que se indica en el numeral anterior, se establece que el objeto de la Sociedad será prestar los servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales relacionados con los mismos, en términos de las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones, que en su caso, obtenga del Gobierno Federal, para llevar a cabo la construcción, operación y explotación del "Tren Maya".
Que el 5 de mayo de 2023, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, otorgó en favor de la empresa denominada Tren Maya, S.A. de C.V., Título de Asignación para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2023.
Que el 19 de octubre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Institucional de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V. 2022 - 2024, en el cual se establecieron 4 objetivos prioritarios, a saber: 1.- Contribuir al bienestar social del sureste de México, mediante una gestión administrativa y operativa eficiente, de calidad, honesta, transparente e inclusiva de la Empresa "Tren Maya, S.A. de C.V."; 2.- Coadyuvar a incrementar la conectividad y movilidad mediante una operación ferroviaria segura, sostenible, eficiente en un entorno seguro, a fin de propiciar el ordenamiento territorial en la región sureste de México; 3.- Impulsar el desarrollo del sector económico, mediante el apoyo y el fomento al turismo equilibrado en el sureste mexicano; 4.- Fortalecer el desarrollo económico y social de la región sureste de México, mediante la generación de empleo derivado de la administración, operación y explotación de la infraestructura ferroviaria y del material rodante.
Que resulta indispensable que Tren Maya, S.A. de C.V. emita su Manual de Organización General, a efecto de establecer las unidades administrativas dotadas de competencia que le permitan ejercer sus facultades legales, y ejecutar los procedimientos a su cargo.
Que con fundamento en los artículos, 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; fracción XIII, del artículo vigésimo segundo bis y fracción XIV del artículo vigésimo séptimo bis, de los Estatutos Sociales de Tren Maya, S.A. de C.V., el Consejo de Administración de Tren Maya, S.A. de C.V. es el órgano facultado para aprobar la actualización del Manual de Organización General de Tren Maya, S.A. de C.V., en el cual se definirán las funciones del personal Directivo y aquéllos que integran la organización de dicha Entidad.
Que el Manual de Organización General de Tren Maya, S.A. de C.V., fue publicado en el D.O.F. el 27 de septiembre de 2024, el cual es indispensable mantener actualizado.
Por todo lo anteriormente expuesto, la Dirección General de Tren Maya, S.A. de C.V., en ejercicio de sus facultades, emite el presente:
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE TREN MAYA, S.A. DE C.V.
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
MISIÓN
VISIÓN
MARCO JURÍDICO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ENTIDAD
CAPÍTULO III SECCIÓN PRIMERA DE LAS UNIDADES
CAPÍTULO III SECCIÓN SEGUNDA DE LAS COORDINACIONES GENERALES
CAPÍTULO III SECCIÓN TERCERA DEL PERSONAL DE MANDO
CAPÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA BÁSICA Y ORGANIGRAMA
CAPÍTULO V DE LAS ATRIBUCIONES
Dirección General
Unidad de Administración de Infraestructura
Coordinación General de Gestión de Infraestructura Ferroviaria
Coordinación General de Mantenimiento de Infraestructura Ferroviaria
Coordinación General de Seguridad y Circulación Ferroviaria
Coordinación General de Mantenimiento de Sistemas Ferroviarios
Unidad de Operación de Transporte Ferroviario
Coordinación General de Operación Ferroviaria de Pasajeros
Coordinación General de Operación Ferroviaria de Carga
Coordinación General de Mantenimiento de Equipo Ferroviario
Unidad de Estrategia Corporativa y Comercial
Coordinación General de Estrategia Corporativa
Coordinación General de Comercialización de Servicios Ferroviarios
Unidad de Administración y Finanzas
Coordinación General de Finanzas
Coordinación General de Recursos Humanos
Coordinación General de Recursos Materiales y Servicios Generales
Coordinación General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Unidad de Asuntos Jurídicos
Coordinación General Jurídica Consultiva
Coordinación General Jurídica Contenciosa
Órgano Interno de Control Específico
CAPÍTULO VI DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES
CAPÍTULO VII DE LAS SUPLENCIAS
CAPÍTULO VIII DE LA VIGILANCIA Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
GLOSARIO DE TÉRMINOS
TRANSITORIOS
INTRODUCCIÓN
Con fundamento en los artículos 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y la fracción XVI, del artículo vigésimo segundo, de los Estatutos Sociales de Tren Maya, S.A. de C.V., y considerando que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, contempla doce principios rectores, tres Ejes Generales y la Visión hacia el 2024, cuyos contenidos tienen como prioridad el desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible que persigue el Estado Mexicano; estableciéndose que la construcción de Tren Maya, es uno de los más importantes proyectos de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turístico, el cual está orientado a incrementar la derrama económica del turismo, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible, y propiciar el ordenamiento territorial de la región comprendida por los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, representará un motor de crecimiento, desarrollo y competitividad a nivel nacional e internacional, además de fortalecer la captación de divisas e inversiones nacionales y extranjeras, mismo que será administrado, operado y explotado; ampliando y construyendo sus instalaciones, a través de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria.
Es así como por acuerdo del Ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, y a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se emitió una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2022, en la cual se autoriza la constitución de la Empresa Tren Maya, cuya organización y funcionamiento será el de una Sociedad Anónima de Capital Variable, en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y demás disposiciones jurídicas aplicables; misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional y cuya denominación social será Tren Maya, S.A. de C.V., la cual podrá llevar a cabo todas las acciones necesarias para administrar, operar, explotar y construir el Tren Maya; prestar los servicios ferroviarios, complementarios y comerciales, por sí o por conducto de diversas figuras jurídicas de derecho público y privado, así como obtener, bajo cualquier título, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones y en general, ejecutar todos los actos necesarios para llevar a cabo su objeto social, de conformidad con sus Estatutos Sociales y demás disposiciones aplicables.
El presente Manual de Organización General de Tren Maya, S.A. de C.V., se erige como un documento estratégico cuyo objetivo fundamental es propiciar un profundo entendimiento de la estructura asignada dentro del marco regulatorio y jurídico establecido.
MISIÓN
Construir, administrar, operar y explotar los servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales, basados en una cultura de calidad, liderazgo, inclusividad social y honestidad, contribuyendo al crecimiento, desarrollo y competitividad nacional, mediante la aplicación de métodos, técnicas y diversas figuras del derecho público y privado, favoreciendo el bienestar socioeconómico de la población del sureste del país, impulsando una economía sostenible.
VISIÓN
Consolidarnos en una empresa confiable, integrada por personal profesional y posicionada dentro del mercado nacional e internacional como líder en servicios de transporte ferroviario, complementarios y comerciales, que contribuya al desarrollo sostenible del país, brindando servicios innovadores y de calidad, comprometida con el bienestar social, el progreso de la región y de toda la República Mexicana.
MARCO JURÍDICO
Constitución.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 5 de febrero de 1917 y sus reformas.
Leyes.
1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 29 de diciembre de 1976 y sus reformas.
2. Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
D.O.F. 14 de mayo de 1986 y sus reformas.
3. Ley General de Sociedades Mercantiles.
D.O.F. 04 de agosto de 1934 y sus reformas.
4. Ley de Vías Generales de Comunicación.
D.O.F. 19 de febrero de 1940.
5. Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
D.O.F. 12 de mayo de 1995 y sus reformas.
6. Ley General de Bienes Nacionales.
D.O.F. 20 de mayo de 2004 y sus reformas.
7. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
D.O.F. 30 de marzo de 2006 y sus reformas.
8. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
9. Ley General de Contabilidad Gubernamental.
D.O.F. 31 de diciembre de 2008 y sus reformas.
10. Ley de Planeación.
D.O.F. 05 de enero de 1983 y sus reformas.
11. Ley de Tesorería de la Federación.
D.O.F. 30 de diciembre de 2015.
12. Ley Federal de Austeridad Republicana.
D.O.F. 19 de noviembre de 2019.
13. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado
B) del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 28 de diciembre de 1963 y sus reformas.
14. Ley Federal del Trabajo.
D.O.F. 01 de abril de 1970 y sus reformas.
15. Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
D.O.F. 26 de diciembre de 1986 y sus reformas.
16. Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
D.O.F. 06 de mayo de 1972 y sus reformas.
17. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
D.O.F. 31 de marzo de 2007 y sus reformas.
18. Ley del Seguro Social.
D.O.F. 21 de diciembre de 1995 y sus reformas.
19. Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 02 de abril de 2013 y sus reformas.
20. Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
D.O.F. 04 de agosto de 1994 y sus reformas.
21. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
D.O.F. 01 de diciembre de 2005 y sus reformas.
22. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
D.O.F. 28 de enero de 1998 y sus reformas.
23. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D.O.F. 04 de enero de 2000 y sus reformas.
24. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
D.O.F. 04 de enero de 2000 y sus reformas.
25. Ley de Asociaciones Público Privadas.
D.O.F. 16 de enero de 2012 y sus reformas.
26. Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
D.O.F. 18 de julio de 2016 y sus reformas.
27. Ley del Impuesto Sobre la Renta.
D.O.F. 11 de diciembre de 2013 y sus reformas.
28. Ley del Impuesto al Valor Agregado.
D.O.F. 29 de diciembre de 1978 y sus reformas.
29. Ley General de Responsabilidades Administrativas.
D.O.F. 18 de julio de 2016 y sus reformas.
30. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
D.O.F. 09 de mayo de 2016 y sus reformas.
31. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
D.O.F. 04 de mayo de 2015 y sus reformas.
32. Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
D.O.F. 19 de diciembre de 2002 y sus reformas.
33. Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
D.O.F. 31 de diciembre de 2004 y sus reformas.
34. Ley General de Mejora Regulatoria.
D.O.F. 18 de mayo de 2018 y sus reformas.
35. Ley de Infraestructura de la Calidad.
D.O.F. 01 de julio de 2020.
36. Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.
D.O.F. 24 de diciembre de 1986 y sus reformas.
37. Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
D.O.F. 17 de enero de 2022.
38. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
D.O.F. 11 de junio de 2003 y sus reformas.
39. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
D.O.F. 28 de noviembre de 2016 y sus reformas.
40. Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
D.O.F. 07 de junio de 2013 y sus reformas.
41. Ley de Seguridad Nacional.
D.O.F. 31 de enero de 2005 y sus reformas.
42. Ley General de Archivos.
D.O.F. 15 de junio de 2018.
43. Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
D.O.F. 26 de enero de 2017.
44. Ley General de Turismo.
D.O.F. 17 de junio de 2009 y sus reformas.
45. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
D.O.F.18 de julio de 2016 y sus reformas.
46. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
D.O.F. 02 de agosto de 2006 y sus reformas.
47. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
D.O.F. 01 de febrero de 2007 y sus reformas.
48. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
D.O.F. 30 de mayo de 2011 y sus reformas.
49. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
D.O.F. 27 de agosto de 1932 y sus reformas.
50. Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.
D.O.F. 30 de diciembre de 2016.
51. Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
D.O.F. 19 de mayo de 2021.
52. Ley de Expropiación.
D.O.F. 25 de noviembre de 1936 y sus reformas.
53. Ley Agraria.
D.O.F. 26 de febrero de 1992 y sus reformas.
54. Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
D.O.F. 01 de julio de 2020 y sus reformas.
55. Ley Federal del Derecho de Autor.
D.O.F. 24 de diciembre de 1996 y sus reformas.
56. Ley Federal de Competencia Económica.
D.O.F. 23 de mayo de 2014 y sus reformas.
57. Ley Aduanera.
D.O.F. 15 de diciembre de 1995 y sus reformas.
58. Ley General de Población.
D.O.F. 07 de enero de 1974 y sus reformas.
59. Ley General de Protección Civil.
D.O.F. 06 de junio de 2012 y sus reformas.
60. Ley de Comercio Exterior.
D.O.F. 27 de julio de 1993 y sus reformas.
61. Ley General de Vida Silvestre.
D.O.F. 03 de julio de 2000 y sus reformas.
62. Ley Federal de Derechos.
D.O.F. 31 de diciembre de 1981 y sus reformas.
63. Ley Federal de Protección al Consumidor.
D.O.F. 24 de diciembre de 1992 y sus reformas.
64. Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 27 de julio de 1931 y sus reformas.
65. Ley de Firma Electrónica Avanzada.
D.O.F. 11 de enero de 2012 y sus reformas.
66. Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
D.O.F. 04 de abril de 2013 y sus reformas.
67. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
D.O.F. 24 de abril de 1972 y sus reformas.
68. Ley Sobre el Contrato de Seguro.
D.O.F. 31 de agosto de 1935 y sus reformas.
69. Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
D.O.F. 14 de julio de 2014 y sus reformas.
Tratados.
1. Tratado de Libre Comercio Estados Unidos - Canadá - México (T-MEC).
D.O.F. 29 de junio de 2020.
2. Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT).
D.O.F. 30 de noviembre de 2018.
3. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.
D.O.F. 09 de enero de 1995 y sus reformas. (Vigente sólo entre México y Colombia a partir de noviembre de 2006 Según decreto publicado en el D.O.F. el 17 de noviembre de 2006.)
4. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel (TLC México-Israel).
D.O.F. 28 de junio de 2000 y sus reformas.
5. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, y en específico la Decisión 2/ 2000 del Consejo Conjunto CE-México (TLCUEM).
D.O.F. 16 de junio de 2000 y sus reformas.
6. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (TLC México AELC).
D.O.F. 29 de junio de 2001 y sus reformas.
7. Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón (TLC México-Japón).
D.O.F. 31 de marzo de 2005 y sus reformas.
8. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y Chile (TLC México Chile).
D.O.F. 27 de octubre de 2008 y sus reformas.
9. Alianza del Pacífico.
D.O.F. 29 de abril de 2016 y sus reformas.
10. Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte. (ACC MX-RU)
D.O.F. 01 de junio de 2021 y sus reformas.
11. Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú.
D.O.F. 30 de enero de 2012 y sus reformas.
12. Convención Interamericana contra la Corrupción.
D.O.F. 09 de enero de 1998 y sus reformas.
13. Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
D.O.F. 12 de mayo de 1999 y sus reformas.
14. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
D.O.F. 27 de mayo de 2004 y sus reformas.
15. Acuerdo para la Constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional.
D.O.F. 13 de junio de 2011 y sus reformas.
Códigos.
1. Código Civil Federal.
D.O.F. 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 y sus reformas.
2. Código de Comercio.
D.O.F. 07 de octubre al 13 de diciembre de 1889.
3. Código Penal Federal.
D.O.F. 14 de agosto de 1931 y sus reformas.
4. Código de Justicia Militar.
D.O.F. 31 de agosto de 1933 y sus reformas.
5. Código Nacional de Procedimientos Penales.
D.O.F. 05 de marzo de 2014 y sus reformas.
6. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
D.O.F. 07 de junio de 2023.
7. Código Federal de Procedimientos Civiles.
D.O.F. 24 de febrero de 1943 y sus reformas.
8. Código Fiscal de la Federación.
D.O.F. 31 de diciembre de 1981 y sus reformas.
9. Código Militar de Procedimientos Penales.
D.O.F. 16 de mayo de 2016.
10. Código de Ética de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 08 de febrero de 2022.
Reglamentos.
1. Reglamento del Servicio Ferroviario.
D.O.F. 30 de septiembre de 1996 y sus reformas.
2. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
D.O.F. 26 de enero de 1990 y sus reformas.
3. Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y buen Gobierno.
D.O.F. 31 de diciembre de 2024
4. Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
D.O.F. 08 de enero de 2009 y sus reformas.
5. Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
D.O.F. 29 de diciembre de 2008 y sus reformas.
6. Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación.
D.O.F. 30 de junio de 2017 y sus reformas.
7. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D.O.F. 28 de julio de 2010 y sus reformas.
8. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
D.O.F. 28 de julio de 2010 y sus reformas.
9. Reglamento de la Ley de Asociaciones Público Privadas.
D.O.F. 05 de noviembre de 2012 y sus reformas.
10. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
D.O.F. 28 de junio de 2006 y sus reformas.
11. Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica.
D.O.F. 12 de octubre de 2007 y sus reformas.
12. Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
D.O.F. 02 de abril de 2014 y sus reformas.
13. Reglamento de la Ley General de Población
D.O.F. 14 de abril de 2000 y sus reformas.
14. Reglamento de la Ley General de Protección Civil
D.O.F. 13 de mayo de 2014 y sus reformas.
15. Reglamento de la Comisión Técnica Consultiva de Vías Generales de Comunicación
D.O.F. 03 de agosto de 1984 y sus reformas.
16. Reglamento de la Comisión Consultiva de Tarifas
D.O.F. 02 de enero de 1986 y sus reformas.
17. Reglamento para el Transporte Multimodal Internacional.
D.O.F. 07 de julio de 1989 y sus reformas.
18. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.
D.O.F. 25 de noviembre de 1988 y sus reformas.
19. Reglamento para el Servicio de Maniobras en Zonas Federales Terrestres.
D.O.F. 24 de enero de 1990 y sus reformas.
20. Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
D.O.F. 07 de abril de 1993 y sus reformas.
21. Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.
D.O.F. 30 de diciembre de 1993 y sus reformas.
22. Reglamento de la Ley Aduanera.
D.O.F. 20 de abril de 2015 y sus reformas.
23. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
D.O.F. 30 de mayo de 2000 y sus reformas.
24. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales.
D.O.F. 29 de abril de 2010 y sus reformas.
25. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico.
D.O.F. 08 de agosto de 2003 y sus reformas.
26. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
D.O.F. 03 de junio de 2004 y sus reformas.
27. Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre.
D.O.F. 30 de noviembre de 2006 y sus reformas.
28. Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
D.O.F. 21 de febrero de 2005 y sus reformas.
29. Reglas de Operación del Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios (FNSCVF).
D.O.F. 24 de abril de 2019.
30. Reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los capítulos o títulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 28 de diciembre de 2010.
31. Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos.
D.O.F. 28 de diciembre de 2010.
Decretos.
1. Decreto por el que el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) y Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., realizarán la entrega del Proyecto Tren Maya a Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 31 de agosto de 2023.
2. Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
D.O.F. 18 de agosto de 2016.
3. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
4. Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
D.O.F. 12 de julio de 2019.
5. Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Defensa Nacional 2020-2024.
D.O.F. 25 de junio de 2020.
6. Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Turismo 2020-2024.
D.O.F. 03 de julio de 2020.
7. Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024.
D.O.F. 30 de agosto de 2019.
8. Decreto que contiene disposiciones restrictivas sobre comercio con artículos destinados al servicio de ferrocarriles.
D.O.F. 24 de febrero de 1944.
9. Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica.
D.O.F. 04 de junio de 2001.
10. Decreto por el que se establece el Calendario Oficial.
D.O.F. 06 de octubre de 1993 y sus reformas.
11. Decreto por el que la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto de Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como los aeropuertos que se indican, son de seguridad nacional y de interés público.
D.O.F. 18 de mayo de 2023.
12. Decreto por el que el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) y Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. realizarán la entrega del Proyecto Tren Maya a Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 31 de agosto de 2023.
Convenios y Contratos.
1. Convenio Internacional sobre Líneas de Carga, 1966.
D.O.F. 24 de octubre de 1970.
2. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías.
D.O.F. 27 de abril de 1982.
3. Contrato de Fideicomiso del Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios.
18 de diciembre de 2017.
Acuerdos.
1. Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.
D.O.F. 22 de noviembre de 2021.
2. Acuerdo mediante el cual se destina al servicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el total de los inmuebles que constituyen la vía general de comunicación ferroviaria del Sureste, así como los inmuebles e instalaciones para la prestación de los servicios auxiliares.
D.O.F. 29 de junio de 1998.
3. Acuerdo por el cual se crea la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Ferroviarios como una Dependencia de la Dirección General de Ferrocarriles en Operación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
D.O.F. 25 de febrero de 1969.
4. Acuerdo por el que se expide el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
D.O.F. 28 de diciembre de 2010 y sus reformas.
5. Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.
D.O.F. 31 de diciembre de 2004.
6. Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de inspección.
D.O.F. 12 julio de 2010 y sus reformas.
7. Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia.
D.O.F. 12 julio de 2010 y sus reformas.
8. Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.
D.O.F. 03 de noviembre de 2016 y sus reformas.
9. Acuerdo por el que se emiten las Políticas y Disposiciones para Impulsar el Uso y Aprovechamiento de la Informática, el Gobierno Digital, las Tecnologías de la Información y Comunicación, y la Seguridad de la Información en la Administración Pública Federal.
D.O.F. 06 de septiembre de 2021.
10. Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.
D.O.F. 15 julio de 2010 y sus reformas.
11. Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
D.O.F. 16 julio de 2010 y sus reformas.
12. Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D.O.F. 09 agosto de 2010 y sus reformas.
13. Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
D.O.F. 09 agosto de 2010 y sus reformas.
14. Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
D.O.F. 09 de septiembre de 2010.
15. Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
D.O.F. 20 de agosto de 2015 y sus reformas.
16. Acuerdo que establece las normas para autorizar la adquisición o arrendamiento de bienes muebles que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 10 de agosto de 1993.
17. Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
D.O.F. 15 de abril de 2016 y sus reformas.
18. Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público y sus reformas.
D.O.F. 26 de enero de 2018.
19. Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Técnicos Federales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las Obligaciones Establecidas en el Título Tercero, Capítulos I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de Difundir los Sujetos Obligados en el Ámbito Federal en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.
D.O.F. 17 de abril de 2017.
20. Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la homologación, implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal.
D.O.F. 24 agosto de 2006.
21. Acuerdo que tiene por objeto fijar los medios y la forma con los que la Secretaría de Gobernación solicitará y, en su caso, recibirá de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal información, datos y cooperación técnica que requiera para el funcionamiento del sistema de compilación de las disposiciones jurídicas aplicables al Poder Ejecutivo Federal para su difusión a través de la red electrónica de datos.
D.O.F. 14 de diciembre de 2006.
22. Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.
D.O.F. 25 de agosto de 2008.
23. Acuerdo por el que se emiten las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos.
D.O.F. 28 agosto de 2008.
24. Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmuebles federales.
D.O.F. 12 de enero de 2004.
25. Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos que regulan el nombramiento de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 14 de diciembre de 2018.
26. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos que regulan la designación de los Titulares de las Unidades de Administración y Finanzas de las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados, las propuestas de nombramiento en las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, así como la contratación de los servidores públicos que se indican.
D.O.F. 28 de septiembre de 2020.
27. Acuerdo por el que se dispone se supriman los nombres del C. Presidente de la República, de los Funcionarios Públicos, así como el de sus cónyuges o parientes hasta el 2o. grado, en las placas inaugurales de las obras públicas llevadas a cabo con recursos federales.
D.O.F. 05 de abril de 1983.
28. Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en los procedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas.
D.O.F. 04 de agosto de 1997.
29. Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del grado de contenido nacional tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional.
D.O.F. 03 de marzo de 2000 y sus reformas.
30. Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.
D.O.F. 06 de julio de 2017 y sus reformas.
31. Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 24 de julio de 2017 y sus reformas.
32. Acuerdo por el que se establece la semana laboral de cinco días de duración, para los trabajadores de las Secretarías y Departamentos de Estado, Dependencias del Ejecutivo Federal y demás organismos públicos e instituciones que se rijan por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
D.O.F. 28 diciembre 1972.
33. Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
D.O.F. 14 de febrero de 2018.
34. Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en materia de recepción y disposición de obsequios, regalos o similares, por parte de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal.
D.O.F. 12 de noviembre de 2019.
35. Acuerdo por el que se emite el Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga.
D.O.F. 09 de febrero de 2018.
36. Acuerdo por el que se establecen las bases generales para los procedimientos de rendición de cuentas, individuales e institucionales, de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 05 de junio de 2023.
37. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la entrega del Proyecto Tren Maya, que realizará el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) y Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. a Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 21 de septiembre de 2023.
38. Acuerdo por el que se expide la Estrategia Digital Nacional 2021-2024
D.O.F. 06 de septiembre de 2021.
Lineamientos.
1. Lineamientos en materia de emisiones de ruido y otros contaminantes atribuibles al tránsito ferroviario al interior de zonas urbanas o centros de población.
D.O.F. 21 de octubre de 2016.
2. Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 18 de septiembre de 2020 y sus reformas.
3. Lineamientos para la Designación, Control, Evaluación del Desempeño y Remoción de Firmas de Auditores Externos.
D.O.F. 11 de octubre de 2018.
4. Lineamientos para la integración y actualización del marco normativo interno de la APF.
D.O.F. Publicado el 8 de abril.
5. Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos del Poder Ejecutivo Federal.
D.O.F. 03 de julio de 2015.
6. Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo beneficio de los programas y proyectos de inversión
D.O.F. 30 de diciembre de 2013.
7. Lineamientos para la creación y uso de Sistemas Automatizados de Gestión y Control de Documentos.
D.O.F. 03 de julio de 2015.
8. Lineamientos Generales para la regulación de los procedimientos de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 11 de julio de 2023.
Normas Oficiales Mexicanas.
1. Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ARTF-2022, Sistema Ferroviario-Infraestructura-Durmientes monolíticos-Especificaciones y métodos de prueba.
D.O.F. 15 de julio de 2022.
2. Norma Oficial Mexicana NOM-003-ARTF-2019, Sistema ferroviario-Seguridad-Clasificación y especificaciones de vía.
D.O.F. 25 de enero de 2021.
3. Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCT2-2017, Disposición para la señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas.
D.O.F. 11 de julio de 2017.
4. Norma Oficial Mexicana NOM-021-SCT2/2017, Disposiciones de compatibilidad y segregación en trenes de unidades de arrastre que transportan materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 12 de junio de 2017.
5. Norma Oficial Mexicana NOM-055-SCT2-2016, para vía continua, unión de rieles mediante soldadura.
D.O.F. 26 de mayo de 2017.
6. Norma Oficial Mexicana NOM-056-SCT2-2016, para durmientes de madera.
D.O.F. 26 de mayo de 2017.
7. Norma Oficial Mexicana NOM-025-SCT2-2016, Disposiciones de seguridad para el equipo de arrastre ferroviario al servicio de carga.
D.O.F. 26 de mayo de 2017.
8. Norma Oficial Mexicana NOM-011-SCT2/2012, Condiciones para el transporte de las substancias y materiales peligrosos envasadas y embaladas en cantidades limitadas.
D.O.F. 05 de julio de 2012.
9. Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011, Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados.
D.O.F. 27 de enero de 2012.
10. Norma Oficial Mexicana NOM-029-SCT2/2011, Especificaciones para la construcción y reconstrucción de Recipientes Intermedios para Graneles (RIG), destinados al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 17 de enero de 2012.
11. Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2011, Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas. Apéndice B Sistemas de control de velocidad para cruces a nivel con vías férreas.
D.O.F. 16 de noviembre de 2011.
12. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SCT2/2010, Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de substancias y residuos peligrosos.
D.O.F. 06 de septiembre de 2010.
13. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SCT2/2010, Disposiciones especiales y generales para el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la clase 3 líquidos inflamables.
D.O.F. 10 de mayo de 2010.
14. Norma Oficial Mexicana NOM-002/1-SCT/2009, Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados, instrucciones y uso de envases y embalajes, recipientes intermedios para graneles (RIG S), grandes envases y embalajes, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 04 de marzo de 2010.
15. Norma Oficial Mexicana NOM-027-SCT2/2009, Especificaciones especiales y adicionales para los envases, embalajes, recipientes intermedios a granel, cisternas portátiles y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la división 5.2 peróxidos orgánicos.
D.O.F. 17 de febrero de 2010.
16. Norma Oficial Mexicana NOM-009-SCT2/2009, Especificaciones especiales y de compatibilidad para el almacenamiento y transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos de la clase 1 explosivos.
D.O.F. 12 de febrero de 2010.
17. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SCT2/2009, Disposiciones de compatibilidad y segregación para el almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 01 de septiembre de 2009.
18. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SCT/2008, Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 18 de agosto de 2008.
19. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SCT/2008, Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 15 de agosto de 2008.
20. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCT/2008, Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
D.O.F. 14 de agosto de 2008.
21. Norma Oficial Mexicana NOM-043-SCT/2003, Documento de embarque de substancias, materiales y residuos.
D.O.F. 27 de enero de 2004.
22. Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-ARTF-2023-1, Sistema Ferroviario-Seguridad-Clasificación y Especificaciones de Vía.
D.O.F. 22 de septiembre de 2023.
Otros documentos normativos y/o administrativos.
1. Resolución por la que se autoriza la constitución de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Grupo Aeroportuario, Ferroviario y de Servicios Auxiliares Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V., misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
D.O.F. 13 de abril de 2022.
2. Resolución por la que se autoriza la constitución de la Empresa denominada Tren Maya, S.A. de C.V., misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
D.O.F. 13 de abril de 2022.
3. Oficio Circular mediante el cual se emiten diversas directrices para los Oficiales Mayores de las dependencias y equivalentes en las entidades de la Administración Pública Federal y titulares de los Órganos Internos de Control, que deberán observarse en las contrataciones que se realicen entre entes públicos.
D.O.F. 06 de noviembre de 2017.
4. Programa Institucional 2020-2024 de FONATUR Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 24 de diciembre de 2020.
5. Programa Institucional 2023-2024 de Tren Maya, S.A. de C.V.
D.O.F. 19 de octubre de 2023.
6. Plan Estatal de Desarrollo de Chiapas 2019-2024.
7. Plan Estatal de Desarrollo de Tabasco 2019-2024.
8. Plan Estatal de Desarrollo de Campeche 2021-2027.
9. Plan Estatal de Desarrollo de Yucatán 2018 - 2024.
10. Plan Estatal de Desarrollo Quintana Roo 2016-2022.
Títulos de Asignación.
1. Asignación que otorga la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos.
D.O.F. 21 de abril de 2020 y sus modificaciones.
2. Título de asignación que otorga el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en favor de la empresa de participación estatal mayoritaria denominada Tren Maya, S.A. de C.V., para construir, operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, la cual incluye los permisos para prestar los servicios auxiliares requeridos.
D.O.F. 30 de mayo de 2023.
Acta constitutiva.
Acta Constitutiva de Tren Maya, S.A. de C.V., otorgada el 3 de junio de 2022, mediante escritura pública número 20, volumen número uno especial, ante la fe de la licenciada Claudia Gabriela Francóz Gárate, Notario Público ciento cincuenta y tres del Estado de México.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
1. El presente Manual tiene por objeto establecer la estructura, bases de organización y funciones de las unidades administrativas de Tren Maya, S.A. de C.V.
2. Tren Maya, S.A. de C.V. es una empresa, cuya organización y funcionamiento es el de una Sociedad Anónima de Capital Variable, en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, sus Estatutos Sociales, y demás disposiciones jurídicas aplicables, misma que está agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
3. El domicilio de Tren Maya, S.A. de C.V. se ubicará en la Ciudad de Mérida, en el Estado de Yucatán, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales, instalaciones, bodegas, oficinas o dependencias en cualquier parte de la República Mexicana o en el extranjero y someterse convencionalmente por cualquier acto, contrato o convenio a la aplicación de leyes extranjeras o de cualquier entidad federativa de México, así como a las respectivas jurisdicciones de los Tribunales competentes.
4. Asimismo, podrá señalar domicilios convencionales en las entidades federativas de la República Mexicana o en el extranjero con el objeto de recibir toda clase de notificaciones o emplazamientos judiciales y extrajudiciales, sin que se entienda por ello que ha cambiado de domicilio social.
CAPÍTULO II
De la organización de la entidad
5. La Asamblea General de Accionistas es el órgano supremo de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Dicho cuerpo colegiado podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de la Sociedad y sus resoluciones serán cumplidas por el Consejo de Administración y la Dirección General de Tren Maya, S.A. de C.V.
6. La administración de Tren Maya, S.A. de C.V. estará a cargo de un Consejo de Administración.
7. El Consejo de Administración tendrá las facultades indelegables contenidas en el artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, además de las contenidas en sus Estatutos.
8. La administración y representación legal, en términos de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como las funciones de gestión, conducción y ejecución de los negocios de Tren Maya, serán responsabilidad de la Dirección General, sujetándose para ello a las estrategias, políticas y lineamientos aprobados por el Consejo de Administración.
9. La Dirección General contará con las atribuciones, facultades y obligaciones señaladas en el artículo 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las que establezca el Consejo de Administración en términos de sus Estatutos, así como las señaladas en el presente Manual y, en lo conducente, por la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.
10. La Dirección General, para el ejercicio de sus funciones y actividades, así como para el debido cumplimiento de las obligaciones, se auxiliará por las personas servidoras públicas de la Entidad Paraestatal.
11. La Sociedad podrá adoptar para su administración, operación y vigilancia, la creación de Comités y Subcomités, los cuales tendrán la organización, funciones y responsabilidades que establezca la Asamblea o el Consejo de Administración que decreten su creación.
12. En caso de que las actividades y funciones que deban desarrollar requieran la representación de Tren Maya ante terceros, las personas titulares de las unidades administrativas deberán gestionar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos el otorgamiento de los poderes respectivos.
CAPÍTULO III
De las facultades comunes de las unidades, coordinaciones generales y personal de mando de la
entidad.
entidad.
SECCIÓN PRIMERA
De las unidades
13. Corresponden a las personas titulares de Unidad, las siguientes facultades comunes:
I. Acordar con la Dirección General de la Entidad, el despacho de los asuntos de las unidades administrativas bajo su responsabilidad e informarle sobre el desarrollo de éstos;
II. Elaborar los anteproyectos del Programa de Presupuesto Anual que les corresponda y vigilar, en su caso, una vez aprobados, su correcta aplicación;
III. Dirigir y controlar la operación y funcionamiento de las unidades administrativas a su cargo; asimismo, establecer, de acuerdo con su competencia, las normas y procedimientos de trabajo que regulan el funcionamiento de las unidades administrativas de su adscripción;
IV. Desempeñar las encomiendas que la Dirección General de la Entidad les indique e informarle sobre el desarrollo de sus actividades;
V. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus funciones, los que procedan por delegación de facultades y los que les correspondan por suplencia;
VI. Representar a Tren Maya, en el ámbito de su competencia, suscribiendo los contratos, convenios o acuerdos relacionados con: la obra pública, servicios relacionados con la misma; adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios; enajenación y destino de bienes muebles; compra, venta y arrendamiento de inmuebles; uso y aprovechamiento del derecho de vía; prestación de servicios con particulares;
VII. Proporcionar en forma periódica y sistemática la información sobre los avances físicos y financieros del ejercicio de su presupuesto y, en su caso, proporcionar los comentarios y justificaciones a las desviaciones de éste, con el objeto de integrar los informes que deba rendir la Entidad;
VIII. Autorizar por escrito, y con el conocimiento de la Dirección General de la Entidad, conforme a las necesidades del servicio, la delegación de facultades a las personas servidoras publicas subalternas para que firmen documentos o intervengan en determinados asuntos, relacionados con la competencia de la unidad administrativa a su cargo;
IX. Intervenir en las licitaciones públicas, invitación a cuando menos tres personas, adjudicaciones directas, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, en que participen las unidades administrativas a su cargo;
X. Emitir opinión, previa a la formalización de los convenios y contratos que pretenda celebrar la Entidad en aspectos del área de su competencia;
XI. Instruir la supervisión del cumplimiento de contratos y convenios que la Entidad celebre con proveedores de adquisiciones, arrendamientos, servicios contratistas de obra pública y servicios relacionados con la misma o cualquier otro, en su ámbito de competencia, ya sea por cuenta propia o por cuenta de terceros;
XII. Proporcionar o instruir que se facilite la información, datos o la cooperación técnica requerida internamente o por otras instituciones públicas o privadas; asimismo, coordinar entre ellos las labores encomendadas a su cargo, a fin de obtener el mejor desempeño conjunto;
XIII. Observar los criterios que emita la Unidad de Asuntos Jurídicos y consultarla cuando los asuntos tengan implicaciones jurídicas, así como proporcionarle la información que requiera de manera fundada y motivada, en los plazos y términos correspondientes;
XIV. Recibir en acuerdo a las personas responsables de las unidades administrativas del área de su competencia, así como conceder audiencias al demás personal colaborador, al público que lo solicite y a las personas servidoras públicas de otras unidades administrativas para tratar asuntos en materia de su competencia;
XV. Formar parte de las comisiones o comités internos del área de su competencia o los que indique la Dirección General de Tren Maya;
XVI. Colaborar con las áreas correspondientes en el diseño e implantación de programas y proyectos de las unidades administrativas a su cargo y en la adecuada evaluación del desempeño de sus trabajadores;
XVII. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en sus respectivos archivos documentales, así como de los que obren en las distintas Coordinaciones Generales que de estas dependan, siendo su responsabilidad compulsar los documentos originales, que se sometan a certificación;
XVIII. Coordinar en el área de su competencia, la atención de los requerimientos de información que soliciten los diversos entes fiscalizadores, con el propósito de evitar la implantación de hallazgos y observaciones; así como la atención de solicitudes de información para la solventación de observaciones y recomendaciones de los entes fiscalizadores de la Entidad, con el fin de garantizar su atención oportuna y advertir las áreas de mejora;
XIX. Ejercer las demás facultades que las disposiciones legales y la Dirección General de Tren Maya les confieran; y
XX. Las facultades y atribuciones que les competen a las áreas administrativas que se les adscriban.
SECCIÓN SEGUNDA
De las coordinaciones generales
14. Corresponde a las y los Coordinadores Generales, las siguientes facultades comunes:
I. Coordinar y supervisar la formulación e integración del Programa Anual de Trabajo y del anteproyecto de presupuesto del área a su cargo y someterlos a la consideración de la persona que ocupa el puesto de su superior inmediato, asimismo, vigilar su correcta ejecución y registro en los sistemas que para tal efecto se establezcan en la Entidad, en el ámbito de competencia;
II. Acordar con la persona que ocupa el puesto de su superior inmediato, los asuntos de su competencia;
III. Intervenir en la designación, desarrollo, capacitación, promoción y adscripción del personal a su cargo, autorizar licencias de conformidad con las necesidades de servicio y participar en los casos de sanciones, remoción y cese de personal de su responsabilidad, de conformidad con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, con las de los Contratos Individuales de Trabajo o Colectivo de Trabajo;
IV. Coordinar sus actividades con las otras Coordinaciones, cuando el caso lo requiera, para el desempeño cabal de las atribuciones a su cargo;
V. Elaborar los dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados conforme a las normas establecidas;
VI. Proporcionar información, datos o la cooperación técnica que les sea requerida internamente o por otras instituciones públicas o privadas de acuerdo con la legislación aplicable;
VII. Recibir en acuerdo a las direcciones, gerencias, subgerencias, jefaturas de departamento y personas servidoras públicas subalternas, así como conceder audiencias al público;
VIII. Preparar y someter a la consideración de su superior inmediato los proyectos de reorganización de las áreas a su cargo, el Manual y demás documentos normativos, coordinándose para tal efecto con la Coordinación General de Recursos Humanos;
IX. Fomentar el correcto uso y salvaguarda de los materiales, equipos y demás recursos que estén asignados a las unidades administrativas a su cargo;
X. Colaborar con las áreas correspondientes en el diseño e implantación de programas destinados a incrementar la eficiencia sustantiva y administrativa de las áreas a su cargo y en la evaluación del desempeño de sus trabajadores;
XI. Participar en las Comisiones o Comités Internos de su ámbito de competencia, además de los que indique la Dirección General o superior jerárquico;
XII. Proporcionar la información para la integración de la documentación técnica de las convocatorias relativas a las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la mismas inherentes a la Entidad;
XIII. Suscribir los contratos, convenios o acuerdos, en el ámbito de su competencia, relacionados con: la obra pública, servicios relacionados con la misma; adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios; enajenación y destino de bienes muebles; compra, venta y arrendamiento de inmuebles; uso y aprovechamiento del derecho de vía; prestación de servicios con particulares;
XIV. Ejercer aquellas facultades que las disposiciones legales, la Dirección General o las personas titulares de Unidad les confieran;
XV. Expedir constancias de los documentos que obren en los archivos a su cargo, cuando proceda; y
XVI. Las facultades y atribuciones que les competen a las áreas administrativas que se les adscriban.
SECCIÓN TERCERA
Del personal de mando
15. Para la realización de sus actividades, las personas titulares de las Unidades y Coordinaciones Generales, se auxiliarán de las direcciones, gerencias, subgerencias, jefaturas de departamento y demás personal adscrito a las unidades administrativas.
El personal de Tren Maya, distinto al señalado en las secciones precedentes de este Capítulo, y que integran la plantilla de mando y de confianza de la Entidad, tendrá a su cargo las funciones previstas en el presente Manual de Organización General y en la normatividad interna aplicable, que les sean asignadas o delegadas, de manera expresa, por las personas que ocupan los puestos de sus superiores jerárquicos.
CAPÍTULO IV
De la estructura básica y organigrama
16. Para el despacho de los asuntos que le competen, la Entidad contará con la estructura siguiente:
1. Dirección General.
1.1. Unidad de Administración de Infraestructura
1.1.1. Coordinación General de Gestión de Infraestructura Ferroviaria
1.1.2. Coordinación General de Mantenimiento de Infraestructura Ferroviaria
1.1.3. Coordinación General de Seguridad y Circulación Ferroviaria
1.1.4. Coordinación General de Mantenimiento de Sistemas Ferroviarios
1. 2. Unidad de Operación de Transporte Ferroviario
1.2.1. Coordinación General de Operación Ferroviaria de Pasajeros
1.2.2. Coordinación General de Operación Ferroviaria de Carga
1.2.3. Coordinación General de Mantenimiento de Equipo Ferroviario
1. 3. Unidad de Estrategia Corporativa y Comercial
1.3.1. Coordinación General de Estrategia Corporativa
1.3.2. Coordinación General de Comercialización de Servicios Ferroviarios
1. 4. Unidad de Administración y Finanzas
1.4.1. Coordinación General de Finanzas
1.4.2. Coordinación General de Recursos Humanos
1.4.3. Coordinación General de Recursos Materiales y Servicios Generales
1.4.4. Coordinación General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
1. 5. Unidad de Asuntos Jurídicos
1.5.1. Coordinación General Jurídica Consultiva
1.5.2. Coordinación General Jurídica Contenciosa
1. 6. Órgano Interno de Control Específico

CAPÍTULO V
De las atribuciones de la dirección general, unidades y coordinaciones generales
17. Dirección General; tiene asignadas las siguientes atribuciones:
I. Dirigir la gestión operativa y administrativa en materia de construcción, operación y explotación, así como de los servicios auxiliares y públicos de transporte ferroviario de pasajeros y carga;
II. Establecer las políticas, directrices y sistemas en materia de comercialización, operación de transporte, administración de infraestructura, seguridad, circulación, mantenimiento de infraestructura, equipo y sistemas ferroviarios, y demás que se requieran en la construcción, operación, explotación, prestación de servicios auxiliares y públicos de transporte ferroviario de pasajeros y carga;
III. Instrumentar las políticas de gestión administrativa en materia de recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales necesarios en la operación de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
IV. Gestionar todo tipo de asignaciones y permisos correspondientes a la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros y carga, así como los relacionados a los servicios auxiliares ferroviarios e infraestructura ferroviaria para la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
V. Administrar la infraestructura ferroviaria, sus servicios auxiliares y conexos asignados a la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
VI. Solicitar y obtener bajo cualquier título, concesiones, permisos, licencias y autorizaciones para llevar a cabo su objeto social;
VII. Aprobar el diseño, construcción, ejecución, equipamiento, instalación y puesta en operación, así como la financiación y transmisión de todo tipo de edificaciones y obras necesarias para el tendido de vía, elevados sobre carril o cable, señalizaciones y enclavamientos, electrificación de ferrocarriles, así como su mantenimiento y reparación, ya sea en régimen de contratación pública y privada, concesiones o arrendamiento;
VIII. Obtener, adquirir, usar, licenciar o disponer de todo tipo de patentes, certificados e invenciones, marcas registradas, nombres comerciales, derechos de autor o derechos respecto de los mismos;
IX. Definir los programas internos de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
X. Establecer directrices técnicas y normativas en materia de bienes necesarios en la operación de la institución, que permita el óptimo aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
XI. Dirigir mecanismos y métodos en la elaboración de indicadores estadísticos de gestión, sistemas de registro de información, evaluación y control, para la toma de decisiones en materia de planeación;
XII. Definir directrices y sistemas de control interno de la Sociedad, a efecto de alcanzar las metas u objetivos propuestos;
XIII. Autorizar la prestación de servicios de consultoría en áreas técnica, operativa, industrial, administrativa, contable, de mercadotecnia o financiera, relacionada con la construcción, operación y explotación de los servicios ferroviarios y auxiliares, así como proyectos afines;
XIV. Proponer al Consejo de Administración el establecimiento de tarifas y mecanismos diferenciales en la prestación de los servicios;
XV. Realizar todas las acciones, estudios, proyectos, construcciones, adquisiciones, obras complementarias, sociales y de desarrollo inmobiliario que sean necesarias para la construcción del sistema ferroviario relacionado con el Tren Maya, S.A. de C.V. y los que se lleguen a crear en el territorio nacional, para el desarrollo regional, incluyendo todas aquellas actividades relacionadas con la adquisición de bienes por cualquier título, propiedad privada o cualquier modalidad de tenencia de la tierra;
XVI. Someter al proceso de aprobación del Consejo de Administración, el Programa Institucional de corto, mediano y largo plazo, así como los presupuestos de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V.;
XVII. Presentar periódicamente al Consejo de Administración el informe de desempeño de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V., incluyendo el presupuesto de ingresos y egresos; así como los estados financieros correspondientes y demás que requiera el Consejo;
XVIII. Establecer mecanismos de evaluación que destaquen la eficiencia y la eficacia con que se desempeñe la empresa Tren Maya, S.A. de C.V., y presentar al Consejo de Administración, por lo menos dos veces al año el resultado de ésta;
XIX. Proponer la creación de Comités y Subcomités de apoyo que requiera la empresa para su operación y funcionamiento a la instancia competente;
XX. En general, realizar y ejecutar todos los actos jurídicos que sean necesarios o convenientes para llevar a cabo su objeto social;
XXI. Proponer al Consejo de Administración la estructura orgánica básica de la empresa Tren Maya, S.A. de C.V. y sus modificaciones, en coordinación con la Unidad de Administración y Finanzas, tramitar su registro ante las Dependencias competentes;